CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA PESADA RODILLO VIBRATORIO ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 233-2008-MDQ-LC/AA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUELLOUNO
Plaza xx Xxxxx de Quellouno s/n
“Año de las Cumbres Mundiales en el Perú”
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA PESADA
RODILLO VIBRATORIO
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 233-2008-MDQ-LC/AA
Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento de maquinaria pesada (rodillo vibratorio), que celebran de una parte. La Municipalidad Distrital de Quellouno con Registro Único de Contribuyentes Nº 20170327129, con domicilio en Xxxxx xx Xxxxx X/X Xxxxxxxxx - Xx Xxxxxxxxxx - Xxxxx, debidamente representado por su Alcalde Econ. Xx. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, con domicilio en el Distrito de Quellouno, a quien en adelante se le denominará "EL ARRENDATARIO"; Y de la otra parte, el Xx. Xxxxx Paro Xxxxxxx, con DNI N° 00000000, con RUC, 10238946561, con domicilio en la Xxx. Xxx. Xxxx - Xxxxxxx Xxxxx Xx. X-00 Xxx Xxxxxxxxx - Xxxxx; a quien en lo sucesivo se le denominará "EL ARRENDADOR", que suscribimos bajo los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
EL ARRENDATARIO es un órgano Público, con autonomía técnica, administrativa y financiera; cuyo objetivo dentro de sus lineamientos, entre otros es la de contribuir al bienestar de la población, así como aprueba la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley.
EL ARRENDADOR es una Persona Natural que tiene por objeto el arrendar maquinaria pesada (rodillo vibratorio de 12 toneladas) maquina seca, para ser utilizado en la obra Rehabilitación de Trochas Carrozables del Distrito de Quellouno.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
Por el presente instrumento EL ARRENDADOR se obliga a arrendar un rodillo vibratorio de 12 toneladas por 110 horas maquina seca incluido operario, para ser utilizado en la obra Rehabilitación de Trochas Carrozables del Distrito de Quellouno.
CLÁUSULA TERCERA: PLAZO CONTRACTUAL
La maquinaria deberá ser entregado en la obra en un plazo máximo de 03 días calendarios.
El Arrendamiento de la maquinaria es por 110 horas maquina seca incluido operario.
Los precios incluyen operador, mantenimiento, reparación, cargas sociales, impuestos xx xxx.
CLÁUSULA CUARTA: ASPECTOS ECONÓMICOS
El costo del arrendamiento de la maquinaria es de S/. 170.00 hora maquina seca (CIENTO SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), haciendo un total de S/.18,700.00 (DIESIOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), Incluido Impuestos.
EL ARRENDADOR presentará su comprobante de pago por el Arrendamiento de la maquinaria, al finalizar el servicio del cual se deberá efectuar el pago previo informe por los días laborados y de conformidad realizada por el Residente de obra usuaria.
CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR
EL ARRENDADOR se obliga a arrendar la maquinaria, con las características ya indicadas en la cláusula segunda en perfecto estado de funcionamiento por el plazo ya determinado.
CLÁUSULA SEXTA: RESPONSABILIDADES
EL ARRENDATARIO no se hará responsable del deterioro o daño que se cause en la maquinaria materia de Arrendamiento por hechos ajenos a la manipulación del usuario que intervengan de manera fortuita.
CLÁUSULA SETIMA: DE LA RATIFICACION DEL CONTRATO
En la redacción del presente contrato, no ha mediado vicios de voluntad alguno que pudiera invalidar en lo posterior, como dolo, fraude, simulación o error, las partes se ratifican y lo suscriben, en tres ejemplares de idéntico tenor, en la ciudad de Quellouno a los 04 días del mes xx Xxxxx del 2008.
Xxxxx Paro Xxxxxxx
DNI N° 00000000