ÒRGANJUNTA DE GOVERN LOCAL DATA01/06/2018 CARÀCTER SESSIÓORDINÀRIA NÚM. ORDE14
ÒRGAN JUNTA DE GOVERN LOCAL | ||
DATA 01/06/2018 | CARÀCTER SESSIÓ ORDINÀRIA | NÚM. ORDE 14 |
UNITAT 04102 - MESA DE CONTRATACIÓN | |
EXPEDIENT E-04101-2017-000085-00 | PROPOSTA NÚM. 2 |
ASSUMPTE MESA DE CONTRACTACIÓ. Proposa declarar vàlid el procediment obert convocat per a la contractació del servici d'atenció ciutadana (010) de l'Ajuntament de València, classificar les proposicions i requerir l'oferta econòmicament més avantatjosa prèviament a l'adjudicació del contracte. |
CODI 00002-O-00014
RESULTAT APROVAT
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CÒPIA INFORMATIVA (NO VERIFICABLE EN SEU ELECTRÒNICA)
"Hechos y fundamentos de Derecho
I. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de febrero de 2018, aprobó contratar el servicio de atención al ciudadano (010) del Ayuntamiento de València, según las características que se establecen en el pliego de prescripciones técnicas, mediante procedimiento abierto al amparo de lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en adelante TRLCSP, por un importe de 595.040,32 €, más 124.958,68 € en concepto de IVA al tipo del 21 %, lo que hace un total de 720.000,00 €, a la baja; aprobó los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que han de regir la contratación, aprobó el gasto plurianual y de gestión anticipada correspondiente y acordó proceder a la apertura del procedimiento de adjudicación.
II. El anuncio de licitación al estar el presente procedimiento sujeto a regulación armonizada fue enviado al Diario Oficial de la Unión Europea el día 5 de febrero de 2018 y, asimismo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil de Contratante de la Corporación, finalizando el plazo de presentación de proposiciones, a las doce horas del día 20 de marzo de 2018, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP.
III. Dentro del plazo de presentación de proposiciones tuvieron entrada 4 proposiciones, formuladas por las siguientes empresas:
ORDEN PRESENTACIÓN | EMPRESAS LICITADORAS |
1ª | OESÍA NETWORKS, SL |
2ª | SERVINFORM, SA |
3ª | UTE: ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, y NECOMPLUS, SL |
4ª | UNITEL SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURAS TECNOLÓGICAS |
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Todas fueron admitidas por la Mesa de Contratación en el acto interno de apertura de los sobres de documentación (SOBRE Nº. 1), celebrado el día 22 de marzo de 2018, concediéndose plazo a las empresas para subsanar los defectos de documentación de que adolecen fijando la apertura pública del sobre de documentación relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor para el día 29 de marzo de 2018 a las 12:00 horas, publicándose en el Perfil de Contratante.
El día y hora señalados, tuvo lugar el acto público de apertura de los sobres relativos a los criterios dependientes de un juicio de valor (SOBRE Nº. 2). La Mesa en dicho acto rechaza la proposición de la mercantil UNITEL SOLUCIONES DE INFRAESTRUCTURAS TECNOLÓGICAS por no haber subsanado los defectos de documentación de que adolecía y que le fueron debidamente requeridos y procede a la apertura de los sobres de las proposiciones admitidas, admite la documentación contenida en los mismos y considera conveniente que el personal técnico municipal informe, por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo 160.1 del TRLCSP, se solicita informe al Servicio de Sociedad de la Información.
IV. Por el Servicio de Sociedad de la Información, el 27 de abril de 2018 se emite un informe, que se da por reproducido por razones de economía procedimental, en el que concluye, una vez valorados los criterios dependientes de un juicio de valor referenciado en la cláusula 12ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, que el total de las puntuaciones asignadas a cada empresa es:
CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR (sobre nº. 2) | ||
ORDEN PRESENTACIÓN | EMPRESAS LICITADORAS | PUNTUACIÓN TOTAL |
1ª | OESÍA NETWORKS, SL | 34,63 |
2ª | SERVINFORM, SA | 17,93 |
3ª | UTE: ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, y NECOMPLUS, SL | 36,93 |
Tras la evaluación de la documentación relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor formulada por el mencionado Servicio, se convocó por la Mesa de Contratación, en sesión
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celebrada el 3 de mayo de 2018 en los términos establecidos en la cláusula 17ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, el acto de apertura de los criterios evaluables de forma automática (SOBRE Nº. 3), quedando fijado para el día 10 de mayo de 2018, y dejando constancia de ello en el expediente. En el día y hora señalados, tuvo lugar el acto público de apertura del SOBRE Nº. 3 (criterios evaluables de forma automática), en el que previamente a la apertura de los sobres, se dio lectura a las puntuaciones correspondientes a la valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor. La Mesa en dicho acto admite las proposiciones y considera conveniente que las mismas sean informadas por el Servicio Económico-Presupuestario.
V. Por el Servicio Económico-Presupuestario el 18 de mayo de 2018 se emite un informe en relación a los criterios evaluables de forma automática establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares relativos a la reducción del precio/hora de las operadoras y de la persona supervisora, siendo el total de las puntuaciones asignadas a cada empresa el siguiente:
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE Nº. 3) | ||||
ORDEN PRESENTACIÓN | EMPRESAS LICITADORAS | PUNTOS BAJA OPERAD | PUNTOS BAJA SUPERV | TOTAL PUNTOS |
1ª | OESÍA NETWORKS, SL | 40,30 | 8,06 | 48,36 |
2ª | SERVINFORM, SA | 50,00 | 10,00 | 60,00 |
3ª | UTE: ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, y NECOMPLUS, SL | 46,27 | 6,16 | 52,43 |
VI. Ante los informes de evaluación de las proposiciones efectuados por el Servicio de Sociedad de la Información y por el Servicio Económico-Presupuestario, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, las proposiciones obtienen las siguientes puntuaciones ordenadas por orden decreciente:
ORDEN | EMPRESAS LICITADORAS | PUNTOS SOBRE Nº. 2 | PUNTOS SOBRE Nº. 3 | PUNTUACIÓN TOTAL |
1ª | UTE: ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, y NECOMPLUS, SL | 36,93 | 52,43 | 89,36 |
2ª | OESÍA NETWORKS, SL | 34,63 | 48,36 | 82,99 |
3ª | SERVINFORM, SA | 17,93 | 60,00 | 77,93 |
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VII. La Mesa de Contratación, en sesión celebrada el 29 de mayo de 2018, acuerda que la oferta económicamente más ventajosa atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 12ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, conforme a los mencionados informes del Servicio de Sociedad de la Información y del Servicio Económico-Presupuestario, es la presentada por las empresas que concurren con el compromiso de constituir UTE, la mercantil ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, con CIF nº. X-00000000, y NECOMPLUS, SL, con CIF nº. X-00000000, quienes se obligan al cumplimiento del contrato por un porcentaje de baja única de ocho unidades y cuarenta y cuatro centésimas (8,44 %) relativo al precio máximo unitario por operadora y de cinco unidades y sesenta y cinco centésimas (5,65 %), relativo al precio máximo unitario por persona supervisora, aplicables al presupuesto máximo de licitación establecido en el apartado 5 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares por importe de 595.040,32 €, más 124.958,68 € en concepto de IVA, al tipo del 21 %, lo que supone un precio total de 720.000,00 € y la procedencia de requerir a las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151, 161 y 320 del TRLCSP.
VIII. El órgano de contratación competente es la Junta de Gobierno Local.
De conformidad con los anteriores hechos y fundamentos de Derecho, se acuerda:
Primero. Declarar válido el procedimiento abierto celebrado, al amparo de lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP, para contratar el servicio de información al ciudadano (010), según las características que se establecen en el pliego de prescripciones técnicas.
Segundo. Las proposiciones presentadas obtienen la siguiente clasificación atendiendo a los informes emitidos por el Servicio de Sociedad de la Información y el Servicio Económico Presupuestario, que se encuentran a disposición de los interesados, conforme a los criterios establecidos en la cláusula 12ª del pliego de cláusulas administrativas particulares, ordenadas por orden decreciente:
ORDEN | EMPRESAS LICITADORAS | PUNTOS SOBRE Nº. 2 | PUNTOS SOBRE Nº. 3 | PUNTUACIÓN TOTAL |
1ª | UTE: ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, y NECOMPLUS, SL | 36,93 | 52,43 | 89,36 |
2ª | OESÍA NETWORKS, SL | 34,63 | 48,36 | 82,99 |
3ª | SERVINFORM, SA | 17,93 | 60,00 | 77,93 |
Tercero. Requerir, en su calidad de licitadoras que han presentado la oferta económicamente más ventajosa a las empresas que concurren con el compromiso de constituir
UTE, las mercantiles ORTHEM SERVICIOS Y ACTUACIONES AMBIENTALES, SAU, con
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CIF nº. X00000000, y NECOMPLUS, SL, con CIF nº. CIF X00000000, quienes se obligan al cumplimiento del contrato en relación al precio máximo unitario operadoras, por un porcentaje de baja única de 8,44 % y en relación al precio máximo unitario supervisora por un porcentaje de baja única de 5,65 %, aplicable al presupuesto máximo de licitación establecido en el apartado 5 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares por importe de 595.040,32 €, más 124.958,68 € en concepto de IVA, al tipo del 21 %, lo que supone un precio total de 720.000,00
€, a fin de que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación del presente requerimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP, constituyan en los términos establecidos en la cláusula 19ª del pliego de cláusulas administrativas particulares la garantía definitiva por importe de 29.752,02 €, equivalente al 5 % del presupuesto máximo del contrato, IVA excluido, procediéndose por el Ayuntamiento, si así lo autoriza expresamente las referidas licitadoras dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la recepción del presente requerimiento (a tal efecto podrán descargarse del Perfil de Contratante del Ayuntamiento de València, cuya dirección es xxx.xxxxxxxx.xx, en el apartado Impresos, el archivo en formato PDF que contiene el modelo de autorización establecido para dicho fin), a verificar vía telemática a la Tesorería de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, comprobará que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en la cláusula 18ª del mencionado pliego.
En el supuesto de que las licitadoras no presenten la citada autorización expresa, deberán aportar en el mismo plazo certificados de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, expedidos en el mes del presente requerimiento, que acrediten que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Constituida la garantía deberá acreditarse en el Servicio de Contratación.
En el mismo plazo deberán presentar la documentación relativa a la capacidad y solvencia a que se hace referencia en las cláusulas 13ª y 18ª del pliego de cláusulas administrativas particulares y la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios materiales que se comprometió a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, y que se encuentran relacionados en el apartado 13 del Anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que las licitadoras han retirado su oferta.
Cuarto. Publicar el presente requerimiento en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de València alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuya dirección es xxx.xxxxxxxx.xx, y notificarlo a las licitadoras que han presentado la oferta económicamente
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más ventajosa al fax indicado por las mismas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 18ª del pliego de cláusulas administrativas particulares."