BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE COOPERATIVAS SOCIALES – MIDES
BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE COOPERATIVAS SOCIALES – MIDES
PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA Y ACONDICIONAMIENTO DE ÁREAS DE CIRCULACIÓN Y VERDES XXX XXXXXXX DEL PUERTO LOGÍSTICO PUNTA XXXXXX”
ÍNDICE
Artículo 1º Objeto 3
Artículo 2º Xxxxx Xxxxxxxx de Referencia. Jurisdicción 3
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente 3
Artículo 4º Normas de Seguridad 3
Artículo 5º Acceso al Recinto Portuario de ANP 4
SECCIÓN II. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO 5
Artículo 6º Alcance del servicio 5
Artículo 7º Responsabilidad del contratista 7
Artículo 8º Contralor de los servicios y del personal designado 9
Artículo 9º Precio 9
Artículo 10º Pago del servicio 9
Artículo 11º Ajuste de precio 11
Artículo 12º Plazo de la contratación 12
SECCIÓN III. PROCESO DE CONTRATACIÓN 13
Artículo 13º Retiro de las Bases y domicilio 13
Artículo 14º Aclaraciones a los documentos del llamado 13
Artículo 15º Modificación de los documentos del llamado 13
Artículo 16º Presentación de la oferta 13
Artículo 17º Condiciones generales de la oferta 14
Artículo 18º Contenido de la oferta 15
Artículo 19º Declaración jurada, personal y equipamiento 15
Artículo 20º Recepción y estudio de las ofertas 16
Artículo 21º Plazo de mantenimiento de oferta 17
Artículo 22º Garantía de mantenimiento de oferta 17
Artículo 23º Estudio de las ofertas 18
Artículo 24º Reserva de derecho y criterio de adjudicación 18
Artículo 25º Notificación 18
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACION 19
Artículo 26º Garantías 19
Artículo 27º Contratación 19
Artículo 28º Documentos contractuales 20
Artículo 29º Cesión del contrato 20
SECCIÓN V. FIN DE LA CONTRATACION 22
Artículo 30º Extinción de la contratación 22
Artículo 31º Rescisión por incumplimiento de la contratación 22
Artículo 32º Liquidación de la contratación por rescisión 22
Artículo 33º Xxxx 23
Artículo 34º Multa 23
ANEXO I - MODELO DE AVAL 24
XXXXX XX - MODELO DE PROPUESTA 26
SECCION I MARCO GENERAL.
Artículo 1º Objeto.
La Administración Nacional de Puertos (ANP) convoca a las Cooperativas Sociales debidamente registradas en el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), con domicilio constituido en la zona del Municipio A – CCZ 17 e interesadas en participar del presente llamado para brindar el “servicio integral de limpieza y acondicionamiento de áreas de circulación y verdes xxx xxxxxxx del Puerto Logístico Punta Xxxxxx” en la forma establecida en el Artículo 6º.
Artículo 2º Xxxxx Xxxxxxxx de Referencia. Jurisdicción.
Este llamado estará regido por la Leyes y Normas vigentes, en particular por las Leyes Nº
18.083 de fecha 27/12/2006 y sus decretos reglamentarios, Ley Nº 17.957 de fecha 4/4/2006, Leyes números 18.098 de fecha 12/01/2007, N° 18.099 de fecha 24/01/2007 y Ley N° 18.251 de fecha 6/01/2008, la Ley Nº 18362, Artículo 41º y 46º de fecha 6/10/2008 y sus Decretos Reglamentarios Nº 13/009 de fecha 13/01/2009 y Nº 800/008 de fecha 29/12/2008 respectivamente, Decreto 371/010 de fecha 14/12/2010 – Artículo 4º, Decreto Nº 150/012 - TOCAF 2012 (en especial el Artículo 33, Literal C, Numeral 20*), adaptación del Decreto del P.E. Nº 500/991 de fecha 1/12/991 aprobada por Resolución del Directorio N° 589/3.478 del 26 de noviembre del 2008, Decreto Nº 475/005 de fecha 18/11/2005, la Ley N° 19.196 de fecha 24/03/2014 sobre Accidentes Laborales que establece la responsabilidad penal del empleador cuando incumpliere con las normas de seguridad, "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II) aprobados por resolución de Directorio 714/3.901 de fecha 22/11/2017 y salud y las presentes Bases Técnicas y Administrativas.
Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación de la contratación será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente.
El contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, preservación del medio ambiente, sanidad y de seguridad social.
Artículo 4º Normas de Seguridad.
Se exigirá el estricto cumplimiento de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por decretos del Poder Ejecutivo
Artículo 5º Acceso al Recinto Portuario de ANP.
Las personas debidamente autorizadas por las cooperativas sociales interesadas en participar del presente llamado, con por lo menos 15 (quince) días hábiles de anticipación al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, deberán gestionar ante la División Recursos Materiales y Servicios – Unidad Licitaciones de ANP, tercer piso, Oficina 305 (Tel. 1901-2329, Fax 1901-2841) la solicitud de visita a los efectos de tener acceso a las áreas objeto del presente llamado y a las informaciones que correspondan a los fines de la propuesta. La referida Unidad elevará la solicitud a la División Puerto Logístico Punta Xxxxxx (Tel.: 0000-0000) dependiente del Área Operaciones y Servicios de ANP, a los efectos de coordinar la misma.
Recibida la solicitud de visita la División Puerto Logístico Punta Xxxxxx fijará la fecha de su realización, que será comunicada a todas las Cooperativas Sociales que hayan retirado el pliego, la concurrencia es obligatoria, y a esos efectos dicha División entregará una constancia de visita, la que deberá ser presentada junto con la oferta.
En ocasión de efectuarse la visita, el funcionario de ANP asignado a la misma no estará autorizado para evacuar consultas de cualquier naturaleza que puedan plantear los oferentes. La evacuación de las mismas deberá cumplir lo establecido en el Artículo 14º.
El proponente se obliga a considerar todas las dificultades técnicas, inherentes a la realización del objeto del presente llamado, previa presentación de la oferta.
SECCIÓN II. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO.
Artículo 6º Alcance del servicio.
El servicio que por el presente llamado se realiza, cubre la limpieza y adecuación de la totalidad de las áreas verdes y de circulación de uso común en el recinto portuario de Puerto Logístico Punta Xxxxxx, de acuerdo a las necesidades establecidas por su Jefatura.
6º.1 Tareas a cumplir
1. Corte y desmalezado: Corte y eliminación de la hierba y/o pasto, pequeños arbustos, etc. existentes en las zonas de uso común del predio, con equipos manuales o mecánicos. Quedará incluido cuando la situación lo requiera el uso de productos fitosanitarios o herbicidas selectivos, los que serán proporcionados por la ANP.
2. Desmonte: Desmonte de todas aquellas especies arbóreas, incluyendo palmeras que han sido afectadas en su totalidad por incendios acaecidos y que no se consideran recuperables o ha expirado su vida útil.
3. Extracción y reubicación: Trasplante de toda especie arbórea, que necesite ser reubicada, en función de los trabajos de innovación que se realicen en el recinto, para la preservación de las especies que conforman las características de la zona, y el entorno paisajístico xxx xxxxxxx.
4. Riego: Se efectuará el riego de las plantas ornamentales, y especies arbóreas ubicadas en las zonas adyacentes al edificio de la Administración y en las zonas de uso común circundantes a las demás edificaciones que sean parte del proyecto. Será efectuado en temporadas xx xxxxxxxxx y verano 3 (tres) veces por semana, y en las demás las veces que se considere necesario. El costo de los consumos de agua para efectuar dicha tarea será de cargo de esta Administración.
5. Mantenimiento xx xxxxxxxx y jardines: Se mantendrá el cuidado de las diferentes plantas florales de estación y arbustos ornamentales de los canteros y jardines, como así también el control de las diferentes plagas en estos espacios.
6. Retiro: Retiro de la totalidad de los residuos que resulten como producto de la realización de las tareas anteriormente descritas, así como el corte de especies o ramas de toda especie que sea afectada por fenómenos climáticos, cumpliendo con las ordenanzas municipales correspondientes. La disposición final de los mismos será de cargo de esta ANP.
7. Limpieza: Se deberá efectuar la limpieza, con los medios que la situación requiera de toda la caminería interna existente o a construirse, así como de aquel tipo de pasajes internos desarrollados por el tránsito permanente de personas y/o vehículos de la vigilancia del predio en sus recorridas habituales. Dentro de los trabajos relacionados con este punto, se deberá considerar la limpieza de cunetas y desagües, cámaras y salidas a la bahía del predio de referencia, de forma de retirar toda obstrucción que altere el buen funcionamiento de éstos, tarea que se realizará con una frecuencia mensual, o cuando le sea solicitado por el encargado del servicio.
6º.2 Distribución del personal mínimo asignado al servicio
El personal mínimo para cumplir con las tareas indicadas anteriormente será 1 (un) encargado / operativo y 12 (doce) operarios, de los cuales 10 (diez) se desempeñarán como maquinista y 2 (dos) cumplirán con la tarea de chofer de equipo xx xxxxx, (tractor con pastera), debiendo éstos poseer la licencia de conducir habilitante vigente, para el manejo de dicho equipo.
6º.3 Equipamiento
Los oferentes indicarán en su oferta obligatoriamente el equipamiento del que dispondrán para el cumplimiento del objeto del presente llamado, con inclusión de folletos explicativos y fotos, que será como mínimo:
• 12 (doce) máquinas desmalezadoras en buen estado de funcionamiento, con motor a explosión de potencia no menor a 43cc y de calidad adecuada para el tipo de tareas a realizar.
• todas la herramientas manuales necesarias para el desempeño de la tarea (a vía de ejemplo: palas, rastrillos, azadas, picos, machetes, tijeras de podar, carretillas, 2 motosierras con motor a explosión no menor a 45cc y espadas de 20’, etc.).
• se deberá disponer de maquinaria de agua de alta presión para la limpieza de sendas de circulación de uso común y del equipamiento mecánico utilizado.
Tales indicaciones se realizarán mediante declaración jurada con certificación notarial de firmas, en la cual el Escribano actuante deberá certificar además que tuvo a la vista dicho equipamiento.
Como medio xx xxxxx mecánico, se podrá disponer de los equipos de propiedad de esta Administración compuesto por un tractor marca Fotón (modelo FT 354) de 35 hp y de una rotativa xxxxx Xxxxxx (modelo S120) de 1,20 mts. xx xxxxx; un tractor marca Fotón Europard (Modelo TB 504) de 50 hp y de una pastera Xxxxxx de 1,50 mts. xx xxxxx; o del equipo de su propiedad que el oferente disponga y que sea apto para el desarrollo de las tareas a realizar.
Serán de cargo del contratista los consumos de combustible así como los costos de mantenimiento de todas las máquinas portátiles que se utilicen para el servicio. En el caso del equipo xx xxxxx de propiedad de esta Administración, será de cargo de la propia ANP el consumo de combustible y el mantenimiento del mismo, no así las averías que se produzcan por uso inapropiado. De reiterarse averías por uso inapropiado, el adjudicatario será pasible de las sanciones previstas en el Artículo 32º, independientemente de los gastos de reparación en los cuales tendrá que incurrir el contratista.
6º.4 Disposiciones generales.
El servicio integral de limpieza se cumplirá diariamente de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 16.00 horas.
6º.5 Disposiciones laborales.
1. La cooperativa social adjudicataria deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes, en materia laboral, pagos y en general todo beneficio que mejore las condiciones establecidas por la legislación laboral común así como las demás normas de trabajo vigentes.
2. El personal asignado a los trabajos objeto del presente llamado deberá contar con carné de salud vigente, a efectos de ser presentado cuando se le solicite, a la División Recursos Humanos – Unidad Asuntos Administrativos y Control de Obligaciones y a la División Puerto Logístico Punta Xxxxxx (PLPS).
3. El personal deberá encontrarse uniformado, debidamente identificado y contar con los implementos de seguridad necesarios en cada caso. Se deberá dotar al mismo de la vestimenta y el calzado adecuado para trabajar a la intemperie de acuerdo con las diversas condiciones del clima. El uniforme tendrá estampado el nombre de la empresa adjudicataria.
4. El personal afectado al cumplimiento del objeto del presente llamado no podrá salir xxx Xxxxxxx Portuario con bultos o paquetes, sin la respectiva declaración del contenido del mismo ante la vigilancia actuante del lugar.
5. El adjudicatario quedará obligado a pagar a su personal por lo menos los Laudos y Convenios Laborales correspondientes a la rama de actividad. En caso de no haber Laudo, o de que éste sea inferior a $126,80 nominales por hora (Pesos Uruguayos ciento veintiséis con 80/100), el adjudicatario deberá pagar como mínimo este valor. Su inobservancia dará lugar a la rescisión de la contratación. Tanto el Laudo como el Convenio Colectivo para esta rama de actividad, como el ajuste que fije el Poder Ejecutivo, se aplicará sobre el mínimo a que se refiere el párrafo anterior, o el precio que efectivamente pague el adjudicatario al trabajador si éste fuera mayor a dicha suma.
El valor de $ 126,80 nominales por hora (Pesos Uruguayos ciento veintiséis con 80/100) nominales por hora indicado anteriormente es un valor fijado como referencia vigente al 1º enero de 2019 y no corresponde ajuste alguno, hasta que se produzcan por mandato del Consejo de Salarios los aumentos que éste determine. Por tanto, el valor indicado precedentemente se ajustará de acuerdo a los aumentos que se establezcan en el referido Consejo de Salarios.
6. Deberá cumplir además con todas las normas relativas a las condiciones de salud, seguridad e higiene ocupacional de los trabajadores/as empleados/as, de acuerdo a lo establecido en el DECRETO 406/88.
Artículo 7º Responsabilidad del contratista. Será responsabilidad del contratista:
1. Gestionar y obtener de la Administración Nacional de Puertos (ANP) los permisos que correspondan y que le permitan el cumplimiento ininterrumpido de cada uno de los servicios por los que se le contrata así como el ingreso de los materiales necesarios.
2. Adoptar todas las medidas necesarias para evitar accidentes que puedan afectar a bienes, o personal del Estado o terceros, siendo de su exclusivo riesgo y
responsabilidad, lo que pueda suceder en omisión de estas medidas, tal lo dispuesto en la Ley Nº 19.196 que establece la responsabilidad penal del empleador cuando incumpliere con las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
3. Cumplir estrictamente con las disposiciones, ordenanzas y reglamentos en el ámbito nacional, municipal y portuario. Será por su cuenta exclusiva el pago de multas y el resarcimiento de los perjuicios a bienes o intereses de terceros, si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas y reglamentos.
4. Asumir su responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias inherentes al servicio o que involucre al personal por su causa y de todas las responsabilidades que emerjan de la ejecución de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Técnicas y Administrativas ya sea sobre personas o bienes propios o de terceros.
5. Cumplir con todas las normas de seguridad sobre toda actividad que pudiese llegar a originar riesgo para el personal de la empresa, de la ANP u otros. En caso de incumplimiento la ANP se reserva el derecho de suspender en - cualquier momento (y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la empresa) los trabajos y tareas de la contratista.
6. Proporcionar la lista de personal que emplea para el cumplimiento de los servicios que se contratan, lo que será controlado por la División Puerto Logístico Punta Xxxxxx.
7. Asimismo, deberá proporcionar diariamente la nómina de personal que intervendrá cada día al comienzo del turno, en formato Word o Excel, firmado por el representante del contratista o por correo electrónico desde una casilla (cooperativa social) y a una dirección (en ANP) acordada previamente.
En dicha comunicación diaria, la cooperativa identificará al personal por su puesto de trabajo, nombre, apellido y Cédula de Xxxxxxxxx, indicando los horarios de inicio y término de la jornada de labor.
8. Procurar la mayor estabilidad del personal asignado debiendo comunicar por escrito y justificar debidamente las rotaciones del mismo ante la ANP, bajo apercibimiento de las multas previstas en el Artículo 34º de las presentes Bases.
9. Prestar los servicios contratados en forma directa, no pudiendo subcontratarlos. Asimismo no podrá sub contratar personal ni tercerizar la contratación del personal.
10. Contratar y pagar durante todo el plazo de la contratación el seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a que hace referencia el Artículo 61 de la Ley Nº 16.074 de todo el personal afectado a los trabajos objeto de las presentes Bases. Por lo tanto, aceptará la responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias inherentes al servicio, que sufra el citado personal por su causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la omisión de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior.
11. La ANP se reserva el derecho de suspender en cualquier momento (y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la cooperativa), los
trabajos y tareas, de comprobarse, por parte de ésta, del Banco de Seguros del Estado, o de cualquier autoridad pública, el incumplimiento de cualesquiera de las normas de seguridad a que se refiere el apartado anterior y que puede llegar a originar riesgo para el personal que emplea la empresa, como el propio de la ANP.
12. La falta de cualquier objeto, o la rotura, daños, desperfectos o deterioros que se produzcan, serán por cuenta del contratista, cuando se constatare la responsabilidad de sus operarios, ya sea por negligencia, trato inadecuado de los implementos u otros motivos imputables a aquellos.
13. Asumir todo riesgo o responsabilidad derivada del cumplimiento de la contratación, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la ANP, a sus funcionarios/as, o a los bienes o efectos de uno y otros, en todos los casos en que se sufriere o causare el daño durante la realización de los trabajos contratados o a consecuencia de la ejecución inadecuada o deficiente de los mismos.
14. En el ámbito de sujeción a la Ley No. 18.561 de “acoso sexual”, la empresa contratista será responsable de la conducta de sus dependientes, debiendo implementar políticas de sensibilización, educativas y de supervisión para la prevención del acoso sexual en el ámbito laboral. Su inobservancia la hará pasible de las sanciones y/o multas previstas en estas Bases, así como la inmediata denuncia ante la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.
Artículo 8º Contralor de los servicios y del personal designado.
La División Puerto Logístico Punta Xxxxxx – Unidad Servicios Punta Xxxxxx, fiscalizará la prestación de los trabajos de limpieza y la asignación diaria de personal propuesto en la oferta, con el mínimo establecido en el Artículo 6º.2.
Artículo 9º Precio.
El precio será cotizado por mes de servicio en pesos uruguayos.
El precio de la oferta comprende el importe de todos los costos, gastos, tasas e impuestos por cualquier concepto, requeridos para la completa realización de los servicios requeridos.
Por tratarse de un servicio a realizarse dentro xxx Xxxxxxx Portuario, se encuentra amparado en lo dispuesto por el Artículo 4º del decreto reglamentario 207/07 razón por la cual no deberá ofertarse ni facturarse el monto correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Artículo 10º Pago del servicio. 10º.1 Condiciones de pago.
El pago estará supeditado al contralor:
1. Por parte de la jefatura del Puerto Logístico Punta Xxxxxx:
Control de la planilla de resumen mensual con las horas de trabajo de cada integrante de la cooperativa correspondiente al mes de servicio cumplido, detallando los horarios extraordinarios, si los hubiere.
2. Por parte de la Unidad Asuntos Administrativos y Control de Obligaciones:
1 Declaración nominada de historia laboral (art. 87/ 16.713).
2 Facturas y recibo de pago al BPS.
3 Certificado que acredite situación regular de pago de BPS. (art. 663/ 16.170).
4 Detalle de certificaciones laborales SENF – Impresión Pantalla Web BPS conteniendo cabezal que identifique a la empresa.
5 Constancia del BSE que acredite la existencia del seguro de acc. del trabajo y enf. profesionales.
6 Copia de la/s póliza/s de Seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
7 Facturas y recibo de pago de la/s póliza/s de BSE referida/s en el punto anterior.
8 Recibos de sueldos firmados y/o transferencia de pago.
9 Planilla Unificada de Trabajo de BPS/MTSS.
10 Laudos y convenios colectivos aplicables y copia de contrato y/u orden de compra vigente.
11 Certificado vigente de DGI.
12 Las empresas que en la contratación con ANP hayan acordado la no realización de horas extraordinarias deberán presentar ante este ámbito de competencia, nota deslindando de responsabilidad a la ANP por horas extras.
13 En caso de un nuevo empleado: Constancia escrita de que en forma previa al inicio de su contrato, el trabajador ha sido informado de las condiciones de empleo, el salario y el nombre de la empresa.
14 En caso de que exista, copia de póliza de cumplimiento xx Xxx Nº 18099 depositada en Tesorería (ANP)
15 Nómina de los trabajadores asignados al contrato – Planilla de resumen mensual con datos identificatorios (C.I., categoría, domicilio, fecha de ingreso).
16 Carnés de salud (de nuevos trabajadores y renovaciones)
17 Certificado de buena conducta de nuevos ingresos. (excepto para las empresas comprendidas en convenios con CNR y/o Cooperativas y Asociaciones Civiles de ayuda o inclusión social; los que deberán venir acompañados además de copia de convenio que los exime del mismo).
18 Cuando el Contrato vigente entre Empresa y ANP prevea “… se procurará evitar la rotación de personal…”, se solicitará a la empresa copia de los contratos a prueba si existieran.
TODO SE ENTREGARÁ EN FORMATO DIGITAL A EXCEPCIÓN DE LOS ITEMS 8, 12, 17 Y 18, LOS CUALES SE ENTREGAN EN FORMATO PAPEL.
El incumplimiento de las obligaciones laborales acreditado por la documentación señalada anteriormente, habilitará a la ANP a proceder a la retención del pago por el servicio prestado (artículo 5º Ley N.º 18.251 y artículo 3º del Decreto 475/005), pudiendo esto ser causal de rescisión de la contratación y su registro correspondiente en el XXXX.
10º2 Pago
Los pagos se harán en moneda nacional por cada mes de servicio cumplido.
Encontrándose el pago condicionado a la correcta presentación de la documentación que se detalla en el numeral que antecede, el contratista deberá remitir dicha documentación ante las dependencias competentes de ANP, así como la factura correspondiente al mes de servicio cumplido ante la jefatura del Puerto Logístico Punta Xxxxxx dentro de los 10 (diez) días calendario siguientes a la finalización del mes correspondiente.
La conformación de la factura, de no mediar observaciones a la documentación, o en su caso que sean salvadas en tiempo y forma, se realizará dentro de los 10 (diez) días calendario a partir de su presentación.
El pago se hará efectivo dentro de los 15 (quince) días hábiles de conformada la factura.
Si se comprobaran inasistencias o reducción del horario diario cumplido, la proporción respectiva será descontada del total a pagar en el mes.
La ANP actuará como agente de retención si correspondiere, sobre los importes facturados, de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.083 y sus decretos reglamentarios, así como lo dispuesto en el Decreto 194/000 del 5 julio de 2000, Decreto 202/000 del 19 de julio de 2000 y Resolución 213 de la Dirección General Impositiva - Ministerio de Economía y Finanzas del 31 de julio de 2000.
Artículo 11º Ajuste de precio.
El precio cotizado será ajustado a la firma del contrato y posteriormente en forma mensual, de acuerdo con la fórmula paramétrica que se detalla seguidamente.
IS IPC
P = P0 × A× i + B × i
IS0 IPC0
P = Precio mensual actualizado Po = Precio mensual ofertado
ISi = Índice de Salarios del Grupo 19 Sub Grupo 16 (áreas verdes) - categoría maquinista - de los Consejos de Salarios, correspondiente al mes anterior al de la actualización.
ISo = Índice de Salarios del Grupo 19 Sub Grupo 16 (áreas verdes) - categoría maquinista - de los Consejos de Salarios, correspondiente al mes anterior a la fecha de apertura.
IPCi = Índice de Precios al Consumo, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al mes anterior al de la actualización.
IPCo = Índice de Precios al Consumo, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al mes anterior a la fecha de apertura.
A y B coeficientes de incidencia en la fórmula de ajuste que deberán ser establecidos por los oferentes.
Artículo 12º Plazo de la contratación.
El plazo de la contratación será de 1 (un) año.
SECCIÓN III. PROCESO DE CONTRATACIÓN.
Artículo 13º Retiro de las Bases y domicilio.
Las cooperativas interesadas podrán retirar sin costo, un juego completo de las presentes Bases en la Unidad Licitaciones de la ANP, tercer piso, oficina 305 del Edificio Sede de la ANP en el horario comprendido entre las 09:00 a 17 horas., Fax (5982) 0000 0000.
Cada oferente deberá constituir un domicilio en la ciudad de Montevideo, a los efectos del llamado y actos posteriores del mismo, debiendo comunicarlo formalmente a la ANP en el momento de retirar estas Bases.
Artículo 14º Aclaraciones a los documentos del llamado.
Cualquier posible licitante que haya retirado el pliego puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la licitación por escrito a la Unidad Licitaciones sita en Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 Nº 160, o por intermedio de fax 00000000, o por correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, , a más tardar 10 (diez) días hábiles antes del día de apertura de ofertas, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2 Parte II, dentro del horario comprendido de 9 a 17 horas.
La ANP dará respuesta por escrito a las solicitudes que reciba hasta 5 (cinco) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura. Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax (incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su origen) a todos quienes hayan adquirido los documentos del llamado.
Artículo 15º Modificación de los documentos del llamado.
La Administración podrá, hasta 5 (cinco) días antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 de la Parte II.
Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la Unidad Licitaciones de la ANP.
La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá plena prueba de la notificación.
Artículo 16º Presentación de la oferta.
Las ofertas serán recibidas por ANP en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de estas Bases Técnicas y Administrativas.
La ANP podrá prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora utilizando los mismos mecanismos detallados en el artículo anterior a todos los adquirentes de las Bases.
Cada oferente puede presentar sólo una oferta de conformidad con lo establecido en este pliego
Ningún oferente podrá participar directa o indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas.
Artículo 17º Condiciones generales de la oferta. 17º.1 Idioma.
La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella deberán redactarse en idioma español. Cualquier material preimpreso que proporcione el oferente en otro idioma deberá presentarse acompañado de una traducción al español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta.
Tal exigencia podrá obviarse si el material preimpreso, está en idioma xxxxxx, xxxxxxx o portugués, siempre que no contenga información que sea necesaria para la evaluación de las ofertas.
17º.2 Formato y firma de la oferta.
El oferente presentará la oferta en 5 (CINCO) ejemplares, identificando claramente, el "original” y las 4 "copias" del documento, escrito en formato A4.
El material preimpreso podrá presentarse en su formato original. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
El original y todas las copias de la oferta serán escritos en tinta indeleble y firmados por el oferente o su representante. Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material preimpreso no modificado, llevarán las iniciales de la persona o personas que firmen la oferta. Sus hojas deberán estar numeradas correlativamente.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o su representante.
17º.3 Costo de la oferta.
El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas, no siendo la ANP responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado del llamado.
17º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases.
La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.
Artículo 18º Contenido de la oferta.
La oferta deberá contener los siguientes elementos:
18º.1 Del oferente.
Se considerarán ofertas válidas las presentadas por Cooperativas Sociales inscriptas en el MIDES y con Certificado de cumplimiento de obligaciones expedido por dicho organismo al día anterior de la fecha de apertura, con domicilio constituido en la zona del Municipio A – CCZ 17.
Cada oferta deberá contener:
1. Carta de presentación de la Oferta, con los nombres, fax, teléfono y domicilio del oferente, en la ciudad de Montevideo a los efectos del llamado y actos posteriores al mismo.
2. El Oferente deberá designar en su oferta la persona que lo representará y en el caso de resultar adjudicatario, le otorgará poder especial, con facultades para actuar, obligarse y asumir responsabilidades, durante todo el procedimiento de contratación hasta que terminen todas las obligaciones contractuales derivadas de las presentes bases, autorizándolo para tratar con el encargado del contrato los problemas que puedan suscitarse desde la presentación de las ofertas hasta la finalización del contrato.
3. El oferente constituido como Cooperativa Social, deberá acreditar dicha condición mediante los certificados correspondientes expedidos por MIDES así como su domicilio en la zona del Municipio A – CCZ17.
4. Constancia de visita Artículo 5º
5. Alcance del servicio Artículo 6º
6. Declaración jurada, personal y equipamiento, según se indica en el Artículo 19º
7. La propuesta de acuerdo con el modelo previsto en el numeral 20 de la PARTE II.
Artículo 19º Declaración jurada, personal y equipamiento 19º.1 Declaración jurada
Se presentará declaración jurada concerniente a concursos y/o litigios en curso en los cuales el oferente o alguno de sus integrantes esté implicado y que puedan afectar la capacidad financiera y consecuentemente la prestación de la actividad prevista en el contrato de servicio.
19º.2 Personal
Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán formar parte de la plantilla de personal del oferente, ni contratar con la ANP de acuerdo a lo previsto por el Artículo 46º del TOCAF/2012.
19º.3 Equipamiento
Los oferentes especificarán - incluyendo folletos explicativos y fotos, cual es el equipamiento, ya sea propio o arrendado que se obliga a emplear durante todo el plazo de la contratación para cumplir con el servicio objeto de la presente convocatoria, todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º.3.
Artículo 20º Recepción y estudio de las ofertas. 20º.1 Recepción y apertura
Los funcionarios designados al efecto por la Administración, se reunirán en el lugar, día y hora fijados para el acto de apertura de sobres cerrados que contengan ofertas en presencia de los funcionarios actuantes que la ANP designe y de los representantes de los oferentes que deseen asistir. Se procederá a la apertura de los sobres y se enunciará los nombres de los oferentes, así como de los demás pormenores que estime convenientes y dejará constancia de su estado de inscripción en el XXXX. De todo lo actuado se labrará acta con las observaciones que formulen los oferentes, que deberá ser firmada por los funcionarios actuantes y por los representantes de los oferentes que deseen hacerlo.
Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de carta poder con firma certificada notarialmente o primera copia de escritura de mandato, en ambos casos con facultades suficientes. Estos documentos pueden presentarse en testimonio notarial por exhibición.
En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente.
Si algún representante ha formulado observaciones deberá firmar el acta obligatoriamente.
En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la documentación requerida por las Bases, los oferentes tendrán un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas para subsanarlos.
Los demás oferentes podrán comprobar que estos defectos han sido subsanados.
20º.2 Estudio de las ofertas.
Luego del acto de apertura de ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en las Bases.
Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no correspondía ser efectuado en el acto de apertura o que fue controlado en dicha instancia pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos y podrán subsanarlos dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes al acto de notificación. Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados.
Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio y evaluación, información concerniente a dicho proceso.
Se considerará que una oferta se ajusta esencialmente a los documentos de la licitación cuando concuerde con las estipulaciones y condiciones de dichos documentos.
Si la ANP determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos del llamado, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.
20º.3 Solicitud de aclaraciones
Durante el proceso de análisis de las ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información adicional a la presentada en la oferta, a efectos de su evaluación. Tales aclaraciones pasarán a formar parte de las ofertas y en ningún caso se admitirá que aquellas modifiquen la oferta original en sus elementos sustanciales, básicamente los precios ofertados.
La Administración podrá aceptar nueva información aportada por los oferentes en respuesta a su solicitud, en la medida en que se trate de información o documentación preexistente a la fecha de apertura de las ofertas, o la misma no modifique los términos de las respectivas propuestas.
En todo caso prevalecerá la interpretación de estas Bases por parte de la ANP sobre la que puedan hacer los oferentes durante el proceso, incluyendo el aporte de información adicional a la presentada en la propuesta.
20º.4 Discrepancias.
Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras.
Toda cláusula imprecisa, ambigua y contradictoria, se interpretará en el sentido más favorable para la ANP.
Artículo 21º Plazo de mantenimiento de oferta.
Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a 120 (ciento veinte) días calendario, contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas.
De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido.
Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta.
Artículo 22º Garantía de mantenimiento de oferta.
No se exigirá la presentación de garantía de mantenimiento de oferta.
El incumplimiento en el mantenimiento de su oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta (Artículo 64º del TOCAF).
El acto administrativo o la resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.
Artículo 23º Estudio de las ofertas
La Comisión Asesora de Adjudicaciones verificará el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Contenido de la Oferta –Artículo 18º SI/NO
b. Evaluación del oferente y su propuesta
- Declaración jurada – Artículo 19º.1 SI /NO
- Personal –Artículo 19º.2 SI/NO
- Equipamiento Artículo 19º.3 SI/NO
- Precio –Artículo 9º SI/NO
Sólo las ofertas que sean valoradas "SÍ" en todos los conceptos evaluados se considerarán aptas para su adjudicación.
Artículo 24º Reserva de derecho y criterio de adjudicación.
La selección de la oferta recaerá, en la cooperativa que cumpla con los requisitos que se detallan en las presentes Bases y cuya propuesta sea la de menor precio mensual.
Los servicios objeto del presente llamado se adjudicarán a una sola cooperativa.
La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
El oferente que resulte seleccionado, deberá haber adquirido el estado de “ACTIVO “en el XXXX. Si al momento de la adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario no hubiese adquirido el estado “ACTIVO” en XXXX, una vez dictado el acto, la Administración otorgará un plazo de 10 (diez) días calendario a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Artículo 25º Notificación.
El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a los oferentes.
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACION.
Artículo 26º Garantías.
26º.1 Garantía por Ley de Tercerizaciones Nº 18.099
El adjudicatario deberá garantizar las obligaciones emergentes de reclamos laborales, mediante la constitución de una garantía por el monto equivalente a 3 (tres) veces el importe mensual del servicio integral.
La vigencia de la garantía depositada deberá ser por el período de la contratación más el año siguiente a la finalización de la contratación.
Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la comunicación.
El procedimiento de constitución de garantía será el establecido en el numeral 3 de la Parte II.
Esta garantía será devuelta cumplido 1 (un) año desde la finalización de la contratación previa verificación de que no existen obligaciones pendientes de cumplimiento de personal.
26º.2 Garantía de fiel cumplimiento de la contratación
El adjudicatario deberá garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato que se celebre mediante la constitución de una garantía en dólares estadounidenses, equivalente al 5% del monto total de la oferta
Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades establecids en el Numeral 3 Parte II.
Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o la garantía por ley de tercerizaciones dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de oferta, quedando la ANP en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato, será devuelta al adjudicatario una vez finalizado el período contractual y sus correspondientes prórrogas.
Si las garantías se emitieran con fecha determinada de vencimiento, previa a la finalización de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá proceder a su renovación o sustitución con una antelación mínima de 30 (treinta) días previos a su vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución de la garantía vigente.
Artículo 27º Contratación.
Una vez adjudicada la contratación y luego de verificada la presentación del comprobante
que acredite la compra de las bases a la fecha de apertura de los recibos correspondientes a los depósitos de las garantías solicitadas en el Artículo 26º y certificado vigente del Seguro de Accidentes de Trabajo, la ANP. a través de la División Notarial notificará al adjudicatario, el día y la hora para suscribir el contrato respectivo dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la constitución de las garantías a que se refiere el artículo anterior.
La no concurrencia, será motivo suficiente para que se le considere incurso en xxxx y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos.
En caso de no suscribir el contrato, la ANP podrá proponer la adjudicación a favor del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio previo o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Si éste no mantuviera su oferta, seguirá el mismo procedimiento con los restantes oferentes o declarará frustrada la licitación.
La ANP podrá declarar frustrada la licitación en todo caso, sin expresión de causa y sin responsabilidad alguna por tal determinación.
Artículo 28º Documentos contractuales.
Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de este proceso competitivo contenidos en el expediente administrativo, entre los que se destacan:
1. Las Bases Técnicas y Administrativas con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.
2. La oferta y la propuesta aceptada.
3. La resolución de la ANP, disponiendo la adjudicación y la Orden de Compra.
4. Las comunicaciones escritas de la ANP.
Artículo 29º Cesión del contrato.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 75º del TOCAF/012, celebrado el contrato o encontrándose en ejecución, solo podrá aceptarse su cesión a otra Cooperativa Social que cumpla lo establecido en estas Bases a solicitud fundada del adjudicatario y siempre que la ANP lo consienta en forma escrita previa demostración de que el nuevo adjudicatario reúne o da las mismas seguridades de cumplimiento, registrándose el hecho en el Registro Único de Proveedores del Estado.
Autorizada la misma y otorgado el documento de cesión, el cesionario deberá depositar la garantía de cumplimiento de contrato así como la requerida por Ley de Tercerizaciones, de acuerdo a lo que establezca la ANP en consideración al plazo que reste para la finalización del contrato; como requisitos previos e indispensables para solicitar la aprobación por ANP del referido acuerdo de voluntades. La garantía de cumplimiento de contrato sustituirá la que tuviese depositada el cedente, que se devolverá según se indica en el párrafo siguiente.
Otorgado el documento de cesión de contrato y aprobado el mismo por la ANP, cedente y cesionario quedarán obligados en forma solidaria frente a la ANP por las obligaciones y responsabilidades surgidas por hechos anteriores a la cesión. A tales efectos, la ANP mantendrá en su poder, la garantía de cumplimiento de contrato del anterior contratista
(cedente) por un período de 6 (seis) meses, contados a partir del acto administrativo de ANP que apruebe la cesión de contrato, vencido el cual se devolverá.
De las obligaciones y responsabilidades surgidas por hechos posteriores a la cesión, solo será responsable el nuevo contratista.
La transmisión no comportará modificación alguna de los plazos o condiciones contractuales.
SECCIÓN V. FIN DE LA CONTRATACION
Artículo 30º Extinción de la contratación.
La contratación se extinguirá por alguna de las causas siguientes:
1. El cumplimiento del plazo señalado.
2. Por rescisión por incumplimiento del contratista (de carácter operativo, laboral o legal).
3. Por disolución de la persona jurídica adjudicataria.
4. Mutuo acuerdo entre la ANP y el contratista.
Artículo 31º Rescisión por incumplimiento de la contratación.
La Administración se reserva el derecho de rescindir unilateralmente, por causa justificada esta contratación en cualquier momento, avisando al contratista con 15 (quince) días de antelación, en cuyo caso sólo se pagarán los servicios realizados hasta esa fecha, sin otra compensación ni indemnización de especie alguna.
La contratación podrá ser rescindida por incumplimiento del adjudicatario en alguno de los siguientes supuestos:
a) En el caso de que el contratista no ajustase la prestación del servicio a las condiciones contractuales o violase cualquiera de ellas.
b) Cuando se omita la presentación, en tiempo y forma, de los documentos exigidos en el Artículo 10º2 (Decreto 475/05).
c) Por la reiteración de sanciones, de acuerdo al Artículo 34º.
Producida la rescisión, la ANP se reserva el derecho de disponer la ejecución de los servicios por parte de un tercero a cargo de la parte incumplidora, si correspondiere, sin perjuicio de la acción por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Artículo 32º Liquidación de la contratación por rescisión.
La rescisión de la contratación derivada del incumplimiento del contratista, hará que la ANP recupere el valor total de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista.
Seguidamente se liquidarán todas las obligaciones pendientes del contratista, derivadas de la contratación.
En la liquidación se incluirán, entre otros, los importe de todos los créditos que tuviese la ANP contra el contratista.
Practicada la liquidación y una vez notificado el contratista del monto de la misma, deberá satisfacer su importe en el plazo de 3 (tres) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación. Transcurrido dicho plazo la ANP podrá hacer efectivo su crédito por la vía judicial.
Artículo 33º Xxxx.
La xxxx se operará de pleno derecho para cualquiera de las partes por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de tres (3) días.
Artículo 34º Multa
Si el adjudicatario incumpliera parcial o totalmente con las obligaciones establecidas en la contratación, dará derecho a la Administración Nacional de Puertos de aplicar sanciones que podrán ir desde la advertencia, la aplicación de multas desde 5 a 50 UR (cinco a cincuenta Unidades Reajustables), bajo apercibimiento de que en caso de reiterarse el incumplimiento será objeto de rescisión de la contratación. Ello sin perjuicio de acumularse a la multa, los daños y perjuicios que tal hecho haya provocado a la Administración.
ANEXO I - MODELO DE AVAL
Montevideo, de de 201 .
Señores
Administración Nacional de Puertos De nuestra mayor consideración:
Por el presente documento, (1) , se constituye fiador solidario por
la suma de U$S/$ ( dólares
estadounidenses/Pesos), amparando las obligaciones de (2)
por concepto de (3)
_ en la Contratación Directa (4) , para (5) , renunciando al beneficio de excusión.
La presente garantía tendrá vigencia hasta el día . El fiador se compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación de entrega.
Dicho pago se efectuará en Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 número 160 de esta ciudad.
El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este documento en la calle N° de esta ciudad.
Se solicita al Escribano que certifique las firmas de este documento.
Xxxxxx a ustedes atentamente,
(1) Razón social del fiador.
(2) Nombre (persona Física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente.
(3) Opciones: a) Mantenimiento de Oferta; b) Cumplimiento de Contratación; c) Ley de Tercerizaciones N. º 18099.
(4) Contratación Directa N.°
(5) Objeto del llamado VER CARÁTULA DE LAS BASES
La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma xxx Xxxxxxxxx interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas jurídicas, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma (lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes, vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados, el Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen facultades bastantes para el acto realizado.
XXXXX XX - MODELO DE PROPUESTA
N.N. (o bien, para el caso que comparezca representando a un tercero: N.N., en representación de Z.Z., según poder o carta poder debidamente legalizados que adjunto), constituyendo domicilio a todos los efectos legales en la calle ....................., Nº ....., de la ciudad de ............, en conocimiento de las condiciones que rigen el presente llamado, se compromete a realizar el servicio de “limpieza y la adecuación de la totalidad de las áreas verdes así como las sendas de circulación de áreas comunes del predio xxx Xxxxxxx Aduanero Portuario Puerto Logístico Punta xx Xxxxxx”, por el precio de (en
números y letras).
El proponente será el señor declara además que en todas las cuestiones relativas a
esta obra se someterá a la legislación y a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro procedimiento.
Se adjunta la documentación exigida por el Artículo 18º xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
En Montevideo, a los ........ días del mes de de 2019
Firma del proponente
Nombre ...................
Xxxxxxxxx .................
Teléfono ...................