PLIEGO DE CONDICIONES BÁSICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE APOYO A LA CAPTACIÓN Y GESTIÓN DE PATROCINIOS
PLIEGO DE CONDICIONES BÁSICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE APOYO A LA CAPTACIÓN Y GESTIÓN DE PATROCINIOS
ÍNDICE Págs.
I. OBJETO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS 3
II. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 3
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 3
3. CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO 5
4. CONTENIDO Y FORMATO DE LAS OFERTAS 6
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL CONCURSO Y ADJUDICACIÓN 9
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 11
7. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN 11
10.PRECIO Y ABONO DE LOS SERVICIOS 13
11.OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS 13
12.CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES 15
13.PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO 16
CÓNDICIONES BÁSICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE APOYO A LA CAPTACIÓN Y GESTIÓN DE PATROCINIOS
I. OBJETO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS
El presente Pliego de Condiciones Básicas regula el procedimiento para la contratación, por la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, sita en el Paseo xxx Xxxxx núm. 8 de Madrid (en lo sucesivo, la “Fundación”), de los servicios de apoyo a la captación y gestión de patrocinios (en adelante, los “Servicios”), y las condiciones básicas que regirán dicho contrato.
II. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La Fundación contratará los Servicios por medio de concurso ordinario sin admisión de variantes o alternativas con la empresa licitadora que cumpla las condiciones abajo indicadas y presente la mejor oferta en su conjunto de acuerdo con los criterios establecidos en el presente Pliego.
En lo que no sea contrario a las condiciones del presente Xxxxxx, ni a las instrucciones de la Fundación, los servicios se prestarán de acuerdo con la Oferta del Contratista. En consecuencia, y salvo acuerdo expreso posterior de las partes, el Contrato se integrará por los siguientes documentos que regirán los derechos y obligaciones de las partes en el siguiente orden de prelación: (i) Pliego de Condiciones Básicas y sus anexos, y (ii) Oferta del Contratista.
2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
2.1. Las empresas interesadas podrán presentar sus ofertas directamente en el MUSEO THYSSEN-BORNEMISZA (a la atención de X.x Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx), xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx xxx. 00, 00000 Xxxxxx (Xxxxxx), antes de las 14:00 horas del día 22 de noviembre de 2016, durante el horario de oficina (9:30- 14:00).
2.2. No se admitirán las ofertas presentadas por e-mail, fax o por cualquier otro medio telemático. Tampoco se admitirá la documentación recibida con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado, salvo que, dentro dicho plazo, haya sido enviada y se remita a la Fundación el justificante del envío.
2.3. La presentación de las ofertas supondrá para cada empresa licitadora la aceptación expresa e incondicional de la totalidad de las cláusulas y condiciones contenidas en los Pliegos de Condiciones Básicas y en sus anexos.
2.4. Las empresas podrán realizar cualquier consulta o solicitar aclaraciones sobre el presente documento o sobre los servicios que se pretenden contratar, hasta tres días antes de que concluya el plazo de presentación de las ofertas. Las solicitudes de información o aclaración deberán dirigirse a D.ª Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx).
2.5. Las ofertas deben presentarse en dos sobres cerrados y numerados que deberán ser firmados por el licitador o la persona que le represente y con indicación de los siguientes datos:
Sobre Nº [Número del sobre]
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE APOYO A LA CAPTACIÓN Y GESTIÓN DE PATROCINIOS
Licitador.................................................................
CIF o NIF….. ........................................................
Dirección: ..............................................................
Teléfono................................ Fax .........................
Correo electrónico ……………………………….
Nombre del/los representantes: ………………….
………………………...DNI / Pasaporte……..….
Fecha y hora de presentación.................................
(A rellenar por la Fundación)
2.6. En el interior de cada sobre, en una hoja independiente, las empresas licitadoras deberán incluir una relación ordenada y numerada de los documentos que contiene.
2.7. La Fundación entregará a cada empresa licitadora, una vez que hayan presentado su oferta, un recibo con las siguientes indicaciones:
- Nombre, apellidos y NIF o, en su caso, denominación social y CIF del licitador.
- Título del contrato al que licita.
- Fecha y hora de presentación de los documentos.
2.8. Todos los documentos se presentarán en castellano o acompañados de traducción si estuvieran redactados en idioma distinto.
2.9. Todos los documentos deberán ser originales o copias debidamente compulsadas, salvo que ya hayan sido aportados o cotejados en algún otro concurso convocado por la Fundación durante el año en curso, en cuyo caso bastará con una fotocopia. En ese caso, los licitadores deberán indicar el concurso en que hayan presentado esa documentación.
2.10. Toda la documentación que incluya cada uno de los sobres deberá presentarse de la forma más sintética y resumida posible, y deberá atenerse estrictamente al orden establecido en la Condición Básica 4.
2.11. La empresa licitadora y la persona que la represente responderán de la exactitud y veracidad de todos los datos consignados.
2.12. Las ofertas serán firmes y vinculantes y tendrán una vigencia mínima de tres meses desde el último día previsto para su presentación.
2.13. Cada licitador podrá presentar una única oferta, ya sea individualmente o como parte de una Agrupación de Interés Económico o Unión Temporal de Empresas.
2.14. No se admitirán ofertas múltiples o alternativas ni variantes. No obstante, se podrán presentar mejoras para la única propuesta técnica presentada, tales como servicios adicionales opcionales no facturados.
3. CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO
3.1. Podrá contratar con la Fundación toda persona física o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar, no esté incursa en causa de prohibición para contratar con el sector público prevista en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011), y acredite el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
3.2. Las empresas procedentes de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán demostrar que en su Estado de procedencia se admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la Ley de Contratos del Sector Público. A tal efecto, y salvo que sean empresas procedentes de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, dichas empresas deberán aportar un informe sobre reciprocidad de la correspondiente Misión Diplomática Permanente española.
3.3. No podrán concurrir a las licitaciones las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respeto a los demás licitadores.
3.4. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios. Tendrán capacidad para contratar con la Fundación las empresas procedentes de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
3.5. Podrán contratar con la Fundación las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto (UTE), sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en UTE quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que podrán otorgar para
cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir en una UTE deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de la UTE será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
4. CONTENIDO Y FORMATO DE LAS OFERTAS
Cada uno de los sobres indicados en la Condición Básica 2.5 contendrá respectivamente la información que se indica a continuación:
4.1.Sobre Nº 1.- Documentación Administrativa
4.1.1. Documentos que acrediten la capacidad de obrar y, en su caso, la representación de las empresas licitadoras
- Si el licitador es una persona natural, el sobre contendrá fotocopia del DNI, pasaporte o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- Si fuese una persona jurídica, el sobre contendrá la escritura de constitución y, en su caso, las posteriores escrituras de modificación.
- Las personas físicas o jurídicas extranjeras pertenecientes a algún Estado Miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán acreditar su capacidad de obrar mediante su inscripción en un registro profesional o comercial cuando así se exija por su legislación nacional, o mediante las certificaciones previstas reglamentariamente. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Asimismo, en los casos previstos en el apartado 3.2 del presente pliego, las empresas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea procedentes de Estados que no hayan suscrito Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio deberán aportar el correspondiente certificado de reciprocidad.
- Las personas que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otra persona física o jurídica, deberán acreditar documentalmente el título de su representación, y deberán incluir fotocopia de su DNI o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- Las escrituras deberán estar debidamente inscritas en el correspondiente Registro cuando así lo exija la normativa vigente.
4.1.2. Declaración jurada de no estar incurso en las causas de exclusión ni en las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 57 de la Directiva 2014/24/CE, de 26 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre
coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios, y el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011). Las empresas licitadoras podrán utilizar a estos efectos el modelo de declaración que se une a este Pliego como Anexo I.
4.1.3. Certificados –originales o copia compulsada– de la AEAT y de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a efectos de contratar con el sector público.
4.1.4. Solvencia económico-financiera. Los licitadores deberán acreditar tener un volumen económico en el ámbito de los servicios objeto del presente contrato de, al menos, 100.000 euros, en los últimos tres ejercicios y por cada uno de ellos. A tal efecto, los licitadores presentarán una declaración responsable de su volumen global de negocio, así como del volumen de negocio en el ámbito correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de actividades.
4.1.5. Documentos para acreditar la solvencia técnica:
1) Relación de los principales servicios prestados en los últimos tres años, similares a los que son objeto del presente contrato, con indicación del importe, fecha y destinatario. Los licitadores deberán aportar certificación de los trabajos expedida por al menos tres de los destinatarios de dichos servicios, o identificar una persona de contacto de al menos tres destinatarios.
2) Curriculum vitae del personal que se destinará a la prestación del servicio, con sus perfiles profesionales. El licitador deberá acreditar contar con personal con experiencia en la prestación de servicios similares al objeto del contrato. Dicho personal deberá tener una experiencia mínima de 3 años en la captación y la gestión de patrocinios para eventos.
4.1.6. Un ejemplar de los Pliegos de Condiciones Básicas debidamente firmados en todas las páginas, incluidos anexos.
4.2.SOBRE Nº 2.- Propuesta técnica y oferta económica
El Sobre Nº 2 contendrá:
I) La oferta técnica:
Las empresas licitadores presentarán una única propuesta técnica que incluirá, al menos, los servicios que se indican en la Cláusula 8.1 del presente Pliego, es decir:
a) Diagnóstico y estimación de ingresos: Incluirá un análisis del acontecimiento objeto de la presente licitación. Se diagnosticarán las posibles potencialidades del evento en base a su propia naturaleza, a la normativa reguladora, a la competencia con otros eventos, y al contexto actual del sector de captación y
gestión de patrocinios y donaciones. Como complemento al diagnóstico, y en base a sus conclusiones, se aportará una estimación razonada de ingresos.
b) Descripción de posibles patrocinadores: Se presentará una relación del xxxxxx x xxxxxxxx económicos y empresariales a los que se orientará la búsqueda de patrocinios y una relación de fundaciones internacionales a los que se contactará para ayudas. La relación irá acompañada de una breve memoria justificativa y, si es posible, una estimación de las aportaciones. Como complemento de lo anterior, podrá incluirse una relación de posibles patrocinadores, señalando para cada uno de ellos el posible nivel de implicación previsto, su política de patrocinios, el patrocinio de eventos similares desarrollados con anterioridad y toda aquella información que considere oportuna.
c) Plan de trabajo: Se definirán objetivos, fases, dedicación prevista y cronograma de actuaciones. Como mínimo deberá contemplar una fase inicial de búsqueda, otra de negociación, acuerdos y firmas y una tercera de seguimiento hasta la finalización del evento, que podrán solaparse. Se detallarán las tareas concretas a desarrollar en cada fase y las metodologías que se emplearán en su correcta ejecución.
d) Metodología propuesta para la relación con el Museo y para control y evaluación de los patrocinios: Se contemplará la resolución de incidencias, la celebración de reuniones de seguimiento, el establecimiento de un sistema de indicadores para la evaluación de los resultados parciales y totales del plan en el tiempo y la emisión de informes. Como mínimo, preverá la redacción de un informe final y de informes mensuales que resuman las gestiones y contactos comerciales efectuados, los preacuerdos logrados, los acuerdos formalizados y las perspectivas de futuro, entre otros factores.
II) La oferta económica:
Los licitadores deberán presentar una única oferta económica conforme al modelo que se une como Xxxxx XX, que deberá indicar, en cifra y en letra, la comisión total propuesta para la prestación de los servicios comprendidos en la Cláusula 8.1 del presente Xxxxxx, de acuerdo con el escalado que se indica a continuación. Dicha comisión se aplicará sobre el importe bruto total de cada contrato de patrocinio para nuevos patrocinadores captados y gestionados por el Contratista.
El presupuesto máximo de licitación de la comisión es el siguiente:
Importe (desde – hasta) | % máximo de comisión |
0,00 € 30.000,00 € | 5,00 % |
30.001,00 € 60.000,00 € | 6,00 % |
60.001,00 € 90.000,00 € | 7,00 % |
90.001,00 € 120.000,00 € | 8,00 % |
120.001,00 € En adelante | 9,00 % |
No se admitirá a concurso ninguna oferta que supere el presupuesto máximo de licitación de cada apartado anterior.
La comisión ofertada será total, fija y cerrada. La comisión ofertada incluirá el coste de la totalidad de los servicios objeto del contrato y los que resulten necesarios para la correcta ejecución de los servicios.
El Contratista no podrá aumentar la comisión por razón de la mano de obra, ni de los materiales, o útiles de cualquier naturaleza que fuesen necesarios para la ejecución del Contrato, ni aún por trabajos imprevistos que sea necesario efectuar para la total ejecución de los servicios comprendidos en la Cláusula 8.1 del presente Pliego y con independencia de la duración de los trabajos.
5. APERTURA DE OFERTAS
0.0.Xx Fundación examinará y calificará previamente la validez formal de los documentos contenidos en el Sobre Nº 1. La Fundación podrá inadmitir aquellas ofertas que sean incompletas, adolezcan de algún defecto o contradigan a las presentes Condiciones Básicas.
0.0.Xx la Fundación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada por alguno de los licitadores, se lo comunicará para que los corrija o subsane en el plazo que considere más conveniente.
5.3.Presentadas las ofertas en tiempo y forma y, en su caso, subsanados los defectos de la documentación presentada, el día 25 de noviembre de 2016 a las 12:00 horas, la Fundación procederá a la apertura pública del Sobre Nº 2 de las ofertas admitidas, y dará cuenta de las ofertas inadmitidas y la causa de su inadmisión. La Fundación podrá modificar la fecha de apertura pública de ofertas, en cuyo caso lo comunicará por fax a los participantes.
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL CONCURSO Y ADJUDICACIÓN
6.1 La Fundación podrá seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto o declarar desierto el procedimiento y renunciar a la contratación prevista.
6.2 Los criterios que servirán a la Fundación para adjudicar el contrato serán los siguientes:
1. Calidad de la propuesta técnica de los Servicios (hasta 70 puntos).
La Fundación valorará la calidad técnica de los Servicios propuestos por cada empresa licitadora mediante un examen de la Propuesta Técnica.
La Fundación puntuará con hasta 70 puntos la propuesta de servicios, de acuerdo con los siguientes criterios:
(A) Plan de trabajo (hasta 40 puntos):
a) En el plan de trabajo se valorará el establecimiento de objetivos, fases, dedicación prevista y cronograma de actuaciones. Se tendrá en cuenta la metodología propuesta para el desarrollo de cada fase y su contribución a la correcta ejecución de los servicios. Los planes de trabajo deben permitir deducir que el Contratista asumirá correctamente todas las obligaciones inherentes al trabajo, recogidos en el objeto del contrato. (Hasta un máximo de 25 puntos).
b) Deberá contener una metodología para la relación con el órgano gestor y para control y evaluación de los patrocinios. Se valorará la eficiencia en el funcionamiento del servicio en cuanto a la relación e interlocución con el Museo, tanto por la presencia, la adecuación de la propuesta organizativa como por la metodología propuesta para que el Museo pueda realizar el seguimiento y la aprobación de la prestación del servicio. Se fijarán expresamente unos criterios de admisión de patrocinios y aceptación. (Hasta un máximo de 15 puntos).
(B) Plan de patrocinio (hasta 30 puntos):
a) Diagnóstico y estimación de ingresos (hasta un máximo de 20 puntos). Se valorará el conocimiento en profundidad de la entidad contratante, de la normativa reguladora, del contexto actual en materia de patrocinios y de la naturaleza y necesidades del evento. En base a las conclusiones aportadas en este diagnóstico, se evaluará la coherencia y adecuación de la estimación de ingresos presentada.
b) Descripción de posibles patrocinadores (hasta un máximo de 10 puntos). Se valorará la calidad técnica de la justificación, el conocimiento de los potenciales donantes y patrocinadores, la incidencia económica, la correspondencia entre targets del patrocinador y los del evento y el valor añadido que aportan los patrocinadores al evento.
2. Oferta económica (hasta 30 puntos).
Se valorará como oferta económica más ventajosa la del menor precio que no sea desproporcionada ni temeraria, a la que se asignará la máxima puntuación de
30 x OEMV V = ----------------
OE
30 puntos. Cada una de las restantes ofertas obtendrá una puntuación proporcional aplicando la siguiente fórmula:
V= valoración de la oferta económica
OE= oferta económica
OEMV= Oferta económica más ventajosa
Se podrá considerar a los efectos de lo dicho anteriormente que no pueden cumplirse por constituir una oferta desproporcionada o temeraria las ofertas que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la
oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 20 unidades porcentuales a dicha media.
Antes de rechazar la oferta que, de acuerdo con lo anterior, pueda ser considerada desproporcionada o temeraria, la Fundación deberá solicitar por escrito a la empresa licitadora que corresponda las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la oferta, y comprobará esta composición teniendo en cuenta las explicaciones recibidas. La Fundación para aceptar o rechazar dicha oferta podrá tomar en consideración las explicaciones del ahorro que representa el método, las soluciones técnicas aplicadas, o las excepcionales condiciones económicas a que tenga acceso la empresa licitadora para la prestación de los Servicios.
6.3 La Fundación clasificará las ofertas y acordará la adjudicación del Contrato a la persona o empresa que haya presentado la oferta más ventajosa en su conjunto (en lo sucesivo, el “Contratista”).
6.4 La decisión de adjudicación se notificará a los licitadores por correo electrónico y se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.
6.5 La Fundación podrá renunciar a la celebración del contrato o desistir del procedimiento en cualquier momento anterior a la adjudicación, en cuyo caso indemnizará a los licitadores por los gastos que hubiesen incurrido y que sean demostrables, con un importe máximo de cien euros por licitador.
6.6 El Contrato se entenderá perfeccionado en el momento en que se formalice.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
7. DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN
7.1. Una vez adjudicado el contrato, el Contratista deberá suscribir el Documento de formalización del Contrato con la Fundación.
7.2. El Contrato podrá ser elevado a escritura pública cuando lo solicite cualquiera de las partes, en cuyo caso los gastos derivados del otorgamiento serán de cargo de la parte peticionaria.
7.3. Transcurridos tres meses desde la finalización del concurso, la documentación incluida en los sobres de solicitud de participación y en los sobres de presentación de las ofertas quedará a disposición de las empresas que presentaron dichas solicitudes y ofertas y no resultaron adjudicatarias, salvo que por razones justificadas la Fundación deba retenerla. En cualquier caso, la Fundación podrá conservar para su registro una copia de toda la documentación presentada por las empresas licitadoras.
8. OBJETO DEL CONTRATO
8.1. El objeto del contrato es la prestación, a plena satisfacción de la Fundación, de los servicios de captación y gestión de patrocinios del Museo Thyssen-Bornemisza. Los servicios incluyen:
a) Búsqueda de patrocinadores y colaboradores que aporten contraprestaciones monetarias o en especie en el ámbito local, regional, nacional e internacional y presentación directa y personalizada a los mismos bajo supervisión y aprobación de la Fundación.
b) Búsqueda de ayudas en fundaciones internacionales y presentación directa de los proyectos bajo supervisión y aprobación de la Fundación.
c) Interlocución con los patrocinadores conseguidos por el Contratista, bajo la supervisión de la Fundación. Esta función no será realizada en exclusiva por el Contratista en tanto que el departamento de patrocinio del Museo Thyssen- Bornemisza busca, recibe y coordina directamente patrocinadores y donantes.
d) Seguimiento del uso de la marca del Museo en los diferentes soportes publicitarios del patrocinador para que se ajusten al Manual de marca establecido.
e) Asesoramiento en caso de litigio con el patrocinador por incumplimiento en tema de uso de imagen.
8.2. La Fundación podrá encargar al Contratista la coordinación y asesoramiento en algún proyecto específico de patrocinio o donación captado por la Fundación. Dicho encargo será objeto de un contrato independiente.
8.3. Los Servicios deberán ejecutarse con estricta sujeción a las condiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Básicas, con la extensión establecida en la anterior Cláusula 8.1 y en la Oferta del Contratista, y de acuerdo con las instrucciones de la Fundación.
9. DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración inicial de un año desde la firma del documento de formalización. No obstante, el contrato podrá prorrogarse por períodos anuales sucesivos por acuerdo de las partes, hasta un máximo de cuatro años. Dicho plazo se ampliará en la medida necesaria para atender el asesoramiento preciso en el caso de potenciales litigios entre donantes patrocinadores y la empresa contratista o entre éstos y las administraciones tributarias por razón de los patrocinios o donaciones y para elaborar la documentación administrativa relativa a las donaciones y patrocinios cuando a así sea preciso como consecuencia de los contratos y convenios en que los mismos se articulen.
10. PRECIO Y ABONO DE LOS SERVICIOS
10.1. El Contratista percibirá por los servicios, como única remuneración, la comisión ofertada. La Fundación solo abonará al Contratista la comisión sobre los patrocinios de nuevos patrocinadores captados y gestionados por el Contratista. La comisión se devengará en el momento en que la Fundación haya cobrado efectivamente el importe de la aportación de los patrocinios. Si el nuevo patrocinador se comprometiera a aportaciones periódicas, la comisión se devengará en el momento en que se haya cobrado cada una de ellas.
10.2. A efectos del cálculo de la comisión, se tomará como base el importe de cada aportación sin el IVA, al que se aplicará el porcentaje que corresponda en función de la escala.
10.3. La comisión es total, fija y cerrada. En consecuencia, el Contratista no aumentará su remuneración por razón de la mano de obra, materiales, el equipamiento necesario o los suministros de cualquier naturaleza que fuesen necesarios para la ejecución del Contrato, ni por trabajos imprevistos necesarios para la prestación del servicio.
La comisión del Contratista se facturará el último día del mes natural en que la Fundación reciba la aportación del patrocinio conseguido a través del Contratista. Las facturas se emitirán con la repercusión del IVA que proceda, de forma desglosada.
10.4. El devengo de la comisión queda totalmente condicionado al buen fin de la operación para la Fundación, por lo que ésta únicamente vendrá obligada a su abono cuando el contrato de patrocinio de que se trate se hubiere pagado o concluido íntegramente con éxito.
10.5. Las facturas tendrán un plazo de vencimiento de TREINTA (30) días y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de dicho vencimiento (el día 15 de cada mes).
10.6. Como condición para el abono de las facturas, el Contratista se obliga a entregar al inicio de cada anualidad del contrato (a excepción de la primera) los certificados o justificantes de pago de seguridad social a los que hace referencia el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, y los certificados previstos en el artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria, que acrediten que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.
11. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
11.1. Naturaleza del contrato: El Contrato tendrá la naturaleza jurídica de un contrato de prestación de servicios mercantil. No se derivará relación o vínculo laboral, ni de sociedad, alguno entre las partes, ni entre la Fundación y el personal del Contratista que pueda trabajar en la prestación de servicios objeto del Contrato.
11.2. Importe mínimo garantizado: El Contratista se obliga a conseguir para la Fundación un importe anual mínimo de 200.000€ de aportaciones de patrocinadores nuevos. Esta obligación tiene carácter esencial.
11.3. Modificación del contrato: La Fundación eventualmente podrá solicitar al Contratista alguna variación de los Servicios indicados en la Cláusula 8.1 del presente Pliego.
Además, si durante la prestación de los Servicios tuvieran que modificarse las condiciones establecidas por causas totalmente imprevistas y ajenas al Contratista, este deberá:
1. Notificar las incidencias a la Fundación de forma inmediata por teléfono con su posterior confirmación por escrito.
2. Evaluarlas económicamente, si procede, y comunicar por escrito a la Fundación su repercusión económica.
3. Requerir la aprobación previa y por escrito de la Fundación.
No se considerarán causas imprevistas, y en todo caso no justificarán el incremento del precio, los errores de valoración en la Oferta del Contratista, ni cualquier otra circunstancia que por su experiencia debiera haber previsto en la elaboración de su Oferta.
La Fundación no abonará ningún servicio adicional, ni admitirá ninguna modificación en el precio del Contrato que no haya sido autorizado previamente por escrito.
11.4. Personal: El Contratista, como entidad autónoma e independiente, designará el personal capacitado y especializado que estime conveniente para que, a su cargo, preste los Servicios. En cualquier caso, el Contratista cuidará que el personal que realice los Servicios posea la cualificación, la formación, la experiencia y el nivel adecuado para realizar los Servicios. Cualquier persona destinada a prestar los Servicios deberá ser previamente aprobada por la Fundación.
El Contratista y los profesionales que destine a la realización de los trabajos objeto del presente contrato deberán ser suficientes para mantener el servicio contratado durante toda su vigencia.
11.5. Obligaciones patronales: El Contratista asume en exclusiva las obligaciones patronales que le corresponden respecto a su personal, y, en consecuencia, se obliga al pago de los salarios, dar de alta y pagar las cotizaciones a la seguridad social de dicho personal, y al cumplimiento de la normativa tributaria y la correspondiente a prevención de riesgos laborales. En el caso de que el Contratista tenga la condición de trabajador autónomo, dichas obligaciones consistirán en el mantenimiento del alta y el pago de las cotizaciones que correspondan al régimen especial de trabajadores autónomos, la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de las deudas de esa naturaleza que correspondan. El Contratista se obliga, en todo caso, a acreditar el cumplimiento de sus
obligaciones y a mantener indemne a la Fundación de cualquier responsabilidad que pudiera derivar de un incumplimiento de dichas obligaciones.
11.6. Responsabilidad: El Contratista responderá, y mantendrá indemne a la Fundación, de los daños y perjuicios causados a la Fundación o a terceros y que tengan su causa en la ejecución del contrato o en la falta de diligencia del Contratista.
11.7. Proyectos patrocinables: La Fundación proveerá de información sobre los proyectos susceptibles de patrocino dentro del Museo y el Contratista podrá también realizar nuevas propuestas de iniciativas y proyectos susceptibles de búsqueda de patrocinio. La Fundación se reserva la aprobación de dichas propuestas.
11.8. No exclusividad: Los servicios se prestarán sin exclusividad. En consecuencia, la Fundación podrá contratar a otras empresas o profesionales la prestación de tales servicios.
11.9. Supervisión de los servicios: Los Servicios estarán sujetos a inspección, examen y prueba por parte de la Fundación siempre que ésta lo considere oportuno.
La responsabilidad del Contratista frente a la Fundación y, en su caso, frente a terceros, en modo alguno quedará exonerada o atenuada por la inspección, revisión o aprobación que pueda hacer la Fundación.
11.10. Morosidad: La Fundación podrá actuar como considere conveniente con respecto a los patrocinadores que incurran en xxxx. El Contratista no tendrá derecho a participar en los procedimientos judiciales o extrajudiciales que se lleven a cabo para el cobro del patrocinio comprometido.
12. CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES
12.1. Los licitadores, y posteriormente el Contratista, deberán guardar la más absoluta confidencialidad sobre los datos de carácter personal, los datos confidenciales de la Fundación y de terceros con los que contrata la Fundación, y el know-how e información técnica, comercial, informática, contable o de cualquier otra naturaleza a los que pudieran tener acceso como consecuencia de los tratos previos, la contratación y la realización de los trabajos objeto del contrato, tanto durante su vigencia como con posterioridad a la finalización del mismo, sin límite temporal. A tal efecto, se entenderán como datos confidenciales todos aquellos datos no divulgados por la Fundación a los que los licitadores y el Contratista puedan tener acceso.
12.2. A fin de conseguir el cumplimiento del compromiso asumido en el párrafo anterior, el Contratista se obliga a disponer de las medidas de seguridad, físicas y organizativas suficientes para ello, y a dar las instrucciones oportunas a las personas que directa o indirectamente manejan la referida información.
12.3. A la finalización de los trabajos, el Contratista devolverá, borrará o destruirá toda la información confidencial perteneciente a la Fundación, cualquiera que sea el
medio en el que esté registrada esta información y de la forma que la otra parte indique por escrito.
13. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista se obliga a prestar los servicios por sí mismo, por lo que no cederá, en todo ni en parte, ninguno de los derechos u obligaciones que se deriven del Contrato, ni a subcontratar la ejecución total o parcial del servicio, salvo previa autorización escrita de la Fundación.
14. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del Contrato, además del incumplimiento por el Contratista de las obligaciones que le incumben en virtud del mismo, las siguientes:
a) La incapacidad sobrevenida o extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes.
b) Declaración de concurso del Contratista.
c) El incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las condiciones previstas en este Pliego o la oferta del Contratista, o de las especificaciones u órdenes que al efecto dicte la Fundación. En particular, la Fundación podrá resolver el contrato si el Contratista incumple el importe mínimo garantizado previsto en la Condición 11.2, si incumple la dedicación propuesta en el plan de trabajo de su Oferta, o incluso si tiene, a juicio de la Fundación, un comportamiento incorrecto o negligente con la Fundación o con sus patrocinadores actuales o potenciales.
d) El incumplimiento de los deberes de confidencialidad.
e) La falta de pago o consignación por más de dos meses del precio de los servicios por parte de la Fundación.
f) En el caso de que la imagen o la reputación de cualquiera de las partes resultara perjudicada por su vinculación con la otra parte.
15. LEGISLACIÓN APLICABLE
La ley aplicable al presente contrato es la española.
16. COMPETENCIA
Para cualquier controversia relativa a la interpretación y ejecución del presente pliego o del Contrato serán competentes los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid. La presentación por las empresas licitadoras de las ofertas supondrá la renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Madrid, 7 de noviembre de 2016
ANEXOS
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICIÓN
D./D.ª ......................................................... mayor de edad, de nacionalidad
................................, domiciliado en ............................., calle
............................................., número .................. y DNI/NIE número en
nombre y representación de ........................................... con NIF/CIF ............................
domicilio fiscal en .........................................., calle (en
adelante, la “Sociedad”), conforme tiene acreditado por la documentación aportada en el Sobre nº 1, declara bajo su responsabilidad que:
1. La Sociedad no incurre en las causas de exclusión ni en las prohibiciones de contratar establecidas en el art. 57 de la Directiva 2014/24/CE, de 26 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios, y en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011).
2. La Sociedad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
.............................., ...................... de de 2016.
(lugar, feca y firma del representante legal o apoderado
ANEXO II. MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D./D.ª ......................................................... mayor de edad, de nacionalidad
................................, domiciliado en ............................., calle
............................................., número .................. y DNI/NIE número en
nombre y representación de ........................................... con NIF/CIF ............................
domicilio fiscal en .........................................., calle (en
adelante, la “Sociedad”), conforme tiene acreditado por la documentación aportada en el Sobre nº 1, se compromete a ejecutar el contrato de servicios de apoyo a la captación y gestión de patrocinios se compromete a ejecutar el citado contrato, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones previstos en el Pliego de Condiciones Básicas y sus anexos, por la comisión total, fija y cerrada que se indica a continuación (en letra y en número):
Importe (desde – hasta) | % máximo de comisión |
0,00 € 30.000,00 € | ………………………….. por ciento ……..% |
30.001,00 € 60.000,00 € | ………………………….. por ciento ……..% |
60.001,00 € 90.000,00 € | ………………………….. por ciento ……..% |
90.001,00 € 120.000,00 € | ………………………….. por ciento ……..% |
120.001,00 € En adelante | ………………………….. por ciento ……..% |
A la comisión se aplicará el IVA que corresponda.
.............................., ...................... de de 2016
(lugar, fecha y firma del representante legal o apoderado)