SECCION ADM INISTRATIVA DE CR ETOS
SECCION ADM INISTRATIVA DE CR ETOS
DECRETO Nº 0.311/2017
Santiago del Estero, 10 xx Xxxxx de 2017.-
Expediente Nº 146/01/2017.-
VISTO: el Contrato de Locación de Servicios celebrado ad-referéndum del Poder Ejecutivo, entre la Secretaría General de la Gobernación, y los señores Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx Xxxx; y CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento legal la Provincia contrata los servicios de las personas mencionadas para desempeñar funciones bajo órbita de Secretaría General de la Gobernación, que se les encomienden;
Que los contratados percibirán una remuneración mensual de acuerdo a la cláusula 4ª del correspondiente instrumento legal firmado;
Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Apruébase el Contrato de Locación de Servicios, celebrado "ad-referéndum" del Poder Ejecutivo, entre la Secretaría General de la Gobernación y los señores Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. Nº 37.139.031; Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. Nº 33.887.699 y Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, D.N.I. Nº 38.558.471, y cuyo texto pasa a formar parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL.
Dra. Xxxxxxx X. xx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Dra. Xxxxxxx XxXxxx
DECRETO Nº 0.313/2017
Santiago del Estero, 10 xx Xxxxx de 2017.-
VISTO: el Expediente Nº 014 - 105 - 2017, iniciado por el Autódromo Provincial Termas de Río Hondo - Jefatura de Gabinete, y la Resolución Nº 317, de fecha 6 xx Xxxxx de 2017; y CONSIDERANDO:
Que por conducto de las actuaciones administrativas tramitadas en el citado Expediente, se aprobó la Contratación Directa de Excepción, mediante el acto administrativo referenciado;
Que en ese sentido, observándose la acreditación de los pasos exigidos en relación al procedimiento administrativo utilizado, Jefatura de Gabinete emitió la Resolución Nº 317, de fecha 6 xx Xxxxx
de 2017, la cual por el importe corresponde ser aprobada ad-referéndum del Poder Ejecutivo;
Que por tales razones, constituida una consistente situación administrativa en el marco legal, se hace pertinente proceder a homologar la Resolución Nº 317/2017, mediante el dictado del presente Decreto; Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Homologar la Resolución Nº 317, emitida por la Jefatura de Gabinete en fecha 6 xx Xxxxx de 2017, de conformidad a los argumentos expuestos, cuya copia pasa a formar parte integrante como Anexo del presente Decreto.
Art. 2º - Comuníquese, regístrese, dése al BOLETIN OFICIAL y cumplido, archívese.
Dra. Xxxxxxx X. xx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx
DECRETO Nº 0.314/2017
Santiago del Estero, 10 xx Xxxxx de 2017.-
126 - 01 - 2017.-
VISTO: el requerimiento de servicio vehicular en áreas de la Secretaría General de la Gobernación, y la contratación de vehículos automotores realizada a tal efecto; y CONSIDERANDO:
Que lo realizado se funda en la necesidad de reforzar el recurso vehicular propio de Secretaría General de la Gobernación, por cuanto el cúmulo de tareas a cargo de la mencionada jurisdicción hicieron imperiosa tales incorporaciones;
Que mediante Decreto Acuerdo Nº 130/2006 y su modificatorio Nº 1.942/2016 se deja determinado que las contrataciones por excepción no superarán los $ 8.000,00 mensuales, y encuadrándose justificada la real necesidad de contar con este medio de movilidad;
Que a finalidad de perfeccionar la contratación de vehículos, se torna procedente el dictado del presente acto administrativo;
Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Apruébase, en modalidad de excepción a lo dispuesto por Decreto Acuerdo Nº 130 de fecha 6 de Febrero de 2006, el contrato de alquiler de vehículo suscripto por Secretaria General de la
Gobernación con el señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx, D.N.I. Nº 24.193.103, cuyo texto pasa a formar parte del presente Decreto. Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL.
Dra. Xxxxxxx X. xx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Dra. Xxxxxxx XxXxxx
DECRETO Nº 0.315/2017
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000.-
Xxxxxx: Nº 2.880/2016.-
VISTO: el Contrato de Locación de Servicios celebrado "ad-referéndum" del Poder Ejecutivo, entre la señora Ministra de Educación y la xxxxxx Xxxxxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx; y
CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento legal la Provincia contrata los servicios de la persona mencionada para desempeñar funciones que se le encomiendan, bajo órbita del Ministerio de Educación; Que el contratado percibirá una remuneración mensual de acuerdo a la cláusula 4ª del correspondiente instrumento legal firmado;
Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Apruébase el Contrato de Locación de Servicios celebrado "ad-referéndum" del Poder Ejecutivo, entre la Sra. Ministra de Educación, y la xxxxxx Xxxxxxxx de los Xxxxxxx Xxxxx,
D.N.I. Nº 22.617.032, y cuyo texto pasa a formar parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL.
Dra. Xxxxxxx X. xx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Dra. Xxxxxxx Xxxxxx
DECRETO Nº 0.316/2017
Santiago del Estero, 10 xx Xxxxx de 2017.-
Expediente Nº 30.988/33/2016, y VISTO: los Profesionales que cuentan con capacitación acreditadas en las diferentes especialidades; y CONSIDERANDO:
Que el contratado se compromete a desempeñar funciones en el ámbito del Ministerio de Salud o dependencia que se determine como lugar de prestación de servicios, con un nivel de categoría consignado en el Artículo Segundo del
Que el Sr. Ministro de Salud de la Provincia requiere la contratación de servicio en antelación a las necesidades de Recursos Humanos;
Que la incorporación de personal para cubrir distintas áreas, reviste de singular importancia a fin de cumplir con la ejecución eficaz y garantizar los servicios que requiere la comunidad;
Que la medida resuelta de estricta justicia y otorga seguridad y estabilidad a los trabajadores, como así también a sus familias;
Por ello,
La Señora Gobernadora de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Apruébase el Contrato de Em ple o Públic o, c el ebr ado "ad-referéndum" del Poder Ejecutivo, entre el Sr. Ministro de Salud y por la otra, el/la Sr./a., Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I. Nº 20.426.495, para cumplir funciones de Kinesiólogo 20 horas en el Instituto Provincial de Rehabilitación Integral, dependiente del Ministerio de Salud.
Art. 2º - Las erogaciones resultantes
serán imputadas en la Jurisdicción, Programa, Partida, consignadas en el respectivo contrato con periodo de vigencia de la fecha consignada en el Artículo Quinto hasta el 31 de Diciembre de 2016.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL.
Dra. Xxxxxxx X. xx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
TRIBUNAL DE CUENTAS SANTIAGO DEL ESTERO
ACORDADA Nº 04/17
Santiago del Estero, 22 xx Xxxxx de 2017.-
VISTO: lo dispuesto por el Artículo 171 de la Constitución Provincial, respecto de la designación de los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia; CONSIDERANDO:
Que mediante la propuesta del Poder Ejecutivo, la Cámara de Diputados ha decretado conceder el Acuerdo correspondiente para designar a los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia: C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx y Dra. Xxxxx Xxxxxxx, quienes el día 21 xx Xxxxx del corriente año prestaron Juramento xx Xxx;
Que a través de propuesta de la Cámara de Diputados se dispone conceder el Acuerdo al cuarto miembro, C.P.N. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, por el Bloque del Frente Cívico; quien el día 21 xx Xxxxx del corriente año prestó el Juramento xx Xxx;
Que en cumplimiento del Artículo 1º de la Ley Orgánica Nº 5.792, los integrantes del Tribunal de Cuentas, reunidos en Acuerdo Plenario a fin de designar Presidente y Vicepresidente, procedieron a la votación, resultando electos por unanimidad el Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx como Presidente y el C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx como Vicepresidente;
Por ello,
El Tribunal de Cuentas de la Provincia ACUERDA:
Art. 1º - DESIGNAR como presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia al Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, a partir del 21 xx Xxxxx y hasta el 31 de Diciembre de 2017, en mérito a los considerandos de la presente.
Art. 2 º - DESIGNAR como vicepresidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia al C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, a partir del 21 xx Xxxxx y hasta el 31 de Diciembre de 2017, en mérito a los considerandos de la presente.
Art. 3º - Por Secretaría General notifíquese, comuníquese a las Secciones Habilitación y Personal de este Organismo, dése al BOLETIN OFICIAL, publíquese y cumplido, archívese.
Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx - Presidente -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia Dra. Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
Ante mi:
Xx. XXXX X. XXXXXX XXXXX -
Secretario General - Tribunal de Cuentas de la Pcia.
ACORDADA Nº 05/17
Santiago del Estero, 22 xx Xxxxx de 2017.-
VISTO: el Artículo 16º, inciso b) de la Ley Nº 5.792;
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo, debe determinarse la composición de cada Sala;
Que mediante propuesta del Poder Ejecutivo, la Cámara de Diputados ha decretado conceder el Acuerdo correspondiente para designar a los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia: C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx y Dra. Xxxxx Xxxxxxx; Que a través de propuesta de la Cámara de Diputados se dispone conceder el Acuerdo al cuarto miembro, X.X.X. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, xxx xx Xxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxx;
Que mediante Acordada Nº 04/17, del día de la fecha, se designa como Presidente de este Tribunal de Cuentas al Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, y como Vicepresidente al C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx;
Por ello,
El Tribunal de Cuentas de la Provincia
ACUERDA:
Art. 1º - INTEGRAR las Salas de este Organismo, de la siguiente manera:
Presidente: Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx
Vocal: C.P.N. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx
XXXX DE SEGUNDA NOMINACION:
Presidente: Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx
Vocales: C.P.N. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
Dra. Xxxxx Xxxxxxx.
Art. 2º - ESTABLECER que en los casos de ausencia temporaria por cualquier causa, los Sres. Vocales de las respectivas Salas, se reemplazarán indistintamente entre ellos.
Art. 3º - Por Secretaría General comuníquese, dése al BOLETIN OFICIAL, publíquese regístrese y cumplido, archívese.
Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx - Presidente - Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx - Vocal - Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx - Vocal - Tribunal de Cuentas de la Provincia
Dra. Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx - Vocal - Tribunal de Cuentas de la Provincia
Ante mi:
Xx. XXXX X. XXXXXX XXXXX - Secretario General - Tribunal de Cuentas de la Pcia.
ACORDADA Nº 06/17
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000.-
VISTO: que se encuentran vacantes dos cargos de Contador Fiscal General, Categoría 01; y
CONSIDERANDO:
Que el cargo de Contador Fiscal General xx Xxxx de Primera Nominación se encuentra vacante, en virtud de la renuncia presentada por la C.P.N. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria; atento la Resolución Nº 40/17 de fecha 1 xx Xxxxx del corriente año;
Que asimismo se encuentra vacante otro cargo de Contador Fiscal General dispuesto por la Ley 7.224 de la Cámara de Diputados de la Provincia;
Que en consecuencia de ello y dado el cúmulo de tareas, surge la necesidad de cubrir los cargos de Contador Fiscal General arriba mencionados; a los fines de cumplir con el normal funcionamiento de este Tribunal de Cuentas;
Que cabe destacar el desempeño y la experiencia adquirida por los profesionales C.P.N. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxxxx y C.P.N. Xxxxx Xxxxx Xxxx, durante los años que cumplieron funciones como Vocales de este Tribunal;
Que este cuerpo considera viable designar a los profesionales C.P.N. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxxxx y C.P.N. Xxxxx Xxxxx Xxxx, en los cargos de Contador Fiscal General que se encuentran vacantes;
Por ello y, atento las facultades conferidas por el Art. 16, inciso e) de la Ley Nº 5.792;
El Tribunal de Cuentas de la Provincia ACUERDA:
Art. 1º - DESIGNASE, a los profesionales C.P.N. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxxxx y C.P.N. Xxxxx Xxxxx Xxxx, en los cargos de Contador Fiscal General, Categoría 01, a partir del 20 xx Xxxxx de 2017, en mérito a los considerandos de la
presente.
Art. 2º - Por Secretaría General notifíquese a los profesionales mencionados, a Sección Personal y Habilitación del Organismo, dése al BOLETIN OFICIAL, regístrese y cumplido, archívese.
Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx - Presidente -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
C.P.N. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia Dra. Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx - Vocal -
Tribunal de Cuentas de la Provincia
Ante mi:
Xx. XXXX X. XXXXXX XXXXX -
Secretario General - Tribunal de Cuentas de la Pcia.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 0.415/2017
Santiago del Estero, 14 xx Xxxxx de 2017.-
VISTO: el Expediente Nº 290 - Código 2
- Año 2017, del registro del Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que el señor Interventor del "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COINOR",
con sede legal en la Ciudad xx Xxxxx, Departamento Choya, designado mediante Resolución Ministerial Nº
2.287 del 14 de Diciembre de 2016, solicita prórroga de su mandato; habida cuenta que al haberse cumplido el plazo
consignado en la citada Resolución están pendiente todavía el proceso de normalización de la presente Institución; Que la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno en su Dictamen Nº 522 del 10 xx Xxxxx de 2017, analizadas las presentes actuaciones observa a fojas 1 que el actual interventor del Club Social y Deportivo Coinor, solicita una nueva prórroga a su mandato. Fundamenta su petición, en la circunstancia que no se pudo concluir con los trabajos, para solicitar asamblea a la Dirección de Personas Jurídicas, a fin de lograr la regularización de la Institución, tarea que
se está efectuando en forma lenta y paulatina. Acompaña a fojas 3 copia de la Resolución Ministerial Nº 2.287 del 14 de Diciembre de 2016, en la cual se nombró al peticionante como interventor del Club de marras y se estableció un plazo de noventa (90) días para convocar a sus asociados a elegir autoridades en Asamblea, que se realizará al efecto. Xxxxxx a lo señalado, estima que no existe objeción de acceder a lo solicitado, por lo que el señor Ministro se encuentra facultado para accede a lo solicitado sobre la base de razones de mérito, oportunidad y conveniencia, , lo que
Por ello,
El Ministro de Gobierno
RESUELVE:
Artículo 1º - Prorrógase -por el término de noventa (90) días-, a partir del 13 xx
Xxxxx de 2017 y hasta el 11 xx Xxxxx de 2017, la intervención de la entidad civil denominada "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COINOR", con sede legal en la Ciudad xx Xxxxx, Departamento Choya, la que fuera dispuesta mediante Resolución Ministerial Nº 2.287 del 14
de Diciembre de 2016.
Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dése al BOLETIN OFICIAL y pase a la Dirección de Personas Jurídicas, a sus efectos.
Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
SEC CI ON J UD IC IA L
EDICTO SUCESION
Juez en lo Civil y Comercial, Cuarta Nominación, en los autos caratulados: "XXXXXX, XXXXXX XXXXXXX S/
SUCESION". Expte. Nº 574824, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores xx XXXXXX, XXXXXX XXXXXXX, para que en el térmi n o d e TREINTA DIAS comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento xx xxx.
Secretaría, 03 xx Xxxxx del 2017.
Dra. XXXXX XXXXXXXX XXXXX -
Secretaria Segunda
Nº 236.519 - e. 27 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
EDICTO SUCESION
Juez Civil y Comercial de 1º Nominación, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho en la causa EXPTE. Nº 586913 XXXXXXXX XXXXX XXXXX X/ XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX X XXXXX X/ XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX
EXTRAMATRIMONIAL, para que en el término de quince días comparezcan a
tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de designar como representante legal al Sr. Defensor de Ausentes.
Publíquese edicto por tres días en el Boletín Oficial y un diario local de mayor circulación.
Fdo. Xx. XXXXXX X. XXXXXXXX, DRA. XXXX XXXXXXXX XXXXX,
Secretaria 1º.
20 xx Xxxxx del 2017.
Dra. XXXX XXXXXXXX XXXXX -
Secretaria.
Nº 236.482 - e. 23 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 55,00.-
EDICTO SUCESION
Juez Civil y Comercial de 2º Nominación, Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria a cargo, Dra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, en autos caratulados: "EXPTE. Nº 607.045/2017 - XXXXXXXX, XXXXXX XXXX XXX XXXX S/SUCESION AB-INTESTATO", cita
y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y toda otra persona que se considere con derecho a los bienes relictos de XXXXXX XXXX XXXXXXX
XXXXXXXX, para que en el término de TREINTA DIAS, hagan valer sus derechos, bajo apercibimiento xx Xxx. Secretaría, 21 xx Xxxxx de 2017.-
Dra. XXXXXX XXXXX XXXXXXX -
Secretaria.
Nº 236.475 - e. 23 marzo - v. 28 marzo - p. 70 - $ 25,00.-
EDICTO SUCESION
Juzgado Civil 1ra. Nominación, autos: "XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX E XXXXXX XX XXXXXX XXXXX ARGENTINA S/SUCESION",
cita y emplaza herederos, acreedores de XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX y XXXXX XXXXXXXXX
XXXXXX XX XXXXXX, por treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento xx Xxx.
Secretaría, 21 xx Xxxxx de 2017.-
Dra. XXXX XXXXXXXX XXXXX -
Secretaria 1º.
Nº 236.492 - e. 23 marzo - v. 28 marzo - p. 54 - $ 40,00.-
SEC CI ON XX X XXX X XX XXX
XXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXX S.A.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Directorio del Banco de Santiago del Estero S.A., en sesión celebrada el diecisiete xx xxxxx del año dos mil diecisiete, instrumentada bajo Acta N˚ 380, resolvió convocar a Asamblea General Ordinaria de Accionistas a realizarse el día 21 xx xxxxx de 2017 a las 18 horas en primera convocatoria y a las
19 horas del mismo día en segunda convocatoria en la sede social de Avenida Belgrano (S) N˚ 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1˚) Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea.
2˚) Consideración de la Memoria y Balance General, Estado de Resultados e Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2016.
3˚) Aplicación de utilidades. Su consideración y distribución.
4˚) Fijación de Honorarios al Directorio y de la Comisión Fiscalizadora.
5˚) Designación de los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora.
Para concurrir a la Asamblea los accionistas deberán dar cumplimiento al depósito de acciones en los términos del Art. 238 de la Ley de Sociedades
Comerciales.
A los efectos del Art. 236 de la Ley
19.550 se ordenan cinco publicaciones en Boletín Oficial de la Provincia de Santiago del Estero y Ámbito Financiero. Santiago del Estero, marzo 21 de 2017. XXXX XXXX XXXXXXXXX - Gerente General
Nº 236.484 - e. 23 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 200,00.-
"ACEBAND" ASOCIACION CELIACA BANDEÑA
LA BANDA SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea Ordinaria
La comisión directiva convoca a asamblea ordinaria, para el día 31 del
En dicha asamblea se tratará el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1- Lectura del Acta de Asamblea Anterior.
2- Designación de 2 (dos) socios para firma de acta de Asamblea.
3- Lectura de Memoria del 2016.
4- Consideración del Balance General, cuadro de ingresos y egresos e informe de la comisión revisora de cuentas del ejercicio cerrado al 31 de Diciembre del 2016.
5- Tratamiento de la cuota Social. NOTA: Transcurrida una (1) hora de tolerancia de la hora fijada, la
Asamblea se realizará con los asistentes siendo válidas sus resoluciones.
La Banda, 22 xx Xxxxx del 2017 XXXXXX XXXXXX DE LA XXXXX -
Presidenta
XXXXXXX XXXXXXXX (Secretario XXXX XXXXXX XXXXX - Tesorera
Nº 236.498 - e. 23 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 45,00.-
"SANTIAGO DEL ESTERO GOLF CLUB"
Convocatoria a Elecciones Ordinarias
La Junta Electoral del Santiago del Estero Golf Club convoca a Elecciones Ordinarias, para el día 23 xx Xxxxx del 2017, en la Sede de la Institución, en el horario de 10:00 a 18:00 horas, a los fines de cubrir los siguientes cargos:
a) COMISION DIRECTIVA: Un Presidente; un Vicepresidente, un Secretario; un Secretario Adjunto; un Tesorero, un Tesorero Adjunto, un Vocal 1º, un Vocal 2º, un Vocal 3º, un Vocal 1º Adjunto, un Vocal 2º Adjunto y un Vocal 3º Adjunto.
b) COMISION REVISORA DE CUENTAS: Tres Miembros Titulares y dos Suplentes.
c) TRIBUNAL DE ETICA Y
DISCIPLINA: Seis Miembros Titulares. Las listas de candidatos deberán ser presentadas para su oficialización hasta el día Miércoles 12 xx Xxxxx de 2017 en la Secretaría de la Institución, con la nómina y firma de cada uno de los candidatos.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y un día en el Diario El Liberal. XXXXXX XXXXXXXX - XXXXXX XXXXX - XXXXXXX XXXXXX.
Nº 236.508 - e. 27 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 70,00.-
ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO COMUNAL "PARAJES UNIDOS XXX XXXXXXXXX"
Xx Xxxx - Xxxx. Xxxxxxxx - XXXXXXXX XXX XXXXXX
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Comisión Directiva de la ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO COMUNAL "PARAJES UNIDOS LAS
LIBRANZAS", con Sede en La Brea - Dpto. Xxxxxxxx, convoca a sus Asociados a Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 07 xx Xxxxx de 2017, a las 16,00 horas, en la Sede del Club Atlético Xxxxxxxx de la Localidad de La Brea - Dpto. Xxxxxxxx, a los fines de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º - Consideración de Memoria y Estados Contables correspondientes al Ejercicio 2016.
2º - Designación de dos Socios para firmar el Acta.
La Brea, 17 xx Xxxxx de 2017.-
XXXX XXXXXXXX XXXXX -
Presidente.
Nº 236.504 - e. 27 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS
NACIONALES
"MI PEQUEÑO HOGAR"
- La Banda - SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
El CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES "MI
PEQUEÑO HOGAR" de la Ciudad de La Banda, xx xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx y Maipú, comunica a sus Asociados el llamado a Asamblea General Ordinaria, que se llevará a cabo el día 06/04/2017 a las 19 horas, con una hora de tolerancia, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. - Memoria y Balance 15, 16.
2. - Elección de dos Asambleístas para refrendar el Acta.
3. - Elección total de Comisión Directiva por un período de dos años, por simple propuesta y a pluralidad de votos de los asistentes.
XXXX XXXXXXX XXXXXXX -
Presidente.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX -
Secretario.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX -
Tesorero.
Nº 236.502 - e. 27 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
ASOCIACION
PRO-FOMENTO Y CULTURA BARRIO RIO DULCE
- La Banda - SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea Extraordinaria
Convócase a Asamblea Extraordinaria de socios, para el día 31 xx Xxxxx del corriente año, a partir de 20:30 horas, en sede social de la institución, a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura y consideración de Memoria y Balance del año 2016.
2.- Informe de la Comisión Revisora de Cuenta.
3. -Designación de Dos (2) Socios para firmar el Acta.
La Banda- Santiago del Estero 22 xx Xxxxx del 2017.
XXXX X. XXXXX - Presidente. XXXXXXX XXXX - Secretario.
Nº 236.516 - e. 27 marzo - v. 29 marzo - p. 48 - $ 25,00.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
Ministerio del Agua y Medio Ambiente
Administración Provincial de Recursos Hídricos
Jefatura de Construcciones Licitación Pública y Escrita Nº 08/2017
Autorizada por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 328/2017
OBRA: "Perforación Entubada en Colonia Española".
UBICACION: Dpto. Banda - Pcia. de Santiago de Estero.
PRESUPUESTO OFICIAL: $
520.215,53 - (Pesos: Quinientos veinte mil doscientos quince con 53/100).
PLAZO DE EJECUCION: 30 (Treinta)
días corridos.
PRECIO XXX XXXXXX: $ 500,00 -
(Pesos: Quinientos).
VENTA XXX XXXXXX: Hasta 04/04/2017.
VENCIMIENTO DE LA SOLICITUD DE LA CAPACIDAD ANUAL RREFERENCIAL: 04/04/2017 $ 1.000.000,00.
FECHA DE APERTURA: 12/04/17 -
HORA: 10.00.
LUGAR: Avda. Belgrano (N) Nº 924.
e. 23 marzo - v. 28 marzo.
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE GESTION
LLAMADO A LICITACION PUBLICA Y ESCRITA N˚ 01/17 AUTORIZADO POR DECRETO N˚ 0.373/17
OBJETO:Adquisición de una motoniveladora con destino a la
Comisión Municipal de San Xxxx del Boquerón.-
EXPTE N˚: 174-127-2017
PRESUP U E S T O OFICIAL: $
3.244.550,00 (Pesos tres millones doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta).-
FECHA Y HORA DE APERTURA:
04/04/2017 a las 10:00 hs o el siguiente día hábil si fuera decretado feriado.- LUGAR: Subsecretaría de Coordinación de Gestión de Jefatura de Gabinete de Ministros; sito en Alem N˚ 257, ciudad de Santiago del Estero.-
PLIEGO DE CONDICIONES:Podrán
consultarse en la citada repartición donde se encuentran a disposición de los interesados para su adquisición hasta el día 31/03/2017
VALOR XXX XXXXXX: $ 5.000,00
(Son pesos cinco mil).-
C.P.N. XXXXX XXXXXXX XXXXX - Subsecretario de Coordinación de Gestión Jefatura de Gabinete
e. 23 marzo - v. 28 marzo -
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES URBANAS, PERIURBANAS,
CAMINOS DE LA PRODUCCION, ACCESOS A PUEBLOS Y OBRAS DE SEGURIDAD VIAL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
SANTIAGO DEL ESTERO MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO LLAMADO A LICITACION PUBLICA Y ESCRITA
Provincia de Santiago del Estero
Aprobada por Decreto Nº 319/2.017 de fecha 13/03/2.017
PRESUPUESTO OFICIAL TOPE
$ 66.761.333,96 (pesos Sesenta y seis millones, setecientos sesenta y un mil, trescientos treinta y tres con noventa y seis ctvos.), con mes de referencia a JUNIO/2.016
PLAZO DE EJECUCION: 240 (doscientos cuarenta) dias corridos
SISTEMA DE EJECUCION: Unidad de medida
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 04/04/2.017 a las 11.00 hs.
LUGAR DE APERTURA: Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo -IPVU-, Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 90 - Ciudad de Santiago del Estero
Lugar de Presentacion de Sobres: Secretaria Tecnica de Admnistracion y Despacho del IPVU.
MONTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL REFERENCIAL
requerida:
$ 89.015.111,95. Expedida por el Registro de Licitadores de Obras Publicas de la Pcia. de Santiago del Estero, en el rubro INGENIERIA FECHA TOPE DE SOLICITUD DE C.C.A.R.: 29/03/2.017
LUGAR DE CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sec. Tec. de Arquitectura y Tecnologia - Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo -IPVUAgustin Xxxxxxx Nº 90 - Ciudad de Santiago del Estero
CONSULTAS Y ACLARACIONES VIA WEB
Los pliegos podran consultarse u obtenerse ingresando al sitio: xxx.xxx.xxx.xx
PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES URBANAS, PERIURBANAS, CAMINOS DE LA PRODUCCION, ACCESOS A PUEBLOS Y OBRAS DE SEGURIDAD VIAL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE
SANTIAGO DEL ESTERO MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO LLAMADO A LICITACION PUBLICA Y ESCRITA LICITACION Nº 594/16 - PROY. Nº 609.166
Pavimentación en Xxxxx 000 adyacente al Canal Xxxxx
-Xxxxxx Xxxxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx
-Aprobada por Decreto Nº 386/2.017 de fecha 16/03/2.017
-PRESUPUESTO OFICIAL TOPE
-$ 42.164.647,70 (pesos Cuarenta y dos millones, ciento sesenta y Cuatro Mil, Seiscientos Cuarenta y Siete con Setenta centavos) a JUNIO/2016
PLAZO DE EJECUCION: 180 (ciento ochenta) dias corridos
SISTEMA DE EJECUCION: Unidad de medida
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 05/04/2.017 a las 9.00 hs.
LUGAR DE APERTURA: Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo -IPVU-, Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 90 - Ciudad de Santiago del Estero
Lugar de Presentacion de Sobres: Secretaria Tecnica de Admnistracion y Despacho del IPVU.
MONTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL REFERENCIAL
requerida:
$ 63.246.971,55, expedida por el Registro de Licitadores de Obras Publicas de la Pcia. de Santiago del Estero, en el rubro INGENIERIA FECHA TOPE DE SOLICITUD DE C.C.A.R.: 31/03/2.017
Valor xx Xxxxxx: SIN COSTO
LUGAR DE CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sec. Tec. de Arquitectura y Tecnologia - Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo -IPVU Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 90 - Ciudad de Santiago del Estero
CONSULTAS Y ACLARACIONES VIA WEB
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES URBANAS, PERIURBANAS,
CAMINOS DE LA PRODUCCION, ACCESOS A PUEBLOS Y OBRAS DE SEGURIDAD VIAL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO LLAMADO A LICITACION PUBLICA Y ESCRITA LICITACION Nº 578/16 - PROY. Nº 610.162
Pavimentación en Bº Xx Xxxxxxx (Xxx Xxxxxxxx) - Xxxxxx Xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Aprobada por Decreto Nº 414/2.017 de fecha 17/03/2.017 PRESUPUESTO OFICIAL TOPE
$ 119.893.469,60 (pesos Ciento diecinueve millones, ochocientos noventa y tres mil, cuatrocientos sesenta y nueve con sesenta centavos) a JUNIO/2.016 PLAZO DE EJECUCION: 240 (doscientos cuarenta) dias corridos SISTEMA DE EJECUCION: Unidad de medida
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 05/04/2.017 a las 10.00 hs.LUGAR DE
APERTURA: Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo -IPVU Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 90 - Ciudad de Santiago del Estero
MONTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL REFERENCIAL
requerida:
$159.857.959,47, expedida por el Registro de Licitadores de
Obras Publicas de la Pcia. de Santiago del Estero, en el rubro INGENIERIA
FECHA TOPE DE SOLICITUD DE C.C.A.R.: 31/03/2.017
Valor xx Xxxxxx: SIN COSTO
LUGAR DE CONSULTAS Y ACLARACIONES CONSULTAS Y ACLARACIONES VIA WEB
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO
Secretaría de Economía Dirección de Compras, Suministros y
Bienes Patrimoniales Licitación Pública Nº 023/17 Expediente Nº 36-5-2017
OBJETO: Llamado Licitación Pública Nº 023/17, Expediente Nº 36-5-2017.- Aprobada mediante decreto acuerdo Nº 93 "P", de fecha 15-02-2017, provisión de:
"1-) 250- XXXXXX XX XXXXXX
TORSIONADO, 4,2 MM X 12 MTS. 2-) 250-XXXXXX XX XXXXXX TORSIONADO 6 MM X 12 MTS. 3-)
25 0-B AR R A S DE HIERR O TORSIONADO 8 MM X 12 MTS. 4-)
170 - XXXXXX XX XXXXXX TORSIONADO 10 MM X 12 MTS. 5-) 170- XXXXXX XX XXXXXX TORSIONADO 12 MM X 12 MTS. 6-) 350- KGS. DE ALAMBRE NEGRO RECOCIDO N º 17.-
PRESUPUESTO OFICIAL: $
142.525,00.- (Pesos. Ciento Cuarenta y Dos Mil Quinientos veinticinco con 00/100)
DESTINO: "Dirección de Obras Publicas"
APERTURA: 12-04-2017 HORAS:
09:30
PLAZO DE ENTREGA: Inmediato
VALOR XXX XXXXXX: $ 150,00.-
Pesos: Ciento Cincuenta
LUGAR DE APERTURA: Dirección de Compras, Suministros y Bienes Patrimoniales, Ciudad
COMPRA Y CONSULTA DE
PLIEGOS: Hasta el día 10-04-2017, en la Dirección de Compras, Suministros y Bienes Patrimoniales, Xxxxxxxxxx Nº 376 Planta Alta, ciudad, Tel- 0000-0000000 Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, Xxxxx 00 xx 0000.
X.X XXX IA X X X X ANDA XXXXXXXXXXX - Directora de Compras, Suministros y Bienes Patrimoniales
Nº 236.511 - e. 27 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 55,00.-
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO MINISTERIO DE SALUD
COORDINACION GENERAL DEPARTAMENTO CONTRATACIONES LICITACION PUBLICA Y ESCRITA N˚ 05/17 AUTORIZADO POR DECRETO N˚ 369/17
OBJETO: "Contratación del Servicio de Racionamiento en Cocido de 1.390 Raciones Diarias (Desayuno, Almuerzo, Merienda y Cena), con destino a diversos Hospitales de Capital, Banda y
el Cepsi "Xxx Xxxxx", por el termino de 12 (doce) meses, con opción a prórroga por idéntico plazo, por expresa autorización competente.- EXPEDIENTEN˚: 43.419/33/2016 PRESUPUESTO OFICIAL: $
111.617,000 (Pesos Ciento Once Millones Seiscientos Diecisiete Mil).- FECHA Y HORA DE APERTURA: 12
xx Xxxxx del 2.017, a las 10:00 hs. o el siguiente día hábil si fuera decretado feriado. -
L U G A R: Departamento Contrataciones - Coordinación General del Ministerio de Salud; sito enAvda.
Belgrano (s) N˚ 2.050, ciudad de Santiago del Estero. -
PLIEGO DE CONDICIONES: podrán
consultarse en la citada repartición, donde se encuentra a disposición de los interesados.
VALOR XXX XXXXXX: $ 111.617
(Pesos Ciento Once Mil Seiscientos Diecisiete)
C.P.N. XXXXXX XXXX XXXXX - A/Cargo Departamento Contrataciones
e. 27 marzo - v. 29 marzo
SECCION JUSTICIA XX XXX LETRADA
JUSTICIA XX XXX LETRADA EDICTO SUCESION
Juzgado de Xxx Xxxxxxx de Cuarta Nominación, autos: "XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXX XXXXX Y
OTRA S/SUCESION". Xxxxxx y emplácese herederos y acreedores del causante, para que en el término de
treinta días posteriores a la última publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento xx Xxx.
Publíquense edictos por Tres Días en el Boletín Oficial y Diario de Mayor Circulación.
Fdo. Dra. Xxxxx, Xxxxx, ante mí: Dra.
Xxxxxx B., Secretaria. Secretaría, 20/03/2017.-
XXXXX XXXXXX XXXXX - Oficial
Superior Primera A/C Secretaría.
Nº 236.503 - e. 27 marzo - v. 29 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
SECCION AVISOS DE H OY
EDICTO SUCESION
Juzgado Civil 1º Nominación, autos: "EXPTE. 603913 XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX Y XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX S/SUCESION
AB-INTESTATO". Xxxxxx y emplácese a herederos y acreedores para que en el término de TREINTA DIAS, posteriores a la última publicación, comparezcan hacer valer sus derechos.
Martes y Viernes para notificaciones oficina.
Dra. XXXX XXXXXXXX XXXXX -
Secretaria 1º.
Nº 236.555 - e. 28 marzo - v. 30 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
EDICTO SUCESION
Juez Civil y Comercial de Segunda Nominación de la Ciudad de La Banda, autos: "XXXXXXX XXXXXXXX X X X X X X / S U C E S I O N AB- INTESTATO" Expte. Nº
125.606/2017, cítase y emplácese a herederos y terceros interesados, por el término de TREINTA DIAS para que comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento xx xxx.
Fdo. Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Juez.-
Ante mí. Dra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Secretaria 2º.-
Secretaría, 20 xx Xxxxx del 2017.
Dra. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX
XXXXXXX - Secretaria 2º.
Nº 236.549 - e. 28 marzo - v. 30 marzo - p. 87 - $ 45,00.-
EDICTO SUCESION
Juez Civil y Comercial Sexta Nominación, autos: "XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX S/SUCESION
AB-INTESTATO". Cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS, a herederos, acreedores, etc. de XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, para que comparezcan hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento xx Xxx.
Secretaría, 20 xx Xxxxx de 2017.-
Dra. XXXXXXX X. XXX - Secretaria 2º. Nº 236.522 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 59 - $ 25,00.-
EDICTO SUCESION
Juez de Civil 6º Nominación, en autos caratulados: "EXPTE. Nº 585943 en autos caratulado FRIAS XXXXXXXXX XXXXXX contra sobre SUCESION AB-INTESTATO", cita y emplaza a los
herederos y acreedores para que en el término de treinta días posteriores a la última publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos.
Fdo. por: Juez, Dra. Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxx X. Xxxxxxxxxx/a Xx. Xxx, Xxxxxxx Xxxxxxx.
Santiago del Estero, 16 de Febrero de 2017.-
XXXXXXX XXXXXXX XXX - Secretaría 1º
Nº 236.530 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 75 - $ 40,00.-
EDICTO SUCESION
Juzgado Civil y Comercial de Quinta Nominación, autos: Expte. Nº 597136 en autos caratulado XXXXXXXX XXXXXX XXXXX contra sobre SUCESION. Cítese a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante XXXXXXXX XXXXXX XXXXX
para que comparezcan a hacerlos valer en forma dentro del término de TREINTA DIAS.
Publíquense edictos en el Boletín Oficial por un día y tres veces en el Diario El Liberal.
Fdo. Por: Juez Xx. XXXXXX XXXX X.
Secretario/ a ABATE XXXXXX XXXXXXXX y Empleado XXXXXX XXXX XXXXXXX (H).
02-12-2016.
Dra. XXXXXX X. XXXXX XX
XXXXXXXX XXXX - Xxxxxxxxxx 0x.
Nº 236.543 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
EDICTO SUCESION
Ref.: Autos: "XXXXXXX, Xxxxx Xxxxxxx s/ Sucesión Ab - Intestato" - Expte, N˚123.908.-
Juzgado: CIVIL DE PRIMERA NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE LA BANDA-
Juez: Dra. XXXXXX XXX XXXXX
VERA.-Secretaria: Dra.-GRAND XXXXX, Xxxxx XXXXXX .
Edictos Información Sumaria.- Sr. Juez Civil de Primera Nominación de la ciudad de la Banda, en Autos Caratulados: "Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx s/ Sucesión Ab - Intestato" - Expte. N˚ 123.908 Cita y emplaza a herederos y acreedores de Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, para que en el término de treinta (30) días posteriores a la última publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento xx Xxx.-
Fdo.: Dra. Xxxxxx xxx Xxxxx Vera- Juez.
Ante mi Dra. Grand de Xxxxx, Xxxxx Xxxxxx Secretaria-
Juzgado Civil de Primera Nominación de la Ciudad de la Banda, Poder Judicial. Santiago del Estero.
Dra. XXXXX XXXXXX XXXXX -
Secretaria
Nº 236.525 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 80 - $ 45,00.-
EDICTO REMATE
Por: Xxxxxx Xxxx
Juzgado de Ejecución Fiscal de Primera Nominación, en autos caratulados: "FISCO DE LA PROVINCIA C/ KLO STE R JUA N JO SE S/EJECUCION FISCAL - EXPTE. Nº
522.682". Atento lo solicitado y constancias de autos, para que tenga lugar la SUBASTA de los bienes embargados en autos, por el Martillero designado Xx. Xxxxxx Xxxx, fíjase el día XXXXXXX XX XXXXX XX 0000 A HORAS DIEZ (10:00 hs). El bien
secuestrado corresponde a un TORNO ELECTRO-MECANICO xxxxx XXXXXX
SAMP, modelo LJ-75, de 1,5 x xx xxxxx x 0 x xx xxxx (xxxxx para rectificación de piezas), que se encuentra en poder del Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxx, con domicilio en Xxxxx Xxx Xxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxx. Xxxxxxxx. La misma se llevará a cabo en la Sala de Remate Nº 2 nuevo edificio xxx Xxxxxxx de Tribunales, al contado y al mejor postor, debiendo el comprador depositar el 10% como seña y a cuenta de precio y el 10% para comisión de Martillero que perderá si no formalizara la operación. Publíquense EDICTOS por TRES VECES en el Boletín Oficial y en un Diario de mayor circulación.
Por mayor información, por Secretaría del Juzgado.
Fdo. por: Xxxx Xxx. Xxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx, Secretario/a Dra. Xxxx Xxxxx J. y Empleado Xxxxxx, Xxxxxx.
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx Xxxxx xxx 0000.-
Dra. XXXXX XXXXXXXX XXXX -
Secretaria.
Nº 236.535 - x. 00 xxxxx - x. 00 xxxxx - Xxx Cargo.-
CONCURSO PREVENTIVO
EXPTE. Nro: 537342 en Autos Caratulados: XXXX XXXXXX XXXXXXXX sobre PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO- BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.- HOY QUIEBRA", se hace
saber que se ha dictado la siguiente resolución.
Santiago del Estero, nueve xx xxxxx de dos mil diecisiete.-
Y VISTOS: RESULTA: .......................
Y CONSIDERANDO: ...
RESUELVO:
I) Declarar el estado de quiebra de la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, CUIT N˚27-00000000-8 con domicilio real en Xxxxxxx 00, Xxxx 00, xxx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx de esta ciudad, provincia de Santiago del Esteroy domicilio legal en Casillero de Notificaciones del Poder Judicial N˚ 236 (Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx).-
II) Decretar la Inhibición General de bienes de la fallida para disponer y gravar
sus bienes, con comunicación a los registros respectivos.-
III) Por Secretaría, tómese razón de la apertura de la presente Quiebra- indirecta- en el Registro Público de Comercio yRegistro de Concursos y Quiebras y de la Inhibición General de bienes del fallido para disponer y gravar sus bienes en el Libro de Inhibiciones.-
IV) Ordenar a la fallida y alos terceros la entrega al Síndico designado en autos, de los bienes de propiedad de aquel que tuvieren en su poder.-
V) Xxxxxxx al fallido a que cumpla con la obligación a que se refiere el art. 86. 2da. parte L.C.Q.-
VI)Decretar la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.-
VII).- Ordenar la interceptación de la correspondencia de la fallida, la que será entregada al Síndico, a cuyos fines se librarán los oficios pertinentes.- VII). Disponer la comunicación necesaria para asegurar el cumplimiento del art. 103 de la LCQ y haciendo saber que el fallido no puede ausentarse del país sin autorización judicial concedida en cada caso, si correspondiere hasta que se cumpla el plazo previsto en los puntos XIII y XIV.- IX)
Ordenar la realización de los bienes del deudor, el que quedará a cargo del Síndico.-
X) Ordenar la confección de un Inventario de Bienes del deudor a llevarse a cabo por el señor Oficial de Justicia, en el término de treinta días y comprendiendo sólo rubros generales, y que proceda a la incautación de aquéllos.-
XI).- Hacer conocer a los Jueces de ésta y de extraña Jurisdicción la presente a fin de que se sirvan remitir a este Juzgado los juicios de contenido patrimonial alcanzados por el art. 132 de la Ley 26086/06 que se substanciaren en contra del fallido; los juicios atraídos quedarán radicados por ante este Juzgado. A tales fines se librarán los pertinentes oficios.-
XII) Hacer saber a la sindicatura que deberá proceder al recálculo de los intereses de los créditos verificados en el plazo de 20 días de firme la presente.-
XIII) Hacer saber a los acreedores que
XIV) Hacer saber a la sindicatura que deberá presentar el Informe General dentro de los 30 días siguientes al plazo establecido en el punto
XII).- XV)Ordenar la publicación de edictos en la forma prescrita por el art. 89 de la Ley de Concursos y Quiebras.- Resérvese el original de la presente por Secretaría, agréguese copia autorizada en autos y hágase saber.-
Xx. XXXXXXXX XXXXX-Xxxx. Ante mí: D r a . A L E J A N D R A I . X .
XXXXXXXXX-Secretaria.- Es copia fiel, doy fe.-
La presente publicación se realiza sin necesidad de previo pago, en atención a lo prescrito por el art. 89 de la Ley 24.522.-
Santiago del Estero, 22de marzo de dos mil diecisiete.-
Dra. XXXXXXXXX I. R. XXXXXXXXX
- Secretaria
Nº 236.527 - x. 00 xxxxx - x. 00 xxxxx - Xxx Cargo.-
EDICTO PRESCRIPCION
Juez Civil II Nom. La Banda, autos; EXPTE. 70.385/14 "XXXXXXX XXXXX XXXXXXX Y XXXXX XXXX x/XXXXXXXXX XXXXXXX s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEINTEAÑAL";
Resuelve con fecha 02 de Diciembre del 2016:
1˚).- Hacer lugar a la demanda incoada por Xxxxx XxxxxxxXxxxxxx y Xxxx Xxxxx en contra de Xxxxxxx Xxxxxxxxx sobre el inmueble ubicado en la ciudad de La Banda, sobre calle Xxxxxxxx Xxxxx N˚ 767 del Barrio Central Argentino, identificado en el Registro de la Propiedad Inmueble como Xxxxxxxx xx Xxxxxxx xxx Xxxx 00x Xxx.000 xxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx, el cual mide 25 xxx.xx frente por igual contrafrente y 18 mts. de los lados totalizando una superficie de 450 mts.2, y linda al Nor-Oeste con calle Xxxxxxxx Xxxxx; al Sud-Este con parte del lote 27; Sud-Oeste con parte de lote 30 y
Nor-Este con parte del lote 28. Inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble en MFR N˚ 05-19699-Padrón N˚ 00-00-00000 con antecedente dominial en T˚ 61 N˚ 262 F˚ 196, según surge del plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva aprobado por la Dirección General de Catastro en N˚ 3891 Legajo 05 Exp. N˚ 1479-28-09 de fecha 20-10-09 y, en consecuencia declarar que los actores han adquirido en CONDOMINIO por USUCAPION, el inmueble citado a partir del día 11 del mes de Noviembre del año 1994 conforme surge del análisis de posesión del cedente.
II). III) Disponer la notificación de
la presentemediante la publicación de edictos por dos veces en el Boletín Oficial y en un diario de los de mayor circulación en la provincia y, mediante la notificación personal del Sr. Defensor Oficia en su Público Despacho. IV)Ordenar la inscripción de dominio en bien inmueble usucapiado a nombre de los actores en el Registro General de la Propiedad Inmueble y la consecuente anotación en la inscripción originaria efectuada una vez consentida o ejecutoriada que fuere esta sentencia. V). Notifíquese.
FDO: Xx.XXXXX XXXXXX XXXX, Juez.
Ante mí, Dra. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Secretaria.
Secretaría, 02 xx Xxxxx del 2017.- Xx. XXXXX XXXXXX XXXX - Xxxx
Dra. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX -
Secretaria 1º
Nº 236.544 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 120,00.-
EDICTO PRESCRIPCION
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TERCERA NOMINACION DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO.-
En los autos caratulados: "LEWAIN
S.A. C/COMFIR COMPAÑIA FINANCIERA INMOBILIARIA Y R U R A L S / P RESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO" (Expte. No. 532.535), en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial de Tercera Nominación de la ciudad de Santiago del Estero, se ha dispuesto citar a la
demandada COMFIR COMPAÑÍA FINANCIERA INMOBILIARIA Y
RURAL y/o a quien se consideren con derecho al bien que se pretende prescribir, denominado LOTE F -parte del LOTE 210, situada en Estación Tobas, Distrito Tobas, Departamento Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Provincia de Santiago del Estero, con una superficie de 20 hectáreas, conforme Plano de Levantamiento Territorial para Prescripción Adquisitiva de Dominio, archivado e inscripto en la Dirección General de Catastro bajo el Número 966, Legajo 14, Expte. N˚ 8081-28-12, e inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble bajo el N˚ 16, F˚ 15. Año 1.942, a fin de que comparezcan a estar a derecho en el referido juicio dentro del término de TREINTA Y CINCO (35) DIAS, bajo apercibimiento de designarse por su representante al Sr. Defensor de Ausentes.
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx xxxxx de 2017.-
Dra. XXXXXX XXXXXX XXX - Secretaria Nº 236.524 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx
- x. 000 - $ 75,00.-
EDICTO PRESCRIPCION
Juzgado Civil y Comercial xx xxxx Nominación Banda, en Autos caratulados. EXPTE. N˚ 65.548 - XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX X/ XXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXX X XXXXX S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEINTEAÑAL, se
ha dictado la siguiente Resolución: La Banda, 1 de Diciembre del 2016-
Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...;
RESUELVO:
1) ADMITIR la presente demanda y en su mérito declarar que el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx ha adquirido el dominio del inmueble ubicado en Pasaje Soldado Xxxxxxxxx N˚ 443, Xx Xxxxx Xxxxxxxx, denominado Xxxx 0 xx xx Xxxxxxx X, xxxxxx xx Xx Xxxxx; inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el N˚ 339, F˚ 845, Año 1968 a nombre de Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; con los siguientes linderos al Norte Pasaje Xxxxxxxxx; al Sur parte del Lote 12 de Xxxxxx Xxxxxx y Lote 13 de Xxxxxx Xxxxxxx; al Este Xxxx 0 xx Xxxxxx
2) OFICIAR al Registro Gral. De la Propiedad Inmueble, una vez consentida y ejecutoriada que fuere la presente, a sus efectos.-
3) IMPONER las costas procesales en el orden causado, al haber intervenido el Sr. Defensor Oficial en representación de los demandados.
4) NOTIFICAR la presente demanda mediante edictos en la forma y por el término xx xxx.-
5) DIFERIR la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se determine el monto litigioso. Notifiquese,agréguese copia de la presente cuyo original se reservará por Secretaria.
Fdo. Dra. XXXXXX XXX XXXXX XXXX, Juez.- Ante mí, DRA XXXXXX
GRAND, Secretaria.
Es copia fiel de su original, doy fe.- Secretaria, 15de Marzo 2017.-
Dra. XXXXX XXXXXX XXXXX -
Secretaria
Nº 236.528 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx
- x. 000 - $ 150,00.-
XXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX "XXXXXX XXXXXXX
XX XXXXXXXXXX" XXXXXXXX XXX XXXXXX
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Comisión Directiva del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS "CA RMEM PA L U MBO XX
XXXXXXXXXX", convoca a sus Asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 12 xx Xxxxx de 2017 a las 9,30 A.M. con 30 minutos de tolerancia, en su Sede Social de Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. - Celebración de Asamblea fuera de término estatutario. A los fines de informar a la misma sobre las razones que motivaron la demora de la
convocatoria.
2. - Lectura del Acta anterior.
3. - Lectura y aprobación de Memoria Anual y Balance período 2016.
4. - Informe Comisión Revisora de Cuentas.
5. - Elección de 2 Socios para rubricar el Acta.
6. - Consideración del cambio de domicilio efectuado por la Institución. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - Presidente.
XXXXXX XXXXXXXX XXXX -
Secretaria.
Nº 236.554 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
SOCIEDAD Y BIBLIOTECA SIRIANA ORTODOXA "SAN XXXXX"
- Frías - SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La H.C.D de la SOCIEDAD Y BIBLIOTECA SIRIANA ORTODOXA
"SAN XXXXX" xx Xxxxx (S.E.), convoca a Asamblea General Ordinaria de la entidad, para el día Miércoles (03) xx Xxxx del año 2017, a horas veintidós
(22) en la Sede de la Institución, sita en calle Xxxxxx Xxxxxx Nº 66 de esta Ciudad, donde se procederá a considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. - Lectura y Aprobación del Acta anterior.
2. - Lectura de Memoria y Balance cerrado al mes xx Xxxxx del año 2017.
3. - Informe de Comisión Revisora de Cuentas.
4. - Elección y Proclamación de los Representantes que integrarán la Nueva Comisión Directiva.
5. - Designación de dos (2) Socios para refrendar el Acta.
Secretaría, veintitrés (23) xx Xxxxx del 2017.-
Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXX -
Presidente.
Xxx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX -
Secretaria.
Nº 236.534 - e. 28 marzo - v. 30 marzo - p. 75 - $ 40,00.-
"CLUB ATLETICO XXXXXXXX"
- La Banda - SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria Asamblea Anual Convocatoria Asamblea Anual a realizarse el 09/04/2017 a las 15,30 horas, con media hora de tolerancia, en la Sede Social, sito en calle Omill y 27 xx Xxxxx de la Ciudad de La Banda, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
- Designación de dos Socios para firmar el Acta.
- Lectura y consideración de Memoria y Estados Contables (Ejercicio: Año 2016).
La Banda, Pcia. de Santiago del Estero, 27 xx Xxxxx de 2017.-
XXXXX XXXXXXX - Presidente. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX -
Secretaria.
Nº 236.533 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
"CLUB SPORTIVO XXXX XXXXXX"
Xxxx Xxxxxx - Xxxx. Xxxxx - XXXXXXXX XXX XXXXXX
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Comisión Directiva convoca a Asamblea General Ordinaria para el día 31 xx Xxxxx de 2017 a las 10 horas, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º - Lectura y consideración de Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas Ejercicio 2016.
2º - Elección de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.
3º - Designación de dos Socios para firmar el Acta.
Isla Corral - Dpto. Banda, 27 xx Xxxxx d 2017.-
XXXXXX XXXXX XXXXXX -
Presidente.
XXXX XXXXXX XXXXX - Secretaria. Nº 236.531 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 00 - $ 25,00.-
"CIRCULO DE FUTBOLISTAS VETERANOS DE SANTIAGO DEL ESTERO"
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Honorable Comisión Directiva del "CIRCULO DE FUTBOLISTAS VETERANOS DE SANTIAGO DEL
ESTERO", convoca a sus Asociados a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día Viernes 31 xx Xxxxx del 2017 a las 21:00 horas, (con 30 minutos de tolerancia), en la Sede Social Provisoria xx xxxxx Xxxxxx (sur) Nº 572, para tratar lo siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. - Lectura del Acta anterior.
2. - Consideración de la Memoria y Balance, Estado Contable Año 2016, 01/01/2016 al 31/12/2016.
3. - Elección de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.
4. - Designación de dos Asambleístas para firmar el Acta.
Santiago del Estero, 27 xx Xxxxx del 2017.-
XXXXX XXXX XXXXXX - Presidente. XXXX XXXXXX - Secretario.
Nº 236.529 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 70 - $ 25,00.-
ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO COMUNAL COMISIONES UNIDAS
Tusca Pozo-Dpto. Xxxxxxxx SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
Convócase a los asociados a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 12 xx Xxxxx de 2017, a las 16:00, con 30 minutos de tolerancia, en el salón comunitario de la Asociación, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Designación de dos socios para firmar el Acta.
2.- Celebración de Asamblea 2016.
3.- Lectura y consideración de Estados Contables (Ejercicio 2016).
XXXXXX XXXXXXX XXXX - Presidente. Nº 236.553. - e. 28 marzo - v. 28 marzo
- p. 60 - $ 25,00.-
ASOCIACION MUTUAL "SANTIAGO MANTA" SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
El Consejo Directivo convoca a todos los asociados a Asamblea General Ordinaria para el día 28 del mes xx Xxxxx del año 2017, a las 19:30 hs, en el domicilio de Av. Belgrano (s) Nº 783 de esta ciudad capital de la Provincia de Santiago del Estero, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Elección de dos (2) asociados para refrendar el Acta de esta asamblea juntamente con el Presidente y el Secretario.
2.- Consideración de la Memoria, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, Inventario, Proyecto de Distribución de Excedentes, y demás Cuadros Contables Anexos e Informe de la Junta Fiscalizadora de los Ejercicios Sociales cerrados al 31-12-2013 - 31-12-2014 - 31-12-2015 y 31-12-2016.
3.- Consideración del incremento de la cuota social.
XXXXXXXX XXXX XXXXXXX -
Presidente
XXXX XXXXXX XXXXXXX - Secretario Nº 236.552 - e. 28 marzo - v. 29 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
ASOCIACION MUTUAL QUIMILI
SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
El Consejo Directivo convoca a todos los asociados a Asamblea General Ordinaria para el día 28 del mes xx Xxxxx del año 2017, a las 20:00 hs, en el domicilio xx Xxxxx Xxxxxx Nº 120 de esta ciudad de la Provincia de Santiago del Estero, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Elección de dos (2) asociados para refrendar el Acta de esta asamblea juntamente con el Presidente y el Secretario.
2.- Consideración de la Memoria, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, Inventario, Proyecto de Distribución de Excedentes, y demás Cuadros Contables Anexos e Informe de
la Junta Fiscalizadora del Ejercicio Social cerrado al 31-12-2016.
XXXXX XXXX XXXX - Presidente XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX -
Secretario
Nº 236.551 - e. 28 marzo - v. 29 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
SOCIEDAD DE OFTALMOLOGIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Sociedad Oftalmológica de Santiago del Estero convoca a sus matriculados a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 05 xx Xxxxx a las 21:30 hs. en su sede de Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx
000 0x entrepiso. "Oficina 5" de esta ciudad a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura y consideración de Estados Contables cerrado al 31-12-2016 Lectura y consideración del Órgano de Fiscalización. Lectura y consideración de la Memoria 2016.
2.- Renovación total de la Comisión Directiva Titular y Suplente.
Xx. XXXXX XXXXXXX - Presidente XXXX XXXXX XXXXXXXX - Secretario Nº 236.550 - e. 28 marzo - v. 29 marzo - p. 70 - $ 25,00.-
XXXXXX XX XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX
"XXXXXXXX" XXXXXXXX XXX XXXXXX
Convocatoria a Asamblea Ordinaria
El Centro de Jubilados y Pensionados ALBORADA, convoca a Asamblea Ordinaria para el día 8 xx Xxxxx del corriente año, en nuestra sede calle Xxxxxxxxxxx Nº 143 del Barrio Cabildo a horas 19,00 con tolerancia de media hora, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura del Acta de Asamblea anterior.
2.- Informe de Memoria y Balance 2016. 3.- Informe Comisión Revisora de Cuentas.
4.- Consideración del incremento de la cuota.
5.- Designación de los 2 (dos) socios
asambleístas para refrendar el Acta. Santiago del Estero, 27 xx Xxxxx del 2017.
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX -
Xxxxxxxxxx.
XXXXX X. XXXX - Xxxxxxxxxx.
Nº 236.547 - e. 28 marzo - v. 29 marzo - p. 84 - $ 40,00.-
ASOCIACION CIVIL "TRAEER"
SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
Convócase a los asociados de la Asociación Civil Tratamiento de Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos y su Reciclado - TRAEER- a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 01 xx Xxxxx a las 19:30 hs con ½ hora de tolerancia en Xxx. Xx. Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx 000 de esta ciudad para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura del Acta de Asamblea anterior.
2.- Presentación de Memoria y Balance de Ejercicios vencidos.
3.- Renovación de autoridades.
4.- Cronograma de futuras actividades. 5.- Designación de 2 (dos) socios para firmar el Acta.
Santiago del Estero, 27 xx Xxxxx del 2017.
XXXXXXX XXXXXX XXXX - Presidente. Nº 236.538 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
MUTUAL SANTIAGUEÑA SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
El Consejo Directivo convoca a todos sus asociados a Asamblea General Ordinaria para el día 28 del mes xx Xxxxx del año 2017, a las 18:00 hs, en el domicilio xx Xxxxx Misiones esquina Andes (Identificado como Local 2 de nuestra institución) de esta ciudad capital de la Provincia de Santiago del Estero, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Elección de dos (2) asociados para refrendar el Acta de esta asamblea juntamente con el Presidente y el
Secretario.
2.- Consideración de la Memoria, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, Inventario, Proyecto de Distribución de Excedentes, y demás Cuadros Contables Anexos e Informe de la Junta Fiscalizadora del Ejercicio Social cerrado al 31-12-2016.
3.- Consideración del incremento de la Cuota Social.
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX -
Presidente
XXXXX XXXXX XXXXXXX - Secretario Nº 236.537 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
ASOCIACION MUTUAL DE VETERANOS XX XXXXXX "PUERTO ARGENTINO" SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
El Consejo Directivo de la Asociación Mutual de Veteranos xx Xxxxxx "Puerto Argentino" de la Provincia de Santiago del Estero, Matrícula Nac. Nº 173/S.E., convoca a sus asociados a Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo el día Sábado 29 xx Xxxxx de 2016, a las 10:00 hs, en el domicilio de Xxxxxxxx (x) 000 - 0x Xxxx - Xxxx. "J" sede de la entidad, en la ciudad capital de la Provincia de Santiago del Estero, a los efectos de considerar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Designación de dos asociados para firmar el Acta de Asamblea juntamente con el Presidente y el Secretario.
2.- Consideración de la Memoria, Estados Contables, Cuadro de Gastos y Recursos, Distribución de Excedentes e Inventario, presentados por el Órgano Directivo, como así también el Informe de la Junta Fiscalizadora correspondiente al ejercicio cerrado el 31-12-2016.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX -
Presidente.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX -
Secretario.
Nº 236.536 - e. 28 marzo - v. 29 marzo - p. 70 - $ 40,00.-
ASOCIACION BANDEÑA XX XXXXXX CRONOGRAMA ELECTORAL
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
Cónvocase a los Asociados a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el dia 12 xx Xxxxx a las hs 21.30, con 15 minutos de tolerancia, en la sede sita en Besares y Xxxxxxxx de la ciudad de La Banda, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1) Lectura y Consideración de Acta de Asamblea Anterior.
2) Lectura y Consideración de Memoria y Balance del Ejercicio 2015/2016
3) Eleccion DE autoridades
4) Elección de Dos Socios para refrendar el Acta.
CRONOGRAMA ELECTORAL:
LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL PRESENTE SON DE CARACTER P E R E N T O R I O S E IMPRORROGABLES.
CUOTA SOCIAL:
PARA SER CANDIDATO Y VOTAR, LOS SOCIOS ACTIVOS DEBEN TENER AL DIA LA CUOTA SOCIAL, EL CUAL SE COBRARA HASTA EL DÍA 10 A LAS 22Hs.
PADRON DE ASOCIADOS:
EL PADRON DE SOCIOS SERA EXHIBIDO DESDE EL DIA 03 A LAS 21Hs EN EL CUAL PODRAN PLANTEARSE OBJECIONES AL MISMO HASTA EL DIA 10 A LAS 21Hs, LAS QUE SERAN RESUELTAS POR LA C.D. HASTA EL DÍA 12 A LAS 20Hs.
LISTA DE CANDIDATOS:
LA LISTA DE CANDIDATOS DEBEN SER PRESENTADOS ANTE LA C.D. PARA SUOFICIALIZACION HASTA EL DIA 06 A LAS 22Hs.
L A C . D . N O T I F I C A R A O B S E R V ACI O N ES A L OS REPRESENTANTES DE LISTAS HASTA ELDIA 07 A LAS 21Hs., LAS QUE DEBEN SUBSANARSE HASTA EL DIA 10 A LAS 21Hs.
SE DEB E A SIG NA R UNA DENOMINACION A LAS LISTAS, CONSIGNANDO UN APODERADOY DOS FISCALES (1 TITULAR Y 1
COMICIO:
LA VOTACION SERA SECRETA. LOS SOCIOS DEBERAN CONCURRIR CON DOCUMENTOPARA PODER EMITIR SU VOTO.
EL COMICIO CERRARA A LAS 22.30.
La Banda 27 xx xxxxx de 2017 XXXXXXXXX XXXX - Presidente
Nº 236.526 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 90,00.-
"ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO VECINAL
"8 XX XXXX"
Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria
Convócase a los asociados a Asamblea Gral. Extraordinaria a celebrarse el día 13/04/17 a las 19.00 horas, con 20 minutos de tolerancia, en la sede social sito en calle J. M. Xxxxxx Nº 626 Bº Central Argentino de La Banda, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1).-Celebración de Asamblea fuera de término estatutario, se dé informe a los socios por las razones que motivaron la demora.
2).- Lectura y consideración de los estados contables (2015 y 2016).
3).- Elección de autoridades.
4).- Designación de dos socios para firmar el acta.-
Cronograma electoral:
Los términos previstos en el presente son de carácter perentorios e improrrogables Cuota Social:
Para ser candidato y votar, los socios activos deberán tener abonada hasta la cuota social del mes en curso, la cual se cobrará en la sede social hasta las 18:00hs del día 13/04.
Padrón de asociados:
El padrón de socios será exhibido desde el día 30/03 a las 18:00hs. en la cual podrán plantearse objeciones al mismo hasta el día 05/04 a las 19hs. resueltas por la CD hasta el día 06 a las 18:00hs.
Lista de Candidatos:
Las listas completas de candidatos deberán ser presentadas ante la C.D para su oficialización hasta el día 07/04 a las 19:00 hs.
La C.D. notificará observaciones a los representantes de Lista hasta el día 10/04 las 12:00hs., las que deberán subsanarse hasta el día 11/03 a las 12:00 hs.
Se deberá asignar una denominación de Listas, consignando un Apoderado y dos Fiscales (1 titular y 1 suplente) y firmar de conformidad todos los candidatos.
En caso de oficializarse una sola lista, se proclamará a la misma en el acto y no se realizará el comicio.
Comicios:
La votación será secreta. Los socios deberán concurrir con documento para poder emitir su voto.
El comicio cerrará a las 20:00hs. XXXXXXX X.XXXXX - Presidente
Nº 236.539 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 75,00.-
FUNDACION HAMBURGO SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Fundación Hamburgo con Personería Jurídica otorgada por Expte. N˚ 109-Gódigo 32 Año 2002 mediante Dto. Serie "A" N˚ 0199/02, de acuerdo a la ley vigente y los estatutos de nuestra institución, convoca a nuestros asociados a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el día 26 xx Xxxxx de 2017, a las 20:00 horas en la sede xx xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx N˚ 636 de esta ciudad, para considerar lo siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Elección de dos asociados para firmar el Acta de Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario del Consejo Directivo.
2.- Lectura y consideración de la Memoria, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Recursos y Gastos, Anexos, Inventario, Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, todo ello correspondiente al Balance General por el Ejercicio 2016.
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000.-
Xx. XXXXXX XXXXXX XXX - Presidente
CPN XXXXX XXXXXX - Pro-Tesorero Nº 236.540 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 50,00.-
FUNDACION CULTURAL SANTIAGO DEL ESTERO
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria
La Fundación Cultural Santiago del Estero con Personería Jurídica otorgada porExpte. N˚ 263 - Código 32 - Año 1990 mediante Dto. Serie "A" N˚ 2980/90, de acuerdo a la ley vigente y los estatutos de nuestra institución, convoca a nuestros asociados a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el día 28 xx xxxxx de 2017, a las 18:00 horas en la sede xx xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx N˚ 636 de esta ciudad, para considerar lo siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Elección de dos asociados para firmar el Acta de Asamblea, conjuntamente con el Presidente y el Secretario del Consejo Directivo.
2.- Lectura y consideración de la Memoria, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Recursos y Gastos, Anexos, Inventario, Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, todo ello correspondiente al Balance General por el Ejercicio 2016.
3.- Elección total del Consejo Directivo y Comisión Revisora de Cuentas, en reemplazo delos salientes por terminación de mandato.
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx, 00 xx xxxxx de 2017.-
Xx. XXXXXX XXXXXX XXX - Presidente
C.P.N. XXXXX XXXXXX - Secretario
Nº 236.541 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 50,00.-
JUSTICIA XX XXX LETRADA EDICTO SUCESION
Juzgado de Xxx Xxxxxxx de 2da. Nominación de esta Ciudad, en autos caratulados: "XXXXXXX XXXXXXXX XXXX X/SUCESION", Expte., Nº 592477.
Xxxxxx y emplácese a los herederos y acreedores para que en el término de treinta días, posteriores a la última publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos.
Fdo. por. Juez Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Subrogante), Secretario/a Xxxx Xxx Xxxxx.
Secretaría, 16-3-17.
Dra. XXX XXXXX XXXX - Secretaria. Nº 236.532 - e. 28 marzo - v. 28 marzo - p. 60 - $ 25,00.-
JUSTICIA XX XXX LETRADA EDICTO SUCESION
Xxxx xx Xxx Letrado de Cuarta Nominación, Dra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Secretaria, Dra. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, en los autos caratulados: "EXPTE. Nº 606495 en autos caratulado XXXXXXX XXXX XXXXXXXX X/SUCESION
AB-INTESTATO". Cita y emplaza a quienes se consideren herederos y acreedores de XXXX XXXXXXXX XXXXXXX, para que en el término de TREINTA DIAS, comparezcan a hacer valer sus derechos en legal forma, bajo apercibimiento xx Xxx.
Secretaría, 15 xx Xxxxx de 2017.-
Dra. XXXXX XXXXXX X. XX
XXXXXXXX - Secretaria.
Nº 236.523 - e. 28 marzo - v. 30 marzo - p. 88 - $ 45,00.-
"ML INSUMOS S.R.L." MODIFICACIÓN DE DOMICILIO
En la ciudad de Santiago del Estero, departamento Capital, Provincia de Santiago del Estero, República Argentina, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciséis ; los señores Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, D.N.I N˚ 30.712.117, C.U.I.L N˚20-00000000-5,
Argentino, mayor de edad, nacido el 23/12/1983, de estado civil soltero, de profesión Contador Público, domiciliado en la calle Xxxxx Xxxxxxxxxx N˚ 4.892 del Barrio Ejército Argentino, de esta ciudad y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, D.N.I N ˚ 14.192. 0 0 0 , X .X .I .L N ˚
20-00000000-4, Argentino, mayor de edad, nacido el 26/06/1960, de estado civil casado en primeras nupcias, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Xxxxx Xxxxxxxxxx N˚ 4.892 del Barrio Ejército Argentino, de ésta ciudad; por sus propios derechos dice: Primero: a) Que mediante instrumento
privado, celebrado en esta ciudad en fecha 22 de febrero de 2.011, constituyeron una razón social denominada ML Insumos S.R.L
C.U.I.T N˚ 30-71183653-1 con domicilio legal en Xxxxxxx Xxxxxxx N˚ 389, de esta ciudad de Santiago del Estero e inscripta en el Registro Público de Comercio el 13 xx Xxxxx del año 2.011, bajo el N˚ 81, folio 396-397, Tomo Contratos Sociales 2.011.- Segundo: Que siendo necesario modificar el contrato social, en el sentido de establecer un nuevo domicilio legal para la sociedad, que favorezca al normal desenvolvimiento de la empresa y sea más ejecutivo y ágil con los organismos de contralor del Estado: Municipal, Provincial y Nacional, por unanimidad, resuelven modificar el domicilio legal de la razón social ML Insumos S.R.L C. U. I. T N ˚ 30- 71183653-1, estableciéndolo en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx000 de la Ciudad Capital de la provincia de Santiago del Estero.- Concluido el presente acto, previa lectura y ratifican, ambos socios firman dos ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto.-
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX - X.X.
Nº 236.546 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 100,00.-
"H T S.R.L " AMPLIACION DE OBJETO SOCIAL Y CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL
Por Escritura N˚238 de fecha 23 xx Xxxxx de 2017, pasada por ante la Escribana Xxx Xxx Xxxxxxx xx Xxxxx, Titular del Registro Notarial N˚16, los Señores XXXXXX XXXXXX XXX XXXXXXXX
XXXXXXXX, xxxxxxxxx, soltero, Documento Nacional de Identidad N ˚ 3 4 . 3 2 9 . 7 9 4 , C . U . I . L .
N˚20-34329794-0, comerciante, nacido el día 15 xx Xxxxx del año 1989, con domicilio en calle 5 N˚5157, Barrio Ejército Argentino, de esta Ciudad Capital; y XXXXX XXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXXX, argentina, Documento Nacional de Identidad N ˚ 2 7 . 3 9 1 . 1 5 9 , C . U . I . T .
N˚27-00000000-1, comerciante, casada en primeras nupcias, nacida el día 05 xx Xxxxx del año 1979, con domicilio en xxxxx Xxxxxxx s/n, Barrio Universitario, de esta Ciudad Capital, en el carácter de Socios Integrantes de la Razón Social "H TS.R.L."; AMPLIARON EL OBJETO
SOCIAL en cuanto a:
a) Transporte comercial e industrial. Realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros las siguientes actividades: Comercial: Transporte terrestre en general y en especial transporte público de pasajeros y carga mediante la explotación de vehículos propios o de terceros y de concesiones de lineas de transporte público de pasajeros o carga, nacionales, provinciales, i n t er x x x xx x xx xx xx , xx mun ales, intercomunales e internacionales; compra, venta o arriendo o subarriendo de colectivos, ómnibus y automotores en general, chasis, carrocería y sus implementos y accesorios: compra, venta y/o permuta y/o consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, así como productos y subproductos y mercaderías industrializados o no, y en general cualquier otro artículo para vehículos automotores tales como batería, acumuladores de energía, neumáticos nuevos y/o reacondicionados, sin restricción ni limitación alguna, su importación y exportación, y la reparación de vehículos propios y ajenos;
b) Carga de Materiales para la construcción. Mediante el transporte por cuenta propia o de terceros, ya sea por vía terrestre, fluvial o marítima, de todos los elementos utilizados en la construcción, tales como arena, cal, cemento, canto rodado, ladrillos, piedras, b al d o sa s, t ej as, cerám ica, azulejos,sanitarios, caños, puertas, ventanas y demás materiales o cargas;
c) Explotar todo lo concerniente al transporte terrestre de pasajeros y carga en todo el territorio nacional, y en general lo vinculado con la actividad del transporte; explotar concesiones licencias o permisos otorgados por los poderes públicos para el transporte terrestre de pasajeros y carga:
Asimismo los socios fijaron un nuevo domicilio social, por lo tanto se Modifica el Domicilio Social de la Razón Social que gira bajo la denominación de "H T S.R.L." fijando nuevo domicilio en Manzana 4-1, Lote 12 Barrio Universitario, de esta Ciudad Capital de la Provincia de Santiago del Estero.
XXX XXX XXXXXXX - Xxxxxxxxx
Nº 236.542 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 200,00.-
INSTITUTO CULTURAL XX XXXXXX S.R.L.
NOMBRE DE LOS SOCIOS:
En la ciudad xx Xxxxx de la provincia de Santiago del Estero, a los catorce días del mes de Febrero del año Dos Mil Diecisiete, se reúnen: la Xxx. XXXXX, XXXXXXX XXXXXX, D.N.I. N˚
29.999.205, de Nacionalidad Argentina, con fecha de Nacimiento 00 xx Xxxxx xx 0000, Xxxxxx Xxxxx: Casada, de 33 años de edad, de Profesión Profesora xx Xxxxxx, CUIT 27-00000000-0, con
domicilio en xxxxx Xxx Xxxxxx (Xxxxx) Xx 000 xxx Xxxxxx Xxxxxx de la ciudad xx Xxxxx de la provincia de Santiago del Estero y el Xx. XXXXX, XXXXXX XXXXXXX, D.N.I. N˚ 31.644.060, de
Nacionalidad Argentina, con fecha de Nacimiento el 00 xx Xxxxx xx 0000, Xxxxxx Xxxxx: Casado, de 31 años de edad, de Profesión Ingeniero Mecánico, CUIT 20-00000000-7, con domicilio en xxxxx Xxx Xxxxxx (Xxxxx) Xx 000 xxx Xxxxxx Xxxxxx de la ciudad xx Xxxxx de la provincia de Santiago del Estero.
FECHA D E CIERRE DE
EJERCICIO: 31 de Diciembre de cada año.-
FECHA DE INSTRUMENTACION:
Santiago del Estero, 14 de Febrero del año 2017.-
D E N OM IN A X XX X XX X X XX X XX X X X : IN S T ITUTO CULTURAL XX XXXXXX S.R.L.
DOMICILIO LEGAL: con sede Social en calle Xxxxxxxx Nº 177 de la ciudad xx Xxxxx de la provincia de Santiago del Estero, pudiendo asimismo establecer Sucursales, Depósitos en cualquier lugar del país.-
DURACION DE LA SOCIEDAD:
50(Cincuenta) años a partir de la fecha de instrumentación.
OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de tercero o asociadas a terceros, en el país, la actividad de Instituto de enseñanza privada del idioma Ingles, a través de dictados de clases en aulas a alumnos de distintas edades, niños, adolescentes y adultos la cantidad de veces necesaria por semana en distintos turnos, mañana, tarde y noche. Dichas clases se realizarán en espacios físicos en inmuebles propios o alquilados a tal fin. La sociedad podrá dictar curso de capacitación y perfeccionamiento en la fonética y dictar clases de conversación al público en general, como así también actualización destinada a docentes del idioma xx xxxxxx. Además participar y organizar cursos de capacitación, jornadas, exámenes y congresos nacionales e internacionales. La Sociedad podrá ejercer todos los actos necesarios y toda clase de operaciones relacionadas en forma directa e indirecta con el objetivo Social.
CAPITAL SOCIAL: El Capital se fija en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) APORTADOS e
INTEGRADOS por los SOCIOS en Dinero en Efectivo en su totalidad. El CAPITAL se divide en 100 (Cien) Cuotas Capital de Pesos Quinientos ($ 500.-) cada una y que los socios suscriben en las siguientes proporciones, XXXXXXX XXXXXX XXXXX 50
(Cincuenta) Cuotas Capital equivalentes al 50 % (Cincuenta Por Ciento) del Capital, valor Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-) y XXXXXX XXXXXXX XXXXX
50 (Cincuenta) Cuotas Capital equivalentes al 50 % (Cincuenta Por Ciento) del Capital, valor Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-). Los socios
INTEGRAN el 25 % (Veinticinco Por Ciento) del Capital Suscrito en este acto por la suma de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500.-) y los mismos se comprometen a integrar el 75 % del Capital restante en el plazo de 30 días. A D M I N I S T R A C I O N Y REPRESENTACION LEGAL:La DIRECCION, REPRESENTACION Y
ADMINISTRACION de la Sociedad, estará a cargo del Socio XXXXX, XXXXXXX XXXXXX, DNI 00.000.000,
quien actuará revistiendo el carácter de Socio Gerente, ejerciendo la representación legal de la Sociedad y cuya firma, obliga a la Sociedad. En este acto el Socio Gerente designado, deposita en la caja de la Sociedad la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-), en concepto de garantía del fiel desempeño de sus funciones en la administración y representación de la misma.
XXXXX XXXXX XXXXXXX - C.P.
Nº 236.545 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 270,00.-
"TUCSAN" CONTRATO SOCIAL DE
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
En la ciudad capital, provincia de Santiago xxx Xxxxx, a los 14 días del mes de Noviembre de 2016 se reúnen los señores: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, argentino, DNI. Nº 00.000.000, estado civil casado, con domicilio en Independencia N˚ 3124, B˚ Jardín de la ciudad de Santiago del Estero, de profesión comerciante y Xxxxxxx Xxxxxxxxx, argentino, DNI. Nº 00.000.000 estado civil soltero, con domicilio en calle Sgto. Xxxxxx, B˚ Cabildo de la ciudad de Santiago del Estero, de profesión comerciante; ambos hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la Ley
19.550 y sus modificaciones en general. PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de TUCSAN S.R.L.
SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Santiago del Estero, provincia de
Santiago del Estero, en la xxxxx Xxxxxxx
X. Xxxx 000, pudiendo establecer agencias, filiales o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero. TERCERO: Duración: El término de duración será de noventa y nueve años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
CUARTO: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación comercial del negocio de bar, restaurante, pizzería, cafetería, cervecería, casa de lunch, despacho de bebidas alcohólicas y sin alcohol, servicios de te, café, leche y demás productos lácteos, postres, helados, sándwiches, cualquier otro rubro de la rama gastronomita y cualquier otra clase de productos alimenticios. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
QUINTA: Capital Social: El capital social se fija en al suma de Pesos Diez Mil ($ 30.000,00) divididos en Cien cuotas de Pesos Tres Cientos ($ 300,00) cada una valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: El socio Xxxxxxx Xxxxxxxxx suscribe .Cincuenta cuotas de capital representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00) y el Socio Xxxxx Xxxxx suscribe Cincuenta cuotas de capital representativas de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00). Las cuotas se integran en un veinticinco por ciento en dinero efectivo en este acto, o sea que los socios integran la suma de pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500,00) que se justificará mediante la boleta de Depósito del Banco Santiago del Estero S.A., Sucursal Tribunales de Santiago del Estero. En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de Pesos Diez Mil ($ 7.500,00), La integración del saldo se deberá realizar dentro de un plazo máximo de dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad, en oportunidad que sea requerido por la reunión de socios.
SEXTA: Administración, Dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social será ejercida en forma conjunta e indistinta por los socios-gerentes, Xx.
Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xx. Xxxxx Xxxxx por el plazo de la duración de la sociedad. Para obligarla, firmarán en forma individual e indistinta. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto Nº 5965/63 artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
SÉPTIMA: Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar y firmado por todos los presentes. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el art. 158 de la citada ley.
OCTAVA: Balance General y Resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de Diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, por intermedio de uno de los gerentes, se convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el bal anc e se consi der ar á automáticamente aprobado si, dentro de los 10 días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de los socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas.
El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se destinarán el 5% para la constitución de la "RESERVA LEGAL", hasta que la misma alcance el
20 % del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan novilizables, dentro de los términos del artículo 70 de la ley 19.550 y sus modificaciones. Salvo lo dispuesto por el artículo 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebranto de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojare pérdidas, ésta se cargará a las reservas especiales y, defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 19.550 y sus modificaciones. Las pérdidas de capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
NOVENA: Cesión de cuotas: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el artículo 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sino con el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios; quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de 30 días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios deberá indicar el nombre
DÉC IM A: Fa lle ci mie nto o Incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores, podrán optar:
a) por continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales, deberán unificar su personería y presentación en un solo y único representante frente a la sociedad, y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores;
b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado, puedan tener con relación al balance general, que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte o declaración de ausencia, incapacidad o eliminación del socio, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyos efectos deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b) el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en veinticuatro cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las veintitrés restantes a partir de los sesenta días en veintitrés meses respectivamente, debidamente actualizadas con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina, para préstamos de capital ajustables, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos
con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, exclusión, etc. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad, en el término xx xxxx días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de ésta comunicación se entenderá que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.
DÉCIMOPRIMERO: Cláusula de garantía de los socios gerentes: Cada uno de los socios constituye una garantía de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) en
efectivo a favor de la sociedad por el desempeño de sus funciones, depositando dicho importe en la sede de la misma sirviendo como comprobante de recibo el presente contrato.
DECIMOSEGUNDO: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550 y sus modificaciones. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías estipuladas en el punto séptimo decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los artículos
101 a 112 de la ley 19.550, e instrucciones de los socios. Realizando el activo y cancelando el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado en moneda constante; y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
DECIMOTERCERO: Diferencias entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente documento o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del
mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Santiago del Estero, a cuya competencia se someten los socios, expresamente renunciando, a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderles.
Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada; y previa lectura y ratificación del presente documento, a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en forma legal, firman el mismo en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha más arriba indicados.
REPUBLICA ARGENTINA DESTACAMENTO MOVIL 5 GENDARMERIA NACIONAL
Tipo y Número de Acto:
Contratación Directa por Compulsa abreviada Nº 4/2017.
OBJETO: Adquisición de materiales de construcción, Electricidad y Pinturas"
EXPEDIENTE: OY 7-4008/04 FECHA Y HORA APERTURA: 30 xx
Xxxxx de 2017 a horas: 10:00 Contratación Directa por Compulsa abreviada Nº 5/2017.
OBJETO: Adquisición de elementos de Librería, Papelería y Útiles de oficina" EXPEDIENTE: OY 7-4008/05 FECHA Y HORA APERTURA: 30 xx
Xxxxx de 2017 a horas: 11:00 LUGAR DE CONSULTA Y ADQUISICION DE PLIEGOS: En la
unidad Técnico Administrativa Contable del Destacamento Movil 5 "Santiago del Estero", sita Xx. Xxxx x Xxxxxxxxx x/xx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx (X.X. 0000) los días hábiles, en horario de 08:30 a 12:30, hasta dos (2) horas antes de la fecha fijada para la apertura.
PRESENTACION DE OFERTAS Y LUGAR DE APERTURA: Unidad
Técnica Administrativa Contable del Destacamento Móvil 5 "Santiago del Estero"
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX - Primer
Alférez
Nº 236.548 - e. 28 marzo - x. 00 xxxxx - x. 000 - $ 100,00.-
DIRECCION GENERAL XX XXXXXX SUB-SECRETARIA DE FINANZAS
E INGRESOS BRUTOS RESOLUCION GENERAL Nº 11/2017
Santiago del Estero,23 xx Xxxxx del 2017.-
VISTO: La Resolución General Nº 8/2016, de fecha 16 xx xxxxx del 2017, que fuera publicado en el Boletín Oficial de fecha Miércoles 22 xx Xxxxx del 2017,y
CONSIDERANDO:
Que Secretaría General informa que se detectó un error en el año de la Resolución General Nº8/2016, que establece los nuevos valores en la Tasa Retributiva de Servicios para el año 2017, al consignarse como año 2016, cuando correspondía al año 2017.
Que a los fines legales resulta procedente dejar debidamente aclarado dicha situación. Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL XX XXXXXX RESUELVE
ARTICULO 1º-RECTIFICASE el año de la Resolución Nº 8/2016, de fecha 16 xx xxxxx del 2017, el que quedará como Resolución General Nº 8/2017.
ARTICULO 2º-Solicitar AL BOLETIN OFICIAL, la publicación de la presente Resolución que deje salvado el error del año de la aludida Resolución General.
C.P.N. XXXX XXXXXXX XXXX - Subsecretario de Presupuesto y Hacienda - A/Cargo Dirección General xx Xxxxxx RESOLUCION GENERAL Nº 08/2017
XXXXXXXX XXX XXXXXX, 00 xx Xxxxx xxx 0000.-
VISTO: Las Tasas Retributivas de Servicios fijadas por Ley 6345/96 y su modificatoria, y las Resoluciones 51/2008 y 01/2009, y 22/2015, 31/16 y
CONSIDERANDO:
Que los costos por servicios de la Administración Pública y del Poder Judicial fueron incrementándose durante el transcurso del año 2016, si bien las tasas proporcionales se corresponden con el valor del acto y mantienen una actualización implícita, no así las Tasas fijas que se abonan a su valor original y no expresan el costo del servicio actual.-
Que para mantener los costos de administración relativas a la provisión de los servicios requeridas por las citadas Tasas, se hace necesario incrementar las mismas razonablemente teniendo en cuenta la variación del costo del servicios que tiene este Organismo, y que se toma como referencia para todas las tasas relacionadas con la prestación de Servicios que realizan las distintas dependencias del Estado Provincial que se encuentran involucrada en la Ley 6345/96.
Que el Art 26º de la ley 6345 otorga facultades a esta Autoridad de Aplicación para actualizar periódicamente los importes de los gravámenes de la referida Ley en función del costo de los servicios prestados.
Por ello:
EL DIRECTOR XXXXXXX XX XXXXXX X X X X X X X X:
ARTICULO 1º- ESTABLECESE las tasas fijas por los servicios que presta la Administración Pública y el Poder Judicial de la Provincia, previstas en la Ley Nº 6345 y su modificatoria de acuerdo a la variación del costo del servicios que implica la prestación de la misma.- ARTICULO 2º- Téngase la presente Resolución como parte complementaria de la Ley Nº 6345 y su modificatoria.
ARTICULO 3º- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Cumplido, archívese.
C.P.N. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 08/2017.- TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS_
Artículo 1º. Los servicios que presta la administración Pública y el Poder Judicial de la Provincia conforme a las disposiciones del Titulo IV, Libro Segundo del Código Fiscal (Ley Nº 6.792), se abonarán conforme a los montos que seguidamente se establecen:
DE CARACTER ADMINISTRATIVO I - TASA GENERAL DE ACTUACION
II - SOBRETASAS
Artículo 3º. Por las actuaciones que se enumeran a continuación, cualquiera sea la repartición donde se produzcan, se abonaran las siguientes sobretasas:
FIJAS:
1) La carátula de cada expediente o legajo que se inicie ante el Poder Ejecutivo y sus dependencias, formulándose esta reposición en la primera hoja,independientemente de la reposición prevista en otras disposiciones, pesos: $ 10,00
2) Los recursos de revocatoria, reconsideración y apelación de resoluciones administrativas, ministeriales y los presentados al Poder Ejecutivo, pesos: $ 27,00
3) La primera hoja de las propuestas de las licitaciones, siendo el sellado de las hojas siguientes el de la tasa general de actuación, incluidas las memorias descriptivas, planos y proyectos y catálogos, pesos: $ 27,00
En estos casos no se repondrá la sobretasa por carátula.
4) Los pedidos que se presenten al Poder Ejecutivo sobre eximición de impuestos, pesos: $ 27,00 PROPORCIONALES:
5) Las adjudicaciones en licitaciones, concursos de precios o en adjudicaciones directas, cuando superen el monto establecido como tope para la compra directa en el Régimen General de Contrataciones del Estado, el uno por mil (1 o/o).
Esta tasa cubrirá todos los gravámenes relativos a la tasa general de actuación en los tramites de las contrataciones y sellados de pagares y demás instrumentos otorgados como garantía del cumplimiento de las mismas y estará a cargo de los adjudicatarios.
6) Los certificados de obra, acopio, variaciones de precios, mayores costos e intereses, estando su reposición a cargo del contratista, el diez por mil (10o/oo).
III - TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS ESPECIALES
Artículo 4º. Además de las tasas y sobretasa de actuación establecidas en los artículos precedentes, se abonaran las tasas retributivas especiales por los servicios administrativos que se enumeran a continuación:
MINISTERIO DE ECONOMIA DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX
Artículo 5º. Por los servicios que a continuación se enumeran prestados por la dirección general xx Xxxxxx independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación se abonarán las siguientes tasas:
1) Por cada certificado de libre Deuda de Conducta Fiscal, de inscripción, que se pida por cada Padrón de Inmueble, de situación fiscal o de vehículo, pesos: $ 27,00
2) Por certificado de baja o duplicado de todo vehículo en los padrones fiscales , pesos: $ 75,00
3) Por cada inscripción y transferencia de automotores (en general), pesos: $ 88,00 (y
4) La primera hoja de cada solicitud de apertura o funcionamiento de cabarets, boites, casas amuebladas, pesos: $ 208,00
5) Por copia autenticada de cada formulario de declaración jurada que se solicita por titulares o judicialmente a pedido de parte, pesos:
$ 16,00
6) Copias y fotocopias de documentos oportunamente presentados por el contribuyente, por cada hoja, pesos: $ 6,00
7) Por los informes que expidan las oficinas a solicitud de parte interesada, que no tenga un tratamiento expreso en otro artículo, pesos:
$ 16,00
8) Trámites Urgentes: los trámites de trato urgente (dentro de las 24 horas), abonaran un recargo adicional del 100% de la tasa respectiva.
9) RECONSIDERACIONES:
a- Por cada solicitud de reconsideración de valuación fiscal del inmueble clasificado como urbano y suburbano, por cada parcela, pesos:
$ 55,00
b- Por cada solicitud de reconsideración de valuación fiscal de inmuebles clasificados como rurales y subrurales, por cada parcela, pesos:
$55,00
En ambos casos no se repondrá la sobretasa fija establecida en el inciso 2), art. 3º de la presente ley.
10) Por los servicios prestados por el Registro Único de proveedores, independientemente del sellado general y la sobretasa de actuación, se abonará las siguientes tasas:
a) Por cada solicitud de inscripción: pesos dos mil seiscientos treinta y dos ($2632)
b) Por cada solicitud de renovación: pesos un mil setecientos cincuenta y cinco ($1755)
c) Por cada pedido de informe y demás constancia: pesos quinientos veintiséis ($526)
d) Otros servicios: pesos cuatrocientos treinta y nueve ($439).- DIRECCION GENERAL DE XXXXXXXX
Artículo 6º. Por los servicios que a continuación se enumeran prestados por la
Dirección General de Catastro, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- CERTIFICADOS E INFORMES CATASTRALES
Por los certificados e informes catastrales, incluida la valuación fiscal de los inmuebles determinados conforme a la Ley de Catastro que se produzcan a pedido de los interesados y/o lo solicitado por escribanos, abogados y/o procuradores para el otorgamiento de actos notariales e inscripción de declaratoria de herederos:
Por primera parcela, pesos: $36,00
Por cada una de las parcelas siguientes, pesos: $9,00 2- COPIAS
a) Por las copias heliográficas de planos de mensura, pesos: $55,00
El costo de material se cobrara aparte por metro cuadrado de plano, conforme al precio vigente en plaza. Si se solicitan copias en papel o material especial, el mismo deberá ser previsto por los interesados.
b) Por cada copia heliográfica de planos catastrales, pesos: $97,00
El costo del material se cobrara aparte por metro cuadrado de plano, conforme al precio vigente en plaza. Si se solicitan copias en papel o material especial, el mismo deberá ser provisto por los interesados.
c) Por autenticación, se abonara una sobretasa de pesos: $ 16,00
d) Por los planos de los inicios anteriores cuando sean tramitados como urgentes, dentro de las 48 horas siguientes al de su presentación, se adicionara un recargo del 100% (ciento por ciento) sobre las tasas estipuladas.
3- REGISTRO DE PLANOS
Se aplicaran las mismas tasas que las establecidas en el Inc. 2), de este articulo.
a) Por corrección de planos registrados, pesos: $65,00
b) Por anulación de planos registrados, pesos: $65,00 4- MENSURA Y/O DIVISIONES
a) RURALES:
a . 1. Hasta cuatro (4) lotes resultantes de un plano de mensura y/o división, pesos:
$47,00
a . 2. Mas de cuatro (4) lotes resultantes de un plano de mensura y/o división, por cada uno de excedente, pesos: $12,00
b) URBANOS: Por cada lote resultante de un plano de mensura y/o división. b . 1 . En municipios de primera categoría, pesos: $17,00
b . 2 . En municipios de segunda categoría, pesos: $17,00
b . 3 . En municipios de tercera categoría y comunas, pesos: $17,00 5- DECLARACIONES JURADAS
Por copia autenticada de cada formulario de declaración Jurada que se solicite por los titulares o a pedido de parte, pesos: $ 17,00 6- RECTIFICACIONES DE DECLARACION JURADA
a) Por la solicitud de rectificación de Declaración Jurada de la Ley Nº 4.440 practicada por el declarante, por parcela, pesos: $30,00
b) Por cada solicitud de rectificación de la ley Nº 4.757 por parcela, pesos: $30,00
c) Por la solicitud de rectificación de Declaración Jurada en caso de loteo, por cada lote, pesos: $30,00
d) Empadronamiento de las parcelas urbanas y rurales, por cada una, pesos: $30,00 7- CONSULTAS
a) Por la consulta de cada cédula catastral, pesos: $ 26,00
b) Por la consulta de cada plano catastral de manzana, fracción, quinta o chacra, pesos: $26,00
c) Por la consulta de cédula catastral y plano que integre manzana, fracción, quinta o chacra, pesos: $ 26,00
d) Por la consulta de cualquier material aerofotogramétrico, pesos: $36,00 8- LOTEOS
Por cada solicitud de anulación total o parcial de loteos y unificación, pesos: $78,00 9- MENSURA JUDICIAL
Por el estudio, verificación y control de diligencias de mensuras judiciales, pesos: $61,00 10- OBRAS PUBLICAS
Las empresas que contraten la ejecución de obras publicas para consultar la documentación catastral, por manzana, plano, detalle, fotoíndices, fotogramas, pesos: $36,00
11- IMPRESIONES
Ley de catastro, decreto reglamentario o instrucciones generales, pesos: $23,00
DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA SUBDIRECCION DE MINERIA
Artículo7º. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la
Dirección General de Minería, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1) SOLICITUDES
a- Por cada solicitud de concesión de yacimientos, pesos: $446,00 b- Por cada solicitud de permiso de explotación, pesos: $266,00
c- Por cada solicitud permiso de explotación y cateo, pesos: $266,00
d- Por cada solicitud de mejora, demasía, grupo minero, ampliación o aumento de pertenencias, pesos: $134,00
e- Por cada solicitud de servidumbre, pesos: $45,00
f- Por cada solicitud de xxxx xxxxxxx, pesos: $446,00
g- Por cada petición de aprobación de mensura, pesos: $135,00 h- Por otorgamiento de título definitivo, pesos: $75,00
i- Por cada solicitud de prórroga de termino, pesos: $45,00 2- INSCRIPCIONES
a- Por cada inscripción de poderes, sus modificaciones y exenciones, pesos: $30,00
b- Por la inscripción en el Registro de Productores Mineros y sus reinscripciones, pesos: $446,00
c- por la inscripción de instrumentos notariales y judiciales en los que se constituyan, declaren, reconozcan, modifiquen o transfieran derechos reales sobre yacimientos minero, en exclusión de la hipoteca, pesos: $45,00
d- Por cada inscripción de inhibición y cada levantamiento de la misma, pesos: $45,00
e- Por la inscripción de cada contrato de locación, suplicación, avío o cesión de arrendamiento de yacimientos mineros, pesos: $ 75,00 f- Por la inscripción de instrumentos de constitución, adjudicación, reconocimiento, cesión, modificación, ampliación o división de derechos de hipotecas sobre yacimientos mineros, pesos: $ 45,00
3) CERTIFICADOS
a- Por cada certificado o pedido de informe acerca de antecedentes obrantes en protocolos mineros, con validez de (15) dias hábiles, pesos: $45,00
b- Por cada solicitud de ampliación de certificación o informe por otro periodo igual, pesos: $45,00 c- Por cada certificación de inscripción en el Registro de Productores Mineros, pesos: $ 75,00
d- Las certificaciones o informes que sean solicitadas con carácter de trámite urgente y emitidos dentro de las 24 Hs. Abonaran un recargo del 100% sobre las tasas estipuladas.
e- En las notas donde los Escribanos soliciten informes previos a las escrituras abonaran, pesos: $30,00
4) SERVICIOS DE LABORATORIO a- Análisis físico - químico de suelos.
Por cada determinación analítica, pesos: $91,00 b- Análisis físico - químico de agua.
Por cada determinación analítica, pesos: $91,00 c- Análisis Geoquímicos de minerales
Por cada determinación analítica, pesos: $266,00
5) EXPEDICION DE GUIAS MINERAS a- Metalífero.
Por guía de producto mineral metalífero, por cada tonelada, pesos:$6,00 b- No Metalíferos.
Por guía de productos no metalíferos, por cada tonelada, pesos: $4,00 c- Rocas de aplicación
Por xxxx xx xxxx de aplicación, por cada tonelada, pesos: $3,00
SUBDIRECCION DE INDUSTRIA
Artículo 8º. Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Dirección General de Industria, Comercio y Minería, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- Por cada inscripción en el Registro Provincial de Establecimientos Industriales se abonara anualmente la suma de $266,00
2- Por cada certificado que se extienda a solicitud del interesado, pesos: $30,00
3- Por cada certificado duplicado o solicitud despachada con carácter preferencia urgente el día hábil siguiente al de su presentación, abonara un recargo adicional del 100% sobre la tasa estipulada.
MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA, EDUCACIÓN, TRABAJO, CULTO Y PRODUCCIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, EVALUACIÓN DE PROYECTOS Y ESTADÍSTICAS CENSALES
1- INFORMES CERTIFICADOS
Por los informes certificados de cualquiera de los índices que elabora la Dirección General de Planificación, Evaluación de Proyectos y Estadísticas y censos y de los elaborados por el I.N.D.E.C. (desvalorización, depreciación, devaluación, poder
adquisitivo, actualización monetaria y otro similar) incluidas las variaciones porcentuales: a- Por el primer dato (tasa básica), pesos: $55 ,00
b- Por cada dato adicional, pesos: $55,00-
c- Por calculo y verificación de montos, pesos: $ 214,00 2- SERIES
Cuando en una misma solicitud se requieran informes referentes a diferentes series estadísticas, por cada una de ellas se pagara la tasa básica y los adicionales
correspondientes.
3- SERIES RETROSPECTIVAS
Por cada planilla certificada conteniendo las series retrospectivas de cualquiera de los índices elaborados por la Dirección General de planificación, Evaluación de proyectos y Estadísticas Cenases y de los disponibles elaborados por el I.N.D.E.C., pesos: $45,00
4- Datos publicados o de difusión autorizada no incluido en los incisos anteriores, y que tenga disponible la Dirección General de investigaciones, estadísticas y censos.
a- Por pagina, tasa básica, pesos: $ 60,00
b- Por cada pagina adicional, pesos: $23,00
5- Los informes judiciales no llevaran cargo alguno en aquellos casos en que sea parte interesada la Provincia, debiendo todos los demás abonar el tributo correspondiente.
DIRECCION GENERAL DE ECONOMIA AGROPECUARIA Y FORESTAL MARCAS Y SEÑALES
Artículo 10º. Por los servicios que a continuación se enumeran, prestados por la Dirección General de Economía Agropecuaria y Forestal, independientemente del sellado General y las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas de conformidad a lo determinado en el artículo 318º y siguiente del Código Fiscal:
1. Por cada inscripción y renovación de titulo de marca, pesos: $40,00
2. Por cada inscripción y renovación de titulo de señal, pesos: $23,00
3. Por cada duplicado de titulo de marca, pesos: $40,00
4. Por cada duplicado de titulo de señal, pesos: $23,00
5. Rectificaciones: Por cada rectificación de nombres en los títulos de marca y/o señales, salvo cuando el error sea imputable a la oficina expendedora, pesos: $17,00
6. Certificaciones e informes: Por cada certificado e informe que se extienda a solicitud de la parte interesada, pesos: $ 17,00
7. Por cada inscripción en el Registro de Productores Agropecuarios, pesos: $30,00 EXPEDICION XX XXXXXX DEL PAIS
Artículo 11º. Por la expedición de xxxx xx xxxxxx del país, se abonaran las siguientes tasas, de conformidad a lo determinado en el art. 318º y siguientes del Código Fiscal:
1- Por cada cuero vacuno, salado, seco o fresco, pesos: $4,00
2- Por cada 10 Kg. o fracción de cuero de ganado lanar, porcino o cabrío, pesos: $4,00 3- Por cada cuero yeguarizo, mular o asnal, pesos: $4,00
4- Por cada 10Kg. o fracción de xxxx xxxxx o crin, pesos: $16,00
5- Por cada 10Kg. o fracción de astas, huesos y derivados de la ganadería, pesos:
$30,00
DIRECCION GENERAL DE PROTECCION DE RECURSOS NATURALES
Artículo 12º. Por el contralor de extracción de productos y subproductos forestales, de los bosques ubicados en el territorio de la provincia, se abonaran las siguientes tasas:
1- Durmientes de quebracho colorado, labrado o aserrado hasta la medida de 3m, la tonelada, pesos: $ 50,00 2- Por el cruzamiento de quebracho colorado de 3,25m a 5m, la tonelada, pesos: $ 50,00
3- Durmientes de quebracho blanco labrados o aserrados, hasta la medida de 2,70m, la tonelada, pesos: $ 50,00 4- Postes de quebracho colorado, labrado o aserrado, la tonelada, pesos: $31,00
5- Postes de algarrobo, quebracho blanco y otras especies, labrados o aserrados, la tonelada, pesos: $12,00
$21,00
8- por cada 1000 Kg. de rollizos de quebracho colorado para industria tánica, pesos: $12,00
9- Por cada 1000 Kg. de rollizos y trozos de cualquier especie de 2m y mas de menor medida, cuando se destine para la industria, pesos:
$12,00
10- Por cada 1000 Kg. de carbón vegetal, pesos: $21,00
11- Por cada 1000 Kg. de leña hachada, aserrada o trozada de quebracho colorado, guayacán, urunday, jacarandá o mitin, campana o media campana, pesos: $12,00
12- Por cada 1000 Kg. de leña hachada o aserrada y trozada de quebracho colorado verde creada y quebracho blanco y otras maderas, pesos: $12,00
13- Por cada 1000 Kg. de carbonilla cisco, tierra de carbón, aserrín o corteza, pesos: $12,00 14- Por cada 1000 Kg. de estaciones, vacilones y rodrigones, pesos: $12,00
EXPEDICION DE GUIAS DE PRODUCTORES FORESTALES
Artículo 13º. Por la expedición de guías de productos forestales, de conformidad al art. 330º y siguientes del Código Fiscal (Ley Nº 6792) se pagaran las tasas que se detallan:
1- Por cada tonelada xx xxxxxx trabajada en cualquier especie, pesos: $12,00 2- Por cada tonelada de leña, carbón y todo producto forestal, pesos: $12,00
3- Por cada tonelada en concepto de _adicional en defensa de la madera autóctona_, pesos: $12,00 ARCHIVO GENERAL DE LA PROVINCIA
Artículo 14º. Por los servicios que se expresan a continuación, prestados por el Archivo General de la Provincia, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- Por revisión de expedientes, protocolos o documentación archivada, pesos: $6,00 2- Por los certificados que expida el organismo a solicitud de parte interesada, pesos:
$16,00
3- Por la primera hoja de cada copia que se expida de documentos, escrituras o partes de expedientes archivados, debiendo abonarse pesos $ 30,00 o pesos $60,00 , cuando el documento fuera anterior al año 1900, por cada hoja siguiente, pesos: $16,00 .
4- Por las anotaciones marginales ordenadas por los jueces con referencia a los documentos existentes en el Archivo General de la Provincia, pesos: $12,00
5- El tramite urgente para la expedición en el mismo día del pedido, en todo los casos, abonara un recargo de cien por ciento (100%) de la tasa estipulada.
REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO
Artículo 15º. Por los servicios que se expresan a continuación, prestados por el Registro Público de Comercio, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- Por las solicitudes de rubricaron de los libros de comercio, por cada hoja que contengan, pesos: $2,00
2- Por cada inscripción de contrato de sociedad, y las reformas y modificaciones de documentos, actos o contratos ya inscriptos, pesos:
$ 149,00
Dicha tasa se abonara aun en el caso de documentos o contratos otorgados fuera de la provincia.
3- Los certificados o informes referentes a actos ya inscriptos en el Registro Público, pesos: $ 17,00
4- Por la inscripción en la matricula de comerciantes, martilleros públicos, comisionistas, corredores y cualquier otra profesión que se efectúe en dicho organismo, pesos: $149,00
5- Por la inscripción de autorizaciones para ejercer el comercio, concedidas a menores de edad, pesos: $ 149,00
6- Por la inscripción de todo documento público o privado que aclare o rectifique otros ya inscriptos, sin alterar su valor, termino, naturaleza, ni se multen las partes, pesos: $29,00
7- Por la reinscripción de contratos sociales y en matricula de comerciantes, pesos: $29,00 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Artículo 16º. Por los servicios que se expresen a continuación prestados por la Dirección de Personas Jurídicas, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- Por la inspección o control anual de toda sociedad comercial domiciliada en la provincia que realice la Dirección General de Personas Jurídicas, pesos: $474,00
2- Por la inspección de las agencias, sucursales, representaciones y oficinas de venta de toda sociedad domiciliada fuera de la provincia, realizada por la Dirección de Personas Jurídicas, pesos: $ 356,00
3- Por los servicios de fiscalización permanente a las sociedades por acciones comprendidas en el art. 299º de la Ley Nº 19550, previamente a la realización de cada uno de ellos, pesos: $ 416,00
5- Por los servicios de fiscalización a las sociedades por acciones en los casos previstos en el art. 301º de la Ley Nº 19550, en cada oportunidad que se inicien, pesos: $177,00
6- Por los reconocimientos de personería jurídica interpuestos por Asociaciones Civiles, excepto las con personería sindical, pesos: $ 177,00
7- Por la rubricaron de libros de asociaciones civiles, pesos: $120,00 8- Por cada certificación que expida este Organismo, pesos: $60,00
REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
Artículo 17º. Por los servicios que se expresan a continuación prestados por el Registro General de la Propiedad Inmueble, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1- CERTIFICACIONES
Por cada certificado de venta, hipoteca, donación, división de condominio, disposición de inmuebles afectados al régimen de la ley Nº 13512, aceptación de compras, cesión de créditos hipotecarios y por todo otro certificado que de lugar a la constitución,
transmisión, declaración, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles, pesos: $ 45,00 2- INFORMES
Por los informes referentes a condiciones de dominio, gravámenes o inhibiciones solicitadas por particulares, profesionales y entidades financieras, pesos: $45,00
3- INSCRIPCIONES
a- Por cada inscripción de venta, preanotación hipotecaria, adjudicación de inmuebles en juicios sucesorios, contratos de arrendamiento, acta de remate, dación de pago, expropiación o prescripción, permuta, aporte de inmuebles a sociedades mediante
escritura pública, pacto de reventa y usufructo, pesos: $36,00
b- Por cada inscripción de herederos declarados en juicio, pedido de xxxxxxx (en un segundo testimonio, en documento ya registrado,
Art. 28º Ley 17801), servidumbres reales y administrativas, pesos: $45,00
c- Por cada inscripción de instrumentos públicos y privados previstos en las leyes Nº 14005 y 19724, cesión de Acciones y Derechos, notas marginales y cancelaciones en general, pesos: $75,00
d- Por cada inscripción de división de condominio y unificación de inmuebles, pesos: $83,00 e- Por cada inscripción referente a fraccionamiento de inmuebles, pesos: $83,00
f- Por cada inscripción de reglamento de copropiedad, pesos: $ 83,00
g- Por cada inscripción de medidas cautelares (inhibiciones, litis, embargos y otras providencias), por cada inscripción de medidas cautelares cada inmueble, pesos: $83,00
h- En las operaciones de valor indeterminado por toda inscripción no contemplada expresamente en las disposiciones anteriores, pesos:
$ 83,00
4- EXAMEN O CONSULTA
Por la solicitud de examen o consulta de cada inscripción de dominio, matricula, Folio Real y plano, pesos: $30,00 5- FOTOCOPIAS
Por las fotocopias autenticadas de inscripciones de dominio, matricula Folio Real y planos que se extiendan a solicitud de los interesados, por cada hoja, pesos: $ 23,00
6- TRAMITE URGENTE
El tramite preferencial urgente (dentro de las 48 Hs.) abonara un recargo del 100% de las tasas fijadas precedentemente.
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Artículo 18º. Por los servicios que se expresan a continuación, prestados por la Dirección General del Registro de Estado Civil y Capacidad de las personas, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1) TESTIMONIO Y CERTIFICADO
a- Por cada certificado xx xxxxxxx de nacimiento, matrimonio o defunción, pesos: $6,00 b- Por cada solicitud de acta de nacimiento, matrimonio o defunción, pesos: $3,00
c- Por cada fotocopia de acta de nacimiento, matrimonio o defunción, pesos: $6,00
d- Por cada legalización y/o autenticación de firma de funcionario de Registro Civil, pesos: $3,00
2) LIBRETAS DE FAMILIA
a- Por cada libreta de familia, pesos: $17,00
b- Por cada inscripción en libreta de familia, pesos: $6,00
3) MATRIMONIOS
a- Por la celebración de matrimonios durante idas laborales de oficina en horario de atención al público, pesos: $56,00 b- Por la celebración de matrimonio en la oficina fuera del horario reglamentario,
c- Por cada celebración de matrimonio fuera de la oficina dentro del horario reglamentario, pesos: $153,00 d- Por cada celebración de matrimonio en días feriados, pesos: $165,00
e- Por cada celebración de matrimonio fuera de la oficina y fuera del horario reglamentario, pesos: $330,00 f- Por cada testigo que exceda el número legal, pesos: $44,00
4) INSCRIPCIONES
a- Por cada inscripción de nacimiento fuera de termino legal (cuarenta días), pesos: $8,00
b- Por cada autorización que otorgue la Dirección para la inscripción de nacimiento fuera de termino en 40 días y dentro del termino de 1 año, pesos: $8,00
c- Por cada inscripción ordenada judicialmente, pesos: $16,00
5) VARIOS
a- Por cada solicitud de rectificación de partidas por Resolución Administrativa, pesos: $16,00
b- Por cada inscripción de modificaciones de nombre o apellido, o cambio de fecha de nombre o defunción, de divorcio o nulidad de matrimonio, declaración de filiación natural o cualquier otro tramite por orden judicial, pesos: $16,00
c- Por investigación o búsqueda en los Libros de Actas cuyos datos no son precisos, por cada año, pesos: $13,00 d- Por protocolización de documento de extraña jurisdicción, pesos: $8,00
e- Por protocolización de documento de extraña jurisdicción extranjera, pesos: $8,00
f- Por cada adición de apellido solicitado después de la inscripción de nacimiento, pesos: $5,00 g- Por cada certificado negativo de nacimiento, pesos: $3,00
h- Por los trámites urgentes (dentro de las 48 Hs.) deberá abonarse un recargo del 100% sobre las tasas estipuladas.
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL INSTITUTO BROMATOLOGICO
Artículo 19º. Por los servicios que a continuación se enumeran, prestados por el Instituto Bromatológico de la Provincia, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, se abonaran las siguientes tasas:
1) Por la realización de análisis bromatológicos, drogas y medicamentos:
a- Determinaciones físico-químicas, cada una, pesos: $31,00 b- Determinaciones bacteriológicas, cada una, pesos: $61,00
c- Determinaciones con instrumental de alta complejidad, cada una, pesos: $61,00
2) Por inscripción de productos alimenticios, pesos: $149,00
3) Por inscripción de Establecimientos Alimenticios a Nivel Nacional, pesos: $890,00
4) Por la habilitación de Industrias y Comercios de alimentos y bebidas, de acuerdo a la siguiente clasificación: a- Industrias:
1º categoría: Tambos, Mataderos; Frigoríficos; Usinas; lácteas; Elaboradoras de productos lácteos; Molinos Harineros y de Hierba Mate; Refinerías de aceite, Tostaderos de café; Fabricas de chacinados, de Conservas animales y vegetales, de bebidas hídricas, Alcohólicas, de Vinagre, de golosinas y de galletitas a nivel industrial; Molinos de Especias; Fabricas de Aditivos Alimentarios u otras industrias afines, se abonara un arancel, cada dos años, pesos: $1495,00 2º categoría: Fabricas de pastas y/o fideos, de Jugos, de Productos de Panificación, Confiterías y Afines, Elaboración de helados y Plantas fraccionadoras en general, u otros Establecimientos afines, se abonara un arancel, cada dos años, de pesos: $890,00
3º categoría: Fraccionadoras de productos Apícolas, Soderias, Fabricas de Sandwichs, y de Hielo, u otros rubros afines, se abonara un arancel, cada dos años, pesos: $484,00
4º categoría: Elaboradoras de productos con metodología artesanal se abonara un arancel, cada dos años, de pesos: $296,00 b- Distribuidoras Mayoristas:
Depósitos mayoristas, abastecedores xx xxxxxx y otros alimentos, Bodegas y Cámaras Frigoríficas; Rubros Afines, se abonara un arancel, cada dos años, de pesos: $1.187,00
c- Comercios:
1º categoría: Supermercados, se abonara un arancel, cada dos años, de pesos: $1.187,00
2º categoría: Autoservicios, Mercados, Carnicerías, Ventas de Productos Apícolas y xx Xxxxxx ; Pescaderías y ventas xx xxxxxx de mar y de río ; Confiterías bailables, Rosticerías, Bares, Restaurantes, Comedores Parrillas, Pizzerías, Choperias, Casas de comidas en general
; moteles y rubros afines a los anteriores, se abonara un arancel cada dos años, de pesos: $890,00
3º categoría: Despensas, Almacenes, Ventas de bebidas envasadas, ventas de helados sueltos, Heladerías, Ventas de Productos lácteos, de Pastas, de Pan, de Productos Apícolas, de Café y Afines, de Frutas y Verduras, de Productos Regionales, de Cereales
y Afines, de Cereales Dietéticos y de Productos de Pastelería, Quiosco Bandeja, Bar al Paso, Fiambrerías y rubros afines a los anteriores, se abonara un arancel, pesos: $446,00
4º categoría: Quioscos, Venta de Hielo, de Helados Envasados, Vendedores ambulantes, Viandas a domicilio y afines, se abonara un arancel cada dos años, pesos $185,00
d- Transportes:
Hasta 1000 Kgs. $61,00 Hasta 5000 Kgs. $94,00 más de 5000 Kgs. $149,00
Estas tasas se abonaran cada dos años.
e- Por Inspección de Industrias, Distribuidoras, Comercios y Transporte de Alimentos, se cobrara una tasa anual equivalente al 50% de la tasa de habilitación. En los años en que se abone la tasa de habilitación, no se abonara tasa de inspección y viceversa.
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTES
Artículo 20º. Por el otorgamiento y/o renovación de las licencias de conductores en toda la provincia, quedaran establecidas las siguientes tasas:
1- Para conducir tractores, motonetas, motocicletas y motocargas:
a- Por un año, pesos: $45,00
b- Por tres años, pesos: $90,00
c- Por cuatro años, pesos: $112,00 d- Por cinco años, pesos: $135,00
2- Para conducir vehículos de alquiler:
a- Por un año , pesos: $45,00
b- Por tres años, pesos: $165,00
c- Por cuatro años, pesos: $112,00 d- Por cinco años, pesos: $135,00
3- Para conducir automóviles, camiones, jeep, ómnibus y todo tipo de automotor:
a- Por un año, pesos: $90,00
b- Por tres años, pesos: $165,00
c- Por cuatro años, pesos: $208,00 d- Por cinco años, pesos: $237,00
4- Licencias para guarda o inspector de ómnibus:
a- Por un año, pesos: $90,00
b- Por tres años, pesos: $165,00
c- Por cuatro años, pesos: $208,00 d- Por cinco años, pesos: $237,00
PODER JUDICIAL
Artículo 21º. Por los servicios que se expresan a continuación prestados por el Poder Judicial de la Provincia, independientemente del sellado general y de las sobretasas de actuación, que deberán ser abonados en oportunidad de la introducción de las actuaciones por Mesa de Entradas de Tribunales, se abonaran las siguientes tasas:
1) En los juicios sucesorios y declaratorios de herederos, el diez por mil (10 o/o) sobre el activo. Cuando se tramiten varias sucesiones en un solo expediente, la tasa se abonara sobre cada uno de ellos. Para determinar el valor económico en los trámites de declaratoria de herederos, los solicitantes o sus letrados patrocinantes o apoderados deberán presentar con carácter previo al dictado del auto de declaratoria de herederos, una declaración jurada con la estimación provisoria del valor del acervo hereditario,
al solo efecto de abonarse la tasa de justicia. En la celebración de escrituras por tracto abreviado, los escribanos públicos intervinientes deberán requerir, en forma previa a la celebración del acto, certificado del tribunal ante el cual se tramitara la declaratoria de herederos, que acredite el cumplimiento y pago de la tasa de justicia, de conformidad a lo dispuesto en el apartado anterior.
2) En los juicios de Convocatoria de Acreedores, quiebra voluntaria y concurso civil voluntario, el veinte por mil (20%o) sobre el valor de los bienes del activo denunciado por el deudor, a cuyo cargo será el pago de la tasa en el momento de su presentación.
En los procesos concursales con carácter previo a ordenarse cualquier pago o distribución de fondos, provenientes de bienes del Concurso o Quiebra, debe verificarse si la tasa oblada hasta ese momento es la correcta o si corresponde abonar alguna diferencia. El síndico liquidará la tasa judicial bajo el control del Actuario. En el procedimiento deberá atenerse a lo dispuesto por los artículos 240 y 244 de la ley 24.522.
3) En los juicios de quiebra y liquidación sin quiebra o concurso civil necesario, el veinte por mil (20%o) sobre el activo denunciado. El acreedor que solicitara la quiebra abonará el impuesto correspondiente al monto de su crédito.
4) En las actuaciones e informaciones sobre autorizaciones para vender, el siete por mil ( 7%o) sobre el monto de ventas..
5) En las solicitudes de rehabilitación de fallidos, el cinco por mil (5%o) sobre el pasivo verificado en el concurso de quiebra, siempre que se hubiere abonado además de la tasa prevista en el inc.3) del presente artículo.
6) En las tramitaciones de exhortos se abonaran tasas mínimas.
7) En todos aquellos juicios cuyo valor sea indeterminado y no sea posible su estimación, se abonara la tasa mínima. Cuando el valor sea determinado parcialmente, además de esta suma se abonara la tasa del Inc. 10) sobre el valor parcial del litigio.
Cuando la reinscripción sea ordenada por exhorto librado por juez de otra jurisdicción, se abonara esta tasa en lugar de la establecida en el Inc. 6).
9) En los juicios de rectificación de partidas se abonara la tasa mínima.
10) En los juicios no expresamente previstos en los incisos anteriores, se abonara el treinta por mil (30 o/oo) sobre la estimación del valor litigioso. En los juicios de Xxxxxxxx y/o Separación se abonara el treinta por mil (30 o/oo) sobre el valor de los
bienes que integran la sociedad conyugal, que deberá ser estimado al efecto. En las reclamaciones indemnizatorias de daños y perjuicios deberá estimarse cada rubro correspondiente del reclamo, aun cuando el mismo se dejare sujeto a su posterior determinación definitiva. En el supuesto de no estar determinado el importe del reclamo Civil en sede Penal, se deberá requerir a la parte Civil reclamante una estimación provisoria del monto del daño cuya indemnización se pretende, a los fines del pago de la Tasa de Justicia.
11) En las aceptaciones de cargo xx Xxxxxx y Martillero se abonara la suma de Pesos cuarenta y seis $60,00. En la aceptación de cargo Abogado defensor en los procesos penales se abonará la suma de pesos $90,00. Esta tasa se aplicará en forma independiente de la tasa general.
12) La exención prevista en el inc. e) del art. 315º de la ley Nº 6792, por el otorgamiento de Carta de pobreza, será materia de expresa referencia en la resolución que recayere en la causa que se hiciera valer, la que ordenara la liquidación y pago de
la Tasa de Justicia, cuando correspondiere, a cargo de la parte no beneficiada de Litigar sin Gastos, conforme a la imposición xx Xxxxxx que dispusiere, la exención deberá tramitarse en plazo no mayor de sesenta días. El Tribunal de oficio deberá
requerir informe al Registro de la Propiedad inmueble.
13) La tasa mínima será de pesos $149,00 en los juicios y actuaciones que se inicien por ante la justicia de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Superior Tribunal de Justicia y Querellas Criminales; y de pesos $30,00 por ante la justicia xx Xxx Xxxxxxx.
Artículo 22º. Para determinar el valor del juicio a que se refiere el art. 311º Inc. a) de la ley 6792 e Inc. 10) precedente, se tendrán en cuenta las sumas reclamadas en la demanda, debidamente actualizada al 31 xx Xxxxx de 1991.
Artículo 23º. Cuando en la Sentencia definitiva o por cualquier forma de terminación del proceso se determine que la suma en litigio fuere superior a la establecida a la fecha de iniciación del mismo, se abonara la diferencia de base imponible pertinente con la tasa vigente al momento de iniciación de la demanda. Será responsable del pago de las mismas la parte que en definitiva soporte las costas, debiendo abonarse la misma dentro de los (5) días hábiles de la fecha de notificación de sentencia o de la extinción del proceso.
Artículo 24º. Cuando por ampliación posterior, acumulación de acciones o reconvención aumente el valor cuestionado, la tasa se pagara independientemente por cada una de la acciones. En caso de convenio o transacción que reconociera origen,
relación o extinguiera una causa judicial, las partes y los letrados intervinientes deberán informar al Tribunal actuante, la celebración del Acuerdo, a los fines del cumplimiento y pago de la Tasa de Justicia.
Artículo 25º. Las tercerías serán consideradas a los efectos de la Tasa de Justicia, como juicio independiente del principal. Artículo 26º. Derogase toda disposición que se oponga a la presente.-