Contract
I. Principado xx Xxxxxxxx
• Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD XX XXXXXX
CONVENIO Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx académica, científica y de cooperación para el desarrollo entre la Universidad xx Xxxxxx (Xxxxx de España) y la Universidad xxx Xxxxxxxx (Argentina).
Son parte de este Convenio Marco:
La Universidad xx Xxxxxx, con sede en Oviedo, Principado xx Xxxxxxxx y, en su nombre y representación, el Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxx, Sr. X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, en virtud del Decreto 31/2012, de 22 de mar- zo, de la Consejería de Educación y Universidades del Principado xx Xxxxxxxx por el que se dispone su nombramiento, y con las atribuciones que le confiere la letra I) del art. 60 de los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxx, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado xx Xxxxxxxx (Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx n.º 34, de 11 de febrero).
Y la Universidad xxx Xxxxxxxx, con sede en Buenos Aires, Argentina, domiciliada en Xxxxxxxx 0000 (X0000XXX) y, en su nombre y representación, el Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, rector de la Universidad xxx Xxxxxxxx, en virtud del nom- bramiento por Resolución Rectoral n.º 570/14 de fecha 26 de noviembre de 2014 como representante legal de esta institución en virtud de las competencias que están previstas en el Estatuto Académico de la Universidad aprobado con Resolución Rectoral n.º 245/97 con de fecha 16 de octubre de 1997.
Intervienen
Las partes, actuando en el pleno ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, reconocién- dose mutuamente capacidad para contratar y obligarse al cumplimiento de las cláusulas de este Convenio Xxxxx:
Manifiestan
Que es voluntad compartida de las partes acercar sendas instituciones a la sociedad y fortalecer sus vínculos con ella, encontrando en el impulso de la formación de posgrado, la investigación y la cooperación que sea de interés común un campo particularmente indicado para optimizar los resultados de su mutua interacción. Las instituciones que representan tienen objetivos comunes en estos ámbitos, por lo que consideran oportuno establecer este Convenio Marco, con las siguientes:
Cláusulas
Primera.—Objetivos
1. El presente Xxxxxxxx Xxxxx tiene por objeto establecer los términos de la futura colaboración entre la Universidad xx Xxxxxx y la Universidad xxx Xxxxxxxx para la definición de acciones y la puesta en práctica de iniciativas de implemen- tación en los campos de la enseñanza, la investigación científica y la cooperación para el desarrollo.
2. Para cuyo fin las partes firmantes se comprometen a:
a) Promover la realización de proyectos de estudio e investigación que resulten de interés común para las partes en los siguientes términos:
b) Promover la organización en común de proyectos, actividades, plataformas multifuncionales de formación, in- vestigación y cooperación.
c) Promover el desarrollo de cursos, congresos, simposios, coloquios o reuniones en áreas o temas de interés común.
d) Promover acciones de formación complementaria y estudios de postgrado en áreas o temas de interés común.
e) Promover la ejecución de cualesquiera otras actividades que por su singularidad resulten de interés para las Ins- tituciones en el ámbito de sus respectivas funciones y no estén incluidas en las anteriores líneas de actuación.
Cód. 2016-08329
Segunda.—Programas Específicos
1. El cumplimiento de los objetivos generales del Convenio Xxxxx se efectuará a través de Programas Específicos, que, una vez firmados, constituirán un anexo al Convenio Marco, siendo parte integrante del mismo.
2. Los Programas Específicos contendrán el tipo de actuación a realizar, con sus finalidades, objetivos, estructura, organización, campos de trabajo y duración, que tendrá que ser de inferior vigencia a la del Convenio Marco.
3. Los Programas Específicos se regirán por su propio clausulado, respetando en todo caso las disposiciones del pre- sente Convenio Xxxxx y deberán ser firmados por los representantes de cada una de las instituciones.
4. Los Programas Específicos definen las obligaciones de cada parte, y cuando existan contribuciones mediante el con- curso, en su caso, de otras instituciones públicas o privadas, deberán precisar la cuantía obtenida como financiación.
5. Cada entidad es responsable de la custodia de un ejemplar del presente Convenio sus Programas Específicos y de sus respectivas modificaciones o adendas.
Tercera.—Comisión Permanente.
1 Cada una de las instituciones y entidades podrá designar un Coordinador responsable, que tendrá como función la gestión ordinaria de los Programas Específicos y demás actividades a que dé lugar la aplicación de este Convenio Marco.
2. Es responsabilidad del Coordinador promover la creación de Programas Específicos, fomentando los vínculos entre las instituciones y entidades involucradas.
3. Se crea una Comisión Permanente formada por el Coordinador de cada una de las instituciones y entidades involu- cradas, que asegure la resolución, por mutuo acuerdo, de las dudas y controversias que pudieran surgir en el desarrollo del presente Convenio o de sus Programas Específicos.
4. La Comisión Permanente se organizará de acuerdo con las disposiciones establecidas por ella misma.
5. Si durante la ejecución del presente Convenio surgieran divergencias de interpretación entre las partes, éstas de- berán ser resueltas por acuerdo entre las partes. En el caso de que las discrepancias persistieran, serían sometidas a la decisión inapelable de un único árbitro, elegido de común acuerdo.
6. Cualquier cambio en este Convenio Xxxxx se notificará a la Comisión Permanente por el Coordinador correspondiente.
Cuarta.—Cuantía Económica
1. El presente Convenio Xxxxx no conlleva ningún gasto.
2. Las aportaciones económicas por los costes que genere la colaboración entre las instituciones y entidades implica- das serán evaluadas y acordadas para cada uno de los Programas Específicos en que ésta se concrete.
La firma de todo Programa Específico que implique gastos para cualquiera de las dos entidades estará supeditada a la viabilidad del mismo y a las disponibilidades presupuestarias de cada institución o entidad.
Quinta.—Vigencia
1. El presente Convenio Xxxxx tiene carácter administrativo y tendrá una vigencia de cuatro años entrando en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx, para general conocimiento.
2. El presente Convenio Marco podrá prorrogarse por períodos iguales y sucesivos, mediante acuerdo expreso de las partes firmantes, formalizado en un escrito reducido y firmado, antes del vencimiento del presente Convenio Marco.
Sexta.—Finalización y contactos
1. El presente Xxxxxxxx podrá resolverse en virtud de las siguientes causas.
a) Por caducidad, en los términos del apartado 1 de la cláusula anterior.
b) En cualquier momento, por mutuo acuerdo de las partes.
c) Por incumplimiento, por alguna de las partes, de las cláusulas establecidas en este Convenio Marco.
2. El seguimiento de este Convenio Xxxxx es responsabilidad del Coordinador respectivo, que se menciona en el apartado 1 de la cláusula tercera.
3. Todas las comunicaciones deberán ser dirigidas a estas instituciones y entidades, en las siguientes direcciones: Universidad xx Xxxxxx Rectorado x/ Xxx Xxxxxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
Universidad xxx Xxxxxxxx
Dirección de Cooperación Internacional Xxxxxxx 0000-XX 0000
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx-Xxxxxxxxx Tel. (x00 00)0000-0000
Cód. 2016-08329
Y para que conste, en prueba de conformidad y para que surta efectos, el presente Convenio Xxxxx es firmado,
En Oviedo, a 16 xx xxxxx de 2016 Por la Universidad xx Xxxxxx Fdo.: X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxx | En Buenos Aires, a 25 de febrero de 2016. Por la Universidad xxx Xxxxxxxx Fdo.: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Rector de la Universidad del Xxxxxxxx |
Xxxxxx, a 16 marzo de 2016.—El Rector.—Cód. 2016-08329.