CONTRATO PARA CONSTRUCCION DE OBRA ENTRE: EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA CANELA
CONTRATO PARA CONSTRUCCION DE OBRA ENTRE: EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE LA CANELA
Ubicada en La Calle Principal no. 78 de La Canela del municipio y provincial de esta ciudad
de Santiago De Los Caballeros, Republica Dominicana. Debidamente representada por su director municipal el señor XXXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, cedula de identidad y electoral 000-0000000-0 domiciliado y residente en la calle Xxxxxxxx Xxxx Xx. 57 sector La Canela, distrito municipal La Canela en su calidad de director municipal y dotado de las atribuciones contenidas en el artículo 79, literal (a) de la ley 176-05 y los poderes conferidos por la sala capitular mediante sesión ordinaria No. 09-2021 de fecha 01 de octubre del año 2021 donde se aprueba el presupuesto de año 2022 que incluye la partida de la suma de TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$3,000,000.00), para la obra denominada CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES desde la Escuela hasta el colmado xx Xxxxxxxxx en la calle Principal xx Xxxxxx Gorda, LA CANELA DM, quien en lo adelante del presente contrato se llamara ‘‘LA PRIMERA PARTE’’ y de la otra parte el CONTRATISTA, quien para los fines y consecuencias del presente acto se denominara la SEGUNDA PARTE-------------------------------------------------
PREAMBULO
ATENDIDO: A que, dentro de las funciones de su cargo, la PRIMERA PARTE contrata a la SEGUNDA PARTE para realizar y ejecutar los trabajos de la obra denominada CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES DE LA XXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX , xx XX XXXXXX XX XXXXXXXX-----------------------------------------------------------------------------------
ATENDIDO: A QUE LA SENGUNDA PARTE, ha manifestado e indicado con la debida inteligencia y eficacia económica de acuerdo con las normas de ingeniería reconocida, empleando los adelantos tecnológicos y los equipos y métodos que resulten más eficaces y seguro
ATENDIDO: A que ambas partes acuerdan que el presente contrato refleja en su totalidad lo acordado y contiene todas las estipulaciones, condiciones y disposiciones convenidas entre ellas y que las personas que aparecen firmando este documento, son las únicas autorizadas para obligar al cumplimiento de los términos de este acuerdo. --------------------
ATENTIDO: A que LA SEGUNDA PARTE: se obliga a prever todos los materiales, equipos de construcción y mano de obra necesaria para realizar la obra objeto de este contrato--------
ATENDIDO: A que la SEGUNDA PARTE reconoce y acepta que las cláusulas que integran este documento, constituyen requisitos esenciales sin cuyo estricto cumplimiento LA PRIMERA PARTE no hubiera consentido el presente contrato---------------------------------------
ATENDIDO: Que el Art. 1134 del código civil dominicano señala: que las convenciones legalmente formadas tienen fuerza xx xxx para aquellas que las han hecho. No pueden ser revocadas, sino por su mutuo consentimiento, o por las causas que están autorizadas por la ley
ATENDIDO: Que el Art. 1108 del código civil dominicano señala que el consentimiento dado por la parte es una condición esencial para la validez de una convención----------------
ATENDIDO: Que el Art. 1173 del código civil dominicano señala que la condición de no hacer una cosa imposible no hace nula la obligación que bajo ella se pactó---------------------
ATENDIDO: Que estos preámbulos forman parte integral para la aplicación del presente contrato
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE ARTICULO PRIMERO: OBJETO
Por disposición expresa LA PRIMERA PARTE contrata a la SEGUNDA PARTE, quien se obliga y compromete a ejecutar con todas las garantías de hecho y de derecho todos los trabajos de la obra denominada CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES en la calle Principal en la comunidad xx Xxxxxx Gorda LA CANELA CON MATERIALES DE HORMIGON.
PARRAFO: El contrato comprende la terminación y garantía hasta la recepción final de la obra y todo aquello que sea necesario, ya sea temporal o permanente para los fines de la construcción de acuerdo con el plano, especificaciones particulares y estipulaciones de este contrato
ARTICULO SEGUNDO: MONTO DEL CONTRATO
LA PRIMERA PARTE pagara a la SEGUNDA PARTE para la realización de la obra descrita la suma de TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$3,000.000.00), esto incluye todos los materiales necesario para la realización de la obra de conformidad con su propuesta cuya partida, volúmenes y precios unitarios fueron aprobado y conciliado de común acuerdo entre ambas partes, salvo modificaciones del presupuesto-------------------------------
LA SEGUNDA PARTE renuncia a cualquier reclamación o reajuste del presupuesto, el cual será entregado en diferentes partidas conforme se vayan presentando las cubicaciones, sean estas parciales o final debidamente verificada por el ingeniero supervisor de las obras del ayuntamiento
ARTICULO TERCERO: TIEMPO DE EJECUCION
LA SEGUNDA PARTE se obliga a ejecutar los trabajos antes descritos en un periodo de dos
(2) meses, cuyo punto xx xxxxxxx será calculado a partir de la fecha de inicio de los trabajos de la obra
ARTICULO CUARTO: ANTICIPO
LA SEGUNDA PARTE recibirá para iniciar los trabajos a su cargo, a la firma del presente contrato el monto que determine la PRIMERA PARTE, no excediendo el 20% del monto total presupuestado en la obra
LA SEGUNDA PARTE no podrá invertir dichos montos en ninguna otra actividad que no pertenezca a la obra contratada
QUINTO ARTICULO: PROGRAMACION DE LA OBRA
LA SEGUNDA PARTE en un plazo no mayor xx xxxx (10) días contado a partir de la fecha de los trabajos objeto de este contrato, se compromete a presentar a LA PRIMERA PARTE o si es el caso, a la supervisión que este designe, un plan de trabajo en forma de cronograma, indicando el periodo en que serán ejecutadas las distintas partida del presupuesto y mostrando además los porcentajes de ejecución programados, incluyendo los desembolsos mensuales
ARTICULO SEXTO: ELIMINACION DE PARTIDAS
LA PRIMERA PARTE se reserva el derecho de agregar o eliminar partidas cuando así lo juzgue necesario y conveniente a sus intereses, en consecuencia, durante el curso de los trabajos, LA PRIMERA PARTE, comunicara por escrito a la SEGUNDA PARTE aquella partida que por su expresa disposición se agregaran o se eliminaran a la obra------------------
ARTICULO SEPTIMO: INSPECCION Y SUPERVISION
Durante el proceso de ejecución de los trabajos, LA PRIMERA PARTE tendrá libre acceso a la obra e inspeccionarla y supervisar todo el desarrollo de la misma, con estricta sujeción a lo pactado en este contrato, por lo que LA SEGUNDA PARTE otorga facilidad necesaria para la supervisión de los trabajos cuando le sean requeridas por LA PRIMERA PARTE-------
LA PRIMERA PARTE podrá delegar en todo o en parte las labores de inspección y supervisión para tener fiel control del cumplimiento de la obra a una empresa especializada contratada para tales fines
LA SEGUNDA PARTE deberá ejecutar, llevar y mantener la obra con estricta concordancia con el contrato a satisfacción de LA PRIMERA PARTE--------------------------------------------------
ARTICULO OCTAVO: CORRECCION DE DEFECTO
LA SEGUNDA PARTE se obliga a corregir hasta el grado de aceptación que le sea requerido todos los defectos señalados por escrito, como resultado de una inspección o supervisión-
Realizada por o a instancias de LA PRIMERA PARTE, en el entendido de que el control no modificara de manera alguna las obligaciones de LA SEGUNDA PARTE, ordenara realizar alguna prueba que revelara su existencia, el costo de las pruebas y las muestras le serán imputadas a LA SEGUNDA PARTE
Al notificar un defecto, LA PRIEMRA PARTE, hará saber a LA SEGUNDA PARTE el término por el cual corre el periodo de corrección de defectos, en el entendido de que deberá corregir los defectos antes de haber transcurrido este periodo--------------------------------------
A la fecha de expiración de este periodo, la supervisión de LA PRIMERA PARTE deberá certificar que los defectos se encuentran corregidos---------------------------------------------------
SI LA SEGUNDA PARTE no ha corregido los defectos señalados dentro del plazo de corrección de defectos, LA PRIMERA PARTE podrá hacerlo corregir por un tercero, notificando a LA SEGUNDA PARTE, por lo menos con cinco (5) días de antelación. Si LA PRIMERA PARTE los corrigiera después de este periodo el costo que acarrea con tercero será deducido del precio del contrato
ARTICULO NOVENO: PRECAUCIONES DE SEGURIDAD
LA SEGUNDA PARTE deberá en lo que respecta a la obra proporcionar y mantener a su propio costo todas las señales de advertencia, alarma o peligro, luces, barreras, cercas y vigilancia cuando y donde sea necesario o requerido por LA PRIMERA PARTE o cualquier otra autorizada, para la protección de la obra o la seguridad o conveniencia del público ----
PARRAFO 1: EL CONTRATISTA se compromete y obliga a depositar en el AYUNTAMIENTO DE LA CANELA una fianza equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor envuelto en este contrato, emitido por una compañía aseguradora para que garantice o cubra el riesgo de vicios ocultos por un término no menor de un (1) año a partir de la recepción satisfactoria de la obra contratada, no pudiendo ser recibida dicha obra sin el cumplimento de esta obligación
ARTICULO DECIMO: OBLIGACIONES GENERALES
La obra tal como deberá ser entregada por LA SEGUNDA PARTE estará totalmente conforme con el contrato
LA SEGUNDA PARTE asumirá responsabilidad plena al respecto de la idoneidad, estabilidad y seguridad de todas las operaciones en el terreno de todos los métodos de construcción y de toda la obra independientemente de la aprobación o consentimiento de LA PRIMERA PARTE
ARTICULO DECIMO PRIMERO: LA FIEL EJECUCION: LA SEGUNDA PARTE asumirá
responsabilidad total por el fiel cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato y a la debida disposición de la obra en relación con los puntos originales, los noveles y líneas de referencias dados por LA PRIMERA PARTE por la supervisión ya realizada, así como la exactitud con sujeción a lo antes dicho, de las posiciones, los niveles, dimensione y afinación de todas las partes de la obra y por la provisión de todos los instrumentos necesarios, aparatos y manos de obra para este fin----
ARTICULO DECIMO SEGUNDO: LA PRORROGA DE LA TERMINACION
LA PRIMERA PARTE, podrá prorrogar la fecha prevista de terminación de la obra cuando se produjera un evento fuera de control, o por causa de fuerza mayor, o se ordene una variación que hiciera imposible la terminación de la obra en la fecha prevista para su
terminación, sin que LA SEGUNA PARTE tuviera que adoptar medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran incurrir en costos adicionales-
ARTICULO DECIMO TERCERO: COMPENSACION POR DEMORA
LA SEGUNA PARTE, no podrá prorrogar la fecha prevista de terminación de la obra, salvo caso de fuerza mayor o falta de amortización de recursos por la PRIMERA PARTE, en caso contrario LA SEGUNDA PARTE adeudara como justa indemnización por daños y perjuicios ocasionado, una compensación por cada día de demora respecto de la fecha prevista de terminación, de un astreinte de un 5% del monto del contrato, la cual será descontada del monto final
ARTICULO DECIMO CUARTO: RECEPCION DE LA OBRA
LA PRIMERA PARTE tomará posesión de la obra a solicitud escrita de LA SEGUNDA PARTE, la obra recibida por LA PRIMERA PARTE le será extendida a la SEGUNDA PARTE una constancia escrita de la terminación de la obra----------------------------------------------------------
ARTICULO DECIMO QUINTO: CONDICIONES PARA EL PAGO
LA PRIMERA PARTE efectuara los pagos por cubicaciones en el tiempo convenido con LA SEGUNDA PARTE y no efectuara el pago final de estos trabajos hasta que LA SEGUNDA PARTE no presente la debida certificación, expedida por: a) El instituto dominicano de seguros sociales en la que conste que ha cubierto todas las obligaciones con sus empleados
b) Los descargos laborales de los trabajadores de esta obra de que no tiene en su contra ninguna demanda laboral incoada por obreros y empleados que laboren o hubiesen laborado en estos trabajos
LA PRIMERA PARTE se reserva el derecho por dar por terminado este contrato en caso de que LA SEGUNDA PARTE diera muestras fehacientes de incumplimientos de sus obligaciones
ARTICULO DECIMO SEXTO: RESPONSABILIDAD POR DAÑOS DE TERCEROS
LA SEGUNDA PARTE será el único responsable por los daños y perjuicios causados a las personas que laboren en la ejecución de estos trabajos y por los daños y perjuicios que puedan causar terceras personas o propiedades, así como también asumirá la total obligación que se originen en la realización de los mismos, en tal sentido LA PRIMERA PARTE no será responsable ni asumirá compromiso económico alguno que no haya sido autorizado por escrito, salvo honrado en lo que LA SEGUNDA PARTE lo hubiera contraído en interés o beneficio de estos trabajos
ARTICULO DECIMO SEPTIMO: RIEGOS Y COMPROMISOS
En la realización de este trabajo, LA SEGUNDA PARTE actuara con libertad técnica y directa y por consiguiente asumirá por dicho trabajo la totalidad de los pagos y compromisos que se originen en la realización de estos-----------------------------------------------
ARTICULO DECIMO OCTAVO: DERECHO DE PASO E INSTALACION
LA SEGUNDA PARTE cubrirá lo relativo a derecho de paso ya sean específicos o temporales que se requieran para tener acceso al terreno. Proveerá cualquier otra instalación adicional que fuere necesaria para los propósitos de la obra--------------------------
ARTICULO DECIMO NOVENO: FACILIDADES A PERSONAL Y OBREROS
LA SEGUNDA PARTE mantendrá todos los servicios necesarios para conveniencia de su personal
ARTICULO VIGESIMO PRIMERO; LEY VIGENTE
Ambas partes convinieron que este contrato se regirá por las leyes vigentes en La Republica Dominicana y en tal virtud LA SEGUNDA PARTE será responsable del estricto cumplimiento de estas
ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO: SECIONES DEL CONTRATO
LA SEGUNDA PARTE no podrás traspasar total o parcialmente los trabajos objeto de este contrato, ni cederlo ni en todo, ni en parte, ni dar beneficio, ni participación a otro en el mismo sin el consentimiento por escrito de LA PRIMERA PARTE------------------------------------
ARTICULO VIGESIMO TERCERO: RESCISION DEL CONTRATO
LA PRIMERA PARTE se reserva el derecho por dar por terminado este contrato en caso de que LA SEGUNDA PARTE diera muestras fehacientes de incumplimientos de sus obligaciones
Hecho y firmado en dos originales del mismo tenor uno para cada una de las partes, en la ciudad de Santiago de los Caballero, Republica Dominicana a los veintitrés (23) días del mes xx xxxxx del año dos mil veintiuno (2022) ----------------------------------------------
XXXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX DIRECTOR DEL AYUNTAMIENTO DEL DM DE LA CANELA
PRIMERA PARTE
EL CONTRATISTA SEGUNDA PARTE
YO LICDA. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX notario público de los del numero para el municipio de Santiago, con estudio profesional abierto en la calle principal de Los Almácigos de La Canela DM de Santiago de los Caballeros matriculada en el Colegio Dominicano xx Xxxxxxx bajo el No. 4711, CERTIFICO y DOY , que las firmas que anteceden, han sido puesta en mi presencia de manera libre y voluntariamente por los señores XXXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX y EL CONTRATISTA, quienes me declaran que esa es la forma como acostumbran a firmar en todos sus actos de su vida pública y privada por cual DOY DE CONOCER.
En Santiago, R. D.
23 xx xxxxx del año 2022