CONTRATO DE TRABAJO PARA MAYORDOMO DE COMUNIDAD EDIFICIO/ CONDOMINIO
CONTRATO DE TRABAJO PARA MAYORDOMO DE COMUNIDAD EDIFICIO/ CONDOMINIO
En Santiago, República de Chile, a ……de ….….…….de….., entre el administrador del Edificio denominado “………………”, ubicado en calle………………..Nº…….., comuna de…………….de la ciudad de…………………, don cédula
nacional de identidad Nº , con domicilio en el mismo edificio, en adelante,
“el empleador”, y don…………………………….de nacionalidad… cuya
especialidad es…………………, cédula nacional de identidad Nº………………, de estado civil………..,nacido el día……..de……………de…………,y, en consecuencia, capaz de celebrar contrato de trabajo, domiciliado en calle………………….Nº ,de la ciudad
de , en adelante “el Trabajador”, se ha convenido el siguiente contrato laboral:
PRIMERO: El trabajador se compromete a realizar las laboras de Mayordomo de La Comunidad del Edificio/ Condominio ……………………….
Serán labores ordinarias, las de vigilancia, cuidado, supervisión, mantención, aseo y demás relacionadas con el Edificio, las que deberán desarrollarse con el eficiente cuidado de los bienes de la comunidad, y con el debido orden de la misma. Resolverá, prudentemente todo lo que no interfiera con las órdenes emanadas del Administrador o del Comité de Administración o su Presidente. Por tratarse de un cargo de confianza, las faltas a la ética que, en otro caso, serían leves, en éste, se elevan a la calidad de graves y, a discreción del empleador, pueden dar lugar a la terminación del contrato.
SEGUNDO: El trabajador deberá prestar sus servicios en el referido Edificio.
TERCERO: La jornada de trabajo será la siguiente: a) de lunes a viernes de……a horas.
Como consecuencia, la jornada diaria será interrumpida por un descanso de
……….minutos, destinados x xxxxxxxx; b) Sábados de …….a horas, sin colación.
El empleador, en conformidad con la ley y de acuerdo con las necesidades de funcionamiento del Edificio, podrá alterar el horario de inicio y término de la jornada diaria de trabajo. El trabajador se compromete a trabajar con dedicación, durante toda la jornada convenida.
CUARTO: La remuneración del trabajador será la suma mensual de $… (en letras),
por mes calendario, que será liquidada y pagada por períodos vencido, en las oficinas del empleador, el último día hábil de cada mes.
De la remuneración se deducirán los impuestos, las cotizaciones de previsión o seguridad social, las cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias, los dividendos hipotecarios para adquisición de vivienda y las obligaciones que se deben a los Institutos de Previsión e Isapres.
No se podrán hacer otras deducciones, salvo que estén autorizadas por la ley; o las que hayan sido ordenadas judicialmente; o que sean autorizadas por el trabajador, por escrito.
Todo, sin perjuicio de los anticipos de remuneración, dentro de cada período, que autoriza a realizar el trabajador, de antemano. Lo propio, para descontar el tiempo no trabajado debido a inasistencias, permisos y atrasos, y el modo de las multas reglamentarias, en su caso.
QUINTO: El empleador se compromete a otorgar o a suministrar al trabajador, los siguientes beneficios:
1. Espacio de trabajo para que el Trabajador pueda desempeñar sus labores. Se eleva a la calidad de esencial de esta convención, la circunstancia que dicho espacio se puede ocupar durante el tiempo preciso en que el dependiente sirva al Edificio. Al término de los servicios, por cualquier causa que sea, se deberá entregar o devolver la recibido, antes de la liquidación de haberes.
2. Mientras dure el contrato de trabajo, el Trabajador tendrá derecho de gozar de consumos prudentes de agua potable, luz, calefacción o los servicios que requiera y que se le proporcionen. Si, en opinión del Administrador, los consumos ascienden a sumas mayores que lo razonable, se le rebajarán los excesos de su remuneración mensual; rebaja que el trabajador autoriza, desde luego, para ser efectuada.
3. Otros beneficios……………….
Las partes avalan estos beneficios en la suma de $… Cualquier otra prestación
o beneficio, ocasional o periódico, que el empleador conceda al trabajador, distinto que el que le corresponde por este contrato y sus ajustes legales o contractuales, se entenderá conferido a título de mera liberalidad; no dará derecho algunos; y el empleador podrá suspenderlo o modificarlo, a su arbitrio.
SEXTO: Son obligaciones esenciales del trabajador, cuya infracción las partes entienden como causa justificada de terminación del presente contrato, las siguientes:
a) Supervisión del personal de portería, aseadores, serenos, jardineros y/o cuidadores. El trabajador deberá anotar, en el libro de asistencia, la hora de llagada y salida de cada uno de ellos.
b) Supervisión de la entrada de trabajadores al recinto del Edificio/ Condominio y la salida del mismo, mantenimiento perfecto orden y disciplina y cumplimiento, esmeradamente, con los controles del caso; incluso el debido funcionamiento de los relojes controles; y cumplir estrictamente, las instrucciones de sus superiores.
c) Supervisión del aseo cuidadoso y total de las entradas, pasillos, otros lugares comunes del Edificio/ Condominio, cuidado de los jardines, supervisión de los aseadores y jardineros y el aseo y buen mantenimiento de los servicios higiénicos y baños del personal, de las llaves y conductos de agua, de gas, de iluminación y de energía eléctrica comunes, además del correcto funcionamiento de ascensores, citófonos, puertas y los elementos que así lo requieran.
Deberá controlar permanentemente el acopio de basura el que debe efectuarse cada…….horas, como mínimo. Además deberá hacer retirar, a primera hora de del día, las bolsas de basura al exterior los días de recorrido del camión recolector, disponiendo que un auxiliar permanezca en el lugar mientras se efectúa el retiro de basuras con el objeto de limpiar los restos dejados.
d) Supervisión del mantenimiento de pinturas del Edificio y las instalaciones generales, requiriendo, oportunamente, las reparaciones que fueren necesarias;
e) Supervisión de la seguridad xxx xxxxxxx, controlando la entrada de cualquier persona extraña, dando aviso a los residentes, de las visitas que reciban y solicitando, a los funcionarios de las empresas de servicios, sus respectivas identificaciones;
f) Toda anormalidad que constate, de cualquier especie y que entrañe cualquier peligro, deberá dar cuenta inmediata al empleador. Sin perjuicio deberá llamar a
Bomberos, Carabineros, Investigaciones, Compañía de Electricidad, Compañía de Gas u otros servicios u Organismos de Urgencia, cuando proceda; y en caso de duda lo comunicará inmediatamente al Presidente de Administración o quién lo secunde o subrogue.
g) Se deja especial constancia que la excelente buena voluntad que el Trabajador y el personal deben demostrar con cada uno de los locatarios, dueños y arrendatarios, no significa, absolutamente, que deban y puedan realizar labores particulares, para cualquiera de éstos, en horas que son de trabajo para la comunidad.
h) Cumplirá íntegramente la jornada de trabajo;
i) Cuidará y mantendrá, en perfecto estado de conservación, las instalaciones, máquinas, útiles y otros bienes de la comunidad;
j) Cumplirá con las instrucciones y órdenes que le imparta cualquiera de sus superiores;
k) El trabajador tendrá la obligación de registrar la entrada y salida del personal, con los controles del caso;
l) En caso de inasistencia al trabajo, por enfermedad, el trabajador deberá justificarla, únicamente, con el correspondiente certificado médico, dentro de las 24 horas, desde que aquél dejó de asistir al trabajo;
SEPTIMO: El trabajador respetará, celosamente, el Reglamento de Copropiedad, cuyo texto ha recibido y declara conocer y que se entiende como parte integrante de este contrato.
OCTAVO: El trabajador se obliga a desarrollar su trabajo con el debido cuidado, evitando comprometer la seguridad y la salud del resto de los trabajadores del Edificio y del Medio Ambiente. La infracción o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes mencionadas, se estimará como incumplimiento grave de las obligaciones antes mencionada, se estimará como incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato y, cuando proceda, el empleador se reserva el derecho de hacer declarar el término de la convención, sin indemnización alguna.
Asimismo se prohíben los siguientes actos:
1. Ejecutar durante la jornada de trabajo y/o en el recinto del empleador, actividades ajenas a su labor en el Edificio/ Condominio y/o dedicarse a atender asuntos particulares.
2. Otras prohibiciones que se acuerden…………
NOVENO: Este contrato tendrá una vigencia indefinida. Las partes pueden ponerle término, de común acuerdo; y una de ellas, en la forma, las condiciones y las causales que señalan los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo; especialmente por infracciones al contrato; por no requerirse los servicios del trabajador; o por la conclusión de los trabajos que dieron origen a éste.
DECIMO: Se deja constancia que el trabajador ingresó al servicio del empleador, el día………de…………………..de………….
UNDECIMO: Para todos los efectos derivados de este contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de… y prorrogan competencia para ante sus tribunales.
DUODECIMO: El presente contrato se firma en…………ejemplares, declarando, el trabajador, haber recibido un ejemplar él y que éste es el fiel reflejo de la relación laboral existente entre las partes.
Empleador RUT
Trabajador RUT