LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N.º 137/19
Contratación de Diseño y Construcción de Obras Menores
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N.º 137/19
Proyecto Ejecutivo y Obras de Construcción de Policlínica Xxxx Xxxxxx en Asentamientos “19 xx xxxxx, Xxxxxx Artiguista y otros.”
CONTRATANTE:
MVOTMA actuando a través de la UCP-PMB II,
asociado en la Implementación del Proyecto URU/14/007 PNUD
PAIS: URUGUAY
Febrero 2019
Tabla de Contenido
Sección I – Instrucciones a los oferentes (IAO) 4
B. Documentos de Licitación 14
C. Preparación de las Ofertas 15
D. Presentación de las Ofertas 19
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 21
F. Adjudicación del Contrato 25
Sección II. Datos de la Licitación 28
B. Documentos de Licitación 33
C. Preparación de las Ofertas 33
D. Presentación de las Ofertas 36
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 37
F. Adjudicación del Contrato 38
Sección III. Países Elegibles 41
Sección IV. Formularios de la Oferta 43
2. Certificado del Proveedor 45
3.- Nota de Declaración y Garantía (IAO 3.3) 46
4.- Nota de Manifestación y Declaración 48
5.- Nota de Manifestación y Declaración 49
6.- Formulario de Identificación del Oferente 50
7.- Formulario de Personal Clave (IAO 5.5 e) 51
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 52
F. Finalización del Contrato 74
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 84
F. Finalización del Contrato 105
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 108
Sección VIII. Índice de Recaudos Gráficos y Escritos 109
Sección IX. Lista de Actividades 110
Sección X. Formularios de Garantía 111
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria) 111
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza) 113
Declaración de Mantenimiento de la Oferta 115
Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) 117
Garantía de Cumplimiento (Fianza) 119
Garantía Bancaria por Pago de Anticipo 121
Anexo I – Llamado a Licitación 123
Anexo II - Carta de Aceptación 125
Anexo III - MODELO DE CONTRATO 126
ANEXO IV – CERTIFICADO DE OBRA TIPO 129
ANEXO V – CRONOGRAMA TIPO (Cronograma Proyecto Ejecutivo y Obras 131
ANEXO VI. CARTEL DE OBRA 132
ANEXO VII. LISTA DE CHEQUEO 135
Sección I – Instrucciones a los oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales
1. Alcance de la Licitación
1.1. El Contratante, según la definición1 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para el diseño y la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Particulares del Contrato” (CPC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC.
1.2. El Oferente seleccionado deberá diseñar y terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (u) y 1.1 (v) de las CEC. Si en los DDL se especifica, el diseño deberá ser entregado en la fecha indicada.
1.3. En estos Documentos de Licitación:
(a) Por el término “por escrito” se entiende comunicado de manera escrita (por ejemplo, por correo postal, correo electrónico, fax, e incluso, si así se especifica en los DDL, distribuido o recibido a través del sistema electrónico de adquisiciones utilizado por el Contratante), con prueba de recibo;
(b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa;
(c) “día” significa día calendario; y
(d) “ASSS” significa las medidas ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo.
2. Fuente de Financiamiento.
2.1. El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (en lo adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras.
2.2. El Banco Interamericano de Desarrollo efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco Interamericano de Desarrollo los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Contrato xx Xxxxxxxx”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato xx Xxxxxxxx. Salvo que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde expresamente lo contrario, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento.
1 Véase la Sección V, “Condiciones Generales del Contrato”, Cláusula 1. Definiciones
3. Prácticas prohibidas.
3.1. El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
i Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
ii Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
iii Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
iv Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
v Una práctica obstructiva consiste en:
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta
comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
aa destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
ab todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
iii declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
v declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
vi remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
vii imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
3.2.
(a) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de
servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(b) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.3. Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
4. Oferentes Elegibles
4.1. Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si:
(a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país, si demuestre satisfactoriamente al Banco que esa exclusión no impedirá la competencia efectiva respecto al suministro de los bienes y servicios de que se trate;
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país.
4.2. Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos:
4.3. están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de Licitación; o
4.4. presentan más de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas bajo la cláusula 13 de las IAO. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta.
4.5. Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3.
4.6. Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.
4.7. Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
5. Calificaciones del Oferente.
5.1. Todos los Oferentes deberán presentar, de conformidad con la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción de la metodología de diseño, del método de trabajo y el cronograma preliminar que proponen, incluyendo esquemas, planos y gráficas, según sea necesario y posible con el nivel de información proporcionado por el Contratante y la experiencia del diseñador del Contratista.
5.2. Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV.
5.3. Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL:
(a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente;
(b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco (5) años;
(c) experiencia en construcción y en el diseño de obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de las agencias contratantes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos
(d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato;
(e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto: técnico para el diseño, para la construcción, la supervisión técnica y el control de calidad de las Obras, como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras;
(f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años;
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros);
(h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente;
(i) información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y
(j) propuestas para subcontratar componentes, como el diseño, o partes de las Obras cuyo monto ascienda a más xxx xxxx (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL.
5.4. Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la APCA;
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto.
5.5. Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación:
(a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período
indicado en los DDL de al menos el múltiplo indicado en los DDL.
(b) demostrar experiencia en el diseño de obras de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza, monto y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas;
(c) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al menos un setenta (70) por ciento);
(d) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero);
(e) contar con un Administrador de Obras con cinco años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas, de los cuales al menos tres años han de ser como Administrador de Obras; y
(f) contar un equipo de ingenieros que realicen la supervisión técnica, control de calidad del diseño y de las obras; y
(g) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL3.
Un historial consistente de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA podría ser causal para su descalificación.
5.6. Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una APCA se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a) y (g) de las IAO; sin embargo, para que pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinticinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a) y (g); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada.
5.7. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL. En el caso del diseño de las obras, el diseñador puede ser un Subcontratista especializado, en cuyo caso, la experiencia específica del diseñador se agregará a las del Oferente para los efectos de IAO 5.5 (b).
6. Una Oferta por oferente
6.1. Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas.
7. Costo de las Propuestas
7.1. Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación, incluyendo los estudios básicos adicionales, diseños preliminares y cálculos necesarios para la presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.
8. Visita al Sitio de Obras
8.1. Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para el diseño y la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
3 Generalmente este valor es el equivalente del estimado del flujo de los pagos durante un período de 4 a 6 meses en base al avance promedio de construcción (considerando una distribución uniforme). El periodo real de
referencia dependerá de la rapidez con que el Contratante pague los certificados mensuales del Contratista.
B. Documentos de Licitación
9. Contenido de los Documentos de la Licitación
9.1. El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO:
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Países Elegibles
Sección IV. Formularios de la Oferta
Sección V. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI. Condiciones Particulares del Contrato (CPC) Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII. Planos
Sección IX. Lista de Actividades y Sub-Actividades Sección X. Formularios de Garantías
10. Aclaración de los Documentos de la Licitación
10.1. Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre el Documento de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 21 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas4. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron el Documento de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen.
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación
11.1. Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda.
11.2. Cualquier enmienda que se emita formará parte integral del Documento de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron el Documento de Licitación5. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda
4 Pudiera ser necesario extender el plazo para la presentación de Ofertas si la respuesta del Contratante resulta en cambios sustanciales al Documento de Licitación. Véase IAO 11.
5 Es importante, por lo tanto, que el Contratante mantenga una lista completa y actualizada de todos los que hayan recibido los documentos de licitación y sus direcciones.
por escrito al Contratante
11.3. Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO.
C. Preparación de las Ofertas
12. Idioma de las Ofertas
12.1. Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL.
13. Documentos que Conforman la Oferta
13.1. La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos y deberá ser a primer requerimiento:
(a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere;
(c)La Lista de Actividades valoradas (es decir, con indicación de precios);
(d) El formulario y los documentos de Información para la Calificación;
(e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y
(f) cualquier otro material que se solicite a los Oferentes completar y presentar,
según se especifique en los DDL.
14. Precios de la Oferta
14.1. El Contrato comprenderá el diseño y la construcción bajo un esquema de "responsabilidad única" de la totalidad de las Obras especificadas en la IAO 1.1, sobre la base de la Lista de Actividades establecidas por el Contratante, aceptadas o ampliadas y valoradas por el Oferente.
14.2. El Oferente indicará los precios para todos elementos de las Obras según la Lista de Actividades. El Contratante no efectuará pagos por sub-actividades o elementos ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en otras sub-actividades dentro de la Lista de Actividades valoradas en correspondencia a la responsabilidad única del contrato de diseño y construcción por suma alzada de esta licitación. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente en el Formulario correspondiente.
14.3. Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.
14.4. Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.
15. Monedas de Oferta y Pago
15.1. El precio global deberá ser cotizado por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales6) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente.
15.2. Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta.
15.3. Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras.
15.4. Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO.
16. Validez de las Ofertas
16.1. Las Ofertas permanecerán válidas por el período7 estipulado en los DDL.
16.2. En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las
6 Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en la Lista de Actividades para ser utilizadas a su discreción para fines específicos.
7 El período es un plazo razonable, generalmente no menor de 35 días y no mayor de 105, para permitir la
evaluación de las Ofertas, hacer aclaraciones, y obtener la ‘no objeción’ del Banco (cuando la adjudicación del contrato está sujeta a revisión previa).
respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO.
16.3. En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados.
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta
17.1. Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL.
17.2. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá:
(a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora;
(b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía
(c)estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta;
(d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO;
(e) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.3. Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4. La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento.
17.5. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula
16.2 de las IAO; o
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO;
(c)si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: i firmar el Contrato; o
ii suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada.
17.6. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención.
18. Ofertas Alternativas de los Oferentes
18.1. No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá:
(a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio.
(b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos.
18.2. Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos del diseño preliminar, las especificaciones técnicas alternativas, los gráficos y bosquejos, esquemas, los posibles métodos de construcción y cronograma preliminar propuesto y otros detalles pertinentes de conformidad con IAO 5.1 y los Formularios de la Sección IV.
19. Formato y Firma de la Oferta
19.1. El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.2. El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.3. La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.4. El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado.
D. Presentación de las Ofertas
20. Presentación, cierre e identificación de las ofertas
20.1. Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar.
20.2. Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) estar dirigidos al Contratante a la dirección8 proporcionada en los DDL;
(b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL.
20.3. Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.
20.4. Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
21. Plazo para presentación de las ofertas
21.1. Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
21.2. El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite.
22. Ofertas tardías
22.1. Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir.
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas
23.1. Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO.
23.2. Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores
8 La dirección donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que esté abierta durante el horario normal de trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepción y asegurar la custodia de las Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una dirección de apartado postal. La dirección para la recepción de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitación.
debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda.
23.3. Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL
23.4. El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO.
23.5. Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original.
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas
24. Apertura de las Ofertas
24.1. El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23 de las IAO, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estarán indicados en los DDL.
24.2. Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO.
24.3. En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes.
24.4. El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la IAO 24.39 y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente.
25. Confidencialidad
25.1. No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
26. Aclaración de las Ofertas
26.1. Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios en la Lista de Actividades y cualquier aspecto de naturaleza técnica de la propuesta. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito, pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO.
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento
27.1. Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:
(a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO;
(b) ha sido debidamente firmada;
(c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación; y
(e) los dibujos, diagramas, bosquejos, esquemas, cálculos y la propuesta técnica se ajustan sustancialmente a la Sección VII. “Especificaciones y Condiciones de
9 Para los contratos sujetos a revisión previa, una copia del acta de apertura deberá ser enviada por el Contratante al Banco Interamericano de Desarrollo, junto con el acta de evaluación de las ofertas.
Cumplimiento” y las especificaciones técnicas.
27.2. Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras;
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3. Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
28. Corrección de errores
28.1. El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de una actividad o sub actividad que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para esa actividad o sub actividad y se corregirá el precio unitario.
28.2. El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO.
29. Moneda para la Evaluación de las Ofertas
29.1. Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.
30. Evaluación y comparación de las Ofertas
30.1. El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2. Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Actividades, pero incluyendo los trabajos por día10, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c)haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO.
30.3. El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante.
10 Trabajos por día son los trabajos que se realizan según las instrucciones del Gerente de Obras y que se remuneran conforme al tiempo que le tome a los trabajadores, en base a los precios cotizados en la Oferta. Para que a los fines de la evaluación de las Ofertas se considere que el precio de los trabajos por día ha sido cotizado de manera competitiva, el Contratante deberá hacer una lista de las cantidades tentativas correspondientes a los rubros individuales cuyos costos se determinarán contra los días de trabajo (por ejemplo, un número determinado de días-hombre de un conductor de tractores, una cantidad específica de toneladas de cemento Portland, etc.), los cuales se multiplicarán por los precios unitarios para trabajos por día cotizados por los Oferentes e incluidos en el precio total de la Oferta.
30.4. En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.5. En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la IAO 30.2 (d), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos los lotes.
31. Preferencia Nacional
31.1. No se aplicará un margen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros.
F. Adjudicación del Contrato
32. Criterios de adjudicación
32.1. De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación (incluyendo los recursos destinados a la ejecución del diseño, las obras y el aseguramiento de la calidad) y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas.
33.1. No obstante lo dispuesto en la cláusula 32 de las IAO, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.11
34. Notificación de Adjudicación y firma del Convenio
34.1. Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la elaboración del diseño y ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el
11 El Contratante no deberá rechazar Ofertas o anular el proceso de licitación, excepto en los casos en que lo permiten las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo.
Contrato denominado el “Precio del Contrato”).
34.2. La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, y a la firma del Convenio, de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO.
34.3. El Convenio incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratante firmará y enviará el Convenio al Oferente seleccionado. Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido el Convenio, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante.
34.4. El Contratante publicará en el portal en línea del “UNDB” (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información:
(i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que, tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada.
35. Garantía de Cumplimiento
35.1. Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC.
35.2. Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante.
35.3. Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante.
35.4. El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta
o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Convenio y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las
IAO.
36. Pago de anticipo y Garantía
36.1. El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo.
37. Conciliador Técnico
37.1. El Contratante propone que se designe como Conciliador Técnico bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador Técnico, el Conciliador Técnico deberá ser nombrado por la autoridad
designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes.
Sección II. Datos de la Licitación
A. Disposiciones Generales
IAO 1.1 | El Contratante es el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), Asociado en la Implementación del Proyecto URU/14/007 PNUD. Los trabajos objeto del presente llamado consisten en la elaboración del Proyecto Ejecutivo y Construcción de las obras de la Policlínica Xxxx Xxxxxx en la calle Xxxxx s/n esquina Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Montevideo. La elaboración del Proyecto Ejecutivo se realizará a partir del Anteproyecto que | ||
forma parte de los documentos de licitación. | |||
El sistema de licitación y contratación es por un precio global, lo cual implica que los oferentes deberán considerar que, por la sola presentación de su propuesta, están incluidas en su cotización y serán de cargo de la empresa contratista, la elaboración del proyecto ejecutivo y construcción de las obras de acuerdo al mismo. El nombre e identificación del contrato son Licitación Pública Nacional N.º 137/19/ En la elaboración de las ofertas los oferentes deberán tener en cuenta lo establecido en el documento “Análisis Ambiental y Social” (AAS) – Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) del Programa Mejoramiento xx Xxxxxxx II Préstamo BID Nº 3097/ OC-UR, en particular a la parte B Marco del Plan de Gestión Ambiental y Social en lo referente a la fase constructiva o de ejecución del proyecto. | |||
IAO 1.2 | El Plazo previsto para la ejecución del Proyecto Ejecutivo es de | 75 | días |
calendario. | |||
El Plazo previsto para la ejecución de las obras es de | 210 | días calendario. | |
IAO 2.1 | El Prestatario es la República Oriental del Uruguay. | ||
IAO 2.1 | La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los requerimientos del Banco y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los países elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento a “préstamos” abarca los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: Préstamo BID Nº3097 / OC-UR. Fecha de firma: 14/02/2014. | ||
IAO 2.1 | El nombre del Proyecto es: Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx II Monto del financiamiento: U$S 70:000.000 | ||
IAO 3.3 | El oferente deberá presentar una nota de declaración y garantía (Sección IV Nota 3) | ||
IAO 4.2 (a) | No Aplica |
IAO 5.1 | No Aplica. Todos los Oferentes deberán presentar, los formularios y notas de conformidad con la Sección IV. |
IAO 5.2 | No aplica. El oferente deberá presentar el Formulario de Identificación del Oferente de la Sección IV Nota 6. |
IAO 5.3 (b) (c) (f) (g) | No aplican. El Oferente deberá presentar el Certificado de Valor Estimado de Contratación Anual libre (VECA) expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (RNEOP-MTOP), vigente a la fecha de apertura de ofertas, de acuerdo al Decreto N.º 208/009 de fecha 4 xx xxxx de 2009. Se considerarán los incumplimientos de los oferentes que figuren en el certificado del RNEOP-MTOP, lo que podrá dar lugar, a solo juicio de la Administración, a la descalificación del proponente. Valor Estimado de Contratación Anual libre mínimo requerido. El VECA libre de la empresa debe ser igual o mayor al monto de la oferta, excluidos los montos correspondientes a los aportes sociales y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). De acuerdo a lo referido en el Artículo 34 del Decreto 208/09: “Las empresas extranjeras interesadas en ofertar en tales procedimientos, deberán solicitar con 10 (diez) días de anticipación a la fecha de apertura de la licitación de que se trate, su inscripción y la expedición del certificado para ofertar. Deberán presentar, además del contrato social y sus modificaciones, título profesional del representante técnico, expedido o revalidado por la autoridad universitaria correspondiente, el que deberá ser acorde con la especialidad objeto del llamado, y resolución de sus autoridades, en la que conste: a) autorización para participar en la licitación; b) constitución de domicilio especial en la República; c) nombramiento de representantes técnico y legal con poderes suficientes; d) declaración de obligarse a constituir una sucursal u otro modo de representación permanente, en caso de resultar adjudicataria” |
IAO 5.3 (j) | El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es de hasta un 25% del precio total de la oferta. Los subcontratos cuyo monto individual supere el 10% del precio de la oferta deberán declararse mediante nota especificando el rubro, datos del subcontratista y experiencia cumpliendo con lo especificado en la IAO 5.5 (b) |
IAO 5.4 | El oferente y/o los oferentes con intención de consorciarse deberán: Acreditar en su oferta la inscripción de cada empresa en el Registro Único de |
Proveedores del Estado (XXXX) de la República Oriental del Xxxxxxx. Xx considerarán los incumplimientos de los oferentes que figuren en el certificado VECA expedido por el RNEOP - MTOP, lo que podrá dar lugar, a solo juicio de la Administración, a la descalificación del proponente. En lo referido al VECA para el caso de empresas extranjeras, aplica el Artículo 34 del Decreto 208/09. | ||||||||||||
IAO 5.5 (a) | No aplica. | |||||||||||
IAO 5.5 (b) (c) | Experiencia requerida en Proyectos Ejecutivos: el Contratista deberá presentar al menos 3 proyectos similares. Se deberá indicar descripción de los proyectos realizados, contratante, presupuesto y fecha de elaboración. Experiencia requerida en obra: refiere a volumen de obra en los siguientes rubros: | |||||||||||
RUBRO | UNIDAD | MINIMO POR OBRA | TOTAL | |||||||||
Arquitectura | M2 | 220 | 660 | |||||||||
Espacios Exteriores |
| M2 | 300 | 900 | ||||||||
A los efectos de la acreditación indicada se considerarán únicamente obras y proyectos ejecutivos similares al objeto de licitación, ejecutados en los últimos 10 años. Para ordenar la información de experiencia en obra solicitada, y con el fin de que las obras sean computables, se deberá armar un cuadro (detallando una obra por fila) indicando: | ||||||||||||
Licitación | Comitente | Referencia del Comitente (Nombre,Tel) | Rubro | Unidad | Metraje | Plazo (meses) | Periodo (años) | Fecha Recepción Provisoria | Monto ($U) | |||
La celda “Licitación” del cuadro supra, se completará si xxxxxxxxxxx. Xx considerará la experiencia del oferente y la de los subcontratos xxxxxxxxxx. Xx experiencia del subcontratista será válida únicamente para las actividades que se prevé subcontratar, debiéndose declarar expresamente en la oferta, el subcontrato. Obras: sólo serán computadas aquellas obras que cuenten con la Recepción |
Provisoria otorgada a la fecha de apertura de la licitación y/o Certificado de Cierre de Obra otorgado por BPS, cuyas fotocopias deberán ser presentadas en la oferta. Proyectos ejecutivos: sólo serán computados aquellos proyectos ejecutivos que cuenten con la aprobación del contratante respectivo otorgado a la fecha de apertura de la licitación, cuyas fotocopias deberán ser presentadas en la oferta. Podrá ser causal de rechazo el incumplimiento de cualquiera de los mínimos requeridos. | |
IAO 5.5 (d) | No aplica. |
IAO 5.5 (e) | Presentar Formulario Nº7 Personal Clave. Para la adjudicación del contrato, la figura de Administrador de Obra se sustituye por Técnico Residente. El Contratista deberá designar el siguiente Plantel Clave como mínimo: Para Elaboración del Proyecto Ejecutivo: Se exigirá al Contratista un plantel básico integrado por: 1. Arquitecto/a como Técnico Responsable del Proyecto Ejecutivo: Demostrar que ha elaborado al menos 3 (tres) proyectos ejecutivos de magnitud igual o superior al proyecto ejecutivo motivo de esta licitación, y que tenga una experiencia mayor a 5 años. 2. Ingeniero/a Agrimensor: El oferente deberá designar en su propuesta al profesional que se encargará de los trabajos de mensura descritos en los recaudos de la licitación, debiendo el mismo suscribir la nota en que se le designa, en señal de aceptación. Podrá ser el mismo que se designe para la ejecución de las obras. Para la Ejecución de las Xxxxx. Xx exigirá al Contratista un plantel básico integrado por: 1- Un Ingeniero o Arquitecto como Técnico residente de obra. Demostrar que ha participado en al menos 2 (dos) obras de magnitud igual o superior a las obras motivo de esta licitación, y que tenga una experiencia mayor a 5 años como Técnico Residente de Obra. 2- Un Ingeniero o Arquitecto como Representante Técnico. Demostrar que ha participado en al menos 2 (dos) obras de magnitud igual o superior a las obras motivo de esta licitación, y que tenga una experiencia en la profesión mayor a 5 años. 3- Los capataces de obra: deben pertenecer al plantel de la empresa al momento que ésta se presenta a la licitación y tener una experiencia en el |
cargo, en la empresa o en otras, no inferior a 5 (cinco) años y acreditar experiencia en los rubros solicitados en la IAO 5.5 (b) por lo menos un volumen similar a lo establecido como mínimo por obra. 4- Ingeniero Agrimensor. El oferente deberá designar en su propuesta al profesional que se encargará de los trabajos de mensura descritos en los recaudos de la licitación, debiendo el mismo suscribir la nota en que se le designa, en señal de aceptación. Podrá ser el mismo que se designe para la elaboración del Proyecto Ejecutivo. | |
IAO 5.5 (g) | Solo aplica lo siguiente: Un historial consistente de litigios desfavorables o laudos arbitrales desfavorables en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA podría ser causal para su descalificación. |
IAO 5.6 | No aplica. El monto de calificación detallado en el Certificado VECA de cada uno de los integrantes de una APCA se sumará a fin de determinar el VECA del Oferente. Para que pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinticinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establece en la IAO 5.5 (b); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, podrá dar lugar, a solo juicio de la Administración, a la descalificación de la oferta presentada por la APCA. En la evaluación de la experiencia requerida podrán adoptarse los siguientes criterios complementarios: a) la experiencia de los subcontratistas, siendo valida únicamente para las actividades que se prevé subcontratar, debiéndose declarar expresamente en la oferta, el subcontrato. b) la experiencia por Categorías que registra como antecedentes en el VECA presentado por cada oferente. c) la incidencia en costos, según presupuesto ofertado por la APCA, de los rubros solicitados en la IAO 5.5 (b). En lo referido al VECA para el caso de empresas extranjeras, aplica el Artículo 34 del Decreto 208/09. |
IAO 5.7 | No xxxxxx. Xx considerará la experiencia y los recursos de los subcontratistas para la elaboración del proyecto ejecutivo y ejecución de las obras objeto de ésta licitación. La experiencia del subcontratista será válida únicamente para las actividades que se prevé subcontratar, debiéndose declarar expresamente en la oferta, el subcontrato. |
IAO 8.1 | El Contratante realizará una reunión informativa y una visita al sitio de obras. |
La visita al sitio de obra tendrá carácter obligatorio para todos los oferentes. Para poder presentar una oferta, se deberá contar con el certificado de asistencia correspondiente. La reunión informativa tendrá lugar el día (11) de (marzo) de (2019) a las (11:00) horas en el PNUD, Paraguay 1470 Piso 5. La visita al sitio de obra tendrá lugar el día (11) de (marzo) de (2019) a las (12:00) horas en (Xxxxx s/n esquina Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Nuevo París, Montevideo) |
B. Documentos de Licitación
IAO 9.1 | Sección VIII – Planos. Se sustituye por recaudos gráficos y escritos. | |
IAO 10.1 | La fecha límite para solicitar aclaraciones es hasta el día | (18) de (marzo) |
de (2019) | ||
E-mail: xxxxxxxxxxxxx.xx@undp.org La fecha límite para dar respuesta a las consultas es hasta el día (21) de (marzo) de (2019) Las preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y, por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado. Se enviará copia escrita de las respuestas a todos los interesados que hayan retirado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen. |
C. Preparación de las Ofertas
IAO 12.1 | El idioma en que deben estar redactadas las Ofertas es: español |
IAO 13.1 | La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: Se agrega a la lista: Documentación general: 1. Requisito Obligatorio. Garantía de mantenimiento de oferta (a primer requerimiento) en original y copia conjuntamente con la oferta. Se expedirá el recibo durante el acto de apertura. Se deberá presentar en las oficinas de PNUD en Paraguay 1470 Piso 5. 2. Recibo de adquisición de los recaudos de la licitación. |
3. Certificado de inscripción y capacidad de contratación anual (VECA) expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), (Decreto N°208/009 del 04 xx xxxx de 2009). Las empresas extranjeras deben cumplir con lo dispuesto por el artículo 34 del citado decreto. 4. Intención de Consorcio: Si se tratare de Empresas que proyectan consorciarse en caso de resultar adjudicatarias, deberán agregar la Carta- Intención respectiva donde constará: denominación, domicilio, participación de cada Empresa, teléfono, fax, administración, poder de representación, representante legal y técnico y declaración de solidaridad de los integrantes del futuro consorcio e indivisibilidad de las obligaciones, dado mediante certificado notarial. 5. Acreditación de la representación del proponente en los siguientes términos: representante legal de la empresa que firma la propuesta, representante técnico y representante para el acto de apertura con facultades suficientes para comprometer, realizar observaciones, aclaraciones y firmar el acta en nombre de la misma. Ello podrá estar documentado en un poder general, en uno especial para cada llamado o en una carta poder con firmas certificadas y personería jurídica de la empresa oferente mediante certificado notarial. 6. Copia fiel del Certificado digital del Registro Nacional de Actos Personales, libre, otorgada por Escribano/a Público. En caso de existir inscripciones, las mismas deberán ser descartadas por Escribano (Sólo para empresas nacionales; no es exigible para las Empresas extranjeras). 7. Para empresas extranjeras rige el Artículo 34 del Decreto 208/009 ya referido en IAO 5.3. 8. Presentar constancia de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), vigente a la fecha de apertura de la licitación. Documentos referidos a la oferta: 9. Formulario de Oferta (indicado en la Sección IV) indicando el Precio Global expresado en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula IAO 15.1 por la totalidad de los trabajos; discriminando el Precio Global de la forma que indica el Formulario. 10. La Lista de actividades valoradas (es decir con indicación de precios). Se entregará CD de respaldo en formato de planilla de cálculo editable. 11. Nota en la que manifiesta y declara (Sección IV: Nota 4 para Empresas, Nota |
5 para APCA): - haber analizado los recaudos del objeto del llamado y las modificaciones o complementos propuestos y aprobados por la Contratante; y en consecuencia acepta elaborar el proyecto ejecutivo y ejecutar las obras y servicios necesarios de acuerdo al mismo para cumplir con el objeto del Contrato, por el monto global ofertado. - que la oferta cumple sustancialmente con los documentos de la licitación - el precio global ofertado incluye la totalidad de honorarios y costos necesarios para elaborar el proyecto ejecutivo, realizar los trabajos y obras especificadas. - que no se han pagado ni se pagarán ningún tipo de comisiones o gratificaciones. - nuestra oferta cumple sustancialmente con los documentos de licitación - Que la suma de los subcontratos propuestos no supera en su conjunto el 25% del precio total de la oferta. 12. Cronograma de avance físico (%) y financiero ($). 13. Plan de Trabajo: Diagrama xx Xxxxxx (XXXXX) tiempo/avance de los ítems por períodos mensuales, mediante barras que mensuren la magnitud del avance porcentual de los trabajos con respecto al ítem en particular y al suministro en general. 14. La apertura en rubros y subrubros será la que se indique en la Sección IX – Lista de Actividades. Anexo VII: Lista de Chequeo de la Xxxxxxxxxxxxx. Xx misma no sustituye a lo especificado en el Documento de Contratación de Diseño y Construcción de Obras Menores, sino que lo resume y complementa. | |
IAO 13.1 (a) IAO 13.1 (d) (e) | Donde dice carta de oferta debe decir Formulario de Oferta. No aplica. |
IAO 14.1 | El cálculo de los metrajes del rubrado será de responsabilidad del contratista. |
IAO 14.4 | Los precios unitarios estarán sujetos a ajustes de precio de conformidad con la cláusula 47 de las CGC. |
IAO 14.5 | Derecho del Contratante a modificar las cantidades. El Contratante se reserva el derecho de aumentar o reducir las cantidades especificadas en la Lista de Actividades hasta un 25%. |
IAO 15.1 | La moneda del País del Contratante es: pesos uruguayos |
IAO 15.2 | No aplica. | |
IAO 15.3 | No aplica. | |
IAO 15.4 | No aplica. | |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de 180 (ciento ochenta) días. | |
IAO 16.3 | No aplica. | |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco o una aseguradora extendida “a la vista” (a primer requerimiento) utilizando el formulario para garantía de la Oferta (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. Forma de la Garantía de Mantenimiento de Oferta (a primer requerimiento): Aval bancario o Póliza de Seguro de fianza emitida por banco establecido en la República Oriental del Uruguay. La garantía estará emitida a nombre de: Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), asociado en la implementación del Proyecto URU/14/007 –PNUD. El contratante podrá, si lo considera conveniente, conceder un plazo de dos (2) días hábiles, a los efectos de que los oferentes subsanen cualquier defecto vinculado a la garantía de mantenimiento de oferta. | |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de Oferta es | : $ 218.697 (pesos |
uruguayos (pesos uruguayos doscientos dieciocho seiscientos noventa y | ||
siete)) | . | |
IAO 18.1 | No Aplica. | |
IAO 19.1 | Los Oferentes deberán presentar su oferta de la siguiente forma: 1 original de la oferta 2 copia completa del xxxxxxxx 0 copias completas en formato digital (el archivo de la oferta económica deberá ser presentado en planilla de cálculo editable tipo Excel o similar). | |
IAO 19.4 | No aplica. En la Nota de Declaración y Manifestación (Nota 4 o 5 según corresponda), el Oferente deberá declarar y manifestar sobre comisiones o gratificaciones, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. |
D. Presentación de las Ofertas
IAO 20.1 | Los Oferentes NO podrán presentar Ofertas electrónicamente | ||
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Dirección: Xxxxxxxx 0000 Xxxx 0. Xxxxxx x Xxxxxx postal: Montevideo, Código Postal 11.100 | ||
País: | Uruguay | ||
IAO 20.2 (b) | Licitación Pública (Nacional) N.º 137/19. |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá leer
“NO ABRIR ANTES De las (16:00) hs del día ” | |||||
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán: el día | |||||
(28) | de | (marzo) | de | (2019) | a las (16:00) hs, hora en la cual se realizará la | |
apertura de las ofertas presentadas. |
(28) | de | (marzo) | de | (2019) |
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas
IAO 24 | El Contratante nombrará, previo a la apertura de ofertas, una Comisión Evaluadora para realizar el estudio de las propuestas, la cual estará integrada por técnicos del contratante y del PNUD. |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en las oficinas de PNUD en Uruguay Dirección: Xxxxxxxx 0000 Xxxx 0 Fecha: (dìa) de (mes) de (año). Hora: (hora) |
IAO 24.3 | Se agrega: En el Acto de Apertura sólo podrán ser rechazadas liminarmente las ofertas que se presenten tardías. |
IAO 25.1 | Iniciado el período de evaluación de ofertas y hasta la notificación oficial del resultado de la licitación, se considerará confidencial toda información relacionada con el examen, las aclaraciones y evaluación de las ofertas, así como las recomendaciones de adjudicación de la xxxxxxxxxx. Xx información considerada confidencial no podrá ser conocida por, o divulgada a, personas que no estén directa y oficialmente involucradas con la evaluación de las ofertas. Dicha prohibición incluye a los Oferentes. |
IAO 26 | Se agrega que: 1. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable – entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de licitación – el Contratante podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el Oferente suministre la información faltante. 2. No se podrá considerar error u omisión subsanable, la falta de firma de la oferta, la ausencia de garantía o cualquier corrección que altere la sustancia de su oferta o que la mejore. |
IAO 27 | Se agrega que: la falta de coherencia, a juicio del contratante, constatada mediante la documentación indicada, entre el precio global ofertado y el detalle |
de actividades y/o sub actividades, metrajes y precios unitarios, el plazo de elaboración del proyecto ejecutivo, el plazo de obra, el plan de trabajo, el cronograma financiero y el equipo técnico propuesto dará lugar al rechazo de la oferta. | |
IAO 27.1 (e) | No aplica. |
IAO 30.5 | No aplica. |
F. Adjudicación del Contrato
IAO 32.1 | De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación (incluyendo los recursos destinados a la ejecución del diseño, las obras y el aseguramiento de la calidad) y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4.1 y 4.2 (b) de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. |
IAO 34.2 | 1. Previo a la notificación de la Resolución de Adjudicación y/o de la Carta de Aceptación el Contratante podrá solicitar información complementaria a efectos de verificar que la empresa cumple con lo especificado en las cláusulas 5.3 (g) y 5.5 (e). El incumplimiento de las condiciones allí establecidas por parte del oferente seleccionado constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato, procediendo a la adjudicación del oferente que sigue en el orden de prelación establecido en el Informe de la Comisión Evaluadora. 2. La Carta de Aceptación dará inicio a la etapa de ajuste de los términos finales del Xxxxxxxx. Xx destacan los siguientes temas de negociación: • Plan para la elaboración del Proyecto Ejecutivo (Programa) • Plan de Obra (Programa) • Implantación de Obra • Trabajos por día • Lista de Contratistas En forma paralela el oferente seleccionado irá preparando la documentación necesaria para la firma del contrato: • El Plan de Trabajo y cronograma de tareas aprobados por el Contratante. • Las Actas que las partes suscriban a los fines de la ejecución del contrato. |
• El Certificado que habilita al adjudicatario a suscribir el Contrato, expedido por el Registro Nacional de Empresas del MTOP (Certificado xx XXXX LIBRE para contratar). • Constancia de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) en calidad de ACTIVO. • Certificado de Banco de Seguros del Estado (BSE), vigente a la firma de contrato. • Copia fiel del Certificado digital del Registro Nacional de Actos Personales, libre, otorgada por Escribano/a Público, ampliados a la firma del contrato. En caso de existir inscripciones, las mismas deberán ser descartadas por Escribano (Sólo para empresas nacionales; no es exigible para las Empresas extranjeras). • Certificado Notarial de vigencia y representación legal de la adjudicataria. • En caso de APCAs: Documento de constitución del APCA, Documento por el cual el consorcio o grupo o conjunto de empresas se constituyan en obligados solidarios del cumplimiento del contrato; Cumplimiento o terminación del registro de la empresa o consorcio extranjero adjudicatario en el Registro Nacional de Empresas del MTOP. • Garantía de fiel cumplimiento del Contrato (a primer requerimiento) | |
IAO 34.3 | El Convenio (Contrato de Elaboración de Proyecto Ejecutivo y Obra Física) incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. (Anexo III. Modelo de Contrato) La Carta de Aceptación (Anexo II) se presentará luego que las empresas oferentes den su conformidad a la notificación de la Resolución de adjudicación o finalice el plazo legal para la interposición de recursos administrativos. El adjudicatario en un plazo máximo de 5 días corridos, contados a partir del día siguiente de haber recibido la carta de aceptación, presentará la Garantía de Cumplimiento de Contrato de conformidad con la Cláusula 35 de las IAO y toda otra documentación necesaria para la firma del Xxxxxxxx. Xx los plazos vencieren en día inhábil, la obligación se trasladará al día hábil inmediato siguiente. |
IAO 35.1 | La firma del contrato se realizará en un plazo máximo de 10 días corridos, contados a partir del día siguiente de haber recibido el adjudicatario la carta de aceptación, previo cumplimiento de lo estipulado en la IAO 34.3 Si éste plazo venciere en día inhábil la obligación se trasladará al día hábil |
inmediato siguiente. El monto de dicha garantía es del 5 % (cinco por ciento) del monto total del Contrato y se constituirá mediante depósito efectivo, aval bancario, bonos xxx xxxxxx, póliza de seguros de fianza extendida a la vista o a primer requerimiento. | |
IAO 35.4 | El incumplimiento de lo establecido en la IAO 34.3 podrá dar mérito a la anulación de la adjudicación y a la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta, pudiendo el contratante proceder a la adjudicación del oferente que sigue en el orden. |
IAO 36.1 | El pago de anticipo será por un monto máximo del 10% (diez por ciento) del Precio del Contrato excluyendo el monto correspondiente al rubro proyecto ejecutivo. El pago del anticipo financiero solicitado por el contratista estará sujeto a la aprobación del contratante. |
IAO 37.1 | No aplica. |
Sección III. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras
y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1. Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
1.1. Lista de Países de conformidad con el Acuerdo del Fondo Administrado:
(Incluir la lista de países)]
2. Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Formulario de la Oferta
Fecha:
Préstamo Nº: 3097/OC-UR
Llamado a Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) N.º (número de licitación) A: Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx
De nuestra mayor consideración:
….......(Nombre de la empresa)............ representada por …...................., C.I en
su calidad de Representante Legal con domicilio real de la empresa en la calle N.º
…..... de la ciudad de ….........................., …..............................(país) y con domicilio
local en la calle …........................... de la ciudad de ….................., …..(país) , con fax N.º
…............................., luego de haber examinado los documentos de licitación, incluidas todas sus enmiendas, los suscritos ofrecemos elaborar el Proyecto Ejecutivo y construir las obras descritas en y de conformidad con dichos documentos, por un monto global, único y
total de $
…...................(pesos uruguayos );
que incluye los
correspondientes aportes al Banco de Previsión Social, los montos abonados en concepto del Impuesto al Valor Agregado por los insumos gravados y todo tributo exigido por la legislación vigente de acuerdo con el siguiente detalle:
Proyecto Ejecutivo:
Monto Básico: $
Impuesto al Valor Agregado (IVA): $
Subtotal (Monto Global): $
Obras a ser ejecutadas que integran los recaudos de la licitación:
Monto Básico: $
Impuesto al Valor Agregado (IVA): $
Leyes sociales: $
Subtotal (Monto Global): $
Proyecto Ejecutivo y Obras a ser ejecutadas que integran los recaudos de la licitación:
Total (Monto Global): $
1. Confirmamos que estamos preparados y organizados para ejecutar el ejecutivo de las obras y proporcionarle adecuada supervisión técnica
proyecto para el
aseguramiento de la calidad, la obtención de los permisos, autorizaciones y consentimientos regulatorios necesarios para la aprobación de los planos y diseños definitivos y para el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental, social, seguridad y salud en el trabajo del país por parte del Contratista.
2. Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la IAO 4.1. En caso de que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
3. Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la IAO 4.3.
4. No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
5. Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
6. Si nuestra oferta es aceptada, contrataremos una garantía de cumplimiento de contrato equivalente al 5% del monto del mismo para asegurar el debido cumplimiento de éste en forma prescrita por el Contratante.
7. Nos comprometemos a mantener esta oferta por un período de 180 días calendario a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas conforme a las DDL; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que venza dicho plazo.
8. Esta oferta, junto con su aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirá un Contrato valedero hasta que se firme un Contrato formal.
9. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar nuestra oferta ni ninguna otra de las ofertas que reciban.
10.El monto de mano de obra imponible es de $ …..........................(no forma parte del monto global)
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de ,
extendemos la presente declaración el día …... del mes de …..... de 20......
Firma:
Aclaración de firma:
2. Certificado del Proveedor
3.- Nota de Declaración y Garantía (IAO 3.3)
En la ciudad de (Especificar Ciudad), el (día) de (mes) de (año) Por la presente la empresa: (nombre fiscal de la empresa oferente) Con domicilio legal en: (Dirección fiscal de la empresa oferente)
Teléfono: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Fax: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la
Documentación General)
Dirección de correo electrónico (Dirección de correo electrónico especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Todas las direcciones son válidas para recibir notificaciones referentes a la Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) Nº (Especificar número de licitación según llamado)
Declaramos y garantizamos que:
a. que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
b. que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
c. que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
d. que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
e. que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
f. que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
g. que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
Por (especificar nombre del oferente)
Firma del representante legal autorizado
Aclaración de firma
4.- Nota de Manifestación y Declaración
IAO 13.1 Documentos Referidos a la oferta, punto 3
En la ciudad de (especificar ciudad), el (día) de (mes) de (año)
Por la presente la empresa: (nombre fiscal de la empresa oferente) Con domicilio legal en: (Dirección fiscal de la empresa oferente)
Teléfono: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Fax: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Dirección de correo electrónico (Dirección de correo electrónico especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Todas las direcciones son válidas para recibir notificaciones referentes a la Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) Nº (Especificar número de licitación según llamado)
Se manifiesta y declara que en relación a esta licitación:
• haber analizado los recaudos objeto del llamado y las modificaciones o complementos propuestos y aprobados por el Contratante; y en consecuencia acepta elaborar el proyecto ejecutivo y ejecutar las obras y servicios necesarios de acuerdo al mismo para cumplir con el objeto del Contrato, por el monto global ofertado.
• el precio global ofertado incluye la totalidad de honorarios y costos necesarios para elaborar el proyecto ejecutivo, realizar los trabajos y obras especificadas
• no se han pagado ni se pagarán ningún tipo de comisiones y gratificaciones.
• nuestra oferta cumple sustancialmente con los documentos de licitación
• Que la suma de los subcontratos propuestos no supera en su conjunto el 25% del precio total de la oferta.
Por (especificar nombre del oferente)
Firma del representante legal autorizado
Aclaración de firma
5.- Nota de Manifestación y Declaración IAO 5.4 Documentos Referidos a la oferta.
En la ciudad de (especificar ciudad), el (día) de (mes) de (año)
Por la presente el Consorcio “especificar nombre de intención”: (nombre fiscal de cada una de las empresas participantes del mismo)
Con domicilio legal en: (Dirección fiscal del socio designado como representante del consorcio)
Teléfono: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Fax: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Dirección de correo electrónico (Dirección de correo electrónico especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Todas las direcciones son válidas para recibir notificaciones referentes a la Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) Nº (Especificar número de licitación según llamado)
Se manifiesta y declara que en relación a esta licitación:
• haber analizado los recaudos objeto del llamado y las modificaciones o complementos propuestos y aprobados por el Contratante; y en consecuencia acepta elaborar el proyecto ejecutivo y ejecutar las obras y servicios necesarios de acuerdo al mismo para cumplir con el objeto del Contrato, por el monto global ofertado.
• el precio global ofertado incluye la totalidad de honorarios y costos necesarios para elaborar el proyecto ejecutivo, realizar los trabajos y obras especificadas
• no se han pagado ni se pagarán ningún tipo de comisiones y gratificaciones.
• nuestra oferta cumple sustancialmente con los documentos de licitación.
• Que la suma de los subcontratos propuestos no supera en su conjunto el 25% del precio total de la oferta.
Por (especificar nombre del oferente)
Firma del representante legal autorizado
Aclaración de firma
6.- Formulario de Identificación del Oferente “Nombre del oferente”
Licitación Pública (Indicar Nacional o Internacional) N. º (especificar número de la licitación según el llamado)
En la ciudad de (especificar ciudad), el (día) de (mes) de (año) Razón Social de la Empresa:
Nombre Comercial de la Empresa:
R.U.T.
Domicilio Fiscal: (Indicar Calle, Nº de puerta, oficina (si corresponde), país, ciudad, localidad)
Tel y Fax:
Correo Electrónico:
Número de registro en el BPS:
Registro Proveedor del Estado: (Indicar número de registro) Exento de IVA: (Indicar si o no):
Representante Legal: (Nombre) Tel/Cel: Correo Electrónico:
Representante Técnico: (Nombre) Tel/Cel: Correo Electrónico:
Titular de la Empresa (Nombre) Tel/Cel: Correo Electrónico:
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado.
Todas las direcciones son válidas para recibir notificaciones referentes a la Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) Nº (Especificar número de licitación según llamado)
Por (especificar nombre del oferente)
Firma del representante legal autorizado
Aclaración de firma:
7.- Formulario de Personal Clave (IAO 5.5 e)
En la ciudad de (especificar ciudad), el (día) de (mes) de (año)
Por la presente la empresa: (nombre fiscal de la empresa oferente) Con domicilio legal en: (Dirección fiscal de la empresa oferente)
Teléfono: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Fax: (Teléfono especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Dirección de correo electrónico (Dirección de correo electrónico especificado en la Nota del oferente según IAO 13.1 inciso 5 de la Documentación General)
Todas las direcciones son válidas para recibir notificaciones referentes a la Licitación Pública (especificar Nacional o Internacional) Nº (Especificar número de licitación según llamado)
Item No. | Posición / Especialización | Profesión | Años de experiencia en Posición/Especialización |
1 | [Representante del Legal] | ||
2 | [Representante del Técnico] | ||
Personal clave para la elaboración del Proyecto Ejecutivo | |||
3 | [Responsable Técnico del Proyecto Ejecutivo] | ||
Personal clave para la construcción | |||
4 | [Técnico Jefe de Obra] | ||
5. | [Técnico Residente de Obra] | ||
6 | [Capataz de obra] | ||
7 | [Ingeniero Agrimensor] | ||
8 | [Técnico Prevencionista] |
Por (especificar nombre del oferente) Firma del representante legal autorizado
Aclaración de firma
1. Definiciones
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales
1.1. Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas.
(a) El Conciliador Técnico es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC.
(b) La Lista de Cantidades y Actividades es la lista especificada por el Contratante en el documento de Licitación, que es aceptada o modificada y presentada por el Oferente, con indicación de las cantidades actividades y precios, que forma parte de la Oferta;
(c) Calendario de Actividades es la lista debidamente preparada por el Contratista, con indicación de la secuencia, las duraciones y el programa de las Actividades que componen el diseño y la construcción de las obras.
(d) Diseños son los documentos preparados por el Contratista para ser aprobados por el Gerente de Obras antes del Inicio de las Obras que incluyen las descripciones de las obras, las especificaciones técnicas, memorias de cálculo, estudios básicos ejecutados, planos, y calendarios y permisos para la ejecución de las Obras. La aprobación del Gerente de Obras no implica corresponsabilidad por el diseño;
(e) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC.
(f) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC.
(g) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para diseñar, ejecutar, terminar, reparar si fuese necesario, y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC;
(h) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para el diseño y la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante.
(i) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante.
(j) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato.
(k) Días significa, días calendario continuos; es decir aquellos que transcurren inexorablemente, sin considerar que sean hábiles, laborables, feriados y festivos.
(l) Meses significa meses calendario.
(m) Trabajos por día, si se especifican, significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.
(n) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
(o) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(p) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación.
(q) Los Planos incluyen los diseños, cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato.
(r) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la elaboración del diseño y construcción de las Obras, según se estipula en las CEC.
(s) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(t) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante.
(u) La Fecha Prevista de Finalización de los Diseños de las Obras es la fecha que se prevé que el Contratista deba terminar los diseños de las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(v) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(w) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(x) Planta es cualquier parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(y) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar el diseño de las obras, la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato
(z) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(aa) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
(bb) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.
(cc) Especificaciones significa las especificaciones mínimas de las Obras que el contratante incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras, y que el contratante respetará o sustituirá por especificaciones iguales o superiores al ejecutar el diseño final de las obras y cualquier modificación o adición aprobada por el Gerente de Obras.
(dd) Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento significan aquellas incluidas en las CEC y en la Sección VII. Allí se especifican: la finalidad, alcance y requisitos y/u otros criterios técnicos para el Diseño y las Obras y que deben ser necesariamente cumplidas por el Contratista. Los Diseños y las Obras serán adecuados a las finalidades y propósitos de la Obra;
(ee) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar el diseño de las obras y puede realizar las obras preliminares que están estipuladas en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
(ff) La Fecha de Inicio de las Obras es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las obras con diseño aprobado por el Gerente de Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
(gg) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.
(hh) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.
(ii) Obras Preliminares son las obras que el Contratista puede emprender sin haber obtenido la aprobación de los diseños de las Obras a los que se refiere el literal (d) arriba y que incluye al menos: movilización, establecimiento y construcción de campamentos, trazo y replanteo, limpieza, excavaciones, recolección de muestras y mediciones tales como percolación, capacidad soportante, y movimiento de tierra menores para accesos;
(jj) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras.
(kk) Las Obras son todo aquello que el Contrato exige al Contratista: diseñar, construir, instalar, reparar si corresponde, bajo un esquema de responsabilidad única del Contratista y entregar al Contratante como se define en las CEC e incluye las obras permanentes, definitivas y las correcciones de defectos, si corresponde;
(ll) Banco es el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con Sede en Washington D.C.;
(mm) Supervisión Técnica son los trabajos de ingenieros inspectores, laboratoristas y personal de control de calidad del Contratista que deberán demostrar en todo momento que el diseño se ajusta a las mejores prácticas de la ingeniería y que la construcción de las Obras se ajustan a la Sección VII, bajo un esquema de responsabilidad única del Contratista. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento del Documento de Licitación, en los Planos y detalles de las Obras como aprobadas por el Gerente de Obras. Incluye las inspecciones de los ingenieros, arquitectos y especialistas que ejecutaron los diseños de las Obras y la supervisión del cumplimiento de las obligaciones ASSS inherentes a las Obras. La Supervisión Técnica del Contratista debe colaborar en todo momento con la Supervisión del Contratante;
(nn) Obligaciones Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud Laboral (en adelante “ASSS”) son los requisitos nacionales en esos temas, y si no existieran, son los contenidos en las normas y políticas del Banco Interamericano de Desarrollo y en las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento;
(oo) Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento es la Sección VII del Documento de Licitación que contiene los requisitos del Contratante para la ejecución del diseño, la construcción de las obras y la operación y mantenimiento, si corresponde.
2. Interpretación
2.1. Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC.
2.2. Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras).
2.3. Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:
(a) Convenio.
(b) Diseños aprobados por el contratante.
(c) Especificaciones y condiciones de cumplimiento.
(d) Carta de Aceptación,
(e) Oferta,
(f) Condiciones Especiales del Contrato,
(g) Condiciones Generales del Contrato,
(h) Especificaciones,
(i) Planos,
(j) Lista de Actividades, y
(k) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato.
3. Idioma y Ley Aplicables.
3.1. El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las CEC.
4. Decisiones del Gerente de Obras.
4.1. Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista.
5. Delegación de funciones.
5.1. El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador Técnico, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.
6. Comunicaciones.
6.1. Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.
7. Subcontratos.
7.1. El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista.
8. Otros Contratistas.
8.1. El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista.
9. Personal.
9.1. El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista.
9.2. Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.
10.Riesgos del Contratante y del Contratista.
10.1. Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista.
11.Riesgos del Contratante.
11.1. Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante:
(a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) del personal del contratante como consecuencia de:
(i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o
(ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.
(b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras.
11.2. Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de:
(a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación;
(b) fallas del Contratista o en el diseño hecho por el contratista;
(c) fallas o negligencia en la Supervisión Técnica del contratista;
(d) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o
(e) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación.
12.Riesgos del Contratista.
12.1. Desde la Fecha de Inicio (del diseño y de las Obras preliminares) hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, el diseño, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista, bajo un esquema de responsabilidad única del Contratista.
12.2. Son riesgos del Contratista el incumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo (ASSS) establecidos en la ley aplicable.
12.3. Constituye riesgo del Contratista aquella información entregada por el Contratante en el Documento de Licitación, sobre la cual el Contratante no ha hecho representación de veracidad y suficiencia alguna. El Contratista reconoce que ha
hecho diligente y debido escrutinio de la misma y que es su riesgo confiar o no en dicha información. El Contratista es responsable entonces de interpretar la información entregada por el Contratante y la modificará o no a su criterio para poder alcanzar las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento y sus propósitos.
13.Seguros.
13.1. El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista:
(a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales;
(b) pérdida o daños a -- los Equipos;
(c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato;
(d) lesiones personales o muerte.
(e) Responsabilidad profesional por el diseño de las obras.
13.2. El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados.
13.3. Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. Esta posibilidad no puede ser considerada como una obligación a cargo del Contratante.
13.4. Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras.
13.5. Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro.
14.Informes de investigación del Sitio de las Obras.
14.1. El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras que él realice y cualesquiera otros indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el contratista. La información que ha entregado el Contratante es meramente referencial y debe entenderse como un riesgo del Contratista.
15.Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato.
15.1. El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.
16.Diseño y Construcción de las Obras por el Contratista
16.1. El Contratista deberá diseñar, construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento y los Planos aprobados por el Gerente de Obra.
16.2. Las condiciones del terreno más desfavorables que las que razonablemente se podían inferir a partir de los estudios informativos entregados por Contratante y los estudios e investigaciones adicionales del Contratista durante la preparación del diseño de las obras son un riesgo del Contratista.
17.Terminación de las Obras en la fecha prevista.
17.1. El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Xxxxxx y deberá ejecutarlas de acuerdo con el diseño aprobado, el Programa que hubiera presentado y el Calendario, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.
18.Aprobación por el Gerente de Obras.
18.1. El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las memorias de cálculo, los diseños, las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales y permanentes propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento, las Especificaciones mínimas, con el diseño conceptual del Contratante y la Oferta aceptada que fue presentada por el Contratista (en último término) y los Planos.
18.2. El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales y permanentes de conformidad con las mejores prácticas de la ingeniería, los códigos y las normas de construcción del País del Contratante, y si estos no existieran, con normas y códigos internacionalmente aceptados según la determinación del Gerente de Obras.
18.3. La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras Permanentes, Preliminares o Provisionales. El único responsable del Diseño es el Contratista y la aprobación, por parte del Gerente de Obras, no hace a este o al Contratante responsable del Diseño revisado. La responsabilidad del diseño es exclusiva del Contratista.
18.4. El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras permanente, provisionales o modificaciones de los diseños por parte de terceros cuando sean necesarias.
18.5. Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras permanentes, provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización. La regla de responsabilidad
establecida en CGC 18.3 supra, aplica también en cuanto a la aprobación de planos.
18.6. El Contratista entregará el Diseño al Gerente de Obras para que este evalúe si lo aprueba o no, en el nivel de diseño establecido en las CEC y en la oportunidad establecida y con el número de copias y formato también allí establecido.
19.Seguridad.
19.1. El Contratista será responsable por las obligaciones en materia ambiental, social y de seguridad y salud laboral de todas las actividades en el Sitio de las Obras, de conformidad con las regulaciones del País del Contratante, y si no existieran, de conformidad con las estipulaciones de las condiciones contractuales y las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento.
20.Descubrimientos.
20.1. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.
21.Toma de posesión del Sitio de las Obras.
21.1. El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable en cuanto afecten la ruta crítica de las obras.
22.Acceso al Sitio de las Obras.
22.1. El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.
23.Instrucciones, Inspecciones y Auditorias.
23.1. El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras.
23.2. El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del
proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco.
24.Controversias.
24.1. Si el Contratista considera que el Gerente de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador Técnico dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Obras.
25.Procedimientos para la solución de controversias.
25.1. El Conciliador Técnico deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
25.2. El Conciliador Técnico será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador Técnico a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador Técnico. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador Técnico será definitiva y obligatoria.
25.3. El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC.
26.Reemplazo del Conciliador Técnico.
26.1. En caso de renuncia o muerte del Conciliador Técnico, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador Técnico no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador Técnico. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador Técnico será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición.
B. Diseño de las Obras
27.Diseño de las Obras
27.1. El Contratista diseñará las Obras. El Gerente de Obras deberá aprobar el diseño de las Obras. El Contratista no podrá iniciar las Obras (incluidas las Obras Preliminares y Obras Provisionales) sin la aprobación del Gerente de Obras. El Gerente de Obras podrá rechazar el diseño de las obras o parte del diseño de las obras si no se ciñen a las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento o no cumplen con la legislación aplicable.
27.2. El Contratista deberá rectificar los diseños o las partes de los diseños que el Gerente de Obras haya rechazado. Si el Gerente de Obras decide rechazar los diseños rectificados, el Gerente de Obras notificará al Contratista su intención de terminar el Contrato por incumplimiento fundamental del Contratista de conformidad con la Cláusula 59.2 (a).
27.3. El Contratista podrá expresar su inconformidad respecto a la decisión del Gerente de Obras de terminar el Contrato según el procedimiento de la Cláusula 24.1.
27.4. Para los efectos de la aprobación del diseño, cada parte dispone de un plazo máximo de siete (7) días para emitir su pronunciamiento, decisión, solicitud de rectificación, rechazo, solicitud de aclaración, aceptación o inconformidad a partir de la notificación de la otra parte. Si una parte no se pronuncia dentro del plazo, se entenderá el silencio como contestación en sentido negativo y las partes procederán en correspondencia.
27.5. Donde sea posible, y si fuere especificado en las CEC, de conformidad con las regulaciones del país del Contratante, el Contratista es responsable de obtener oportunamente los permisos, licencias y consentimientos, incluyendo las licencias ambientales y permisos municipales, necesarios para ejecutar las instalaciones provisionales y las Obras permanentes por él diseñadas. En las CEC se identificará los encargados y se definirá el alcance de esta responsabilidad.
27.6. El Contratista es responsable que el diseño de las obras cumpla con los requisitos ambientales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo, establecidos en las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento, y si no se especificaron, en la ley aplicable.
C. Control de Plazos
28.Programa.
28.1. Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas al diseño, la construcción y las tareas de la Supervisión Técnica de las Obras.
28.2. El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. Es obligación del Contratista mantener el programa debidamente actualizado y ejecutar las obras tal como se ha establecido en el mismo, así como cumplir con los plazos establecidos en él, especialmente si se trata de hitos, la Fecha de Finalización de los Diseños y la Fecha Prevista de Terminación.
28.3. El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado.
28.4. La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
29.Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación.
29.1. El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales.
29.2. El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
30.Aceleración de las Obras.
30.1. Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista.
30.2. Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato.
30.3. Cualquier recuperación de ritmo de ejecución debido o atribuible a retrasos del Contratista no son considerados Aceleración.
31.Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras.
31.1. El Gerente de Obras a su sola discreción podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. Esta
orden debe quedar documentada y será comunicada por escrito, debiendo incluir las razones que lo justifican.
32.Reuniones administrativas.
32.1. Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de aspectos relacionados al diseño de las Obras, los permisos, reubicación de servicios públicos, servidumbres, derechos de paso, derechos de vía, reubicación de viviendas y negocios, tránsito de vehículos, seguridad vial, medidas ambientales, así como de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrita en la Cláusula 33.
32.2. El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
32.3. El Contratista deberá asegurar la participación de los diseñadores y de la Supervisión Técnica del Contratista en las Reuniones Administrativas, cuando así lo notifique el Gerente de Obras.
33.Alerta Temprana
33.1. El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la preparación oportuna del diseño, la calidad del diseño, la obtención de permisos y de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
33.2. El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.
D. Control de Calidad.
34.Identificación de problemas en el diseño, defectos en las obras o en la supervisión técnica
34.1El Contratista es responsable por la calidad de los diseños y de los trabajos y deberá asignar las tareas de control de calidad a la Supervisión Técnica con experiencia y suficientes recursos para la realización de las tareas. El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y de su Supervisión Técnica y le notificará de cualquier falta de control, falta de supervisión o defecto que encuentre. Dicho control de observación no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. Como consecuencia de esas observaciones, el Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que reemplace o refuerce la Supervisión Técnica o de cualquier miembro de esta, cuando note deficiencias, ausencias o insuficiencias o falta de idoneidad u oportunidad en la inspección de las Obras. El Gerente de Obras debe tener acceso irrestricto a los resultados de todas las pruebas del Contratista, especialmente aquellas resultantes del control y aseguramiento de calidad que realiza la Supervisión Técnica del Contratista.
34.2El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto.
35.Pruebas.
35.1. Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable.
36.Corrección de Defectos.
36.1. El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir.
36.2. Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras.
37.Defectos no corregidos.
37.1. Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto a valores xx xxxxxxx, siendo el precio de la actividad que el Contratista ha previsto meramente referencial.
E. Control de Costos
38.Lista de Actividades y Calendario de actividades.
38.1. El calendario de Actividades muestra la secuencia y duraciones de las actividades en la Lista de Actividades y deberá contener los rubros correspondientes al diseño, construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista.
38.2. La Lista de Actividades se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por las actividades o parte de las actividades definidas en la Lista de Actividades concluidas a satisfacción del Gerente de Obras. El calendario de Actividades muestra la secuencia y duraciones de las actividades en la Lista de Actividades y deberá contener los rubros correspondientes al diseño, construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista.
38.3. Al Contratista se le paga por el avance certificado por el Gerente de Obras en las actividades o parte de las actividades definidas en la Lista de Actividades, de conformidad con la "Proyección de Flujos de Efectivo" de la Cláusula 41 y sus actualizaciones aprobadas.
39.Modificaciones a la Lista de Actividades.
39.1. La Lista de Actividades será modificada por el Contratista para incorporar las modificaciones en el Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia cuenta. Los precios de la Lista de Actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista introduzca tales cambios.
39.2Si el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Actividades.
40.Pagos de las Variaciones.
40.1. Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación.
40.2. Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista.
40.3. Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable.
40.4. El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Alerta Temprana pertinente.
41.Proyecciones de Flujo de Efectivos.
41.1. Cuando se actualice el Programa de trabajo o Calendario de Actividades, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.
42.Certificados de Pago.
42.1. El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados de conformidad con el avance de las actividades y sub-actividades o hitos, menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2.
42.2. El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele.
42.3. El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras.
42.4. El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de los hitos, las actividades o las sub-actividades terminadas, incluidas en La Lista de Actividades.
42.5. El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
42.6. El Gerente de Obras podrá excluir cualquier hito o sub-actividad incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier hito o sub-actividad que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente.
43.Pagos.
43.1. Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago.
43.2. Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador Técnico o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia.
43.3. Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato.
43.4. El Contratante no pagará elementos o sub-actividades de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato.
44.Eventos Compensables.
44.1. Se considerarán eventos compensables los siguientes:
(a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula
21.1 de las CGC.
(b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato.
(c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite, dentro de los 28 días siguientes a la presentación por el Contratista de los documentos iniciales o rectificaciones, la aprobación de los diseños, los Planos, las Especificaciones, los documentos o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de la construcción de las Obras.
(d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos.
(e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación.
(f) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
(g) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista.
(h) El anticipo se paga atrasado.
(i) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante.
(j) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación.
(k) El Contratista demuestra que ha cumplido en rigor con todos los requisitos impuestos por las autoridades ambientales o locales para obtener permisos, licencias y consentimientos y esas autoridades fallan en otorgar los permisos, licencias y consentimientos dentro de los plazos que se otorgan a otras solicitudes semejantes.
44.2. Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida.
44.3. Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento.
44.4. El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras.
45.Impuestos.
45.1. El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC.
46.Monedas.
46.1. Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipulada en las CEC, las tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán las estipulados en la Oferta.
47.Ajustes de Precios.
47.1. Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente:
Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc)
en la cual:
Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c";
Ac y Bc son coeficientes12 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e
Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”.
47.2. Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos.
48.Retenciones.
48.1. El Contratante retendrá de cada pago que se efectúe al Contratista la proporción
estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente.
48.2. Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos.
48.3. Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”.
49.Liquidación por daños y perjuicios.
49.1. El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación13.
12 La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.
13 El Contratante debe analizar, en cada proyecto y de manera específica, si existe posibilidad (cuantitativa y probabilísticamente) que los incumplimientos del Contratista le generen pérdidas, daños o deterioros por montos superiores al 10% del Contrato. De ser este el caso, el Contratante podrá incrementar la responsabilidad del Contratista y no limitar los daños y perjuicios al retraso en la fecha de terminación, por ejemplo, podría deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista.
El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista.
49.2. Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC.
50.Bonificaciones.
50.1. Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aun cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.
51.Pago de anticipo.
51.1. El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses.
51.2. El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras.
51.3. El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios.
52.Garantías.
52.1. El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento.
53.Trabajos por día.
53.1. Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera.
53.2. El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito.
53.3. Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC.
54.Costo de reparaciones.
54.1. El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones.
F. Finalización del Contrato
55.Terminación de las Obras.
55.1. El Contratista le pedirá al Gerente de Obras que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Gerente de Obras lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas.
56.Recepción de las Obras.
56.1. El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras.
57.Liquidación final.
57.1. El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
58.Manuales de Operación y de Mantenimiento.
58.1. Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC.
58.2. Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.
59.Terminación del Contrato.
59.1. El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato.
59.2. Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:
(a) el Gerente de Obras rechaza reiteradamente el diseño o partes del diseño de las Obras efectuado por el Contratista;
(b) el Gerente de Obras determina que la Supervisión Técnica del Contratista es ausente, deficiente o insuficiente para construir las Obras de conformidad con los diseños, planos y Especificaciones aprobadas, siempre y cuando el Contratista haya sido advertido al respecto de conformidad con la Subcláusula 34.1, con anterioridad a la determinación;
(c) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras;
(d) el Gerente de Obras ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes;
(e) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades;
(f) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Gerente de Obras, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Gerente de Obras;
(g) el Gerente de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación, que sea consistente con el plazo máximo con el que se alcanzaría el monto máximo establecido en la CGC 49.1;
(h) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;
(i) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC.
(j) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en prácticas prohibidas al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas sobre prácticas prohibidas del Banco Interamericano de Desarrollo, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC.
59.3. Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente de Obras de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en la Subcláusula 59.2 de las CGC, el Gerente de Obras deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental.
59.4. No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato por conveniencia en cualquier momento.
59.5. Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.
60.Prácticas prohibidas (cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9)
60.1. El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
a.b todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii)imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
60.2.
(a) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios:
(i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(b) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el xxxxxxx 00 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión
con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
60.3. Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b).
61.Pagos posteriores a la terminación del Contrato.
61.1. Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante.
61.2. Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado.
62.Derechos de propiedad.
62.1. Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. Los diseños, planos, memorias y cálculos de diseño realizado por el Contratista son propiedad del Contratista, pero al entregar y obtener la aprobación de los diseños, el Contratista otorga al Contratante derechos ilimitados de uso de su propiedad intelectual. El empleo de software de modelaje o de programación, implicará que el Contratante tiene derecho al uso del respectivo programa, de acuerdo a las normas que regulan propiedad intelectual e industrial.
63.Liberación de cumplimiento.
63.1. Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la frustración del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos.
63.2. Una vez emitido el Certificado de Terminación de las Obras, cada una de las Partes continúa siendo responsable de cualquier obligación derivada de la ejecución de diseño y de la construcción. A menos que la legislación del País del Contratante especifique plazos mayores, a los efectos de determinar la naturaleza y grado de responsabilidad de las Partes y de las obligaciones
derivadas, se considerará que el Contrato está vigente por los siguientes plazos contados desde la emisión del Certificado de Terminación de las Obras:
(a) 10 años en caso xx xxxxxx o defectos estructurales;
(b) 5 años cuando se trate xx xxxxx o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones;
(c) 3 años si hubiera fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o acabados de las obras; y
(d) 5 años para fallas o defectos que no sean asimilables o equivalentes a los apuntados supra.
Estos plazos son contractuales y adicionales a cualquier xxxxx xxx Xxxx del Contratante que establezca responsabilidades a los Contratistas. Están incluidos en el Precio del Contrato.
64.Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco.
64.1. En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista:
(a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco
(b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días.
65.Elegibilidad.
65.1. El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos:
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
(b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
65.2. Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
65.3. En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
65.4. El Contratista deberá suministrar el formulario denominado "Certificado de Proveedor", contenido en los Formularios del Contrato, declarando que los bienes tienen su origen en un país miembro del Banco. Este formulario deberá ser entregado al Contratante, como condición para que se realice el pago de los Bienes. El Contratante se reserva el derecho de pedir al Contratista información adicional con el objeto de verificar que los Bienes son originarios de países miembros del Banco.
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A. Disposiciones Generales
CGC 1.1 (a) | No aplica. | ||
CGC 1.1 (b) | La lista de actividades y sub actividades preparada por el oferente deberá estar de acuerdo a la planilla de presupuesto por rubros y sub rubros entregada a efectos de elaborar la oferta. Se denomina rubro a una categoría que se utiliza para agrupar dentro de ella a objetos o actividades que entre sí poseen determinadas características. | ||
CGC 1.1 (d) | El Diseño a efectos del presente llamado se refiere al Proyecto Ejecutivo, el cual es el fin de todo el proceso de diseño, que se define como el conjunto de planos, dibujos, esquemas y textos explicativos (recaudos gráficos y escritos) utilizados para definir adecuadamente el edificio. | ||
CGC 1.1 (p) | El Período de Responsabilidad por Defectos es 365 días a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria, sin perjuicio de lo establecido por el Art. 1844 del Código Civil (responsabilidad decenal) | ||
CGC 1.1 (r) | El Contratante es y Medio Ambiente | el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial | |
CGC 1.1 (u) | El Plazo de elaboración del Proyecto Ejecutivo es | setenta y cinco) | días |
calendario. | |||
CGC 1.1 (v) | El Plazo de las obras es | doscientos diez | días calendario. |
CGC 1.1 (y) | El gerente de obras es el técnico que designe el Contratante para actuar como Director de Obra, responsable de supervisar la realización del Proyecto Ejecutivo, aprobar el mismo y dirigir la ejecución de las obras. | ||
CGC 1.1 (aa) | El Sitio de las Obras corresponde | Xxxxx x/x xxxxxxx Xxxx Xxxxxx | |
Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxx. |
| ||
CGC 1.1 (ee) | La Fecha de Inicio de la elaboración del proyecto ejecutivo será al día hábil siguiente a la firma del contrato. Si los plazos vencieren en día inhábil, la obligación se trasladará al día hábil inmediato siguiente. | ||
CGC 1.1 (ff) | La Fecha de Inicio de las obras se establecerá en el Acta de Inicio de Obra y no podrá exceder los 10 (diez) días hábiles posteriores a la aprobación del Proyecto Ejecutivo por la Dirección de Obra y el contratante. Si los plazos vencieren en día inhábil, la obligación se trasladará al día hábil inmediato siguiente. | ||
CGC 1.1 (kk) | El PE y las obras objeto de licitación se realizarán en base al anteproyecto cuyos recaudos se proporcionan y cuyo costo integral es el precio global ofertado; comprenden la construcción de: Policlínica Xxxx Xxxxxx ubicado en el padrón N.º…152960. en la calle Xxxxx esquina Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Montevideo. Los servicios cuyo costo deberá estar comprendido en el precio global ofertado son todos los necesarios para la elaboración del proyecto ejecutivo y ejecución de las obras especificadas |
precedentemente, de los cuales se destacan: a) El oferente deberá elaborar el proyecto ejecutivo y la construcción de las obras referidas al mismo. b) gestionar la aprobación de los proyectos y la habilitación de las obras y los servicios correspondientes, ante los organismos públicos competentes en cada caso, incluido el BPS, obteniendo los certificados requeridos y asumiendo los costos derivados. (Xxxxxx, aportes sociales, tasas por aprobación, habilitación, conexiones y obras a cargo de dichos organismos); c) Se deberá realizar el amojonamiento y confeccionar un plano con la delimitación del predio y de la construcción, dentro de la manzana conforme al proyecto ejecutivo. Se indicarán límites de propiedad, anchos xx xxxxx y demás información requerida para un plano de mensura al amparo de lo establecido en el Decreto 318/95 y Resolución 24/996. Este plano deberá ser realizado por Xxx. Agrimensor y no se registrará en la Dirección Nacional de Catastro. Acta de Amojonamiento Previo al inicio de las obras definidas en el proyecto ejecutivo aprobado, el Ing. Agrimensor del Contratista deberá proceder al amojonamiento del predio, y balizamiento de los mojones realizando el acta correspondiente, por la cual se responsabiliza de que se han colocado los mojones en un todo de acuerdo con los recaudos del proyecto ejecutivo y/o órdenes de servicio y/o ejecución, sin perjuicio de la responsabilidad de la empresa en mantener los mismos o sustituirlos en caso de destrucción o desaparición. Los mojones deberán ser de hierros de 12mm con una longitud no inferior a 1m, con base de hormigón en la cual será claramente legible el N.º xx xxxxx. Antes de entregar el acta deberá notificar a la Unidad Coordinadora de Proyecto del Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx que se efectuó el amojonamiento y combinar la inspección con un responsable del ejecutor o quién este designe, caso contrario no será aprobado el inicio de trabajos. | |
CGC 2.2 | No aplica. |
CGC 2.3 | De verificarse discrepancias entre los recaudos escritos, gráficos y/o la lista de cantidades se tendrá por válido el sentido más favorable al Contratante, siempre que ello no configure un absurdo para el proyecto; quedando la definición en todos los casos a cargo de la Dirección de Obra y del contratante. |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: |
1. Documentación técnica que contiene la descripción de las obras y las Especificaciones Técnicas: a) Documentación gráfica y escrita que forma parte de los documentos de licitación; b) el Plan de Trabajo y Programa de Inversiones definitivos que incluye los respectivos cronogramas (físico y financiero) aprobados por el Contratante. c) las aclaraciones a las consultas de los oferentes, respecto a los pliegos y las normas o instrucciones complementarias a dichos documentos que la Administración hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura de los Llamados a Licitación que se convoquen en el marco del presente Xxxxxx. 2. La garantía de fiel cumplimiento del contrato. 3. Reglamentos o normas técnicas generales aplicables a los tipos de trabajos objeto del Contrato. 4. Las órdenes de servicio y/o ejecución. 5. El Certificado actualizado habilitante para firmar el Contrato, expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas (MTOP). 6. Certificados que acrediten que la empresa está habilitada para operar comercialmente en el país. Se considerará documentación complementaria a la siguiente: 7. Las Actas que las partes suscriban con los fines de la ejecución del Contrato. 8. Cumplimiento de la Ley 17.957 con la modificación dispuesta por el Artículo 3 de la Ley 18.244 (Deudores Alimentarios Morosos). | |
CGC 3.1 | El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es español. La ley que gobierna el Contrato es la ley de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.). Para la interpretación y cumplimiento del Contrato de Obra respectivo, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en la presente documentación y en el modelo de Contrato, el licitante acepta que las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay, por lo que el licitante deberá renunciar al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. Será aplicable el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), firmado el 12 de diciembre de 1985 y |
ratificado por Ley Nacional 15.957 del 2 junio de 1988 y al Memorándum de Entendimiento firmado por ambas partes el 21 de julio de 1999, según lo establecido en el Documento de Proyecto URU/14/007 suscripto por el PNUD y el Gobierno de Uruguay. | ||
CGC 5.1 | No aplica. | |
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas. | |
No tiene. | ||
CGC 9.1 | Personal Clave: según lo establecido en la IAO 5.5 (e) | |
CGC 13.1 | Xxxxxxx. Xx obstante, las obligaciones que aquí se establecen de contratar pólizas de seguros, el Contratista será en todo momento el único responsable y protegerá al Contratante y a la Dirección de Obra frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente Contrato por el Contratista, sus Subcontratistas y su respectivo personal. El Contratista contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, pero incluirá como mínimo, los siguientes seguros: A) Seguro contra daños a terceros. El Contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de xxxxxxxx. Xx póliza de seguros debe especificar que el personal del Contratante, el Director de Obra y los integrantes de la Dirección de Obras, así como el de otras empresas que se encuentren en la Zona de Obras, se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil. B) Seguro contra accidentes de trabajo. El Contratista suscribirá todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente. El Contratista será responsable de que sus Subcontratistas también cumplan con esta obligación. El Contratista mantendrá indemne al Contratante y al Director de Obra frente a todos los recursos que el personal del Contratista o el de sus Subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El Contratista cumplirá, además, con lo establecido por la legislación y reglamentación aplicable en su país de origen en lo que respecta a su personal extranjero trabajando en el país del Contratante. C) Seguro contra los riesgos en la Zona de Obras. El Contratista suscribirá, en conformidad con la reglamentación |
aplicable, un seguro contra todo riesgo en la Zona de Obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el Contrato, en particular los daños debidos a un defecto xx xxxxxxxxxx, del material de construcción o de la realización. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. Suscripción y presentación de pólizas. Los seguros obligatorios y como mínimo, los seguros que figuran anteriormente, deberán ser presentados por el Contratista para la aprobación del Director de Obra y ser suscritos antes de iniciar cualquier trabajo. Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán permanecer vigentes hasta la recepción provisional de las obras objeto del Contrato. El seguro contra riesgos en la Zona de Obras deberá permanecer vigente por un período de doce (12) meses después de la recepción provisional de las mismas. Todas estas pólizas contendrán una disposición que subordina su cancelación a un aviso previo de la compañía de seguros al Contratante de las obras. | |
CGC 14.1 | Se aclara que el Contratante no entregará informe complementario del sitio de obras. |
CGC 15.1 | El Director de Obras y el Supervisor del Contratante responderán a las consultas sobre las CEC. |
CGC 16 | Proyecto Ejecutivo: 1. El plazo para la elaboración del Proyecto Ejecutivo se establece en la CGC 1.1 (u) 2. Los trabajos darán inicio formalmente a partir de la firma del Contrato, como se especifica en la CGC 1.1 (ee) Ejecución de las obras: 1. El plazo para la ejecución de la totalidad de los trabajos será el establecido en los DDL, y se aplicará a la terminación de las obras y servicios previstos que son de responsabilidad del Contratista incluyendo el retiro de las instalaciones del sitio de la obra y el restablecimiento de los terrenos y lugares, la obtención de los certificados de aprobación requeridos para la recepción de los mismos. 2. Dicho plazo comenzará a contar a partir de la fecha estipulada en el Contrato para el inicio de las obras o la fecha de la Orden de Ejecución, de comenzar las obras. 3. Salvo disposición contraria en el Contrato, el plazo de ejecución comprenderá un período de movilización que inicia con la firma del Acta de Inicio de Obra, con una duración máxima de 10 días hábiles destinados a la preparación de documentos y realización de gestiones para el inicio de las obras (obtención de los permisos |
que correspondan ante los organismos competentes). Una vez inscripta la obra en MTSS y BPS podrán iniciarse los trabajos preparatorios de implantación. 4. Los trabajos darán inicio formalmente a partir de la firma del Acta de Inicio de Obras o en su defecto en la fecha establecida en el Contrato, fecha a partir de la cual se computará el plazo de obra. Acta de Inicio de Obra El Acta de Inicio de Obra deberá ser suscrita por el representante técnico y Jefe de obra del Contratista conjuntamente con la supervisión de obras del contratante. Condiciones previas a la suscripción del Acta de Inicio de Obra: 1. Proyecto Ejecutivo Aprobado por el Contratante. 2. La propuesta de implantación de obra y los planos correspondientes, indicando ubicación y dimensiones xxx xxxxxxx, oficina, zona de acopios, etc., aprobados por el Director de Obra 3. Constancia del Registro de la Obra en ATYR 4. Copia del proyecto de seguridad de obra presentado en MTSS | |
CGC 18.6 | Todos los Recaudos Gráficos y Escritos que forman parte del Proyecto Ejecutivo, preparados por el Contratista para la ejecución de las obras, deberán ser aprobados previamente por el Contratante antes de su utilización. Los Recaudos Gráficos y Escritos que el Contratista deberá elaborar son los definidos en la Sección VIII. Todos los recaudos se presentarán en papel (dos copias) y digital en pendrive en formato pdf y editable cad. En formato papel deberá tener un nivel de presentación que permita una fácil lectura de los mismos y su representación gráfica y escrita, de comprensión técnica debidamente referenciada. Requisitos Generales Recaudos del Proyecto Ejecutivo. 1. La expresión gráfica, acotado, formato y acotado de planos deberá ser de acuerdo a las normas UNIT (Preferentemente doblado a formato A4). 2. La primera lámina del Proyecto Ejecutivo será un Índice de Laminas conteniendo la descripción general de cada pieza. 3. Ubicación de los ejes de origen de coordenadas del proyecto y norte en todas las plantas. |
CGC 19 | Seguridad. El Contratista deberá cumplir con la normativa nacional, departamental y/o local aplicable en materia de seguridad e higiene en los lugares de trabajo, instalación de los mismos, señalizaciones, mantenimiento de las comunicaciones y pasos de agua, demolición de construcciones, empleo de explosivos, seguridad y protección del medio ambiente y retiro de los equipos y materiales no utilizados. |
CGC 21 | Cómputo de plazos de obra Se entenderá por días calendarios laborales para la construcción, la jornada laboral de 44 horas semanales de lunes a sábado. Los días no laborables serán: los cinco feriados no laborables vigentes, el tercer lunes de octubre (Día de la Construcción), el 2 de noviembre y los dos periodos de licencia de la construcción vigentes. Los siguientes eventos podrán generar corrimiento de los plazos de obra, sin variaciones de precio: a) Días de lluvia que impidan completar quince (15) días de trabajo durante los meses xx xxxx, xxxxx, xxxxx y agosto; y veinte (20) días de trabajo durante los meses restantes del año. Se restarán del total de días indicados para cada mes las extensiones de plazo generadas por todo otro evento compensable en el transcurso de ese mes. b) Cuando se realicen paros generales del SUNCA, se generará un corrimiento de plazos según el siguiente detalle: 1. Cuando se produzca un paro de más de 5 hs de duración, se aumentará el plazo de obra en 1 día. 2. Cuando se produzca un paro de 5 hs o menos de duración, se aumentará el plazo de obra en medio día. d) Ocurrencia de desastres naturales, que se entiendan inimputables, imprevisibles e irresistibles por las partes del contrato. |
CGC 21.1 | La fecha de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será la fecha del Acta de Inicio. |
CGC 23.1 | Si el Contratista no cumpliera con las órdenes de servicio impartidas por la Dirección de la Obra en tiempo y forma, el contratante podrá aplicarle una multa de 4 U.R (cuatro Unidades Reajustables) por cada día hábil xx xxxx. En caso de que el Contratista entienda que esas órdenes le perjudican o son contrarias a la buena ejecución de la obra, deberá igualmente cumplirlas, pudiendo presentar posteriormente reclamación fundada. La reclamación será presentada ante el contratante, quien se expedirá sobre el punto. |
CGC 24.1 | No aplica. |
CGC 25.1 | No aplica. |
CGC 25.2 | No aplica. |
CGC 25.3 | El arbitraje se realizará de acuerdo al procedimiento estipulado por el Centro de Conciliación y Arbitraje (Corte de Arbitraje Internacional para el Mercosur) que funciona en la órbita de la Cámara de Comercio del Uruguay. |
El Proyecto Ejecutivo elaborado por el contratista deberá ser aprobado por el Contratante; y el inicio de las obras se efectivizará formalmente con la firma del Acta de Inicio. | |
CGC 27.3 | El Contratista podrá expresar su inconformidad respecto a la decisión del Director de Obra de terminar el Contrato, aplicando la CGC 25.3 de la CEC. |
CGC 27.4 | El Contratista presentará al Contratante el Proyecto Ejecutivo para su revisión. Una vez acordada la aprobación u observaciones a ser notificadas al contratista, el contratante notificara su aprobación o notificación de observaciones, especificando un plazo para el levantamiento de las mismas. Una vez aprobado el Proyecto Ejecutivo por el Contratante, el Contratista podrá solicitar el pago del mismo ante el contratante según CGC 43 de las CEC. El contratante pagara contratista al el 30% (treinta por ciento) del precio total pactado por el Proyecto Ejecutivo cuando este ultimo haga entrega del mismo. El 70% (setenta por ciento) restante se pagará cuando el Contratante apruebe el proyecto Ejecutivo. |
CGC 27.5 | El Proyecto Ejecutivo aprobado por el Contratante deberá estar en un todo de acuerdo a las Normativas Departamentales y Nacionales que le sean aplicables. |
El lugar de arbitraje será: Montevideo – Uruguay | |
CGC 26.1 | No aplica. |
C. Control de Plazos
CGC 28.1 | El Contratista presentará un Programa para la aprobación por parte del Director de Obras previo a la firma del Acta de inicio. |
CGC 28.3 | Los intervalos establecidos para la actualización del Programa de Obras serán de 30 (treinta) días. El porcentaje a retener en caso de que el Contratista no presenta el Programa actualizado dentro del plazo previsto será del 1% del monto del próximo certificado de pago, y continuará reteniendo dicho monto, hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. La devolución de las retenciones especificadas en esta cláusula, se realizará sin ajustes. |
CGC 32.4 | Conforme lo establecido en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) el contratista deberá asistir a las reuniones de la Comisión de Seguimiento de Proyecto (CSP) a las que fuera convocada por la Dirección de Obras y el contratante |
D. Control de la Calidad
CGC 36.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: 365 días a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. |
De acuerdo al Modelo de Certificado que se adjunta en el Anexo IV. | |
CGC 42.6 | La exclusión referida deberá estar notificada previamente al Contratante, estando debidamente justificada y contando con la aprobación previa de la Dirección de obra. |
CGC 37.1 | Si el Contratista no cumpliera con las obras de reparación o conservación intimadas, se le aplicará una multa de 40 U.R (cuarenta Unidades reajustables) por cada intimación realizada. |
CGC 43 | Certificación Proyecto Xxxxxxxxx. Xx aprobación del proyecto ejecutivo se realizará según se especifica en la CGC 27.4. El Contratista remitirá el Certificado en formato digital (formato de planilla electrónica editable) al Contratante para su revisión. Una vez aprobado el Certificado por el Contratante, el Contratista remitirá al Contratante dicho certificado en formato papel firmado por el responsable del Proyecto Ejecutivo quien dará con esto su aprobación. El Contratante dispondrá de 5 (cinco) días hábiles, luego de recibido el Certificado -con las facturas correspondientes y la solicitud de pago firmada por el representante técnico del Contratista- para la aprobación final del certificado y dar curso al pago correspondiente. Si en alguno de los pasos anteriores, se le hicieran observaciones al certificado, éstas tienen efectos suspensivos sobre los plazos, los cuales continuarán una vez levantadas las mismas. El pago deberá efectuarse por el Contratante dentro del plazo de sesenta (60) días posteriores a la fecha de presentación por el Contratista de la factura correspondiente al certificado mensual. Los montos que figuren en los certificados no tendrán carácter definitivo ni comprometen a las partes contratantes y serán considerados pagos a cuenta del monto total del Contrato. Certificaciones mensuales de Avance de las Obras. Las partes convienen que los trabajos objeto del presente Contrato, se paguen mediante la formulación de certificaciones mensuales, que abarcarán un mes calendario. Cada mes el Contratista presentará al Director de Obra, dentro de los cinco (5) días siguientes a la terminación del mes inmediato anterior, una certificación mensual que indique el monto total de las sumas correspondientes a las obras ejecutadas, como consecuencia de la ejecución del Contrato. Ese monto se establecerá a partir de los “precios unitarios de referencia”, es decir, de los precios que figuran en el Contrato, incluidos los descuentos o aumentos que pudieran indicarse en él, pero sin ajuste, ni revisión de los xxxxxxx. Xx certificación mensual correspondiente a cada anticipo mensual, incluirá en la medida necesaria, los trabajos originales, ejecutados y pagaderos por cantidades y precios unitarios. El monto de los trabajos originales ejecutados se establecerá de la manera siguiente: La certificación mensual incluirá la relación de las obras ejecutadas en conformidad con las verificaciones realizadas por ambas partes o, en su defecto, con las evaluaciones de la Dirección de Obra. Los precios globales, podrán fraccionarse si no se ha terminado la obra o parte de obra a que se refiere ese precio. En tal caso se aplicará |
una fracción del precio igual al porcentaje ejecutado de la obra o de la parte de obra. Pago mensual de los anticipos a cuenta del precio. El monto del pago mensual que deberá abonarse al Contratista se hará contra el certificado mensual de obra ejecutada, que deberá ser realizado por el Contratista y aprobado por la Dirección de Obra; y que incluirá los siguientes elementos: a) el monto del anticipo mensual, establecido a partir de los precios unitarios de referencia correspondiente a la obra hecha. Como en las cuentas mensuales, se distinguirán los diferentes elementos: indemnizaciones, multas o penalidades, trabajos adicionales realizados en el mes respectivo y la deducción de la suma anticipada; b) el monto total que deberá pagarse al Contratista es la suma del inciso (a) precedente, menos la retención de garantía si está prevista en el Contrato; c) el monto total del anticipo a pagar será el resultado del inciso (b) precedente menos las deducciones que se establezcan en las CEC; d) ningún anticipo a cuenta se considerará que constituye la aprobación parcial o total del contrato excepto la correspondiente al Acta de Recepción Provisoria; e) las observaciones de carácter técnico que establezca la Dirección de Obra, que estén debidamente documentadas en el Libro de Obra y que no hayan sido subsanadas por el Contratista dentro del plazo estipulado, darán lugar a que se suspenda el pago de los anticipos hasta que las mismas sean solucionadas El Contratista remitirá el Certificado en formato digital (formato de planilla electrónica editable) a la Dirección de Obra y al Contratante para su revisión. La Dirección de Obra enviará al Contratista su acuerdo o desacuerdo en un plazo no mayor a 5 (cinco) días, notificando al Contratante. Una vez aprobado el Certificado, por la Dirección de Obra y el Contratante, el Contratista remitirá al Contratante dicho certificado en formato papel firmado por el Técnico Residente de Obra y por el Director de Obra, quienes darán con esto su aprobación. El Contratante dispondrá de 5 (cinco) días hábiles, luego de recibido el Certificado -con las facturas correspondientes y la solicitud de pago firmada por el representante técnico del Contratista- para la aprobación final del certificado y dar curso al pago correspondiente, que se realizará a través del XXXX. Xx en alguno de los pasos anteriores, se le hicieran observaciones al certificado, éstas tienen efectos suspensivos sobre los plazos, los cuales continuarán una vez levantadas las mismas. El pago deberá efectuarse por el Contratante dentro del plazo de sesenta (60) días posteriores a la fecha de presentación por el |
Contratista de la factura correspondiente al certificado xxxxxxx. Xx el Contratante se viera impedido por el Contratista de proceder a una operación necesaria para efectuar un pago, el plazo de pago se suspenderá por un período igual al retraso xxxxxxxxxx. Xx suspensión del plazo solo podrá producirse después del envío por la Dirección de Obra al Contratista, al menos ocho (8) días antes de la expiración del plazo de la orden de pago, de una carta certificada con petición de acuse de recibo postal en la que exponga las razones, imputables al Contratista o a sus subcontratistas que reciben pago directo, que impiden la orden de pago y especificando particularmente los documentos que deberá presentar o completar. En dicha carta se deberá indicar que tiene por efecto la suspensión del plazo de la orden xx xxxx Xx suspensión comenzará el día de recepción por el Contratista de dicha carta certificada. Concluirá el día de recepción por el Director de Obra de la carta certificada con petición de acuse de recibo postal enviada por el Contratista, en la cual se incluirá la totalidad de los comprobantes que se le han exigido, así como una relación de los documentos xxxxxxxxxxxx. Xx xxxx se producirá al vencimiento de los plazos establecidos y una vez concluido el procedimiento anterior en el caso que correspondiere. Los montos que figuren en los certificados mensuales no tendrán carácter definitivo ni comprometen a las partes contratantes y serán considerados pagos a cuenta del monto total del Contrato. Cuenta Final. Una vez concluida la elaboración del Proyecto Ejecutivo y la construcción de las obras, el Contratista preparará, además de la certificación mensual referente al último mes de su ejecución, si correspondiere, la estimación de la cuenta final en la cual se indicará el monto total acumulado de las sumas a que reclama tener derecho por concepto de ejecución del Contrato en su conjunto. Esta estimación de cuenta final se preparará en la misma forma y se basará en los mismos precios unitarios de base que se usan en las certificaciones mensuales y contendrá las mismas partes que éstas, con excepción de los inventarios y los xxxxxxxxx. Xx estimación de cuenta final se enviará al Director de Obra dentro de los cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la fecha de notificación de la Recepción Provisoria de las obras, o cuando ésta esté sujeta a reservas, a partir del levantamiento de las xxxxxxxxxxxxx. Xx estimación de cuenta final compromete al Contratista por las indicaciones que en ella figuran, excepto en los puntos que hayan sido objeto de reservas anteriores por su parte, así como en relación con el monto definitivo de los intereses por xxxx. Cuenta Final Finiquito. |
La Dirección de Obra preparará la cuenta general, que incluirá los siguientes elementos: a) La cuenta final. b) El saldo establecido, a partir de la cuenta final y de la última certificación mensual. c) La recapitulación de las certificaciones mensuales y del saldo. El monto de la cuenta general será igual al resultado de esta última recapitulación. La cuenta general, firmada por el Contratante, deberá ser comunicada por escrito al Contratista antes de la más tardía de las dos fechas siguientes: a) cuarenta y cinco (45) días después de la fecha de entrega de la estimación de cuenta final; y b) treinta (30) días después de la publicación de información de referencia que permita la revisión de saldo. El pago del saldo deberá efectuarse antes de transcurridos dos (2) meses a partir de la notificación de la cuenta general. El Contratista deberá, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la notificación de la cuenta general, devolverla firmada al Director de Obra, con o sin reservas, o manifestar las razones por las que se niega a firmarla. Si el Contratista devuelve la cuenta general firmada y sin reservas, dicha aceptación obligará definitivamente a las partes, salvo en lo que concierne al monto de los intereses por xxxx; dicha cuenta se convertirá así en la cuenta general definitiva del Contrato. Si el Contratista se niega a firmar la cuenta general, o la firma con reservas, el Contratista deberá exponer en un memorando de reclamación los motivos de su negativa o de sus reservas, precisando el monto de las sumas cuyo pago solicita, adjuntando los comprobantes necesarios, y volviendo a presentar, bajo pena de caducidad, las reclamaciones ya formuladas anteriormente, que no hayan sido objeto de una liquidación definitiva, dicho memorando deberá enviarse al Director de Obra en el plazo de 45 días contados a partir de la notificación de la cuenta xxxxxxx. Xx las reservas son parciales, el contratista acepta implícitamente los elementos de la cuenta no afectados por dichas reservas. Si el Contratista no hubiera devuelto al Director de Obra la cuenta general firmada en el plazo de cuarenta y cinco (45) días fijado o si, aun habiéndola enviado puntualmente, no hubiera justificado su negativa o expuesto detalladamente los motivos de sus reservas precisando el monto de sus reclamaciones, se considerará que dicha cuenta general ha sido aceptada por el Contratista, convirtiéndose en cuenta general y definitiva del Contrato. |
GCG 43.5 | El PNUD no pagará intereses, ni precio diferencial por los atrasos en el pago del precio. El único ajuste será el de la paramétrica correspondiente. |
CGC 44.1 (c) | No aplica. |
CGC 45 | El Contratista tendrá la responsabilidad de pagar todos los cargos e impuestos en relación con los ingresos, incluido el impuesto sobre el valor agregado, de conformidad con lo establecido en las leyes y reglamentos vigentes y en todas las enmiendas realizadas en los mismos, en relación con los impuestos sobre utilidades y con sujeción a dichos impuestos. El Contratista tiene la responsabilidad de practicar todas las averiguaciones necesarias a este respecto y se considerará que ha quedado satisfecho de la aplicación de todas las leyes fiscales pertinentes. EXENCION TRIBUTARIA 1.- La Sección 7 de la Convención sobre Privilegios e inmunidades de la Organización de las Naciones Unidas dispone, entre otras, que la Organización de las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, está exenta de todo impuesto directo, salvo por los cargos correspondientes a servicios públicos, así como de derechos de aduana y gravámenes de naturaleza similar respecto de lo artículos que importare o exportare para su uso oficial. Cuando una autoridad gubernamental se negare a reconocer la exención del PNUD respecto de esos impuestos, derechos o gravámenes, el Proveedor consultará inmediatamente al PNUD para determinar la forma de actuar que resulte mutuamente aceptable. 2.- En consecuencia, el Proveedor autoriza al PNUD a deducir de sus facturas toda suma que corresponda a esos impuestos, derechos o gravámenes, salvo cuando hubiere consultado al PNUD antes de efectuar esos pagos y el PNUD, en cada caso, le hubiere autorizado específicamente a pagar esos impuestos, derechos o gravámenes en protesto. En este caso, el Proveedor presentará al PNUD prueba por escrito de que ha pagado estos impuestos, derechos o gravámenes y de que ese pago ha sido debidamente autorizado. |
CGC 45.2 | Aportes a la Seguridad Social (BPS y ATYR) El Contratista deberá realizar los correspondientes aportes al Banco de Previsión Social, obteniendo el Certificado Final de Obra libre de toda deuda. Los pagos por estos conceptos estarán incluidos en el monto de la oferta y desglosados. Sin perjuicio de lo expuesto, el Oferente establecerá en su oferta el Monto Imponible global para las distintas actividades y el monto correspondiente a los aportes sociales a pagar al BPS, indicando además que asume y se compromete a: 1. Pagar los aportes, multas y recargos correspondientes a las obras licitadas o que surjan de la liquidación final del aporte correspondiente a las mismas, realizada por los servicios del BPS hasta obtener el certificado final de “Fin de Obra” libre de toda deuda. 2. Entregar mensualmente al Contratante el recibo original que acredite los pagos realizados y la planilla(s) de personal afectada a la obra (firmada por el profesional residente o por el representante técnico) debidamente intervenidos por el BPS (ATYR), a partir de lo cual el Contratante tramitará a través del PNUD el reintegro al contratista. 3. Para que el Contratante autorice el pago del certificado de obra del mes correspondiente, el contratista deberá presentar: 3.1. La planilla (s) de personal afectado a la obra y el recibo original que acredite los pagos realizados correspondientes al mes anterior de certificación de avance de obra a aprobar. 3.2. La planilla (s) de personal afectado a la obra del mes de certificación de avance de obra a aprobar. 4. El incumplimiento en la presentación de dichos documentos dará lugar a la suspensión de pagos, tanto los correspondientes a los propios aportes como los correspondientes a certificaciones de obra, sin derecho a indemnización posterior, hasta tanto se regularice la situación. 5. Serán de cargo del contratista los importes por concepto de MULTAS y RECARGOS que fije el BPS, que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro de obra, cierre de obra, presentación de nómina mensual (planilla(s) de personal afectado a la obra del mes de certificación de avance de obra) ante el BPS. El Contratante no paga ningún tipo de multas y recargos generados por Aportes xx Xxxxx Sociales. 6. El Registro de Obra correspondiente a Subcontratos deberá hacerse de la misma manera que el del Contratista principal. 7. El Contratante podrá exigir y asumir el pago de dicho aporte por cuenta del Contratista, para lo cual éste deberá suministrar con suficiente antelación los documentos necesarios y serán deducidos del monto de aportes previsto en el Contrato. 8. En caso de superarse el monto xx Xxxxx Sociales establecido en |
el Contrato – ajustado según los aumentos o reducciones del Contrato, obras extraordinarias ordenadas por la Dirección de Obra, modificaciones del plazo contractual u otras causales de variación del monto inicial – la Dirección de Obra procederá a notificar al Contratista. Superados dichos montos serán de cuenta del Contratista los restantes aportes. Este dispondrá un plazo para evacuar la vista conferida, cumplido lo cual, la Administración resolverá en consecuencia. 9. Las aportaciones posteriores que superen este nuevo tope según resulte de las planillas de declaración de personal presentadas por el Contratista, se descontarán de los créditos que tuviera el Contratista con el Contratante. El contratista y/o subcontratistas deberán presentar a la Dirección de Obras la nómina de personal y las planillas de aportes correspondientes dentro de los primeros cinco días calendario del mes siguiente al de la realización de las xxxxx. Xx se pagarán aportes por leyes sociales si no hubiera rubro de obra certificado. Cuando el monto total efectivamente pagado al BPS – deducidos multas y recargos – sea menor al monto establecido por el adjudicatario en su oferta, el monto global del Contrato a pagar al Contratista, se reducirá en un monto equivalente a la diferencia entre dichos montos, no dando derecho a éste de reclamo alguno. Documentos requeridos por el Contratante para el reintegro de Aportes xx Xxxxx Sociales, a través del PNUD. 1. Solicitud de Devolución de Aporte xx Xxxxx Sociales del Contratista, especificando la misma a que mes corresponde el monto solicitado de reintegro y estando firmada por el representante legal o técnico. 2. Nómina (planilla(s) de personal afectado a la obra) con intervención del BPS, firmada por el propietario de la obra (Contratante), contratista o subcontratista y Director de Obra. 3. Boletos de pago (Recibo original de BPS que acredite los pagos) con la intervención de caja y conformidad del Contratante. 4. Aprobación del Contratante. El PNUD no podrá tramitar el reintegro xx xxxxx sociales sin la documentación solicitada. Procedimiento de gestión para el reintegro de aportes xx xxxxx sociales. 1. Para dar inicio a la gestión del reintegro de aportes xx xxxxx sociales, el contratista deberá presentar ante el contratante a más tardar 5 días posteriores a la fecha de vencimiento del recibo de pago original del BPS la documentación requerida. 2. El Contratante, en un plazo no mayor a 3 días, mediante nota |