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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
La contratación del servicio se regirá por el procedimiento de Licitación Pública, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17, y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC).
La licitación se rige por la normativa citada, por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (DI-2017-1274-DGCYC), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos y en los Pliegos de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
2.- OBJETO
El objeto de la presente licitación es la provisión del “SERVICIO DE CATERING PARA EVENTOS”, con destino a esta Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico, en adelante DGPMYCH dependiente del Ministerio de Cultura, según el siguiente detalle:
RENGLÓN | OBJETO | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD |
1 | SERVICIO DE CATERING | COFFEE BREAK | 6 |
1 | SERVICIO DE CATERING | LUNCH | 6 |
Las cantidades detalladas son estimativas para todo el periodo de licitación y se formulan a modo de referencia, para las cotizaciones por parte de los oferentes, no implicando dicha circunstancia compromiso alguno de reconocimiento tácito por parte del GCABA, ya que solo se aceptará la facturación por los servicios efectivamente prestados de conformidad con las Solicitudes de Provisión efectivamente libradas y cuya recepción cuente con la debida conformidad de las autoridades con facultades para ello.
La DGPMYCH informará al Adjudicatario la necesidad a cubrir al comienzo del contrato y una vez implementado el servicio. Cuando la necesidad varíe, siempre dentro del límite
de cantidad establecido en el presente Pliego, esto deberá sPeLrIEsGol-i2c0it1a9d-o06m67e7d8ia7n9t-eGClaABA-DGPMYCH
correspondiente Solicitud de Provisión de Servicio (SPR).
El Adjudicatario deberá contar en todo momento con los recursos necesarios para cubrir el servicio hasta la cantidad prevista.
Las características del servicio son las que se detallan en el Pliego de Especificaciones Técnicas que rige la presente licitación.
3.- PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la presente licitación asciende a una suma total de PESOS UN MILLON VEINTE MIL ($1.020.000,00).
4.- FACULTADES DEL ORGANISMO LICITANTE
El Organismo licitante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el Artículo 119 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley Nº 5.666), pudiendo proceder una vez perfeccionado el contrato, a aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo licitante el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del co- contratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad osanción.
Asimismo, se prevé que podrá prorrogarse la presente licitación a su vencimiento, por un plazo máximo de VEINTICUATRO (24) meses.
Por otra parte, vencido el plazo de prórroga, siempre y cuando se estuviera gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente y éste estuviera en instancia de convocatoria a presentar ofertas, la autoridad competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos de necesidad debidamente fundada.
5.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Conforme lo establecido en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente licitación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad
de inscribirse en el RIUPP, en el que se tendrán por válidasPLtIoEdGa-s20la1s9-0n6o6ti7fi7c8a7c9io-GneCsABA-DGPMYCH electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al GCABA y generará efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos de la presente licitación, el GCABA constituye domicilio en Xx. xx Xxxx Xx 000, xxxx 0, oficina 301, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Conforme el Artículo 4° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y el Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17, para la presente licitación, las comunicaciones que se realicen entre el Organismo contratante y los interesados, Oferentes y Adjudicatarios, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectúan a través del Sistema Buenos Aires Compras.
Sin perjuicio de ello, el Organismo contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el contrato, en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del contrato.
Todas las notificaciones entre las partes, sean judiciales o extrajudiciales, serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
6.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente licitación y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la licitación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la misma.
El GCBA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquierPLdIeEcGla-r2a0c1i9ó-n0,66e7x7p8o7s9ic-GióCnA, BA-DGPMYCH
deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes.
7.- GARANTÍAS
7.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
De conformidad con lo prescripto por el Artículo 101. –Constitución de Garantías- de la Ley N° 2.095, de su Decreto reglamentario Nº 326/17 y el Artículo 17 apartado 17.1 inc.
c) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto oficial.
La constitución de esta garantía deberá realizarse conforme lo prevé el Artículo 17°, apartado 17.2 a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, y el Artículo 102°
- Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 326GCABA/17.
En caso de realizarse el depósito en efectivo, éste deberá efectuarse en la Cuenta Corriente Nº 26.326 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires (Casa Matriz sita en Florida N° 302 CABA), el que será reintegrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
7.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17° apartado 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17° apartado 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102°.-Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 y deberá ser del CINCO POR CIENTO (5%) del presupuesto oficial.
Esta garantía deberá ser identificada e individualizada con la oferta ingresada por el Sistema Buenos Aires Compras.
Asimismo, el documento mediante el cual se formaliza ePsLtaIEGga-2ra01n9tí-a06d6e7b7e87rá9-GsCeAr BA-DGPMYCH
entregado físicamente (póliza u otro documento según la forma de constitución en
formato impreso) dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la misma, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde el momento fijado para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente.
La garantía de mantenimiento de oferta será devuelta a todos los oferentes que no hubieran resultado adjudicados, una vez dictado el acto administrativo de adjudicación. En el caso del oferente que hubiera resultado adjudicado se procederá a la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta, una vez presentada a entera conformidad del GCABA la garantía de cumplimiento de contrato.
7.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
– PREADJUDICACIÓN
A tenor de lo establecido en el Artículo 17° apartado 17.1 inciso f) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, la suma a depositar en concepto de Garantía de impugnación a la preadjudicación de las ofertas, se fija en un TRES POR CIENTO (3%) del monto total de la oferta impugnada.
En el supuesto de que el dictamen de evaluación impugnado no aconsejare la adjudicación a oferta alguna, la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del impugnante.
La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo mediante depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y el Artículo 102.-Formas- inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 .
El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 26.326 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires (Casa Matriz sita en Florida N° 302 CABA), el que será reintegrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
La documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación
deberá presentarse de forma previa a formalizar la impugnación mediante los respectivos formularios xxxXXX.
7.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
La garantía de cumplimiento de contrato deberá constituirse conforme lo establecido en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102.- Formas- y concordantes de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 326GCABA/17 y será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto del contrato adjudicado.
Esta Garantía deberá ser entregada en soporte físico dentro de los CINCO (5) días hábiles de notificada la Orden de Compra mediante el sistema BAC.
La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez finalizadas todas las
prestaciones relacionadas con el contrato, a entera satisfacción del organismo licitante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 115 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
En caso de existir redeterminaciones, ampliaciones, prórrogas o cualquier otro acto que modifique el valor del contrato, ésta garantía se deberá modificar de manera tal que represente en todo momento el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato.
7.5.- ENTREGA DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías que se constituyan en la presente licitación deberán ser entregadas en la DGPMYCH, sita en la calle Av. xx Xxxx N° 575, piso 3, oficina 301 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 10 a 17 horas.
Las pólizas emitidas por compañías aseguradoras deberán contar con firma certificada por escribano público y ser constituidas a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8.- DEL PROCEDIMIENTO
8.1.- ANUNCIOS
El llamado a Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), por el término de TRES (3) días, con una antelación no menor a NUEVE (9) días de la fecha de apertura.
Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad
con lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 326-GCABAP/L20IE1G7.-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
8.2.- ADQUISICIÓN DE PLIEGOS -CONSULTAS Y ACLARACIONES
Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17.
Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el Sistema BAC y tienen carácter gratuito.
La adquisición xxx Xxxxxx es requisito indispensable para la presentación de la oferta. Asimismo, solamente los interesados que hayan adquirido el Pliego de Bases y Condiciones podrán solicitar información complementaria o aclaraciones.
Las consultas deberán realizarse mediante el Sistema Buenos Aires Compras hasta SETENTA Y DOS (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de ofertas.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación serán notificadas a cada uno de los participantes con CUARENTA Y OCHO (48) horas de anticipación del acto de apertura de ofertas.
8.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR
Podrán participar en la presente licitación pública las personas humanas y jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la licitación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 –Personas habilitadas para contratar- y 98 –Personas no habilitadas- de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su reglamentación.
8.4.- PROFESIONAL RESPONSABLE
Quien presente oferta, deberá designar en la misma un profesional responsable durante toda la licitación.
Dicho profesional, aceptado por el Organismo licitante, será el responsable del cumplimiento de los términos que establezca la documentación contractual y de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que a la firma adjudicataria se refiere. Será
estén establecidos en los
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCHademás el encargado de suministrar todos los datos que Xxxxxxx que rigen la presente licitación y todos aquellos que le sean requeridos para la
correcta ejecución de los trabajos.
El Profesional Responsable deberá concurrir periódicamente a los lugares en los que se presta el servicio.
La negligencia demostrada en la ejecución del contrato, el incumplimiento de las obligaciones contractuales o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Profesional responsable por decisión del GCABA.
En caso de producirse la caducidad de la designación del Profesional responsable, ya sea por decisión del adjudicatario o del GCABA, se deberá proponer reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante.
En caso de que el Profesional responsable no tenga relación de dependencia con el oferente al momento de la presentación de la oferta, se deberá presentar un compromiso irrevocable de parte del profesional, en el cual exprese que en caso de resultar adjudicada la oferta, asumirá el cargo para el cual se lo propone.
8.5.- PERSONAL
Se encuentra exclusivamente a cargo del Adjudicatario el personal que emplee para la prestación del servicio objeto de la licitación, siendo el único responsable ante el GCABA por el pago de los salarios del mismo, sin excepción alguna.
Asimismo, el Adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a toda la legislación laboral aplicable, estando a su exclusivo cargo los seguros, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
El Adjudicatario responderá por los daños y perjuicios que posibles reclamos judiciales o extrajudiciales por incumplimiento de lo anterior le ocasionen al GCABA, debiendo mantener la indemnidad de éste, incluso con posterioridad al vencimiento del contrato objeto del presente proceso.
9.- FORMA DE COTIZAR.
Los oferentes deberán cotizar el renglón en su totalidad especPiLficIEaGnd-2o01e9l-m06o6n7t7o8u7n9-itGarCioABA-DGPMYCH ofertado y el total al que asciende la presente licitación, expresado en letras y números.
La cotización deberá incluir todo lo requerido en las Especificaciones Técnicas. Deberá cotizarse el renglón en su totalidad, no se aceptarán cotizaciones parciales ni por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos involucrados.
El OFERENTE deberá presentar su OFERTA en moneda nacional Pesos Argentinos (ARS). A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exento. Asimismo los adquirentes deberán completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC, debiendo añadirse la correspondiente Estructura de Costos. No serán consideradas las ofertas que no se ajusten estrictamente al principio de cotización precedentemente establecido.
El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL. Se acompaña modelo de Estructura Real de Costos como Anexo I del presente Pliego.
Los oferentes deben presentar la documentación que se indica a continuación:
1. El presupuesto ofertado desagregado por ítems, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total cuando corresponda;
2. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en cuanto a sus
componentes, incluidas cargas sociales y tributarias;
3. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad a lo establecido en el artículo 5° de la Ley 2809.
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata
descalificación de la oferta correspondiente.
Se deja constancia que en caso de diferir el valor consignado, entre el presupuesto documento anexo y el cargado en el BAC, se estará al valor ingresado en BAC.
Los trabajos deberán ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, de modo que resulten completos y respondan a su fin, siendo a cargo del Adjudicatario la ejecución y/o provisión de todos los servicios o tareas que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la correcta integración de los diferentes sistemas, respetando en todo momento los estándares de atención establecidos en el PET.
10- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la presente licitación se rige por la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 6017) y su reglamentación.
Será de aplicación la siguiente Estructura de Ponderación:
ITEM | Incidencia % | FUENTE DE INFORMACIÓN |
MANO DE OBRA | 25% | CONVENIO COLECTIVO Nº 401/05 - Categoría Camarero - Básico |
MATERIA PRIMA | 50% | Índices de Precios Internos al por mayor INDEC (Ipim) 7.2.1 - Alimentos Y Bebidas (15) - INDEC |
GASTOS DE DISTRIBUCIÓN | 15% | Índice de Precios Internos al por mayor 7.2.1 (IPIM) - Productos refinados del petróleo (23) - INDEC |
OTROS GASTOS | 10% | Índices de Precios Internos al por mayor (IPIM) 7.2.1 – Nivel General - INDEC |
TOTAL | 100% |
11.- CONTENIDO DE LA OFERTA.
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
La propuesta deberá contener la siguiente documentación:
- Declaración Jurada de aptitud para contratar (Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
- Declaración jurada que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilitaciones para contratar.
- Constancia de inscripción en el Registro único y Permanente de Proveedores del
Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los rubros correspondientes.
- Declaración Jurada manifestando que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro foro o jurisdicción.
- Cotización conforme lo establecido al capítulo I del Anexo I de la Resolución 601/MHGC/14, a saber: No se aceptarán cotizaciones parciales. A efectos de facilitar la comparación de valores, la planilla deberá confeccionarse en el formato que figura en las Especificaciones Técnicas, con los valores correspondientes a cada ítem y el valor total, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del presente Xxxxxx.
- Acreditación de personería jurídica: Mediante la presentación de copias certificadas por Escribano Público de la siguiente documentación:
a) Contrato social o Estatutos, con sus respectivas modificatorias o addendas, en caso de existir.
b) Acta de Directorio u otro similar donde surja la decisión social de presentarse a licitación.
c) Plazo de duración de la sociedad, que deberá abarcar hasta la finalización del servicio y su eventual prórroga.
d) Acta de designación o poder a favor del presentante de la oferta, con facultades suficientes para ello.
- Constancia de inscripción en A.F.I.P. e Ingresos Brutos.
- Referencias comerciales, bancarias, así como todo otro dato que se considere de interés para ampliar el conocimiento de los antecedentes del oferente.
- El oferente deberá acreditar experiencia comprobable en el rubro (podrá presentar un portfolio de eventos realizados)
- Declaración jurada donde el oferente declara la cantidad de personal que destacará para la prestación. Dicha nómina deberá ser entregada antes del inicio
de tareas y será actualizada cada vez que se produzca aPlgLuInEaGv-2a0ri1a9n-t0e6.677879-GCABA-DGPMYCH
- Declaración jurada donde el oferente declara conocer en todos y cada uno de sus
aspectos las condiciones establecidas en el presente pliego, sus anexos y el Pliego único de Bases y Condiciones Generales.
- Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
- Garantía de mantenimiento de la oferta: por el cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con el Art. 101 inc. a) de la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley N°5.454) en alguna de las formas establecidas por el Art. 102 de la citada Ley. Este será el ÚNICO documento que deberá presentarse en la DGPMYCH hasta el momento fijado para presentación de ofertas. Además, deberá incorporarse al sistema BAC en el ítem correspondiente a Garantías.
- Designación de profesional responsable conforme apartado 8.4 de este Pliego.
- Constancia de Habilitación o inicio de trámite de Habilitación a nombre del oferente de la planta elaboradora de comidas propia o contratada, otorgada por los organismos técnicos que rigen en la materia, competentes en el lugar donde esté ubicado el local para la elaboración de comidas de consumo.
- Autorización del organismo competente de los vehículos de transporte pertenecientes a la empresa adjudicataria o contratados por la misma.
LA OFERTA DEBERÁ ESTAR FIRMADA EN TODAS SUS FOJAS POR EL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL Y DEBERÁ PRESENTARSE EN FORMA ELECTRÓNICA POR EL SISTEMA BAC.
Los oferentes podrán presentarse en forma individual o en una sola Unión Transitoria de Empresas (UTE).
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN UTE
Deberán ajustarse estrictamente a los Arts. 377 al 383 del Capítulo III, Sección II de la Ley N° 19.550 y sus leyes modificatorias. Las ofertas deberán contener, los documentos de constitución de la Unión Transitoria de Empresas en los que deberán constar:
-El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las empresas asociadas durante el proceso de Licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad
frente a terceros y a todas las demás obligaciones y resPpLoIEnGsa-2b0il1id9a-d06e6s7l7e8g7a9l-eGsCyABA-DGPMYCH contractuales.
-El compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E. hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato.
-El compromiso de mantener la composición de la U.T.E. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir las modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos.
El oferente deberá designar uno o más representantes legales que acrediten poder para actuar ante la administración pública, otorgado por escritura pública, con facultades suficientes para obligar a su mandante.
De los documentos por los que se confiere los poderes y por los que se constituye la U.T.E., deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.
Las empresas serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.
ACLARACIONES
Dejase establecido que toda la documentación requerida deberá presentarse por cada una de las empresas integrantes de la U.T.E. Toda la documentación deberá remitirse en formato digital a través del BAC.
Aquellos Oferentes que se presenten en forma individual no podrán hacerlo en forma conjunta, al igual que aquellos que se presenten asociados a otros como UT, no podrán participar en forma individual ni como integrantes de otras UT.
La dependencia licitante se reserva el derecho de solicitar ampliación o aclaración de la documentación presentada, a solicitud de la Comisión Evaluadora de Ofertas, a fin de evaluar correctamente los antecedentes de la empresa, sin que ello implique una modificación de la oferta.
12. APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en el Sistema Buenos Aires Compras a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera la documentación licitatoria.
Toda la documentación incorporada al BAC que compongPaLIlaEGo-f2e0r1ta9,-06d6e77b8e79te-GneCrABA-DGPMYCH consignado el nombre y logo de la empresa o UT oferente.
La apertura de ofertas se efectuará a través del Sistema Buenos Aires Compras, liberándose las ofertas el día establecido para el Acto de Apertura en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura.
13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de TREINTA (30) días hábiles a contar desde el acto de apertura de ofertas. Si el Oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
14.- SUBCONTRATISTAS
A fin de dar cumplimiento debido al objeto de la licitación, conforme lo requerido en los Pliegos de Especificaciones Técnicas, el Adjudicatario podrá realizar todas las subcontrataciones que resulten necesarias.
Las obligaciones emergentes de la subcontratación serán responsabilidad del Adjudicatario, quien deberá garantizar la inmunidad y resguardo del GCABA frente a cualquier reclamo que se le efectúe con relación a los subcontratistas, su personal o terceros.
El Gobierno no reconocerá ninguna obligación contractual entre él y ningún subcontratista, y la subcontratación de equipamiento, complementos y accesorios y los trabajos conexos a los mismos de montaje e instalación o cualquier otro necesario, no eximirá al Adjudicatario de la responsabilidad de ejecutar los mismos de acuerdo con los documentos contractuales.
NO SE PODRÁ SUBCONTRATAR EL OBJETO PRINCIPAL DE LA PRESENTE LICITACIÓN, DEBIENDO LIMITARSE ESTE TIPO DE CONTRATOS A SERVICIOS
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ACCESORIOS A LA PRESTACIÓN PRINCIPAL
15.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta la ponderación establecida en el presente pliego, la cual refleja los antecedentes de los oferentes –incluidos los informes que pueda recabar el GCABA de aquellos que hubieran recibido efectivamente el servicio informado-, la metodología de trabajo, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 108 – Funciones de la Comisión de Evaluación- de la Ley Nº 2.095, y el Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17.
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá aceptar o rechazar todas y cada una de las ofertas, cuando no resultaren convenientes y sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte de los oferentes.
16. CAUSALES DE DESCARTE DE OFERTA
Serán descartadas de pleno derecho las ofertas en las que no se hayan cotizado la totalidad de los servicios requeridos por el plazo establecido en el presente Pliego y que no hayan presentado la totalidad de la documentación considerada esencial a los efectos del presente proceso.
No obstante lo expuesto, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes en forma previa a la emisión del dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fijará al efecto de acuerdo a la complejidad de la información solicitada.
Asimismo podrá requerir que se subsanen las deficiencias insustanciales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 326-GCABA/17. En tal sentido podrá solicitarse a los oferentes documentación faltante, en tanto su integración con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas no afecte el principio de Igualdad entre los mismos, y que la omisión de dicha documentación no fuera prevista en los pliegos como causal de descarte.
17.- PREADJUDICACIÓN
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
Analizadas la totalidad de las ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas procederá a
emitir el dictamen de preadjudicación, recomendando a la oferta más conveniente para el GCABA, de conformidad con la Matriz de Evaluación que integra el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
La preadjudicación se notificará a todos los oferentes a través del sistema BAC y se publicará en el Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por UN (1) día, plazo a partir del cual los oferentes contarán con TRES (3) días para la interposición de impugnaciones, previo depósito de la Garantía de Impugnación prevista.
18.- ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo de impugnación a la preadjudicación, el GCABA resolverá mediante acto administrativo en forma fundada la adjudicación. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Organismo licitante resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
19.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El Contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al Adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la Oferta.
El Adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro de los TRES (3) días de su notificación, únicamente en el caso en que se encuentre vencido el plazo de mantenimiento de su Oferta.
De darse este supuesto, el Organismo licitante puede adjudicar el contrato al Oferente que siga en el Orden de mérito.
20.- PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se notificará al Adjudicatario y a todos los OferePnLtIeEsGa-2t0ra1v9é-0s66d7e7l87B9A-GCCyABA-DGPMYCH se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal
xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de UN (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente.
21.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
La Adjudicataria deberá:
a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato.
b) Cumplir con toda la provisión y efectuar la totalidad de los trabajos y servicios exigidos para dar cumplimiento al objeto de la licitación de conformidad con las previsiones de los Pliegos de Especificaciones Técnicas y la oferta adjudicada.
c) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en los Pliegos de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
22.- DOTACIÓN DE PERSONAL
El Adjudicatario deberá afectar la cantidad de personal necesario para respetar los estándares de servicio establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas, debiéndose indicar en la oferta la cantidad mínima de personal que afectará.
Durante la vigencia del contrato el adjudicatario podrá reemplazar el personal afectado a la prestación del servicio.
El Organismo licitante podrá solicitar al Adjudicatario el reemplazo de uno o varios integrantes del personal en el caso que el desempeño de éstos afecte la calidad de los servicios. En tal caso, el Adjudicatario tendrá que proporcionar, a la brevedad, sin costo para el GCABA y sin que afecte el normal desarrollo de los servicios, el personal de reemplazo que cumpla con los requisitos para la correcta prestación del servicio.
23.- LUGAR Y PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
23.1.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El servicio deberá prestarse a partir del perfeccionamiento del documento contractual que ocurrirá con la recepción de la correspondiente orden de compra por parte del adjudicatario, y se extenderá por un plazo xxxxxx xx XXXX (10) meses, consecutivos e interrumpidos contados desde la fecha de entrada en vigencia. El
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
adjudicatario debe efectuar por su cuenta y cargo la provisión de equipos y demás
elementos necesarios para cumplimentar adecuadamente el objeto de la presente licitación.
El adjudicatario no podrá invocar situaciones imprevistas o casos fortuitos luego de transcurrido el plazo previsto en el artículo 136 de la Ley N° 2.095, para excusarse del cumplimiento en tiempo y forma de todas aquellas obligaciones emergentes xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares de la presente licitación.
23.2.- LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de prestación del servicio será informado al adjudicatario mediante la Solicitud de Provisión de Servicio (SPR) correspondiente, y estará limitado al ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
24.- MODALIDAD DE PAGO
Se harán pagos parciales por cada certificación. El pago se efectuará dentro del plazo de TREINTA (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura contra la entrega de cada Parte de Recepción Definitiva (PRD).
25.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
Todo el personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales carecerá de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones
emergentes xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, los PliePgLoIsEGd-2e0E19s-p0e6c6i7fi7c8a7c9io-GneCsABA-DGPMYCH Técnicas, y del Contrato.
Por otra parte, el adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.
26.- SEGUROS.
a) Generalidades
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las
pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente licitación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la
prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas
contratadas por el adjudicatario. PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
b) De las compañías aseguradoras.
Las coberturas de seguros deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular.
Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
- Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder)
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En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes
prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia:
-Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Seguro de Responsabilidad Civil
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
27.- RESERVA
El GCABA se reserva la facultad de contratar con terceros la provisión de los servicios incluidos en las cláusulas del presente pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas en forma extraordinaria y fuera de las previsiones contenidas en esta licitación, cuando la demanda no pueda ser atendida o satisfecha por el Adjudicatario, teniendo en cuenta las características del servicio que se contrata.
28.- PENALIDADES
El adjudicatario podrá ser pasibles de las siguientes penalidades:
a. Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato;
b. Apercibimiento;
c. Sanción por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y,
d. Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el
eto Reglamentario.
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCHCapítulo XI del Título SEXTO de la Ley Nº 2.095 y su Decr
Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.
El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido.
Las multas que se apliquen serán independientes entre sí y acumulativas, y no liberarán al Adjudicatario frente al GCABA o a terceros de su responsabilidad por daños y perjuicios.
Las multas se afectarán automáticamente a las facturas emergentes del Contrato que estén al cobro y a todo otro pago a efectuarse con posterioridad y, en caso que superen el monto de los mismos, el excedente será aplicado a cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviese el Adjudicatario frente al GCABA, o cuando no dispusiere de otro recurso podrá exigírsele el pago directo, bajo pena de ejecución de la garantía de cumplimiento del contrato.
29.- CAUSALES DE RESCISIÓN
El GCABA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del Adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2.095 y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, serán causales de rescisión:
a. La quiebra o concurso preventivo de la Adjudicataria. En este último supuesto, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones, el GCABA resolverá sobre la continuidad contractual si hubiere prestaciones contractuales pendientes de ejecución;
b. Cuando el Adjudicatario incurra en fraude o negligencia en cuanto a las obligaciones estipuladas en el contrato;
c. Cuando en la oferta se hubiere incurrido en inexactitudes, que hayan sido determinantes para la adjudicación;
30.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación
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contractual.
Asimismo, el contrato quedará extinguido:
a. Por finalización del plazo contractual;
b. por mutuo acuerdo entre las partes;
c. modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA;
d. por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el adjudicatario;
e. Toda otra causal de revocación o rescisión del contrato con o sin culpa del proveedor prevista en la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su decreto reglamentario y en el presente Pliego.
31.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual, y en caso de divergencia se establece el orden de prelación detallado a continuación:
a. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
b. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares, si las hubiere;
c. El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares si las hubiere;
d. La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;
e. El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;
f. Orden de Compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la licitación.
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ANEXO I MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS | ||||
% | Índice | |||
ESTRUCTURA DE COSTOS - MODELO | asociado Fuente | |||
Costos Directos | ||||
Mano de Obra (Incluye cargas sociales) $ ………. | …… | …… | ||
Materiales e Insumos ( desglosado) $ ………. | …… | …… | ||
Equipos (desglosado) $ ………. | …… | …… | ||
Sub Total COSTOS DIRECTOS $ (A) | …… | …… | ||
Costos Indirectos | ||||
Gastos Generales | $ ………. | …… …… | ||
Gastos Financieros | $ ………. | …… …… | ||
Gastos Administrativos | $ ………. | …… …… | ||
Sub Total COSTOS INDIRECTOS | $ (B) | …… …… | ||
Sub Total COSTOS | $ ………. (C)= (A) + (B) | …… …… | ||
Beneficio | ||||
% de (C) | $ (D) | …… …… | ||
Impuestos (desglosado) | % de (C + D) | $ (E) | …… …… | |
Precio total Unitario | $ ………. (C)+(D) + (E) | …… …… |
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
$1(;2 - ',6326,&,Ï1 1 13I'*30<&+I19 (continuación)
X X X X X X X X XX XX X I U D A D DE B U E N O S A I R E S
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2019-06677879-GCABA-DGPMYCH
Buenos Aires,
Viernes 22 de Febrero de 2019
Referencia: PCP - SERVICIO DE CATERING PARA EVENTOS
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 24 pagina/s.
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2019.02.22 14:49:36 -03'00'
JUAN VACAS
Director General
D.G. PATRIMONIO, MUSEOS Y CASCO HISTORICO (SSGCULT)
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2019.02.22 14:49:37 -03'00'
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