Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE OBRA NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA POR LA EMPRESA PÚBLICA “GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CASTILLA-LA MANCHA
S.A.” (en adelante GICAMAN)
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES
1.- OBJETO DEL CONTRATO
2.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
4.- PERFIL DEL CONTRATANTE
5.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
6.- REVISIÓN DE PRECIOS
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
II. ADJUDICACION DEL CONTRATO
8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
9.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA
10.- FORMA Y CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
11.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
12.- CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES.
13.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS
14.-UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN Y BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS
15.- GARANTÍAS
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y EFECTOS DE LA NO FORMALIZACION
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
18.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO E INICIO DE LAS OBRAS.
19.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
20.- RECEPCIÓN DE LA OBRA
21.- CERTIFICADO FINAL DE OBRA Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
22.- MODIFICACIÓN Y SUSPENSION DEL CONTRATO.
23.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
24.- PENALIDADES.
25.- SUBCONTRATACIÓN
26.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
I. DISPOSICIONES GENERALES.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. La prestación a satisfacer mediante el contrato que se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sin perjuicio de que se concreten sus características en los siguientes apartados es la ejecución de la obra que se describe en el Punto A.1 del Cuadro Resumen de Características Particulares anexo al presente Pliego (en adelante CCP).
1.2. La ejecución del objeto del contrato que se regirá por el presente Xxxxxx deberá realizarse en consonancia con el proyecto técnico redactado por los técnicos que se mencionan en el Punto A.3 del CCP, que tendrá la consideración xx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas a los efectos del presente contrato.
2.- NATURALEZA Y REGIMEN JURÍDICO
2.1. El contrato que resulte de la adjudicación conforme al presente Pliego y a las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN es, de acuerdo con el artículo 20.1 la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), de naturaleza privada y, por su objeto, conforme al artículo 6 de dicho texto legal, ha de ser calificado como contrato de obras, por lo que se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las cláusulas contenidas en el presente Pliego y, en lo no previsto en él, en defecto de normas específicas, por lo dispuesto en la LCSP y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se regula el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RCAP) en todo lo que no se oponga a tal norma, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el derecho privado.
2.2. Las remisiones que se efectúen a la LCSP y al RCAP no suponen una alteración de la naturaleza privada del presente contrato, ni implican que la contratación se rija por lo dispuesto en dicha normativa más que en los aspectos que expresamente se indican en este pliego y en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
2.3. Dado que GICAMAN es poder adjudicador y el valor de las obras objeto a ejecutar es inferior a 4.845.000 euros, el contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada.
2.4. El presente Pliego, el Proyecto de Obra y demás documentos anexos, así como las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN revestirán carácter contractual.
2.5. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerán las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, en la que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación es la sociedad GICAMAN, siendo su Presidente quien según los Estatutos ostenta la capacidad para contratar.
4.- PERFIL DEL CONTRATANTE.
El acceso público al perfil del contratante se efectuará a través del portal web de GICAMAN (http:\\xxx.xxxxxxxxx.xx).
5.- PRESUPUESTO DE LICITACION.
5.1. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
134.1 LCSP y con los criterios establecidos en el presente Xxxxxx, y como máximo ascenderá, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante IVA), al importe que se establece en el Punto C del CCP. La cuota de de IVA se encuentra desglosada en dicho Punto C.
5.2. Los licitadores al formular sus proposiciones económicas podrán mejorar a la baja el presupuesto establecido.
5.3. Los licitadores sólo podrán presentar una oferta económica para la ejecución de las obras referidas.
5.4. Tanto en las ofertas económicas que formulen los licitadores como en la propuesta de adjudicación del contrato se indicará, como partida independiente, el importe del IVA repercutido de conformidad con lo establecido en el artículo 129.5 LCSP.
5.5. A todos los efectos se entenderá que el presupuesto de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de las prestaciones contratadas, las tasas por prestación de los trabajos de replanteo, inspección y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, así como toda clase de impuestos y tasas tanto municipales, autonómicas o estatales que se devenguen en ejecución del presente contrato.
6.- REVISIÓN DE PRECIOS.
6.1. El contrato que resulte de la adjudicación del presente Xxxxxx estará o no sujeto a revisión de precios, dependiendo de lo establecido en el Punto E.1 del CCP.
6.2 En su caso, la revisión se efectuará con arreglo a la fórmula determinada en el Punto E.2 del CCP.
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
7.1. El plazo de vigencia del contrato comenzará en el momento de la formalización del contrato y se extenderá hasta la terminación y liquidación de las obras.
7.2. El plazo para la ejecución material de las obras, salvo que la empresa contratista hubiera ofertado un plazo menor, será el establecido en el Punto F del CCP, que se computará a partir de la fecha del acta de comprobación del replanteo, si no tuviese reservas o, en caso contrario, al siguiente al de la notificación al contratista de la resolución autorizando el inicio de las obras.
7.3. El contratista que resulte adjudicatario del contrato deberá realizar las prestaciones contempladas en este Pliego dentro del plazo global señalado.
7.4 El plazo de ejecución material de las obras podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de GICAMAN en los supuestos contemplados en el artículo 11 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMA DE TRAMITACIÓN
8.1 La selección del adjudicatario se llevará a cabo con arreglo a lo dispuesto en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, en el presente Pliego y con sujeción a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
8.2 La adjudicación del contrato se realizará mediante el procedimiento establecido en el Punto G.1 del CCP.
8.2.1. En el supuesto de que la adjudicación se efectuase mediante el procedimiento negociado sin publicidad, ésta recaerá en el licitador que haya realizado la oferta económica más ventajosa, una vez valoradas las ofertas presentadas y tramitadas conforme al artículo 60 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.2.2. En el supuesto de que la adjudicación se efectuase mediante el procedimiento negociado con publicidad recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar, en su caso, consultas a diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, tramitado conforme al artículo 61 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.2.3 En el supuesto de que la adjudicación del contrato se realizará mediante el procedimiento abierto y recaerá en el licitador que haya realizado la oferta económicamente más ventajosa, una vez valoradas las ofertas presentadas conforme a los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego, tramitado conforme al artículo 62 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
8.3 La forma de tramitación del procedimiento será la que se determine en el Punto G.2 del CCP.
En el supuesto de que la forma de tramitación del procedimiento fuera urgente, esto implicará reducir a la mitad los plazos establecidos para los procedimientos ordinarios, de conformidad con lo establecido en el artículo
96.2.b LCSP.
9.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS CONTRATISTAS.
Estarán facultadas para contratar con GICAMAN las personas naturales o jurídicas, o uniones temporales de ellas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten a tenor del artículo 56.2 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos su solvencia económica y financiera, técnica y profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el Punto H del CCP.
10.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
10.1. Las ofertas deberán presentarse íntegramente redactadas en castellano, serán secretas y se sujetarán al modelo que acompaña al presente Pliego (ANEXO Nº I “Solicitud de Participación”). Su presentación presume la
aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de las cláusulas xxx Xxxxxx y de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, sin salvedad ni reserva alguna.
10.2. Las personas naturales o jurídicas que deseen tomar parte en el presente procedimiento licitatorio para la ejecución de las obras consistentes en el Punto A.1. del CCP presentarán sus proposiciones en sobre cerrado identificado en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa firmado por el licitador o persona que lo represente, con el título “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN CONVOCADA PARA CONTRATAR LA OBRA CONSISTENTE EN (…). NÚMERO DE EXPEDIENTE …..”.
Para el procedimiento de adjudicación abierto, dentro del citado sobre se contendrán otros tres sobres igualmente cerrados, identificados respectivamente en su exterior, como “Sobre A”, “Sobre B” y “Sobre C”, en los que se incluirá el contenido establecido en los artículos 56, 57 y 58 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
Para el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad y negociado con publicidad, dentro del sobre se contendrán otros dos sobres igualmente cerrados, identificados respectivamente en su exterior, como “Sobre A” y “Sobre C”, en los que se incluirá el contenido establecido en los artículos 56 y 58 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN
11.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÔN DE LAS PROPOSICIONES.
11.1 Las proposiciones de los licitadores, junto con la documentación preceptiva se presentarán en las oficinas de GICAMAN sitas en Toledo, Plaza de San Xxxxxxx, nº 5, en horario de 9:00 horas a 14:00 horas.
Asimismo, las proposiciones podrán ser enviadas por correo. En este caso el licitador deberá anunciar la remisión de su oferta al órgano de contratación a lo largo del mismo día mediante fax, remitido al número que se indique en el anuncio de licitación, al que deberá adjuntar el justificante de remisión de la oferta con anterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio a tal efecto. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición.
11.2 El plazo de presentación de ofertas concluirá en la fecha indicada en el Punto I del CCP y/o en el anuncio de licitación llevado a efecto.
11.3 Conforme con lo previsto en la Disposición Adicional 15º LCSP, todos los plazos del procedimiento de contratación se entenderán referidos a días
naturales, salvo que en el Pliego o las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN se indique expresamente que son días hábiles.
11.5. No serán admitidas las proposiciones que hayan sido presentadas en un registro distinto al de GICAMAN indicado en el apartado 11.1 y que lleguen a GICAMAN fuera del plazo señalado para su admisión.
12.- CAUSAS DEL RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones presentadas por los licitadores serán rechazadas por la Comisión de Contratación cuando concurra cualesquiera de las causas señaladas en el artículo 51 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, sin que exista posibilidad de subsanación por parte del licitador.
13.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
El criterio que ha de servir para la adjudicación del contrato es el siguiente: Proposición económica.
El mayor importe de baja sobre el precio total del contrato será valorado con la máxima puntuación, atribuyéndose a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente.
Cuando exista igualdad entre dos proposiciones, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que acrediten disponer en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. De persistir el empate, tendrá preferencia en la adjudicación aquella empresa que acredite un mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
14.- UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN Y BAJAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS.
14.1. A los efectos de determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 68 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
14.2. En el caso de que se detecte una oferta que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se procederá conforme al apartado 3 del artículo 68 de las Instrucciones Generales de Contratación de GICAMAN y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
15.- GARANTÍAS.
15.1 Para tomar parte en el procedimiento de licitación, NO se exige la constitución de garantía provisional. Sin embargo, los licitadores deberán aportar un documento en el que se deje constancia de su compromiso de constituir la garantía definitiva en caso de resultar adjudicatario del contrato según lo previsto en el apartado siguiente. Se acompaña como “ANEXO Nº II modelo de compromiso de constitución de la garantía definitiva”, que se incluirá en el “SOBRE A” referido a la documentación administrativa.
15.2. Quien resulte adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por el importe establecido en el Punto J.2 del CCP para asegurar la correcta ejecución del contrato. Se acompaña como ANEXO Nº III modelos de garantía definitiva.
15.3. Las garantías deberán ser constituidas en el plazo y forma señalados en los artículos 27 a 31 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
En caso de optar por constituir una garantía en efectivo (art. 29.1.a de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN), se admitirá la realización de un ingreso por el importe exigido, en la cuenta número 2105- 0036-10-1290018201, cuya titularidad corresponde a GICAMAN, S.A. En este supuesto, deberá aportarse resguardo bancario del ingreso en el que se haga constar además de la identificación del adjudicatario, nº de expediente, importe, el concepto “garantía definitiva”. En caso de exigirse garantía complementaria, el concepto a reflejar en el resguardo será el de “garantía complementaria”.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y EFECTOS DE LA NO FORMALIZACIÓN.
16.1. El adjudicatario queda obligado a suscribir dentro del plazo de 3 días, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente contrato privado.
16.2 A petición del adjudicatario podrá formalizarse el contrato en escritura pública, quedando obligado el adjudicatario a sufragar los gastos que ello conlleve.
16.3. El adjudicatario vendrá obligado a firmar en el acto de formalización del contrato, en prueba de conformidad con el mismo, el presente Pliego y las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
16.4. Cuando por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, GICAMAN podrá acordar la resolución de la adjudicación definitiva del contrato, previa audiencia del contratista. En tal caso, se incautará la
garantía definitiva que se hubiere constituido y se exigirán al contratista los daños y perjuicios que la falta de formalización del contrato cause a GICAMAN. En el supuesto de que se efectuara una nueva adjudicación la indemnización será como mínimo el valor equivalente a la diferencia en valor entra la oferta del contratista que no concurre a la formalización y el nuevo adjudicatario.
16.5. Cuando por causa imputable a GICAMAN no pudiera formalizarse el contrato, el adjudicatario estará facultado para solicitar la resolución de la adjudicación del contrato.
III EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
17.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Las obligaciones del adjudicatario son las establecidas en el artículo 73 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
17.2. OBLIGACIONES GENERALES DE GICAMAN: PAGO DEL PRECIO.
Por la ejecución de la obra objeto del presente pliego, GICAMAN abonará al adjudicatario el precio del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
18.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y COMIENZO DE LAS OBRAS.
18.1. La ejecución del contrato de obras comenzará al día siguiente de la firma del acta de comprobación del replanteo, siempre que en ella no se hagan constar reservas que conlleven la suspensión del inicio de las obras.
18.2. La comprobación del replanteo se efectuará en los plazos y forma regulados en el artículo 79 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
19.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas del presente Pliego y del de prescripciones técnicas, a las estipulaciones que al respecto se contienen en las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, al proyecto aprobado, a la propuesta que haya formulado el adjudicatario y a las instrucciones que, en interpretación técnicas de éstos, se diere desde GICAMAN y la Dirección Facultativa al contratista.
El adjudicatario deberá tener en cuenta que GICAMAN, S.A., en última instancia y durante la ejecución de la obra, se reserva la potestad de la elección de materiales, equipos, instalaciones, suministros y tipos de acabados de la obra, en atención a criterios de economía, calidad, diseño y de protección del medio ambiente.
20.- RECEPCIÓN DE LA OBRA Y PLAZO DE GARANTÍA
20.1. La recepción de las obras tendrá lugar en el tiempo y forma establecida en el artículo 80 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
20.2. El plazo de garantía de las obras será al menos de un año, salvo que el licitador haya ofertado un plazo superior, a contar desde la recepción de las obras.
21.- CERTIFICACIÓN FINAL DE OBRAS Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
La certificación final de obras y liquidación del contrato se efectuarán conforme al artículo 81 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
22.- MODIFICACIÓN Y SUPENSIÓN DEL CONTRATO.
22.1. El contrato sólo podrá ser modificado en los supuestos y con las condiciones establecidas en el artículo 97 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
22.2. El procedimiento a seguir para la modificación del contrato se establece en el artículo 98 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
23.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
23.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en el artículo 103 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
23.2. Para determinar los efectos y consecuencias de la resolución se estará a lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 de la estipulación 103 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
23.3. El procedimiento de resolución del contrato será el establecido en el artículo 104 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
24.- PENALIDADES POR DEMORA.
24.1 Cuando por causas imputables al contratista éste incumpliera los plazos de ejecución del contrato, GICAMAN podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias.
24.2. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato, con la correspondiente indemnización de daños y perjuicios o acordar la continuidad de su ejecución con la imposición de nuevas penalidades.
24.3. Las penalidades se impondrán en las cuantías y por el procedimiento señalado en los artículos 86 y 87 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
25.- SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación siempre que se sujete a lo establecido en el artículo 101 de las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN.
26.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Los contratos de obras suscritos al amparo del presente pliego por la empresa pública de GICAMAN se extinguen por cumplimiento del mismo con la completa ejecución de las sobras proyectadas o por resolución anticipada del mismo. La extinción por cumplimiento implica la recepción de las obras, el cumplimiento del plazo de garantía de éstas y su liquidación final; la extinción por resolución anticipada requiere la tramitación de un expediente contradictorio y tendrá las consecuencias establecidas en este pliego en función de la responsabilidad de cada parte en dicha resolución.
ANEXO I: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D. provisto con D.N.I. nº , en nombre propio/ en representación de la empresa/ en representación de la UTE constituida por las empresas , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax , e-mail
, C.I.F. , en relación con la licitación de la obra , solicita la participación en la misma y declara responsablemente que conoce las Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos suscritos por GICAMAN, el Pliego de Cláusulas Administrativas, Cuadro Resumen de Características Particulares y el Proyecto de Ejecución que regula la licitación de la referida obra, aceptando íntegramente las condiciones exigidas por GICAMAN.
Toledo, a ..... de .................. de ……….
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
ANEXO II
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
Don/Doña (…), provisto de DNI (…), con domicilio en (…), Calle (…), nº (…), teléfono (…), fax (…), actuando en nombre propio (o en representación de (…), con CIF (…), habiendo presentado una proposición en la licitación convocada para la adjudicación del contrato de (…), en cumplimiento de lo exigido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de resultar adjudicatario del contrato, me comprometo a constituir, por cualquiera de los medios señalados en la cláusula 15 del citado Xxxxxx, la garantía definitiva por un importe del 10% del precio de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor añadido, que quedará depositada a disposición del órgano de contratación en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de la notificación de la propuesta de adjudicación del contrato.
En (…), a (…) de (…) de (…).
Fdo.- (…).
En representación de (…).
ANEXO III GARANTÍAS DEFINITIVAS
La entidad (razón social de la entidad de crédito)........., con domicilio en
............. y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados y descripción de poderes)........
AVALA
Ante la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.", CIF A-45.421.641 hasta el límite de (importe en letra y en cifra)...... EUROS a (nombre y razón social del avalado).........NIF , para responder en concepto de
garantía definitiva del correcto cumplimiento del contrato suscrito entre ambos para (objeto del contrato).......
La/el (entidad) , abonará al primer requerimiento fehaciente
de GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., por escrito
y sin más requisito que expresar en el mismo la procedencia de la reclamación hasta el límite arriba indicado, considerándose la/el (entidad) ,
a tal efecto obligado solidariamente con el avalado, renunciando expresamente a los beneficios de excusión, orden y división y debiendo realizar los pagos reclamados por GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., al primer requerimiento de ésta, y sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición del reintegro.
La presente garantía a primer requerimiento tendrá validez desde su entrega a GESTIÓN DE INFRAESTRUCTRURAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., y hasta que
esta autorice su cancelación, una vez finalizado el periodo de garantía del Contrato antes mencionado sin que existan responsabilidades que hayan de ejecutarse sobre la misma.
Este aval ha quedado inscrito, con esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número……………
En ---------, a--------- de (firma de los apoderados)
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
“Certificado nº:
(Entidad aseguradora)……………. (en adelante asegurador), con domicilio en…………….y C.I.F. …………….debidamente representado por (nombre y apellidos del apoderado) , con poderes suficientes para obligarle en
este acto, según resulta de………………………….
ASEGURA
A (nombre de la empresa contratista) con
C.I.F./N.I.F.……………….en concepto de tomador de seguro ante GICAMAN, CIF: A-45.421.641, en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra y en cifra)….. .... €uros (10% del presupuesto de adjudicación), en concepto de garantía definitiva para responder del cumplimiento del contrato de:………………….., conforme a las normas y condiciones señaladas en el Pliego de condiciones y prescripciones técnicas rector de la contratación.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la empresa pública GICAMAN, sin entrar a considerar la procedencia o improcedencia de la petición.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que GICAMAN, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
En……………a…………de………
ANEXO IV DECLARACIÓN GRUPO DE EMPRESAS
D. provisto con D.N.I. nº , en nombre propio/ en representación de la empresa/ en representación de la UTE , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax
, e-mail , N.I.F. , en relación con la licitación de la obra , DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que
Opción A: la mercantil a la que representa no pertenece a ningún grupo de empresas en los términos señalados en el artículo 42 del Código de Comercio.
Opción B: la mercantil a la que representa pertenece a un grupo de empresas en los términos señalados en el artículo 42 del Código de Comercio. En aplicación de la normativa legal vigente otras empresas del grupo - indicarlas- pueden optar por concurrir de forma individual a la adjudicación del contrato, lo que se pone en su conocimiento a los efectos previstos en el artículo 86 RCAP y 136 LCSP.
Toledo, a ..... de .................. de ……….
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
ANEXO V DECLARACION DE CAPACIDAD
D. provisto con D.N.I. nº , en nombre propio/ en representación de la empresa/ en representación de la UTE , con domicilio en , nº de teléfono , nº de fax
, e-mail , N.I.F. , en relación con la licitación de la obra , DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que
1º.- Que reúne todos y cada uno los requisitos de capacidad exigidos en el “Instrucciones Generales de Contratación y Normas Reguladoras del Cumplimiento de los Contratos de la Empresa Pública Gestión de Infraestructuras xx Xxxxxxxx-La Mancha, S.A.”, comprometiéndose a aportar y acreditar ante GICAMAN todos estos requisitos cuando sea requerido y en los plazos establecidos.
2º.- Que no se halla comprendido/a, ni la empresa a que representa en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en Ia Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en concreto, en ninguna de las circunstancias recogidas en los artículos 49.1 y 45.1 ambos de la Ley de Contratos del Sector Público.
3º.- Que posee la capacidad de obrar para la realización del objeto del contrato, y cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica o profesional requerida o, en su caso, con la clasificación exigida en el pliego. (En el caso de las UTE, con referencia a cada una de las empresas que Ia constituyan).
4º.- Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con Ia Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Hacienda
de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx la Mancha y con la Seguridad Social. (En el caso de las UTE, con referencia a cada una de las empresas que la constituyan).
5º.- Que ni Ia persona física, o en su caso, los administradores y representantes de la empresa se hallan incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en Ia Ley 11/2003, de 25 del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla la Mancha (En el caso de las UTE, con referencia a cada una de las empresas que Ia constituyan).
6º.- Que en el caso de resultar adjudicatarios del contrato se compromete a constituirse formalmente en unión temporal de empresas con carácter previo a la formalización del contrato (con referencia a cada una de las empresas que la constituirán).
Toledo, a ..... de .................. de ……….
(Firma y sello del representante legal de la empresa)
ANEXO VI
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
El abajo firmante D. , mayor de edad, con D.N.I.
núm. y domicilio a efectos de notificaciones en
, en nombre propio (o en representación de
, con C.I.F de la Empresa ), teniendo conocimiento de la convocatoria de la anunciada por GICAMAN el día , solicita tomar parte en la licitación para la ejecución de las obras de “ ” (identificación de la obra de que se trate).
Y HACE CONSTAR:
1º. Que conoce y acepta plenamente todas las cláusulas xxx xxxxxx de cláusulas administrativas y todas las demás obligaciones que se deriven de los restantes documentos contractuales, si resulta adjudicatario del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales y fiscales a que se refiere el artículo 72 de las Instrucciones Generales de Contratación.
2º. Que se compromete a realizar la obra citada por un importe de
(en letra y cifras), más el IVA correspondiente al tipo de es decir (en letra y cifras) lo que supone un importe
total de (en letra y cifras), de conformidad con el
Proyecto técnico de las obras y los pliegos de cláusulas administrativas particulares y técnicas aprobados por GICAMAN para dicha obra.
3º. Que renuncia a la revisión de precios del contrato (si se trata de una obra de un plazo superior a un año y según lo establecido en el CCP) SI ; NO .
(Marcar con una xxxx las opciones de compromiso de renuncia) Xxxxx, fecha, y firma (legible).
(sello de la empresa, en su caso)