Carátula del Pliego de cláusulas administrativas particulares para Suministros/Servicios convocado por LANTIK S.A. M.P.
Carátula xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares para Suministros/Servicios convocado por LANTIK S.A. M.P.
para adjudicar mediante procedimiento abierto
1. Número de expediente y nombre del contrato | SERVICIO DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES GIS BAJO LA MODALIDAD ANS 3904 | |||
2. Entidad Contratante (datos) y perfil de contratante | LANTIK S.A. M.P. M.P., con domicilio a estos en efectos en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 – 00000 Xxxxxx Teléfono: 00 0000000 Perfil de contratante: | |||
3. Disposiciones aplicables a la preparación y adjudicación del contrato | X | A: Contrato sujeto a regulación armonizada: artículo 317 y Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro II de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (“LCSP”). B: Contrato no sujeto a regulación armonizada: artículo 318.b) de la LCSP y Sección 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la LCSP. | ||
4. Objeto del contrato y CPV (referencia de nomenclatura) | El contrato tiene por objeto: Servicio de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones gis bajo la modalidad ANS | |||
CPV: 72000000-5 | ||||
5. Plazo máximo de ejecución/duración | Ejecución: Duración: 36 meses | |||
6. Prórroga del contrato | X | Sí, el contrato podrá prorrogarse: 2 prórrogas de 1 año. No. | ||
7. Presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y rúbrica contable | Presupuesto licitación (sin IVA): IVA (21 %): Total: Valor estimado (sin IVA): Método de cálculo aplicado: Rúbrica Contable: | 2.674.560,00 561.657,60 3.236.217,60 5.349.120,00 Precios xx xxxxxxx. 607.000 | € € € € |
8. Existencia de lotes | Sí. | |
X | No, tal y como consta justificado en la memoria. | |
9. Limitaciones a los lotes y posibilidad de oferta integradora | X | No procede |
Limitaciones: | ||
Oferta integradora: | ||
10. Tipo de procedimiento, forma de tramitación y normas aplicables al procedimiento | Abierto. | |
Tramitación ordinaria. | ||
11. Lugar de obtención de los pliegos y demás documentación y posibilidad de visitas sobre el terreno | Perfil de contratante: xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxxx.xxx/xx_xxxxxxxxxxxx.xxx | |
Plataforma de Contratación de Euskadi: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxx/xx | ||
12. Garantía provisional | No. | |
13. Garantía definitiva | No procede. | |
X | Sí (5% del precio final ofertado, IVA excluido). | |
14. Plazo límite de presentación de las ofertas | Hasta las 12 horas del día 14-08-2019. Véase anuncios de licitación y Perfil de contratante de Lantik S.A. M.P. |
15. Medios de acreditación de la solvencia técnica y económico-financiera: | Para concurrir a la presente licitación, los licitadores deberán acreditar su solvencia a través de los siguientes medios: | |
1. Informe de las Instituciones Financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Si por razones justificadas no se pudiera facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por la LANTIK, S. A. M.P. | ||
2. Solvencia Técnica de la empresa. Se deberá acreditar por los siguientes medios: | ||
Según el Anexo 8 de este pliego. | ||
16. Documentación relativa a requisitos técnicos criterios no cuantificables por fórmula y compromiso de adopción de medios personales y materiales (Sobre C) | Se acompañará la siguiente documentación, respetando el orden que se indica: | |
Propuesta técnica. | ||
Subcontratación: los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. | ||
17. Documentación relativa a criterios cuantificables por fórmula (Sobre B) | La proposición económica conforme al modelo del Anexo 1 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. | |
18. Criterios de adjudicación por orden decreciente de importancia, su ponderación y forma de evaluación | Según apartado 4.9 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. | |
19. Anualidades | 2020 | 1.078.739,20€ (IVA incluido) |
2021 2022 | 1.078.739,20€ (IVA incluido) 1.078.739,20€ (IVA incluido) |
20. Lugar, día y hora para la apertura pública de la documentación relativa a criterios cuantificables por fórmula (Sobre B) | LANTIK S.A., con domicilio a estos en efectos en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, xxxxxx 00 – 00000 Xxxxxx | |
El día y la hora se notificará a los licitadores en la dirección de correo electrónico indicada por el licitador en su proposición a efectos de notificaciones y se publicará en el perfil de contratante. | ||
21. Compensación por la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o desistimiento del procedimiento | No se establece. | |
22. Revisión de precios | X | No. |
Sí: | ||
23. Admisibilidad de variantes | X | No. |
Sí: | ||
24. Gastos de publicidad e importe | X | No procede. |
Sí, hasta un máximo de (euros): | ||
25. Fecha de envío del anuncio al DOUE | No procede. | |
X | Sí: | |
26. Subrogación en contratos de trabajo | X | No procede. |
Sí. | ||
27. Otra información | Los licitadores están obligados a mantener su oferta durante un plazo de 3 meses. | |
Requisitos de formalización de contratos. A tal fin, es requisito imprescindible indicar en la oferta el correo electrónico al que LANTIK S.A. M.P. debe dirigirse. | ||
... |
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES 6
1. ENTIDAD CONTRATANTE 6
2. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 6
3. OBJETO DEL CONTRATO 6
4. DURACIÓN DEL CONTRATO 6
5. PRECIO DEL CONTRATO, VALOR ESTIMADO Y RÚBRICA CONTABLE 7
6. DIVISIÓN EN LOTES 7
7. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 7
II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7
8. FORMA DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN 7
9. DOCUMENTACIÓN DEL CONCURSO E INFORMACIÓN 7
10. GARANTÍAS 8
10.1 Provisional 8
10.2 Definitiva 8
11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 8
11.1 Lugar y plazo 8
11.2 Notas aclaratorias sobre las proposiciones 10
11.3 Causas de exclusión 11
12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 11
12.1 Sobre (A): Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos 11
12.2 Sobre (C): Requisitos técnicos, documentación relativa a criterios cuya ponderación
depende un juicio de valor y compromiso de adscripción de medios personales y materiales. 13
12.3 Sobre (B): documentación relativa a criterios cuantificables por fórmula 14
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 14
14. COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 14
14.1 Mesa de contratación 14
14.2 Actuaciones correspondientes a la apertura de las proposiciones por la Mesa 14
15. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL
CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO 15
16. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN 17
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
III. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 18
18. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 18
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 18
20. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 18
21. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA ADJUDICATARIA. 23
22. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN 24
IV. OTROS DATOS DE INTERÉS 24
23. NOTIFICACIONES 24
24. REVISIÓN DE PRECIOS 24
25. PLAZOS 25
26. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES 25
27. GASTOS DE PUBLICIDAD 25
28. SUBROGACIÓN 25
29. OTRA INFORMACIÓN 00
XXXXX 0 27
ANEXO 1 28
ANEXO 2 30
ANEXO 3 34
ANEXO 4 36
ANEXO 5 38
ANEXO 6 39
ANEXO 7 40
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. Entidad contratante
Es entidad contratante la señalada en el punto 2 de la carátula que encabeza este Pliego, cuyos datos, dirección, teléfono y perfil del contratante se indican igualmente en el mismo punto.
2. Naturaleza, régimen jurídico del contrato y jurisdicción competente
El contrato objeto de la presente licitación tiene carácter privado.
Se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las presentes cláusulas administrativas y por las disposiciones señaladas en el punto 3 de la carátula.
En cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por las normas de Derecho Privado. No obstante, le será aplicable lo dispuesto en los artículos 201 sobre obligaciones en materia medioambiental, social o laboral; 202 sobre condiciones especiales de ejecución; 203 a 205 sobre supuestos de modificación del contrato; 214 a 217 sobre cesión y subcontratación; y 218 a 228 sobre racionalización técnica de la contratación; así como las condiciones de pago establecidas en los apartados 4.º del artículo 198, 4.º del artículo 210 y 1.º del artículo 243, así como lo dispuesto en los artículos 319 y 320, todos ellos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (“LCSP”).
Para conocer de las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Para conocer de las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos y extinción del contrato será competente el orden jurisdiccional civil, con excepción de las modificaciones contractuales citadas el párrafo anterior.
3. Objeto del contrato
El objeto del contrato es el que se especifica en el punto 4 de la carátula.
4. Duración del contrato
El plazo de duración del contrato y/o de ejecución de la prestación será el fijado en el punto 5
de la carátula.
En el caso de que así se prevea en el punto 6 de la carátula, el contrato podrá ser prorrogado con la finalidad de reiterar las prestaciones durante otro período de tiempo distinto del inicial.
5. Precio del contrato, valor estimado y rúbrica contable
El presupuesto máximo de licitación es el que figura en el punto 7 de la carátula, donde igualmente se indica el valor estimado del contrato y, en su caso, la rúbrica contable con cargo a la cual se abonará el precio.
6. División en lotes
El contrato quedará dividido en lotes según se indique en el punto 8 de la carátula, con los límites y posibilidades establecidos en el punto 9.
7. Prescripciones técnicas
La prestación objeto del contrato se ajustará a las condiciones que figuran en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que forma también parte del contrato.
II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
8. Forma de adjudicación y tramitación
La adjudicación del presente contrato se realizará por el procedimiento y forma de tramitación indicados en el punto 10 de la carátula y con sujeción a las normas que se señalan en el mismo punto de la carátula.
9. Documentación del concurso e información
Las personas interesadas podrán examinar los pliegos, el contrato y demás documentación relevante en el lugar indicado en el punto 11 de la carátula, donde podrán obtener copias de la documentación.
Las dudas respecto a la documentación y demás requisitos del concurso serán resueltas por la Entidad Contratante.
Se proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten, a condición de que la hubieren pedido al menos 12 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones o de las solicitudes de participación.
El dicho punto de la carátula se consignará, en su caso, la posibilidad de visitar el lugar de ejecución del contrato.
10. Garantías
10.1 Provisional
No procederá la exigencia de garantía provisional, salvo cuando de forma excepcional por motivos de interés público, se considere necesario, y se justifique motivadamente en el punto 12 de la carátula, donde se indicará, en tal caso, la obligatoriedad de la constitución previa de una garantía que responda del mantenimiento de sus ofertas hasta la perfección del contrato.
Se podrá constituir esta garantía en las formas previstas por el apartado 1 del artículo 108 de la LCSP. El aval y el seguro de caución se ajustarán al modelo acompañado como Xxxxx XXX.
En caso de uniones temporales de empresas, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el presente Pliego y se garantice solidariamente a todos los miembros de la unión temporal.
Esta garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la perfección del contrato. En todo caso, se devolverá al licitador seleccionado como adjudicatario cuando haya constituido la garantía definitiva, pudiendo aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última
10.2 Definitiva
En el caso de que así lo prevea el punto 13 de la carátula, los licitadores que presenten las mejores ofertas deberán constituir a disposición del órgano de contratación una garantía por el importe señalado en dicho punto.
La garantía podrá presentarse en alguna de las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP. El aval y el seguro de caución se ajustarán al modelo acompañado como Xxxxx XX.
El régimen de su devolución o cancelación será el establecido por los artículos 109 y 111 de la LCSP.
La garantía definitiva quedará afecta a las responsabilidades del artículo 110 de la LCSP.
11. Presentación de las proposiciones
11.1 Lugar y plazo
Los licitadores presentarán sus proposiciones electrónicamente a través de la Plataforma de Licitación de LANTIK S.A. M.P. y tendrán de plazo hasta la fecha y hora que se indican en el punto 14 de la carátula.
Para poder licitar electrónicamente la licitadora deberá descargarse previamente la aplicación de presentación de ofertas. xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxxx.xxx/xx_xxxxxxxxxxxx.xxx
Para acceder a la Plataforma de Licitación Electrónica es necesario que la licitadora disponga de un certificado electrónico reconocido o cualificado admitido en la Diputación Xxxxx de Bizkaia.
xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxxx.xxx/xx_xxxxxxxxxxxx.xxx
El tamaño máximo permitido de cada fichero individual que se anexa en una oferta electrónica está establecido en 30 MB.
La plataforma no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos para los documentos que se anexan en la presentación de una oferta son los siguientes:
.doc | .docx : Formatos de texto nativos de Microsoft Word.
.xls | .xlsx : Formato de hoja de cálculo nativo de Microsoft Excel.
.ppt |.pptx : Formato de presentación nativo de Microsoft PowerPoint.
.rtf : Formatos de texto estándar.
.sxw : Formato de texto nativo Star Office.
.abw : Formato de texto nativo de Abiword.
.pdf : Formato documental nativo de Adobe Acrobat.
.jpg : Formato gráfico.
.bmp : Formato gráfico nativo de Microsoft Windows.
.tiff | .tif : Formato gráfico.
.odt : Formato OpentDocument texto.
.ods : Formato OpentDocument hoja de cálculo.
.odp : Formato OpentDocument presentación.
.odi : Formato OpentDocument imagen.
.zip : Formato comprimido nativo de Winzip y soportado por Microsoft Windows.
.dwg : Formato de dibujo AutoCAD.
Como medida alternativa para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
Es responsabilidad de las personas licitadoras velar porque las ofertas estén libres de virus.
No obstante, la mera presencia de virus no determina la exclusión de la oferta, siempre que se pueda acceder a su contenido.
Atendiendo a las circunstancias que concurran en cada caso, será LANTIK S.A M.P. quien decida al respecto.
La presentación de ofertas podrá realizarse durante 24 horas al día los 7 días de la semana; la fecha y hora de presentación de la oferta serán aquellas que consten en el
resguardo acreditativo emitido por el Registro Electrónico de LANTIK S.A. M.P. y coincidirá con el momento en el que finaliza la recepción de la oferta.
El envío por medios electrónicos de las ofertas podrá hacerse o bien de forma completa en un solo momento o bien en dos fases, transmitiendo primero la firma electrónica de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después la oferta propiamente dicha en un plazo máximo de 24 horas; de no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
En aquellos casos en los que las licitadoras opten por el envío de la oferta en dos fases, por ejemplo porque se prevean dificultades en la transmisión de la oferta derivadas del tamaño de la misma, problemas de conexiones de la red, etc. deberán enviar en todo caso antes del final del plazo de presentación de ofertas la huella digital de su oferta “hash”, no obstante dispondrán de un plazo de 24 horas para completar el envío de la oferta.
Las personas licitadoras podrán enviar la huella digital de su oferta “hash” al correo electrónico xxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx con indicación del número de expediente al que se refiere junto con los datos identificativos de la licitadora con el fin de que la Mesa de Contratación pueda comprobar que dicha huella digital coincide con la huella del oferta presentada una vez se produzca el envío de la misma.
La huella digital “hash” (firmado por la persona licitadora) de cada oferta permite comprobar que su contenido no se ha alterado desde el momento del envío por parte de la licitadora.
En caso de no poder acceder al contenido de una oferta porque el archivo esté dañado, se puede recurrir a la copia local generada automáticamente en el equipo de la licitadora, comprobando que la huella digital de la oferta coincide con lo que consta en poder del órgano de contratación.
11.2 Notas aclaratorias sobre las proposiciones
Una vez entregada la proposición, no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas de fuerza mayor justificada.
Los licitadores estarán obligados a mantener su oferta durante el plazo señalado en el punto 27 de la carátula, que se computará desde la finalización del plazo establecido para la presentación de las ofertas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto, en su caso, en el punto 23 de la carátula sobre variantes admitidas. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otras si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de lo previsto en este apartado dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente aspectos que se estimen fundamentales para considerar la oferta.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
11.3 Causas de exclusión
Se excluirá del concurso cualquier propuesta que incurra en alguna de las siguientes circunstancias, lo que deberá ser apreciado razonadamente por LANTIK S.A.:
(i) Presentación de la documentación fuera de plazo.
(ii) Falta de acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional exigida.
(iii) Presentación de varias proposiciones económicas, individualmente o en unión temporal con otros licitadores.
(iv) Incumplimiento de las prescripciones técnicas o del tipo máximo de licitación.
(v) La inclusión en un sobre de documentación que deba presentarse en otro sobre distinto.
(vi) El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Pliego o el de prescripciones técnicas o la no inclusión en el sobre (B) o (C) de la documentación requerida.
Las propuestas excluidas se reflejarán en el acta que corresponda o mediante diligencia razonando las causas que motivaron su exclusión.
12. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones que se presenten constarán, en principio, de tres sobres.
12.1 Sobre (A): Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos
Deberá acompañarse una declaración responsable ajustada al formulario de documento europeo único de contratación firmada y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de manifiesto lo siguiente:
(i) Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.
(ii) Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos.
(iii) Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP.
(iv) La designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP.
Se incluye como Anexo 0 el modelo al que deberá ajustarse la declaración responsable.
En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos con arreglo al formulario normalizado del documento europeo único de contratación. La presentación del compromiso a que se refiere el apartado 2 del artículo 75 de la LCSP se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 140 de la LCSP.
De haberse exigido la constitución de garantía provisional en el punto 12 de la carátula, se aportará el documento acreditativo de haberla constituido.
En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación.
Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP.
Además de la declaración responsable, las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cuando en el punto 8 de la carátula se prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
El órgano o la mesa de contratación (u órgano similar contemplado en este Pliego) podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
No obstante lo anterior, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en
una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Además, el licitador deberá aportar una declaración responsable indicando que cumple las condiciones establecidas en los pliegos que rigen la presente contratación, así como que asume los compromisos correspondientes derivados de la aceptación de los pliegos. Ello según ANEXO 2.
12.2 Sobre (C): Requisitos técnicos, documentación relativa a criterios cuya ponderación depende un juicio de valor y compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
En el caso de que así se prevea en el punto 16 de la carátula, deberán incluirse en el sobre aquellos documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación establecidos en el punto 18 de la carátula no evaluables mediante fórmulas, así como aquellos otros documentos que se prevean en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cuando así lo hagan constar en el punto 27 de la carátula, LANTIK S.A. M.P. podrá exigir a las empresas candidatas o licitadoras que además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, asuman el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, los cuales deberá detallar en su oferta.
Así mismo, se incluirá en este sobre, la declaración como confidencial de la información facilitada por la empresa, en su caso.
En hoja independiente, figurará una relación numerada del contenido del sobre.
LANTIK S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y durante la ejecución del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en el Sobre C de la documentación apartada por la empresa adjudicataria relativa a su capacidad de contratar así como los documentos que, en su caso, se consignen como acreditativos de las condiciones especiales de ejecución, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable a la empresa contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquélla si no se ha constituido o su importe equivalente si no se exige su constitución, debiendo indemnizar, además a LANTIK S.A. M.P. los daños o perjuicio ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
En ningún caso se deberá incluir en este Sobre información cuantificable por fórmula.
12.3 Sobre (B): documentación relativa a criterios cuantificables por fórmula
El Sobre (B) contendrá la documentación detallada en el punto 17 de la carátula.
13. Criterios de adjudicación
Las ofertas se valorarán con base en los criterios establecidos en el punto 18 de la carátula.
14. Composición de la mesa de contratación y valoración de las ofertas
14.1 Mesa de contratación
i. Composición:
La Mesa de Contratación de LANTIK, S. A. M.P. a los efectos de este contrato, quedará constituida del siguiente modo: el Presidente, que lo será el Gerente de la Sociedad; la Secretaria y vocal, que lo será la Jefa del Departamento de Contratación-Compras y tres vocales, que los serán: el Director de Administración y los representantes propuestos por el Director Gerente. Todos los integrantes estables de la Mesa podrán ser sustituidos por el personal que el Director Gerente designe.
ii. Constitución: para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos quienes tengan encomendadas las funciones de presidencia, secretaría y asesoramiento jurídico del órgano de contratación. En aquellas reuniones de la Mesa en las que se deban adoptar decisiones técnicas relativas al objeto del contrato, su válida constitución requerirá, además, la presencia del vocal que tenga atribuida la función del asesoramiento técnico del órgano de contratación.
Las convocatorias de la Mesa las efectuará el Secretario o persona designada, por orden del Presidente.
iii. Funciones. La Mesa ejercerá las funciones señaladas en el artículo 326.2 de la LCSP.
iv. Adopción de acuerdos: los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente.
v. Asistencia técnica a la Mesa: la Mesa podrá requerir la asistencia de técnicos a las reuniones que se celebren a los solos efectos de prestar asesoramiento especializado.
14.2 Actuaciones correspondientes a la apertura de las proposiciones por la Mesa
(i) Apertura y calificación de los Sobres (A)
Constituida la Mesa en la forma prevista en el apartado anterior, en sesión privada y con carácter previo a la apertura del Sobre (C), procederá al examen y calificación de la documentación contenida en el Sobre (A).
Si, realizada la apertura de los Sobres (A), la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación contenida en los mismos, o considerase necesaria alguna aclaración sobre dicha documentación, concederá
un plazo de 3 días hábiles para que los licitadores que hayan incurrido en dichos defectos u omisiones procedan a realizar las correcciones, subsanaciones o aclaraciones procedentes. No obstante, la licitación en que se observaran defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables será inadmitida.
Se levantará acta y dejará constancia de todo lo actuado.
(ii) Apertura del Sobre (C)
Una vez realizada la apertura del Sobre (A) y, en su caso, subsanados los defectos, la Mesa comparecerá en sesión privada con objeto de proceder a la apertura del Sobre (C).
La Mesa remitirá los Sobres (C) al departamento promotor de la contratación, para el estudio y valoración de la documentación del Sobre (C) y solicitará cuantos informes y asesoramiento considere precisos a tal efecto. Asimismo, podrá requerir a los licitadores las oportunas explicaciones sobre cualquiera de los documentos presentados.
(iii) Apertura del Sobre (B)
Una vez examinados y evaluados los Sobres (C), se constituirá la Mesa en sesión pública en el lugar, día y hora indicados en el punto 20 de la carátula, con objeto de:
(a) Comunicar a los licitadores el resultado de la valoración de los Sobres (C); y
(b) Proceder a la apertura y lectura del Sobre (B.
Se levantará acta y dejará constancia de todo lo actuado y de los asistentes al acto.
(iv) Propuesta de clasificación
La Mesa, vistas las ofertas presentadas, y previa petición de los informes que requiera para la valoración definitiva, preparará un informe técnico clasificando las proposiciones presentadas por orden decreciente atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos el punto 18 de la carátula.
15. Clasificación de las ofertas. Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y desistimiento del procedimiento
La mesa de contratación u órgano colegiado constituido al efecto o, en su defecto, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación, en el caso de que la clasificación se realice por la mesa de contratación u órgano colegiado constituido al efecto.
Para realizar la citada clasificación, se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el
punto 18 de la carátula.
Una vez aceptada la propuesta de la mesa u órgano colegiado constituido al efecto por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la LCSP para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que
hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del citado artículo; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2; y de haber constituido la garantía definitiva en su caso establecida en el punto 13 de la carátula. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
En el caso en que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar un contrato para el que se haya efectuado la correspondiente convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. En estos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en la forma prevista en el punto 21 de la carátula.
Desempates.
En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de valoración de las ofertas, tendrán preferencia de adjudicación, las siguientes empresas:
En primer lugar, en el caso de igualdad entre dos o más empresas licitadoras, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tenga en su plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa licitadora que disponga del mayor porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
En segundo lugar, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, serán preferidas las proposiciones presentadas por aquellas empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.
Si persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme a lo establecido en los apartados anteriores, resultará adjudicataria aquélla empresa que cuente con una certificación como "Entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres" expedida por un organismo público. Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, resultará adjudicataria la que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio, y si continuara el empate, se resolvería por sorteo.
16. Adjudicación del contrato, resolución y notificación
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en este Xxxxxx.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 155 de la LCSP, la notificación y la publicidad a que se refieren los párrafos anteriores deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al apartado 3 del artículo 153 de la LCSP.
La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP.
17. Formalización del contrato
El contrato se formalizará conforme al modelo acompañado como Anexo 5. En los contratos adjudicados por lotes, cada lote constituirá un contrato, salvo en casos en que, en su caso, se presenten ofertas integradoras, en los que todas las ofertas constituirán un contrato.
La formalización del contrato se ajustará a las siguientes reglas:
(i) Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44 de la LCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
(ii) En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151 de la LCSP.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP, resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
La formalización de los contratos deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación. Cuando el contrato esté sujeto a regulación armonizada, el anuncio de formalización deberá publicarse, además, en el «Diario Oficial de la Unión Europea».
III. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
18. Condiciones de ejecución del contrato
Las obligaciones del adjudicatario serán las resultantes del contrato que se celebrará con sujeción al modelo que se acompaña como Anexo 5.
19. Modificación del contrato
LANTIK S.A. M.P. podrá modificar el contrato en los términos indicados en el contrato adjunto como Anexo 5.
20. Condiciones especiales de ejecución
Obligaciones laborales, sociales y medio ambientales.
La empresa contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligada al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de personas discapacitadas y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de la empresa subcontratista – en su caso – se cumpla la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus trabajadores/as.
La empresa contratista estará obligada a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate – en su caso – se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a los trabajadores/as el convenio del sector que forman parte, especialmente en cuanto a subrogación del personal se refiere.
Se consideran condiciones especiales de ejecución:
1.- Cumplimiento de la normativa.- La contratista, en ejecución del contrato, cumplirá las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el Derecho de la Unión Europea, el Derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de Derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado. Asimismo, realizará la pertinente declaración responsable de aplicación de dicha normativa a la hora de elaborar la oferta, según el tenor al respecto referido en el ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE.
Obligación legal de emplear personas con discapacidad. - La contratista, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleadas personas trabajadoras con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanzara un número de 50 o más trabajadores, de conformidad con el artículo 42 del el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005 de 8 xx xxxxx. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante la persona responsable del contrato, cuando ésta se lo requiera, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la remisión de la última factura (ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE).
Obligación de respetar los derechos laborales básicos y cumplimiento de las convenciones fundamentales de la OIT.- La contratista asume la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo, y en especial las siguientes, según el tenor al respecto referido en el ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE
• Las Convenciones 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado.
• Las Convenciones 87 y 98, relativas a la libertad sindical, de asociación y negociación colectiva.
• La Convención 100, relativa a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.
• La Convención 111, contra la discriminación en el acceso a empleo y las condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión pública, extracción nacional u origen social.
• La Convención 138, relativa a la abolición de la explotación y el trabajo infantil.
• La Convención 182, relativa a la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de la acción inmediata para su eliminación.
2.- Obligación legal de promover la igualdad de mujeres y hombres.- La contratista, y durante la vigencia del contrato, asume la obligación de promover la igualdad de mujeres y hombres, conforme a lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres del País Xxxxx. Asimismo, se compromete a acreditar la disposición de un Plan de Igualdad, si tuviere la obligación legal (más de 250 trabajadores/as) o convencional de tenerlo, lo cual acreditará ante la persona responsable del contrato, cuando ésta se lo requiera, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la remisión de la última factura (ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE).
3.- Obligación de evitar estereotipos sexistas.- En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria, así como la subcontratista en su caso, deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
Toda la documentación referida deberá ser examinada por el responsable del contrato designado por el órgano de contratación, previo a su uso y difusión.
4.- Convenio colectivo de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato. Las licitadoras indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarias. Asimismo, tendrán la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato (ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE).
La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante. En este sentido, la presentación de la oferta presupone para las licitadoras la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
5.- La contratista o subcontratista garantizará durante la ejecución del contrato la adopción de medidas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.
La contratista o subcontratista realizará durante la ejecución del contrato campañas informativas o acciones de formación, con el fin de prevenir, evitar y erradicar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en relación con el personal adscrito a la ejecución del contrato
6.- Obligación de pago xxx xxxxxxx recogido en el convenio.- La contratista deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel (ANEXO 2, de DECLARACIÓN RESPONSABLE)
7.- La empresa adjudicataria realizará durante la ejecución del contrato acciones de sensibilización, formación y orientación dentro de la jornada laboral, para el conocimiento de los derechos establecidos en la ley o en el convenio colectivo de aplicación, en materia de conciliación de la vida laboral y familiar de personas trabajadoras.
8.- Obligación de subrogación.- En el caso de que el convenio colectivo imponga a la adjudicataria la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, regirán las siguientes cláusulas en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública:
a) Se advierte de que la contratación se encuentra sometida a la subrogación de los contratos de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras -en su caso con la antigüedad mínima que se contemple en la norma de la que surge la obligación- que, a pesar de pertenecer a otra contrata, vengan realizando la actividad objeto del contrato, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social.
b) A fin de permitir una evaluación de los costes laborales que implicará la medida de subrogación de la adjudicataria como empleador por razón de convenio colectivo, la información que resulta necesaria sobre las condiciones de los contratos de las trabajadoras y trabajadores a los que afecta la subrogación de este contrato es el señalado en el anexo correspondiente.
Esta información ha sido elaborada con la información proporcionada por la empresa que viene efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tiene la condición de empleadora de las trabajadoras y trabajadores afectados.
c) En caso de que la empresa adjudicataria contrate con terceros la realización parcial del contrato, el contratista principal asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la LANTIK S.A., con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia social o laboral.
En los casos en los que exista la obligación de subrogación, el adjudicatario presentará, previamente al inicio de la prestación de los servicios, una relación nominal de las personas destinadas a los mismos, de acuerdo a la relación de puestos de trabajo recogida en su oferta, de manera que el responsable del contrato pueda identificar, en cualquier momento, a las personas que ejecutan los trabajos planificados. Asimismo, la empresa contratista no podrá sustituir al personal establecido en su oferta, ni realizar nuevas contrataciones, sin la expresa autorización de LANTIK S.A. M.P.
9.- Condiciones especiales de ejecución en materia lingüística.
Cuando la prestación del servicio objeto de la contratación comporte una relación directa con la ciudadanía, se cumplirán las siguientes condiciones:
a) La empresa adjudicataria deberá proporcionar su prestación respetando el derecho ciudadano a ser atendido en las dos lenguas oficiales.
b) Los impresos, escritos y notificaciones de uso público deberán ser realizados en euskara y en castellano por la empresa adjudicataria.
c) Las empresas adjudicatarias de un contrato de LANTIK S.A. M.P. deberán utilizar el euskara en todas las intervenciones públicas ligadas a la actividad objeto del contrato.
d) El departamento promotor del contrato, como director de los trabajos, velará por el cumplimiento por parte de las empresas adjudicatarias de lo dispuesto en el presente artículo y del correcto uso de las lenguas oficiales
Cuando el objeto del contrato sea una consultoría y asistencia - servicio-, se cumplirán las siguientes condiciones:
a) Los pliegos de prescripciones técnicas establecerán la obligación de que las empresas adjudicatarias presenten sus trabajos en las dos lenguas oficiales, salvo que expresamente establezcan otra cosa. LANTIK S.A. M.P. no asumirá en ningún caso la traducción de documentos escritos creados en virtud de un contrato de consultoría y asistencia.
b) Será responsabilidad del departamento promotor del contrato, a través del director de los trabajos, el velar por el correcto uso de las lenguas oficiales.
Sólo para modelos XXXX:
10.- La empresa adjudicataria del contrato deberá presentar al tiempo de formalizar el contrato un programa de “cumplimiento normativo” o “compliance penal” que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 31bis, apartado 2, del Código Penal, deberá contener las siguientes determinaciones:
• Código de Conducta
• Mapa de Riesgos Penales: en el que se identificaran los riesgos penales que puedan tener mayor incidencia en la contratista, incluyendo los riesgos penales propios de su modelo de negocio y los comunes a cualquier clase de empresa.
• Manual de Prevención de Delitos Penales, en el que se recogerán las conclusiones y propuestas extraídas del estudio realizado en la fase anterior.
• Canal de Denuncias y Protocolo de actuación en caso de detección de riesgos
Seguimiento del cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución relacionadas en este apartado
Por parte de la LANTIK S.A. M.P.- La persona responsable del contrato realizará el seguimiento del cumplimiento de dichas condiciones especiales de ejecución y podrá recabar de la contratista, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, la documentación correspondiente o cualquier otra que estime pertinente para ejercer sus facultades de control y evaluación del cumplimiento del contrato, así como solicitar la celebración de reuniones de seguimiento o informes periódicos de evaluación. Asimismo, la persona responsable del contrato informará al órgano de contratación sobre los posibles incumplimientos de las obligaciones previstas en el contrato, y, en su caso, propondrá el inicio del procedimiento de imposición de penalidades o de resolución del contrato.
Por parte de la contratista. La contratista asume la obligación de tener a disposición de la persona responsable del contrato y facilitar la información y documentación requerida por ella para acreditar el cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución relacionadas en este apartado.
Consecuencias ante el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución señaladas en este apartado
El órgano de contratación podrá imponer penalidades a la empresa contratista por incumplir dichas condiciones especiales de ejecución. La cuantía de la penalidad será hasta un 4 % del precio del contrato salvo que motivadamente el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 7%, en el primer caso, y hasta un 10% en el segundo. La reiteración en el incumplimiento se tendrá en cuenta para valorar la gravedad.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse a la contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido cuando no puedan deducirse del pago.
La entidad adjudicataria del contrato acreditará el cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de este apartado mediante la presentación de una declaración conforme al modelo del Anexo 6. Esta declaración deberá presentarse anualmente desde la firma del contrato y, en todo caso, a la terminación del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, LANTIK S.A. podrá recabar de la entidad adjudicataria cualquier documentación que estime pertinente el control y evaluación del cumplimiento del contrato, así como solicitar la celebración de reuniones de seguimiento o informes periódicos de evaluación.
La obligación de presentar la referida documentación (incluida la declaración responsable con la periodicidad indicad) tiene carácter de obligación contractual, y su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato y a la imposición de las penalidades previstas en el contrato.
21. Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista adjudicataria.
En relación con los trabajadores y las trabajadoras destinados/as a la ejecución de este contrato, la empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo/a empresario/a. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, la imposición –cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado/a y empleador/a.
La empresa contratista estará obligado a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias administrativas. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará, a poder ser, espacios de trabajo con separación física del que ocupa el personal empleado público. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación.
La empresa contratista deberá designar al menos un/a coordinador/a técnico/a o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Recibir y transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa contratista deba realizar a LANTIK, S.A M.P. en relación con la ejecución del contrato.
b) Controlar el cumplimiento de las normas laborales de la empresa contratista, en particular en materia de asistencia del personal al lugar de trabajo y disfrute de vacaciones, de manera que no se perturbe la prestación del servicio contratado.
22. Seguridad de la información.
La empresa contratista deberá conocer y cumplir la Normativa de Seguridad de la información de LANTIK, S.A. M.P. para proveedores disponibles a través del perfil del contratante:
| NCS-1/1 | Norma de Seguridad: Código de Conducta Informático para |
| NCS-1/2 | Proveedores y Normativa de Seguridad de la Información para Proveedores. |
IV. OTROS DATOS DE INTERÉS
23. Notificaciones
La tramitación del procedimiento conllevará la práctica de las notificaciones y comunicaciones derivadas del mismo por medios exclusivamente electrónicos.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá utilizarse la comunicación oral para comunicaciones distintas de las relativas a los elementos esenciales de un procedimiento de contratación, siempre que el contenido de la comunicación oral esté suficientemente documentado. A este respecto, los elementos esenciales de un procedimiento de contratación incluyen: los pliegos de la contratación, las solicitudes de participación y las ofertas. En particular, las comunicaciones orales con los licitadores que puedan incidir sustancialmente en el contenido y la evaluación de las ofertas estarán documentadas de modo suficiente y a través de los medios adecuados, tales como los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los principales elementos de la comunicación.
Las notificaciones se podrán realizar mediante dirección electrónica habilitada o mediante comparecencia electrónica.
Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario, los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
No obstante lo anterior, el requisito de publicidad en el perfil de contratante no resultará aplicable a las notificaciones practicadas con motivo del procedimiento de recurso especial por los órganos competentes para su resolución computando los plazos desde la fecha de envío de la misma o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica.
24. Revisión de precios
En cuanto a la revisión de precios, se estará a lo señalado en el punto 22 de la carátula, en el que se consignará la procedencia o no de la revisión de precios y la fórmula aplicable.
25. Plazos
Salvo indicación expresa en contra, todos los plazos contenidos en el presente Pliego se entienden referidos a días naturales.
26. Admisibilidad de variantes
La posibilidad de introducir variantes se determinará en el punto 23 de la carátula.
En el caso de que sean admisibles, las variantes deberán especificar todos los elementos de la oferta que se vean afectados por ellas.
27. Gastos de publicidad
Todos los gastos de publicidad del presente concurso (incluidos, en su caso, los anuncios publicados en los periódicos) serán de cuenta de la empresa adjudicataria cuando así se disponga en el punto 24 de la carátula. Estos gastos tendrán el importe máximo que se indique en este mismo punto de la carátula y serán facturados por LANTIK S.A. M.P. a la empresa adjudicataria con anterioridad a la formalización del Contrato.
28. Subrogación
Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, en el punto 26 de la carátula se facilitará a los licitadores la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 de la LCSP.
Sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, será obligación del contratista responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último.
29. Otra información
Los licitadores deberán tener en cuenta, asimismo, la información adicional contenida en el
punto 27.
En Bilbao, a 00 xx Xxxxx xx 0000
Xxx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Director Gerente
ANEXO 0
DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DEUC)
Instrucciones de cumplimentación del Anexo Documento Europeo Único de Contratación por los licitadores.
Para poder cumplimentar el Anexo referido a la declaración responsable mediante el modelo normalizado Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) deberá seguir los siguientes pasos:
1. Descargar en el equipo el fichero DEUC.xml disponible en el Perfil del Contratante.
2. Abrir el siguiente link: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx
3. Seleccionar el idioma “español”.
4. Seleccionar la opción "soy un operador económico".
5. Seleccionar la opción "importar un DEUC".
6. Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1).
7. Seleccione el país y pinche “siguiente”.
8. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente (partes II, III, IV V – en su caso- y VI).
La parte IV se cumplimentará de conformidad con la opción marcada con una X -se limitarán a cumplimentar la sección α de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV-.
9. Imprimir y firmar el documento.
10. Este documento debidamente cumplimentado y firmado se deberá presentar junto con el resto de la documentación de la licitación de acuerdo con lo establecido en los pliegos que rigen la convocatoria y dentro del plazo fijado en la misma.
11. En caso de que se trate de un contrato con varios lotes, deberá cumplimentar una declaración por cada lote por el que licite.
12. Cuando concurra a la licitación agrupado en una UTE, se deberá cumplimentar un documento por cada una de las empresas que constituyan la UTE.
13. En caso de que el licitador acredite la solvencia necesaria para celebrar el contrato basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que tenga con ellas, se deberá cumplimentar un documento por la empresa licitadora y otro por la empresa cuyos medios se adscriben.
Tienen a su disposición la “Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública” en el link:
BOE número 85 de fecha 8 xx xxxxx de 2016
xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx
ANEXO 1
D. .................................................................................................. .....................................................................................................
con domicilio a estos efectos en ........................................ .....................................................................................................
provisto con el DNI actuando en su propio nombre y derecho/en
representación de .................................................................. .....................................................................................................
en virtud de [apoderamiento, etc.], ..................................... .....................................................................................................
con domicilio en ....................................................................... .....................................................................................................
Teléfono ..................................................................................... y CIF ........................................................................................ .
lo que acredito en la forma prevista en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta lo siguiente:
1. Que, está enterado de los anuncios publicados por LANTIK, S. A. en su Perfil del Contratante y, en su caso, en el Diario Oficial de la Unión Europea, por los que se convoca CONCURSO para la adjudicación del contrato de .................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................................................
...........................................................................................................................................................................................................
2. Que, ha examinado y conoce los Pliegos de Condiciones Técnicas y el de cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación.
3. Que, igualmente conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la Cláusula Primera xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
4. Que, encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación, todos los documentos y textos legales y reglamentarios a los que se refieren los apartados anteriores 2, 3 y, 5 siguiente, y en concreto, la referida a la cláusula relativa a la autorización a la administración tributaria pertinente para la cesión de información sobre sus datos a LANTIK, S. A.
5. Que, se compromete a llevar a cabo el contrato citado con arreglo a los siguientes precios:
Tipo trabajo | Importe/hora (IVA no incluido) | XXX | Xxxxxxx/hora (IVA incluido) |
Programación | |||
Diseño técnico | |||
Análisis de negocio | |||
Jefatura de proyectos |
Criterios cuantificables automáticamente | Valor total con mejora |
Criterio social | |
TPRS | |
TRS | |
TRMU | |
TRU | |
TRN | |
Horario del servicio | |
Tiempo estipulado para presentarse |
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … … FIRMADO,
(En el caso de uniones temporales, la proposición se suscribirá por todos los miembros de la misma).
ANEXO 2
D. ......................................................................................... ..........................................................................................
con domicilio a estos efectos en ............................... ..........................................................................................
provisto con el DNI actuando en su propio nombre y derecho/en
representación de ......................................................... ..........................................................................................
en virtud de [apoderamiento, etc.], ............................ ..........................................................................................
con domicilio en.............................................................. ..........................................................................................
Teléfono ...........................................................................y CIF .............................................................................. .
DECLARO
1.- Datos identificativos.- Que, en esta licitación los datos para practicar, con carácter preferente por correo electrónico, toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por Ley, son los siguientes: (En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, se cumplimentará una única dirección)
Dirección de correo electrónico (este e-mail será el mismo que el que se señale en el exterior de los sobres): .........................................................................................................................................................................
Domicilio: ............................................................................................................................................................................
Teléfono: .............................................................................................................................................................................
Fax: .......................................................................................................................................................................................
Persona de contacto: .....................................................................................................................................................
2.- Que la empresa a la que represento se encuentra comprendida en la categoría de PYME, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión:
Si / No
3.- Aptitud para contratar.- Certifica que ni él/ella mismo/a, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan incursos en las causas de prohibición, para contratar con LANTIK, S. A., enumeradas en el artículo 71 de la LCSP.
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4.- Jurisdicción.- Que, (para el caso de empresa extranjera). se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo di recto o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
5.- Cumplimiento de normativa .- Que, la oferta ha sido elaborada teniendo en cuenta la normativa de aplicación en materia de igualdad entre la mujer y el hombre y la normativa de aplicación en materia medioambiental, social o laboral establecida en el Derecho de la Unión Europea, el Derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de Derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado, garantizando los derechos laborales de aplicación a los trabajadores que participen en la ejecución del contrato.
La contratista asume la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo, y en especial las siguientes:
• Las Convenciones 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado.
• Las Convenciones 87 y 98, relativas a la libertad sindi ca l, de asociación y negociación colectiva.
• La Convención 100, relativa a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.
• La Convención 111, contra la discriminación en el acceso a empleo y las condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión pública, extracción nacional u origen social.
• La Convención 138, relativa a la abolición de la explotación y el trabajo infantil.
• La Convención 182, relativa a la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de la acción inmediata para su eliminación.
6.- Obligación legal de emplear personas con discapacidad .- Que, de resultar adjudicataria del contrato y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleadas personas trabajadoras con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanzara un número de 50 o más trabajadores, de conformidad con el artículo 42 del el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/201 3, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005 de 8 xx xxxxx. Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante la persona responsable del contrato, cuando ésta se lo requiera, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la remisión de la última factura.
7.- Obligación legal de promover la igualdad de mujeres y hombres.- Que, de resultar adjudicataria y durante la vigencia del contrato, asume la obligación de promover la igualdad de mujeres y hombres, conforme a lo dispuesto en la Ley 4 /2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres del País Xxxxx y declara que emplea a [indicar nº de personas] trabajadores/as.
Asimismo, se compromete a acreditar la disposición de un Plan de Igualdad, si tuviere la obligación legal (más de 250 trabajadores/as) o convencional de tenerlo, lo cual acreditará ante la persona responsable del contrato, cuando ésta se lo requiera, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la remisión de la última factura.
8.- Criterios de adjudicación específicos para el desempate.- Que estoy en disposición de aportar la documentación acreditativa de los criterios de desempate en los casos en que, tras la aplicación de los criterios de adjudicación se produzca el empate. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones:
□ Discapacidad.- Se acreditará mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente: a) La pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de personas
trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100, y b) el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
□ Empresa de inserción.- Se acreditará mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente que acredite que es una empresa de inserción de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
□ Entidades sin ánimo de lucro.- Se acreditará mediante los estatutos o reglas fundacionales inscritas en el correspondiente Registro oficial.
□ Comercio Justo.- Se acreditará mediante justificante de reconocimiento como Organización de Comercio Justo.
□ Entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.- Se deberá acreditar mediante certificación expedida al efecto por un organismo público.
9.- Subcontratación en fase de ejecución.-
□ Que, tiene previsto subcontratar el % (Rellenar en tantos por ciento y con un máximo de
dos decimales. Dicho porcentaje total nunca podrá superar el límite establecido en pliegos, o en su
defecto, el indicado en la normativa contractual que rige la licitación. Asimismo dicho porcentaje debe cuadrar con las suma de los porcentajes desglosados) del importe del contrato, de acuerdo al siguiente desglose:
Denominación de la partida o parte del contrato a subcontratar | Nombre/razón social o perfil empresarial de la subcontratista | Porcentaje que representa sobre el total (en tantos por ciento y hasta un máximo de 2 decimales) |
□ Que, NO tiene previsto subcontratar
□ Que, en cumplimiento de la obligación de subcontratar exigida en Pliegos voy a subcontratar esa parte del contrato con la empresa denominada ........................................................................................
..............................................................................................................................................................................................
que cuenta con la habilitación profesional o clasificación (Solo cuando se imponga en pliegos la subcontratación de una parte del contrato)
Que, en caso de subcontratar, la empresa a la que representa se obliga a abonar a las subcontratistas o suministradoras el precio pactado en unos plazos que no podrán ser más desfavorables que los previstos en el artículo 198 de la LCSP para las relaciones entre la Administración y el contratista, y se computarán desde la fecha de aprobación por el contratista principal de la factura emitida por el subcontratista o el suministrador, con indicación de su fecha y del período a que corresponda.
10.- Artículo 42.1 del Código de Comercio.- Que, la empresa a la que representa:
□ SÍ se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
□ NO se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
En caso de respuesta afirmativa:
□ NO concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales.
□ SÍ concurre a la adjudicación del contrato con empresas que, pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del
Código de Comercio, presentan proposiciones individuales, las cuales se relacionan a continuación:
N.I.F. | Denominación Social |
11.- Convenio colectivo y salario.- Que, el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicataria es:
.................................................................................................................................................................................................
Si / No tiene convenio colectivo de aplicación (marcar la opción que corresponda). (Rellenar únicamente en caso de ser de aplicación un convenio colectivo)
Denominación del Convenio: | |
Publicado en el Boletín Oficial de: | |
Fecha de publicación |
Que se compromete, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
12.- Con respecto a la ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES, conforme a lo previsto en el artículo 74 de la LCSP, la contratista se compromete a utilizar su organización productiva en el desarrollo de la actividad contratada. Asimismo, a efectos de completar la
acreditación de la solvencia técnica, se compromete a adscribir los medios señalados, en su caso, en el pliego de prescripciones técnicas.
13.- Que se compromete a cumplir las CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN indicadas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en su carátula, así como las que, en su caso, se recojan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … … FIRMADO,
(En el caso de uniones temporales, la proposición se suscribirá por todos los miembros de la misma).
ANEXO 3
MODELO DE AVAL (GARANTIA PROVISIONAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ...........................................
.............................................................................................................., NIF ,
Con domicilio (a efectos de notificaciones) en ................... en la calle .........................................................................
CP , y en su nombre (nombre y apellidos del / los
Apoderado/s), ................................................................................. ..............................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada al dorso del presente documento.
AVALA a ,
NIF en virtud de lo dispuesto en la Ley de Contratos
del Sector Público, en concepto de garantía provisional para responder de las obligaciones derivadas de su participación en el concurso convocado para adjudicar el contrato ....................................................................
.............................................................................................................., ante LANTIK S.A., con X.X.X. A-48119820 y
domicilio en Bilbao, Avda. Xxxxxx Xxxxx, 44por importe de: (en letra) .....................................................................
............................................................................................................... euros (en cifra) .............................................................. .
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de LANTIK S.A y con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados.
El presente aval estará en vigor hasta que LANTIK S.A. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
(Razón social de la entidad) (Firma del/ los apoderados)
(En el caso de uniones temporales, la proposición se suscribirá por todos los miembros de la misma).
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (GARANTÍA PROVISIONAL)
Certificado número ......................................................................, ............................................................................................
............................................................................................................... (en adelante, “Asegurador”), con domicilio en
............................................................................................................... ............................................................................................. y NIF .................................................................................................. debidamente representado por
D , facultado para
este acto en virtud de ................................................................... ..............................................................................................
(indicar poderes y adjuntar copia para bastanteo),
ASEGURA a ,
NIF como tomador del seguro (en adelante
el “Tomador del Seguro”), ante LANTIK S.A. (en adelante “Asegurado”), hasta el importe de (en letra) ....
............................................................................................................................... euros (en cifra) ..............................................
en concepto de garantía provisional para responder de las obligaciones derivadas de su participación en el concurso convocado para adjudicar el contrato ,
ante LANTIK S.A., con C.I.F. A-48119820 y domicilio en Bilbao, Xxxx. Xxxxxx Xxxxx, 00.
Xx Xxxxxxxxxx declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Son condiciones de este seguro las siguientes:
(i) La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al Asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del Asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el Asegurador deba hacer efectiva la garantía.
(ii) El Asegurador asume el compromiso de indemnizar al Asegurado al primer requerimiento y no podrá oponer al Asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el Tomador del Seguro y tampoco podrá plantear objeciones a ningún requerimiento de pago, aun a pesar de cualesquiera objeciones que pudieran ser planteadas por el Tomador del Seguro.
(iii) El Asegurador realizará los pagos requeridos por el Asegurado en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde el requerimiento que al efecto le formule por escrito y en cualquier forma a la siguiente dirección [●]. Los pagos requeridos por el Asegurado se efectuarán en una o más veces, según le indique éste, siempre que en su conjunto no excedan del importe asegurado.
(iv) Los pagos se efectuarán en la cuenta bancaria indicada en la notificación del Asegurado, libres de, y sin, deducciones por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, cargos, compensaciones, contra-reclamaciones, deducciones o retenciones, presentes o futuros, de la naturaleza que sean.
(v) El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Asegurado o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución.
(vi) Este seguro se rige por el Derecho español. Las disputas que surjan en virtud de esta garantía se someterán, de manera exclusiva, a los Tribunales xx Xxxxxx, a cuya jurisdicción se someten las partes, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
Asegurador
ANEXO 4
MODELO DE AVAL BANCARIO (GARANTIA DEFINITIVA
El Banco , (en lo sucesivo, el “Banco”)
y en su nombre y representación ,
con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha ........................................
.............................................................................................................. ante el Notario de ........................................................
D. .......................................................................................................... bajo el número ..............................................................
de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados.
AVALA a primer requerimiento y solidariamente a la sociedad .................................................................................
(en adelante, la “Sociedad”) con C.I.F. ................................................. y domicilio en ....................................................
........................................................................................................................... frente a LANTIK S.A.(en adelante, el
“Beneficiario”) con C.I.F. A-48.119.820 y domicilio en Bilbao, Xxxx. Xxxxxx Xxxxx, 00 hasta la cuantía máxima de (en letra) .................................................................................. euros (en cifra) .................................................
(en adelante, el “Importe Garantizado”) en el cumplimiento de cualesquiera obligaciones de pago derivadas de la correcta prestación y ejecución del contrato que tiene por objeto ............................................
............................................................................................................................ , del que ha resultado seleccionada como
oferta económicamente más ventajosa la presentada por la Sociedad, circunstancia que el Banco declara conocer.
Son condiciones de este aval las siguientes:
(i) El Banco renuncia expresamente a los beneficios de orden, excusión y división, así como al planteamiento de cualquier tipo de defensa.
(ii) El presente aval es de naturaleza abstracta, por lo que no será necesario que el Beneficiario indique o justifique las razones por las que ejecuta la garantía, y el Banco no podrá plantear objeciones a ningún requerimiento de pago a cuenta de la garantía, aun a pesar de cualesquiera objeciones que pudieran ser planteadas por la Sociedad.
(iii) El Banco deberá abonar las cantidades que le solicite el Beneficiario en el plazo máximo de cinco
(5) días naturales a contar desde el requerimiento que al efecto le formule por escrito y en cualquier forma a la siguiente dirección [●].
(iv) El Banco realizará los pagos requeridos por el Beneficiario, en una o más veces, según le indique éste, siempre que en su conjunto no excedan del Importe Garantizado.
(v) Los pagos se efectuarán en la cuenta bancaria indicada en la notificación del Beneficiario, libres de, y sin, deducciones por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, cargos, compensaciones, contra-reclamaciones, deducciones o retenciones, presentes o futuros, de la naturaleza que xxxx.
(vi) El presente aval tendrá una duración indefinida hasta que el Beneficiario autorice mediante manifestación escrita su cancelación.
(vii) Esta Garantía se rige por el Derecho español. Las disputas que surjan en virtud de esta garantía se someterán, de manera exclusiva, a los Tribunales xx Xxxxxx, a cuya jurisdicción se someten las partes, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles. Esta Garantía ha sido inscrita en el Registro Especial de Garantías, bajo el número ................................
el (fecha) ................................................................................................................................................................................
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
(Razón social de la entidad) (Firma del/ los apoderados)
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (GARANTÍA DEFINITIVA)
Certificado número ......................................................................, ............................................................................................
............................................................................................................... (en adelante, “Asegurador”), con domicilio en...
............................................................................................................... .............................................................................................. y NIF .................................................................................................. debidamente representado por
D , facultado para
este acto en virtud de ................................................................... ..............................................................................................
(indicar poderes y adjuntar copia para bastanteo),
ASEGURA a ..................................................................................................... NIF ,
como tomador del seguro (en adelante el “Tomador del Seguro”), ante LANTIK S.A. (en adelante
“Asegurado”), hasta el importe de (en letra) ....................................... ..............................................................................
euros (en cifra) , en concepto de garantía definitiva, para
responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al Asegurado conforme el contrato que tiene por objeto .......................................... ..............................................................................
.............................................................................................................................. del que el Asegurado ha resultado
adjudicatario, circunstancia que el Asegurador declara conocer.
El Asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Son condiciones de este seguro las siguientes:
(i) La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al Asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del Asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el Asegurador deba hacer efectiva la garantía.
(ii) El Asegurador asume el compromiso de indemnizar al Asegurado al primer requerimiento y no podrá oponer al Asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el Tomador del Seguro y tampoco podrá plantear objeciones a ningún requerimiento de pago, aun a pesar de cualesquiera objeciones que pudieran ser planteadas por el Tomador del Seguro.
(iii) El Asegurador realizará los pagos requeridos por el Asegurado en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde el requerimiento que al efecto le formule por escrito y en cualquier forma a la siguiente dirección [●]. Los pagos requeridos por el Asegurado se efectuarán en una o más veces, según le indique éste, siempre que en su conjunto no excedan del importe asegurado.
(iv) Los pagos se efectuarán en la cuenta bancaria indicada en la notificación del Asegurado, libres de, y sin, deducciones por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, cargos, compensaciones, contra-reclamaciones, deducciones o retenciones, presentes o futuros, de la naturaleza que sean.
(v) El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Asegurado o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución.
(vi) Este seguro se rige por el Derecho español. Las disputas que surjan en virtud de esta garantía se someterán, de manera exclusiva, a los Tribunales xx Xxxxxx, a cuya jurisdicción se someten las partes, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
Asegurador
ANEXO 5 CONTRATO
ANEXO 6
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN (CLÁUSULA 20)
D. ............................................................................................ .................................................................................
con domicilio a estos efectos en ....................................... .....................................................................................
provisto con el DNI actuando en su propio nombre y
derecho/en representación de ......................................... .....................................................................................
en virtud de [apoderamiento, etc.], .................................... .....................................................................................
con domicilio en...................................................................... .....................................................................................
Teléfono ................................................................................... y CIF ........................................................................ .
DECLARO
- Que, en relación con el contrato .............................................................................................................
adjudicado a mi representada, hasta la fecha mi representada ha cumplido, en su totalidad, las condiciones especiales de ejecución establecidas en la cláusula [20] xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares del concurso.
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
ANEXO 7
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1 CRITERIOS DE ADMISIÓN DE OFERTAS (SOLVENCIA TÉCNICA)
1.1 Solvencia técnica de la empresa
Para la realización de los trabajos objeto de contratación es requisito imprescindible que la empresa oferente acredite haber realizado durante los últimos tres años (2016–2018 inclusive):
Desarrollos informáticos con:
GIS (ESRI) por importe superior a 300.000,00 € (sin IVA)
J2EE (Jboss Java) por importe superior a 300.000,00 € (sin IVA). MICROSOFT por importe superior a 200.000,00 € (sin IVA).
HOST (Cobol Cics) por importe superior a 300.000,00 € (sin IVA)
MICROFOCUS (Cobol Cics SQL Server) por importe superior a 300.000,00 € (sin IVA)
Esta información se deberá aportar en el formato de las tablas 1, 2, 3, 4 y 5 del RESUMEN-2. Los trabajos realizados para otros clientes (no Lantik) se deberán acreditar con el correspondiente certificado, emitido por el cliente, en el que se indique:
La naturaleza de los trabajos (Desarrollo o Mantenimiento de aplicaciones).
La descripción de los trabajos (Áreas funcionales, servicios relacionados,…)
Las plataformas tecnológicas (Tecnologías que se acreditan).
Las fechas en que se han realizado (2016-2018).
El importe de los mismos (sin IVA).
1.2 Otras solvencias requeridas
CALIDAD: se requiere disponer de certificación ISO en Desarrollo y mantenimiento de aplicaciones (Indicarlo en el RESUMEN-1 y aportar fotocopia).
Para la realización del servicio es requisito indispensable cumplir:
(I) ESTABLECIMIENTO EN EL ÁREA METROPOLITANA XX XXXXXX.
(lo cual se deberá garantizar, cumplimentando el ANEXO-A)
(II) CONVENIO: Que la empresa respete con carácter general las obligaciones derivadas de la legislación laboral aplicable, especialmente la referida a la Prevención de Riesgos Laborales (lo cual se deberá garantizar, cumplimentando el ANEXO-B).
(III) EUSKARA: Que la empresa disponga de los medios y la capacitación necesaria para elaborar en euskara la documentación, los mensajes, formularios, etc. que se requieran en el desarrollo de los trabajos (lo cual se deberá garantizar, cumplimentando el ANEXO-C).
2 CUADROS RESUMEN
2.1 RESUMEN-1
DATOS DE LA EMPRESA
EMPRESA | [Nombre empresa] |
Persona interlocutora (oferta) | |
E-mail de la persona interlocutora | |
Teléfonos de contacto | |
Sucursal/oficina en Bizkaia | Si/No |
Certificaciones de calidad | ISO xxxx ER xxx/x/xx (fotocopia) |
2.2 RESUMEN-2
2.2.1 Solvencia técnica de la empresa
Los trabajos realizados para clientes (no Lantik) se deberán acreditar con el correspondiente certificado tal como se ha indicado, identificando perfectamente la tecnología y el periodo correspondiente, además del resto de datos solicitados.
Además, las tablas que se deberán rellenar son:
TABLA-1 RELACIÓN DE PROYECTOS REALIZADOS con GIS (ESRI) en los años (2016-2018)
Referencia | Descripción del proyecto | Cliente (Entidad/Persona de contacto) | Fecha inicio | Fecha fin | Importe (€ sin IVA) |
Ref 1 | mes/año | mes/año | |||
Ref 2 | mes/año | mes/año | |||
Ref n | mes/año | mes/año | |||
TOTAL | ∑€€€.€€€ |
TABLA-2 RELACIÓN DE PROYECTOS REALIZADOS con J2EE (Jboss Java) en los años (2016-2018)
Referencia | Descripción del proyecto | Cliente (Entidad/Persona de contacto) | Fecha inicio | Fecha fin | Importe (€ sin IVA) |
Ref 1 | mes/año | mes/año | |||
Ref 2 | mes/año | mes/año | |||
Ref n | mes/año | mes/año | |||
TOTAL | ∑€€€.€€€ |
TABLA-3 RELACIÓN DE PROYECTOS REALIZADOS con MICROSOFT en los años (2016-2018)
Referencia | Descripción del proyecto | Cliente (Entidad/Persona de contacto) | Fecha inicio | Fecha fin | Importe (€ sin IVA) |
Ref 1 | mes/año | mes/año | |||
Ref 2 | mes/año | mes/año | |||
Ref n | mes/año | mes/año | |||
TOTAL | ∑€€€.€€€ |
TABLA-4 RELACIÓN DE PROYECTOS REALIZADOS con HOST (Cobol Cics) en los años (2016-2018)
Referencia | Descripción del proyecto | Cliente (Entidad/Persona de contacto) | Fecha inicio | Fecha fin | Importe (€ sin IVA) |
Ref 1 | mes/año | mes/año | |||
Ref 2 | mes/año | mes/año | |||
Ref n | mes/año | mes/año | |||
TOTAL | ∑€€€.€€€ |
TABLA-5 RELACIÓN DE PROYECTOS REALIZADOS con MICROFOCUS (Cobol Cics SQL Server) en los años (2016-2018)
Referencia | Descripción del proyecto | Cliente (Entidad/Persona de contacto) | Fecha inicio | Fecha fin | Importe (€ sin IVA) |
Ref 1 | mes/año | mes/año | |||
Ref 2 | mes/año | mes/año | |||
Ref n | mes/año | mes/año | |||
TOTAL | ∑€€€.€€€ |
3 ANEXO-A: Certificación (I)
Don / Doña: ....................................................................................................................................................................................
Con Nº de D.N.I.: ...........................................................................................................................................................................
En representación de la empresa: .........................................................................................................................................
Con el N.I.F.: ...................................................................................................................................................................................
Certifica que su empresa dispone de un establecimiento permanente en el área metropolitana xx Xxxxxx, Dirección: …………………………………………………………………………………………..
Código Postal: ………………
Y con ello garantiza la disponibilidad para acudir en menos de 4 horas (*), desde que así sea solicitado por personal de Lantik, a cualquiera de las instalaciones de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, donde se le requiriese, así como a las reuniones de seguimiento que se establezcan.
En el caso de no disponer de dicho establecimiento,
Certifica que, si su empresa resulta adjudicataria del ANS, procederá a su apertura (previa a su contratación), para garantizar la presencia en menos de 4 horas (*) desde que así sea solicitado por personal de Lantik, a cualquiera de las instalaciones de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, donde se le requiriese, así como a las reuniones de seguimiento que se establezcan.
Y para que conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con LANTIK, S.A.M.P. expide este Certificado en:
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
Firma
(*)Si la empresa adjudicataria hubiera mejorado el valor de 4 horas, en el momento de la firma de contrato se volvería a firmar el presente anexo con el valor mejorado.
4 ANEXO-B: CERTIFICACIÓN (II)
Don / Doña: ....................................................................................................................................................................................
Con Nº de D.N.I.: ...........................................................................................................................................................................
En representación de la empresa: .........................................................................................................................................
Con el N.I.F.: ...................................................................................................................................................................................
Certifica que la empresa que representa respeta con carácter general las obligaciones derivadas de la legislación laboral aplicable, especialmente la referida a la Prevención de Riesgos Laborales.
Que las condiciones económicas de la propuesta garantizan la aplicación del Convenio de referencia para la entidad que represento.
Y para que conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con LANTIK, S.A. M.P. expide este Certificado en:
Lugar, fecha y firma.
En … … … … … …, a … … de … … … … … … … de … … …
FIRMADO,
Firma
5 ANEXO-C: CERTIFICACIÓN (III)
Don / Doña: ..........................................................................................................................................................................
Con Nº de D.N.I.: .................................................................................................................................................................
En representación de la empresa: .................................................................................................................................
Con el N.I.F.: .........................................................................................................................................................................
Certifica que dispone de los medios y la capacitación necesaria para elaborar en euskara la documentación, los mensajes, formularios, etc. que se requieran en el desarrollo de los trabajos.
Y para que conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con LANTIK, S.A. M.P. expide este Certificado en: