Condiciones Generales de Compra
Condiciones Generales de Compra
1. Ámbito de Aplicación
Salvo pacto en contrario con el Departamento de Compras xx Xxxxx (el “Departamento de Compras”), las presentes Condiciones Generales de Compra (las “CGC”) se aplicarán a todas las compras xx Xxxxx, ya se trate de utillajes, equipos, piezas, materias primas u otros suministros, inclusive servicios (el o los "Suministros").
2. Pedido
2.1. Orden de Pedido
Todos los Suministros deberán ser objeto obligatoriamente de una orden de pedido (el “Pedido”) por tiempo indefinido (el “Pedido Abierto”) o por tiempo determinado (el “Pedido Cerrado”). El Pedido se formulará por correo, telefax o cualquier medio electrónico acordado.
2.2. Aceptación
Las CGC se entenderán aceptadas en el momento la recepción del acuse de recibo que se adjuntará al Pedido y que será devuelto al Departamento de Compras por el proveedor (el “Proveedor”) por correo, telefax o cualquier medio electrónico acordado, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha del Pedido. Las CGC prevalecerán sobre las condiciones de venta del Proveedor. En ausencia de dicho acuse de recibo, el inicio de ejecución del Xxxxxx equivaldrá a la aceptación expresa de las CGC y a la renuncia del Proveedor a sus propias condiciones.
La aceptación de las CGC conlleva automáticamente la adhesión del Proveedor al Sistema de Producción Valeo y al Sistema de Calidad Valeo así como a cualquier otro procedimiento de Calidad que sea implantado durante el Pedido y que el Proveedor deberá cumplir.
2.3. Obligaciones específicas del Proveedor
2.3.1 El Proveedor, un profesional en su especialidad, conoce perfectamente las exigencias de la Industria del Automóvil, especialmente en términos de calidad, costes, y plazos. Se obliga a entregar los Suministros con arreglo a las normas y usos de dicha Industria, a las leyes, reglamentos y normas en vigor aplicables en materia de higiene, de seguridad, de protección del medio ambiente y de derecho laboral, en particular en cada uno de los países donde los Suministros sean fabricados y donde sean comercializados los vehículos en los que serán incorporados. El Proveedor mantendrá indemne y a salvo a Valeo frente a cualquier acción que resulte de la inobservancia de estas disposiciones y asumirá todas las consecuencias, directas o indirectas, de forma que Valeo no tenga que preocuparse en ningún caso.
2.3.2 El Proveedor deberá entregar los Suministros de conformidad con cualesquiera otros documentos que regulen las relaciones entre Valeo y el Proveedor respecto del Suministro y que completen las CGV, y en particular con los planos, especificaciones, pliegos de condiciones, etc. (los “Documentos”).
2.3.3 A petición xx Xxxxx, el Proveedor deberá efectuar cualesquiera modificaciones del Suministro, proporcionar cualesquiera informaciones sobre los Suministros o el Pedido, y certificar el origen y la composición de los Suministros.
2.3.4 El Proveedor no podrá efectuar ninguna modificación en los Suministros, especialmente un cambio de componentes, de materia, procedimiento o de lugar de fabricación sin aprobación previa, con arreglo a los procedimientos de Calidad Valeo y los usos aplicables en la Industria del Automóvil.
2.3.5 El Proveedor se compromete a entregar el Suministro para atender las necesidades xxx xxxxxxx de recambios durante los diez años siguientes a la venta del último vehículo del o de los modelos de la gama que incorporen dicho Suministro.
2.3.6 A fin de mantener permanentemente la competitividad del Suministro y de los productos Valeo que incorporen dicho Suministro, el Proveedor se obliga a llevar a cabo acciones de productividad de manera continua. El nivel mínimo de productividad anual para el Suministro será establecido de común acuerdo.
2.3.7 La aceptación del Pedido conlleva automáticamente el compromiso del Proveedor a cumplir estrictamente el plazo de entrega indicado, ya sea en el Pedido Cerrado, o en el programa de entregas enviado por XXX, webEDI o por telefax en el caso de un Xxxxxx Xxxxxxx. Ninguna entrega anticipada será aceptada, salvo pacto en contrario y a xxxxx del Proveedor.
El Proveedor indemnizará a Valeo por cualesquiera costes, directos o indirectos, en especial ligados a las interrupciones xx xxxxxx en Valeo y/o en su(s) cliente(s), que resultaran del incumplimiento de los plazos de entrega. Valeo podrá rescindir el Pedido de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2. Cualquier sobre-coste originado por un pedido de Suministros a un tercero será soportado por el Proveedor.
3. Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual
3.1 El Proveedor será personalmente responsable de la validez de sus derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a los Suministros así como del libre uso de los Suministros respecto de los derechos de propiedad intelectual e industrial de terceros. El Proveedor garantiza a Valeo contra cualquier reivindicación y/o reclamación que provenga de un tercero.
En caso de que un tercero inicie una acción con el fin de prohibir, limitar o modificar la utilización, comercialización o la venta de los Suministros, el Proveedor será el único responsable de todas las consecuencias indemnizatorias que resultaran de dicha acción, inclusive cualquier daño causado a la imagen de marca xx Xxxxx. El Proveedor indemnizará a Valeo por el total perjuicio causado por el incumplimiento total o parcial de los contratos que vinculen a Valeo con su(s) cliente(s) en relación a los Suministros, inclusive las indemnizaciones que Valeo pudiera deber a su (s) cliente(s) por no haber podido cumplir sus compromisos y los sobre-costes originados por una modificación de los Suministros y/o de los utillajes que resultara necesaria.
Además Valeo podrá rescindir el Pedido de conformidad con lo previsto en el Artículo 13.2.
3.2. En caso de rescisión del Pedido por cualquier causa, el Proveedor por la presente autoriza a Valeo a terminar o hacer terminar los utillajes o equipos así como a garantizar o hacer garantizar su mantenimiento y/o producir las piezas para los cuales están destinados, ello a pesar de cualquier derecho de propiedad intelectual y/o industrial que el Proveedor pudiera reclamar y al cual renuncia a hacer valer frente Valeo o cualquier tercero que haya sido contratado por Valeo. El Proveedor deberá además comunicar a petición xx Xxxxx todos los planos, documentos técnicos y know-how relativos a los utillajes o equipos y/o piezas.
4. Precios, Facturación y Condiciones de Pago
4.1. Precios
Los precios aplicables son los mencionados en el Pedido. Los precios son firmes y no revisables, y se entienden “Entregada Derechos Pagados – DDP (INCOTERMS 2000 o cualesquiera INCOTERMS posteriores que sustituyan a los INCOTERMS 2000)”, en el lugar de entrega de los Suministros. No podrán ser objeto de modificación alguna sin el acuerdo expreso de ambas partes. Ninguna de las partes podrá interrumpir de golpe la ejecución del Xxxxxx. La parte cuya propuesta de precios fuera rechazada tras una negociación de buena fe podrá rescindir el Pedido con arreglo a las presentes CGC, pero en caso de rescisión a instancia del Proveedor, Valeo deberá poder garantizar el cumplimiento de sus obligaciones frente a su(s) cliente(s) hasta el traspaso de la producción del Suministro objeto del Pedido con un proveedor alternativo.
4.2. Facturación y condiciones de pago
La factura deberá contener todas las indicaciones que figuran en el Pedido y que permitan la identificación y el control de los Suministros. La factura será necesariamente enviada a la dirección de facturación que conste en el anverso del Pedido.
Salvo pacto en contrario, todos los Suministros serán pagaderos por transferencia a 90 días fin de mes, el día 10 del mes siguiente, fecha de factura. Valeo podrá compensar las cantidades que el Proveedor le pudiera deber, por cualquier concepto, en relación al Pedido.
5. Embalajes y Documentos de Expedición
El Proveedor entregará los Suministros con un acondicionamiento adecuado a su naturaleza, al modo de transporte y al almacenamiento, para una entrega en perfecto estado.
Cada unidad de acondicionamiento deberá llevar en el exterior y de forma legible las indicaciones exigidas por la normativa aplicable en materia de transporte así como las indicaciones relativas a las condiciones especiales de almacenamiento. Estas menciones incluirán el numero del pedido, número de lote, la designación de los Suministros, los nombres y direcciones del remitente y del consignatario, la cantidades entregadas, el peso bruto y neto. La entrega estará acompañada de un albarán de entrega en dos ejemplares que permita la identificación de los Suministros y su control cuantitativo, adjuntando si procediera, una ficha de datos de seguridad.
Cualquier daño (roturas, faltas, deterioros, etc.) en los Suministros que resulten de un acondicionamiento inadecuado o inapropiado estarán a cargo del Proveedor.
6. Entrega
6.1 Los Suministros serán entregados en el lugar indicado en el Pedido.
6.2 Valeo podrá rechazar los Suministros por simple carta, telefax o cualquier otro medio electrónico acordado, en caso de incumplimiento del plazo de entrega, entrega incompleta o excesiva, o no conformidad del Pedido con los Documentos.
6.3 Cualquier Suministro rechazado será devuelto al Proveedor a su xxxxx, por su cuenta y riesgo en un plazo de ocho (8) días a partir de la notificación de rechazo de la entrega.
El Proveedor indemnizará a Valeo por todos los sobre-costes derivados del incumplimiento de su obligación de entrega conforme (desechos, almacenaje, clasificación, costes de sustitución, arreglos, rotura de herramientas, averías, paradas de producción en Valeo y su(s) cliente(s), campañas de recuperación, penas, pedidos de Suministro, inclusive de utillajes a un tercero, etc.).
Valeo podrá rescindir el Pedido de conformidad con lo previsto en el Artículo 13.2.
7. Garantías
7.1 El Proveedor, un experto en su especialidad, acepta una obligación de resultado y por este concepto asume la plena responsabilidad del Suministro, de su concepción, de su procedimiento de fabricación, de las decisiones técnicas a establecer para su realización así como su adecuación al uso a que está destinado. El Proveedor declara conocer perfectamente todo lo anterior, cualquiera que sea la asistencia xx Xxxxx en el curso del desarrollo del Suministro.
El Proveedor garantiza el Suministro a partir de la entrega contra cualquier falta de conformidad con el Pedido y/o los Documentos, ya provenga de un defecto xx xxxxxxxxxx, de materia o de fabricación, o más generalmente contra todo vicio aparente u oculto.
7.2 En la medida en que Valeo, su(s) cliente(s) o las autoridades competentes decidieran retirar xxx xxxxxxx un Suministro o un producto que incorpore un Suministro, el Proveedor indemnizará a Valeo por todos sus perjuicios.
7.3 El Proveedor responderá frente a Valeo por todos los daños corporales, materiales e inmateriales inclusive cualquier daño a la imagen de marca xx Xxxxx, así como por cualesquiera costes, directos o indirectos, que resultaran del incumplimiento de su obligación de entrega conforme y, si procediera, del incumplimiento por Valeo de sus obligaciones frente a su(s) cliente(s) (reembolso o sustitución gratuita del Suministro defectuoso, costes de mano de obra, clasificación, costes de sustitución, transportes excepcionales, interrupciones de producción en Valeo o en su(s) cliente(s), campañas de recuperación o de retirada, penas, pedidos de Suministro, inclusive de utillajes a un tercero, etc. ). Cualquier cláusula susceptible de disminuir esta garantía se tendrá como no puesta.
8. Seguros
El Proveedor suscribirá una póliza de seguros con una compañía de reconocida solvencia, de conformidad con las condiciones Valeo y lo acreditará a petición xx Xxxxx. Este seguro no constituye en ningún caso un límite a la responsabilidad del Proveedor.
9. Intuitu Personae - Subcontratación
9.1. El Proveedor no podrá ceder y/o transmitir, ni siquiera gratuitamente, el Pedido en todo o en parte, sin el consentimiento previo y escrito xx Xxxxx.
9.2. En caso de cambio de control del Proveedor, directo o indirecto, o de cesión de su fondo de comercio, Valeo podrá rescindir los pedidos en curso, de conformidad con lo previsto en el Artículo 13.2.
9.3. El Pedido no podrá ser subcontratado, en todo o en parte, directa o indirectamente, por el Proveedor sin el consentimiento previo y escrito xx Xxxxx.
Si el Proveedor fuera autorizado a subcontratar total o parcialmente el Pedido a uno o más terceros, el Proveedor será el único enteramente responsable frente a Valeo del cumplimiento del Pedido y de las CGC. El Proveedor deberá mantener a salvo e indemne a Valeo frente a cualquier reclamación de los subcontratistas.
10. Confidencialidad
10.1. Todas las informaciones comunicadas al Proveedor por Valeo, por cualquiera de sus filiales o por cualquiera de sus representantes, especialmente pero de manera no limitativa, las informaciones de tipo técnico, industrial, comercial o financiero, cualquiera que sea la forma de comunicación (verbal, escrita u otras), incluyendo en especial los diseños, esquemas, descripciones, especificaciones, informes, microfilmes, disquetes, software y documentación correspondiente, muestras, prototipos, etc. son confidenciales (las “Informaciones”).
También tendrán la consideración de Informaciones aquéllas que los dependientes del Proveedor, sus proveedores, subcontratistas, agentes, colaboradores permanentes u ocasionales puedan conocer con ocasión del Pedido.
10.2. Las Informaciones sólo podrán ser utilizadas en el ámbito de ejecución del Pedido. El Proveedor tomará todas las medidas para que ninguna de las Informaciones sea ni comunicada ni revelada a terceros.
Cualquier incumplimiento de esta obligación de confidencialidad conllevará la aplicación del Artículo 13.2.
10.3. Esta obligación de confidencialidad permanecerá en vigor tras la finalización del Pedido, por cualquier causa, durante un periodo de cinco (5) años. Al finalizar el Pedido, el Proveedor restituirá a Valeo, a petición suya, todos los documentos, confidenciales o no, relativos al Pedido, sin conservar copia alguna, salvo consentimiento previo y expreso xx Xxxxx.
11. Transmisión de Propiedad/ de Riesgos
11.1. En ningún caso el Proveedor podrá oponer a Valeo ninguna excepción o defensa por la cual resista, niegue o incumpla con el dar los Suministros fundado en el hecho de no haber sido pagado el precio totalmente con anterioridad. El Proveedor deberá inmediatamente una vez completo el Suministro, individualizar e identificar el mismo por medio de carteles y signos que indiquen que los mismos son de propiedad xx Xxxxx y sujetos a revisión por Valeo.
11.2. Durante la ejecución del Pedido y antes de su entrega, Valeo podrá efectuar controles de los procedimientos de fabricación de los Suministros y de los propios Suministros, en los locales del Proveedor o en los de sus eventuales subcontratistas. El Proveedor permitirá el libre acceso a Valeo en sus propios locales en cualquier momento y garantizará el libre acceso xx Xxxxx en los locales de sus subcontratistas, y ofrecerá la posibilidad a Valeo de someter los Suministros a pruebas, sin que este derecho implique disminución alguna de las garantías del Proveedor.
11.3. El riesgo se transmitirá en el momento de aceptación de la entrega de los Suministros, cualesquiera que sean las condiciones de entrega indicadas en el Pedido.
12. Moldes, Utillajes y Otros Equipos Específicos
12.1. Todos los moldes, utillajes y otros equipos específicos proporcionados por Valeo con motivo del Suministro (los “Equipos”) son de su propiedad exclusiva. También serán de su propiedad exclusiva los Equipos realizados a petición xx Xxxxx y por su cuenta, a medida que se vayan elaborando, inclusive los derechos de propiedad industrial o intelectual correspondientes.
En cualquier caso, se entenderá que los Equipos se encuentran depositados en los locales del Proveedor para los fines del Pedido, incluso a falta de un contrato xx xxxxxxxx específico o de una ficha de depósito. Solo podrán ser utilizados para las necesidades del Pedido y no podrán ser prestados, ni puestos a disposición de terceros, ni reproducidos ni copiados. Deberán llevar, a expensas del Proveedor y en un lugar visible, una placa de identificación sellada con la mención “Propiedad xx XXXXX - intransmisible e inembargable” y no podrán ser objeto de prenda y/o gravados con alguna garantía. Podrán se retirados en cualquier momento por Valeo.
12.2. El Proveedor, como depositario, responderá del perfecto cuidado, conservación, control y mantenimiento de los Equipos, a fin de evitar cualquier desviación del procedimiento o ruptura de suministro, y proporcionará a petición xx Xxxxx y cuantas veces que sea necesario, un inventario preciso y detallado. Asimismo responde de su sustitución en caso de pérdida, robo, destrucción o desgaste prematuro. A este respecto, suscribirá un seguro suficiente que cubra dichos riesgos y todos los daños que pudieran causar a terceros y lo acreditará a petición xx Xxxxx.
A la finalización del Pedido, por cualquier causa, los equipos serán restituidos a Valeo a petición suya y en plena propiedad.
13. Finalización- Rescisión
13.1 Finalización
13.1.1El Pedido Abierto se pacta por tiempo indefinido y las cantidades por las cuales Valeo se obliga serán las previstas en los programas de entrega. Valeo podrá dar por finalizado el Pedido en cualquier momento por carta certificada con acuse de recibo con un preaviso de tres (3) meses. Dicho plazo de preaviso podrá reducirse por acuerdo expreso entre las partes o en caso de urgencia. Durante dicho plazo, el Pedido deberá ser ejecutado con arreglo a las condiciones contractuales, y en particular al precio en vigor en el momento de la denuncia. El hecho de dar por finalizado el Pedido no dará lugar a ningún derecho a indemnización del Proveedor por ningún concepto.
13.1.2El Pedido Cerrado se pacta por tiempo determinado y no es susceptible de prórroga.
13.2 Rescisión
En caso de incumplimiento por el Proveedor de cualquiera de sus obligaciones contractuales, el Pedido quedará rescindido de pleno derecho y sin más trámites, a elección xx Xxxxx, a partir del octavo día siguiente al requerimiento por carta certificada con acuse de recibo, que no haya surtido en todo o parte ningún efecto durante este plazo, y con reserva de cualesquiera daños y perjuicios que Valeo pudiera reclamar.
14. Disposiciones varias
14.1. Si alguna de las disposiciones de las CGC fuera declarada nula o inválida, ello no afectará al resto de las disposiciones que permanecerán en pleno efecto y vigor.
14.2. El hecho de que Valeo no ejercite en cualquier momento alguno de sus derechos con arreglo a estas CGC, el Pedido y/o los Documentos, no será considerado como una renuncia a los mismos, ni impedirá que Valeo posteriormente ejercite o haga valer dichos derechos.
14.3. El Proveedor no está autorizado a hacer referencia a sus relaciones comerciales con Valeo sin el consentimiento previo y expreso xx Xxxxx.
14.4. En caso de disputa, las partes se someten a la ley argentina, y a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires. La Convención de Viena de 1980 sobre la compraventa internacional de mercaderías no será aplicable.
Puesta al día: Febrero 2005