PLIEGO DE CONDICIONES AD AEDIFICANDUM
PLIEGO DE CONDICIONES AD AEDIFICANDUM
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN EL CONCURSO CONVOCADO POR “SEGURIDAD Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL VALENCIANA, S.A.” (SEPIVA) PARA LA CONSTITUCIÓN DE ARRENDAMIENTOS AD AEDIFICANDUM SOBRE DETERMINADAS PARCELAS INCLUIDAS EN
PARQUE EMPRESARIAL EL XXXXXXXX xx XXXXXX DE XIVERT
(XXXXXXXXX)
Índice
3. DESCRIPCIÓN Y PRECIO DE LAS PARCELAS 5
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION 7
5.1 CONVOCATORIA DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE OFERTAS 7
5.2 CONTENIDO DE LAS OFERTAS 7
5.3 COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO ENCARGADO DE LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 9
5.4 DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO 9
5.4.1 Inicio del procedimiento 9
5.4.2 Apertura del SOBRE I: Documentación General 9
5.4.3 Apertura del SOBRE II 10
5.5 ADJUDICACIÓN DE LAS PARCELAS MEDIANTE LA FIRMA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO “AD AEDIFICANDUM” 11
6. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN 12
7. PLAZO DE VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO “AD AEDIFICANDUM” 12
8. FORMA DE PAGO Y CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA FINALIZACIÓN DEL PERIODO DE VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM 13
9. OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATARIOS 14
11. CONSECUENCIAS DERIVADAS DEL EJERCICIO DEL DERECHO A RESOLVER EL ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM POR PARTE DE SEPIVA 17
ANEXO I PLANO DEL PLAN PARCIAL “EL XXXXXXXX” DE ALCALÀ DE XIVERT 19
XXXXX XX: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN INCAPACIDAD PARA CONTRATAR 21
ANEXO III: MODELO DE INSTANCIA PARA LA SOLICITUD DE PARCELAS MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE UN ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM SOBRE LAS MISMAS 23
XXXXX XX: MODELO DE PROPUESTA DE ACTIVIDAD 25
1. OBJETO DEL CONCURSO
El presente Xxxxxx tiene como objeto regular la constitución de arrendamientos “ad aedificandum” sobre determinadas parcelas de uso industrial, incluidas en el Plan Parcial “El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert y Programa para el desarrollo de la actuación integrada para el Parque Empresarial El Xxxxxxxx, de Alcalà de Xivert, Xxxxxxxxx.
Dichas parcelas tienen la consideración de patrimonio público de suelo, a los efectos de la legislación aplicable, son titularidad de SEPIVA y aparecen detalladas en el Plano de Ordenación del Plan Parcial “El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert, que se adjunta como Anexo I al presente Pliego.
2. FINALIDAD
La finalidad a la que queda adscrita cada parcela es la de construcción de instalaciones para la realización de actividades industriales y servicios vinculados a éstas, acordes con los usos previstos en las Ordenanzas Municipales y en la normativa urbanística aplicable.
Las condiciones de uso son las que se recogen en las Normas Urbanísticas del Parcial “El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert para el desarrollo del Parque Empresarial El Xxxxxxxx xx Xxxxxx de Xivert (Xxxxxxxxx), aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo xx Xxxxxxxxx de fecha 26 de julio de 2005, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxx de fecha 9 xx xxxxxx de 2005 y en el DOGV nº 5116 de fecha 18 de octubre de 2005. Las superficies aproximadas de las parcelas son, tal como se indican en la cláusula siguiente, las que se detallan en el Plano Parcelario del mencionado Plan Parcial que se adjunta como Anexo I al presente Pliego, estando los adjudicatarios en todo caso vinculados al cumplimiento del planeamiento urbanístico y Ordenanzas vigentes.
3. DESCRIPCIÓN Y PRECIO DE LAS PARCELAS
Las parcelas incluidas en el Parque Empresarial “El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert (Xxxxxxxxx), objeto de este pliego son las que se detallan en el Plano del Plan Parcial “El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert, que se adjunta como Anexo I al presente.
Se fija como precio mínimo de arrendamiento la cantidad de 0,3 €/m2/mes. Sin embargo, la contraprestación por el arrendamiento ad aedificandum consistirá en la edificación por el arrendatario de una nave industrial. De esta forma, el precio de arrendamiento definitivo será el estipulado en cada uno de los contratos que se firme.
Parcelas incluidas en El Parque Empresarial El Xxxxxxxx xx Xxxxxx de Xivert (Xxxxxxxxx)
Parcelas | Superficie | Parcelas | Superficie | Parcelas | Superficie | ||
(m2) | (m2) | (m2) | |||||
M-A-P-1 | 1.775,36 | M-A-P-26 | 843,30 | M-B-P-23 | 2.653,85 | ||
M-A-P-2 | 950,00 | M-A-P-27 | 978,30 | M-C-P-1 | 1.755,93 | ||
M-A-P-3 | 950,00 | M-B-P-1 | 1.228,54 | M-C-P-2 | 1.405,03 | ||
M-A-P-4 | 950,00 | M-B-P-2 | 1.000,00 | M-C-P-3 | 1.405,03 | ||
M-A-P-6 | 4.615,82 | M-B-P-3 | 1.000,00 | M-C-P-4 | 1.405,03 | ||
M-A-P-7 | 4.660,57 | M-B-P-4 | 1.000,00 | M-C-P-5 | 1.405,03 | ||
M-A-P-8 | 4.705,35 | M-B-P-5 | 2.100,72 | M-C-P-6 | 1.705,86 | ||
M-A-P-9 | 4.750,12 | M-B-P-6 | 2.653,85 | M-C-P-7 | 5.618,06 | ||
M-A-P-10 | 1.310,19 | M-B-P-7 | 2.653,85 | M-C-P-8 | 5.538,51 | ||
M-A-P-11 | 1.057,77 | M-B-P-8 | 2.653,85 | M-C-P-9 | 5.875,83 | ||
M-A-P-12 | 1.057,77 | M-B-P-9 | 2.653,85 | M-C-P-10 | 5.783,83 | ||
M-A-P-13 | 1.057,77 | M-B-P-10 | 2.653,85 | M-C-P-11 | 5.691,82 | ||
M-A-P-14 | 1.057,77 | M-B-P-11 | 2.653,85 | M-C-P-12 | 1.599,15 | ||
M-A-P-15 | 1.287,77 | M-B-P-12 | 1.353,87 | M-C-P-13 | 970,62 | ||
M-A-P-16 | 978,30 | M-B-P-13 | 1.123,84 | M-C-P-14 | 820,62 | ||
M-A-P-17 | 843,30 | M-B-P-14 | 1.123,84 | M-C-P-15 | 820,62 | ||
M-A-P-18 | 843,30 | M-B-P-15 | 1.123,84 | M-C-P-16 | 820,62 | ||
M-A-P-19 | 978,30 | M-B-P-16 | 1.123,84 | M-C-P-17 | 970,62 | ||
M-A-P-20 | 978,30 | M-B-P-17 | 1.380,79 | M-C-P-18 | 970,62 | ||
M-A-P-21 | 843,30 | M-B-P-18 | 2.653,85 | M-C-P-19 | 820,62 | ||
M-A-P-22 | 843,30 | M-B-P-19 | 2.653,85 | M-C-P-20 | 820,62 | ||
M-A-P-23 | 978,30 | M-B-P-20 | 2.653,85 | M-C-P-21 | 820,62 | ||
M-A-P-24 | 978,30 | M-B-P-21 | 2.653,85 | M-C-P-22 | 970,62 | ||
M-A-P-25 | 843,30 | M-B-P-22 | 2.653,85 | M-C-P-23 | 1.503,35 |
4. SOLICITANTES
Están capacitados para tomar parte en el presente concurso, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, cuyo objeto social comprenda una actividad industrial y/o de servicios complementarios, que tengan plena capacidad de obrar y no estén afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 y concordantes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación de las parcelas que se incluyen en el presente Pliego, y se detallan en el Plano de Ordenación al que se hace referencia en la cláusula tercera, se realiza mediante concurso cuyo procedimiento se regula en el presente Pliego.
5.1 CONVOCATORIA DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE OFERTAS
La convocatoria del concurso se realizará mediante anuncio en prensa en el que se hará constar el lugar y horarios en que el presente Xxxxxx, sus Anexos y demás antecedentes obrarán y estarán a disposición informativa del público, así como la fecha término, lugar y horario para la presentación de proposiciones, no admitiéndose expresamente las presentadas por correo certificado, fax, correo electrónico o cualesquiera otros medios.
A los efectos de lo manifestado en el párrafo anterior, el presente Pliego estará a disposición del público en la Sede Central SEPIVA (Avda. Cortes Valencianas 20 -Valencia 46015.-Tel.: 00.000.00.00), y en nuestra página web xxx.xxxxxx.xx, página en la que también se publicarán las aclaraciones o subsanaciones de errores detectados durante la licitación.
La presentación de ofertas se realizará en los Registros Generales de la Sede Central de SEPIVA ó del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert, finalizando el plazo a las 14:00 h del día 30 de Septiembre de 2013.
Igualmente, y para obtener mayor información, los interesados podrán dirigirse al Departamento de Promoción Industrial de SEPIVA, bien telefónicamente: 00.000.00.00 – 00.000.00.00, bien vía e-mail: xxxxxx_xxx@xxx.xx
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicionada por parte del solicitante de las cláusulas de este Pliego.
Las proposiciones y toda la información y documentación que se presente deberán facilitarse en castellano y/x xxxxxxxxxx.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SEPIVA considere fundamental para la valoración de la oferta, o que no guarde concordancia con la documentación examinada y admitida.
Las ofertas constarán de dos sobres separados e independientes, cerrados y firmados por el solicitante o persona que le represente. En cada uno de los sobres se indicará:
- El objeto del concurso: “Solicitud de Parcelas en el PARQUE EMPRESARIAL” El Xxxxxxxx” de Alcalà de Xivert (Xxxxxxxxx).
- El contenido del sobre (según se indica en los apartados siguientes).
- El nombre o razón social del solicitante.
El contenido de los sobres deberá comprender necesariamente la documentación que, a continuación, se determina, pudiendo incluirse cualquier otra que el concursante considere idónea para acreditar las condiciones que reúna en función de los criterios que han de servir para la evaluación de las proposiciones.
Todas las proposiciones presentadas fuera de plazo serán automáticamente rechazadas.
SOBRE I: Documentación General
PRIMERO.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA PERSONALIDAD EMPRESARIAL
a) Las sociedades mercantiles, laborales, cooperativas o cualquier otra forma asociativa permitida en la Legislación vigente, deberán presentar:
Copia de la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro correspondiente junto a Nota Simple del Registro Mercantil que acredite la veracidad de dicha copia.
b) Los empresarios individuales aportarán copia del Documento Nacional de Identidad.
En ambos supuestos SEPIVA podrá requerir en cualquier momento la presentación de los originales de los documentos señalados, para su comprobación.
SEGUNDO.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA REPRESENTACIÓN
Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deberán acreditar tal representación mediante copia del poder notarial. Si el poder con el que comparece contiene delegación permanente de facultades habrá de figurar inscrito en el Registro Mercantil.
Igualmente la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad.
En ambos supuestos SEPIVA podrá requerir en cualquier momento la presentación de los originales de los documentos señalados, para su comprobación.
TERCERO.- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Los solicitantes deberán declarar bajo su responsabilidad no estar incursos en prohibición de contratar con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 60 y concordantes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ajustándose al modelo del Anexo II del presente pliego.
SOBRE II: Solicitud de parcelas
El Sobre II contendrá el escrito de solicitud de parcelas ajustado al modelo oficial que se acompaña como Xxxxx XXX, al cual deberán acompañar una Memoria Justificativa de la actividad a desarrollar y de las necesidades especificas de suelo de la misma.
Igualmente contendrá, una propuesta de actividad que pretende desarrollar en la parcela, cuyo modelo se acompaña como Xxxxx XX, con una valoración detallada de los criterios para la adjudicación expuestos en la cláusula 6 de este Pliego.
La solicitud deberá ser congruente con la necesidad de suelo justificada en la Memoria y ajustarse a la parcelación aprobada para el Parque Empresarial, no pudiendo solicitarse más parcelas que las necesarias para el desarrollo de la actividad industrial, ni superficies en metros cuadrados que no se correspondan con la parcelación urbanística. En el caso que para realizar la instalación propuesta fuera necesaria más de una parcela la agrupación la realizaría SEPIVA, repercutiendo los gastos al arrendatario.
En este sobre se aportará por los solicitantes una propuesta de la actividad que pretende desarrollar en la parcela, con una valoración detallada de los criterios para la adjudicación expuestos en la cláusula 6 de este Pliego.
5.3 COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO ENCARGADO DE LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Para la valoración de las ofertas presentadas y selección de la que, en su conjunto, ofrezca las mejores condiciones, se constituirá un órgano colegiado, cuyo número podrá ser de tres ó cinco miembros, y cuya composición será decidida por el Presidente/ Consejero Delegado de SEPIVA o persona en quién delegue.
En todo caso, dicho órgano estará presidido por el Presidente/ Consejero Delegado de SEPIVA o persona en quien delegue.
5.4 DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO
5.4.1 Inicio del procedimiento
Terminado el plazo de recepción de ofertas fijado en los anuncios de licitación, se constituirá el órgano encargado de su valoración que levantará acta relacionada de la documentación recibida, o en su caso, de la ausencia de solicitantes.
5.4.2 Apertura del SOBRE I: Documentación General
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la terminación del plazo de presentación de las solicitudes, el Presidente del órgano encargado de la valoración de las ofertas o persona
en quien delegue ordenará la apertura de los SOBRES I y se levantará acta que reflejará la relación de documentos que figure en cada uno de ellos.
Si el órgano encargado de la valoración de las ofertas observase defectos u omisiones en la documentación presentada las admitirá de forma condicionada y comunicará a los interesados mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción esta circunstancia, concediendo un plazo de cinco días hábiles para que los solicitantes los corrijan o subsanen ante el propio órgano encargado de la valoración de las ofertas presentadas.
Igualmente, el órgano encargado de la valoración podrá pedir al solicitante aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días hábiles.
La no subsanación de las deficiencias observadas o la no aclaración o presentación de documentación complementaria que, a juicio del órgano encargado de la valoración de las ofertas resulte necesaria conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, dará lugar a su exclusión automática del proceso de selección de ofertas.
SEPIVA comunicará a los solicitantes su admisión mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción.
En el día y hora señalados al efecto, el Presidente del órgano encargado de la valoración de las ofertas presentadas o la persona en la que éste delegue, ordenará la apertura del SOBRE II. De dicha reunión se levantará Acta que recogerá las solicitudes presentadas por las empresas admitidas y las parcelas a que aluden dichas solicitudes, así como la valoración de las ofertas presentadas.
Con el fin de evaluar las ofertas presentadas y proponer la adjudicación, el órgano de valoración podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos.
En la propuesta de adjudicación el órgano encargado de valoración de las ofertas especificará la puntuación asignada a cada oferta en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente Pliego.
El órgano encargado de la valoración de las ofertas podrá proponer la conveniencia de no adjudicar la parcela o parcelas sobre las que se haya suscitado concurrencia basándose en la no conveniencia u oportunidad de la adjudicación. En todo caso, podrán ser rechazadas aquellas propuestas que no alcancen una puntuación equivalente al 60 % del máximo de puntos en relación con las puntuaciones que se establecen en la cláusula sexta del presente Pliego.
La propuesta de adjudicación no tiene carácter definitivo y no presupone ni otorga derecho alguno para el solicitante seleccionado, ni obliga a esta empresa pública a contratar con el mismo.
5.5 ADJUDICACIÓN DE LAS PARCELAS MEDIANTE LA FIRMA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO “AD AEDIFICANDUM”
La adjudicación de las parcelas se producirá mediante la firma del contrato de arrendamiento “ad aedificandum”. Hasta ese momento, el solicitante no adquirirá ningún derecho sobre la/s parcela/s solicitadas sin embargo su oferta tendrá carácter contractual y los compromisos asumidos voluntariamente por él mismo se reflejarán en el contrato.
SEPIVA comunicará mediante fax u otro medio que deje constancia de su recepción el día y hora en el que el solicitante deberá comparecer para formalizar el contrato.
El solicitante podrá renunciar voluntariamente mediante escrito dirigido a SEPIVA hasta el momento de formalizar su adjudicación.
La no comparecencia en el día y hora señalados, salvo por causas justificadas debidamente acreditadas, se entenderá como renuncia implícita. En este caso SEPIVA podrá ofrecer las parcelas de que se trate a otros solicitantes. Si el nuevo solicitante aceptara, se procederá a la formalización del documento que acredite su adjudicación.
Debe tenerse en cuenta que, durante el plazo de un (1) año desde la resolución del concurso, y siempre que las condiciones de licitación establecidas en el presente Pliego no sean modificadas, SEPIVA podrá adjudicar directamente las parcelas que mediante el presente instrumento pretenden adjudicarse.
Con carácter previo a la firma del contrato, el solicitante que haya resultado elegido deberá presentar a SEPIVA:
A) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado.
B) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Autonómica.
C) Certificación positiva expedida por el órgano competente de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
D) Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que aluden los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
SEPIVA se reserva el derecho a adjudicar una parcela distinta dentro del mismo Parque Empresarial de igual superficie y análogas características si las circunstancias de la licitación lo aconsejan.
En el contrato de arrendamiento que se firme se manifestará que serán elementos vinculantes para ambas partes: el mismo contrato con todos sus anexos, el presente pliego, la legislación referida a los Patrimonios Públicos de Suelo, y el Código Civil.
Cualquiera de las partes podrá elevar a público el contrato firmado.
6. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
La evaluación de las proposiciones de los solicitantes se realizará, sobre un total de 100 puntos, en función de los criterios que a continuación se relacionan:
A.- Creación de empleo.
En este punto se valorará el número de nuevos puestos de trabajo a crear por el arrendatario.
Puntuación Máxima: 20 puntos.
B.- Inversión proyectada en el emplazamiento.
Distinguiendo entre bienes muebles e inmuebles.
Obtendrán el mínimo de 48 puntos las propuestas cuya Inversión en Inmuebles coincida con el precio del alquiler (0,3 €/m2s/mes) durante 99 años (descontado IPC anual)
Puntuación Máxima: 80 puntos.
7. PLAZO DE VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO “AD AEDIFICANDUM”
El plazo de vigencia del arrendamiento ad aedificandum podrá ser de hasta de 99 años. Transcurrido dicho período no cabrán prórrogas.
8. FORMA DE PAGO Y CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA FINALIZACIÓN DEL PERIODO DE VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM
Como contraprestación por el arrendamiento ad aedificandum, el arrendatario se obliga a edificar una nave industrial susceptible de ser empleada para el desarrollo de la Actividad descrita en la Memoria contenida como Xxxxx XX.
Dicha edificación pertenecerá a SEPIVA en todo momento. A tal fin, el arrendatario actuará como promotor de la misma y notificará a SEPIVA la finalización de obra, preparando la Declaración de Obra Nueva para que la formalice SEPIVA ante notario, y se inscriba sobre la finca registral que se asienta propiedad de SEPIVA.
Con carácter previo a dicha Declaración de Obra Nueva, SEPIVA, mediante técnico competente emitirá informe de conformidad de la Nave de acuerdo con la propuesta planteada por el interesado en su oferta.
Todos los costes referidos a las obras y actividad (ICIO, tasas por licencia de obras y actividad), así como de cuantas autorizaciones y licencias de toda índole precise el arrendatario para poner en marcha la actividad, correrán a cargo del mismo, incluyendo cualquier gasto adicional por licencias técnicas o medioambientales que resultasen necesarias para la ejecución del proyecto y de su actividad.
Igualmente se repercutirá al arrendatario, en su caso los gastos de agrupación, y los gastos de la Declaración de Obra Nueva e inscripción en el Registro de la Propiedad.
Con la firma del contrato de arrendamiento “ad aedificandum” se entiende concedida por SEPIVA, como propietario, la autorización al arrendatario para edificar en los terrenos de esta empresa pública, conforme al Proyecto presentado junto a la Propuesta de Actividad, y salvo los reparos que pueda oponer el técnico competente de SEPIVA, al que se hace referencia con anterioridad o cualquier Administración competente a la hora de aprobar el proyecto.
Transcurrido el periodo de vigencia del arrendamiento “ad aedificandum”, referido en la cláusula anterior, la plena propiedad del suelo, del subsuelo y de las edificaciones construidas por el arrendatario en cumplimiento de sus obligaciones, permanecerá en SEPIVA, sin ningún tipo de indemnización a favor del arrendatario y con la cancelación de todos los derechos reales y gravámenes que hayan podido ser constituidos por aquel con la autorización de SEPIVA, sin necesidad de requerimiento u otra condición. A tales efectos se entiende que todos aquellos elementos que tengan carácter de permanencia, incorporados a la Nave por el arrendatario, forman parte de la misma.
Las citadas edificaciones deberán quedar, a la finalización del contrato, en adecuado estado de conservación y en disposición de ser utilizadas y explotadas de forma plena.
Un año antes, o con mayor antelación si fuera necesario, SEPIVA procederá a verificar el estado en que se encuentra la parcela, el subsuelo y las edificaciones, pudiendo requerir al arrendatario, en caso de ser necesario, para que adopte aquellas medidas que considere
oportunas con tal de garantizar que en el momento de la extinción del contrato de arrendamiento, aquellas cumplirán las condiciones necesarias para el fin al que están destinadas.
La finalización anticipada, por cualquier causa no imputable al arrendador, del arrendamiento ad aedificandum no supondrá indemnización alguna a favor del arrendatario.
El contrato se extinguirá:
a) Por ejercicio por parte del arrendatario de la opción de compra regulada más adelante.
b) .Por el transcurso del plazo fijado.
c) Por resolución de SEPIVA a raíz de un incumplimiento.
d) Por resolución anticipada por culpa del arrendatario tal y como se explica en esta y otras cláusulas del presente Xxxxxx.
En los supuestos de extinción por agotamiento del plazo fijado, SEPIVA podrá pactar con el arrendatario bien un arrendamiento ad meliorandum, bien un arrendamiento normal. Para poder optar a estos arrendamientos, el arrendatario deberá comunicarlo a SEPIVA con una antelación mínima de 5 años a la finalización del contrato.
9. OBLIGACIONES DE LOS ADJUDICATARIOS
Los adjudicatarios tendrán las siguientes obligaciones:
1º Obligaciones relativas a la creación de empleo, inversión proyectada. Cumplir todas y cada una de las condiciones voluntariamente asumidas en la formulación de la proposición en relación con la creación de empleo en el emplazamiento, inversión proyectada.
2º Asumir los gastos e impuestos derivados de la formalización del contrato por el que se lleve a cabo la adjudicación.
3º Igualmente se repercutirá al arrendatario el coste del Impuesto de Bienes Inmuebles, o impuesto que lo sustituya, el coste de los gastos de agrupación solicitada y necesaria para realizar el proyecto presentado, así como los gastos de la Declaración de Obra Nueva y su inscripción en el Registro de la Propiedad.
4º En relación con la puesta en marcha de la actividad:
4ª.1. Obligación de solicitud de Licencias. Solicitar la Licencia de Obras así como las Licencias de Actividad correspondientes, en condiciones de ser susceptibles de ser
concedidas, a las Administraciones pertinentes en el plazo máximo de UN (1) AÑO a contar desde la fecha de la formalización del contrato.
4ª.2. Obligación de establecimiento de industria. Establecer de forma efectiva la industria o actividad en la parcela adquirida, en el plazo máximo de CUATRO (4) AÑOS a contar desde la fecha de la formalización del contrato.
4ª.3. Obligación de permanencia en la producción. Mantener el establecimiento, con la producción o actividad habitual que las circunstancias aconsejen, durante el periodo de duración del contrato.
5º Prohibición de transmisión.
No podrá transmitir el contrato de arrendamiento objeto de esta adjudicación.
No obstante el arrendatario podrá, con la autorización por escrito de SEPIVA, ceder sus derechos a cualquier persona jurídica, tanto si es una sociedad del mismo grupo empresarial o un tercero, siempre y cuando ésta destine las instalaciones a la misma actividad y se subrogue en todos los derechos y obligaciones derivados del presente Pliego.
La autorización de SEPIVA podrá otorgarse en cualquier momento posterior a la formalización del contrato, tanto si se ha iniciado la actividad como en caso contrario.
6º Permitir en cualquier momento, durante la construcción de la edificación la inspección de personal de SEPIVA, y atender los requerimientos que conforme al Proyecto presentado junto a la Memoria y aprobado por la Administración competente le puedan exigir.
Asumir la realización de las obras y tareas de conservación y mantenimiento necesarias.
Cada veinte años de vigencia del contrato de arrendamiento, el arrendatario y SEPIVA realizarán de forma conjunta una revisión del estado de conservación de los elementos estructurales de las edificaciones. Si de esta revisión resultará necesario efectuar cualquier tipo de actuación sobre los mencionados elementos estructurales, el arrendatario se obliga a su inmediata ejecución.
7º Contratar un contrato de seguros de la modalidad “Todo riesgo de construcción” que cubra durante el periodo de construcción todas las contingencias derivadas de la ejecución de las edificaciones e instalaciones. En la póliza de seguros figurará como beneficiario del mismo SEPIVA.
8º Una vez finalizadas las obras, el arrendatario contratará un seguro de la modalidad “Obra acabada” que cubra las edificaciones e instalaciones que se hayan construido. En la póliza de seguros figurará como beneficiario del mismo SEPIVA.
9º El arrendatario tendrá que suscribir un “seguro decenal” de daños materiales a fin de garantizar el resarcimiento de los daños materiales causados a las edificaciones e
instalaciones por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a los cimientos, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. En la póliza de seguros figurará como beneficiario SEPIVA.
10º En caso de siniestro, el arrendatario podrá optar entre hacer entrega del importe de la indemnización a SEPIVA, o destinarlo de forma inmediata a la reconstrucción parcial o total de la parcela y de las edificaciones que en ella se contengan.
11º Aceptar todas las prevenciones y condiciones contenidas, que le sean de aplicación, en el texto integro del presente Xxxxxx.
Penalizaciones
En caso de incumplimiento de la obligación 1ª de la presente Cláusula, es decir de las obligaciones relativas a la creación de empleo, inversión proyectada, se establece una penalización cuyo importe será del 80% del valor xx xxxxxxx de la parcela en el momento del incumplimiento.
Además, en caso de incumplimiento de las obligaciones relativas a la puesta en marcha de la actividad, esto es obligación de solicitud de Licencias, obligación de establecimiento de industria y obligación de permanencia en la producción [apartados 4ª.1, 4ª.2 y 4ª.3 de la presente Cláusula] y la obligación de prohibición de transmisión [apartado 5 de la presente Cláusula], se establece una penalización, aplicable por cada supuesto de incumplimiento de dichas obligaciones, por importe del 20% del valor xx xxxxxxx de la parcela en el momento del incumplimiento.
Dichas penalizaciones serán debidamente incorporadas en el documento por el que se formalice el contrato sobre la/s parcela/s y no sustituirán, en modo alguno, la indemnización por los daños y perjuicios causados, pudiendo ser exigidas sin necesidad de solicitar la resolución del contrato.
10. INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento por el adjudicatario de alguna de las obligaciones contenidas en los apartados precedentes del presente Xxxxxx, faculta a SEPIVA a resolver el contrato, con el resarcimiento de daños y perjuicios y abono de los intereses a que hubiere lugar en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
SEPIVA podrá requerir en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de estos requisitos y condiciones. Igualmente, los adjudicatarios se obligan a comunicar oportunamente todos aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula anterior.
11. CONSECUENCIAS DERIVADAS DEL EJERCICIO DEL DERECHO A RESOLVER EL ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM POR PARTE DE SEPIVA
Extinguido el arrendamiento ad aedificandum por cualquiera de los motivos previstos en la cláusula anterior, y sin perjuicio de la reclamación al arrendatario del resto de daños y perjuicios producidos, la totalidad de lo edificado hasta ese momento permanecerá en SEPIVA, sin ninguna indemnización al arrendatario.
12. OPCION DE COMPRA
A partir del año 33 de vigencia del contrato, el arrendatario podrá ejercitar la opción de compra sobre la parcela.
El precio de la misma se fijará por SEPIVA mediante tasación independiente que acredite el valor xx xxxxxxx de la misma en ese momento.
Se excluirán de la tasación los inmuebles construidos por el arrendatario durante el período de vigencia del contrato.
13. RESPONSABILIDADES
Será responsabilidad del adjudicatario la obtención de todas aquellas licencias de obras, medioambientales y técnicas que resulten necesarias para la ejecución del proyecto.
ANEXO I PLANO DEL PLAN PARCIAL “EL XXXXXXXX” DE ALCALÀ DE XXXXXX
XXXXX XX: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN INCAPACIDAD PARA CONTRATAR
Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, S.A. Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, 00
00000 Xxxxxxxx
Xxxxxxxx, a.......................de.......................................de 20......
D./Dña. ......................................................................., con D.N.I… en
nombre y representación de ....................................................................... con
CIF y en su calidad de legal representante de la misma, según acredita
mediante escritura de (poderes, delegación de facultades, etc ).
DECLARA:
Que la empresa a la que represento no se halla comprendida en ninguna de las causas que incapacitan para contratar con el Sector Público de las comprendidas en el artículo 60 y concordantes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que la empresa a la que represento se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes,
Fdo: ..............................................................
(Sello y Firma)
ANEXO III: MODELO DE INSTANCIA PARA LA SOLICITUD DE PARCELAS MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE UN ARRENDAMIENTO AD AEDIFICANDUM SOBRE LAS MISMAS
MEMBRETE O ANAGRAMA DEL SOLICITANTE
SOLICITUD DE PARCELA/S
ACTUACIÓN “NOMBRE PARQUE EMPRESARIAL”
DATOS DEL SOLICITANTE
Xxx………………………………………………………………………………………………………………...
Domiciliado en……………………………………………………………………………………………………
Con DNI: ……………………………………………………
Teléfono: ……………………………………………………
Fax: …………………………………………………………
En representación de……………………………………………………………………………………………
Con CIF/DNI: ……………………………………………….
CNAE: ……………………………………………………….
E-mail: ……………………………………………………….
Web: …………………………………………………………
En virtud de la convocatoria para la adjudicación de parcelas de la Actuación “ ”, y a tenor de la memoria y documentos que se adjuntan, solicita la adjudicación de la/s parcela/s señaladas a continuación.
(El licitador podrá, como máximo, proponer tres (3) opciones).
PRIMERA OPCIÓN:
PARCELA/S | SUPERFICIE/S |
SEGUNDA OPCIÓN:
PARCELA/S | SUPERFICIE/S |
TERCERA OPCIÓN:
PARCELA/S | SUPERFICIE/S |
En caso de que finalmente resulten adjudicadas dos o más parcelas, SEPIVA agrupará las fincas repercutiendo al solicitante el precio de dicha formalización en notaria y registro, realizando así la el objeto de la explotación en una única finca.
El solicitante declara que todos los datos que figuran en el presente escrito son ciertos y se compromete a destinar la/s parcela/s que solicita a la finalidad indicada.
de de
Fdo.:
AL CONSEJERO DELEGADO DE SEPIVA
ANEXO IV: MODELO DE PROPUESTA DE ACTIVIDAD
MEMBRETE O ANAGRAMA DEL SOLICITANTE
PROPUESTA DE ACTIVIDAD
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
Denominación Social de la empresa: ………………………………………………………………………..
NIF: .……………………………………..
Domicilio Social: ………………………………………………………………………………………………..
CNAE: …………………………………...
E-mail: ……………………………………………………………..
Web: ………………………………………………………………..
Teléfono: …………………………………
Fax: ………………………………………
Número de trabajadores actuales: ……………………………..
1. Descripción de la actividad a desarrollar en la parcela objeto de licitación. Memoria técnica y descriptiva de la actividad.
Proyecto de obra a edificar, en condiciones de obtener visados necesarios. Descripción de equipo técnico que se encargará de la Dirección facultativa de las obras Procedimiento, según corresponda, de adjudicación de la obra de edificación.
2. Justificación de la Inversión. (Descripción y Objetivos del Proyecto, actividades a realizar).
3. Inversión. (Resumen de la inversión proyectada en euros, distinguiendo entre bienes inmuebles y muebles)
Puntuación Máxima: 80 puntos.
4. Creación de empleo.
Datos de constitución de la empresa (Incluir datos relativos a la fecha de constitución, objeto social, capital social, etc., indicando, además, si se trata de una empresa de nueva creación. En el supuesto de que no se trate de una empresa de nueva creación, se incluirá una relación de la plantilla existente en la empresa correspondiente al mes anterior al de solicitud). Puntuación Máxima: 20 puntos.
Nº total de trabajadores equivalentes en la empresa a final del mes anterior al de solicitud | |
Directores | |
Mandos intermedios | |
Personal de I+D | |
Personal de administración | |
Personal área comercial | |
Personal de producción | |
TOTAL |
Número y características de los Contratos laborales indefinidos de nueva creación. (Incluir categoría profesional y si es a tiempo parcial o total).
TIPO DE CONTRATO | CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
Número y características de los Contratos de formación. (Indicar la totalidad de los contratos de estas características en vigor incluyendo la categoría profesional de los mismos, utilizando para ello una tipología similar a la de los cuadros previstos anteriormente).
CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
Número y características de los Contratos de fomento del empleo. (Indicar la totalidad de los contratos de estas características en vigor incluyendo la categoría profesional de los mismos, utilizando para ello una tipología similar a la de los cuadros previstos anteriormente).
CATEGORÍA PROFESIONAL | NÚMERO |
TOTAL |
, declara que bajo su entera responsabilidad que todos y cada uno de los datos e información contenidas en este documentos son ciertos, y que a requerimiento de SEPIVA, se acreditarán documentalmente.
(Nombre de la Sociedad) P.P.
Fdo.:
DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN: