APROBADO POR UNANIMIDAD PRESENTADO POR EL DEM
APROBADO POR UNANIMIDAD PRESENTADO POR EL DEM
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ORDENANZA Nº 2984/2021
VISTO:
El convenio transaccional a suscribirse por parte de la MUNICIPALIDAD DE BALNEARIA con los letrados Dres. XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000
-CUIT NRO. 20-215500191-5, y XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 -
CUIT NRO. 20-00000000-9, con la finalidad de concluir con toda deuda existente y así regularizar la situación que nos ocupa.-
Y CONSIDERANDO:
Que existiendo deuda de parte de este Municipio en relación a los letrados Dres. XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 derivado de su condición de letrados, procuradores de la Municipalidad de Balnearia designados mediante Ordenanza Nro. 1750/2008 de fecha 19/11/2008 y derogada su designación mediante Decreto 011/2020 de fecha enero de 2020,;
Que habiendo los letrados remitido carta documento al Municipio reclamando no solo el pago de lo debido, sino la liquidación de todos los honorarios profesionales devengados durante el mes de diciembre/2019 y Enero 2020 hasta la desvinculación de los mismos. Asimismo reclaman los honorarios profesionales devengados a raíz de planes de pagos pendientes, generados oportunamente por procuración;
Que asumida esta gestión, y declarada mediante Ordenanza Nro. 2771/2020 la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa, el Departamento Ejecutivo quedó habilitado al control de cada una de las contrataciones, tal como lo referencia el Artículo 4°; por lo que se ha ordenado la verificación de su crédito;
Que los letrados procedieron a verificar su crédito, mediante Nota titulada “SOLICITUD DE VERIFICACION DE CREDITO”; y que lleva el Número de verificación nro.
152 y atento el importe que representa el crédito amerita la suscripción de Convenio transaccional, con la autorización expresa de parte del Honorable Concejo Deliberante;
Que conforme surge de los sistemas contables de este Municipio y de la Ficha de proveedor de cada uno de los letrados, existen además de los saldos pendientes ; valores que no fueran efectivizados atento haber sido rechazados por el Banco Girado, cheques que se detallan en el acuerdo y fueran debitados conforme surge de la ficha de proveedor debiendo adicionarse, así como también toda factura y/o derecho que devengado en condición de procuradores, designados por Ordenanza nro. 1750/2008;, existiendo así una acreencia pendiente de pago por parte de la Municipalidad de Balnearia;
Que todo ello, ha generado reclamos fundados de ambas partes, que ameritan el reajuste de sus pretensiones y la celebración de un acuerdo de partes;
Que en dicho marco y en aras de corregir la situación que nos ocupa evitando así cualquier tipo de litigio, se ha buscado de parte del Departamento Ejecutivo arribar a una conciliación, que concluya con todo pleito, evitando mayores gastos y/o erogaciones;
Que no caben dudas del carácter alimentario que revisten los honorarios profesionales, mas aún, si no solo han sido devengados sino como ocurre en el caso de marras, se encuentran aprobadas órdenes de pago por parte del Tribunal de Cuentas, representando una acreencia sujeta a ejecución;
Que por lo antes reseñado, y efectuadas las tratativas transaccionales entre este Departamento Ejecutivo, y los letrados profesionales, con el correspondiente asesoramiento jurídico contable, con el firme propósito de arribar a un acuerdo conciliatorio, evitando todo conflicto entre partes, se ha consensuado un reajuste de pretensiones, motivando la celebración de un acuerdo conciliatorio, que represente una justa composición de los intereses en juego y que en copia es adjunto al presente;
Que consecuencia de lo anterior resulta necesario e imperioso proceder a dar solución a la cuestión que nos ocupa; acompañando a la presente el convenio titulado “CONVENIO TRANSACCIONAL” a suscribirse a futuro por parte del Ejecutivo y los letrados Sres. Xxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxx, ello en base al modelo tipo que es acompañado al presente;
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BALNEARIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTICULO 1º): AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a suscribir con los letrados Dres. XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 -CUIT NRO. 20-215500191-5, y XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 -CUIT NRO. 20-00000000-9;
convenio transaccional, conforme modelo adjunto a fin de concluir con todo pleito y/o conflicto en base a los antecedentes que obran detallados en el acuerdo a suscribirse y los fundamentos aquí plasmados.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 2º): AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a suscribir todo otro tipo de documentación, y en general a realizar, todos aquellos trámites de carácter administrativos, y/o contables tendientes a dar cumplimiento a las obligaciones contraídas y de conformidad a lo convenido, con la finalidad de concluir con el conflicto referenciado y en el marco del acuerdo transaccional arribado.- - - - - - - -´- - - - - - - - -
ARTICULO 3º): EFECTUESE oportunamente el pago mediante emisión de valores (cheques de pago diferido) en la modalidad convenida tendientes al pago de las obligaciones asumidas, e impútese a la partida presupuestaria pertinente, - - - - - - - -
ARTICULO 4º): EMÍTASE copia certificada de la presente Ordenanza a fin de ser acompañada al convenio referenciado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 5º): REFRÉNDESE el presente por parte del Secretaria de Ciudadanía , gestión y Gobierno Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 6º): ELÉVESE el presente al Honorable Tribunal de Cuenta a los f xxxx de su Visación de conformidad a lo prescripto por la ley 8102.- - - - -
ARTICULO 7º): COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, REFRÉNDESE ELÉVESE AL HTC PARA SU VISACIÓN, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y CUMPLIMENTADO
SANCIONADA: En Balnearia, a los seis días del mes de octubre de dos mil veintiunos. - PROMULGADA: Mediante Decreto Nº 133/2021 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 07 de octubre de 2021.