Acuerdo Marco para la Prestación de Servicios
DMR-12-F15V2
Acuerdo Marco para la Prestación de Servicios
Conste por el presente documento, el Acuerdo Marco para la Prestación de Servicios, que celebran por una parte América Móvil Perú S.A.C., con RUC Nº 20467534026, domiciliada en Xxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxx 00, (CLARO); y, “EL CLIENTE” cuyos datos constan en el/los Anexo/s del presente documento, en los términos y condiciones contenidos en las cláusulas siguientes:
PRIMERA: OBJETO.-
Es objeto de EL ACUERDO la prestación de el/los servicio/s contratado/s por EL CLIENTE, de acuerdo a las características y condiciones establecidas en el/los Anexo/s del presente documento (en adelante, EL/LOS SERVICIO/S).
SEGUNDA: CONDICIONES APLICABLES A LA PRESTACIÓN DE EL/LOS SERVICIO/S.-
1. Las condiciones específicas aplicables a la prestación de EL/LOS SERVICIO/S son las señaladas en el/los Anexo/s.
2. La prestación de EL/LOS SERVICIO/S se encuentra sujeta a las políticas comerciales establecidas por CLARO. En aquellos casos que para la prestación de EL/LOS SERVICIO/S se requiera un equipamiento o diseño especial, diferente a los ofrecidos habitualmente por CLARO, dicha solución será considerada como una “solución a la medida”, cuyos alcances se encontrarán comprendidos en la Oferta Comercial que para tal efecto CLARO establezca. En dicho supuesto, las condiciones serán las establecidas en la indicada Oferta Comercial, la cual debidamente suscrita, formará parte integrante de EL ACUERDO, entendiéndose que toda referencia a el/los Anexo/s en este documento corresponderá a la referida Oferta Comercial.
3. CLARO se reserva el derecho de interrumpir EL/LOS SERVICIO/S materia de EL ACUERDO, sin expresión de causa ni aviso previo, no generándose derecho de indemnización alguno a favor de EL CLIENTE.
4. En todos los supuestos, CLARO podrá ser considerada como responsable únicamente en los casos en los que haya actuado con dolo o culpa inexcusable debidamente comprobada, mediante resolución o decisión firme de autoridad competente, con un límite xxx xxxx (10%) del valor mensual facturado a EL CLIENTE. En ningún caso, CLARO responderá por lucro cesante.
5. CLARO brindará EL/LOS SERVICIO/S de manera remota o directa, a su discreción. EL CLIENTE acepta y reconoce que la prestación de EL/LOS SERVICIO/S podrá ser efectuada directamente por CLARO o por un tercero que ésta designe.
6. En caso EL CLIENTE no adquiera en compra venta o arrendamiento los equipos requeridos para la prestación de EL/LOS SERVICIO/S (LOS EQUIPOS), se entenderá que los equipos suministrados por CLARO son entregados en depósito gratuito para ser utilizados única y exclusivamente para la prestación de EL/LOS SERVICIO/S, asumiendo EL CLIENTE todas las obligaciones del depositario establecidas en el Código Civil. En este supuesto, EL CLIENTE deberá poner a disposición y devolver a CLARO, los equipos de propiedad de esta última, a partir del día siguiente a la fecha que concluya EL ACUERDO, por cualquier causa, quedando desde ya autorizado el acceso al personal de CLARO para recoger dichos bienes. Si transcurridos treinta (30) días calendario de la fecha de término de EL ACUERDO, EL CLIENTE no devuelve LOS EQUIPOS, CLARO podrá requerir a EL CLIENTE el valor de los mismos, quedando éste obligado a su pago dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento de CLARO.
7. La xxxx de EL CLIENTE respecto al cumplimiento de cualesquiera de sus obligaciones pactadas en EL ACUERDO operará en forma automática, sin necesidad de intimación previa por parte de CLARO.
8. EL CLIENTE no podrá solicitar downgrades (disminución de beneficios y características del plan y/o planes inicialmente contratado/s) mientras se encuentre vigente el plazo forzoso referido en la Cláusula Cuarta. Es decir, EL CLIENTE no podrá solicitar el cambio de la modalidad de EL/LOS SERVICIO/S por uno que implique una tarifa menor o una mensualidad menor a la contratada.
TERCERA: PRECIO, FACTURACION Y PAGO.-
1. EL CLIENTE pagará por EL/LOS SERVICIO/S la contraprestación establecida en el/los Anexo/s.
2. CLARO facturará EL/LOS SERVICIO/S por mes adelantado, en la forma, modo y plazo establecidos por CLARO.
3. En caso EL CLIENTE no cumpla con efectuar el pago en el plazo y condiciones establecidas por CLARO en el/los Anexo/s, esta última podrá optar, de inmediato, sin previo aviso ni responsabilidad alguna, por (i) interrumpir la prestación de EL/LOS SERVICIO/S o (ii) dar por terminado EL ACUERDO, bastando en este último supuesto una comunicación simple dirigida a EL CLIENTE comunicándole dicha decisión.
CUARTA: VIGENCIA DEL ACUERDO.-
EL ACUERDO se pacta por tiempo indeterminado a partir de su fecha de suscripción; asimismo EL ACUERDO tendrá un periodo inicial forzoso, por el plazo que se indica en el/los Anexo/s, que se computará desde la fecha de iniciada la prestación efectiva de EL/LOS SERVICIO/S. Vencido el periodo inicial forzoso, cualquiera de las partes podrá resolverlo mediante una comunicación por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
QUINTA: RESOLUCIÓN.-
Ambas partes convienen que, CLARO tendrá la facultad de resolver EL ACUERDO:
a) En los casos establecidos en EL ACUERDO y/o en el Código Civil.
b) En caso que antes de iniciada la prestación efectiva de EL/LOS SERVICIO/S, EL CLIENTE optara por no tomarlo/s, por causas no imputables a CLARO.
c) En caso que EL CLIENTE utilice EL/LOS SERVICIO/S para un uso distinto al establecido en EL ACUERDO, o contraviniendo las normas legales vigentes que resulten aplicables.
d) En caso de transmisión, cesión o traspaso por parte de EL CLIENTE de todas o algunas de las obligaciones establecidas en EL ACUERDO, sin autorización previa de CLARO.
e) En caso EL CLIENTE ingrese a un proceso de disolución, liquidación, insolvencia o sometimiento a un procedimiento concursal, aunque éste suponga la inexigibilidad de las obligaciones.
SEXTA: ENTREGA DE INFORMACIÓN.-
EL CLIENTE debe proporcionar de manera oportuna la información y/o documentación veraz y cierta que le solicite CLARO en relación a EL ACUERDO, así como fijar un domicilio legal y de facturación y, de ser posible, una dirección de correo electrónico en el que se tenga por válidamente recibida la documentación relativa a EL ACUERDO. EL CLIENTE autoriza a CLARO a proporcionar a las centrales de riesgo la información que esté exclusivamente relacionada con su cumplimiento u omisión de pagos.
CLARO podrá optar por suspender EL/LOS SERVICIO/S, de inmediato, sin previo aviso ni responsabilidad alguna, si del análisis de la información y/o documentación proporcionada por EL CLIENTE (domicilio, centro de trabajo y referencias personales), se detectase que ésta es falsa o inexacta. La veracidad de dicha información podrá ser verificada por CLARO dentro de los diez (10) días hábiles de iniciada la prestación de EL/LOS SERVICIO/S. En caso la información resulte falsa o inexacta, CLARO interrumpirá la ejecución de la prestación de EL/LOS SERVICIO/S hasta que EL CLIENTE (i) subsane o presente nueva información que pueda ser validada satisfactoriamente, o (ii) entregue garantías que a criterio de CLARO aseguren el cumplimiento de las obligaciones de EL ACUERDO; caso contrario, CLARO podrá dar por terminado EL ACUERDO.
EL CLIENTE declara que sus datos contenidos en EL ACUERDO son verdaderos y que ha sido debida y previamente informado de todas las características y limitaciones que tiene/n EL/LOS SERVICIO/S y el equipamiento asociado.
EL CLIENTE declara expresamente tener debido conocimiento respecto a los derechos de información establecidos en el Artículo 18° de la Ley N° 29733 – Ley de Protección de Datos Personales y demás normas complementarias, expresando su autorización respecto al tratamiento de los datos personales contenidos en éste instrumento.
SÉTIMA: INFORMACIÓN DE CONTENIDO PROMOCIONAL Y/O PUBLICITARIO.-
EL CLIENTE autoriza a CLARO para que, durante la vigencia de EL ACUERDO, pueda llamar o enviar mensajes de texto (SMS) y/o correos electrónicos, a cualquiera de las líneas telefónicas y/o correos electrónicos proporcionados por EL CLIENTE, con contenido informativo, publicitario y/o promocional respecto de cualquier bien y/o servicio comercializado por CLARO. EL CLIENTE declara y reconoce que dicho tipo de comunicaciones será considerada información solicitada y bajo ningún supuesto será SPAM o información comercial no solicitada en los términos de la Ley N° 28493 y su reglamento. Asimismo, EL CLIENTE declara y reconoce que esta autorización prevalecerá sobre cualquier inscripción que haga en el INDECOPI para no recibir contenidos publicitarios en el marco de la Ley Nº 29571.
OCTAVA: CESIÓN.-
CLARO podrá ceder total o parcialmente su posición en EL ACUERDO o de alguno de los derechos u obligaciones contenidos en el mismo, para lo cual EL CLIENTE expresa su consentimiento anticipado. EL CLIENTE podrá ceder su posición en EL ACUERDO, sujetándose a los procedimientos y/o cargos que CLARO establezca.
NOVENA: NATURALEZA DEL ACUERDO Y DISPOSICIONES APLICABLES.-
EL ACUERDO constituye un vínculo contractual de naturaleza civil entre las partes, por lo que la interpretación y el cumplimiento del contenido y alcance de EL ACUERDO se regirá por las disposiciones del Código Civil y demás disposiciones aplicables de la República del Perú.
DÉCIMA: DOMICILIO Y COMPETENCIA.-
1. Las partes señalan como sus domicilios los consignados en EL ACUERDO o en el/los Anexos. En caso de variación del domicilio EL CLIENTE está obligado a informarlo por escrito a CLARO con una anticipación mínima de treinta
(30) días calendario, de acuerdo al procedimiento establecido por CLARO para tal efecto. Las notificaciones por parte de CLARO en relación con EL ACUERDO, podrán ser cursadas por cualquier medio escrito, físico, electrónico u otro idóneo, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente.
2. Las partes se someten a la competencia de los tribunales del distrito judicial de la ciudad de Lima.
UNDÉCIMA: PENALIDADES Y REINTEGROS.-
Si EL ACUERDO es resuelto por EL CLIENTE o por causas imputables a éste, durante el periodo forzoso, CLARO podrá requerir el pago de (i) una penalidad equivalente a la retribución mensual de EL/LOS SERVICIO/S multiplicada por el número de meses que falten para que venza dicho plazo forzoso, y/o (ii) un reintegro por la diferencia entre los precios de lista y los precios promocionales de EL/LOS SERVICIO/S, en caso los precios acordados hubieran formado parte de una promoción comercial.
Si EL CLIENTE comunica a CLARO que no desea contar con EL/LOS SERVICIO/S, por razones imputables a EL CLIENTE, antes que se realice la instalación y/o activación de EL/LOS SERVICIO/S, y siempre que se hubiera pactado el arrendamiento de LOS EQUIPOS, CLARO podrá requerir el pago de una penalidad equivalente a la retribución mensual del arrendamiento de LOS EQUIPOS multiplicada por el número de meses que falten para que venza el plazo total de arrendamiento de los mismos.
Asimismo, en caso EL CLIENTE no brinde las facilidades para la instalación y/o activación de EL/LOS SERVICIO/S, CLARO procederá al envío de una notificación otorgando un plazo de quince (15) días calendario para que EL CLIENTE brinde las facilidades correspondientes. En caso EL CLIENTE no brinde las facilidades para la instalación y/o activación de EL/LOS SERVICIO/S dentro del plazo antes señalado, las partes acuerdan que CLARO quedara facultada a (i) resolver EL ACUERDO; y (ii) requerir el pago de una penalidad equivalente a la retribución mensual del arrendamiento de LOS EQUIPOS multiplicada por el número de meses que falten para que venza el plazo total de arrendamiento de los mismos, siempre que se hubiera pactado el arrendamiento de LOS EQUIPOS.
El pago de dicha penalidad establecida en los párrafos anteriores, no exonera a EL CLIENTE a efectuar la devolución de LOS EQUIPOS.
DUODÉCIMA: ANEXO(S) DEL ACUERDO.-
Forman parte integrante de EL ACUERDO, el(los) Anexo(s) adjunto(s) que son firmado(s) por EL CLIENTE en señal de aceptación.
Fecha de suscripción de EL ACUERDO: / / 20__
NOMBRES Y APELLIDOS DE EL CLIENTE:
D.N.I. / C.E. / PASAPORTE DE EL CLIENTE:
FIRMA DEL CLIENTE | AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Apoderado |