CONTRATO DE REALIZACION PARA PROYECTO DENOMINADO:
CONTRATO DE REALIZACION PARA PROYECTO DENOMINADO:
"CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL PLAYA EN PARQUE DE COLONIA ALTOS DE LA CEIBA PRIMERA ETAPA, MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE
USULUTÁN." CELEBRADO POR:
LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN XXXXXXXX
y
XXXXXX XXXXX CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V
UBICAOÓN DEL PROYECTO:
MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.
ANTE LOS OFICIOS XXX XXXXXXX: LICDA. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX
NOVIEMBRE DE 2019
CONTRATO DE REALIZACION DE OBRA
NOSOTROS XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, de veintisiete años de edad, estudiante, con Documento Único de Identidad número , del domicilio de barrio
el calvario Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután, actuando en calidad xx Xxxxxxx Municipal de San Xxxxxxxx, tal como lo compruebo con mi respectiva credencial que me acredita como alcalde municipal, cuya vigencia es desde el uno xx xxxx del año dos mil dieciocho, y finaliza el treinta xx xxxxx del año dos mil veintiuno, expedida a los veinticinco días del mes xx xxxxx del año dos mil dieciocho por el tribunal Supremo Electoral y quien en lo sucesivo de este contrato se denominará EL "CONTRATANTE", por una parte y por la otra, XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, mayor cte edad, arquitecto, con documento- único de tdenttdad Número:
, representante legal de la sociedad XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia XXXXXX XXXXX CONSTRUCTORES S.A. DE
C.V. con Número de Identificación Tributaria
, de nacionalidad Salvadoreña, con domicilio de la ciudad de san Xxxxxx, departamento de San Xxxxxx, quien en este instrumento me denominaré EL "CONTRATISTA", hemos convenido en celebrar el presente CONTRATO DE REALIZACIÓN DE OBRA del proyecto: "CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL PLAYA EN PARQUE DE COLONIA ALTOS DE LA CEIBA PRIMERA ETAPA,
MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN/1 Y que será conforme a las cláusulas
que. s.e detallan a ccntinuación;
PRIMERA - IDIOMA¡ El idioma oficial del contrato será el castellano.
SEGUNDA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de este contrato los siguientes documentos: l. Carpeta Técnica, 11. Acuerdos Municipales Relacionados, 111. Proceso Completo Libre de Gestión, IV. Contrato, V. Orden de Inicio, VI. Bitácoras Técnicas de Campo, VII. Estimaciones de Obra,
VIII. Ordenes de Cambio, IX. Garantías, X. Prorrogas Debidamente Legalizadas, XI. Paros Administrativos Debidamente Legalizados, XII. Acta de Recepción Provisional, XIII. Acta de Recepción Final. En caso de conflicto o contradicción entre estos documentos y el Contrato mismo, prevalecerán las Cláusulas
contenidas en este. último.
TERCERA- DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO: "El Contratista" se obliga para con "El Contratante" a realizar íntegramente el proyecto: "CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL PLAYA EN PARQUE DE COLONIA ALTOS DE LA CEIBA PRIMERA ETAPA, MUNICIPIO DE SAN XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN."
De acuerdo a. tos volúmenes. de. ama descritcs. en el. plan de oferta;
_CUARTA- PLAZO DE EJECUCIÓN: "El Contratista" se obliga a realizar lo estipulado en la Cláusula anterior, a entera satisfacción de "El Contratante", dentro del plazo de NOVENTA DIAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha de emisión de la respectiva la Orden de Inicio.
QUINTA - FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo directo o indirecto, a las cuentas bancarias Municipales del FODES (75%) y/o Préstamos Bancarios adquiridos por la municipalidad de San Xxxxxxxx. El precio total del presente contrato asciende a la suma de CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS 89/100 DOLARES,. ,$48-,S92.89J Precio ofertado por "E� Contratísta" r tndu-ye todos los �mpues-tOS correspondientes, el cual será pagado por "El Contratante" de la siguiente manera: por medio de
estimaciones diarias, semanales, quincenales, mensuales o parciales según avance de obra; en cada Estimación se integrarán el valor de la obra ejecutada en cuanto a costos directos e indirectos, detallando las sumas globales y totales a cancelar, certificando las cantidades de trabajo ejecutado y/o retenciones a efectuar, a fin de determinar el monto total y monto neto a pagar. Es entendido entre las partes que el hecho de pagar las Estimaciones por obra ejecutada, significa recepción concluyente de esa partida por parte de "Et Contratante", así como tambiérr queda toratrrrerrte ctaro entre tas partes que será únicamente "El Contratante" el que válidamente puede recepcionar final y definitivamente las obras, al momento que todo el proyecto haya sido ejecutado y entregado por "El Contratista" para tal efecto. El último Pago o Estimación no podrá ser menor al cinco por ciento del valor del contrato (Art. 112 de la Ley LACAP), y se realizará cuando finalice totalmente el proyecto y "El Contratante" efectúe la inspección final y encuentre el proyecto satisfactoriamente terminado, se levantará el Acta de Recepción Final. La aprobación del pago final por parte de "El Contratante" y su aceptación por "El Contratista", se considerará como la liquidación del contrato y liberará a ambas partes de todo reclamo y responsabilidad de cualquier naturaleza con la razón del presente contrato.
SEXTA - GARANTÍAS: El Contratista" rendirá por su cuenta y a favor de la Alcaldía Municipal de San Xxxxxxxxx Xxxxxx las garantías aquí solicitadas, "El Contratante" por medio de este instrumento acepta todas aquellas garantías que la ley establece pudiendo ser éstas, las emitidas por una institución bancaria, compañía aseguradora o afianzadora para cada uno de los literales siguientes: a) Garantía de Xxx.xx lnversión de Anticipo, Siempre que el realizador requiera el p.ago de un anticipe y. para el caso que El "Contratante" considere procedente otorgarlo, el realizador deberá rendir una Garantía de Buena Inversión de Anticipo, antes de recibir el mismo, la cual será presentada en la forma y plazo establecido en los documentos contractuales; por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del monto del Anticipo concedido, la cual servirá para garantizar que El Realizador destine el anticipo entregado en los rubros que deberá detallar en er Pfan de Utífízacíón del antícípo; su vigencia será contada a partír efe ta fecha de entrega del anticipo, hasta quedar totalmente pagado o amortizado en su totalidad el anticipo
b) Garantía de Cumplimiento de Contrato. Para garantizar el FIEL CUMPLIMIENTO de todas y cada una
de las obligaciones consignadas en el Contrato y demás Documentos Contractuales, "El Contratista" estará obligado, a rendir dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la firma del contrato, a favor del Contratante, una garantía por un valor igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato. El plazo de la garantía en ningún caso deberá ser menor de un año a partir de la fecha de su emisión. e) Garantía de Buena Obra. Esta Garantía será por una cantidad equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto final del Contrato de Realización con todos sus aumentos y modificaciones y tendrá vigencia durante un año sigu•ente a- la fecha de recepcíó» defü1lt•va de la obra. b.a gaFantía- será emitida por una compañía aseguradora o afianzadora que servirá para asegurar que "El Contratista" responderá por vicios ocultos y cualquier falla o desperfecto resultante de la mala calidad de la obra objeto del contrato. Esta garantía se hará efectiva, si "El Contratista" no responde en los plazos establecidos en el Reclamo de "El Contratante", para la corrección de los desperfectos que este le señalare y que estén amparados por fa garantía.
SÉPTIMA- OBLIGACIONES DE "EL CONTRATANTE": Se obliga para con "El Contratista" en lo siguiente:
a) Que el valor del siguiente contrato se hará con aplicación a las cifras presupuestarias correspondientes; b) A respetar los Documentos Contractuales estipulados en la Cláusula Segunda; c) A responder económicamente a "El Contratista" como lo manda y exige las Clausulas Tercera, Cuarta,
Quinta, Sexta y_ Decima Cuarta; d) A gestionar y_ realizar toda clase de permisos, requisitos y trámites legales correspondientes.
OCTAVA - OBLIGACIONES DE "EL CONTRATISTA'': a) A respetar los Documentos Contractuales estipulados en la Cláusula Segunda; b) El Contratista" estará obligado a cubrir con los gastos de transporte y logística necesarios para el desarrollo del proyecto adecuado, comprometiéndose además a proporcionar el personal técnico para su manejo.
NOVENA- MULTAS: Cuando "El Contratista" incurriese en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas Imputables al mismo, podrá declararse la caducidad del contrato o imponer el pago de una multa por cada día de retraso, de conformidad a lo siguiente: a) En los primeros quince días de retraso la cuantía de la multa diaria será xx xxxx punto uno por ciento (0.10%) del valor total del contrato. b) En los siguientes treinta días de retraso, la cuantía de la multa diaria será xx xxxx punto ciento veinticinco por ciento (0.125%) del valor total del contrato. e) Los siguientes días de retraso, la cuantía de la multa diaria será xx xxxx punto quince por ciento (0.15%) del valor total del contrato. Cuando eltotat det vator del monto acumulado por multa, represente hasta et doce porcrento (12.00%t del valor total del contrato procederá a la revocación del mismo,
Haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. El porcentaje de la multa previamente establecido, será aplicable al monto total del contrato incluyendo los incrementos y adiciones, si se hubiere hecho. Sin embargo, de lo dispuesto en tos incisos antertores en su caso la multa estabtecida será fijada proporcionalmente de acuerdo al valor total del avance correspondiente dentro de la respectiva programación de la ejecución de las obligaciones contractuales, siempre que estas hubieren sido programadas en diversas etapas.
DECTMA - ARB'ITRAJE: Tocta duda o discrepancia que surja con motivo de ta vigencia, interpretación o ejecución del contrato y que no pueda ser resuelta entre las partes, deberá ser sometida para decisión final de árbitros en la siguiente forma: cada parte nombrara un árbitro y estos nombrarán a su vez un tercero por mutuo acuerdo, para el caso de la discordia. Los árbitros deberán seguir las normas del arbitraje comercial contenidas en el Código de Comercio y la Ley de Procedimientos Mercantiles. El lugar de arbitraje será municipio de san Xxxxxxxx y la ejecución xxx xxxxx podrá ser tramitada en cualquier tribunal que tenga jurisdicción. Los gastos del arbitraje serán cubiertos a prorrata por cada una de las partes. El laudo arbitral no admitirá ningún recurso, debiendo ser cumplido por las partes sin ulterior discusión.
DECIMA PRIMERA- SUBCONTRATOS: Con objeto de dar cumplimiento a sus obligaciones contractuales, "El Contratista" podrá celebrar subcontratos, sin que por tal hecho se libere en forma alguna de las responsabilidades contractuales adquiridas, careciendo los subcontratistas de derechos contra "El Contratante".
DECIMA SEGUNDA- SUSPENSION DEL CONTRATO� El contrato podrá ser resuelto o darse por terminado antes del plazo por las normas establecidas en las leyes de El Xxxxxxxx, por oportunidad, merito o conveniencia del estado con relación al financiamiento del proyecto, y en especial si ocurriese el caso de que "El Contratista" sea declarado en quiebra, insolvencia o hiciere, sin su consentimiento previo y escrltc de "El Contratante" cesión de los derechos que le competen. en razón de es-te contrate y de sus. bienes a favor de sus acreedores. "El Contratante" tendrá derecho, después de notificar por escrito al
"El Contratista", a dar por terminado el contrato, de conformidad a esta cláusula, sin que "El Contratista" pueda apelar dicha resolución, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponde a "El contratista" por su incumplimiento.
DECIMA TERCERA - MODIFICACIONES DEL CONTRATO: Que "El Contratante" tendrá autoridad para resolver sobre aquellos asuntos administrativos relacionados con prorrogas en el plazo contractual y ordenes de cambio.
DECIMACUARTA- DESASTRES NATURALES, FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Si por cualquier causa
ajena al control de "El Contratista", la obra se viera afectada, en cuanto a calidad o tiempos contractuales, sean estas tipificadas como desastres naturales, fuerza mayor o caso fortuito, mencionando, pero no limitado a: huracanes de cualquier tipo, tormentas tropicales de cualquier tipo, diluvios, precipitaciones naturales de cualquier tipo, terremotos, huelgas, manifestaciones religiosas, manifestaciones políticas, negligencia de terceros, erupciones volcánicas, ordenes gubernamentales, disturbios o cualquier causa natural o provocada por terceros; que estén fuera del control de ''El Contratista" y que por estas, se híctererr tmpracttcabtes o se- puedan terminar tos servidos, "Et Contratista" lo hará saber por escrito a "El Contratante" y este podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ambas partes. A la vez y conforme a esta cláusula "El Contratante" se obliga para con "El Contratista" tomando como referencia su oferta económica, a: A) Cancelar todos los costos y honorarios devengados por la obra ejecutada; B) Cancelar todos aquellos materiales suministrados; C) Cancelar cualquier tipo de costos por servicios de maquinaria; D) Cancelar cualquier tipo de movimientos de equipo menor o herramienta .Y que será por medio de una nota girada por "El Contratista" detallando la cuantía de los mismos; Además "El Contratante" deberá responder y cancelar en concepto de indemnización a "El Contratista" la cantidad del quince por ciento del valor del contrato por la caducidad del presente instrumento, cabe aclarar que de mutuo acuerde entre las partes. contractuales de darse cualquiera de las condiciones detalladas anteriormente, no aplica bajo ningún motivo la efectividad de las garantías presentadas y exime de manera total y definitiva a "El Contratista" y sus acreedores de cualquier tipo de responsabilidad económica.
DECIMA QUIN.TA- JURlSO�COÓN� "EJ Contratista." se somete a. las. Leyes. de El Xxxxxxxx y en caso de acción judicial señala como su domicilio el de esta ciudad, a la jurisdicción de cuyos Tribunales se somete; renuncia al derecho de apelar del decreto de embargo, sentencia de remate y a cualquier otra resolución alzable del juicio ejecutivo e incidentes y el depositario de los bienes que se embarguen será nombrado por "El Contratante" sin obligación a rendir fianza.
DECIMA SEXTA- IMPUESTOS: "El Contratista" será el único responsable del pago de los impuestos (IVA, Xxxxx y otros Aranceles), que el presente contrato ocasionare.
XXXXXX XXXXXXX - ADMINISTRADOR DE CONTRATO: Será nombrado por el Concejo Municipal, para que pueda fungír como Administrador de Contrato para el Provecto: "CONSTRUCClÓN DE CANCHA DE FUTBOL PLAYA EN PARQUE DE COLONIA ALTOS DE LA CEIBA PRIMERA ETAPA, MUNICIPIO DE SAN
XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN." . Quien en sus funciones legales corresponderá actuar de acuerdo a lo que está establecido en los artículos ochenta y dos Bis, ciento ocho de la LACAP; cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y síete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP.
DÉCIMA OCTAVA- NOTIFICACIONES: Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican: Para "El Contratante": Alcaldía Municipal de San Xxxxxxxx, Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de Usulután. Para "El Contratista", ciudad de san rniguel, departamento de san xxxxxx. Las partes contratadas pueden cambiar dirección, quedando en este caso, cada una de ellas, obligadas a notificarlo a la otra; mientras tanto ta última nortñcactén será- ta válida para tos efectos regates.
DECIMA NOVENA - VIGENCIA: Este Contrato tendrá vigencia a partir de la fecha expresada en la Orden de Inicio emitida por "El Contratante" posterior a la firma del presente Contrato. Así mismo nos expresamos los comparecientes, quienes enterados y consientes de los términos y efectos legales I presente contrato, en fe de to cualñrmarncs en et rrrurtlctpto de San Dtcrristo, a los cinco dtas et noviembre de dos mil diecinueve. -
EL CONTRATANTE
XX. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX ALCALDE MUNICIPAL
SAN XXXXXXXX, USULUTAN.
En el muntcíplo de San Xxxxxxxx, a las diez. horas del día cinco de noviembre del año dos mil diecinueve. Xxxx Xx, XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX, notario, del domicilio de Usulután, Departamento de Usulután, comparecen los señores XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, de veintisiete años de edad, estudiante, con Documento Único de Identidad número
, del domicilio de barrio el calvario , Municipio de San Xxxxxxxx, Departamento de U'sutután, actuando en calidad xx Xxxxxxx Municipal de San Xxxxxxxx, tat como ro comprueba con su respectiva credencial que lo acredita como alcalde municipal, cuya vigencia es desde el uno xx xxxx del año dos mil dieciocho, y finaliza el treinta xx xxxxx del año dos mil veintiuno, expedida a los veinticinco días del mes xx xxxxx del año dos mil dieciocho por el tribunal Supremo Electoral y quien en lo sucesivo de este contrato se denominará EL "CONTRATANTE", por una parte y por la otra XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, mayor de edad, arquitecto, del domicilio de carretera panamericana
, municipio de El Xxxxxx, Departamento de La Unión, a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
; Número de Identificación Tributaria
; actuando en nombre y. representación en carácter de Representante Legal de la Sociedad XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia XXXXXX XXXXX CONSTRUCTORES, S.A. de C.V del domicilio la ciudad de San Xxxxxx, departamento de San Xxxxxx, tal como acredito con la escritura pública de constitución de la sociedad otorgada antes los oficios xxx xxxxxxx Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, inscrita el día veintidós de diciembre de dos mil diez en el Registro de Comercio al número 18 del libro No. 2674 del registro de sociedades del follo 114 ak follo 000, xxx xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx; que en el
trartscursc de este tnstnnrtertto me dertorntnare H ucONTRATISTA" y- me dicen- que han conventdo en celebrar el anterior CONTRATO DE REALIZACIÓN DE OBRA; para lo cual "El Contratista" se obliga a realizar todo lo estipulado en el documento privado a entera satisfacción de "El Contratante", brindando sus servicios profesionales como Realizador del proyecto: "CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL PLAYA EN PARQUE DE COLONIA ALTOS DE LA.CEIBA PRIMERA ETAPA, MUNICIPIO DE SAN
XXXXXXXX, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN." contados a partir de la Orden de Inicio correspondiente emitida por la Alcaldía Municipal de San Xxxxxxxx. El valor del presente contrato es por la suma de CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS 89/100 DOLARES, ($48,592.89). A ser pagado
por medio de estimaciones semanales, quincenales, mensuales o parciales según el avance de la obra, así como también aceptan todas Las cláusulas que en el presente. documento Legal se. plasman, y aceptan sus responsabilidades aquí adquiridas, Ambas partes señalan sus domicilios para oír notificaciones. Así mismo se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales del presente contrato. Y yo la notario DOY FE.-1) De ser AUTENTICAS las firmas que calzan en el documento que antecede y que se leen "ILEGIBLE" e "ILEGIBLES" por haber sido puestas a mi presencia de sus puños y tetras por ros comparecientes quienes también reconocieron como suyos ros términos que ras amparan.- 11) De ser legitima y suficiente la personería con que actúa el señor XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, por haber tenido a la vista la credencial que me acredita como alcalde municipal, cuya vigencia es desde el uno xx xxxx del año dos mil dieciocho, y finaliza el treinta xx xxxxx del año dos mil veintiuno, expedida a los veinticinco días del mes xx xxxxx del año dos mil dieciocho por el tribunal
VARIABLE que podrá abreviarse "XXXXXX XXXXX XXXXXX
�- ftRflDfl Jfll/\E
• CONSTP.UCfORESS}. DE C.V.
el cOntrAtante
xx. xxxXx xxxxxxx xxxxxx xxxxXx xxXXxxx xxxXxXxXx
sAn xXxxXxXx, usulutan.
XxXxXx xXXxx ConstruCtores, s.A. de C.v.