Contract
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, POR CONDUCTO DEL LIC. AMET XXXXX XXXXXXXX, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO ESTATAL” Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA _________________________, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL _________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA EMPRESA”, EN CONJUNTO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”:
I.1. QUE EL ESTADO DE TABASCO, ES UNA ENTIDAD LIBRE Y SOBERANA EN LO QUE SE REFIERE A SU RÉGIMEN INTERIOR Y ES PARTE INTEGRANTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE CONFORMIDAD CON XXX XXXXXXXXX 00, 00 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX MEXICANOS, 1 Y 9 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO.
I.2. QUE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN, ES UNA DEPENDENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 52 PRIMER PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, 3, 4, 26 FRACCIÓN IV, 29 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO REFORMADA MEDIANTE DECRETO 270 PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO “B” AL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 7336 DE FECHA 00 XX XXXXXXXXX XX 0000.
I.3. QUE EL 0 XX XXXXX XX 0000, XX XXX. AMET XXXXX XXXXXXXX, FUE DESIGNADO POR EL LIC. XXXXXX XXXXX XXXXXXX, GOBERNADOR DEL ESTADO, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, NOMBRAMIENTO QUE A LA FECHA NO LE HA SIDO REVOCADO, NI LIMITADO EN FORMA ALGUNA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 51 FRACCION II DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, ASI MISMO CUENTA CON FACULTADES AMPLIAS Y SUFICIENTES PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 11 FRACCIONES X Y XLVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL EN EL SUPLEMENTO 7416 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XXX 0000.
I.4. QUE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE EL PRESENTE CONVENIO SE ENCUENTRA EN PLENA CONCORDANCIA CON LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
I.5. QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES GET-710101-FW1.
I.6. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO LEGAL, PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, EL UBICADO EN XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX 0000, XXXXXXX XXXXXXX 2000, CÓDIGO POSTAL 00000, XXXXXX, XXXXXXX.
II. DE “LA EMPRESA”:
II.1. QUE ES UNA EMPRESA LEGALMENTE CONSTITUIDA BAJO EL RÉGIMEN DE LA LEYES MEXICANAS, MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NUMERO ____________________, INSCRITA CON EL FOLIO MERCANTIL ____________ PASADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO _____________, OTORGADA CON FECHA __________________________.
II.2. QUE EL ____________________, ES REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA ______________________, Y CUENTA CON FACULTADES PARA SUSCRIBIR ESTE CONVENIO, TODA VEZ, QUE ASÍ LO MANIFIESTA CON EL INSTRUMENTO PÚBLICO NÚMERO _________________, LIBRO __________, PASADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PUBLICO NÚMERO _______, LIC. ____________________, OTORGADA CON FECHA ______________________, Y QUE SU REPRESENTADA CUENTA CON LOS RECURSOS ECONÓMICOS, MATERIALES, LA EXPERIENCIA NECESARIA, ASÍ COMO EL PERSONAL DE APOYO DEBIDAMENTE CAPACITADO PARA OBLIGARSE Y CUMPLIR CON EL OBJETIVO DEL PRESENTE CONVENIO.
II.3. QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES _________________.
II.4. QUE ES SU VOLUNTAD LLEVAR A CABO LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO Y MANIFIESTA Y SEÑALA COMO DOMICILIO PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONVENIO, EL UBICADO EN _____________________________________.
II.5. QUE SU ACTIVIDAD PREPONDERANTE ES _______________________________________________________.
III. AMBAS PARTES:
III.1. QUE SE RECONOCEN LA CAPACIDAD Y PERSONALIDAD JURÍDICA CON QUE COMPARECEN Y HAN CONVENIDO EN CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- EL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO ES ESTABLECER LA FORMA Y TÉRMINOS EN QUE “LA EMPRESA” Y “EL EJECUTIVO ESTATAL” FACILITARAN EN CONDICIONES PREFERENCIALES XXX XXXXXXX A LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS Y DE CONFIANZA QUE LABOREN PARA “EL EJECUTIVO ESTATAL”, UNA ALTERNATIVA MÁS PARA _________________________________________, LO ANTERIOR, SERÁ LIQUIDADO MEDIANTE EL PAGO DE ABONOS QUINCENALES, QUE SERÁN RETENIDOS XXX XXXXXXX QUE DEVENGAN LOS TRABAJADORES, POR LO QUE, EL MONTO MÁXIMO A DESCONTAR POR NÓMINA SERÁ DEL 30% XXX XXXXXX NETO DEL TRABAJADOR.
SEGUNDA.- PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL, ASÍ COMO LOS TÉRMINOS UTILIZADOS EN ESTE, TENDRÁN LOS SIGNIFICADOS SIGUIENTES QUE SERÁN IGUALMENTE APLICADOS EN FORMA SINGULAR Y PLURAL:
“LA EMPRESA”: ____________________________________________.
“TRABAJADOR”: PERSONA FÍSICA QUE PRESTA UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO COMO TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO Y TRABAJADOR DE CONFIANZA “EL EJECUTIVO ESTATAL” EN LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS Y ÓRGANOS DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
“CARTA DE AUTORIZACIÓN DE DESCUENTO”: DOCUMENTO A TRAVÉS DEL CUAL EL TRABAJADOR AUTORIZA A “EL EJECUTIVO ESTATAL” POR CONDUCTO DE LA DEPENDENCIA CORRESPONDIENTE EL DESCUENTO DE SU SALARIO Y LA ENTREGA A “LA EMPRESA” DE CADA UNA DE LAS CANTIDADES A AMORTIZAR, DE ACUERDO CON EL CRÉDITO OTORGADO AL “TRABAJADOR”.
TERCERA.- “LA EMPRESA” OTORGARÁ A LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADO Y DE CONFIANZA DE “EL EJECUTIVO ESTATAL” FACILIDADES PARA LA LIQUIDACIÓN DEL COSTO DEL MISMO, MEDIANTE PAGOS QUINCENALES QUE SE REALIZARÁN A TRAVÉS DE DESCUENTOS AL SALARIO DEL TRABAJADOR.
EL DESCUENTO POR CONCEPTO DE LOS PAGOS QUINCENALES A “LA EMPRESA” APARECERÁ EN EL COMPROBANTE DE PAGO XXX XXXXXXX DEL TRABAJADOR, EL CUAL ES IDENTIFICADO POR LOS TRABAJADORES COMO “EL TALÓN DE PAGO”.
CUARTA.- LAS LÍNEAS DE CRÉDITO Y/O COMPRAVENTA DE ARTÍCULOS, ASÍ COMO LA CARTA DE AUTORIZACIÓN DE DESCUENTO DE LOS TRABAJADORES A “LA EMPRESA” SERÁN VALIDADAS POR “EL EJECUTIVO ESTATAL” POR CONDUCTO DE LAS DEPENDENCIAS A LAS QUE SE ENCUENTREN ADSCRITOS DICHOS TRABAJADORES, LAS CUALES VERIFICARAN QUE LOS DESCUENTOS QUE SE REALICEN NO REBASEN EL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL TOTAL DE LA PERCEPCIÓN SALARIAL DEL TRABAJADOR A LA FECHA DE LA DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO O COMPRAVENTA DEL ARTÍCULO, INCLUYENDO DESCUENTOS POR OTROS CONCEPTOS QUE SE LES PUDIESEN ESTAR HACIENDO AL TRABAJADOR, EN EL CASO DE QUE POR EL MONTO DEL COSTO DEL SEGURO, SE REQUIERA REALIZAR UN DESCUENTO MAYOR, EL TRABAJADOR PODRÁ AUTORIZAR ESTE DESCUENTO EL CUAL NO PODRÁ SER MAYOR AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL TOTAL DE LA PERCEPCIÓN SALARIAL DEL TRABAJADOR.
QUINTA.- “EL EJECUTIVO ESTATAL” SE OBLIGA A APLICAR LOS DESCUENTOS EN NÓMINA, PREVIA AUTORIZACIÓN EXPRESA DEL TRABAJADOR MEDIANTE LA CARTA DE AUTORIZACIÓN DE DESCUENTO RESPECTIVA DE LOS IMPORTES ENVIADOS POR “LA EMPRESA” EN EL PERIODO DE PAGO DE NÓMINA MAS PRÓXIMO IDENTIFICÁNDOLO CON UNA CLAVE DE CONCEPTO DE DESCUENTO Y A DEPOSITAR A “LA EMPRESA” POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS MEDIANTE TRANSFERENCIA A LA CUENTA BANCARIA QUE “LA EMPRESA” DETERMINE LA CANTIDAD DESCONTADA A LOS TRABAJADORES, NO CONSTITUYÉNDOSE DE MANERA ALGUNA COMO AVAL O DEUDOR SOLIDARIO DE ESTE ÚLTIMO.
EL DESCUENTO AL SALARIO DE LOS TRABAJADORES SE REALIZARÁ EN LAS CANTIDADES PREVIAMENTE CONVENIDAS ENTRE “LAS PARTES” (DEBIENDO ESTAR INDICADAS DICHAS CANTIDADES A DESCONTAR EN LA CARTA DE AUTORIZACIÓN DE DESCUENTO). EN EL ENTENDIDO DE QUE EL DESCUENTO NO PODRÁ EXCEDER EL PORCENTAJE PRECISADO EN LA CLÁUSULA CUARTA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR LOS DESCUENTOS CORRESPONDIENTES AL TRABAJADOR SERÁ AQUEL QUE POR ESCRITO DETERMINE Y NOTIFIQUE A “LA EMPRESA” LA SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO.
SEXTA.- “LA EMPRESA” SOLICITARÁ A LAS DEPENDENCIAS DE “EL EJECUTIVO ESTATAL” LA NOTIFICACIÓN SOBRE LA BAJA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL PLAN DE SEGURO DE VIDA PARA LA CANCELACIÓN INMEDIATA DEL MISMO, QUEDANDO BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR QUE SEA DADO DE BAJA, EL CUBRIR DE MANERA DIRECTA EL SALDO RESTANTE DEL ADEUDO A “LA EMPRESA” POR MEDIO DE LA FORMA QUE “LAS PARTES” CONVENGAN SIGUIENDO LA LÍNEA DE QUE “EL EJECUTIVO ESTATAL” NO SE ENTENDERÁ COMO DEUDOR SOLIDARIO DEL TRABAJADOR. DICHO DESCUENTO DEBERÁ HABER SIDO AUTORIZADO POR EL TRABAJADOR EN EL DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL PLAN DE SEGURO DE VIDA, ACEPTANDO LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS ESTABLECIDOS.
“LA EMPRESA” SE OBLIGA A DEVOLVER AL TRABAJADOR DE MANERA PERSONAL CUALQUIER CANTIDAD QUE SE LE HAYA DESCONTADO EN EXCESO POR CONCEPTO DE AMORTIZACIONES APLICADOS A COSTOS DE LOS SEGUROS DE VIDA QUE “LA EMPRESA” LE HAYA OTORGADO AL TRABAJADOR DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN POR PARTE DE “EL EJECUTIVO ESTATAL” A “LA EMPRESA” DE DICHA SITUACIÓN.
SÉPTIMA.- “LA EMPRESA” SE OBLIGA A INFORMAR PERIÓDICAMENTE A “EL EJECUTIVO ESTATAL” DEL SALDO PENDIENTE QUE GUARDE EL TRABAJADOR DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
OCTAVA.- “LA EMPRESA” RECONOCE QUE LA RELACIÓN CONTRACTUAL SOLO SE ESTABLECE ENTRE “EL TRABAJADOR” Y “LA EMPRESA”, POR LO QUE LIBERA DE TODA RESPONSABILIDAD EN ESTE SENTIDO A “EL EJECUTIVO ESTATAL”.
“LA EMPRESA” RECONOCE Y ACEPTA QUE LA ÚNICA OBLIGACIÓN DE “EL EJECUTIVO ESTATAL” CONSISTE EN EFECTUAR EL DESCUENTO CORRESPONDIENTE EN NÓMINA AL TRABAJADOR TRAS SER DEPOSITARIO DE LOS MONTOS RETENIDOS, CALIDAD QUE ASUME EN LOS TÉRMINOS PACTADOS EN ESTE CONVENIO, ASÍ COMO ENTERAR EL PRODUCTO DE ESTAS DEDUCCIONES A “LA EMPRESA”, EN LA FORMA INDICADA EN LA CLÁUSULA QUINTA.
NOVENA.- “LAS PARTES” ACUERDAN QUE EL PRESENTE CONVENIO TENDRÁ UNA VIGENCIA DEL ______________________________________, SIN EMBARGO, “LAS PARTES” PODRÁN DARLO POR TERMINADO POR ESCRITO CON TREINTA DÍAS DE ANTICIPACIÓN, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN, PODRÁ SUSPENDER LA AUTORIZACIÓN OTORGADA A “LA EMPRESA”, CON EL SOLO REQUISITO DE COMUNICAR SU DECISIÓN POR ESCRITO A “LAS PARTES” CON QUINCE DÍAS NATURALES DE ANTELACIÓN Y SIN DECLARACIÓN JUDICIAL, UNA VEZ SUSPENDIDA DICHA AUTORIZACIÓN LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN NO AUTORIZARÁ EL OFERTAMIENTO DE SERVICIOS DE “LA EMPRESA”, MANTENIENDO ÚNICAMENTE LA CLAVE DE CONCEPTO DE DESCUENTO EN NÓMINA PARA LOS DESCUENTOS DERIVADOS DE CONVENIOS AUTORIZADOS Y EXISTENTES DE MANERA PREVIA A LA SUSPENSIÓN DE LA AUTORIZACIÓN, HASTA QUE SE CUBRA EL ULTIMO ____________________ OTORGADO O SE PIDA LA RENOVACIÓN DE CONVENIO POR ALGUNA DE “LAS PARTES”.
UNA VEZ REVOCADA O ANULADA LA CLAVE DE CONCEPTO DE DESCUENTO EN NÓMINA, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO, SE OBLIGA A CONTINUAR EJECUTANDO LOS DESCUENTOS EN NÓMINA DERIVADOS DEL PRESENTE CONVENIO HASTA QUE SE CONCLUYA CON EL PAGO TOTAL DE LOS SEGUROS DE VIDA ADQUIRIDOS POR CADA UNO DE LOS TRABAJADORES, EN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO DE SEGURO DE VIDA QUE AL EFECTO SUSCRIBIERON CON “LA EMPRESA”, SIEMPRE Y CUANDO LOS MISMOS, HAYAN SIDO CONTRATADOS CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO.
DÉCIMA.- “LAS PARTES” NO PODRÁN CEDER, VENDER O TRANSMITIR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONVENIO.
UNDÉCIMA.- NINGÚN DATO RELACIONADO CON ESTE CONVENIO Y/O LAS NEGOCIACIONES DEL MISMO O PERSONA, PODRÁ SER DIVULGADO POR CUALQUIER MEDIO O PERSONA ALGUNA, SIN LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO DE “LAS PARTES”, LA CONTRAVENCIÓN A LO SEÑALADO EN ESTA CLÁUSULA, DARÁ LUGAR A QUE LA PERSONA AFECTADA PUEDE RECLAMAR A LA PERSONA A LA PARTE PRESUNTAMENTE RESPONSABLE, LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE OCASIONEN POR EL INCUMPLIMIENTO DE LO CONVENIDO.
DUODÉCIMA.- “LAS PARTES” ACUERDAN QUE “EL EJECUTIVO ESTATAL” POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN, NO SE CONSTITUIRÁ DE MANERA ALGUNA COMO AVAL SOLIDARIO DE LOS TRABAJADORES QUE HAYAN ADQUIRIDO ALGÚN CRÉDITO A “LA EMPRESA”.
DÉCIMA TERCERA.- TODAS LAS NOTIFICACIONES, SOLICITUDES, RENUNCIAS Y CUALQUIERA OTRA COMUNICACIÓN RELACIONADA CON EL PRESENTE CONVENIO SE HARÁN POR ESCRITO Y SERÁN CONSIDERADAS COMO DEBIDAMENTE FORMULADAS EN LA FECHA EN QUE SEAN RECIBIDAS POR EL DESTINATARIO, EN LAS DIRECCIONES EN LA SECCIÓN DE DECLARACIONES DE ESTE INSTRUMENTO LEGAL, CUALQUIERA DE “LAS PARTES” PODRÁ CAMBIAR SU DOMICILIO NOTIFICÁNDOLO POR ESCRITO A LA OTRA PARTE EN LA FORMA INDICADA.
DÉCIMA CUARTA.- “LA EMPRESA” CON RECURSOS PROPIOS A TRAVÉS DE SU PERSONAL HARÁ DEL CONOCIMIENTO A LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADO Y DE CONFIANZA DE “EL EJECUTIVO ESTATAL” DE LAS OFERTAS PROMOCIONES Y PLANES DE FINANCIAMIENTOS DE LOS DIVERSOS MATERIALES O ARTÍCULOS QUE OFERTA.
DÉCIMA QUINTA.- EL PERSONAL DE PROMOCIÓN, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE “LA EMPRESA”, PARA LA PRESENTACIÓN Y PROMOCIÓN DE SUS MATERIALES O ARTÍCULOS, PODRÁ PRESENTARSE EN LOS DOMICILIOS SOCIALES Y CENTROS DE TRABAJO DE LOS TRABAJADORES, SIEMPRE Y CUANDO NO INTERFIERA CON EL HORARIO DE TRABAJO, RESPETE LOS SISTEMAS DE CONTROL Y ADMINISTRATIVOS QUE LOS MISMOS TENGAN VIGENTES PARA EL EFECTO, POR LO QUE “LA EMPRESA” SE RESPONSABILIZA DE TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS EJECUTADOS POR SU PERSONAL DENTRO DE LAS ÁREAS DE TRABAJO.
DÉCIMA SEXTA.- LAS ESTIPULACIONES DEL PRESENTE CONVENIO Y SUS ANEXOS, CONSTITUYEN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO ACUERDO ASUMIDO ENTRE “LAS PARTES”, POR LO QUE LAS CONDICIONES PACTADAS EN ESTE INSTRUMENTO SUSTITUYEN CUALQUIER OTRO CONVENIO CELEBRADO CON ANTERIORIDAD.
DÉCIMA SÉPTIMA.- “LAS PARTES” CONVIENEN QUE EN CASO DE SUSCITARSE CONTROVERSIA CON RESPECTO A LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO, MANIFIESTAN SU EXPRESA VOLUNTAD DE RESOLVERLA DE COMÚN ACUERDO; EN CASO CONTRARIO, SE SUJETAN A LA COMPETENCIA DE XXX X. XXXXXXXXXX XXX XXXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXX; RENUNCIANDO “LA EMPRESA” EXPRESAMENTE A CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN, QUE PUDIERA CORRESPONDERLE EN RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.
DÉCIMA OCTAVA.- “LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO, NO EXISTE ERROR, DOLO, VIOLENCIA, MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO TOTAL O PARCIALMENTE, POR LO QUE NO PODRÁN SER INVOCADOS COMO CAUSALES DE NULIDAD.
LEÍDO QUE FUE POR EL PRESENTE CONVENIO ENTERADAS “LAS PARTES” DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO RATIFICAN Y FIRMAN AL CALCE Y XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX EL : _____________________.
POR “EL EJECUTIVO ESTATAL”
_________________________ LIC. AMET XXXXX XXXXXXXX. SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN. |
POR “LA EMPRESA”
_________________________
REPRESENTANTE LEGAL |
TESTIGOS
_________________________ L.A.E. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS |
_________________________ LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX SUBDIRECTOR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Y ACCESO A LA INFORMACIÓN |
HOJA DE FIRMAS DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, POR CONDUCTO DEL LIC. AMET XXXXX XXXXXXXX, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO ESTATAL” Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA ____________A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL, EL ___________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA EMPRESA”, EN CONJUNTO “LAS PARTES”, DE FECHA _____________.