REUNIDOS
CONTRATACIÓN
CONTRATO ADMINISTRATIVO
En la Casa Consistorial "Los Doce Linajes" de la Ciudad xx Xxxxx, a 24 xx xxxxx de 2014
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, vecino de esta Ciudad, y provisto de N.I.F. n° 16.807.703 Q en su calidad xx Xxxxxxx Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, actuando en nombre y representación del mismo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 21.1 b) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Loca]; y
X. Xxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxx, como Secretario General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, para autorizar el presente documento, dando fe del mismo, en virtud de lo establecido en el artículo 2. h), del Real Decreto 1174/87, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el artículo 113. 6°, del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia del Régimen Local.
De otra, D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx del Amo, con D.N.I. n° 16.800.325-K en nombre y representación de la empresa INSTALADORA DE ENERGIAS DEL AMO, S.L. con C.I.F. B42187732 y domicilio social en Soria, calle Xxxxxxx Xxxxxxx n° 3-bajo, según consta en escritura de constitución de la Sociedad Limitada, otorgada ante el xxxxxxx xx Xxxxx, D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, con fecha 7 xx xxxxx de 2008 y número 558 de su protocolo.
ANTECEDENTES
1°.- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión ordinaria, con fecha 28 xx xxxxx de 2014, aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Condiciones Técnicas para la contratación de la prestación de los servicios energéticos y mantenimiento de los Colegios Públicos de la Ciudad xx Xxxxx.
2°.- Durante el periodo de presentación de ofertas concurren cuatro licitadores, optando al contrato de referencia.
3°.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha
00 xx xxxx xx 0000, xx xxxxxx requerir la documentación para la adjudicación del contrato a D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx del Amo, en representación de la empresa Instaladora de Energías del Amo, S.L.
4°.- Habiendo aportado la documentación requerida en el plazo señalado por la Ley, en fecha 20 xx xxxxx de 2014 la Junta de Gobierno Local acuerda adjudicar el contrato de prestación de los servicios energéticos y mantenimiento de los Colegios Públicos de la Ciudad xx Xxxxx, en el precio de mantenimiento de 6.400 euros más 1.344 euros de IVA al año y precio total anual por gestión energética: 10%.
Acuerdo que ha sido notificado al adjudicatario.
Ambas partes, en uso de las facultades que tienen conferidas, se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para la celebración del presente contrato, cuya formalización, de conformidad con lo establecido por el artículo 156 del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, llevan a efecto por medio del presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
1°.- Es objeto del presente contrato la prestación de los servicios energéticos y mantenimiento de las instalaciones térmicas de los siguientes colegios públicos:
- Colegio Doce Linajes.
- Colegio Xxxxxx xxx Xxx.
- Colegio Xxxxxx xxx Xxx Infantil.
- Colegio Xxxxxxxx xx Xxxx.
- Colegio La Xxxxxxxx.
- Colegio Las Pedrizas.
- Colegio Numancia.
Los Servicios a Contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
Prestación P1.- Gestión energética: Gestión de la energía necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto de este pliego; gestión del suministro energético de combustibles así corno de energía transformada, control calidad, cantidad y uso y garantías de aprovisionamiento.
Prestación P2.- Mantenimiento: Mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones térmicas para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las mismas y de todos sus componentes al valor inicial.
2°.- | El presente contrato se regirá | por | los Pliegos de |
Cláusulas | Administrativas Particulares | y | Prescripciones |
Técnicas que rigen la contratación, la plica presentada y aceptada por la Administración, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2011, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 3/2011 y esté vigente tras la entrada en vigor del R.D. 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
3°.- La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que se produzcan en relación con el presente contrato.
4º.- El precio del contrato a satisfacer por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx al adjudicatario asciende a la cantidad de
mantenimiento de 6.400 euros más 1.344 euros de IVA al año y precio total anual por gestión energética: 10%.
El pago se efectuará trimestralmente, previa emisión de la factura y aprobación de la misma. El 2% del precio del contrato, excluido el IVA será destinado al control de calidad del servicio y será detraído por el Ayuntamiento en cada pago parcial o total que se efectúa
5°.- De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Octogésima Octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para el año 2014, y hasta nuevo desarrollo de dicha disposición adicional, el precio no será revisable.
6°. - Para responder del cumplimiento de este contrato se ha constituido, a favor del Ayuntamiento y en la Tesorería Municipal, una fianza por importe de 1.280,00 euros.
7°.- La duración del contrato de servicios sera de dos años contados a partir de la firma del contrato, pudiendo prorrogarse por el Ayuntamiento anualmente hasta un máximo de 2 anualidades, de forma tal que la duración del contrato principal más las prórrogas no podrá ser superior a 4 años. Las prórrogas habrán de ser expresas y en todo caso obligatorias para el adjudicatario.
Se anexiona a este contrato el Pliego de Prescripciones Técnicas y Administrativas.
OTORGAMIENTO:
Ambas partes, en el concepto en que intervienen, aprueban este contrato y se obligan a su exacto cumplimiento.
Y para la formalización del mismo, se extiende el presente documento por duplicado ejemplar, uno de cuyos ejemplares se entrega al adjudicatario y el otro queda archivado en esta Secretaría; de todo lo cual, yo el Secretario doy fe,