ACUERDO 035
ACUERDO 035
(Diciembre 5 de 2012)
POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN E INSTITUCIONALIZAN LAS OLIMPIADAS MUNICIPALES PARALÍMPICAS XX XXXXX Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
EL CONCEJO MUNICIPAL XX XXXXX
En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en los artículos 13, 16, 47 y 313 de la Constitución Política de Colombia, la ley 136 de 1994, ley 361 de 1997, el acuerdo No. 8 de 31 xx Xxxx de 2012.
Acuerda:
ARTICULO PRIMERO: Crease e institucionalícese las Olimpiadas Municipales
Paralímpicas xx Xxxxx, evento deportivo que se realizará anualmente en el marco de la semana de discapacidad, cuya organización, dirección, coordinación y administración estará a cargo del Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte PASTO DEPORTE, o quien haga sus veces en el Municipio.
ARTICULO SEGUNDO: Para dar cumplimiento a lo estipulado en el presente
acuerdo, se autoriza al Alcalde Municipal, para realizar los traslados presupuestales correspondientes a fin de asignar y transferir anualmente al ente organizador una suma equivalente a Cuarenta (40) salarios mínimos legales mensuales vigente, destinada a garantizar la financiación, organización y ejecución de éste certamen deportivo.
ARTÍCULO TERCERO: Créase el Comité Organizador de las Olimpiadas
Municipales Paralímpicas xx Xxxxx, el cual estará conformado por las siguientes entidades:
Dirección de Pasto Deporte. Secretaria de Salud Secretaria de Bienestar Social Secretaria de Cultura.
Dos (2) Representantes del sector Paralímpico.
Un (1) Representante en condiciones de discapacidad Un (1) Representante de la Secretaría de Infraestructura del Municipio.
ARTÍCULO CUARTO.- Las Olimpiadas Municipales Paralímpicas xx Xxxxx, se
realizarán en las disciplinas que establezca el ente organizador y como mínimo serán las de: Baloncesto, Atletismo, Ajedrez, Tenis xx Xxxx, Fútbol de Salón Sonoro, Futbol Siete, Tenis de Campo, Xxxxxx, Ciclismo, Natación, Actividades Psicomotrices. Y como
mínimo contarán con las categorías infantil, juvenil y libre, en género masculino y femenino.
ARTICULO QUINTO.- El Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte
PASTO DEPORTE, deberá expedir el reglamento de las Olimpiadas Municipales Paralímpicas xx Xxxxx, dentro de los seis (6) meses siguientes a la sanción y publicación del presente acuerdo.
ARTICULO SEXTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
sanción y publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en San Xxxx xx Xxxxx, a los cinco (5) días del mes de Diciembre del año dos mil doce (2012).
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX. PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL SECRETARIO GENERAL
Continuación Acuerdo No. 035 del 5 de Diciembre de 2012
POST- SCRITUM: EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL XX XXXXX.
HACE CONSTAR:
Que el presente Xxxxxxx Xx. 000 xxx 0 xx Xxxxxxxxx de 2012, fue aprobado en dos debates distintos así:
Primer Debate: 1º de Diciembre de 2012, en Comisión de Acción Social.
Segundo Debate: 5 de Diciembre de 2012 en prorroga de sesiones ordinarias de la fecha.
Dada en San Xxxx xx Xxxxx, el cinco (5) del mes de Diciembre del año dos mil doce (2012)
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Secretario General Concejo Municipal de Xxxxx
X. Xxxxx