SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA EN LA SEDE CENTRAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
LICITACIÓN ABREVIADA No. 2014LA-000026-85002
SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA EN LA SEDE CENTRAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
La Proveeduría Institucional del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 11 xx xxxxxx del 2014, para el “Servicio de jardinería en la Sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones”.
La oferta deberá aportarse vía digital mediante el sistema Comprared y utilizando la “firma digital”, según el procedimiento para la presentación de Oferta Digital de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa. xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxxxxx/Xxxxxx%00xxxxxx%00xxxxxxx%00%00xxxxxxxxx%00xxxxxxxxx.xxx
Los oferentes que no cuenten con el sistema de firma digital y deseen presentar las ofertas en forma presencial, deben aportar el original de la oferta y versión electrónica en disco compacto ante la Proveeduría Institucional del Tribunal Supremo de Elecciones, ubicada en el cuarto piso del Edificio Thor, ubicado diagonal al Cine Xxxxxx en Barrio La California, San Xxxx, hasta la fecha límite indicada en el apartado anterior. Por razones de seguridad jurídica, la oferta deberá ser presentada en sobre cerrado identificado con el número de la contratación, el nombre y número de cédula del oferente y el objeto contractual. En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas vía correo electrónico, fax o por vía telefónica.
Para consultas y aclaraciones llamar en horario de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas, a los teléfonos:
Proveeduría Institucional: 0000-0000. Fax: 0000-0000, correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.xx
Área técnica: Servicios Generales teléfono: 0000-0000, con el señor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Jefe de Servicios Generales, correo electrónico: xxxxxxxx@xxx.xx.xx o quien lo sustituya parcial o permanentemente.
I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A REQUERIR:
Se requiere contratar los servicios de jardinería para la sede central del Tribunal Supremo de Elecciones, que incluya los siguientes aspectos:
a) Limpieza de Áreas Externas. Consiste en la limpieza mensual de las aceras (adoquines), explanadas, piletas, monumentos, gradas, banquinas, pasamanos y rampas ubicadas en las zonas aledañas a los edificios de la Sede Central del
Página 1 de 11
COMPRARLocEationD: Xxxxx Rica
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
Digitally signed by XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
Date: 2014.08.D28ig1ita7l:l1y3s:i5g4ne-0d6b:0y0COMPRARED
Reason: AnalisDtaatTeS: X00, 0X0xx.0x0x.x0x0x0x0x:0x0x :24 -06:00
Reason: Cartel 25-2014LA-000026-85001
Location: Xxxxx Rica
TSE, incluye la limpieza general de la Plaza de la Libertad Electoral. Estas labores se deberán realizar con equipo que utilice agua a presión.
b) Asimismo la limpieza de los vidrios internos y externos de la primera y segunda planta del edificio “Xxxxx”, xx xxxxxxx xxxxx xx xxxx edificio debido a que existe un subsuelo, se deberán limpiar los vidrios del subsuelo y el primer piso.
Los trabajos se realizarán una vez al mes buscando la eliminación efectiva del polvo, suciedad y hollín acumulados.
c) El servicio de jardinería se prestará en las áreas verdes adyacente a los edificios de la Sede Central xxx XXX consistiendo de lo siguiente:
Diariamente: regar las plantas, césped, arbustos y árboles. Recoger la basura que se encuentre en las aceras, gradas, banquinas y rampas adyacentes a las áreas verdes, así como la basura que se entremezcle en el jardín y las jardineras.
Quincenalmente: Recortar el césped y las orillas. Dar mantenimiento preventivo, curativo y xx xxxxxx a las plantas y arbustos existentes. Los residuos producto de esas labores se recolectarán en bolsas plásticas y se depositarán en el lugar que indique el órgano fiscalizador.
Mensualmente: Podar, recortar y abonar el césped, las plantas, los arbustos y los árboles, procediendo de igual manera que en el punto anterior con los residuos que se produzcan por esas labores.
Debido a la naturaleza de las funciones diarias se hace necesario que se destaque a una persona permanentemente con un horario de 7:00 a 16:00 de lunes a viernes.
II. Admisibilidad
a) Se considerará inadmisible aquel oferente que no se encuentre inscrito y al día con el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) el día de la apertura, de conformidad con el artículo 31 reformado de la Ley Orgánica de la CCSS y artículo 65 RLCA.
La Administración verificará, mediante los medios electrónicos dispuestos para este fin, que el oferente se encuentre al día con el pago de FODESAF y del Impuesto a las Sociedades, en este último caso cuando se trate de personas jurídicas. Cuando exista algún inconveniente con las páginas electrónicas para estas consultas se procederá a solicitarle al oferente que en el plazo de 3 días hábiles, presente la certificación que pruebe el pago de dichas obligaciones. En caso de presentarse morosidad se declarará inadmisible la oferta.
b) No se admiten a concurso las ofertas que incumplan con las condiciones legales y las especificaciones técnicas solicitadas.
c) No se permite la cotización parcial de la línea ni el cobro separado del transporte o acarreo. El oferente en la cotización deberá indicar el desglose de los costos de los componentes de la línea, debiendo presentar el precio unitario y total, los cuales se entenderán como firmes y definitivos. En caso contrario quedara excluida de concurso.
d) Se consideran excluidas las ofertas que tengan una vigencia inferior al 80% del plazo fijado en este pliego (Arts. 67 y 81 inciso f RLCA), carezcan de firma, o no indiquen el plazo de entrega o la garantía del servicio.
e) Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
f) El oferente deberá contar con un plazo mínimo de experiencia de 5 años lo más reciente posible y certificados por las empresas donde lo ha ejecutado, de labores de jardinería como el que es objeto de contratación.
III. CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA
a) Deberá cancelar el monto correspondiente al timbre de ¢200,00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105). Este timbre podrá ser cancelado en la cuenta electrónica del Colegio, cuenta corriente Banco xx Xxxxx Rica en colones número 000-0000000-0, bajo el concepto "Pago de timbres CPCECR" e indicar el número de esta Licitación Abreviada. Deberá anexar a la oferta digital el comprobante de dicho pago.
b) Deberá aportar timbre de ¢20,00 (Veinte colones exactos) de La Ciudad de Las Niñas (Ley 6496), debidamente cancelado y adjunto a la oferta digital. Deberá sellarlo con los sellos de la empresa oferente e identificarlo con el nombre y número de la presente Licitación. Deberá anexar dicho documento de forma escaneada a la oferta.
c) La vigencia de la oferta deberá ser igual ó mayor a 60 días hábiles a partir de la apertura de las ofertas.
d) El oferente deberá presentar declaración jurada, en relación con los siguientes aspectos:
Que se encuentran al día con el pago de los impuestos nacionales y municipales y
Que no le alcanzan las prohibiciones de los artículos 22 y 22bis de la Ley de Contratación Administrativa.
Que no se encuentra inhabilitado para contratar con la Administración
e) Prestación del Servicio: El servicio, se empezará a brindar en forma inmediata a partir de la orden de Inicio dada por el órgano fiscalizador en forma escrita.
f) El oferente deberá adjuntar el desglose los costos de los componentes de la línea que oferta, debiendo presentar los precios unitarios y totales, con las disposiciones estipuladas en los artículos 25, 26, 27 y 52 del RLCA, además de la estructura porcentual del precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P= MO+I+GA+U).
g) Los precios deberán ser ciertos y definitivos, sin perjuicio de eventuales revisiones. Se cotizará la oferta libre de tributos, debiéndose indicar a la vez el monto total de la oferta, en números y letras coincidentes, en caso de no serlo, se tomará como real el precio indicado en letras.
h) En caso que el oferente sea persona jurídica, deberá aportar las certificaciones de personería jurídica y del capital social, así como de la distribución de las acciones, en caso de omisión, la Administración verificará en el Registro de Proveedores del Sistema Comprared, que las mismas se encuentren vigentes.
i) El oferente deberá indicar en su oferta la persona responsable de atender consultas sobre lo ofertado, la dirección correspondiente y el número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
j) Solicitud de Pedido: esta licitación abreviada se encuentra amparada en la Solicitud de Pedido No.4011420366. Puede consultar el presupuesto disponible de este documento o del que eventualmente le sustituya en la siguiente dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xx/xx/XxxxxxxxXxxxxxxx.xxxx
k) Órgano Fiscalizador: Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Jefe de Servicios Generales, o quien le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes.
l) Modalidad y Forma de Pago: Mediante pagos mensuales. Usual de gobierno. El tiempo máximo para el pago de facturas, mediante transferencia bancaria, será de TREINTA DÍAS NATURALES, de conformidad con la Directriz No 033-H del 4 xx xxxxx de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 64 del 1º xx xxxxx de 2009) a partir de la presentación de la factura y una vez recibido el servicio a satisfacción.
IV. CONDICIONES ESPECÍFICAS
a) Los oferentes deberán cotizar el servicio incluyendo todos los materiales e insumos de jardinería que se requieran para la prestación del mismo entendiéndose como tales las mangueras, rastrillo, machetes, pico, pala, maquinas flotadoras, moto guaraña, tijeras, afiladores de hachas y cuchillos, serrucho de poda, cuchillos de injertar, etc.
b) Los oferentes podran realizar una visita al área objeto de esta contratación, con el fin de que puedan apreciar su infraestructura, distribución, de modo tal que puedan realizar previsiones en cuanto a insumos necesarios para realizar las labores establecidas de jardinería se refiere. La misma podrá coordinarse con el Jefe de Servicios Generales, al teléfono 0000-0000, en un horario de 9 a 11 am y de 1 a 3 pm de lunes a viernes.
c) Los servicios objeto de este cartel se prestarán en un horario de 7:00 a 16:00 de lunes a viernes. Con disponibilidad de trabajos eventuales los días sábados, que no se puedan ejecutar de lunes a viernes por perjuicio a los empleados o público en general.
d) El Tribunal Supremo de Elecciones se reserva el derecho de modificar, de acuerdo con sus necesidades, el mencionado horario para lo cual dará aviso al adjudicatario con al menos 8 días naturales de antelación.
e) Para la fijación del precio de los servicios cotizados, los oferentes tendrán en cuenta las características del servicio a prestar.
f) En caso que el Tribunal Supremo de Elecciones suministre equipo, materiales e insumos al contratista, se reserva el derecho de inspeccionarlos, así como establecer los controles que considere pertinentes.
V. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN
Una vez determinado que las ofertas son técnica y legalmente elegibles, se procederá a realizar su calificación de acuerdo con los criterios y metodología de evaluación que se detallan seguidamente:
Precio 100%
La asignación del porcentaje anterior se hará utilizando la siguiente fórmula: Xxxxx ofrecido por la oferta de menor precio.
% obtenido= Monto ofrecido por la oferta a calificar.
VI. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
x100
De conformidad con el artículo 20 de la Ley 8262, se establece como mecanismo de desempate para la adjudicación de la oferta el siguiente:
Se preferirán a la PYME de Producción Nacional.
Cuando existan dos o más PYME nacionales participando en un mismo procedimiento de contratación administrativa, la Administración aplicará los criterios del artículo No. 55 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
De persistir el empate, la Proveeduría establecerá un sistema de rifa entre las ofertas que se encuentren en esa condición en presencia de un asesor legal, el analista encargado y los representantes legales de cada una de las empresas, previa convocatoria. Ante la inasistencia de alguno de los representantes, un funcionario de la Proveeduría Institucional tomará su lugar en el sorteo, en el cual se utilizarán porciones de papel de igual tamaño, forma y color y uno de ellos tendrá la palabra ganador.
La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
VII. ADJUDICACIÓN
a) El Tribunal Supremo de Elecciones, resolverá este concurso en un plazo que no podrá ser superior al doble del plazo fijado para recibir ofertas; incluyendo las prórrogas que se den. (Artículo 87 y 95 R.L.C.A.).
b) Podrá adjudicar parcialmente esta contratación, según lo establece el artículo 27 del RLCA, así como aumentar las cantidades o bien declarar desierta la contratación.
VIII. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Quien resulte adjudicatario está en el deber de asegurar la correcta ejecución del contrato y por tal razón rendirá una garantía de cumplimiento en la Contaduría de este Tribunal, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que hubiese recibido requerimiento por escrito de la Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones. Esta garantía equivaldrá al 5% del monto total adjudicado y tendrá un término de validez de sesenta (60) días naturales adicionales al recibido a satisfacción.
En caso rendir garantía de cumplimiento en efectivo, deberá aportar el número de licitación para que la Contaduría emita dos comprobantes, un original para el adjudicatario para que posteriormente solicite la devolución correspondiente, y una
copia que adjudicatario debe entregar en la Proveeduría. En el caso que sea en colones, puede hacer el depósito en la cuenta N° 000-0000000-0 del Banco xx Xxxxx Rica y cuando se trate de dólares, puede hacer el depósito en la cuenta No. 100-02-000-621441, del Banco Nacional, en cualquier caso, debe presentar el recibo emitido por el banco en la Contaduría (Área de Tesorería) para que esta a su vez emita los comprobantes indicados en este punto.
En el caso de aportar la garantía en una modalidad distinta al efectivo, deberá presentar el documento original y una fotocopia, la Contaduría emitirá dos comprobantes, el original es para el adjudicatario y una copia es para adjuntarle la fotocopia del documento de garantía para que el adjudicatario los entregue en la Proveeduría.
IX. DEL ADJUDICADO O CONTRATISTA
Una vez en firme el acto de adjudicación el contratista deberá tomar en cuenta lo siguiente:
a) El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en la normativa que rige la materia de Contratación Administrativa.
b) El contratista tiene el deber ineludible de cumplir las obligaciones laborales y de seguridad social, incluido el pago de los salarios mínimos para sus trabajadores establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, durante todo el periodo de ejecución contractual. La omisión de esta estipulación se tomará como causal de incumplimiento de acuerdo a la Directriz No. 34 del Poder Ejecutivo publicada en La Gaceta No. 39 del 25 de febrero del 2002, haciéndose acreedor el contratista a las sanciones establecidas en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento en éstos casos.
c) El contratista deberá aportar el personal y el equipo necesarios para la prestación del servicio objeto de esta contratación, respecto del cual tendrá la condición de patrono, de ahí que el Tribunal quedará exento de cualquier responsabilidad laboral frente los empleados de aquél, asimismo, no generará relación laboral alguna para con estos organismos electorales.
d) El contratista deberá brindar el servicio, según las condiciones que se dicen en este pliego de condiciones, en cada uno de las tareas y periodos que se describen.
e) Si el contratista incumple con alguna de las condiciones establecidas precedentemente, habrá incurrido, sin más, en causal de incumplimiento de contrato. En estas circunstancias, se procederá de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en Contratación Administrativa.
f) El contratista estará en el deber de informar los cambios que efectúe en el personal que tenga a cargo la ejecución de estos servicios, sin embargo el
Tribunal se reserva el derecho de solicitar justificadamente la sustitución de cualquier empleado del contratista, y este último deberá proceder inmediatamente a ejecutarla.
g) El contratista tiene la obligación de sustituir al personal que por cualquier motivo falte a sus labores, con el objeto de que no se vea descontinuado el servicio de jardinería. En caso de que el mismo no se presente ni sea sustituido durante el día laboral, se rebajará el monto de ese día en la factura del mes que corresponda.
h) Cuando el personal del contratista ingrese o egrese de las oficinas con paquetes, estos serán objeto de un control estricto de revisión por parte del funcionario de seguridad de la Institución.
i) El comportamiento de los empleados del contratista deberá ser siempre de respeto y acato a las órdenes que se le impartan, y será deber de aquél velar para que ello se cumpla.
j) El contratista será el responsable directo de los daños que sus empleados ocasionen al inmueble, a los muebles propiedad del Tribunal o de sus funcionarios, a éstos últimos y a las personas que se encuentren en aquél. Se advierte que una vez comprobados los daños y cuantificados, el monto de los mismos podrán ser rebajados de facturas pendientes de pago, en caso que el contratista no cancele las mismas cuando se le requiera.
k) Previo a dar la orden de inicio, el órgano fiscalizador requerirá al contratista presentar copia certificada y actualizada de la póliza del I.N.S., así como copia de la planilla de la C.C.S.S., sin demérito de que hubieran sido presentadas en la oferta, donde se incluya al trabajador o trabajadores propuestos para este servicio de jardinería.
l) La Administración contemplará la revisión de precios una vez adjudicada la oferta que haya sido presentada en colones de conformidad con la fórmula matemática recomendada por la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 232 del 2 de diciembre de 1982, con el artículo No. 18 de la Ley de Contratación Directa y conforme al artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, para lo cual se deberá indicar en la oferta el desglose porcentual del factor precio en mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad (P= MO+I+GA+U) que componen el precio cotizado, de manera que permita revisar y resolver en forma rápida y correcta las solicitudes de revisión al precio que eventualmente formule el contratista. El derecho a revisión de los precios rige desde la presentación de la oferta y podrá ser solicitado una vez que dé inicio la ejecución contractual, una vez aportada la documentación probatoria a satisfacción del Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
El oferente deberá indicar en su oferta los renglones con que trabajará para los índices aplicables para las fórmulas de servicios para la mano de obra y los insumos, tal y como se indica en la siguiente fórmula:
Donde
PV = Precio variado.
Pc = Precio de cotización
MO = Porcentaje costo de mano de obra sobre cotización total I = Porcentaje costo de insumo sobre cotización total
GA = Porcentaje costo administrativo sobre cotización total U = Porcentaje utilidad en precio de cotización
iMOtm = Índice costo de mano de obra en fecha de variación iMOtc = Índice costo de mano de obra en fecha de cotización iIti = Índice costo de insumos en fecha de variación
iItc = Índice costo de insumo en fecha de cotización
iGAtg = Índice de gastos administrativos en fecha de variación iGAtc = Índice de gastos administrativos en fecha de cotización
La información sobre cada uno de los Índices aplicables a la fórmula antes sugerida, deberá ser suministrada por los oferentes según renglón, nivel o capítulo, forma en que se combinaron renglones, si así corresponde (promedio simple o ponderado, etc) y la fuente para cada componente serán:
1. Decreto de Salarios Mínimos decretados por el Consejo Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
2. Banco Central xx Xxxxx Rica.
3. Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
En casos de que los índices sean propios de la empresa, éstos deberán ser certificados por un contador público autorizado.
X. Sanciones:
Conforme lo establece el capítulo X de la Ley de Contratación Administrativa. Los contratistas que durante el curso de los procedimientos de contratación, incurran en las causales previstas en dicho capítulo, serán sancionados con apercibimiento e inhabilitación, según corresponda, de conformidad con lo establecido en el Art. 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
XI. Cesión de la Contratación:
Los derechos y obligaciones derivados de un contrato en ejecución o listo para iniciarse, podrán ser cedidos a un tercero, siempre y cuando no se trate de una obligación personalísima. En todo caso, la cesión debe ser autorizada por la Administración mediante acto debidamente razonado. Cuando la sesión corresponda a más de un 50% del objeto del contrato, independientemente del avance en su ejecución, deberá ser autorizada por la Contraloría General de la República. (Art. 209 del R.L.C.A.)
XII. Plazo de la contratación
El contrato tendrá una vigencia de un año prorrogable automáticamente por tres períodos iguales, hasta un máximo de cuatro años. En todo caso la Administración se reserva la facultad no prorrogar un nuevo periodo en caso de que no lo considere necesario al interés público, lo que deberá comunicar al contratista con al menos dos meses de antelación al vencimiento del plazo.
XIII. Formalización:
Se advierte a los participantes que cuando la estimación de la adjudicación se encuentre sujeta de aprobación interna por parte del Departamento Legal del Tribunal Supremo de Elecciones, se podrá elaborar el contrato respectivo, de acuerdo con el Reglamento de Refrendos de las Contrataciones Administrativas, emitido por la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta No. 202 del 22 de octubre de 2007.
Antes de la suscripción de un eventual contrato o bien la emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá rendir la garantía de cumplimiento en los términos establecidos en el presente cartel.
XIV. Timbres fiscales:
El adjudicatario deberá cancelar el pago de especies fiscales equivalente al 0,25% del monto adjudicado por año. Dichas especies fiscales deberán ser presentadas dentro de los 3 días siguientes a la firmeza del acto de adjudicación.
XV. Notificaciones:
Para los proveedores registrados en el Registro de Proveedores de CompraRED, las notificaciones (incluida la Orden de Compra) se enviará a la dirección electrónica o número de fax que conste en dicho registro, como medio para recibir notificaciones, en caso de que no se pueda realizar la notificación por los medios señalados, operará la notificación automática en los términos establecidos en el Reglamento de Utilización del Sistema de Compras Gubernamentales CompraRED 2.0.
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Proveedor Institucional