MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS 1
MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS 1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS QUE CELEBRA, POR UNA PARTE, LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ASFE” REPRESENTADO POR EL (LA)C.P. , EN SU CARÁCTER DE , Y POR LA OTRA PARTE, (EL/LA) C. , A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS", Y A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMAS QUE SE SUJETARAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES:
I. DE “LA ASFE” a través de su apoderado legal que:
I.a Que es el órgano técnico del Congreso que tiene a su cargo la revisión y fiscalización de los ingresos, egresos, la deuda pública, el manejo, la custodia, la administración y la aplicación de fondos y recursos públicos y, en general de la gestión financiera y las Cuentas Públicas, de los Poderes del Estado y Municipios, entes públicos estatales y municipales, que ejerzan recursos públicos, organismos públicos estatales, organismos públicos autónomos y particulares que manejen recursos públicos, además de los recursos transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados, o cualquier otra figura jurídica que haya recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos estatales o municipales; de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 BIS de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 86 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
I.b En el desempeño de sus funciones, cuenta con plena autonomía técnica, de gestión, presupuestal y financiera, para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, la función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de la legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.
I.c Que su representante la , Titular de la Dirección Administrativa de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 02 xx xxxx del 2023, expedido por la _ , Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
X.x Xxx su representante cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar el presente contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 14 fracción XII del Reglamento Interior de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
I.e Que de acuerdo a sus necesidades y para el cumplimiento de sus funciones de fiscalización que tiene encomendados, requiere temporalmente contar con los servicios de una persona física con
conocimientos en por lo que ha determinado llevar a cabo la contratación de "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS".
I.f Que cuenta con los recursos suficientes para cubrir el importe de los honorarios de "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS".
I.g Que este contrato se celebra de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 fracción III, 86, 93 fracción VII y 94 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y 65 de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
I.h Que para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en .
II. DE "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS" manifiesta bajo protesta de decir verdad:
II.a Que es de nacionalidad mexicana, en pleno uso y goce de las facultades que le otorga la ley, cuenta con los conocimientos y aptitudes en materia de y estudios de Licenciatura en
, lo que acredita con , expedida por , de fecha , así como con la experiencia requerida para prestar el servicio solicitado por “LA ASFE” y conoce plenamente las necesidades y características de los servicios materia del presente contrato y ha considerado todos los factores que intervienen en la prestación eficaz de los mismos.
II.b Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. , otorgado por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de conformidad con lo establecido en el Capítulo VI de la Ley General de Población, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Población con Clave Única de Registro de Población No.
_, expedida por la Secretaría de Gobernación.
II.c Que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público ni se encuentra inhabilitado para el desempeño de éstos, así como que a la suscripción del presente documento no está prestando servicios profesionales por honorarios en la “LA ASFE” y/o en distinta dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal y/o municipal, en la Fiscalía General del Estado de Oaxaca o en el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca. Asimismo, que no es parte en un juicio del orden civil, mercantil o laboral en contra de alguna de las referidas instituciones públicas; y que no se encuentra en algún otro supuesto o situación que pudiera generar conflicto de intereses para prestar los servicios profesionales objeto del presente contrato.
II.d Conforme a la normatividad vigente, previo a la celebración del presente contrato, presentó escrito en el que manifiesta que no se encuentra, ni se encontrará, bajo ninguno de los supuestos que se establecen en la declaración II.c.
II.e Que para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en _.
II.f Está de acuerdo y acepta que la retribución derivada de la presentación de los servicios objeto del presente contrato, se realicen mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria siguiente: Banco __ ; No dé cuenta ; No. de cuenta clabe
, nombre del titular de la cuenta bancaria ( ); domicilio del prestador de servicios, calle
_
X.x Xxx manifiesta su conformidad que la retención del Impuesto Sobre la Renta que le corresponda como persona física, se efectúe de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
III. DECLARAN “LAS PARTES”:
I.a Que es su voluntad celebrar el presente contrato, para lo cual convienen en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS:
PRIMERA. - “LA ASFE” encomienda a "EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS" y éste se obliga a prestar los servicios profesionales consistentes en , así como a rendir los informes mensuales de las actividades desarrolladas cuando se le requiera, mismos que deberá presentar al servidor público que “LA ASFE” autorice.
SEGUNDA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” se obliga a aplicar su capacidad y sus conocimientos para cumplir satisfactoriamente con las actividades objeto del presente contrato que le encomiende “LA ASFE”, así como a responder de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a “LA ASFE”.
TERCERA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” se obliga a desempeñar los servicios objeto del contrato a “LA ASFE” en forma personal e independiente, por lo que será el único responsable de la ejecución de los servicios cuando no se ajusten a los términos y condiciones de este contrato.
CUARTA. - “LA ASFE” efectuara la retención correspondiente al Impuesto Sobre la Renta a “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” por concepto de sus honorarios, de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
QUINTA. - El presente contrato observará una vigencia del de al de de
.
SEXTA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” no podrá, con motivo de la prestación de los servicios que realice a “LA ASFE”, asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo, a fin de evitar el conflicto de intereses.
SÉPTIMA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” se obliga a no divulgar a terceras personas, a través de publicaciones, informes, o cualquier otro medio, los datos y resultados que obtenga con motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, ni la información que “LA ASFE” le proporcione o a la que tenga acceso en razón del objeto del presente contrato, bajo pena de rescisión en los términos del presente, independientemente de las responsabilidades de cualquier otra índole en las que pudiera incurrir.
OCTAVA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” no podrá ceder en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato.
NOVENA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” comunicará a “LA ASFE”, cualquier hecho o circunstancia que por razón de los servicios prestados pudieran beneficiar o evitar perjuicio a la misma.
DECIMA. - “LA ASFE” designa al servidor público , para recibir a su entera satisfacción los informes de las actividades desarrolladas por “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS”, así como el resultado de los servicios pactados en el presente contrato.
DECIMA PRIMERA. - “LA ASFE”, podrá rescindir el presente contrato, sin necesidad de juicio, por cualquiera de las siguientes causas imputables a “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS”:
a) Por prestar los servicios deficientemente, de manera inoportuna o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato;
b) Por no observar la discreción debida respecto de la información a la que tenga acceso como consecuencia de la prestación de los servicios encomendados;
c) Por suspender injustificadamente la prestación de los servicios o por negarse a corregir lo rechazado por “LA ASFE”;
d) Por negarse a informar a “LA ASFE” sobre la prestación y/o el resultado de los servicios encomendados;
e) Por impedir el desempeño normal de labores de “LA ASFE” durante la prestación de los servicios;
f) Si se comprueba que la protesta a que se refiere la declaración II. d, se realizó con falsedad, y
g) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato.
Para los efectos a los que se refiere esta cláusula “LA ASFE” designará al servidor público
o en su caso, a quien el Titular de la Dirección Administrativa determine, para comunicar por escrito en el domicilio señalado por “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS”, el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que, en un término xx xxxx días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga, y aporte, en su caso, las pruebas correspondientes.
Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior, “LA ASFE” tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS, determinará de manera fundada y motivada
si resulta procedente o no rescindir el contrato y comunicará por escrito a “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” dicha determinación.
DECIMA SEGUNDA. - “LA ASFE” en cualquier momento, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para ésta, y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, dando aviso por escrito a “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” con treinta días naturales de anticipación. En todo caso, “LA ASFE” deberá cubrir los honorarios que correspondan por los servicios prestados y que haya recibido a su entera satisfacción.
Asimismo “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” podrá dar por concluido de manera anticipada, previo aviso que por escrito realice a “LA ASFE” en el plazo señalado en el párrafo que antecede. “LA ASFE” se reserva el derecho de aceptar la terminación anticipada del contrato sin que ello implique la renuncia a deducir las acciones legales que, en su caso, procedan.
DECIMA TERCERA. - “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” no será responsable por cualquier evento de caso fortuito o de fuerza mayor que le impida parcial o totalmente cumplir con las obligaciones contraídas por virtud del presente contrato, en el entendido de que dichos supuestos deberán ser debidamente acreditados.
DECIMA CUARTA.- “LA ASFE” no adquiere ni reconoce obligación alguna de carácter laboral, a favor de “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” en virtud de no ser aplicables a la relación contractual que consta en este contrato, los artículos 1 y 8 de la Ley Federal del Trabajo, 2 y 8 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y 5 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado, el presente contrato se encuentra sujeto a la legislación civil, por lo que “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” no será considerado como trabajador para los efectos legales, y en particular para obtener los seguros, prestaciones y servicios establecidos por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y únicamente se compromete a dar total cumplimiento en tiempo y forma a sus obligaciones.
DECIMA QUINTA - La titularidad de los derechos patrimoniales que se originen con la ejecución de los trabajos objeto de este contrato, corresponderá a “LA ASFE”, dando el debido reconocimiento por su participación a “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” como colaborador remunerado, quien en términos del artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor, tendrá el derecho a que se le mencione expresamente como autor, traductor, compilador, ejecutante o intérprete.
Asimismo, si como resultado de las actividades desarrolladas con motivo del presente contrato, se genera algún derecho de propiedad industrial (como patentes, marcas, diseños industriales, etc.), “EL PRESTADOR DE LOS SERVICIOS” reconoce en este acto, que la titularidad de dicho derecho corresponderá a “LA ASFE”.
DECIMA SEXTA -” LAS PARTES” aceptan que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones contenidas en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca, y en caso de controversia para su interpretación y cumplimiento, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, renunciando al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
LEÍDO QUE FUE POR “LAS PARTES” QUE EN EL PRESENTE CONTRATO INTERVIENEN Y SABEDORES DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, SE FIRMA POR DUPLICADO EL MISMO, AL CALCE Y AL MARGEN EN TODAS SUS FOJAS ÚTILES, EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA, EL DÍA
_DE DE _.
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