Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA “PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO EN DERECHO XXXX XXXXXX XXXXXX XX XXX, EN SU CARÁCTER DE PROCURADOR GENERAL Y POR LA OTRA, LA C. XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA PROCURADURÍA” Y “EL PROVEEDOR” RESPECTIVAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
1. | “LA PROCURADURÍA” declara que: |
1.1 | Es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 40 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2, 35 y 36 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 3 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
1.2 | El Maestro en Derecho Xxxx Xxxxxx Xxxxxx de Oca, Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas al órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 12 fracción XVI del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, asimismo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido el 5 de enero de 2013, por el Secretario del Trabajo y Previsión Social. |
1.3 | Para el cumplimiento de las funciones que le confieren los artículos 530 de la Ley Federal del Trabajo, así como 3 y 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, requiere de la prestación de servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración de acuerdo a las especificaciones estipuladas en el Anexo 1 los cuales rubricados por las partes forman parte integrante del presente contrato. |
1.4 | Se tiene contemplada la erogación derivada del presente contrato en la partida presupuestal 35201 “Mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración”, de acuerdo con la asignación presupuestal para el año 2014, correspondiente a este órgano desconcentrado según oficio número 511/01.-2013/0045 de fecha 23 de diciembre de 2013 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el memorándum No. S.P.P. 066 de fecha 28 xx xxxxx de 2014, de la Subdirección de Programación y Presupuesto de “LA PROCURADURÍA”. |
1.5 | El presente contrato se adjudica mediante el procedimiento de adjudicación directa, No. AA- 014A00001-N34-2014, con fundamento en el artículo 42 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 75 cuarto párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de conformidad con el fallo del procedimiento dado a conocer el día 31 xx xxxxx de 2014. |
1.6 | Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio el ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx. |
1.7 | Su Registro Federal de Contribuyentes es PFD750602I25. |
2. | “EL PROVEEDOR” declara que: |
2.1 | Es una persona física, debidamente inscrita ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el Registro Federal de Contribuyentes número SAJA700120NR2. |
2.2 | De acuerdo al punto anterior, presta sus servicios de fabricación de otros productos metálicos. |
2.3 | Declara bajo protesta de decir verdad, que formaliza este documento con la seguridad de que |
no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo, 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | |
2.4 | |
2.5 | “EL PROVEEDOR” manifiesta que se encuentra ubicado en el sector/tamaño micro de la estratificación establecida en la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de La Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. |
En virtud de las declaraciones antes expresadas, las partes están de acuerdo con celebrar el presente contrato, sujetándose a las estipulaciones contenidas en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA”, requiere a “EL PROVEEDOR” y éste
acepta llevar a cabo la prestación de los servicios de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración de acuerdo con las especificaciones y cantidades relacionadas en el ANEXO 1 mismo que rubricados por las partes forman parte integrante del presente contrato.
SEGUNDA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Los servicios de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración se realizarán en los domicilios acordados de conformidad con lo establecido en el ANEXO 1 del presente contrato.
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente contrato es de $197,671.00 (Ciento noventa y siete mil seiscientos setenta y un pesos 00/100 M.N.) más $31,627.36 (Treinta y un mil seiscientos veintisiete pesos 36/100 M.N.) de I.V.A., dando un monto total de $229,298.36 (Doscientos veintinueve mil doscientos noventa y ocho pesos 36/100 M.N.).
Ambas partes convienen que durante la vigencia del presente contrato, no habrá incremento en el precio.
CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: “EL PROVEEDOR”, se obliga a iniciar los servicios objeto del presente contrato del 1 xx xxxxx de 2014 y a concluirlos el día 21 xx xxxxx de 2014.
QUINTA.- VIGENCIA: “Ambas partes aceptan que la vigencia del presente contrato será forzosa para “EL PROVEEDOR” y voluntaria para “LA PROCURADURÍA”, la cual comprenderá desde el día 1 xx xxxxx de 2014 y hasta el día 21 xx xxxxx de 2014, comprometiéndose, “EL PROVEEDOR” a que cualquier reclamación por parte “LA PROCURADURÍA”, después de concluida la vigencia del contrato será atendida con toda oportunidad.
SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: Con fundamento en lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público “LA PROCURADURÍA” podrá dar por terminado anticipadamente en contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.
En este supuesto “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” con quince días naturales de anticipación a la fecha en que surtirá efectos dicha terminación.
SÉPTIMA.- FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: “EL PROVEEDOR” proporcionará a “LA
PROCURADURÍA” los servicios de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración relacionado en el ANEXO 1 de conformidad con las fechas establecidas en el ANEXO 1 de este instrumento jurídico.
OCTAVA.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN: “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de supervisar y verificar en todo tiempo si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PROVEEDOR” conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por “LA PROCURADURÍA”. Por lo que para tal fin designa al Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Subdirector de Servicios Generales, como área responsable en la administración y seguimiento de los servicios a que se refiere este instrumento. “EL PROVEEDOR” se obliga a subsanar las deficiencias detectadas por “LA PROCURADURÍA”, en un término
no mayor a tres días naturales contados a partir de la fecha de notificación que por escrito haga “LA PROCURADURÍA” a “EL PROVEEDOR”.
El Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Subdirector de Servicios Generales, considerará recibidos y aceptados a su entera satisfacción, los servicios objeto del presente contrato, una vez que “EL PROVEEDOR”, realice la prestación del servicio conforme las condiciones establecidas en el ANEXO 1 del presente instrumento jurídico. En tanto esta condición no se cumpla “EL PROVEEDOR” estará conforme que la prestación de sus servicios se tendrán por no recibidos.
NOVENA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO: El monto del contrato señalado en la cláusula tercera de este instrumento jurídico, será cubierto en moneda nacional mediante un pago a la conclusión del servicio mismo que será efectuado a través de la Subdirección de Programación y Presupuesto, mediante transferencia electrónica de recursos a la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR” que es la identificada con el número 9301413455, con clave bancaria estandarizada número 002180700378434131, del Banco Nacional de México, S.A., (BANAMEX), Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex México, dicha transferencia se realizará dentro de los veinte días naturales posteriores a la presentación de la factura para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar su factura conteniendo los requisitos fiscales determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y deberá contar con la validación del Titular de la Subdirección de Servicios Generales y autorizada por el Titular de la Secretaría General Administrativa de “LA PROCURADURÍA”. La factura deberá presentar desglosado el I.V.A, y los descuentos que se otorguen a “LA PROCURADURÍA”, en caso de que “EL PROVEEDOR” no presente la factura para el trámite de pago debidamente requisitada, la fecha empezará a correr a partir de la presentación correcta de la misma. El horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes.
“LA PROCURADURÍA” requiere a “EL PROVEEDOR” su afiliación al “Programa xx Xxxxxxx Productivas” a que se refiere el artículo 19 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2014.
Los pagos que haga “LA PROCURADURÍA” cubren cualquier clase de gastos, impuestos, derechos, contribuciones fiscales o cualquier contraprestación a favor de “EL PROVEEDOR”, que se generen con motivo de la celebración o cumplimiento del presente contrato, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá reclamar algún otro pago adicional.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar, en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales.
DÉCIMA.- PAGO DE IMPUESTOS: Será responsabilidad y estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, el pago de impuestos y derechos que de acuerdo con las leyes mexicanas aplicables se generen con motivo del presente contrato, salvo el impuesto al valor agregado, el cual será trasladado a “LA PROCURADURÍA”.
DÉCIMA PRIMERA.- REINTEGRO DE PAGOS EN EXCESO: Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar a “LA PROCURADURÍA” las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha en que se efectúo el pago, hasta la fecha en que “EL PROVEEDOR” reintegre dicha cantidad a “LA PROCURADURÍA” mediante cheque certificado.
DÉCIMA SEGUNDA.- CESIÓN DE DERECHOS: Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato no podrán cederse en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”, con fundamento en el último párrafo del artículo 46 último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de este contrato que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: “LA PROCURADURÍA” podrá
suspender en cualquier momento y de manera temporal en todo o en parte el servicio contratado, sin que ello implique la terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos
legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA QUINTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL: “EL PROVEEDOR”, como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia del presente contrato, manifiesta que cuenta con los elementos propios y suficientes para responsabilizarse de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo, en consecuencia, es el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y de responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “LA PROCURADURÍA” en relación con los servicios materia del presente contrato.
DÉCIMA SEXTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN: Serán causas de rescisión del presente contrato sin responsabilidad de “LA PROCURADURÍA”, si “EL PROVEEDOR”:
a).- | No inicia la prestación de los servicios objeto de este contrato en la fecha convenida; |
b).- | No realiza los servicios de conformidad con lo establecido en el presente contrato y sus anexos, o no acata las instrucciones de “LA PROCURADURÍA” sin motivo justificado; |
c).- | Suspende injustificadamente los servicios o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubieren sido rechazados como defectuosos por “LA PROCURADURÍA”; |
d).- | Cede a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del presente contrato, en forma parcial o total, excepto el derecho de cobro, en cuyo caso se debe contar con el consentimiento de “LA PROCURADURÍA”; |
e).- | No proporcione a “LA PROCURADURÍA” las facilidades y datos necesarios para la comprobación, supervisión y verificación de los servicios objeto de este contrato; |
f).- | Cuando una autoridad competente lo declare en concurso mercantil o exista alguna figura análoga que afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones derivadas de este contrato; |
g).- | Los documentos o manifestaciones presentados por “EL PROVEEDOR” en el procedimiento de adjudicación señalado en la Declaración 1.5 del presente contrato resultan falsos (as); |
h).- | Incumple con las obligaciones establecidas en el presente contrato; |
i).- | Transcurrido el tiempo señalado para la reposición de los servicios o el plazo adicional para la sustitución de los mismos que “LA PROCURADURÍA” haya devuelto y estos no se hubieren entregado a su entera satisfacción; |
j).- | “EL PROVEEDOR” no entrega en la fecha convenida la garantía de cumplimiento de contrato; |
k).- | El importe de las penalizaciones rebasan el monto de la garantía de cumplimiento, |
l).- | En general, por cualquier otro incumplimiento a las obligaciones pactadas en el presente contrato. |
Las anteriores causas de rescisión, están señaladas de manera enunciativa, más no limitativa.
DÉCIMA SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: “LA PROCURADURÍA” podrá rescindir el
presente contrato sin necesidad de declaración judicial previa en caso de que “EL PROVEEDOR” incumpla con cualesquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo por lo que si “EL PROVEEDOR” incurre en cualesquiera de las causas a que se refiere la cláusula anterior, “LA PROCURADURÍA” podrá optar por la rescisión del presente contrato, o bien exigir su cumplimiento por la vía judicial. En caso de optar por la rescisión del contrato, se procederá conforme al procedimiento señalado en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA OCTAVA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: “EL PROVEEDOR” se obliga a
garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada a favor de la Tesorería de la Federación por un importe equivalente al 10% del monto mencionado en la cláusula Tercera del presente contrato sin incluir I.V.A, el cual deberá señalarse
con número y letra. La fianza en cuestión será presentada por “EL PROVEEDOR” en un plazo xx xxxx días naturales posteriores a la firma de este contrato.
La fianza deberá contener las siguientes estipulaciones:
a).- | Referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las cláusulas contenidas en el contrato; |
b).- | La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas; |
c).- | El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor o fiado; |
d).- | La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos garantizados; |
e).- | Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia. Asimismo, esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones; |
f).- | La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida; |
g).- | Que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo; |
DÉCIMA NOVENA.- PENA CONVENCIONAL: En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a las obligaciones derivadas del presente contrato, “LA PROCURADURÍA” aplicará una pena convencional del 1% de la parte incumplida del contrato por cada día natural de atraso en la ejecución de los servicios y su tope máximo será el monto total de la fianza, en cuyo caso, procederá la rescisión del contrato.
En estos casos “LA PROCURADURÍA” comunicará por escrito tal situación a “EL PROVEEDOR”, para que en un término máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación efectúe el pago de la pena convencional en moneda nacional y redondeada a pesos, mediante el esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos denominado “e5cinco”, a través de ventanilla bancaria o pago electrónico, requisitando para ello el formato “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria, Derechos Productos y Aprovechamientos 01-501” el cual esta disponible en la página de Internet de “LA PROCURADURÍA”, en la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx debiendo entregar a la Secretaría General Administrativa de “LA PROCURADURÍA”, el original del recibo bancario con sello digital, como comprobante del pago realizado. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura o en su caso el recibo bancario con sello digital anteriormente indicado.
VIGÉSIMA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR: “EL PROVEEDOR”, se obliga a asumir la
responsabilidad total para el caso de que al suministrar el servicio a “LA PROCURADURÍA” infrinja derechos de terceros sobre patentes, marcas o derechos de autor.
VIGÉSIMA PRIMERA.- SUBCONTRATACIÓN: “LA PROCURADURÍA”, no acepta la subcontratación de los servicios objeto del presente contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO: Durante la vigencia del presente contrato,
“LA PROCURADURÍA” podrá modificar el presente contrato dando aviso por escrito con por lo menos tres
días naturales de anticipación a “EL PROVEEDOR” y éste se obliga a dar cumplimiento a dichas modificaciones. Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito, en términos de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA TERCERA.- INDEMNIZACIÓN: “EL PROVEEDOR”, acepta expresamente que tanto durante el plazo de vigencia de este contrato como después de su expiración, indemnizará a “LA PROCURADURÍA”, por cualquier daño o perjuicio que resulte o se derive de un acto ilícito, negligencia o violación del contrato por parte de “EL PROVEEDOR” o de su personal designado para la realización del objeto del presente contrato, así como de las acciones, juicios, demandas, costos y reclamaciones, que se originen como resultado de dichos actos.
VIGÉSIMA CUARTA.- INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN: “EL PROVEEDOR”, asume la obligación de
proporcionar a la Secretaría de la Función Pública y/o al Órgano Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la información y/o documentación relacionada con el presente contrato que le sea solicitada en términos de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA QUINTA.- PRÓRROGA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: “LA PROCURADURÍA”
sólo otorgará prórroga para la prestación de los servicios, cuando ocurran causas de fuerza mayor, casos fortuitos, o bien, en el supuesto en que el servicio no pueda ser prestado en el plazo establecido por causas imputables a “LA PROCURADURÍA”.
En estos supuestos, “EL PROVEEDOR”, deberá presentar un escrito debidamente firmado por su representante legal, cuando menos con tres días hábiles previos a la fecha convenida de prestación de servicios, en el cual, se acrediten, a satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, las causas de fuerza mayor, casos fortuitos o causas imputables a “LA PROCURADURÍA” que impidan la prestación de los servicios. Queda entendido, que derivado del análisis de la solicitud, “LA PROCURADURÍA” resolverá lo conducente
VIGÉSIMA SEXTA.- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN: Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato, se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Código Civil Federal y en la normatividad de carácter federal aplicable, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto realizado en contravención a las mismas, sometiéndose las partes en caso de conflictos judiciales a los tribunales competentes con residencia en México, Distrito Federal, renunciando a la competencia jurisdiccional que les pudiera corresponder por razón de su domicilio presente o futuro.
El presente contrato se firma en tres tantos, en Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, xx 00 xx xxxxx de 2014.
“EL PROVEEDOR” | “LA PROCURADURÍA” | |
C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxx. Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. |
“Área Administradora del Contrato” |
Xxxxxx Xxxx Xxx. Subdirector de Servicios Generales. |
Las firmas que anteceden forman parte del contrato número C-52-2014 de prestación de servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx de la Defensa del Trabajo y la C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx por un monto de $197,671.00 (Ciento noventa y siete mil seiscientos setenta y un pesos 00/100 M.N.) más
$31,627.36 (Treinta y un mil seiscientos veintisiete pesos 36/100 M.N.) de I.V.A., para un monto total de
$229,298.36 (Doscientos veintinueve mil doscientos noventa y ocho pesos 36/100 M.N.), con un plazo de ejecución del 1 al 21 xx xxxxx de dos mil catorce.
ANEXO 1 DEL CONTRATO No. C-52-2014
Para las especificaciones técnicas y alcances del servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración, aplicarán las establecidas en el contrato y en particular lo que prevé el presente anexo para la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
I.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
Consiste en el servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración.
2.- ALCANCES DEL SERVICIO REQUERIDO:
El servicio incluye lo siguiente:
CANTIDAD | DESCRIPCIÓN |
70 | Silla secretarial reparación que consta de cambio de base con rodajas y pistón neumático, destapizar y retapizado en tela tipo pliana, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad en asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas. |
24 | Silla fija de tubo cuadrado cromada reparación que consta de cambio destapizado y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad en asiento y respaldo, se colocara un refuerzo en la estructura del mismo material para darle rigidez, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones y tornillería. |
29 | Silla fija naranja cambio que consta de asiento y respaldo en polipropileno y cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad, tapizado en tela tipo pliana color negro, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. |
40 | Silla fija naranja consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. |
4 | Silla periquera consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. |
25 | Sillón ejecutivo consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de base con rodajas y pistón neumático. |
1 | Sillón ejecutivo azul consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de base con rodajas y pistón neumático, cambio de brazos. |
7 | Sillón fijo consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de brazos. |
6 | Sillón fijo café consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes en madera con aplicación del mismo color. |
8 | Sillón fijo de 3 plazas consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes xx xxxxxx con aplicación del mismo color. |
7 | Escritorio secretarial 120 consta de cambio de cubierta xx xxxxxx industrializada de 28 mm recubierta de laminado plástico y cantos rectos, limpieza y aplicación de pintura color arena, cambio de correderas, cerradura y regaton. |
5 | Escritorio secretarial 180 consta de cambio de cubierta xx xxxxxx industrializada de 28 mm recubierta de laminado plástico y cantos rectos, limpieza y aplicación de pintura color arena, cambio de correderas, cerradura y regaton. |
2 | Escritorio xx xxxxxx consta de limpiar, lijar y barnizar del mismo color y reforzarlo en la parte de abajo con tornillos para madera, cambio de niveladores. |
63 | Mesa para cómputo consta de reforzar, cambio de cubiertas en madera industrializada de 19 mm de espesor con laminado plástico cantos rectos, reposición de pasa cables, limpieza y aplicación de pintura color arena. |
3 | Archiveros metálicos consta de cambio de soldar las partes dañadas enderezar y lijar, aplicación de pintura color arena, cambio de correderas dañadas, cerraduras. |
3 | Credenza 180 consta de cambio de soldar las partes dañadas enderezar y lijar, aplicación de pintura color arena, cambio de cubierta ensimera de color nogal, cambio de correderas dañadas y cerraduras. |
1 | Credenza xx xxxxxx consta de limpiar, lijar y barnizar del mismo color y reforzarlo en la parte de abajo con tornillos para madera, cambio de niveladores. |
1 | Mesa auxiliar consta cambio xx xxxxxx. |
4 | Mesa auxiliar consta cambio de cubierta, barniz y tinta. |
3 | Mesa de trabajo consta cambio de cubierta, pintura regaton. |
1 | Mesa de trabajo xx xxxxxx de 2.20 cm consta cambio de cubierta, barniz, tinta. |
2 | Mesa de juntas consta de cambio de cubiertas y soportes en panel art de 28mm. de espesor. |
2 | Mesa esquinera consta de reforzar, lijar y barnizar. |
5 | Mesa de centro consta de reforzar, lijar y barnizar. |
3.- GENERALIDADES
“EL PROVEEDOR" para proporcionar el servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración, los recogerá y entregará en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, sita en Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 Xxxxxx., X.X. en un horario de 10:00 A. a 2:00 p.m.
“EL PROVEEDOR”, recogerá y entregará los equipos en las unidades administrativas, a partir del día 1 al 3 xx xxxxx de 2014, y los devolverá en su totalidad el día 21 xx xxxxx de 2014.
"EL PROVEEDOR" garantizará el servicio de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración por un periodo de 12 meses (1 año) a partir de la entrega en las instalaciones administrativas.
"EL PROVEEDOR" generará un reporte del servicio.
“EL PROVEEDOR” será responsable de entregar los mismos equipos en perfecto estado en la unidad administrativa.
“EL PROVEEDOR” garantizará por escrito que sus instalaciones son las adecuadas y que cuenta con bodega cubierta para el resguardo y periodo de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración.
“EL PROVEEDOR” deberá colocar las etiquetas de inventario que tiene implementado el mobiliario y equipo administrativo de “LA PROCURADURÍA”.
La Subdirección de Servicios Generales será responsable de coordinar la supervisión del servicio, misma que realizará el programa calendarizado de mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración propiedad de “LA PROCURADURÍA”.
4.- ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
Conforme al cuarto párrafo del artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los servidores públicos responsables de administrar y verificar el cumplimiento de los contratos son:
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). | Xxxxxx Xxxx Xxx Subdirector de Servicios Generales | Oficinas Centrales Xx. Xxxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxxx, Xxxxx. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx. X.X. |
5.-PERSONAL IDENTIFICADO:
Para su acceso a las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, portará la credencial de la empresa que representa, adicional deberán dejar en la caseta de vigilancia una identificación oficial.
IV.- FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES:
Del 01 al 21 xx xxxxx de 2014.
V.- COSTO DEL SERVICIO:
PARTIDA | CANTIDAD | XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |
P.UNITARIO | TOTAL | ||
Silla secretarial reparación que consta de cambio de base con rodajas y pistón neumático, destapizar y retapizado en tela tipo pliana, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad en asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas. | 70 | $520.00 | $36,400.00 |
Silla fija de tubo cuadrado cromada reparación que consta de cambio destapizado y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad en asiento y respaldo, se colocara un refuerzo en la estructura del mismo material para darle rigidez, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones y tornillería. | 24 | $ 318.00 | $7,632.00 |
Silla fija naranja cambio que consta de asiento y respaldo en polipropileno y cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad, tapizado en tela tipo pliana color negro, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. | 29 | $390.00 | $11,310.00 |
Silla fija naranja consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. | 40 | $318.00 | $12,720.00 |
Silla periquera consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de 4 regatones, reposición de tornillería. | 4 | $783.00 | $3,132.00 |
PARTIDA | CANTIDAD | XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | |
P.UNITARIO | TOTAL | ||
Sillón ejecutivo consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de base con rodajas y pistón neumático. | 25 | $727.00 | $18,175.00 |
Sillón ejecutivo azul consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de base con rodajas y pistón neumático, cambio de brazos. | 1 | $727.00 | $727.00 |
Sillón fijo consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes metálicas, cambio de brazos. | 7 | $675.00 | $4,725.00 |
Sillón fijo café consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes en madera con aplicación del mismo color. | 6 | $705.00 | $4,230.00 |
Sillón fijo de 3 plazas consta de destapizar y retapizado de asiento y respaldo en tela tipo pliana color negro, cambio de hule espuma de poliuretano dimensionado de 24K x m2 de densidad del asiento y respaldo, limpieza y retoque en las partes xx xxxxxx con aplicación del mismo color. | 8 | $1,620.00 | $12,960.00 |
Escritorio secretarial 120 consta de cambio de cubierta xx xxxxxx industrializada de 28 mm recubierta de laminado plástico y cantos rectos, limpieza y aplicación de pintura color arena, cambio de correderas, cerradura y regatón. | 7 | $1,020.00 | $7,140.00 |
Escritorio secretarial 180 consta de cambio de cubierta xx xxxxxx industrializada de 28 mm recubierta de laminado plástico y cantos rectos, limpieza y aplicación de pintura color arena, cambio de correderas, cerradura y regatón. | 5 | $1,866.00 | $9,330.00 |
Escritorio xx xxxxxx consta de limpiar, lijar y barnizar del mismo color y reforzarlo en la parte de abajo con tornillos para madera, cambio de niveladores. | 2 | $640.00 | $1,280.00 |
Mesa para cómputo consta de reforzar, cambio de cubiertas en madera industrializada de 19 mm de espesor con laminado plástico cantos rectos, reposición de pasa cables, limpieza y aplicación de pintura color arena. | 63 | $658.00 | $41,454.00 |
Archiveros metálicos consta de cambio de soldar las partes dañadas enderezar y lijar, aplicación de pintura color arena, cambio de correderas dañadas, cerraduras. | 3 | $845.00 | $2,535.00 |
Credenza 180 consta de cambio de soldar las partes dañadas enderezar y lijar, aplicación de pintura color arena, cambio de cubierta ensimera de color nogal, cambio de correderas dañadas y cerraduras. | 3 | $1,075.00 | $3,225.00 |
Credenza xx xxxxxx consta de limpiar, lijar y barnizar del mismo color y reforzarlo en la parte de abajo con tornillos para madera, cambio de niveladores. | 1 | $640.00 | $640.00 |
Mesa auxiliar consta cambio de regatón. | 1 | $261.00 | $261.00 |
Mesa auxiliar consta cambio de cubierta, barniz y tinta. | 4 | $679.00 | $2,716.00 |
Mesa de trabajo consta cambio de cubierta, pintura regatón. | 3 | $1,100.00 | $3,300.00 |
Mesa de trabajo xx xxxxxx de 2.20 cm consta cambio de cubierta, barniz, tinta. | 1 | $1,410.00 | $1,410.00 |
Mesa de juntas consta de cambio de cubiertas y soportes en panel art de 28 mm de espesor. | 2 | $3,410.00 | $6,820.00 |
Mesa esquinera consta de reforzar, lijar y barnizar. | 2 | $587.00 | $1,174.00 |
Mesa de centro consta de reforzar, lijar y barnizar. | 5 | $875.00 | $4,375.00 |
Subtotal | $197,671.00 | ||
I.V.A | $31,627.36 | ||
Total | $229,298.36 |