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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES DEL MUNICIPIO XX XXXXXX.
CAPÍTULO I: OBJETO Y ÁMBITO DEL SERVICIO
1. OBJETO.
El objeto del presente pliego es fijar las condiciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de conservación y mantenimiento de las zonas verdes del municipio xx Xxxxxx, que comprenden:
▪ Parques y zonas ajardinadas.
▪ Jardineras.
▪ Arbolado.
▪ Plantaciones de temporada.
▪ Espacios verdes viarios.
▪ Bordes de caminos y taludes.
▪ Espacios municipales dotados como zonas verdes.
En dichas zonas, el adjudicatario llevará a cabo todas aquellas técnicas jardineras encaminadas a que los elementos de los jardines, parques y zonas verdes perduren y se consoliden en el tiempo tal cual fueron concebidos, además de contribuir al embellecimiento y mejora del valor botánico y ornamental de los elementos que las integran mediante la aplicación y puesta en práctica de técnicas de jardinería sostenible.
El adjudicatario deberá minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el suelo, los recursos hídricos y cualquier otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución del servicio.
2. ÁMBITO DEL SERVICIO.
El ámbito de aplicación del contrato se extenderá a todos los jardines, parques y zonas verdes existentes en el municipio xx Xxxxxx. Su superficie se indica en el plano del Anexo III.
Dentro de las zonas objeto del contrato, el Ayuntamiento tendrá libertad absoluta para realizar tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes entregados a su conservación. A tal efecto, podrán crearse nuevos macizos de plantas xx xxxx, nuevas praderas, plantaciones de árboles, trasplantes de los mismos, y cuantas actuaciones juzgue oportunas el Ayuntamiento.
El adjudicatario no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que alteren o modifiquen el trazado o características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento podrá incorporar al contrato los jardines y zonas verdes de nueva creación u objeto de remodelación, dentro del límite del 20% del importe del contrato.
El adjudicatario se obliga a admitir para su conservación - en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación- los jardines y zonas verdes de nueva creación que, con motivo de nuevas obras, ampliaciones, recepciones de urbanizaciones, adquisiciones, u otra fórmula, incrementen el ámbito de actuación municipal, siempre que así lo decida el Ayuntamiento.
De la misma manera, la empresa adjudicataria también soportará la reducción del ámbito espacial del contrato, provisional o definitivamente, respecto de aquellas dependencias que el ayuntamiento considere oportuno, siempre y cuando la reducción no suponga más de un 20% del costo del contrato (IVA incluido).
Ni la ampliación ni la reducción del ámbito espacial del contrato, dará lugar a indemnización alguna a favor de la empresa adjudicataria.
El nuevo precio a incrementar o reducir se calculará en base a los precios unitarios desglosados en el cuadro de precios que acompaña la oferta económica propuesta por el adjudicatario, salvo que el incremento no sea superior al 2% del importe del contrato, en cuyo caso será asumido por la empresa adjudicataria sin costo para el Ayuntamiento.
CAPÍTULO II: TRABAJOS QUE SE CONTRATAN
Todos los trabajos que se detallan a continuación son de obligada ejecución.
3. LABORES QUE COMPRENDE
3.1 LIMPIEZA Y RETIRADA DE RESTOS EN ZONAS VERDES
La limpieza se concreta en el barrido y en la recogida de todos los restos vegetales y no vegetales que se depositen en todas las zonas verdes, así como el vaciado de papeleras existentes en dicha área y el baldeo manual y mecánico; debiendo encontrarse en todo momento en perfectas condiciones de uso e imagen. El origen de estos restos es de naturaleza variada: usuarios, viento, lluvia, actos públicos, causas fortuitas, etc. El licitador deberá disponer de los suficientes medios necesarios para su recogida, tanto técnicos como humanos y con carácter estable. Los citados residuos se recogerán y transportarán diariamente a vertederos autorizados.
3.2. SIEGAS Y ZONAS VERDES
La xxxxx xx xxxxxxxx consistirá en el corte periódico de éstos con el fin de obtener un césped compacto y vigoroso, sin malas hierbas o especies que, como consecuencia del paso del tiempo, tienden a desplazar a las especies implantadas en su ejecución inicial.
La altura máxima xx xxxxx nunca superará los 4 cm. en las zonas verdes urbanas, debiéndose realizar cuantas veces sea necesaria. El corte se realizará obligatoriamente con maquina corta césped, debiendo recogerse la hierba segada siempre y el recorte con desbrozadora. No obstante, el número mínimo de siegas mensual será de:
- 2 veces por mes durante los meses xx xxxxx-abril-mayo-junio-julio-agosto, septiembre y octubre. En este periodo de tiempo la carga de trabajo es mayor, y por tanto, será obligatorio disponer de un operario más para realizar los trabajos.
- 1 vez por mes durante los meses de enero-febrero-noviembre y diciembre.
La maquinaria a emplear para tal fin habrá de ser descrita en la oferta del licitador, cuantificándose de forma razonada en la Memoria Técnica. No obstante, en el apartado 17 de este pliego, se detalla la maquinaria mínima que se debe emplear.
La recogida del césped una vez efectuada la siega será responsabilidad del adjudicatario, así como el transporte a vertedero autorizado, debiendo realizarse esta operación inmediatamente después de cada siega.
3.3. RIEGO DE ZONAS VERDES Y ESPECIES VEGETALES
En las zonas verdes anteriormente definidas, se pueden encontrar árboles, arbustos, setos, vivaces, parterres xx xxxx de temporada, bulbos, jardineras y otras agrupaciones vegetales que forman parte de estas zonas verdes y que deben ser objeto xx xxxxx (siempre que no exista norma especial que lo limite), para evitar su muerte por la discriminación de su desarrollo, debido a la falta de agua.
Las épocas xx xxxxx se ajustarán en función de las condiciones edafo-climáticas que afecte a las zonas verdes de forma considerable.
La cantidad de agua a utilizar será la mínima indispensable para conseguir los efectos deseados y para ello se deberán de utilizar medios auxiliares en perfectas condiciones.
El agua se obtendrá siempre de la red municipal, y se deberán cumplir las normas municipales que regulen tal uso, tipo de columnas, llaves de paso, etc. Además, se usará agua no potable (freática, pluvial, grises) si la administración lo exige poniéndola a disposición del adjudicatario.
Los riegos se realizarán de diferentes formas según la superficie a regar. En las zonas donde existan redes xx xxxxx (nuevas y existentes), se automatizará el riego y se realizaran las revisiones y mantenimientos necesarios, para su correcto funcionamiento.
Los materiales auxiliares a utilizar tales como boquillas, aspersores, mangueras, etc. deberán ajustarse a las zonas xx xxxxx, para evitar que, con el aporte inadecuado de su forma, se produzcan daños en los vegetales ya instalados o se pierda agua por las superficies pavimentadas.
Si el adjudicatario considerase oportuno realizar instalaciones semifijas xx xxxxx en las zonas conservadas por él, deberá solicitarlo por escrito al Ayuntamiento xx Xxxxxx y éste podrá autorizar dichas instalaciones sin cargo alguno.
En el caso de que en las zonas verdes existiesen grupos xx xxxx, bulbos, arbusto o arbolado en grupos aislados, éstos se regarán evitando descalces de las plantas, deslizamientos en las zonas labradas, encharcamientos, etc. y para ello se dispondrá xx xxxxx manual o aspersores de nebulización y pulverización.
Cuando las jardineras que por su cuantía, equipamiento, importancia y proximidad se considerasen y describiesen como zonas verdes, éstas deberán regarse con igual periodicidad y cadencia que las demás zonas; quedando a elección del adjudicatario los medios a utilizar para el correcto cumplimiento.
En el caso de que, por una ejecución incorrecta, se produjeran daños tanto en las zonas verdes como en sus adyacentes, el adjudicatario deberá corregir estas anomalías a su xxxxx, bajo apercibimiento de sanción.
3.4. CONSERVACIÓN, FORMACIÓN Y CUIDADO DE BORDES, MACIZOS Y ARBOLADO
Estos trabajos se entienden como la escarda manual de las malas hierbas que van apareciendo tanto en macizos de arbustos, base de setos y en parterres xx xxxx de temporada; además, comprenderá las labores de entrecavado y recorte del borde que define dichos macizos o parterres.
Básicamente consiste en mantener los bordes de forma adecuada y laboreada, extremos de las praderas en su unión con los bordillos, muretes y pavimentos así como aquellos otros bordes y macizos que se forman entre los árboles, arbustos, masas de arbustos, macizos de anuales, vivaces y bulbos; de forma que el césped no engulla a éstos en él, sino que se encuentren perfectamente laboreados y rematados, así como sallados, libres de malas hierbas, estercolados, abonados y perfectamente rastrillados. Las dimensiones de estas zonas a conservar entorno a los árboles, arbustos y masas de arbustos oscilarán en función de su tamaño, pero será la Jefatura de Servicio correspondiente quien determine sus dimensiones en función de las especies y sus características, debiendo a continuación el adjudicatario velar por su perfecto estado.
Cuando el trazado sea circular siempre llevarán el mismo radio y en caso de que sean de forma rectangular, sus lados serán paralelos y se definirán en el conjunto que forman las zonas verdes.
Las masas arbustivas sin forma rectangular, procederá a mantener su sotobosque sallado durante todo el año, de manera que se encuentren libres de hierbas que afecten a su desarrollo. Si no fuese posible el trabajo por su forma, configuración, especie, etc. el adjudicatario deberá aportar el material idóneo, aprobado por la Jefatura de Servicio correspondiente para impedir el desarrollo de estas hierbas.
Estará terminantemente prohibido el uso de herbicidas selectivos o totales para este tipo de trabajos excepto en casos especiales o con autorización previa.
Como finalización de los trabajos, se procederá al rastrillado y desmenuzamiento de los terrones ocasionados por el laboreo de forma que siempre se encuentre la superficie xxxx y regulada.
Respecto a las actuaciones de formación de cuidado de bordes, la frecuencia mínima anual será la siguiente:
- Entresacado de macizos, base de setos, alcorques y parterres: 2 veces al año, meses xx xxxxx y septiembre.
- Escardas de macizos, bases de setos y parterres: 6 veces al año, meses xx xxxxx, mayo, junio y julio.
- Escardas de alcorques de arbolado: 4 veces al año, meses xx xxxxx, mayo, junio y julio.
- Aporte de mulch o material de acolchado de origen orgánico (paja, corteza de árbol, cascara xx xxxx, …) en macizos, bases de setos y parterres: 2 veces al año, después de los entresacados.
3.5. ABONADOS:
El uso de fertilizantes químicos queda reducido únicamente a las áreas que así se especifiquen por el técnico municipal designado.
Para el resto de áreas la mejora de la calidad física y química del suelo se hará con la aportación de compost o enmiendas de suelo ricas en compost que han de cumplir con los criterios de la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea o equivalente, de composición y sustancias presentes en enmiendas de suelo o sustratos de cultivo.
Los envases de los productos fertilizantes deben estar correctamente etiquetados indicando: nombre, compuestos peligrosos, instrucciones de uso y dosificación. Además han de tener aparatos de dosificación precisos.
▪ QUÍMICOS:
Consiste en el aporte de abonos químicos complejos, micronutrientes, quelatos y cuantos productos de carácter químico fueren necesarios, sobre las praderas de césped, macizos xx xxxx de temporada, vivaces, masas de arbustos y arbolado de zonas verdes; para conseguir un mejor desarrollo vegetativo y un perfecto estado fisiológico de estos vegetales.
Las épocas de aplicación serán en primavera y otoño principalmente, y si se observara la necesidad de realizarlo entre dichas épocas, ésta se realizará igualmente una vez recibida orden por escrito. Los abonados químicos se entenderán que deben realizarse sobre vegetales establecidos ya, diferenciándose de los abonos de establecimiento inicial.
Los productos utilizados consistirán en abonos complejos del tipo N.P.K. sulfato amónico del 21%, escorias Xxxxxx y demás productos, que como tal contengan en su composición los minerales anteriores.
También se utilizará, si fuera necesario para mejorar la estructura del suelo, aporte de cal.
En las praderas, la aplicación será sobre el césped, bien de forma manual o de forma mecánica, pero cuando el abonado se realice sobre arbustos, arbolado, setos, macizos xx xxxx, bulbos o vivaces, éste se practicará sobre la xxxx xxxxxxx y una vez aportado se procederá a su cubrición mediante el rastrillado correspondiente o mediante la aportación de viruta xx xxxxxx.
Las dosis a utilizar variarán en función del tipo de abono y de las zonas a abonar, no obstante, siempre se aplicará en épocas de lluvia para favorecer su inmediata disolución y se realizarán en función de las especificaciones dictadas por la Jefatura de Servicio.
En el caso de tener que aportar micronutrientes y oligoelementos, éstos se realizarán a través de los productos existentes en el mercado y de acuerdo con las dosis recomendadas por el fabricante.
▪ ORGÁNICO:
El abonado orgánico se realizará utilizando estiércol fermentado libre de malas hierbas y debidamente cuidado para tal fin o bien con el aporte de humus de lombriz roja, gallinaza, fermentado, mantillo, etc.
En la pradera nunca se utilizará el estiércol sin el mantillo o el humus de lombriz y en los arbustos, setos, macizos en flor de temporada, arbolado, rosaledas, etc. se usará estiércol depositando en las zonas salladas.
La época de realización será en el otoño-invierno y su control correrá a cargo de los servicios de inspección y vigilancia.
3.6 RIEGOS EN JARDINERAS
Se realizará de forma unitaria y manual, con boquilla tal que impida la compactación de la tierra, así como la disgregación del sustrato por el choque del chorro con la tierra.
Este riego irá acompañado con sallo previo y se podrán utilizar elementos humificadores, tales como humectantes, siliconas higroscópicas, etc. que mantengan y mejoren la humedad. Su ejecución irá comunicada por escrito, siendo su frecuencia mínima de ejecución de 12 meses.
3.7.-ABONADO DE JARDINERAS
Se realizará por orden de la Jefatura correspondiente, de acuerdo con las comunicaciones escritas y deberá ir acompañado del correspondiente sallo y posterior cubrición con virutas xx xxxxxx y humus de lombriz o mantillo.
3.8. PODAS Y RECORTES DE ARBUSTOS, SETOS VIVACES Y FLORES DE TEMPORADA
Estos trabajos se realizarán con el fin de mejorar y mantener las diferentes formas que los arbustos dispongan, con el objetivo de incrementar su valor ornamental.
Los restos obtenidos se recogerán inmediatamente a su ejecución.
La ejecución se realizará mediante medios mecánicos y manuales, pero siempre se velará para que la forma de obtener resultados sea la encomendada, evitándose cortes indebidos, deformaciones o mutilaciones inadecuadas.
En el caso de los arbustos se tendrá en cuenta la época de floración y terminada ésta se permitirá su poda.
En los setos se velará para que éstos dispongan de caras paralelas y sus ángulos sean rectos, evitándose las varetas aisladas o sobresalientes una vez finalizada la poda.
La selección de las ramas a podar tenderá a fortalecer al arbusto, eliminando ramas secas debilitadas, malformadas o competitivas con las de su alrededor de forma que se obtengan formas regulares armoniosas con el entorno.
Con la poda de vivaces se procederá a la eliminación de las hojas y ramas viejas, con el fin de revitalizarlas procediendo posteriormente a retirar los residuos obtenidos de las zonas podadas.
Respecto a la frecuencia de actuación el en caso de los arbustos aislados y vivaces será como mínimo una vez anual. Tratándose de setos, los recortes han de tener una frecuencia mínima anual de tres veces.
La flor de temporada será sustituida al menos dos veces al año de frecuencia y se realizará bajo la inspección y las órdenes de la Jefatura de Servicio.
3.9. AIREADO, VERTICUT, HORADADO Y ENARENADO
Estos trabajos se realizarán sobre el césped y para ello se utilizará la maquinaria específica en el mercado para tal fin.
Realizadas las pasadas encomendadas, se procederá al enarenado de los xxxxxxxx y se podrán realizar labores de abonado y siembra.
3.10. RECOGIDA DE HOJAS
Consistirá en la retirada del material que, como consecuencia de la estación climática del otoño, produce la caída de las hojas del arbolado.
La recogida se realizará en todos los jardines y siempre respetando un mínimo de dos veces por semana en otoño y según necesidad el resto del año, pudiendo realizarse bien mediante medios mecánicos o medios manuales.
3.11. TRATAMIENTO FITOSANITARIO PREVENTIVO Y CURATIVO
Consistirá en la actuación destinada a la lucha contra las plagas y enfermedades que puedan aparecer y sufrir el arbolado, arbustos, setos y césped.
El licitador deberá disponer o estar en disposición, para cuando se le encomendase la labor, de cuantos medios humanos y materiales fuesen necesarios para actuar sobre la plaga, enfermedad y brote inicial o tratamiento preventivo de manera que se adopten los trabajos de lucha y prevención de forma inmediata. El personal que realice los tratamientos debe estar en posesión del correspondiente carnet de aplicador de productos fitosanitarios.
La aplicación de productos biocidas o fitosanitarios se ha de reducir al máximo posible, pero garantizando la salud de la vegetación de las zonas verdes. Los productos a utilizar para la actuación deberán ser productos comarcales, cuya composición y toxicidad estén debidamente garantizados de acuerdo con los controles que el Ministerio de Agricultura ejerce al respecto, y su
aplicación se realizará básicamente en horas nocturnas para evitar las molestias que este tipo de trabajos ocasiona a los peatones y vehículos. La labor combativa se podrá combinar con labores de abonado foliar.
Se priorizará el uso de productos:
- No clasificados como N, T, T+ o C según el Real Decreto 255/2003 o como H300, H301, H310, H311, H314, H330, H331, H370, H372, H400, H410, H411 o EUH059 según el Reglamento (CE) 1272/2008.
- No clasificados con las frases X00, X00, X00, X00, R62, R63 y R64, según el mismo R.D. 255/2003 o como X000, X000, X000X, H360D, H360FD, H360Fd, H360Df, H361f, H361d, H361fd o H362 según el Reglamento (CE) 1272/2008.
- Potencialmente no bioacumulable. Para ello, los componentes activos orgánicos han de tener un coeficiente de reparto octanol/agua (Log Kow) menor de 3 o mayor de 7 según el método 123 de la OCDE; y los compuestos inorgánicos, un FBC (factor de bioconcentración) registrado ≤ 100 según el método 305 de la OCDE. También se aceptarán otros test equivalentes.
- Biodegradables (ready biodegradability) según el método 301 A-F de la OCDE o
- equivalente.
- Cuyos componentes activos y aditivos no sean disruptores hormonales, es decir que no estén en las tablas 2, 3 y 4 de la Comunicación europea COM (2001)2622.
Las unidades de este trabajo consistirán en la actuación puntual sobre el seto, arbusto o césped. En cuanto a la frecuencia anual de ejecución, habrán de realizarse como mínimo tres tratamientos.
Los envases de los productos biocidas deben estar correctamente etiquetados indicando: nombre, compuestos peligrosos, instrucciones de uso y dosificación. Además han de tener aparatos de dosificación precisos.
3.12. PODA DE ARBOLADO
La poda de arbolado deberá diferenciarse en tres apartados: poda de arbolado en alineación o no, cuya altura es igual o menor de 4m.; poda de alineación o no cuya altura es superior a 4 m. e inferior a 10m.; y finalmente, poda de alineación o no con alturas superiores a 10m.
Esta clasificación se realiza en función de los elementos materiales a utilizar. En el primer caso, se alcanza dicha altura con escalera o pértiga; en el segundo caso, con cesta y brazo articulado,
giratorio y telescópico, sobre camión ligero; y en el tercer caso, con medios auxiliares de gran tonelaje o de especial manejo, grúas de alto tonelaje, plataformas elevadoras, etc.
▪ ARBOLADO DE HASTA 4M. DE ALTURA
La poda de arbolado de alineación o no, con altura de hasta 4m. en cuanto a su cruceta principal se refiere, se realizará con tijera xx xxxxx, manual o automática, o bien con lanzas o pértigas preparadas para tal fin. La relación de especies y número de pies a podar lo señalará dentro del programa presentado por el adjudicatario, la Jefatura de Servicio mediante listado completo y definido de los árboles y especies de poda. El adjudicatario velará para que la realización de las mismas afecte con la menor incidencia en los usuarios, cosas y terceros que se encuentren en la zona a podar. Los restos de las podas deberán retirarse de las aceras, calzadas, etc. como máximo antes de finalizar la jornada de trabajo. En otras zonas deberán retirarse como máximo a las 24 horas. Estos residuos se transportarán en vehículos apropiados y será por cuenta del adjudicatario su eliminación.
Las normas de poda serán señaladas para cada especie en el momento de la comunicación de las zonas a podar, pero como criterio general, el licitador deberá conocer que la finalidad principal de esa poda es la de conformar la copa del árbol a un tamaño apropiado para las funciones de estética, ornato, evolución y desarrollo en las zonas urbanas en las que se encuentra ubicado.
Todos los costes se deberán realizar de acuerdo con las instrucciones recibidas y si se considerase oportuno se procederá a su cicatrizante, mezclados con fungicidas necesarios para tal fin.
Ocasionalmente, se podrá encomendar la realización de podas aisladas en pies determinados, bien por los peligros que represente su estado y tamaño o bien por circunstancias varias que pudieran surgir a lo largo de su desarrollo.
Respecto a la frecuencia de actuación, aun no ejecutándose en todos los árboles recogidos en el inventario, serán en aquellos que se indique por la Jefatura de Servicio de una vez anual.
▪ ARBOLADO XXXXX 0 X 00 X. XX XXXXXX
Para el arbolado mayor de 4 m. y no superior a 10m. ubicado en alineación o no, los medios a utilizar podrán ser variados y dependerá de su disposición, ubicación y tamaño, quedando en manos del adjudicatario la disposición de cuantos medios considere necesarios y oportunos.
Los criterios de poda se indicarán en cuanto se señalen las especies y los árboles a podar y el adjudicatario no podrá tomar iniciativas al respecto sin consulta previa a la Jefatura del Servicio, pudiendo ser sancionado si ocurriese tal circunstancia. Los criterios generales para la poda serán los relacionados con formación de copa, eliminación de ramas peligrosas, incrementos de valor ornamental y aumento de vigor vegetativo.
Los restos obtenidos se eliminarán de igual forma que los del apartado anterior.
En cuanto a las condiciones de seguridad de terceros, bienes y cosas, se atenderá a lo especificado en el apartado anterior.
▪ ARBOLADO CON ALTURA SUPERIOR A 10M.
El arbolado con altura superior a 10m. en alineación o no, como consecuencia de su tamaño variable, ubicación inversa y características específicas, será objeto de tratamiento especial y teniendo en cuenta que las labores posibles pueden ser varias, se actuará en dos aspectos: labores de limpieza de rebrotes y saneo, y labores de terciado y encopado.
▪ LABORES DE LIMPIEZA DE REBROTE Y SANEO
Se considera este trabajo como un trabajo auxiliar que no necesita de más medios especiales que los propios de una plataforma elevadora cuyo costo de hora es conocido y definitivo, por lo tanto, su ejecución consistirá en la poda con hacha o motosierra de las pequeñas ramas que rebroten de yemas dormidas e intermedias fácilmente operables. En cuanto al saneo consistirá en las labores de cirugía arbórea necesaria para eliminar podredumbres superficiales o internas y tratamientos posteriores de relleno y cicatrizado. Su valoración se analizará en capítulo posterior,
▪ LABORES DE TERCIADO Y ENCOPADO
Consistirán en labores de fuerte poda en la propia copa del árbol. Conlleva la utilización de medios auxiliares, tales como grúas de alto tonelaje par atado y sujeción de las zonas podadas plataformas elevadoras, así como elementos de seguridad y otros medios de troceado, carga y transporte de restos obtenidos al lugar que indique.
En cuanto a las medidas de seguridad, de eliminación y cuidado posterior, así como criterios de poda, el adjudicatario se atendrá a lo expuesto en los apartados anteriores.
3.13. LABORES DE PLANTACIÓN Y REPOSICIÓN
▪ EN ARBUSTOS Y VIVACES
Consistirán en la plantación aislada o agrupada de arbustos, bien de procedencia municipal o no, en lugares previamente señalados y acompañados de croquis y detalles de plantación señalados al adjudicatario.
Todo arbusto deberá ser entregado con cepellón, a raíz desnuda o con cubeta.
El terreno para su plantación deberá ser preparado previamente, bien mediante la apertura xx xxxxx de 40 x 40 x 40 cm. o bien mediante laboreo del terreno en profundidad. En el primer caso se
aportarán tierras de calidad, abonado mezclado con humus, si el lugar resultase poseer tierra fuerte, y en el segundo caso se procederá al estercolado y encalado si fuese necesario, así como al abonado previo, siguiendo las instrucciones que la Jefatura de Servicio a tal fin señale.
Realizada la plantación se procederá al riego continuo, durante dos días consecutivos y otros dos alternos, pasada una semana en un plazo de 15 días y si fuera necesario disponer de entutorado se procederá a la colocación de éste de forma inmediata a la plantación. Los riegos se considerarán incluidos en los precios ofertados.
Las plantaciones de arbustos incrementarán las unidades previstas inicialmente, lo que se hará constar mediante el correspondiente escrito que con carácter mensual, recoja las ampliaciones del patrimonio municipal en lo relativo a vegetales, indicándose la certificación de éstos a partir del mes natural siguiente al de la plantación; de igual manera, en el caso de producirse descenso en su número, se realizará la deducción correspondiente.
En lo referente a la planta de temporada, la reposición se realizará por cuenta del adjudicatario, con planta de temporada o plantas más adaptadas a las condiciones climáticas de la zona, entendiéndose el plazo de un año para comprobar que la planta ha arraigado. La replantación se efectuará dos veces al año (en otoño y en primavera en igual superficie y densidad que la existente) consultando a los servicios técnicos del Ayuntamiento la distribución de las mismas.
Las plantas se suministrarán obligatoriamente en cajas reutilizables que retornará al vivero para su reutilización y en contenedores 100% compostables y biodegradables (hechos de paja, corcho, madera, almidón) y libres de plásticos, plasticidas y biocidas; o en contenedores retornables que se devolverán al vivero para su reutilización.
Además, un 10% (en euros) de las plantas serán de agricultura ecológica según el Reglamento del Consejo (CE) No 834/20074 y modificaciones.
Teniendo en cuenta la gran variedad de circunstancias que afectan a este apartado, los trabajos y suministros se abonarían de acuerdo con los precios unitarios detallados en la oferta; a la falta de éstos, con los precios contradictorios que se acordasen.
▪ EN ARBOLADO
Cuando por varias circunstancias hubiera la necesidad de realizar trasplantes de arbolado, el adjudicatario pondría todos los medios necesarios para ejecutar el trasplante de acuerdo con las instrucciones que reciba del Ayuntamiento xx Xxxxxx, al objeto de realizar de la manera más rápida y adecuada a la demanda que se plantea.
Los árboles se plantarán en los meses de enero-febrero, básicamente.
En la reposición de las especies deterioradas, se respetará que el porte de la especie nueva sea parecido al porte de las especies del entorno.
La plantación de nuevos árboles de alineación, nuevas masas arbóreas, etc. la especie a implantar vendrá determinada entre otros por los siguientes parámetros:
- Por funcionalidad, bien por su sombre o por su ornamentación.
- Por su entorno arquitectónico.
- Por su compatibilidad con otras especies de su entorno.
- Por las condiciones meteorológicas que la especie vaya a soportar.
Teniendo en cuenta que las circunstancias son muy variadas, los trabajos y suministros se abonarán de acuerdo con los precios unitarios, detallados por el licitador en la oferta, o a falta de ellos con los precios contradictorios que se acordarán.
▪ EN CÉSPED
Siembra de césped, que consistirá en la preparación previa del terreno, siembra y riegos de implementación, con corte y siega por medios mecánicos.
La preparación del terreno irá acompañada de un laboreo en profundidad, con arado o motocultor, según las zonas a sembrar, procediéndose posteriormente al abonado del terreno.
Tras la extensión y reparto del abono, se procederá al labrado del terreno por medio de motocultor hasta la desmenudación completa de los terrones y posteriormente se realizará un rastrillado para el despedregado inicial. Finalmente se procederá al perfilado final del terreno a sembrar, dando las pendientes necesarias, uniformando la superficie a sembrar.
En el caso de que la superficie a sembrar requiera aporte de tierra vegetal, se realizarán las labores de desfonde previo, si existiese capa de tierra inferior. El resto de labores serán similares a las anteriores.
Terminada la fase de perfilado, se continuará con la de reparto de semillas. Estas serán xx xxxxx comerciales acreditadas, de tamaño y color de la especie botánica elegida. Todas las semillas tendrán el certificado de origen y no estarán contaminadas por hongos ni presentarán signos de haber sufrido enfermedades micológicas ni presentarán parasitismo alguno.
Tras el reparto de la semilla, se procederá al cubrimiento con mantillo orgánico debidamente molido o humus de lombriz.
Tras el reparto se procederá al apisonado con rulo, de manera que asiente el terreno natural con la semilla repartida. Tras dos días se procederá al correspondiente riego de instalación, la cual se repetirá tantas veces sea necesario. El riego deberá ser espaciado para evitar encharcamientos y se realizará mediante aspersores para evitar las erosiones.
Obtenido el encespamiento, se procederá a un segundo rulado para terminar con la labor de la primera siega, al alcanzar la altura de 10 cm. de altura de césped.
▪ TEPES
Para la colocación xx xxxxx, se procederá al previo laboreo del terreno natural como desfonde, aporte de abono para seguir con otro laboreo y reperfilado, para posteriormente disponer sobre el terreno ya preparado las losetas de césped.
Tras su colocación, se procederá al rulado con xxxxx y el riego de implantación, evitando el encharcamiento.
La gran variedad de circunstancias que afectan a este apartado, los trabajos y suministros se abonarán de acuerdo con los precios unitarios aprobados en la oferta presentada y a falta de éstos con los precios contradictorios que se acordasen.
3.14. LIMPIEZA Y DESBROZADO DE BORDES EN CAMINOS
Estos trabajos consistirán en la eliminación y roza de zarzas, helechos, hierba, vegetales, ramas de árboles y cierres que impiden el paso de vehículos, en los bordes de los caminos y paseos detallados en la documentación gráfica, y en una anchura de 3.00 m. medidos desde el borde del camino y realizado por medios mecánicos (desbrozadora mecánica) y medios manuales (desbrozadota manual y soplador), incluyendo la retirada de restos con transporte a vertedero autorizado. Dentro de estos trabajos, se incluye la limpieza de ramas y restos vegetales, señales viales, buzones, contenedores, farolas etc. El número xx xxxxxx mínimo anual serán de 2 veces. Meses xx xxxxx y octubre.
No se podrá utilizar el fuego como medio de eliminación, ni el de herbicidas, sin previa autorización.
CAPÍTULO III: MEDIOS PERSONALES
4. OBLIGACIONES EN MATERIA DE PERSONAL.
El personal mínimo a adscribir a la prestación del servicio será de UN (1) OFICIAL DE JARDINERÍA durante todo el año y de UN (1) OFICIAL DE JARDINERÍA más durante el periodo comprendido xx xxxxx a octubre (ambos inclusive).
Así mismo, dispondrá de un técnico medio o superior titulado con la debida cualificación en la rama agraria o forestal (Ingeniero Técnico Agrícola o Forestal, Ingeniero Agrónomo x xx Xxxxxx) inscrito en los registros oficiales (ROPO,...) que faculte al licitador a desarrollar los trabajos de conservación y mantenimiento de zonas verdes a que se refiere este pliego, y a su vez, sea el interlocutor válido para todo lo relacionado con este contrato entre la adjudicataria y el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Finalmente, deberá contar con el personal necesario para dar apoyo puntual en la realización de trabajos extraordinarios, con el fin de ejecutar las labores de mantenimiento necesarias en cada época.
El personal adscrito durante todo el año (mínimo una persona) deberá tener jornada completa y dedicación exclusiva al presente contrato.
Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario queda obligado:
▪ Informar al Ayuntamiento, dentro de los ocho (8) días siguientes a que se produzcan, las incidencias en materia de personal, a saber: variación en la plantilla con la que se inicia el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc., o se realice una variación del personal por necesidades del servicio.
▪ Presentar mensualmente al Ayuntamiento xx Xxxxxx, los TC-2 de los trabajadores que la empresa tenga asignados a la prestación del servicio, debidamente diligenciados y acompañados, si el Ayuntamiento lo considera oportuno, de declaración de la empresa en cuanto al número de identidad de dichos trabajadores, así como de las variaciones que, en su caso, se produjeran durante cada periodo mensual. Asimismo, el original del pago de los Seguros Sociales, Seguro de Responsabilidad Civil y accidentes.
▪ A remitir mensualmente las nóminas de las personas trabajadoras adscritas al servicio, así como copia de los contratos de nueva adscripción en cualquiera de sus modalidades.
▪ Cumplir la legislación laboral vigente. A este fin, la adjudicataria dispondrá de las medidas oportunas para que se cumpla, sin que ello afecte en absoluto al servicio contratado, tanto en cuanto a horario de prestación como su forma y medios.
En ningún supuesto podrá considerarse que el personal de la empresa adjudicataria tiene relación laboral, contractual, funcionarial o de naturaleza alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxxx, tanto durante la vigencia del contrato como al término del mismo.
CAPÍTULO IV: MEDIOS MATERIALES.
5. INSTALACIONES.
Los licitadores propondrán las instalaciones que pondrán a disposición del servicio a una distancia máxima de 8 kilómetros del municipio xx Xxxxxx. Las instalaciones deberán tener capacidad suficiente para albergar a cubierto el parque móvil, disponiendo de la superficie necesaria para almacén, y para mantenimiento de vehículos y maquinaria. Dispondrá además de los vestuarios y aseos adecuados al personal que tiene en dichas instalaciones.
Las instalaciones deberán encontrarse en buen estado, permitiendo en todo momento una correcta accesibilidad, manteniendo buenas condiciones de limpieza y salubridad, prevención contra incendios y seguridad laboral. Dichas instalaciones deberán cumplir con la normativa vigente aplicable en cada uno de los campos mencionados.
Todos los gastos de mantenimiento de las instalaciones, equipamiento, y otros derivados del uso de las instalaciones, serán a cargo de la empresa adjudicataria.
6. OTROS MEDIOS MATERIALES.
Con carácter mínimo, en las instalaciones adscritas se dispondrá de la siguiente maquinaria de nueva adquisición para uso exclusivo de este contrato:
Tractor cortacésped de 35 CV, 4x4, con corte de cuchillas con giro inverso, ancho xx xxxxx de 1,50 cms, turbina de 350mm y contenedor de recogida elevable de 1300 litros
Tijera automática de batería.
Corta césped normal.
Desbrozadora.
Corta setos.
Motosierra.
Sopladora de batería.
Utillaje de mano (azadas, palas, horquillas, rastrillo, etc).
Asimismo, el adjudicatario deberá disponer de la siguiente maquinaria y vehículos de uso esporádico para la correcta prestación del servicio:
Corta setos de altura con pértiga.
Motosierra con pértiga.
Trituradora portátil de materia orgánica para la realización de material de acolchado o mulching in situ.
Vehículo para desplazamientos de maquinaria y operarios por zonas de ámbito de trabajo.
Todos los vehículos, maquinaria, herramientas, etc. que oferten las empresas licitadoras para destinarlas a los trabajos contratados deberán estar homologadas, poseer los certificados correspondientes, y justificarse su necesidad atendiendo no solamente a la funcionalidad de las mismas, sino también a criterios medioambientales y de accesibilidad, y que serán coherentes con el programa de trabajo.
Los vehículos y la maquinaria deberán ser adecuados a las funciones que deben realizar, debiendo tener buen aspecto tanto exterior como interiormente, debiendo encontrarse en perfecto estado de utilización y conservación, pudiendo ser desechados por el servicio de inspección del Ayuntamiento xx Xxxxxx cuando no reúnan las condiciones, debiendo ser sustituidos por otros adecuados por parte del adjudicatario.
Todos los vehículos destinados de forma permanente al servicio han de tener unas emisiones de gases combustibles media de EURO 4, y deberán utilizar combustibles alternativos (biodiesel, bioetanol, gas natural, …). Además, deberán llevar el identificativo de la empresa y el del Ayuntamiento.
Los aceites y grasas lubricantes en aplicaciones abiertas (cadenas, sistemas hidráulicos, motores a 2 tiempos...) tendrán que cumplir con los requisitos de composición, biodegradabilidad, potencial de bioacumulación y toxicidad acuática definidos en la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea o equivalentes.
Los gastos de mantenimiento y conservación de todos los bienes materiales serán por cuenta del adjudicatario.
7. UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.
Queda prohibido al adjudicatario introducir vehículos de tracción mecánica en los jardines, salvo en los casos necesarios para las labores propias de conservación, tales como retirada de la hierba segada, retirada de la leña resultante de la poda, suministro de plantas en caso de reposición, limpieza general, etc. Para cualquier otro caso excepcional, se recabará el oportuno permiso del Ayuntamiento.
Cuando, por causas del servicio, se entre con vehículos en las zonas verdes, se evitará producir molestias a los ciudadanos, llevando las luces encendidas incluso de día y circulando a velocidad moderada y en todo caso cumpliendo las ordenanzas municipales vigentes.
8. MODIFICACIÓN DE LOS MEDIOS MATERIALES OFERTADOS
Toda modificación de los medios materiales ofertados deberá contar con la autorización municipal, que será otorgada, en su caso, una vez presentados por el contratista los correspondientes informes justificativos de la idoneidad de la modificación.
CAPÍTULO V: ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO.
9. HORARIOS.
Como norma general, se establecen los siguientes horarios para la prestación del servicio:
Del 0 xx xxxxxxxxx xx 00/00 xx xxxxxxx:
▪ De lunes a jueves, de 7:30 h.- 15:00 h.
▪ Los viernes, de 7:30 h. – 13:00 h.
Del 0 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxxx:
▪ De lunes a jueves, de 7:00 h.- 14:30 h.
▪ Los viernes, de 7:00 h. – 13:00 h.
No obstante, con el fin de causar el menor perjuicio a la vecindad en el desarrollo de la actividad, queda prohibido el desempeño de actividades o uso de maquinaria o elementos generadores de vibraciones y/o ruidos antes de las 8:00 horas.
El horario nocturno puede ser utilizado durante el verano para realizar labores xx xxxxx y en ocasiones para realizar trabajos concretos, que sólo puedan ser realizados de noche (motivos, como molestias para la circulación rodada, trabajos de aplicación de fitosanitarios etc.), siempre y cuando sea autorizado por la autoridad competente.
Los sábados mientras dure la vigencia del contrato es un día hábil para el trabajo, imprescindible para realizar la limpieza y las labores que sean necesarias, remates en obras, trabajos de urgencia, etc.
Asimismo, el licitador deberá prever servicios en domingos y festivos, al menos para la limpieza, y en verano, además, para el riego.
Los horarios podrán ser modificados por necesidades del servicio (emergencias). Durante todo el año las zonas verdes del municipio deberán estar atendidas.
10. VESTUARIO.
Todo el personal del servicio deberá ir uniformado. El uniforme llevará el identificativo de la empresa y el del Ayuntamiento. La cantidad y calidad del vestuario a facilitar al personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios colectivos en vigor.
La empresa adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o maltrato que el personal observe con respecto a terceros, así como de cualquier perjuicio, que como consecuencia de la prestación del servicio, sea infringido a los bienes y propiedades municipales.
11. GASTOS A CARGO DEL AYUNTAMIENTO
Serán por cuenta del Ayuntamiento el consumo de agua para riego y el mantenimiento de la red general de abastecimiento de agua (salvo daños por mal uso por parte del adjudicatario).
Para el caso de servicios y suministros especiales que se encomienden a la adjudicataria, se aplicarán los precios contradictorios entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento, si no existieran precios unitarios acordados del contrato.
12. GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
Serán gastos de cuenta exclusiva del Contratista:
a) La realización de todos los trabajos y suministros necesarios para la ejecución de todos los servicios contratados.
b) La adquisición de todos los medios mecánicos y materiales, etc., necesarios para la realización de los trabajos, así como su conservación, reparación y reposición.
c) Los gastos derivados de la adquisición y mantenimiento de las instalaciones.
d) El pago de los haberes y demás gastos, de acuerdo con la normativa oficial, de todo el personal necesario para la prestación de los servicios contratados, así como sus uniformes y equipos de trabajo reglamentarios.
e) Todos los gastos de utilización de los vehículos como carburantes, aceites, repuestos y reparaciones, seguros, etc.
f) Todos los impuestos inherentes a la prestación de los servicios y tramitación de los documentos que a ellos se refieran, incluso el I.V.A.
g) Los derivados de los procedimientos seguidos en los controles de calidad y cantidad que se realicen por exigencia de los servicios municipales, a través de sus técnicos o Entidades Delegadas.
h) Los derivados de la aplicación de medidas de seguridad e higiene, así como los equipos de protección individual que responden al plan de riesgos elaborado por la empresa.
i) La recepción, sustitución o renovación de cualquier bien municipal dañado o afectado por el mal uso del mismo que haya realizado el adjudicatario en la realización de los trabajos objeto de este Pliego.
j) La adquisición de plantas, tanto xx xxxx de temporada como bulbosas, xxxxx xx xxxx, plantas arbustivas, trepadoras, coníferas, vivaces, xx xxxx, arbolado y demás vegetación que se vaya a utilizar.
k) La adquisición de tierra y arena silícea, para nivelar alcorques, cubrir hoyos, llenar jardineras y cubrir eventuales escorrentías, asimismo serán a cuenta del contratista la adquisición de tutores tanto para el arbolado como eventualmente para algún arbusto.
l) También será por cuenta del contratista la adquisición del árido para recebar las zonas terrizas y de los productos biocidas a utilizar.
m) El contratista adoptará las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes y/o perjuicios de todo orden sobre personas y bienes. Los daños y perjuicios ocasionados en cualquiera de los elementos de los espacios verdes, edificios municipales y demás elementos de propiedad municipal, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento del presente pliego, así como por una inadecuada ejecución de las labores.
n) En general todos los así considerados en el resto de apartados de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas que rigen el contrato.
13. SITUACIONES EXCEPCIONALES O DE EMERGENCIA.
Con carácter excepcional y en caso de una emergencia, podrá requerirse la actuación inmediata del servicio para la realización de trabajos de jardinería que devuelvan la normalidad a las zonas y vías
públicas municipales (p.e.: retirada de ramas caídas por vendaval, fuga en la instalación xx xxxxx automática). Estas actuaciones estarán incluidas dentro del precio del servicio.
El adjudicatario contará con un servicio xx xxxxxxx para atender aquellos trabajos de carácter urgente que surjan fuera del horario normal de trabajo.
Para ello, contará con un teléfono xx xxxxxxx al que la jefatura del servicio le comunicará las incidencias surgidas.
Los licitadores indicarán la planificación de este servicio, la operativa de funcionamiento y el tiempo de respuesta.
CAPÍTULO VI: CONTROL DEL SERVICIO.
14. SUPERVISIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS
Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia del Ayuntamiento, quien podrá comprobar que los trabajos se efectúan oportunamente y en la forma estipulada en los pliegos, y realizar revisiones de personal y material en cualquier momento y lugar.
El personal técnico municipal que al efecto designe la Administración tendrá acceso a los locales y dependencias del adjudicatario y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización de los equipos humanos y materiales, así como de los trabajos efectuados o a realizar.
Asimismo, podrá transmitir las instrucciones y correcciones que estime oportunas, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para acreditar el cumplimiento de estas y en especial lo relativo a seguros sociales, partes de asistencias, accidentes de trabajo, pólizas de seguros e instalaciones y material y, en general, a permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de este Ayuntamiento.
Las decisiones del Ayuntamiento xx Xxxxxx se transmitirán por escrito y se cumplirán de forma inmediata.
Con el propósito de poder realizar una inspección y control exhaustivos, el adjudicatario vendrá obligado a:
- Entregar un avance semanal del plan de trabajo elaborado, con indicación del personal, vehículos y medios mecánicos que estén previstos, con determinación de los lugares y cometidos concretos asignados a este periodo.
- Presentar partes semanales de los trabajos realizados, consumo de agua utilizada para los riegos y de cuantas circunstancias ocurran en el servicio. Los partes estarán firmados por el encargado de la empresa adjudicataria y el personal técnico municipal designado.
Mensualmente se refundirán los citados partes semanales en una parte resumen en el que figuren las horas de los trabajos realizados y las horas de los trabajos pendientes de realizar, que irán firmadas por las personas delegadas por ambas partes.
- Preparar cuantos informes, proyectos y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata, así como los reportajes fotográficos que le sean ordenados por los servicios técnicos municipales.
- Poner en conocimiento de los servicios técnicos municipales, inmediatamente de producirse, cualquier incidencia o intervención de carácter extraordinario.
ANEXO 1. AMBITO DEL SERVICIO.
CESPED |
SIEGA DE AREAS DE CESPED REALIZADAS CON ELEMENTOS MECANICOS COMO CORTA |
CESPED Y DESBROZADORA, INCLUSO PERFILADO DE LOS BORDES Y RECOGIDA Y RETI |
RADA DE RESTOS A VERTEDERO CON CANON DE VERTIDO. |
ZONAS Y SUPERFICIES DE ACTUACION: | SUPERFICIES APROXIMADAS | |
Nº 1 | U. A. 1. | 2.860 M2 |
Nº 2 | AYUNTAMIENTO | 710 M2 |
Nº 3 | U.A. 2 | 1.950 M2 |
Nº 4 | U. A. 3. | 700 M2 |
Nº 5 | U. A. 4. | 550 M2 |
Nº 6 | SECTOR RESIDENCIAL S-II | 6.100 M2 |
Nº 7 | SECTOR RESIDENCIAL S-I | 5.147 M2 |
Nº 8 | POLIDEPORTIVO Y ESCUELAS MUNICPALES | 4.125 M2 |
Nº 9 | TRENBIDE ONDO | 7.100 M2 |
Nº 10 | NUCLEO CENTRAL | 5.970 M2 |
Nº 00 | XXXXXXXXXX | 000 M2 |
Nº 12 | GOITIOLTZA | 350 M2 |
Nº 13 | SUELO INDUSTRIAL-LA XXXX | 27.194 M2 |
Nº 14 | CAMPO DE TIRO | 4.060 M2 |
Nº 15 | ENTORNO AL POLIDEPORTIVO "LA XXXX" | 2.735 M2 |
Nº 00 | XXXXXXX XXXXXX "XX XXXX" | 2.455 M2 |
Nº 17 | APARCAMIENTO ESTACION Y ZIGOUN LA XXXX | 360 M2 |
Nº 18 | BERMAS POLIGONO LA XXXX | 5.700 M2 |
TOTAL | 78.266 M2 |
RELACION DE ARBOLES, ARBUSTOS Y JARDINERAS EN AREAS PUBLICAS Y ACTUACIONES
AREAS DE ACTUACION | ARBOL UD | ARBUSTOS | JARDINERAS | TIPO DE ACTUACIÓN |
PLAZA PARKE INFANTIL | 5 CEDRO | 11 UD. | PODA | |
PODA |
PLAZA XXXXXX XXXXX | 7 LIGUSTRUM | 4 ARCES | 2 M2 DE XXXXX XX XXXX | PODA |
PODA | ||||
S.BIANUAL |
ENTORNO CEMENTERIO | 3 C. JAP. | 100 ML. | PODA | |
6 LIGUSTRUM | 2 M2 DE XXXXX XX XXXX | PODA | ||
4 ARCES | 24 M2. ENREDADERA | PODA | ||
S.BIANUAL |
PARKING XXXXXXXX | 8 X. XXX. | 00 XX. | 0 X0 XX XXXXX XX XXXX | PODA |
1 HAYA | PODA | |||
8 CEDRO | PODA | |||
12 XXXXXX. | PODA |
U.A.1. | 12 ABEDUL | 1 HAYA | 4 M2 DE XXXXX XX XXXX | PODA |
1 ROBLE | PODA | |||
2 FRESNOS | PODA |
PARKING ESTACION | 10 XXXXXX | PODA |
ESTACION FERROCARRIL | 10 ROBLE | SI | PODA |
12 ABEDUL | PODA |
ZONA ESCUELAS | 23 ABEDUL | PODA |
PLAZA XXXXX XXXXXX | 5 PLATANO | 20 UD. FLOR DE TEMPORADA | PODA | |
ESCUELAS GOIKOBARRIO | 1 ABEDUL | PODA | ||
TXOKO | 1 SAUCE | PODA | ||
ERMITA LA XXXX | 6 ABEDUL | 10 M2. ARBUSTO DECORATIVO | PODA | |
8 CASTAÑO | PODA | |||
U.A.2. | 15 C. JAP. | 6 ABEDULES | PODA | |
1 PLATANO | 10 M2. ARBUSTO DECORATIVO | PODA | ||
11 XXXXXX | 9 ARCES | PODA | ||
PLAZA AYUNTAMIENTO | 17 C. JAP. | 30 UD. | 100 M2 DE XXXXX XX XXXX | PODA |
6 PLATANO | 200 ML. | PODA | ||
5 XXXXXX | PODA | |||
PODA | ||||
PODA | ||||
S.BIANUAL | ||||
JARDINERAS | 100 FLORES DE TEMPORADA | |||
U.A.3 | 5 PRUNUS | 2 M2 XXXXX XX XXXX TEMPORADA | PODA | |
PISARDI | X.XXXXXXX | |||
U.A.4 | 24 LIQUIDAM | 40 M.L. | 4 M2 DE XXXXX XX XXXX | |
BAR | PODA | |||
10 XXXXXX | X.XXXXXXX | |||
POLIDEPORTIVO | 6 ARCES | PODA | ||
ZONA LAPIKO | 6 TILOS | 4M2 XXXXX XX XXXX TEMPORADA | PODA | |
2 CEDROS | ||||
11 XXXXXX | ||||
AYUNTAMIENTO BALCONADA | 3 M2 XX XXXXXX | S.BIANUAL |
POLIGONO LA XXXX APARCAMIENTO URBANIZACION LA XXXX | HACER PLATANOIDES: 25 UD. 10 JARDINERAS XXXXX XX XXXX TEMPORADA | X.XXXXXXX |
ACTUAR
2 VECES AL AÑO
5 LIQUIDAM Y ARBUSTIVAS 4 M2 DE XXXXX XX XXXX
4 LAURELES Y COTONEASTER 4 M2 DE XXXXX XX XXXX
ROTONDAS:
LA XXXX XXXXXX
15 XXXXXX XXX XXXX +2 MASAS ARBUSTIVAS 3X5
10 ENCINOS + 2 ROCAYAS DE 2X4
ENTORNO ROTONDAS:
LA XXXX XXXXXX
DESBROCE DE CAMINOS DE USO PUBLICO
XXXXXXXXX XX-000
XXXXX XXXXXXX X XXXXXXXXXX 0.000 M.L. CARRETERA BI-3713
TRAMO LEZAMA A LARRABETZU 1.500 M.L.
RELACION DE CAMINOS POR BARRIOS METROS ARETXALDE:
34 XXXXXX X XXXXXX 000
00 XXXXXX X XXXXXXXXX 1.400
36 CAMINO A ISUSKITZA 450
37 XXXXXX X XXXXXXX 000
00 XXXXXX X XXXXXXXXXX 250
39 CAMINO X XXXXXXXXX 750
40 CAMINO A KADALTXO 300
41 | XXXXXX X XXXXXXXXXXX | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXX XXXXXXXXXX | 280 |
43 | CAMINO XXXXXXXX JUNTO AL APARCAMIENTO | 220 |
44 | CAMINO A JUANTXOENA | 1.700 |
45 | CAMINO A ARKOTXA | 550 |
46 | CAMINO A EGUZKITZA | 1.100 |
47 | XXXXXX X XXXXXXXX XXXXXXX | 000 |
00 | XXXXXX X XX XXXXXX | 3.980 |
12.800 | ||
GARAIOLTZA: | ||
0 | XXXXXX X XXXXXXX | 000 |
0 | XXXXXX X XXXXXXXXXXXXXX | 680 |
4 | CAMINO A LARRAKOETXE | 350 |
5 | XXXXXX X XXXXX | 0.000 |
0 | XXXXXX X XXXXXXXX X XXXXXXXXXX | 590 |
7 | CAMINO X XXXXXXX I | 330 |
8 | CAMINO X XXXXXXX II | 270 |
9 | CAMINO A ESTARTA | 200 |
10 | CAMINO X XXXXXXXX BEKOA | 250 |
11 | CAMINO GOIKOTABERNA A BEKOETXE | 1.450 |
12 | CAMINO IRUBIDE A KURUTZEA | 1.200 |
12B | CAMINO A OXINABARRI | 320 |
13 | CAMINO A JUBE | 200 |
14 | XXXXXX X XXXXXXX X | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXX XX | 200 |
16 | XXXXXX X XXXXXXXX X | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXXX XX | 350 |
00 | XXXXXX X XXXXXXXXXX | 400 |
19 | CAMINO X XXXXXXX-GOIKOA | 210 |
20 | CAMINO A ALKERRI | 600 |
9.700 | ||
GOITIOLTZA: | ||
00 | XXXXXX X XXXXXXXX ANDIKOA | 900 |
22 | CAMINO A GOITIZURI | 550 |
23 | CAMINO X XXXXX | 550 |
24 | XXXXXX XXXXX | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXXXXXX | 520 |
26 | CAMINO X XXXXXXXXX | 1.300 |
27 | CAMINO A BASILBASOBARRI | 100 |
28 | XXXXXX X XXXXXXXXXX | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXXXXXXXX | 250 |
30 | XXXXXX X XXXXXXX | 000 |
00 | XXXXXX X XXXXXXX | 520 |
32 | CAMINO A GOIKOETXE | 90 | |
33 | CAMINO XXXXXXXXX- X. XXXXXX | 610 | |
7.410 | |||
SUMAS PARCIALES | 34.160 | 34.160 | |
TOTAL M.L. | 34.160 M.L. |
ANEXO II. RELACIÓN DE PERSONAL SUBROGABLE.
D.N.I. | Categoría | Tipo de contrato | Antigüedad | Grupo de cotización |
14.578.068- R | OFICIAL DE JARDINERO | 401 | 10/10/2000 | 8 |
30564814- E | OFICIAL DE JARDINERO | 401 | 28/07/2014 | 8 |
CONVENIO DEL TRABAJADOR: Se adjunta copia del acuerdo laboral alcanzado entre empresa y trabajador.
31
32
33
ANEXOIII.PLANOS