Condiciones de compra de Putzmeister America, Inc. Emitido 2021
Condiciones de compra de Putzmeister America, Inc. Emitido 2021
1. CONDICIONES DE CONTROL
Estas Condiciones (estas "Condiciones") se aplican a cualquier orden de compra o contrato (la "Orden de Compra") en los que Putzmeister America, Inc. ("Comprador") es una parte que hace referencia específica o incorpora estas condiciones, incluso de manera limitada (por ejemplo, ciertas secciones). La otra parte de la orden de compra es el "Vendedor" (junto con el Comprador, las "Partes"). La Orden de Compra emitida por el Comprador para adquirir los bienes descritos en la Orden de Compra (los "Bienes") no es una confirmación o aceptación de ninguna oferta o propuesta de venta de bienes. Cualquier aceptación por parte del Comprador de cualquier oferta del Vendedor está expresamente condicionada a la aceptación del Vendedor de cumplir con estas Condiciones. El Comprador se opone expresamente a cualquier condición adicional o diferente del Vendedor en cualquier cotización, acuse de recibo, factura u otra forma de comunicación que el Vendedor entregue o haya entregado al Comprador. Ninguna de estas condiciones adicionales o diferentes emitidas o proporcionadas por el Vendedor tendrán validez ni vigencia, y el Comprador los rechaza expresamente.
2. CANCELACIONES Y CAMBIOS.
El Comprador puede cancelar o modificar la Orden de Compra, o cambiar el destino de la entrega de los Bienes mediante notificación por escrito al Vendedor en cualquier momento antes de la fecha de entrega o finalización programada, según corresponda, sin costo alguno para el Comprador.
3. FACTURACIÓN; CONDICIONES DE PAGO; IMPUESTOS
Tras la entrega de los Bienes, el Vendedor emitirá una factura por los Bienes al Comprador. La factura deberá contener una partida presupuestaria para el precio, los impuestos y los costos de envío, según corresponda. A menos que las Partes acuerden lo contrario por escrito, el Comprador pagará al Vendedor por los bienes dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de la factura. El Comprador puede retener, deducir o compensar la totalidad o una parte del pago de una factura por cualquier incumplimiento de estas Condiciones por parte del Vendedor.
Salvo que se estipule lo contrario en la Orden de Compra, el Vendedor pagará todos los impuestos, tasas, valor añadido, aranceles, derechos de aduana, impuestos de uso u otros similares, y cargos aplicables, pagaderos a cualquier autoridad gubernamental ("Impuestos"). El Vendedor acepta incluir una partida presupuetaria para todos los impuestos a pagar por el Comprador en cada factura.
4. ENVÍO Y ENTREGA.
Los Bienes vendidos al Comprador de conformidad con estas Condiciones se enviarán de acuerdo con las condiciones de envío por escrito establecidas en la Orden de Compra. El Vendedor entregará los Bienes vendidos al Comprador a la dirección especificada en la Orden de Compra.
El Vendedor enviará y entregará los Bienes adecuadamente empacados para su envío, conservación durante el envío y almacenamiento, incluida toda la documentación necesaria para su uso, mantenimiento y conservación. El Vendedor no es responsable de pagar los costos de empaque, envío, embalaje o costos relacionados, a menos que se especifique en la Orden de Compra.
El Vendedor debe incluir el número de Orden de Compra en toda la correspondencia, documentos de envío, hojas de embalaje, conocimientos de embarque, guías aéreas y facturas.
El Vendedor acepta inspeccionar los Bienes antes del envío para asegurarse de que los Bienes cumplan con las especificaciones establecidas en la Orden de Compra y cumplan con la Garantía de los Bienes aquí establecida.
5. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS.
El Vendedor reconoce que el cumplimiento de los plazos es crítico al entregar de los bienes. El Vendedor acuerda proporcionar al Comprador una notificación por escrito inmediata si se produce un retraso en el envío o si el Vendedor no puede cumplir con la fecha de entrega indicada en la Orden de Compra. Si las entregas no se realizan en el momento especificado en la Orden de Compra, dicha falla constituye un incumplimiento material de la Orden de Compra y el Comprador se reserva el derecho de cancelar la Orden de Compra sin obligación adicional para con el Comprador. Además de cualquier otro derecho y recurso que tenga el Comprador, en caso de incumplimiento por parte del Vendedor de cualesquiera de los requisitos de esta sección, de la sección 4 o de cualquier otra obligación de entrega, el Vendedor será responsable de los costos, gastos y daños reales del Comprador relacionados o derivados de dicho incumplimiento.
6. RIESGO DE PÉRDIDA.
Salvo que se estipule lo contrario en la Orden de Compra, la titularidad y el riesgo de pérdida o daño de los Bienes pasarán al Comprador en el momento de la entrega física al Comprador en el lugar de entrega identificado en la Orden de Compra. El Vendedor no retendrá ningún derecho de garantía sobre los Bienes y entregará los Bienes libres de cualquier gravamen y carga. El Comprador podrá devolver o rechazar los envíos de los Bienes defectuosos, estén dañados o retrasados, a cargo exclusivo del Vendedor, que seguirá asumiendo el riesgo de pérdida.
7. PROPIEDAD DE LAS ESPECIFICACIONES; CONFIDENCIALIDAD.
El Comprador será en todo momento propietario y retendrá la titularidad de todas las especificaciones, dibujos, prototipos y otros documentos proporcionados por el Comprador al Vendedor en virtud del presente. El Vendedor mantendrá las especificaciones, dibujos, prototipos y otros documentos de forma confidencial y los utilizará únicamente en la medida necesaria para la ejecución de esta Orden de Compra y, a petición del Comprador, devolverá sin demora al Comprador todas las copias de los mismos.
Todas las especificaciones, dibujos, prototipos u otros documentos que el Comprador proporcione al Vendedor en virtud de la presente Orden de Compra serán confidenciales y
también podrán estar sujetos a un acuerdo de confidencialidad separado entre el Comprador y el Vendedor.
8. GARANTÍA.
El Vendedor garantiza que los Bienes entregados al Comprador de conformidad con estas Condiciones deberán: (a) estar hechos de material especificado y rastreable; (b) estar libres de defectos en materiales, mano de obra y diseño (si lo diseñó el Vendedor o bajo su dirección); (c) cumplir con las especificaciones, dibujos, prototipos u otros documentos que el Comprador proporcion'o al Vendedor; (d) ser aptos para el propósito para el que se compraron si el propósito se identifica al Vendedor; (e) ser comerciable; (f) estar libres de reclamaciones, embargos, garantía prendaria y gravámenes; y (g) cumplir con las leyes aplicables establecidas en este documento (colectivamente la "Garantía").
El Vendedor también cede al Comprador todas y cada una de las garantías con respecto a los bienes que recibe de sus proveedores, y el Vendedor se compromete a hacer cumplir dichas garantías en nombre del Comprador si este se lo solicita.
La garantía sobrevivirá a cualquier inspección, entrega, aceptación y pago (en cada caso) del Comprador.
9. RECURSOS POR INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA.
Si el Comprador llega a la conclusión de que alguno de los Bienes no se ajusta a la garantía, además de cualquier otro derecho que pueda tener por ley o por equidad, el Comprador tiene derecho a ejercer una o más de las siguientes acciones: (i) devolver los Bienes y recibir un reemplazo por cuenta del Vendedor; (ii) devolver los Bienes al Vendedor por cuenta de éste y obtener el reembolso del precio de compra; (iii) reparar sin demora los Bienes por cuenta del Vendedor, (iv) ejercer cualquier otro recurso disponible en la ley o en la equidad, incluyendo, entre otros, el derecho a obtener la reparción de los daños reales, incidentales o consecuentes como resultado de un incumplimiento de la Garantía, incluyendo, entre otros, los costos incurridos por el Comprador para inspeccionar, reparar, transportar, dar curso, remover, desarmar, reinstalar o reemplazar dichos Bienes, como resultado de interrupciones en la producción generadas por un retiro xxx xxxxxxx o ante reclamos por lesiones personales o daños a la propiedad derivados de los Bienes. En todos los casos, el Vendedor reembolsará al Comprador los gastos de devolución de los Bienes que no cumplan con la Garantía. El Vendedor asume todo el riesgo de pérdida o daño en tránsito con respecto a los Bienes devueltos al Vendedor.
10. RETIRO XXX XXXXXXX.
En el caso de que el Vendedor emita un retiro xxx xxxxxxx de los Bienes, el Vendedor será responsable de pagar todos los daños y gastos de bolsillo incurridos por el Comprador como resultado del retiro, incluidos, entre otros, los costos de notificar a los clientes del Comprador, la devolución de los Bienes, reembolsos, lucro cesante y otros daños incurridos por el Comprador.
11. DECLARACIONES DEL VENDEDOR. El Vendedor declara al Comprador que:
• a. El Vendedor tiene la titularidad de los bienes y de cualquier software asociado y transfiere al Comprador dicha titularidad y todos los intereses sobre los Bienes y cualquier software asociado, libres de cualquier reclamación, embargo, garantía prendaria y gravamen;
• b. Los Bienes no infringen ni infringirán ningún derecho de propiedad intelectual de ningún tercero;
• c. No hay juicios, demandas o reclamaciones pendientes o inminentes relacionados con los Bienes que son objeto de estas Condiciones, incluidos, entre otros, las reclamaciones por negligencia, responsabilidad por productos, responsabilidad objetiva o infracción de la propiedad intelectual;
• d. La fabricación, venta, distribución y uso de los Bienes cumple con todas las leyes, normas, reglamentos y ordenanzas internacionales, federales, estatales y locales aplicables, incluidos, entre otros, los establecidos en la Sección 14 de estas Condiciones;
• e. Ninguno de los Bienes contiene Minerales provenientes de Zonas de Conflicto, tal y como se define en la Sección 1502 de la ley Xxxx-Xxxxx de reforma xx Xxxx Street y Protección al Consumidor de 2010 y que se explica con más detalle en la Sección 14 de estas Condiciones.
12. INDEMNIZACIÓN.
El Vendedor acuerda indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Comprador, así como a sus empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, clientes, funcionarios, directores, empleados, abogados y agentes (colectivamente, las "Partes Exoneradas") de y contra todas las reclamaciones, alegaciones, juicios, pérdidas, daños, veredictos, acuerdos, costos, sanciones, gastos y honorarios de abogados ("Reclamaciones") presentados por un tercero contra cualquier Parte Exonerada que surjan de las siguientes situaciones o estén relacionados con ellas: (i) cualquier incumplimiento o inexactitud de la Garantía y cualquier inexactitud o incumplimiento de cualquiera de las declaraciones o acuerdos del Vendedor en el presente documento; (ii) lesiones personales o daños a la propiedad causados por los Bienes o que surjan a causa de ellos, incluyendo, entre otros, reclamaciones por negligencia, responsabilidad estricta o responsabilidad por los productos; (iii) infracción de cualquier patente, derecho de autor, marca comercial, secreto comercial u otro tipo de propiedad intelectual en relación con los Bienes (a menos que el Comprador haya diseñado los Bienes); (iv) la violación de las obligaciones del Vendedor de proteger la información confidencial; o (v) la violación por parte del Vendedor de cualquier Ley Aplicable (como se define a continuación).
13. SEGURO.
A partir de la fecha de la Orden de Compra y durante un período de tres (3) años a partir de la fecha de entrega de los Bienes, el Vendedor obtendrá y mantendrá vigente la siguiente cobertura de seguro: (i) indemnización por accidentes laborales y seguro de responsabilidad del empleador dentro de los requisitos legales de la Ley Aplicable, como se define en este documento; (ii) seguro de responsabilidad general comercial de forma amplia, que incluye instalaciones y operaciones, productos y operaciones realizadas, responsabilidad contractual general y lesiones
personales y por publicidad con una cobertura mínima de 2 000 000 de dólares por incidente; y
(iii) cobertura de seguro general con una cobertura mínima de 10 000 000 de dólares.
El Vendedor acepta que es responsable de cualquier retención autoasegurada o deducible aplicable en relación con cualquier reclamación en virtud de una póliza de seguro sujeta a estas Condiciones. A petición, el Vendedor proporcionará al Comprador un certificado de seguro emitido por un representante autorizado de la compañía de seguros del Vendedor, en el que se nombre al Comprador como "Asegurado adicional" bajo cada póliza y en el que se proporcione una renuncia de subrogación a favor del Comprador.
14. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. El Vendedor ha cumplido y cumplirá con todas las leyes, órdenes, normas y reglamentos internacionales, federales, estatales y locales de cualquier autoridad gubernamental que regulen, afecten o se relacionen con la fabricación, la venta, el empaque, la entrega o la distribución de los Bienes o con el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente documento, excepto en la medida en que sean incompatibles con las leyes antiboicot de Estados Unidos. Estas leyes incluirán, pero no se limitarán a, (lo anterior, incluyendo lo siguiente, siendo colectivamente las "Leyes aplicables"):
• x. Xxxxx de exportación. El Vendedor se compromete a obtener todas las licencias, permisos u otras aprobaciones necesarias para exportar los Bienes desde su país de fabricación hasta el destino de entrega, y cumplirá con todas las leyes, normas y reglamentos internacionales o nacionales de exportación, importación o reexportación aplicables a los Bienes. Si alguna Orden de Compra requiere que cualquiera de las partes obtenga una autorización de exportación aprobada por el gobierno para facilitar las actividades y obligaciones establecidas en dicha Orden de Compra, las partes realizarán mutuamente esfuerzos razonables para apoyar la preparación y gestión de la autorización en pleno cumplimiento de la legislación aplicable. Las partes responderán a las solicitudes de documentación de respaldo, incluidos los cuestionarios aclaratorios y cualquier otra información requerida necesaria para garantizar la autorización gubernamental. El Vendedor será individualmente responsable de obtener la documentación requerida u otra información de cualquier tercero que requiera dicha parte para cumplir con sus obligaciones bajo la Orden de Compra. Previa solicitud, las partes intercambiarán copias de todas las autorizaciones gubernamentales de exportación relacionadas con los Bienes o servicios, y todas las disposiciones, condiciones, limitaciones o información relacionada con la autorización. El Vendedor será responsable individualmente del cumplimiento de todas las autorizaciones de exportación gubernamentales, lo que incluye, entre otros, garantizar que todos los trámites y documentación relacionados con la exportación se lleven a cabo correctamente y se presenten a tiempo.
• x. Xxxxx contra el soborno. El Vendedor acepta cumplir con la Ley de Prácticas Anticorrupción en el Extranjero, Título 15 de la Sección 78 y subsiguientes del Código de Estados Unidos (la "FCPA,", por sus siglas en inglés), la Ley Antisoborno del Reino Unido de 2010 y todas las leyes y regulaciones comparables del país del Vendedor y todas las demás leyes comerciales y públicas aplicables contra el soborno.
• x. Xxxxx laborales. El Vendedor acepta cumplir con las Leyes Aplicables con respecto al salario mínimo, las condiciones de vida, las horas extra, las condiciones de trabajo y el
trabajo y el empleo, incluidas, entre otras, la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 de Estados Unidos, con sus modificaciones. El Vendedor no utilizará trabajo infantil ni presos en la fabricación, venta, empaque, entrega o distribución de los Bienes.
• x. Xxxxx ambientales y normas de seguridad. El Vendedor acepta cumplir con todas las leyes, estándares, requisitos y restricciones ambientales, de salud y seguridad aplicables, incluido, entre otros, el cumplimiento de las instrucciones de seguridad del Comprador cuando se encuentre en los lugares de trabajo o las instalaciones del Comprador.
• e. Minerales provenientes de Zonas de Conflicto. El Vendedor reconoce, de acuerdo con la política pública que subyace a la promulgación de la disposición sobre Minerales provenientes de Zonas de Conflicto (Sección 1502) de la Ley Xxxx-Xxxxx de Reforma xx Xxxx Street y Protección al Consumidor, los importantes riesgos legales y no legales asociados con el suministro de estaño, tantalio, tungsteno y oro, ("Materiales provenientes de Zonas de Conflicto") procedentes de la República Democrática del Congo y países limítrofes ("países fronterizos de la RDC"). En consecuencia, el Vendedor se compromete a cumplir con la Sección 1502 y sus regulaciones de implementación; en la medida en que el Vendedor no sea un "Inscrito" como se define en la Ley, el Vendedor cumplirá con la sección 1502 y sus regulaciones de implementación, excepto por los requisitos de presentación. En particular, el Vendedor se compromete a implementar una política y procesos xx xxxxxx de suministro para llevar a cabo (i) una investigación razonable sobre el país de origen de los Materiales provenientes de Zonas de Conflicto incorporados a los Bienes; (ii) la diligencia debida de su cadena de suministro, siguiendo un marco de diligencia debida reconocido a nivel nacional o internacional, según sea necesario para determinar si los materiales provenientes de Zonas de Conflicto procedentes de países fronterizos de la RDC apoyan directa o indirectamente el conflicto ilegal allí, y (iii) la evaluación de riesgos y las acciones de mitigación necesarias para implementar la investigación del país de origen y los procedimientos de diligencia debida. Además, el Vendedor proporcionará al Comprador asistencia y cooperación en una investigación sobre el país de origen de cualquier mineral utilizado en los Bienes adquiridos por el Comprador, y proporcionará la información y documentación solicitada por el Comprador o por cualquier tercero contratado por el Comprador para ayudar a cumplir con las leyes sobre Minerales provenientes de Zonas de Conflicto.
• f. Trata de personas. El Vendedor garantiza que todos los materiales incorporados en los Bienes cumplen con las Leyes Aplicables relacionadas con la trata de personas y la esclavitud de los países en los que el Vendedor está haciendo negocios o hará negocios para cumplir con cualquier Orden de Compra.
• g. Regulaciones químicas y materiales de interés. En la medida en que los Bienes contengan, o el proceso de fabricación de los bienes use, cualquier residuo, sustancia o material que esté clasificado, regulado, definido o designado, incluso bajo cualquier ley ambiental aplicable, como radioactivo, explosivo, altamente inflamable, peligroso o tóxico o como un contaminante, o por el cual se puedan imponer responsabilidades o normas de conducta ("Materiales de Interés"), el Vendedor deberá cumplir con las Leyes Aplicables, que incluyen, entre otras, cualquier (I) registro, notificación, autorización, restricción o prohibición y (II) clasificación de peligro, etiquetado, empaque u obligación de comunicación y cumplimiento de uso seguro. Además, el Vendedor cooperará con los
esfuerzos del Comprador para cumplir con dichas leyes, incluidas, entre otras, (i) investigar y comunicar al Comprador la naturaleza y el alcance de cualquier Material de Interés contenido en los bienes o en los procesos utilizados para fabricar, ensamblar, usar, mantener o reparar cualquier Bien; (ii) al proporcionar toda la documentación razonablemente necesaria para verificar la composición del material, sustancia por sustancia; (iii) al responder de inmediato a las solicitudes de información del Comprador, en la forma solicitada por el Comprador, con respecto a los Materiales de Interés utilizados o destinados a ser utilizados en relación con los Bienes y los controles regulatorios relacionados.
• h. Embargo o sanción. El Vendedor no contratará a ningún empleado, agente, representante, subcontratista o cualquier otra persona utilizada en la ejecución de la Orden de Compra, que no sea elegible para actuar en virtud de ella debido a cualquier embargo, sanción, inhabilitación o designación como nacional especialmente designado o parte denegada, según lo mantenga el gobierno de EE. UU. En cumplimiento de lo anterior, el Vendedor llevará a cabo las evaluaciones de las partes denegadas de dicho personal y notificará de inmediato al Comprador por escrito si alguno de ellos ha sido identificado como no elegible debido a las razones enumeradas anteriormente.
• i. Privacidad de los datos. El Vendedor cumplirá con todas las leyes relacionadas con la privacidad de los datos, la protección de la información o los datos personales y la transferencia transfronteriza de información o datos personales, y será responsable de proporcionar cualquier notificación requerida por la ley a los interesados cuyos datos personales proporcione al Comprador.
Además, el Vendedor será responsable de obtener y mantener a su cargo cualquier autorización gubernamental o reglamentaria necesaria para fabricar, vender, entregar, empaquetar o distribuir los productos.
El Vendedor notificará de inmediato al Comprador si tiene conocimiento de cualquier incumplimiento de esta sección por parte del Vendedor o sus subcontratistas, y cooperará plenamente con el Comprador en cualquier investigación de dicho incumplimiento.
15. RESCISIÓN.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminadas sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra (a) en cualquier momento si la otra parte ha incumplido materialmente la Orden de Compra (incluido, entre otros, el incumplimiento de cualquier Garantía), pero solo después de notificar por escrito el supuesto incumplimiento y de dar a la otra parte una oportunidad de treinta (30) días para subsanar el incumplimiento, y si este no se subsana totalmente en ese período de tiempo o (b) si una parte descubre una tergiversación material de la contraparte.
Además, cualquiera de las partes podrá rescindir la Orden de Compra en caso de insolvencia, suspensión de pagos o declaración de quiebra de la otra parte o en caso de disolución o cese de la actividad de la otra parte.
No obstante, en cualquier caso, la rescisión no afectará a los derechos surgidos con anterioridad a la fecha de rescisión.
16. CESIÓN.
Ninguna de las partes cederá, transferirá o dispondrá de otro modo de sus derechos en virtud de la Orden de Compra, en su totalidad o en parte, sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Cualquier pretendida cesión o transferencia que infrinja esta disposición se considerará nula y sin efecto.
17. DIVISIBILIDAD.
Si alguna de las disposiciones de la Orden de Compra o de estas Condiciones fuera declarada nula, ilegal o inaplicable, el resto de la Orden de Compra y estas Condiciones serán válidas y estarán en vigor en la medida en que lo permita la legislación aplicable. En tal caso, las partes harán esfuerzos comercialmente razonables para sustituir la disposición inválida o inaplicable por una disposición que, en la medida en que lo permita un tribunal de la jurisdicción apropiada de acuerdo con la Sección 19 de estas Condiciones, logre los fines previstos en la disposición inválida o inaplicable.
18. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
En el caso de que surja una controversia entre el Vendedor y el Comprador que derive de estas Condiciones, las partes se reunirán y negociarán de buena fe para intentar resolver la controversia.
En caso de que la controversia no se resuelva dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que una de las partes notificó a la otra parte por escrito sobre la controversia, las partes acuerdan someter la controversia a mediación con el Servicio de Mediación y Arbitraje Judicial ("JAMS, por sus siglas en inglés"), o su sucesor, para que la mediación se lleve a cabo en Milwaukee, Wisconsin, y cada parte pague sus propios honorarios legales y cada parte comparta por igual los costos de la mediación. Las partes acuerdan que JAMS nombrará un mediador que sea un abogado autorizado y que tenga una sólida experiencia en la resolución de controversias relacionadas con la venta de bienes y el Código Uniforme de Comercio, pero si el mediador designado tiene estas cualidades queda a discreción de JAMS.
Si las partes no pueden resolver una controversia a través de la mediación y el mediador ha declarado por escrito la imposibilidad de un acuerdo, cualquier conflicto, reclamo o controversia que surja de o se relacione con estas Condiciones o el incumplimiento, terminación, ejecución, interpretación o validez de dichas Condiciones, incluida la determinación del alcance o la aplicabilidad de estas Condiciones para el arbitraje se determinará mediante arbitraje en Milwaukee, Wisconsin ante un árbitro.
El arbitraje será administrado por JAMS de conformidad con sus reglas y procedimientos integrales de arbitraje. El árbitro debe ser un abogado licenciado con sólida experiencia en la resolución de controversias relacionadas con la venta de bienes y el Código Uniforme de Comercio, pero si el árbitro designado tiene estas cualidades queda a discreción de JAMS. La sentencia sobre el laudo arbitral puede presentarse en cualquier tribunal que tenga jurisdicción.
Esta sección no impedirá ni retrasará que las partes soliciten medidas provisionales a un tribunal con la jurisdicción adecuada de acuerdo con la Sección 19 de estas Condiciones.
19. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLES.
Estas Condiciones, la Orden de Compra y todos los asuntos que surjan de o estén relacionados con estas Condiciones o con la Orden de Compra, ya sea por contrato, agravio o estatuto, se rigen e interpretan de acuerdo con las leyes del estado de Wisconsin, Estados Unidos de América, sin que le afecten las disposiciones sobre conflicto xx xxxxx en la medida en que dichos principios o reglas requieran o permitan la aplicación de las leyes de cualquier otra jurisdicción que no sea la del estado de Wisconsin.
Las partes acuerdan que la Convención de las Naciones Unidas sobre contratos para la venta internacional de Bienes no se aplica a estas Condiciones, la Orden de Compra o cualquier asunto que surja de estas Condiciones o la Orden de compra o que se relacione con ellas.
El Vendedor reconoce que la legislación y jurisdicción aplicables, y todas las demás condiciones de esta Sección, son razonables y justas.
20. SOMETIMIENTO A FUERO.
Cualquier demanda, acción o procedimiento legal que surja de o esté relacionado con estas Condiciones se iniciará en los tribunales federales de Estados Unidos de América ubicados en el condado de Milwaukee, Wisconsin (el Tribunal de Distrito Federal para el Distrito Este de Wisconsin) o en los tribunales del estado de Wisconsin ubicado en el xxxxxxx xx Xxxxxx o el condado de Milwaukee, y cada parte se somete y consiente irrevocablemente a la jurisdicción personal exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.
21. IDIOMA INGLÉS.
Estas Condiciones se han redactado en inglés y deben interpretarse utilizando el idioma inglés. Todas las notificaciones requeridas en virtud de estas Condiciones se harán en el idioma inglés.
22. SIN TERCEROS BENEFICIARIOS.
Estas Condiciones no confieren ningún beneficio a ningún tercero, y ningún tercero puede basarse en ninguna de estas Condiciones.
23. ENMIENDAS
La Orden de Compra solo podrá modificarse mediante órdenes de cambio escritas y firmadas por el Comprador. La entrega de los Bienes al Comprador, o de acuerdo con sus instrucciones, constituirá el reconocimiento y la aceptación de estas Condiciones.
24. ACUERDOS PREVIOS
Estas Condiciones sustituyen y reemplazan las Condiciones emitidas previamente u otros acuerdos relacionados con el tema del presente.
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