CONDICIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES
LAS PARTES
(1) Los contratos serán establecidos entre el Intérprete (Colingua) y la persona o entidad financieramente responsable de la Conferencia o del evento (en adelante el Organizador), a diferencia de cualquier otra persona que pudiese estar encargada de actuar como intermediario, contratar al personal o supervisar los aspectos técnicos relacionados con la Conferencia o el evento.
Las condiciones generales del Intérprete prevalecerán sobre las condiciones del librador. Éste renuncia a sus propias condiciones, salvo en caso de acuerdo contrario explícito. Las presentes condiciones generales se rigen por el derecho belga y excluyen cualquier otro. Las presentes condiciones generales y el presupuesto tendrán valor de contrato tras la confirmación por escrito (por correo electrónico, entre otros) del pedido del cliente. La simple confirmación del pedido por correo electrónico tendrá valor de pedido en firme. El intérprete acusará la recepción de la confirmación (por correo electrónico) y confirmará la capacidad de proporcionar el servicio.
COMPORTAMIENTO - CONFIDENCIALIDAD
(2) Los intérpretes de conferencia de Colingua se abstendrán de utilizar en beneficio propio la información que pudieran obtener durante su trabajo en las reuniones o los eventos no públicos y mantendrán la confidencialidad de los debates y de los documentos empleados con ocasión de las mismas. El Intérprete estará, sin embargo, autorizado a mencionar en su comunicación comercial, por ejemplo en su página Web y en las redes sociales, que trabaja para el cliente final sin revelar información sensible.
RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
(3) Las condiciones de anulación del pedido se prevén en el presupuesto y son aceptadas por el cliente. En el caso de que no se incluya una cláusula específica de anulación en el presupuesto, la compensación en caso de anulación del pedido ascenderá a un 50% del total entre 30 y 15 días naturales antes de la celebración del evento y a un 90% en el caso de que la anulación se produzca en los 14 días naturales previos al evento y del 100% si la anulación se produjera el día del evento. Si por cualquier razón, el Organizador no tuviese necesidad de los servicios del Intérprete los días y en las condiciones mencionadas en el contrato/presupuesto, el Intérprete tendrá derecho a percibir la cantidad estipulada en la cláusula de anulación del contrato/presupuesto y al reembolso de cualquier gasto (de transporte u otros) derivado de la preparación de la conferencia. Se deducirá cualquier cantidad percibida de antemano.
(4) Si sólo se pudiesen respetar los términos del contrato parcialmente o si no se pudiesen respetar debido a circunstancias extraordinarias (lista no exhaustiva: huelga, manifestación, llegada del vuelo o del tren con retraso, inestabilidad política, acción militar, condiciones de circulación excepcionales, amenaza terrorista, malas condiciones climáticas etc.) el Intérprete tendrá derecho a la remuneración prevista en el contrato y al reembolso de los gastos derivados. Si el Intérprete no pudiese cumplir con su parte del contrato, éste deberá informar lo antes posible al Organizador.
(5) El Organizador se asegurará de hacer llegar al menos dos semanas antes de la conferencia/evento al Intérprete suficientes documentos para poder preparar la conferencia/evento en cuestión, así como un orden del día exhaustivo, el nombre de los participantes, las ponencias si están ya en manos del Organizador, así como toda información que le pueda ser de utilidad al Intérprete. (6) El organizador debe informar al Intérprete por teléfono (y confirmar dicha llamada mediante correo electrónico) de cualquier modificación del orden del día con el fin de que el Intérprete pueda confirmar la viabilidad de un eventual cambio del equipo de intérpretes (disponibilidad, etc.) y con el fin de prever eventuales costes adicionales.
En el caso de alquiler de material de interpretación o de la sonorización a través del Intérprete, el cliente será responsable (a menos que se indique expresamente lo contrario en el presupuesto) de la distribución y de la recogida de los receptores y de los cascos. El material perdido / dañado será facturado íntegramente al cliente (por ejemplo 270 € IVA no incluido en el caso de los receptores/cascos, 350 € IVA no incluido para los receptores/cascos de la maleta infoport).
PAGO
(7) Los honorarios del Intérprete serán abonados mediante pago en cuenta en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura o al vencimiento de la fecha indicada en la factura. El importe de la factura se podrá ver aumentado en un 15% como penalización por demora de pago. Este incremento se seguirá aplicando aún en el supuesto de que se otorgue un plazo adicional para saldar la deuda. En caso de incumplimiento del pago de la factura o de los honorarios del Intérprete, la jurisdicción competente será la jurisdicción del domicilio del Intérprete.
DISCURSOS
(8) Se pide a los oradores que no lean sus presentaciones. Si esta condición resulta imposible de cumplir, el Organizador les informará de que la velocidad de la lectura NO podrá ser superior a 100 palabras por minuto (3 minutos para una página A4 a doble espacio). El Intérprete deberá recibir cualquier texto que se vaya a leer durante la Conferencia (o evento), como mínimo, el día antes de la misma.
DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO
(9) La duración de la jornada de trabajo queda definida en el presupuesto. El cliente acepta el pago de horas extra (según la tarifa por hora prevista en el presupuesto) en el caso de que se exceda el horario programado. Si no aparece una mención explícita en el presupuesto, se considera que la tarifa por hora será de 75 € por intérprete y técnico.
Solo los intérpretes pueden utilizar los canales reservados a la interpretación.
Los intérpretes se limitarán a traducir discursos orales. Toda interpretación durante los encuentros sociales (pausas, comidas, etc.) estará sujeta a un acuerdo previo y deberá mencionarse explícitamente en el contrato.
GRABACIÓN Y USO POSTERIOR
(10) Xxxxxx participante a la conferencia/evento ni ninguna otra persona podrá llevar a cabo la grabación de la interpretación de conferencias, de enlace o consecutiva sin el previo consentimiento del Intérprete. Cualquier utilización del trabajo del Intérprete para fines que no sean los estipulados en el Contrato (como, por ejemplo, la grabación para la posterior redacción de las actas de la reunión o para su retransmisión por televisión, por radio o por Internet) estará sujeta a la legislación vigente sobre la propiedad intelectual y requerirá el previo consentimiento del Intérprete y el pago de una remuneración determinada de antemano.
INTERPRETACIÓN DE VIDEOS - PELÍCULAS
(11) Este tipo de interpretación sólo será posible en el caso de que el intérprete haya tenido la posibilidad de prepararse de manera adecuada (estudiando el guión y visionando el vídeo), si las personas en el video no hablan excesivamente rápido y si el sonido llega directamente a los cascos del intérprete.
JURIDICCIÓN
(12) CUALQUIER LITIGIO QUE PUDIESE SURGIR CON RELACIÓN A ESTE CONTRATO SERÁ RESUELTO POR LOS TRIBUNALES DE LA JURISDICCIÓN DEL DOMICILIO DEL INTÉRPRETE.