CONTRATO DE COMPRAS N° 069-2007-CMISA/LOG
CONTRATO DE COMPRAS N° 069-2007-CMISA/LOG
“ADQUISICIÓN DE MOTOCICLETAS PARA AGENCIAS DE LA CMAC- ICA SA”
Conste por el presente documento que se extiende en Dos ejemplares, el Contrato de Compra – Venta que celebran, de una parte la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de ICA - CMAC ICA con RUC N° 20104888934, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 - XXX, debidamente representado por el Sr. Gerente de Ahorros y Finanzas Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx identificado con DNI Nº 00000000 y el Sr. Gerente de Créditos Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx con DNI Nº 00000000 de ahora en adelante CMAC ICA según poderes inscritos en la partida Nº 00000000 del registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de ICA; y de la otra parte la Empresa DESERT SPORT RACING S.A.C., con RUC Nº 20251637025, ubicada en Xx. Xxxxxx Xx 000, xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx xx Xxxx, inscrita en la Partida Nº 00344443 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima debidamente representada por su Gerente General Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, identificado con C.E. Nº 000347330, según poder inscrito en la partida 00344443 del Registro de Lima y Callao, de ahora en adelante LA EMPRESA, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA : ANTECEDENTES
De conformidad con las Bases del Proceso de Selección por Adjudicación Directa Pública N° 001-2007-CMISA/LOG, y transcurrido el plazo xx Xxx con fecha 13 de Diciembre del 2007 ha quedado consentida el otorgamiento de la Buena Pro a la Empresa DESERT SPORT RACING S.A.C. para la adquisición de motocicletas para las Agencias de la CMAC ICA S.A., item 1, item 2 , item 3 e item 4.
SEGUNDA : OBJETO
Por el presente documento y en estricta conformidad con la documentación correspondiente, LA CMAC ICA y LA EMPRESA suscriben contrato para la “ADQUISICIÓN DE MOTOCICLETAS PARA AGENCIAS DE LA CMAC- ICA SA” las cuales deberán cumplir con todo lo expresado en las Bases y las Especificaciones Técnicas de la propuesta de LA EMPRESA, las cuales forman parte integrante del presente contrato.
TERCERA : PRECIO DE LOS BIENES
La CMAC ICA abonará a LA EMPRESA por las motocicletas descritas en la Cláusula Segunda el monto de S/. 239,610.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES) por los bienes adquiridos, Monto total no es reajustable, estando incluido el costo de transporte, impuestos xx xxx y cualquier otro concepto que incida en el precio del bien.
Adjudicación Directa Pública N° 001-2007-CMISA/LOG
(PRIMERA CONVOCATORIA)
“ADQUISICION DE MOTOCICLETAS PARA LAS AGENCIAS DE LA CMAC ICA S.A.”
ITEM |
CONCEPTO |
CANT |
PRECIO UNITARIO |
MONTO TOTAL S/. |
1 |
Motocicleta 125 CC de 9.66 HP de potencia máxima con encendido de patada y eléctrico – Marca Honda, Modelo CGL 125TT. |
01 |
4,380.00 |
4,380.00 |
2 |
Motocicleta 125 CC de 12.5 HP de potencia máxima con encendido de patada y/o eléctrico – Marca Honda, Modelo NXR125TT. |
10 |
10,350.00 |
103,500.00 |
3 |
Motocicleta 200 CC de 16.90 HP de potencia máxima – Marca Honda XL200 TT. |
06 |
12,270.00 |
73,620.00 |
4 |
Motocicleta Autómatica 125 CC – Marca Honda, Modelo Elite 125 |
13 |
4,470.00 |
58,110.00 |
|
TOTAL S/. |
239.610.00 |
CUARTA : PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
LA EMPRESA entregará los bienes adquiridos por la CMAC ICA en las Agencias de la CMAC-ICA SA., ubicadas en los siguientes lugares:
ITEM 1 |
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AGENCIA |
DIRECCION |
CANTIDAD |
San Xxxxxx |
Av. San Xxxxxx L -5 – Ica |
1 |
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|
ITEM 2 |
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|
AGENCIA |
DIRECCION |
CANTIDAD |
Ica |
Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 |
0 |
Xxxxxxx |
Av. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Nº 299 – Xxxxxxx |
0 |
Xxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxxx Nº 240 – Lurín |
1 |
Huacho |
Av. 28 de Julio Nº 166 - Huacho |
5 |
|
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ITEM 3 |
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AGENCIA |
DIRECCION |
CANTIDAD |
Huamanga |
Portal Independencia Nº 63 – 64 – Xxxxxxxx |
0 |
Xxxxxxxxxxx |
Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxxxxxxxxxx |
1 |
Mala |
Jr. Real Nº 378 – Mala |
2 |
|
|
|
ITEM 4 |
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AGENCIA |
DIRECCION |
CANTIDAD |
Ica |
Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 |
0 |
Xxxxxxx |
Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 806 – Ica |
1 |
Xxx Xxxxxx |
Xx. Xxx Xxxxxx X - 0 – Ica |
2 |
Imperial |
Jr. Xxxxx Nº 231 – Imperial |
1 |
Chincha |
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 - Xxxxxxx |
1 |
Xxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxxx Nº 240 – Lurín |
2 |
Mala |
Jr. Real Nº 378 – Mala |
1 |
Huacho |
Av. 28 de Julio Nº 166 – Huacho |
3 |
Cabe señalar, que el plazo de entrega será dentro de los cuatro (04) días de firmado el presente contrato.
QUINTA : FORMA DE PAGO
La CMAC ICA se compromete a pagar a LA EMPRESA, por los productos objeto del presente contrato, dentro de cinco (05) días hábiles computados después de la conformidad de las motocicletas (Verificación de que las motocicletas adquiridas cumplen con las especificaciones solicitadas y ofertadas por el postor). La conformidad y VºBº lo realizará el Departamento de Logística, quien tendrá un plazo no mayor xx xxxx (10) días para hacerlo. Para efecto del trámite del pago correspondiente LA EMPRESA presentará los documentos siguientes:
- Factura Comercial en original y dos (02) copias.
Orden de Compra
Acta de Conformidad firmada por el Jefe de Logística
El pago se hará efectivo con cargo a la Fuente de Financiamiento “Recursos Propios de la CMAC ICA.
SEXTA : GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Al momento de firmar el contrato LA EMPRESA ha entregado la Carta Fianza Nº 010088253-000 emitida por el Scotiabank a favor de la CMAC-ICA como Garantía de Fiel Cumplimiento por el monto de S/. 23,961.00 (Veinte y Tres mil Novecientos sesenta y uno y 00/100 nuevos soles) equivalente al 10% del monto del contrato, con vigencia hasta el 17de Marzo del 2008
SEPTIMA : CONSTANCIA VIGENTE DE NO ESTAR INHABILITADO.
LA EMPRESA al momento de suscribir el presente contrato de conformidad con el Art. 8º del Texto Único Ordenado de la “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” y el Art. 118º de su Reglamento, ha entregado a la CMAC ICA, la Constancia de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado N° 23277, emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE).
OCTAVA : PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de la prestación objeto del presente contrato, LA CMAC ICA S.A. aplicará a LA EMPRESA una penalidad por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula (Art. 222º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)
Penalidad diaria = 0.10 x Monto
0.40 x Plazo en días
NOVENA : RESOLUCION DEL CONTRATO
La CMAC ICA podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del Art. 41 de la Ley, en los casos que el contratista:
1. Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
2. Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo o
3. Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
LA EMPRESA podrá solicitar la resolución del contrato, de conformidad con el inciso c) del articulo 41 de la ley en los casos en que la CMAC-ICA, incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales las mismas que se contemplan en las Bases o en el contrato, pese a haber sido requerido conforme al procedimiento establecido en el Artº 226 del Reglamento.
DECIMA : SOLUCION DE CONTROVERSIAS
De conformidad con el art 53º de la Ley y el articulo 272, artículo 273º al 292º del Reglamento, en caso de producirse diferencias, desavenencias y controversias entre las partes, derivadas de este contrato, las mismas procurarán solucionarlas mediante conciliación que se realizará en un Centro de Conciliación de la ciudad de ICA, y deberán realizarse de acuerdo con las disposiciones de Reglamento de Conciliación de dicho Centro. Si la conciliación concluye en un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será de derecho y será resuelto por un tribunal arbitral, el mismo que será colegiado. La designación de los árbitros y más aspectos del tribunal arbitral serán regulados por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).
DECIMA PRIMERA: INTERPRETACION DEL CONTRATO
El presente contrato debe ser interpretado conforme lo haya expresado su propio texto en base al principio de buena fe. Las partes deberán remitirse además a las Bases y demás documentos del proceso de selección por Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007/CMISA/LOG, así como al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - y su Reglamento y supletoriamente a las normas contenidas en el Código Civil.
DECIMA SEGUNDA: PROHIBICION DE CESION DE POSICION CONTRATUAL
LA EMPRESA no podrá transferir parcial o totalmente la ejecución del presente contrato, teniendo responsabilidad sobre la ejecución y cumplimiento del mismo
DECIMA TERCERA: DOMICILIO DE LOS CONTRATANTES
Para efectos del presente contrato, ambas partes ratifican sus domicilios legales indicados en el exordio, los que serán válidos para toda comunicación, cualquier cambio se deberá comunicar con una anticipación de 15 días para que surta efectos entre las partes
DECIMA CUARTA: JURISDICCION, COMPETENCIA Y COMPROMISO
Los contratantes dejan constancia, para todos los efectos de la relación contractual que se sujetan a las disposiciones legales vigentes.
En señal de conformidad de lo expresado en el presente contrato, ambas partes lo suscriben en dos ejemplares iguales, el día 24 de Diciembre del 2007.
LA EMPRESA LA CMAC ICA