Contract
1. OBJETIVOS
Orientar a los supervisores de contrato y sus equipos de apoyo, sobre las acciones que deben desarrollar para realizar la supervisión de los contratos de aporte del servicio de Apoyo Psicológico Especializado Restablecimiento de Derechos, en visita a las sedes de atención, con el fin de verificar el cumplimiento del objeto y las obligaciones contractuales por parte de las entidades contratistas que desarrollan los procesos de atención de los niños, niñas y adolescentes.
Contribuir a la formulación de los planes de asistencia técnica en los niveles Nacional, Regional y Zonal para el mejoramiento de la calidad de la prestación del servicio y para el ajuste a los lineamientos técnicos, manuales operativos y guías del ICBF.
2. ALCANCE
Inicia con la aplicación de los instrumentos de supervisión en visitas a las sedes de atención de las entidades contratistas. Finaliza con las acciones de supervisión que permitan controlar que la ejecución del contrato se desarrolle de acuerdo con las especificaciones técnicas, jurídicas, administrativas y presupuestales pactadas y las de asistencia técnica que se desarrollen para mejorar la calidad de la prestación del servicio de atención de los niños, niñas y adolescentes, ubicados en el servicio de Apoyo Psicológico Especializado de Restablecimiento de Derechos.
Aplica para nivel regional y zonal.
3. DESARROLLO
Este instrumento aplica para el servicio de Apoyo Psicológico Especializado. Usted encontrará que una obligación puede agrupar dos o más variables, las cuales pueden incluir criterios, notas aclaratorias o No aplica; es importante que las tenga en cuenta para la verificación. Utilice el Registro de Cumplimiento de Obligaciones correspondiente al servicio que está supervisando y los anexos de apoyo definidos para la verificación del cumplimiento de las variables que aplican para este servicio.
Si en las visitas de supervisión a la sede o sedes de la entidad contratista, observa o identifica alguna situación que pueda afectar el desarrollo del servicio o el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y no se encuentra incluida en ninguna de las obligaciones a verificar, realice una breve descripción de la situación en el Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones.
Si la situación observada o identificada puede afectar el cumplimiento del objeto y las obligaciones del contrato, comuníquela de inmediato al supervisor o supervisora del contrato, adjuntando copia del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones.
Si la situación observada o identificada puede amenazar o vulnerar algún derecho xxx xxxx, xxxx o adolescente, comuníquela de inmediato al defensor o defensora de familia competente, adjuntando copia del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones.
Para la aplicación de este instrumento seleccione una muestra, de acuerdo con la siguiente tabla:
Tabla 1. Selección de muestra.
Xxxxx contratados | Número de elementos de la muestra |
1 – 5 | 4 |
6 – 29 | 6 |
30 – 49 | 8 |
50 o + | 10 |
Tenga en cuenta que la selección de la muestra puede ser ampliada por el equipo de apoyo a la supervisión cuando lo crean necesario, esto debe ser documentado en el formato registro de observaciones.
Incluya usuarios que están siendo atendidos en el servicio en años anteriores; de acuerdo con lo establecido en el Lineamiento técnico para la implementación del modelo de atención, dirigido a niños, niñas y adolescentes, en las modalidades de restablecimiento de derechos y en el Manual operativo modalidades y servicio para la atención de niñas, niños y adolescentes, con proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
En los casos en los cuales no se cuente con la información proporcionada por el equipo técnico de la Defensoría o Comisaría de Familia y las valoraciones realizadas por el sector salud, el operador podrá registrar esta observación.
Tenga en cuenta la fecha de ingreso de los niños, niñas y adolescentes al servicio para exigir que los anexos de las historias de atención cuenten con los documentos establecidos, según la periodicidad definida en el lineamiento técnico de atención y en los manuales operativos aplicables.
I. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: COMPONENTE TÉCNICO
Obligación |
1. Anexo de la historia de atención |
1.1 Documentos del anexo de la historia de atención. |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos, identifique aquellos que tengan más de 30 días calendario en el servicio. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 e identifique si contienen la documentación siguiente: a. Documento de ubicación por parte de la autoridad administrativa competente o la evidencia de la gestión que ha realizado el operador para conseguirlo. b. Valoraciones remitidas por la autoridad administrativa, la gestión para su consecución o la resolución de la autoridad administrativa donde relacione el proceso actual de adoptabilidad o abandono. c. Fotocopias de los documentos de identificación xxx xxxx, xxxx o adolescente o evidencias de la gestión realizada. d. Certificados de vinculación a salud (soporte físico o magnético o la gestión del trámite). e. Certificación de discapacidad o certificado médico expedido por la entidad prestadora de salud, en el que se evidencie el diagnóstico asociado a la discapacidad. En caso de no contar con él, debe presentar los soportes de la gestión mediante la autoridad administrativa. f. Registro de vacunación conforme con lo establecido en el esquema nacional de vacunación vigente en Colombia o las evidencias de la gestión que ha realizado el operador para conseguirlo. g. Remisiones al Sistema de Salud cuando el caso lo amerite. h. Certificado de vinculación al sistema educativo, constancias escolares en los casos que aplique o evidencias de la gestión realizada para la vinculación al sistema educativo. i. Documento que identifique a la autoridad tradicional competente para el caso xx xxxx, xxxx o adolescente que se auto reconoce como perteneciente a un grupo étnico, remitido por la autoridad administrativa o la gestión para su consecución, cuando aplique. j. Valoración inicial en el formato establecido por el operador. k. Acciones de preparación para el egreso. l. Cuenta con soportes y registro de atención y seguimiento al caso. m. Los informes del seguimiento al caso son entregados a la autoridad administrativa a los cinco (5) días calendario después de la fecha de elaboración. Notas: Si bien en el servicio no se contempla evaluación integradora, diseño plan de caso y seguimiento al plan de caso se debe contar con soportes de atención y seguimiento al caso, en los formatos establecidos por el operador. Tenga en cuenta lo establecido en la PIYC para revisar las acciones realizadas en el proceso de preparación para el egreso. Los certificados de discapacidad expedidos antes de la entrada en vigencia de la Resolución 1239 de 2022 serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2026 No aplica: El criterio e No aplica, cuando NINGÚN niño, niña o adolescente presenta alguna categoría de discapacidad. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple, No cumple o No aplica para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
1.2 Archivo del anexo de la historia de atención. |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos, identifique aquellos que tengan más de 30 días calendario en el servicio. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 y determine si las condiciones de archivo y manejo de la información de atención de cada niño, niña o adolescente, se realiza de acuerdo con los criterios siguientes: a. Disponibles en el lugar donde se encuentra el niño, la niña o adolescente. b. Resguardadas para garantizar el uso restringido solo a las personas autorizadas y manejarse con criterio de confidencialidad. c. Cuenta con un sistema que permita la custodia y conservación de la información. d. Debidamente foliadas, archivadas y organizadas de acuerdo con el proceso de atención. e. Los documentos del anexo de historia de atención se diligencian en forma clara y legible, sin tachones ni enmendaduras y sin dejar espacios en blanco. f. Cada anotación o actuación lleva la fecha en que se realiza. g. Cada anotación o actuación realizada por profesionales xxx xxxxxxx humano del operador lleva el nombre completo, profesión y firma del autor de esta. Nota: El archivo de los anexos de las historias de atención debe realizarse de acuerdo con lo establecido en el Procedimiento para la Conformación de Historia de Atención vigente. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
1.3 Valoración inicial |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos, identifique aquellos que tengan más de 30 días calendario en el servicio. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 e identifique si contienen la documentación siguiente: a. Tiene fecha de diligenciamiento. b. Elaborado máximo a los (5) días hábiles de ubicación en el servicio. c. Tiene en cuenta la valoración realizada por el equipo técnico interdisciplinario de la autoridad administrativa competente o gestión realizada por el operador solicitando las valoraciones a estas autoridades cuando no sean allegadas. No aplica: Cuando TODOS los niños, niñas o adolescentes tienen menos de 30 días de permanencia en la modalidad. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
1.4 Atención en salud |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos, identifique aquellos que tengan más de 30 días calendario en la modalidad. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 Indague individual o grupalmente, si cuando se han enfermado o han presentado crisis, han sido atendidos. Contraste la información en los anexos de las historias de atención e identifique si se realizó la atención en salud en los casos en que se requería a partir de la valoración inicial o por solicitud expresa de la familia, los niños, las niñas o adolescentes. Verifique si cumplen con los criterios siguientes: a. Soporte de gestiones relacionadas en el caso de que la niña, el niño o el adolescente cuente con una prescripción médica al momento de su ingreso. b. Soporte de coordinación con Autoridad Administrativa para atender necesidades específicas en salud. c. Soporte de la articulación o gestión con la red familiar y/o vincular para la atención en salud física o mental cuando la niña, niño o adolescente lo requiera y de acuerdo con los resultados de la valoración preliminar. |
d. Soporte de la atención o gestión en salud requerida en el marco del proceso de atención. Notas: Esta atención incluye la gestión y articulación con la autoridad administrativa y la familia para: casos de urgencias, atención en crisis, salud física, mental, programas de salud xxx xxxx, xxxx o adolescente, terapias, medicamentos, hospitalización para desintoxicación por consumo de sustancias psicoactivas y alcohol, atención brindada por los médicos tradicionales en caso de grupos étnicos. Durante el desarrollo del proceso de atención la autoridad administrativa debe realizar las gestiones requeridas para contar con las consultas, tratamientos, medicamentos y atenciones especializadas en salud, de acuerdo con lo establecido en la Ruta de Promoción y Mantenimiento de la salud, el plan de beneficios y el estado de salud de cada niño, niña, adolescente. En caso de identificarse la necesidad de atención en salud de los adultos de la red familiar, informar a la autoridad administrativa para la correspondiente remisión. No aplica: Cuando no se requirió la atención o no fue solicitada por la familia, los niños, las niñas o adolescentes. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple, No cumple o No aplica, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
1.5 Atención psicológica. |
Del listado de niños, niñas y adolescentes, identifique aquellos niños que tengan más de 30 días calendario en el servicio. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1, e identifique si la atención psicológica cumple con los criterios siguientes: a. Se realiza de acuerdo con los tiempos establecidos. b. Las estrategias empleadas son coherentes con lo identificado en la valoración inicial y las necesidades de los niños, niñas y adolescentes. c. Existe registro de las acciones desarrolladas en el marco de la atención psicológica. d. Existe registro de avances y resultados. e. Está firmada, con nombres y apellidos legibles del profesional que lo realiza. f. Para los niños niñas o adolescentes que son remitidos de otras modalidades, se envían recomendaciones y aspectos a tener en cuenta cada vez que se realiza la atención. g. Existen evidencias de la comunicación con la autoridad administrativa, en los casos en que las inasistencias afectan el proceso de atención. h. Cuando realicen atenciones grupales existe registro de aprobación por parte de la autoridad administrativa con las razones por las cuales se requiere esta atención. Nota: La atención psicológica debe realizase acorde con las características de la población atendida, en articulación con las autoridades administrativas y en coherencia con los objetivos del PARD. No aplica: El criterio f No aplica cuando todos los niños, niñas o adolescentes solo están vinculados a Apoyo Psicológico especializado El criterio h No aplica cuando no se han realizado encuentros grupales autorizados por la autoridad administrativa. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones,seleccione Cumple, No cumple o No aplica, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
2. Vinculación de los usuarios al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema de Educación Formal. |
2.1 Vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos que lleven más de 30 días calendario en el servicio, seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 y verifique si cuentan con los soportes de la afiliación al SGSSS o los soportes que evidencian la gestión realizada con la familia o red vincular de apoyo para la consecución de la afiliación al SGSSS Notas: En el caso de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a grupos étnicos se debe tener presente la atención brindada por los médicos tradicionales, cuando la autoridad administrativa haya logrado la articulación. Solicite las evidencias de la gestión realizada. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
2.2 Vinculación al Sistema de Educación Formal |
Del listado de niños, niñas y adolescentes atendidos, identifique los que llevan más de 30 días calendario en el servicio y que tienen la posibilidad de vincularse al sistema educativo. Seleccione la muestra de anexos de historias de atención de acuerdo con la tabla 1 e identifique si existen evidencias de la vinculación al sistema educativo (constancias de matrículas, boletines periódicos de notas, certificaciones, entre otros). En caso de no encontrar evidencias de vinculación, solicite los soportes de las gestiones adelantadas por el operador para el trámite correspondiente. Notas: La entidad debe gestionar con la familia o red de apoyo el ingreso y/o permanencia de los niños, niñas o adolescentes con discapacidad a la educación inclusiva, de acuerdo con la modalidad de educación que responda a sus características y necesidades, apoyándose en la Defensoría de Familia para hacer efectivo este derecho, en los casos que este factor contextual negativo este impidiendo su acceso e inclusión. Cuando se atienda población con consumo de SPA, el ingreso de los niños, las niñas y los adolescentes al sistema educativo debe estar basado en el concepto emitido por el operador, con el fin de determinar el riesgo de recaídas en las conductas problemáticas. En los casos en que se evalúe que el niño, niña o adolescente no cuenta aún con las herramientas suficientes para encontrarse en un ambiente escolar, el operador debe garantizar el fortalecimiento de las competencias escolares y académicas que se requieran, según el caso. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
3. Vinculación de la familia y/o red vincular de apoyo en el proceso de atención. |
Solicite al coordinador del servicio o profesional responsable la Propuesta de implementación y Cualificación PIYC e identifique si se planean acciones orientadas a identificar y fortalecer a la familia o red vincular de apoyo para superar las situaciones que generaron el ingreso del niño, la niña o el adolescente al proceso administrativo de restablecimiento de derechos. Determine si en su implementación el operador tiene en cuenta los criterios siguientes: a. Se definen objetivos, metas y cronograma de realización. b. Abordar a las familias o red vincular partiendo de las necesidades propias de cada una de ellas. Aborda a las familias o red vincular de acuerdo con las situaciones de vulneración de las cuales ha sido víctima el niño, niña o adolescente y que el profesional en psicología considere su intervención para la superación de la vulneración. c. Generar planes de trabajo o acciones enmarcadas a la superaciones o mitigación de riesgos que se puedan volver a presentar en las Familias o redes vinculares de apoyo. d. Generar estrategias de vinculación y adherencia al proceso por parte de la familia o / red vincular de apoyo de los niños, niñas o adolescentes. e. Se evalúa el cumplimiento de objetivos y se establecen los ajustes que sean necesarios, con base en las observaciones y sugerencias planteadas por los niños, niñas y adolescentes y su familia o red vincular de apoyo. En el caso de grupos étnicos dicha evaluación se realizará de manera coordinada con la autoridad tradicional correspondiente. Nota: Cuando se atienda población con discapacidad, la entidad debe implementar con la familia o red vincular de apoyo, las acciones de intervención descritas en el lineamiento técnico para la atención de niños, niñas o adolescentes con discapacidad que se encuentre vigente. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
4. Control de riesgo relacionados con objetos cortopunzantes, armas de fuego, sustancias psicoactivas y demás materiales con lo que se pueda atentar contra la integridad personal. |
4.1. Prevención de accidentes |
Observe e indague con el coordinador del servicio o profesional responsable, qué controles se establecen para evitar que los niños, niñas y adolescentes, tengan acceso a objetos cortopunzantes, armas de fuego, sustancias psicoactivas y demás materiales con lo que se pueda atentar contra la integridad personal. Establezca si el operador tiene en cuenta los criterios siguientes: a. Los objetos cortopunzantes están debidamente asegurados y fuera del alcance de los niños, niñas y adolescentes. b. No existen armas de fuego y si existen, el operador cuenta con los permisos para tenerlas y están en sitios seguros a los cuales solo tienen acceso las personas autorizadas. c. No existen sustancias psicoactivas. d. Se tienen identificados los materiales que pueden llegar a ocasionar daños a los niños, niñas y adolescentes o que puedan ser utilizados por estos para atentar contra su propia integridad o la de otros y se encuentran debidamente asegurados y fuera de su alcance. No aplica: Cuando la observación permite establecer que no existen objetos cortopunzantes, armas de fuego, sustancias psicoactivas y demás materiales con lo que se pueda atentar contra la integridad personal. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple, No cumple o No aplica, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
II. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: COMPONENTE ADMINISTRATIVO
Obligación |
5. Condiciones locativas y de infraestructura. |
5.1 Infraestructura y condiciones locativas |
Realice un recorrido por las instalaciones donde funciona el servicio de atención y verifique si el inmueble cumple con los c riterios siguientes: a. Cuenta con una planta física adecuada, en buen estado, con mantenimiento permanente y conservación, con capacidadinstalada (con base en el talento humano, los espacios destinados y el cronograma establecido en la propuesta PIYC), con todos los elementos para desarrollar el proceso de atención. b. Dispone de los servicios básicos de acueducto, alcantarillado, gas, energía eléctrica y sistema de comunicación (internet, telefonía fija y móvil cuando exista la oferta), con el fin de brindar las condiciones para la atención de los niños, las niñas o adolescentes. c. Consultorio con escritorio, sillas, archivo para los anexos de historias de atención, computador, botiquín, impresora y baño (puede estar dentro o fuera del consultorio). Las niñas, los niños y los adolescentes, cuenten diariamente con: papel higiénico, gel anti bacterial, jabón de dispensador para manos y toallas desechables para secarse las manos. d. Si atiende población con discapacidad, debe contar con espacios accesibles y señalización, de acuerdo con la categoría de la discapacidad. Cuando sea necesario se deberá realizar los ajustes razonables y proporcionar los apoyos que sean requeridos por los niños, niñas y adolescentes, sus familias o redes de apoyo e. Todos los espacios se encuentran en óptimo estado de aseo f. Cuenta con señalización de acuerdo con normatividad vigente g. Los aljibes, albercas y depósitos de agua o piscina deben tener protección. Las piscinas deben cumplir con la normatividad vigente. h. Cuenta con una ambientación o decoración agradable y cálida para la acogida y atención de los niños, niñas, adolescentes y sus familias Nota: No está permitido la instalación de cámaras de vigilancia en baños, en caso de encontrarlas, se debe informar inmediatamente al supervisor de contratos. No aplica: El criterio e No aplica, cuando NINGÚN niño, niña o adolescente presenta alguna categoría de discapacidad. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple, No cumple o No aplica para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
Obligación |
6. Talento humano |
Solicite al coordinador o profesional responsable, el listado xx xxxxxxx humano e identifique si la entidad cuenta con el talento humano requerido para el desarrollo del servicio, de acuerdo con el número y perfil indicados en el manual operativo de modalidades y servicio para la atención de los niños, niñas y adolescentes con PARD. Revise si tienen en cuenta los criterios siguientes: a. El talento humano contratado corresponde a lo establecido en el manual operativo de modalidades y servicio para la atención de los niños, niñas y adolescentes con PARD, de acuerdo con el servicio y cupos contratados. b. El número de profesionales contratado por niño, niña o adolescente corresponde a la proporción establecida en el manual operativo de modalidades y servicio para la atención de los niños, niñas y adolescentes con PARD. c. El tiempo de dedicación a la atención de los niños y niñas y adolescentes corresponde con lo establecido en el manual operativo, para el talento humano con contrato laboral. d. El talento humano cuenta con la experiencia y formación requeridas, soportadas en sus hojas de vida. e. Los profesionales cuentan con tarjeta profesional (para las profesiones reglamentadas por ley) f. Certificados de antecedentes (Contraloría, Procuraduría, Policía, registro nacional de medidas correctivas (inicial y con actualización trimestral) y, consulta de inhabilidades por antecedentes de delitos sexuales contra menores de 18 años (inicial y con actualización cuatrimestral). g. Código ético firmado. h. Soportes de pago de seguridad social. i. El talento humano contratado participa en el plan de inducción y capacitación en materia de lineamientos técnicos, manual operativo, la minuta contractual y la Propuesta de Implementación y Cualificación. j. Cuenta con manual de funciones que permita identificar las funciones u obligaciones de cada uno de los perfiles establecidos para el servicio. Notas: El talento humano no podrá estar en 2 o más servicios, si la suma de los tiempos de los servicios a los cuales está vinculado supera un tiempo completo. Igualmente, no podrá desempeñar funciones de un perfil diferente al establecido en el manual operativo y para el cual fue contratado. Cuando se contrate talento humano por prestación de servicios, el operador debe asegurarse de que se incluyan en las obligaciones, las actividades que debe realizar durante el proceso de atención, de acuerdo con el número y/o proporción de usuarios atendidos y lo establecido en el numeral xx xxxxxxx humano. No se podrá vincular talento humano que tenga antecedentes fiscales, disciplinarios, ni judiciales, inhabilitados por delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales contra las niñas, los niños y los adolescentes, de acuerdo con lo establecido decreto 753 del 30 xx xxxxx de 2019 Tenga en cuenta que un psicólogo debe atender 36 cupos al mes (144 sesiones); cuando el número de cupos sea diferente al parámetro definido, el número de profesionales requerido se calculará estableciendo una regla de tres simple directa para definir la proporcionalidad. Ejemplo. Si se contratan 54 cupos y se quiere establecer cuantos psicólogos se necesitan, la operación es: 36 1 54 --------------- X = 1,5 Se requiere un psicólogo de tiempo completo y otro de medio tiempo Durante la revisión, apóyese en el Registro xx xxxxxxx humano y consulte las tablas xx xxxxxxx humano para el servicio en el Manual operativo. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple, para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
III. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: COMPONENTE FINANCIERO.
Obligación |
7. Estructurar la información financiera de acuerdo con el Plan Único de Cuentas. |
Solicite al Contador o persona responsable, los documentos contables que permitan establecer si el operador cumple con los requisitos siguientes: a. La contabilidad está registrada de acuerdo con las normas contables vigentes, las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF o las Normas de Información Contable para el Sector Público NICSP según aplique. b. Cuenta con el software contable (licencia) vigente. c. Estructura la información financiera de acuerdo con el Plan Único de Cuentas PUC y esta se lleva por centro de costos por contrato. d. Cuenta con los soportes contables debidamente organizados. e. Cuenta con los balances, comprobantes, libros de contabilidad (mayor, diario, auxiliar, conciliación bancaria, entre otros) y su registro según las normas contables vigentes. Nota: Por cada contrato se debe organizar la información financiera conforme al Plan Único de Cuentas (PUC); esta debe cumplir con el conjunto específico de normas y procedimientos para el adecuado registro, clasificación y exposición de las operaciones financieras de forma uniforme y sistemática. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
8. Verificación de la ejecución del recurso de forma mensual, acorde con lo establecido en el manual operativo y sus respectivos clasificadores de costo. |
Solicite al Contador o persona responsable, los documentos contables (recibos de caja, comprobantes de egreso, entre otros), del último trimestre y verifique: a. Que se cuente con los soportes, registro en los libros auxiliares y extractos de la cuenta de ahorros para el manejo de los recursos del contrato de aporte. b. Que la información sea consistente entre los libros, soportes contables, soportes de pago y la información suministrada en el informe mensual de seguimiento financiero y validar que estos coincidan contra el valor pagado de acuerdo con la conciliación y/o extracto bancario. c. La información contable y el informe de seguimiento financiero cuentan con la firma del contador y/o revisor fiscal según sea el caso. d. El informe de seguimiento financiero se registra en la versión vigente establecida por el ICBF. e. Que el porcentaje de ejecución por rubro y los saldos totales no se encuentran en negativo. f. Que el talento humano presentado en el presupuesto inicial coincida con el contratado y la tabla xx xxxxxxx humano requerido para el servicio. g. Que la información contenida en las facturas o documentos equivalentes cumpla con los requisitos xx xxx, verificando el detalle, producto, cantidad, precios (según región, acordes al mercado), y que correspondan a bienes y servicios contratados o utilizados para la atención de los niños, niñas y adolescentes. h. Que Facilite de manera oportuna e integral la información: libros de registro, archivos, actas, informes, expedientes y demás información financiera que le solicite el supervisor del contrato; esta información se debe suministrar organizada, completa, comprensible y estar en el lugar de ejecución del contrato, debe estar actualizada, de tal manera que permita verificar la ejecución del recurso, acorde con lo establecido en los documentos y sus respectivos clasificadores de costo según aplique para la modalidad. i. Que, en caso de estar obligado, verifique el cumplimiento de la Ley 2046 de 2020, invirtiendo al menos el 30% de los recursos ejecutados para la compra de alimentos, adquiriéndolos directamente a los pequeños productores agropecuarios locales, productores de la agricultura campesina, familiar o comunitaria locales, organizaciones de estos productores o a las industrias y emprendimientos agroalimentarios que procesen materias primas adquiridas directamente a estos productores locales. Estas compras deberán realizarse aplicando y cumpliendo con lo dispuesto en la guía “Guía Orientadora para la Implementación de la Estrategia de Compras Locales” y deberán ser reportadas mensualmente, haciendo uso de la última versión del Formato seguimiento Compras Locales” o del medio que para tal efecto adopte el ICBF dentro del Sistema de Gestión de Calidad j. El Pago contra entrega de los productos adquiridos a los pequeños productores y productores de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria, o de sus organizaciones. Verifique que se haya realizado el pago por transferencia bancaria a cuentas |
Obligación |
de ahorros, cuentas corrientes o transferencias a través de billeteras digitales, depósitos de bajo monto o transferencias a cuentas de ahorros de trámite simplificado (CATS). Los pagos en efectivo requieren deben tener autorización previa y hasta por un valor de un SMMLV. k. Que se esté garantizando la provisión de bienes o servicios por parte de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional, esta provisión se establece en un porcentaje del cinco por ciento (5%) de los bienes y servicios requeridos para la ejecución del contrato l. En caso de estar obligado a llevar cuenta maestra, valide la información suministrada por el operador con el reporte de información (movimientos y transacciones) generado desde el banco al ICBF, así como el extracto y/o conciliación de la cuenta de ahorros auxiliar para el manejo de los gastos asociados al contrato y/o convenio acorde con la Resolución 1400 de 2020 y modificatoria 8300 del 2021 y aquellas que las adicionen, modifiquen o sustituyan. m. Que se entregue la información financiera requerida de acuerdo con los lineamientos establecidos para el cargue de la información en la Plataforma SECOP II, estos documentos deben estar alineados a los soportes y evidencias que reposan en la carpeta contractual. (Físico y Digital). En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
9. Llevar la contabilidad por centro de costos. |
Solicite al Contador o persona responsable, los documentos contables que permitan establecer el cumplimiento de la obligación contractual y verifique la información siguiente: a. La distribución y ejecución del recurso se realiza de acuerdo con lo establecido por el ICBF, evidenciando que los recursos del contrato de aporte sean utilizados únicamente en los gastos establecidos en el lineamiento para el servicio, contratado. b. Si se recibieron recursos adicionales dirigidos al servicio, revise que estos cuenten con el registro correspondiente en el informe de seguimiento financiero y en los libros de contabilidad. c. El pago al talento humano por transacción bancaria y que este corresponda por nombre o cédula y monto, al que registra en el contrato. Valide si la persona cumple con el tiempo de dedicación establecido por lineamiento acorde al número de cupos contratados y que se encuentre en el servicio visitado. d. Que el talento humano cuente con el pago de Seguridad Social al día, acorde los tiempos establecidos por ley. e. Que los gastos de los niños, niñas y adolescentes correspondan a los autorizados en los lineamientos. Para ello, verifique en cada uno de los rubros, los valores registrados en los libros contables y que sus soportes coincidan y correspondan al servic io contratado. f. Que los gastos administrativos correspondan con lo estipulado en los lineamientos, Para ello, verifique en cada uno de los rubros, los valores registrados en los libros contables y sus soportes coincidan y correspondan al servicio contratado. Notas: Para las adiciones identifique la fuente de recurso, de acuerdo con las normas y procedimientos legalmente establecidos. El operador debe entregar oportunamente al supervisor del contrato, los informes que solicite sobre cualquier aspecto y/o resultados obtenidos en la ejecución del contrato, cuando así se requiera. En la casilla correspondiente del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones, seleccione Cumple o No cumple para cada una de las opciones, de acuerdo con la situación encontrada. |
IV. OBLIGACIONES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN (EJE DE CALIDAD, EJE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, EJE DE GESTIÓN AMBIENTAL Y EJE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN)
Las obligaciones del SIGE se realizarán mediante revisión documental; no obstante, si en las visitas de supervisión a la sede o sedes de la entidad contratista, se observa o identifica alguna situación que pueda afectar el cumplimiento de alguna de las obligaciones SIGE, realice una breve descripción de la situación en el Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones y comuníquela de inmediato al supervisor o supervisora del contrato, adjuntando copia del Registro de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones.
A. Registros:
Los registros: Anexo de historia de atención y Talento humano, se encuentran en los formatos de verificación del servicio.
4. FORMATOS RELACIONADOS:
Código | Nombre del formato |
F1.A18.G27.P | Formato Verificación en visita Apoyo psicológico especializado SRD |
Tabla 2. Tabla esquema nacional de vacunación
Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, 2023. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx/Xxxxx/XxxxxxxxxxXxxxxxx/XXXX/XX/XX/XX/xxxxxx- esquema-vacunacion-col.pdf
Notas:
Es importante que, en el ejercicio de supervisión, se consulte frecuentemente los cambios o ajustes en la normatividad vigente sobre la materia, al igual que la información general de cada una de las vacunas que se contemplan en el esquema. En el caso de la vacuna de la fiebre amarilla, el Ministerio de Salud y Protección Social establece en sus indicaciones que “A partir del año 2003, es obligatoria en niños 12 a 23 meses en todo el país. En zonas endémicas definidas por el Ministerio de la Protección Social para esta enfermedad se debe aplicar a todas las personas entre 1 y 60 años. Los mayores de 60 años y hasta los 65 años de edad y gestantes, así como los niños entre 9 y 11 meses de edad, podrán vacunarse teniendo en cuenta el riesgo de adquirir la enfermedad, previa valoración médica. En situaciones epidemiológicas especiales se puede emplear desde los 9 meses de edad, pero nunca antes de esta edad, por el riego elevado de desarrollar encefalitis”.
En el listado de Municipios y zonas donde el Ministerio de Salud y Protección Social recomienda a la ciudadanía estar vacunada contra la fiebre amarilla se encuentran: Antioquia (Dabeiba (zona rural), Mutatá (zona rural), Turbo), La Guajira (Dibulla, Barrancas (zona rural de la serranía del Perijá), Fonseca (zona rural de la serranía del Perijá), San Xxxx xxx Xxxxx (zona rural de la serranía del Perijá), El Molino (zona rural de la serranía del Perijá), Villanueva (zona rural de la serranía del Perijá), La Jagua xxx Xxxxx ((zona rural de la serranía del Perijá), Urumita (zona rural de la serranía del Perijá)), Cesar (Xxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx (zona rural de la serranía del Perijá), Robles (La Paz) (zona rural de la serranía del Perijá), San Xxxxx (zona rural de la serranía del Perijá), Xxxxxxx Xxxxxxx (zona rural de la serranía del Perijá), Becerril (zona rural de la serranía del Perijá), La Jagua de Ibirico (zona rural de la serranía del Perijá), Chiriguaná (zona rural de la serranía del Perijá), Curumaní (zona rural de la serranía del Perijá), Pailitas (zona rural de la serranía del Perijá), Pelaya (zona rural de la serranía del Perijá)), Chocó (Xxxxxx xxx Xxxxxx, Juradó, Acandí, Riosucio (zona rural), Unguía), Magdalena (Santa Xxxxx), Norte xx Xxxxxxxxx (Convención (zona rural), El Xxxxxx (zona rural), El Xxxxx, El Zulia (zona rural), Hacarí, San Xxxxxxx, Sardinata (zona rural), Teorama, Tibú (zona rural)), Meta (Mapiripán, Mesetas, La Xxxxxxxx, La Xxxxx, Puerto Concordia, Puerto Xxxxxx, Puerto Rico, San Xxxx xx Xxxxx, Vista Hermosa), Casanare (Maní (zonas rurales en las riberas del río Meta), Orocué (zonas rurales y urbanas en las riberas del río Meta), Paz de Ariporo (zonas rurales en las riberas del río Meta), San Xxxx de Palenque (zonas rurales en las riberas del río Meta), Trinidad (zonas rurales en las riberas del río Meta), Alto Corozal (zonas rurales en las riberas de los xxxx Meta y Casanare), Arauca (todos los municipios), Caquetá (todos los municipios), Putumayo (todos los municipios), Amazonas (todos los municipios), Guainía (todos los municipios), Guaviare (todos los municipios), Vaupés (todos los municipios) y Vichada (todos los municipios).
Para el caso de la Vacuna del Papiloma Humano, tenga en cuenta lo dispuesto en la Sentencia T-365/17…”El Estado, en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, o de cualquier otra institución, no puede obligar a la población colombiana a vacunarse contra el virus del papiloma humano, por cuanto la facultad del paciente de tomar decisiones relativas a su salud ha sido considerad a un derecho de carácter fundamental por la jurisprudencia constitucional, como concreción del principio constitucional de pluralismo y de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad –cláusula general de libertad del ordenamiento jurídico colombiano-,a la integridad personal y a la salud”.
5. CONTROL DE CAMBIOS.
Fecha | Versión | Descripción del Cambio |
12-04-2024 | Versión 2 | Se ajusta al documento con base en las nuevas minutas de contrato de aporte para restablecimiento de derechos. |
30-04-2022 | Versión 1 | Se actualiza con base en la minuta del contrato de aporte para el restablecimiento de derechos – Apoyo psicológico especializado, el Lineamiento Técnico para la Implementación del Modelo de Atención a NNA en las Modalidades de Restablecimiento de Derechos v1 y el Manual Operativo Modalidades y Servicio Atención de NNA con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos v2. |
N.A. | N.A. | Se traslada del código A5.G19.P. Se elabora nuevo documento con base en la minuta del contrato de aporte para el restablecimiento de derechos – apoyo psicológico especializado, el Lineamiento Técnico para la Implementación del Modelo de Atención a NNA en las Modalidades de Restablecimiento de Derechos v1 y el Manual Operativo Modalidades y Servicio Atención de NNA con Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos v1. |