PROYECTO DE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES Y TÉCNICAS
Concurso Público Nacional e Internacional para la Contratación de Participación Público Privada del “Centro de Actividades Deportivas Villa Los Penitentes”
PROYECTO XX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES Y TÉCNICAS
CAPÍTULO I GENERAL
Artículo 1º - OBJETO DEL LLAMADO. NORMATIVA APLICABLE
El Poder Ejecutivo de PROVINCIA xx Xxxxxxx, por intermedio del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia y del Ente Mendoza Turismo, llama a Concurso Público Nacional e Internacional para la presentación de ofertas bajo la modalidad de Contratación de Participación Público Privada, de un Proyecto Ejecutivo de Modernización y Ampliación del “Centro de Actividades Deportivas Los Penitentes” ubicado en la Xxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 0, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, y su posterior Operación, Explotación y Mantenimiento –en adelante “el PROYECTO”-, de conformidad a las bases y condiciones que se establecen seguidamente.
Sin perjuicio de las reglas contenidas en el presente PLIEGO, deberán considerarse particularmente aplicables las siguientes normas, no siendo su enumeración taxativa:
1) La Ley Nacional Nº 27.328 de Contratos de Participación Público Privada y la Ley Provincial Nº 8992 de Adhesión al Régimen de la anterior citada.
2) La Ley Provincial Nº 8993 de Ética Pública
3) La Ley Provincial Nº 6034 de Patrimonio Cultural de la Provincia xx Xxxxxxx y su Decreto Reglamentario Nº 1.882/09. Decreto Nº 3511/82, que adhiere al Decreto Nacional Nº 1063/82 sobre la defensa de bienes inmuebles de Interés Cultural. Ley Nacional Nº 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
4) El Decr. Regl. Nº 3292/84 sobre actividades de esquí y trineos
5) El Código de Construcciones Sismorresistentes de la Provincia.
6) El Código de Edificación de la Municipalidad de Las Xxxxx y Ordenanzas complementarias.
7) La Ley Provincial de Medio Ambiente Nº 5961 y Decretos Reglamentarios Nros. 2109/94 y 1939/96 y su modificatoria N° 6649, sujeto al procedimiento que se establece en el presente Pliego.
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8) La Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia xx Xxxxxxx Nº 9003.
9) Resoluciones Nº 568/07; Nº 282/12 y N° 292/19 del Ente Mendoza Turismo de la Provincia xx Xxxxxxx
10) Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo 8051.
11) Las demás disposiciones del Derecho Argentino vigentes que sean compatibles con las enunciadas precedentemente o de aplicación en alguna de sus disposiciones con el objeto del CONCURSO PÚBLICO, y que conforman su marco jurídico.
Artículo 2º - OBJETIVOS Y ALCANCES. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA
El objetivo del presente Concurso Público es el desarrollo de la infraestructura turística y de actividades deportivas del área “Los Penitentes” para recuperar y maximizar su posicionamiento nacional e internacional como asimismo de las demás Villas de Montaña que se encuentran en la Ruta Internacional Nº 7, aprovechando su ubicación estratégica en el corredor bioceánico del Paso Internacional Cristo Redentor.
La vocación de la villa de alta montaña de Penitentes se halla vinculada al proyecto de Desarrollo Estratégico del Alta Montaña -en adelante PEAM- y corredor bioceánico, constituyendo la mayor capacidad de alojamiento en el área, y con alto grado de factibilidad de reconversión en un centro de servicios poli funcional y multi productos, sirviendo de soporte logístico para el futuro desarrollo de nuevas actividades turísticas.
En virtud de lo señalado con anterioridad, es necesario un proyecto ejecutivo que proponga la adecuación, modernización, ampliación, operación, explotación y mantenimiento de la infraestructura de servicios existentes en el Centro de Esquí, la puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural que representa la villa de alta montaña y su entorno y la optimización de la prestación de los servicios.
Para lograr dichos objetivos de interés público, el marco del Contrato de Participación Público Privada que se propone celebrar comprende el aporte y afectación al Proyecto de los bienes de propiedad de PROVINCIA existentes en el área.
A los efectos de resguardar debidamente los derechos de los sujetos que se involucren en el proyecto de participación público privada, como asimismo para propender la sustentabilidad económico, social y ambiental del área, el proyecto deberá contemplar la celebración de un contrato de fideicomiso que viabilice la participación, organización, financiamiento, administración y el control adecuado a favor y/o por parte de todos los partícipes interesados en el proyecto.
Resulta de vital importancia para el éxito de este CONCURSO PÚBLICO, que los PROPONENTES indaguen y se ilustren acabadamente sobre la naturaleza y régimen legal del CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA (PPP) que resultará a partir de la decisión de adjudicación. En especial, LOS PROPONENTES deben tener presente que el régimen de PPP se presenta como una estrategia de acción de los sectores público y privado a través de una relación estable basada en una comunidad de intereses entre la colectividad pública y los socios privados vinculada con un proyecto
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determinado. La característica principal del proyecto es la “flexibilidad”, por lo que deberán los PROPONENTES proyectar objetivos de corto, mediano y largo plazo, demostrando la efectiva viabilidad de consecución de los primeros –objetivos de corto plazo- y la probabilidad razonable de alcanzar los demás –objetivos xx xxxxxxx y largo plazo-.
En función a las premisas señaladas, el CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA tendrá una vigencia de VEINTICINCO (25) AÑOS PRORROGABLES POR DIEZ (10) AÑOS
ADICIONALES contados a partir de la fecha de su celebración.
ARTÍCULO 3°: DISCRECIONALIDAD DE LA PROVINCIA
La PROVINCIA no queda obligada ni asume responsabilidad alguna por la CONVOCATORIA y podrá dejarla sin efecto, parcial o totalmente, en cualquier etapa de su tramitación con anterioridad a la suscripción del CONTRATO PPP, sin necesidad de expresar causa o justificación y sin generar derecho al pago de indemnización alguna.
La presentación de OFERTAS no obliga a la PROVINCIA a realizar la ADJUDICACIÓN ni a contratar, quedando entendido que podrá no aceptar ninguna de las OFERTAS presentadas si a su juicio las mismas no satisfacen adecuadamente el interés público comprometido en el presente CONCURSO PÚBLICO, sin asumir responsabilidad alguna.
La PROVINCIA podrá, mediante resolución fundada, apartarse de las recomendaciones formuladas por la COMISION EVALUADORA.
ARTÍCULO 4°: VISTA, RETIRO Y CONSULTAS AL PLIEGO. ACCESO A LA INFORMACIÓN
4.1. VISTA XXX XXXXXX
El PLIEGO podrá consultarse y descargarse de las siguientes páginas web: xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
No será requisito para presentar OFERTAS, para su admisibilidad, ni para contratar, acreditar el haber retirado o descargado el PLIEGO. No obstante ello, ningún oferente en el marco del CONCURSO PÚBLICO podrá alegar el desconocimiento de los términos y condiciones xxx XXXXXX o sus circulares modificatorias o aclaratorias con motivo de no haber descargado o retirado dicha documentación, quedando bajo su exclusiva responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
4.2. CONSULTAS RELATIVAS AL PLIEGO
Las consultas relativas al PLIEGO deberán efectuarse mediante escrito debidamente firmado por el interesado, el que será escaneado (archivo .pdf) y remitido por correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx. En oportunidad de realizar una consulta prevista en esta sección, los potenciales OFERENTES que no lo hubieran hecho con anterioridad deberán suministrar su razón social, su DOMICILIO CONSTITUIDO y DOMICILIO ELECTRÓNICO en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse.
Las consultas podrán ser efectuadas, como máximo, hasta SIETE (7) DÍAS HÁBILES antes de la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS en la CONVOCATORIA o en las prórrogas que hubieren sido efectuadas. Las consultas que fueran realizadas fuera de dicho plazo no serán validas ni respondidas.
La PROVINCIA no asume obligación de responder a todas las consultas que le sean presentadas en el marco de esta CONVOCATORIA, pudiendo a su exclusivo criterio responder aquellas que considere
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relevantes. La falta de respuesta de la PROVINCIA a cualquier consulta realizada por un INTERESADO no será interpretada como ratificatoria o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por el consultante.
4.3. ACCESO A LA INFORMACIÓN
La PROVINCIA dará acceso a los INTERESADOS a la información relativa al proceso de selección bajo este PLIEGO y a la contratación objeto del mismo, quienes podrán analizar los documentos, antecedentes técnicos, estudios y demás aspectos relevantes del PROYECTO. La difusión de dichos documentos será realizada mediante su publicación en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
Asimismo, los INTERESADOS podrán participar de las reuniones de información técnica, jurídica y económica-financiera que desarrolle la PROVINCIA.
El lugar, día y hora de las reuniones serán anunciadas con no menos de TRES (3) DÍAS HÁBILES de anticipación a su realización en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx detallándose el temario a considerarse en dichas reuniones. De los temas tratados en esas reuniones se labrarán actas que se agregarán al expediente.
4.4. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
La presentación de OFERTAS en el marco del presente CONCURSO PÚBLICO será realizada exclusivamente en función de la propia evaluación e investigación que realicen los OFERENTES, sin derecho a reclamo alguno.
Por la sola presentación de una OFERTA se considerará que los OFERENTES han tenido en cuenta la viabilidad financiera de las transacciones previstas en este PLIEGO y que son objeto del CONTRATO PPP y que han hecho un cuidadoso examen de la infraestructura disponible, realizado la debida diligencia de las condiciones regulatorias y urbanísticas y de habilitaciones y permisos necesarios para todos los aspectos de la misma, las condiciones de trabajo, los riesgos y en general todos los factores que pudieran incidir en los costos de ejecución del PROYECTO y posterior cumplimiento de los SERVICIOS DE OPERACIÓN y las posibilidades operativas de concretar y explotar el CENTRO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS VILLA LOS PENITENTES.
La PROVINCIA no garantiza que las proyecciones y estimaciones efectuadas por el ADJUDICATARIO se cumplan durante la ejecución del CONTRATO PPP, puesto que este último asumirá los riesgos dispuestos en el CONTRATO PPP de acuerdo con la distribución de riesgos allí contenida y soportará sus efectos sin que las consecuencias derivadas del acaecimiento de tales riesgos constituya un eventual desequilibrio económico del CONTRATO PPP, o den lugar a reclamación alguna, puesto que la xxxxxxxx de riesgos establecida deberá ser tenida en cuenta por los OFERENTES en la valoración y presentación de sus OFERTAS y será remunerada de conformidad con dicha OFERTA y con lo establecido en el CONTRATO PPP.
Si el OFERENTE que resulte ADJUDICATARIO no hubiera obtenido, hubiera evaluado incorrectamente o no hubiera considerado toda la información que pudiera influir en la determinación de los costos, no se eximirá de su responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que le imponen las reglas licitatorias, su propia oferta y el CONTRATO PPP, ni le dará derecho a reembolso de costos ni reclamaciones o reconocimientos adicionales de ninguna naturaleza.
4.5. VISITAS AL LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO. DEBIDA DILIGENCIA E INFORMACIÓN
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Las OFERTAS que se formulen en el marco del presente CONCURSO PÚBLICO se basarán en la propia evaluación e investigación del OFERENTE. En dicho sentido, será responsabilidad de los INTERESADOS visitar e inspeccionar el área de la Villa Los Penitentes, la infraestructura existente, así como los sitios aledaños en los cuales se ejecutarán las obras y la prestación de los servicios inherentes a su explotación.
A dichos efectos, el área en la que se encuentran los bienes que forman parte de la infraestructura existente, se ilustra en el ANEXO II-PLANIMETRÍA DE LA VILLA LOS PENITENTES, pudiendo los INTERESADOS en participar como OFERENTES, concurrir a la misma en las fechas y horarios respectivos que La PROVINCIA publicará en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
Los INTERESADOS, para presentar su OFERTA, deberán realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias sobre el Centro de Esquí y los lugares aledaños a él, sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular su OFERTA.
El examen que deberán hacer los INTERESADOS incluirá también, entre otras cosas y sin limitarse necesariamente a estas, la revisión de todos los aspectos e informaciones relacionados con el CONTRATO PPP y los lugares donde se ejecutará el PROYECTO, incluyendo condiciones de transporte o traslado a los sitios de trabajo, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, transporte, manejo y disposición de materiales sobrantes, disponibilidad de materiales y mano de obra disponible para ejecutar el PROYECTO, aspectos ambientales, presencia de comunidades protegidas por ley, entre otros.
Adicionalmente, los INTERESADOS deberán verificar las condiciones climáticas, nivologicas, pluviales, topográficas y geológicas, las características de los equipos requeridos para la ejecución de las obligaciones del CONTRATO PPP, existencia e interferencia de redes de servicios públicos existentes y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del CONTRATO PPP, todo lo cual debe ser tomado en cuenta para la preparación de la OFERTA.
En caso de que un OFERENTE elija realizar la visita al INMUEBLE, la PROVINCIA expedirá un certificado acreditando dicha visita que el OFERENTE podrá acompañar a su OFERTA.
ARTÍCULO 5°: CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO
La PROVINCIA podrá, a su exclusivo criterio, emitir circulares aclaratorias o modificatorias xxx XXXXXX, ya sea de oficio o como respuesta a consultas que le fueran efectuadas por escrito, a través de los medios habilitados al efecto, por los INTERESADOS.
En todos los casos, las circulares serán consideradas como parte integrante de los PLIEGOS y serán difundidas en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
5.1. COMUNICACIÓN DE LAS CIRCULARES
Las circulares aclaratorias deberán ser comunicadas con CUATRO (4) DÍAS HÁBILES como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las OFERTAS a todos los INTERESADOS y, en particular, a quien hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello.
5.2. CIRCULARES POR LAS QUE ÚNICAMENTE SE SUSPENDA O SE PRORROGUE LA FECHA DE APERTURA O LA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La PROVINCIA podrá determinar de oficio y a su exclusivo criterio eventuales prórrogas a la fecha de presentación o apertura de OFERTAS, así como sus plazos.
Las circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las OFERTAS deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) DÍA HÁBIL por los
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mismos medios en que hubiera sido difundida, publicada y comunicada la CONVOCATORIA original, debiendo la última publicación tener lugar UN (1) DÍA HÁBIL como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las OFERTAS.
ARTÍCULO 6°: OFERENTES
6.1. CAPACIDAD PARA SER OFERENTES. REPRESENTANTE DE LOS OFERENTES
Podrán presentarse como OFERENTES sociedades constituidas de conformidad con la legislación de la República Argentina o constituidas en el exterior, tengan o no sucursal en la República Argentina, siempre que no estén comprendidas en las prohibiciones o incompatibilidades previstas en el Artículo 6.4 del presente PLIEGO.
No será condición para la presentación de OFERTAS encontrarse inscripto en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, ni en el Registro de Antecedentes de Constructores de Obra Pública, ni en el Registro Único de Proveedores de la PROVINCIA.
Los requisitos y exigencias establecidos en este PLIEGO para el OFERENTE se entenderán igualmente aplicables a cada uno de los integrantes del OFERENTE para el caso de que tal OFERENTE se presente al CONCURSO PÚBLICO como un consorcio de personas jurídicas, en cualquiera de las modalidades contempladas por la legislación aplicable.
Al menos uno (1) de los REPRESENTANTES designados por el OFERENTE deberá residir en la provincia y encontrarse físicamente en la Ciudad xx Xxxxxxx y estar disponible cada vez que la PROVINCIA lo requiera durante todo el proceso del CONCURSO PÚBLICO y hasta la FECHA DE SUSCRIPCIÓN.
6.2. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Cuando un OFERENTE fuera conformado por dos o más sociedades, bajo cualquier modalidad jurídica bajo la cual se presenten, todas ellas por el solo hecho de su presentación serán responsables en forma solidaria e ilimitada frente a la PROVINCIA por las obligaciones y compromisos asumidos en el marco del presente CONCURSO PÚBLICO y hasta la suscripción del CONTRATO PPP.
A partir de la suscripción del CONTRATO PPP, las obligaciones y compromisos asumidos por el CONTRATISTA PPP y el ENTE CONTRATANTE, y su régimen de responsabilidad, serán aquellos expresamente establecidos en el CONTRATO PPP y la ley aplicable.
6.3. OBJETO Y PLAZO DE DURACIÓN DE LAS SOCIEDADES OFERENTES
El plazo de vigencia de toda sociedad que se presente como OFERENTE, o como integrante de un OFERENTE, deberá ser superior en al menos TRES (3) años al plazo máximo del CONTRATO PPP, y el objeto social contemplado en sus estatutos deberá ser lo suficientemente amplio como para permitirle el desarrollo y la operación del PROYECTO, así como para cumplir con las demás obligaciones contenidas en el CONTRATO PPP.
6.4. IMPEDIMENTOS O INHABILIDADES PARA SER OFERENTE
No podrán asumir la condición de OFERENTES, por sí o por interpósita persona, quienes se encuentren comprendidos en alguna de las siguientes situaciones:
a) Carecer de capacidad o de legitimación para contratar con el Estado Provincial, en general, o con el ENTE CONTRATANTE, en particular;
b) Haber actuado como asesores contratados por la PROVINCIA en el análisis e implementación del presente CONCURSO PÚBLICO;
c) Ser funcionario público dependiente de la PROVINCIA, o ser una firma, empresa o entidad con la cual el funcionario esté vinculado por razones de dirección, participación o dependencia;
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d) Tener en trámite cualquiera de los procesos previstos en la ley 24.522;
e) Si se hubiere decretado dentro de los TRES (3) años calendarios anteriores contados desde la fecha de la última publicación de la CONVOCATORIA, la resolución por incumplimiento de su parte de un contrato celebrado con el Estado Provincial;
f) Haber recibido sanciones con causa en infracciones a las normas sustantivas del derecho ambiental, siempre que la resolución se encuentre firme y hubieran sido aplicadas dentro de los VEINTICUATRO
(24) meses anteriores a la CONVOCATORIA del presente CONCURSO PÚBLICO;
g) Adeudar créditos impositivos o previsionales a la Administración Federal de Ingresos Públicos y/o a la Agencia Tributaria Mendoza, determinados mediante acto administrativo o sentencia judicial firmes.
h) Los procesados por auto firme y los condenados por alguno de los delitos previstos en los títulos XI, XII y XIII del Código Penal de la Nación.
i) Las personas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial o del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
j) Las personas condenadas, con sentencia firme recaída en el país o en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los términos de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Quienes se encuentren encuadrados en cualquiera de los supuestos antes mencionados tampoco podrán formar parte como miembros de los órganos de administración, fiscalización o dirección, accionistas, socios o participar de cualquier otra forma de una sociedad o entidad que integre el OFERENTE o como subcontratista de éste, directamente o por intermedio de otra entidad controlada, vinculada o que forme parte de un grupo económico con ella. La prohibición se dará incluso en caso de que se pruebe que, por razones de dirección, participación u otra circunstancia, pueda presumirse que son una continuación, o que derivan de aquellas empresas comprendidas en una o más causales explicitadas.
6.5. COMPONENTE LOCAL
Con la sola presentación de las OFERTAS, los OFERENTES asumen el compromiso, en caso de resultar ADJUDICATARIOS, de ejecutar el PROYECTO con, al menos, un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de COMPONENTE PROVINCIAL y/o NACIONAL.
Se entenderá cumplida esta obligación en cuanto la OFERTA considere proponer: (a) la utilización de bienes afectados a la infraestructura del PROYECTO que califiquen como bienes de origen provincial o nacional de conformidad con el Artículo 5° de la Ley Nº 27.437 o en la medida en que el CONTRATISTA PPP subcontrate la ejecución del PROYECTO o integre a la prestación de los servicios de operación del PROYECTO con la intervención de EMPRESAS PROVINCIALES en, al menos, un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de la inversión total prevista para el cumplimiento del CONTRATO PPP; o (b) la participación de una EMPRESA PROVINCIAL individualmente o en conjunto con otras EMPRESAS PROVINCIALES en, al menos, un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) del capital del CONTRATISTA PPP; o (c) cualquier combinación de las anteriores que de por resultado la utilización de, al menos, un TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de COMPONENTE LOCAL. En todos los casos, deberá propiciarse la participación de EMPRESAS PROVINCIALES que encuadren en los postulados de la Ley 27.264.
ARTÍCULO 7º: ÉTICA Y TRANSPARENCIA 7.1.- DEBERES DE LOS OFERENTES
Durante todo el proceso del CONCURSO PÚBLICO previsto en el presente PLIEGO y la vigencia del CONTRATO PPP, los OFERENTES y el ADJUDICATARIO, respectivamente, deberán:
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a) Cumplir las reglas comerciales y éticas aplicables a sus interacciones con la PROVINCIA y sus integrantes, lo cual incluye el conocimiento, consideración y respeto por el ordenamiento jurídico nacional y local aplicable a cada proceso del que participen.
b) Abstenerse de realizar directa o indirectamente cualquiera de los comportamientos definidos como prácticas prohibidas, asegurando al respecto una supervisión interna adecuada y suficiente de la conducta que lleven adelante sus empleados y representantes en las relaciones e intercambios que entablen con integrantes de la PROVINCIA.
c) No establecer relaciones comerciales, financieras o de cualquier índole económica con integrantes de la PROVINCIA o sociedades vinculadas a ellos que puedan determinar la existencia de alguna clase de conflicto de interés, siquiera aparente.
d) Efectuar todas las consultas a través de los canales establecidos al efecto en cada caso en el presente PLIEGO.
e) Denunciar cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria a la ética pública o la transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su participación en los procedimientos de selección del presente
CONCURSO PÚBLICO. A tal efecto, podrá utilizar las vías de reporte previstas en el Artículo 7.5 del presente PLIEGO.
f) En el caso de resultar ADJUDICATARIO deberán cumplir los requisitos de integridad para la contratación establecidos en el MARCO DE INTEGRIDAD previsto en el CONTRATO PPP.
7.2. PRÁCTICAS PROHIBIDAS
Durante todo el proceso del CONCURSO PÚBLICO previsto en el presente PLIEGO y durante la vigencia del CONTRATO PPP, los OFERENTES y el ADJUDICATARIO, respectivamente, tendrán terminantemente prohibido la realización de cualquiera de los actos que se describen en este apartado:
a) Prácticas de corrupción: ofrecer o dar por sí o a través de terceros cualquier ventaja, favor, gratificación, o cualquier otro objeto o prestación de valor a integrantes de la PROVINCIA o a sus familiares directos con el fin de obtener un trato favorable o influir indebidamente en sus acciones.
b) Prácticas fraudulentas: falsear, tergiversar u ocultar hechos o circunstancias para engañar a la PROVINCIA o sus integrantes con el propósito de obtener un beneficio o eludir el cumplimiento de una obligación.
c) Prácticas anticompetitivas o colusorias: concertar acuerdos entre OFERENTES con la intención de alcanzar un propósito inapropiado contrario a los principios de concurrencia y competencia, incluyendo prácticas tales como coordinación de posturas, acuerdos para la fijación de precios, reparto de zonas o mercados o cualquier otra actividad similar de naturaleza contraria a lo previsto en la Ley N° 27.442.
d) Prácticas obstructivas: destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente información o elementos documentales significativos para los análisis, evaluaciones y, en su caso, investigaciones que deban ser llevados adelante por la PROVINCIA o la COMISIÓN EVALUADORA con relación al proceso de CONCURSO PÚBLICO, o de cualquier otra manera impedir o dificultar esa tarea.
La realización de cualquiera de los actos descriptos precedentemente, o su mera tentativa, será causal de exclusión del proceso de este CONCURSO PÚBLICO y una causal de incumplimiento del CONTRATO PPP, sin perjuicio de las denuncias que fueran menester efectuar en consecuencia.
7.3. CONFLICTO DE INTERÉS
Son consideradas conflicto de interés las relaciones o vínculos que puedan interferir en la objetividad e imparcialidad de las decisiones de un funcionario durante el CONCURSO PÚBLICO.
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Los OFERENTES deberán declarar si se encuentran o no alcanzados por alguno de los supuestos de vinculación previstos en el Capítulo II de la Ley 8993.
Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme la Ley Nº 26.831, la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.
7.4. CONSECUENCIAS
Los OFERENTES por el solo hecho de presentar OFERTAS declaran y garantizan el conocimiento de las presentes políticas y su conformidad con ellas y se obligan a respetar y hacer respetar sus previsiones y su violación podrá dar lugar a:
a) El rechazo de la OFERTA y pérdida de la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA en cualquier estado del CONCURSO PÚBLICO.
b) La realización de la denuncia correspondiente ante la justicia o la autoridad de control competente, en su caso.
c) La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que realice la actividad de superintendencia, supervisión, o similar, del correcto desempeño ético de sus miembros.
7.5. VÍAS DE REPORTE
A los efectos de comunicar una práctica irregular de estas políticas, ilícito o circunstancia contraria a la ética pública o a la transparencia institucional de la que se tome conocimiento en el marco del presente CONCURSO PÚBLICO, podrá comunicarse con la OFICINA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y ÉTICA PÚBLICA contactándose al teléfono 0000-0000000 y/o a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN contactándose al teléfono (00-00) 0000-0000 y 0000-000-0000 o al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o mediante el sitio web xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx.
La denuncia podrá ser formulada de forma anónima, con reserva de identidad o de manera identificada, sin perjuicio de lo cual, con independencia de la modalidad de identificación adoptada, será tratada con la máxima confidencialidad posible.
7.6. MECANISMO DE REPORTE DE ALTO NIVEL
En concordancia con experiencias internacionales y recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en materia de transparencia e integridad, se pone a disposición de los INTERESADOS u OFERENTES y funcionarios, un Mecanismo de Reporte de Alto Nivel (MRAN), por medio del cual se podrán formular alertas o denuncias que llegarán a conocimiento directo y efectivo de la máxima autoridad de la Oficina Anticorrupción.
El presente canal tiene como objeto atender de forma preventiva y exclusiva reportes concernientes con los siguientes supuestos: 1) Xxxxxxx 0) Tráfico de influencias; 3) Fijación de condiciones tendientes a beneficiar o dirigir la contratación hacia un oferente y; 4) Conflictos de intereses no declarados.
La Oficina Anticorrupción requerirá la opinión de expertos en los casos en los que sea procedente, de forma previa a efectuar la recomendación que estime apropiada en relación con el reporte ingresado. Xxxx, sin perjuicio del cumplimiento del deber de formular denuncia en los casos que así corresponda.
Las cuestiones vinculadas con aspectos técnicos que hubiesen sido formuladas y rechazadas de manera fundada en las instancias previstas a tales fines en el marco del Concurso Público no ingresaran en el canal establecido en el Mecanismo de Reporte de Alto Nivel.
ARTÍCULO 8°: CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
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Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente, será causal determinante del rechazo sin más trámite de la OFERTA en cualquier estado del CONCURSO PÚBLICO, cuando un OFERENTE diere u ofreciere dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia suficiente para decidir en cualquier etapa del CONCURSO PÚBLICO, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones, o para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; o
b) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
También serán considerados sujetos activos de la conducta anteriormente descripta quienes hayan cometido tales actos en interés del OFERENTE directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona humana o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder a los que llevaren a cabo, o intentaren, tales conductas ilícitas.
Los funcionarios que tomaran conocimiento de la comisión de alguna de las conductas descriptas en el presente artículo deberán formular la pertinente y formal denuncia ante los tribunales y órganos competentes según corresponda.
ARTÍCULO 9°: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS
9.1. FORMAS. IDIOMA
Las OFERTAS, así como toda presentación que se realice en el marco del presente CONCURSO PÚBLICO, deberán presentarse impresas y redactadas en idioma nacional, debiéndose salvar toda testadura, enmienda o palabra interlineada.
Asimismo, deberá ser foliada, acompañada de un índice y suscripta en todas sus hojas por el OFERENTE haciéndose constar la identificación del firmante y acompañando el instrumento que acredite tal representación.
Salvo indicación expresa en contrario, todos los documentos que integren la OFERTA deberán presentarse en original o en testimonio expedido por autoridad competente o en copia certificada por autoridad judicial o notarial.
Cuando se requiera la certificación de la firma, deberá ser cumplida por un escribano público, con exclusión de cualquier otro tipo de certificación. Si los escribanos intervinientes en la certificación de fotocopias o firmas fueren escribanos de jurisdicciones distintas de la Ciudad Xxxxxxx, dichas certificaciones deberán estar legalizadas por el colegio profesional correspondiente.
La documentación emitida en otro idioma deberá estar traducida al español por un traductor público matriculado en la República Argentina y legalizada en el consejo profesional respectivo. La documentación emitida en el extranjero deberá presentarse con las formalidades establecidas por el derecho del país de origen, autenticada en éste y apostillada de acuerdo con las normas de la Convención de la Haya o legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.
Los OFERENTES podrán adjuntar folletos o catálogos para una mejor comprensión de la OFERTA. En el caso de que dichos folletos o catálogos estén redactados, total o parcialmente, en idioma extranjero, estos deberán ser presentados junto con su correspondiente traducción al español, de conformidad con los términos fijados anteriormente para la traducción de documentación emitida en otro idioma. La falta de presentación de la respectiva traducción habilitará a la PROVINCIA y a la COMISIÓN EVALUADORA a no considerar tales folletos o catálogos en el análisis que efectúe de la OFERTA.
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En caso de discrepancia entre una versión en idioma extranjero y la versión traducida al español, prevalecerá la versión en idioma español.
Las hojas que se utilicen para la presentación de la OFERTA responderán al tipo de formato denominado A4, a excepción de los planos y documentación similar, que se presentarán doblados al tamaño de hojas requerido.
La OFERTA deberá estar numerada y foliada en todas sus hojas en orden correlativo de incorporación en el ángulo superior derecho de la hoja, incluso cuando se integre con más de un cuerpo y, en el caso de la documentación correspondiente al SOBRE N° 1, en la forma prevista en la sección 10.2 del presente PLIEGO.
Los cuerpos numerados de las OFERTAS no excederán de las DOSCIENTAS (200) hojas, las que estarán contenidas y sujetas en una carpeta rígida. En el anverso, reverso y lomo de las carpetas se consignarán, según corresponda, las siguientes leyendas requeridas: 1) “SOBRE N° 1”: Antecedentes del OFERENTE y OFERTA técnica; y 2) “SOBRE N° 2”: OFERTA económica.
9.2. LOS SOBRES Y CANTIDAD DE EJEMPLARES
Las OFERTAS se deberán presentar en sobre cerrado o caja cerrada, con la siguiente leyenda: PROVINCIA XX XXXXXXX
Concurso Público de Etapa Múltiple Nacional e Internacional Nº [ ]/2019 IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA EL QUE SE PRESENTA:
Proyecto de Participación Público Privada – CENTRO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS “VILLA LOS PENITENTES”
Fecha de Recepción: ....... de ......................... de 2019, hora: ...........
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………….
El sobre o caja incluirá en su interior los SOBRES, que deberán ser identificados como:
1) “SOBRE N° 1”: Antecedentes del OFERENTE y OFERTA Técnica;
2) “SOBRE N° 2”: OFERTA económica.
Los SOBRES deberán ser opacos y estar perfectamente cerrados, sellados y firmados. Los SOBRES serán suscriptos por el REPRESENTANTE del OFERENTE, cuya firma será estampada cruzando los lugares normales de apertura.
Cuando el volumen de la documentación así lo exija, los SOBRES podrán ser reemplazados por cajas que deberán cumplir las mismas condiciones que los SOBRES.
Asimismo, si fuera necesario dividir la OFERTA en DOS (2) o más sobres o cajas, se consignará también en cada uno de estos las distintas secciones como bis, ter, quater y así sucesivamente.
9.3. COPIAS. SOPORTE
Las OFERTAS deben presentarse junto con DOS (2) copias simples de la OFERTA original. Toda la documentación integrante de la OFERTA deberá asimismo entregarse en un soporte digital (en CD, DVD o pendrive), en forma separada para cada uno de los SOBRES, respetando sus formatos y extensiones originales.
9.4. TRASPASO Y CONFORMIDAD
La entrega del sobre o cajas que contengan la OFERTA implica la transmisión de la propiedad sobre todo lo que en los mismos se halle contenido, no teniendo los OFERENTES, en ningún caso, derecho a su
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devolución, sin perjuicio de la facultad de la COMISIÓN EVALUADORA o de la PROVINCIA de devolverlos en los casos que lo juzgue pertinente.
La entrega de los SOBRES también implica la conformidad irrevocable para que se proceda a la destrucción del SOBRE N° 2 (OFERTA económica) sin abrir, en caso de no resultar admitido o precalificado como OFERENTE.
ARTÍCULO 10°: CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La presentación de la OFERTA implicará para el OFERENTE asignar el carácter de declaración jurada a toda la información y documentación que consignen y acompañen a aquella.
No será necesaria la presentación del presente PLIEGO o de las circulares firmados junto con la OFERTA.
10.1. ÍNDICES DE LA PRESENTACIÓN
El OFERENTE deberá encabezar su OFERTA con un índice general de la documentación que se acompañe, con indicación de los correspondientes números de fojas. Deberá mantener el orden y la numeración de acuerdo a la planilla modelo que se adjunta.
En el caso en que la OFERTA esté constituida por varios cuerpos, cada uno de ellos deberá contener el correspondiente índice general y el índice de cada tomo en particular.
10.2. CONTENIDO DEL SOBRE N° 1 - ANTECEDENTES DEL OFERENTE Y OFERTA TÉCNICA
Los OFERENTES deberán presentar la documentación detallada en los apartados 10.2.1 y 10.2.2 del presente PLIEGO, la cual conformará el contenido del SOBRE N° 1. Sin perjuicio de lo anterior, los OFERENTES deberán presentar toda otra documentación adicional que les sea solicitada a los fines de clarificar la información volcada en su OFERTA.
10.2.1. ANTECEDEDENTES DEL OFERENTE:
Carta de identificación del OFERENTE, o de cada integrante del OFERENTE, con firma certificada por escribano público. En los casos en que el OFERENTE se encuentre integrado por más de una persona, deberá indicarse con carácter vinculante en la carta de identificación la participación que cada integrante tendrá en el capital social del CONTRATISTA PPP, en caso de resultar ADJUDICATARIO.
I. En caso de que el OFERENTE o una persona integrante del OFERENTE fue se una pe rsona constituida en la Re pública Arge ntina:
a. Copia del contrato social o de los estatutos societarios, sus modificaciones y última acta de designación de autoridades conforme al tipo societario que se trate, todo ello certificado por escribano público, y de corresponder legalizado, con constancias de las debidas inscripciones ante el Registro Público de Comercio pertinente.
b. Copia debidamente certificada, y de corresponder legalizada, de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del REPRESENTANTE que representará en el CONCURSO PÚBLICO al OFERENTE.
c. Declaración jurada conforme modelo ANEXO I (DECLARACIÓN JURADA GENERAL).
II. En caso de que el OFERENTE o una pe rsona inte grante de l OFERENTE fue se una pe rsona constituida en el exterior de la Re pública Arge ntina:
a. Acreditar la existencia de la sociedad con arreglo a las leyes de su país.
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b. Copia debidamente certificada y legalizada de los documentos de los cuales resulte la personería y las facultades suficientes del REPRESENTANTE que representará en el CONCURSO PÚBLICO al OFERENTE.
c. Declaración jurada conforme modelo ANEXO I (DECLARACIÓN JURADA GENERAL).
d. Toda la documentación deberá estar legalizada mediante el procedimiento de la "Apostille" o debidamente consularizada.
e. No será requisito para la presentación de una OFERTA que la persona jurídica constituida en el exterior de la República Argentina haya dado previo cumplimiento a los requisitos dispuestos en el Capítulo I, Sección XV, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de la obligación de cumplir con dichos requisitos con anterioridad a la suscripción del CONTRATO PPP en caso de resultar ADJUDICATARIO.
III. Otros recaudos formale s comunes a todos los OFERENTES:
a) Documentación que acredite la solvencia financiera y patrimonial del OFERENTE firmados por el REPRESENTANTE. A los fines de acreditar que los oferentes cuentan con la solvencia financiera necesaria para ejecutar el PROYECTO deberán acompañar a su propuesta un plan de trabajos completo y detallado, que asocie una curva de inversión en la que se especifiquen las fuentes de financiamiento que dan sustento a la inversión proyectada.
b) Constancia que acredite la constitución de la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA, de acuerdo con lo previsto en el presente PLIEGO.
10.2.2. OFERTA TÉCNICA-PROYECTO:
La documentación aquí requerida será completada con la información que permita verificar la calidad de la OFERTA en función de los requerimientos del presente CONCURSO PÚBLICO. Las memorias contendrán referencias precisas sobre el desempeño de los elementos propuestos, describiendo los niveles de prestación calculados para los componentes de cada sistema. En cada caso, se mencionarán expresamente los Códigos, Normas y Reglamentaciones aplicados al dimensionar y calcular los distintos sistemas que permitieron delinear las pautas y características del PROYECTO propuesto.
La documentación gráfica debe permitir una comprensión completa y correcta del PROYECTO propuesto en la OFERTA.
A continuación, se enumeran los documentos que deberá presentar el OFERENTE para su evaluación integral y la referida a cada una de las matrices que integran la forma de evaluación técnica de las OFERTAS:
10.2.2.1. RESPECTO AL INMUEBLE E INFRAESTRUCTURA
Deberá presentarse el correspondiente certificado de visita al INMUEBLE y su infraestructura existente o adherida al mismo.
10.2.2.2. RESPECTO A LA MATRIZ 1: EVALUACIÓN DEL PERFIL TÉCNICO DEL OFERENTE
A fin de permitir la evaluación de los antecedentes técnicos del OFERENTE de conformidad con la MATRIZ 1, el mismo deberá acompañar la siguiente documentación:
1. MEMORIA DESCRIPTIVA DE PROYECTOS SIMILARES: debe contener una descripción sintética y concisa de los aspectos relevantes de los proyectos similares al que se propone para el presente CONCURSO PÚBLICO, ejecutados por el OFERENTE o por quienes integren un consorcio junto al OFERENTE, incluyendo superficies construidas, año de terminación y toda otra información relevante.
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2. IMÁGENES DE LOS PROYECTOS EJECUTADOS: entre 2 (dos) y 10 (fotos) de cada uno de los proyectos ejecutados.
Preferentemente serán los mismos descriptos en la memoria del punto anterior.
3. ARTÍCULOS VARIOS PUBLICADOS SOBRE LOS PROYECTOS: si existieran publicaciones sobre el o los proyectos ejecutados en los distintos medios de difusión del rubro, los mismos se podrán adosar a la documentación presentada.
4. CERTIFICADO DE GESTIÓN DE CALIDAD DEL PROPONENTE: Se evaluará la presentación del certificado ISO 9001 que garantice la calidad de los productos y servicios de las empresas.
5. CERTIFICADO DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROPONENTE: Se evaluará la presentación del Certificado ISO 14001.
6. CERTIFICADO DE SISTEMA SEGURIDAD E HIGIENE DEL PROPONENTE: Se evaluará la presentación del Certificado ISO 45001/OHSAS 18001.
7. ORGANIGRAMA DEL EQUIPO DE ASESORES PROFESIONALES ABOCADOS AL PROYECTO OBJETO DEL CONCURSO PÚBLICO Y A LA OBRA: deberá reflejar las cualidades, la experiencia y las aptitudes del equipo interdisciplinario que integrará el equipo de proyecto y obra para el proyecto objeto del CONCURSO PÚBLICO.
10.2.2.3. RESPECTO A LA MATRIZ 2: EVALUACIÓN DEL PROYECTO
A fin de permitir la ponderación del PROYECTO presentado por el OFERENTE de conformidad con la MATRIZ 2, el mismo deberá acompañar la siguiente documentación:
1. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO: deberá explicar las intenciones proyectuales con detalle de la infraestructura, bienes, construcciones y modelo de gestión y administración del “Centro de Actividades Deportivas Los Penitentes”, evitando la descripción o reiteración de la información suministrada en los demás elementos. Su contenido reforzará las intenciones sobre los aspectos significativos de la solución propuesta, como así también de las principales ideas y conceptos urbanísticos, arquitectónicos y de la implantación del proyecto en su entorno. Se pueden incluir en la memoria gráficos y esquemas.
IMPORTANTE: Será condición esencial a considerar dentro de las intenciones proyectuales del proponente, la inclusión e integración al PROYECTO, de uno o más PRESTADORES LOCALES de servicios vinculados al desarrollo de las actividades deportivas de la Villa Los Penitentes, que acrediten su presencia y actividad de soporte o servicios en la zona de la Villa, durante los últimos tres años como mínimo hasta la fecha de la convocatoria del CONCURSO PÚBLICO. Tales PRESTADORES LOCALES podrán revestir la calidad de PROPONENTES, debiendo observar alguna de las modalidades de integración asociativa, entre las previstas por la legislación vigente.
2. MEMORIA DE CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS: descripción que indique las características del proyecto objeto del CONCURSO PÚBLICO respecto del cumplimiento de las normas exigidas en el Código de Edificación de la Municipalidad del Departamento de Las Xxxxx, Provincia xx Xxxxxxx en lo que se refiere a núcleos sanitarios, accesibilidad, núcleos verticales de circulación, entre otros.
3. MEMORIA DE FLUJO DE SEGURIDAD: deberá reflejar el estudio del tránsito peatonal y de circulación de las personas en general y de los deportistas en particular, dentro del predio en el que se desarrollarán las actividades inherentes al PROYECTO, conjugando la vía pública, los sectores comerciales, estacionamientos, y del servicio de salud (mínimo atención primaria) ante los eventuales accidentes que afecten a las personas y deportistas. Puede incluir gráficos y esquemas.
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4. MEMORIA TÉCNICA DE LOS LOCALES COMERCIALES: deberá reflejar los criterios de proyecto utilizados para el diseño del sector comercial. Deberá demostrar la capacidad de ocupación de los espacios.
5. MEMORIA TÉCNICA DE LA GUARDERÍA MATERNAL: deberá reflejar los criterios de proyecto utilizados para el diseño de una guardería maternal. Deberá demostrar la independencia de usos respecto del que corresponde a otras construcciones, la capacidad de ocupación de los espacios, los materiales empleados para la función de guardería, entre otras descripciones relevantes para su uso.
6. MEMORIA DE TECNOLOGÍAS SUSTENTABLES: Deberá reflejar los distintos sistemas de energía que utilizará para el PROYECTO, buscando optimizar los recursos naturales en el uso de energías alternativas que permitan obtener la autosustentabilidad y la eficiencia energética. Deberá describir de manera objetiva la instalación de referencia explicando el sistema adoptado en su totalidad. La memoria deberá ser concisa y deberá expresar las ideas que sustentan las propuestas, así como sus parámetros sustentables. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas.
7. MEMORIA DE MANEJO DE RESIDUOS: deberá indicar el flujo de los residuos, como se tratarán y manipularán hasta el punto donde serán recolectados para su disposición final, indicando asimismo el tiempo de permanencia de los residuos en las áreas de depósito de los mismos. Debe reflejar las acciones que se adoptarán en cuanto a reducir, reutilizar y reciclar los materiales de residuos, así como la adecuada disposición de lo no aprovechable.
8. MEMORIA DESCRIPTIVA ESTRUCTURAL: deberá describir la estructura adoptada para la infraestructura propuesta, teniendo en cuenta el sistema de fundación, materialidad, etc. Puede incluir gráficos y esquemas.
9. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS MATERIALES ADOPTADOS: en caso de incluirse en el PROYECTO la construcción de edificios, deberá describir de manera objetiva las calidades y cualidades de los materiales elegidos como mínimo en los pisos, revestimientos, cielorrasos, artefactos y griferías sanitarias, pintura, tabiques divisorios, muebles fijos de cocina y comedores para la conformación del proyecto objeto del CONCURSO PÚBLICO. Debe indicarse las especificaciones de las instalaciones eléctricas y sanitarias. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas.
10. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LAS INSTALACIÓN DE SEGURIDAD: debe especificar la infraestructura para prevención de catástrofes climáticas, incendios, sismos. Deberá describir de manera objetiva la infraestructura de referencia explicando el sistema adoptado en su totalidad. La memoria deberá ser concisa y deberá expresar las ideas que sustentan las propuestas, así como sus parámetros sustentables. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas.
11. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA INSTALACIÓN ELECTROMECÁNICAY ESTRUCTURAL (MEDIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CABLE Y DE ARRASTRE): debe especificar marca y modelo de los equipos y materiales a utilizar. Deberá demostrar que la capacidad de traslado y aptitud para transportar a la población que hará uso de los medios. Deberá explicitar la eficiencia energética del sistema demostrando el ahorro energético y sus beneficios. La memoria será concisa y expresará las ideas que sustentan las propuestas, así como sus parámetros
sustentables. Puede incluir folletos, gráficos y esquemas. Contemplará describir de manera objetiva la instalación de referencia explicando el sistema adoptado en cada uno de ellos y en su totalidad.
12. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA INSTALACIÓN QUE CORRESPONDA Y NO ESTÉ ENUNCIADA EN EL LISTADO PRECEDENTE: debe especificar cualquier otro sistema adoptado en el proyecto objeto del CONCURSO PÚBLICO, cumpliendo con el mismo detalle y descripción de lo enunciado para las demás instalaciones.
13. CRONOGRAMA DE PROYECTO EJECUTIVO. Se presentará completo, incluyendo el tiempo destinado a la materialización del proyecto ejecutivo con sus hitos de entregas parciales y totales,
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incluyendo la revisión y aprobación por parte del ENTE CONTRATANTE. Deberá considerar el tiempo de tramitación ante cada ente, aprobaciones y habilitaciones y todo otro hito relevante que lo componga. Todo lo descripto no podrá superar el tiempo total de CINCO (5) AÑOS contados desde la fecha de firma del CONTRATO PPP.
10.2.3. FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DE LA OFERTA TÉCNICA
El presente artículo indica el formato con que los OFERENTES deberán presentar la documentación técnica exigida en el Artículo 10.2.2 anterior, a los efectos de la evaluación del SOBRE N° 1.
Toda la documentación será entregada en formato digital y papel. La presentación se compondrá en original y dos copias de toda la documentación enunciada.
Todas las láminas estarán en formato PDF en el tamaño correspondiente:
● Las memorias de proyecto se presentarán en formato .doc y .pdf
● Las Planillas, en formato .xlsx y .pdf.
10.2.3.1. DOCUMENTACIÓN ESCRITA
La documentación escrita se presentará en hojas A4 contenidas en carpetas plásticas con indicación en frente y lomo de su contenido. Cada carpeta tendrá su propio índice de contenido y separadores por temas. Las hojas serán numeradas correlativamente. La documentación deberá presentarse acompañada de un listado detallado de todos los planos, pliegos y documentos que la componen.
10.2.3.2. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
La documentación gráfica que acompañen los oferentes a efecto de ilustrar el PROYECTO propuesto en la OFERTA debe permitir una comprensión completa y correcta del mismo.
La diagramación de la entrega se realizará en láminas A0 color indicando las escalas aplicadas, las medidas de longitud y superficie, para las cuales se usará el sistema métrico decimal.
Todas las representaciones de plantas, elevaciones y cortes deberán presentar un grado de definición dimensional indicado por líneas de acotado, que permita la determinación inequívoca de las medidas de todos los locales e infraestructura proyectada.
Todas las láminas llevarán su correspondiente rótulo en el margen derecho del sector inferior de la hoja.
Conjuntamente con la documentación gráfica anteriormente indicada los oferentes expondrán el PROYECTO en imagen digital del modelo o proyecto en 3D (Render), el que se adjuntará en alguno de los soportes digitales previstos por el Artículo 9.3 de este Pliego
10.2.3.3. CONTENIDO DE LAS CARPETAS PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA
Las carpetas que integren el Sobre N°1 deberán ser identificadas siguiendo el orden de la siguiente planilla:
CARPETA TEMA ORDEN DOCUMENTACIÓN A EVALUAR ENTREGADO Nº1 PERFIL TÉCNICO DEL OFERENTE
1 Memoria descriptiva de proyectos construidos 2 Imágenes de los proyectos construidos
3 Artículos varios publicados sobre los proyectos
4 Certificado de gestión de calidad de los proponentes
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5 Certificado de gestión ambiental de los proponentes
6 Certificado de sistema seguridad e higiene de los proponentes
7 Organigrama del equipo de asesores profesionales abocados al proyecto objeto del concurso público y el PROYECTO
Nº2 PROYECTO
1 Memoria descriptiva del PROYECTO
2 Memoria de cumplimiento de normativas 3 Memoria de flujo de seguridad
4 Memoria técnica de los locales comerciales 5 Memoria técnica de la guardería maternal 6 Memoria de tecnologías sustentables
7 Memoria de manejo de residuos 8 Memoria descriptiva estructural
9 Memoria descriptiva de los materiales adoptados
10 Memoria descriptiva de las instalaciones de seguridad
11 Memoria descriptiva de la instalación electromecánica y estructural (medios de transporte de personas por cable y de arrastre)
12 Memoria descriptiva de la instalación que corresponda y no esté enunciada en el listado Precedente.
13 Cronograma de proyecto ejecutivo
10.3. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 - OFERTA ECONÓMICA
A continuación, se establecen las pautas que deberá contemplar el OFERENTE para presentar su OFERTA económica.
Se aclara que dicha OFERTA no tiene por objeto precisar el monto de una suma dineraria en concepto de inversión y financiamiento del PROYECTO.
Tampoco implica necesariamente –aunque sí puede considerarlo el PROPONENTE- el desembolso de sumas dinerarias a favor de la PROVINCIA.
En modo alguno, y bajo pena de rechazo de la OFERTA, la oferta económica (ni el plan de inversión) podrá comprometer el pago o aportes de cualquier otra clase, por parte de la PROVINCIA, que sean distintos del derecho a usar y gozar de los bienes inmuebles, muebles y de infraestructura del domino o bajo posesión de la PROVINCIA, en el estado en que los mismos se encuentran y que se detallan en el ANEXO II (PLANIMETRÍA VILLA LOS PENITENTES)
Las siguientes podrán ser algunas de las modalidades posibles de OFERTAS económicas a presentarse, recordando que es de la esencia del CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA su flexibilidad.
10.3.1. OFERTA ECONÓMICA DE PAGO DE CANON
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En esta modalidad el OFERENTE deberá cotizar un CANON expresado en una suma de dinero determinada o mediante un porcentaje de retribución que se propone pagar a LA PROVINCIA por los derechos y aportes que LA PROVINCIA realizará para el PROYECTO.
El OFERENTE indicará la moneda de la obligación dineraria, las bases de liquidación o determinación de la misma, la periodicidad del pago y cualquier otro elemento que permita la comprensión cabal de la OFERTA.
El monto ofertado deberá ser expresado en números y letras, podrá ser un número entero o contener hasta un máximo de DOS (2) decimales. Cuando haya una contradicción entre un valor consignado en números y en letras, prevalecerá el consignado en letras.
10.3.2. OFERTA ECONÓMICA POR ASIGNACIÓN DE DERECHOS
En esta modalidad el OFERENTE deberá ofertar la asignación de los derechos que tendrá la PROVINCIA en retribución a los aportes que ésta compromete para el PROYECTO.
Podrán consistir, v.g., en un porcentaje de los réditos del PROYECTO, en una participación en el capital accionario de la sociedad (SAFE) que asumirá la gestión y explotación del PROYECTO, etc.
ARTÍCULO 11°: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
11.1 CONSTITUCIÓN. FORMALIDAD
Para asegurar el mantenimiento de la OFERTA y de las obligaciones establecidas en el presente PLIEGO, los OFERENTES deberán constituir y acompañar en ocasión de la presentación de la OFERTA una garantía incondicional e irrevocable de mantenimiento de la OFERTA, a favor de la PROVINCIA, por un monto fijo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL (USD 100.0000), ejecutable a primer requerimiento.
La GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA deberá ser constituida mediante un pagaré a la vista, a la orden de la PROVINCIA, salvo que el OFERENTE sea o esté integrado por sujetos extranjeros sin asiento permanente en la República Argentina, en cuyo caso, la garantía deberá ser constituida mediante póliza de caución tomada con Aseguradora de primera línea en el mercado.
Si el OFERENTE: (a) comunicase el desistimiento de su OFERTA antes de la caducidad del plazo original de mantenimiento de la misma; (b) falseara la información consignada con carácter de DECLARACIÓN JURADA; (c) no firmare el CONTRATO PPP de acuerdo a lo estipulado en el PLIEGO o (d) no suministre las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO y la GARANTÍA DE CIERRE FINANCIERO, en la oportunidad y en las condiciones previstas en el CONTRATO PPP, la PROVINCIA procederá a ejecutar, en esos casos, la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA, sin necesidad de interpelación administrativa o judicial previa alguna y sin que ello genere derecho a reclamo o resarcimiento de ninguna índole por parte del OFERENTE.
11.2 DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Dentro de los CINCO (5) DIAS HÁBILES de la suscripción del CONTRATO PPP, y una vez acreditados los requisitos previos previstos en el Artículo 20.2 (iii) y (iv) xxx XXXXXX, le será restituida al CONTRATISTA PPP la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
La GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA será restituida al resto de los OFERENTES una vez suscripto el CONTRATO PPP por el ADJUDICATARIO.
ARTÍCULO 12°: PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA - ACTA DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
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12.1. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las OFERTAS y la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA deberán presentarse en [SE INDICARÁ LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACION], o el DÍA HÁBIL inmediatamente
posterior si dicha fecha deviniera en un día inhábil, a la misma hora fijada.
La autoridad que la PROVINCIA designe para presidir el acto de apertura de las OFERTAS, a la hora límite fijada para su presentación, supervisará personalmente la entrega de las mismas, junto con su correspondiente GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA, de todo lo cual dejará constancia en el ACTA DE RECEPCIÓN.
Las OFERTAS deberán ser presentadas por el REPRESENTANTE del OFERENTE, debiendo exhibir copia debidamente certificada ante escribano público del instrumento que acredite la personería, con la legalización respectiva, de corresponder.
En todos los casos, el OFERENTE será el único responsable de que su OFERTA sea presentada a tiempo.
A partir de la hora fijada como término para la recepción de las OFERTAS no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Se considerará que se ha presentado OFERTA dentro del plazo, si esta ha ingresado al lugar en el que se registra la presentación de OFERTAS hasta la fecha y hora límite establecida para el efecto en la CONVOCATORIA.
La posibilidad de modificar la OFERTA precluirá con su presentación.
12.2. RETIRO DE OFERTAS
Una vez presentada la OFERTA, los OFERENTES podrán desistir de su participación en el CONCURSO PÚBLICO, pero no podrán retirar su OFERTA.
La PROVINCIA ejecutará la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA de todo aquel que desista de participar en el CONCURSO PÚBLICO en forma posterior a la fecha y hora límite para la presentación de OFERTAS.
12.3. RECEPCIÓN DE OFERTAS
La autoridad que la PROVINCIA designe para presidir el acto de recepción de las OFERTAS, registrará la recepción de las OFERTAS y de las GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA en el ACTA DE RECEPCIÓN según el orden de presentación, donde hará constar (i) el nombre del OFERENTE, (ii) su DOMICILIO CONSTITUIDO y su DOMICILIO ELECTRÓNICO para efectos de
notificaciones, (iii) la fecha y hora de recepción, (iv) el nombre del REPRESENTANTE que la presentó, y (v) si acompañó o no junto con su OFERTA la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA, así como el monto y el modo por el que esta se haya constituido.
Como constancia de haber recibido la OFERTA dentro del plazo estipulado, la PROVINCIA extenderá un recibo en el que se incluirá toda la información antes descrita y toda otra información u observación que se considere importante. En todos los casos el OFERENTE será responsable de obtener el recibo de recepción correspondiente.
12.4. ACEPTACIÓN DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL PLIEGO
La presentación de la OFERTA implica, sin admitir prueba en contrario, el conocimiento y aceptación de todas las disposiciones contenidas en el PLIEGO como así también de todas las circulares aclaratorias o modificatorias y de los términos y condiciones del CONTRATO PPP, así como de la LEGISLACIÓN APLICABLE.
La presentación como OFERENTE también implica la renuncia a plantear cualquier tipo de reclamo judicial o extrajudicial basado en la disconformidad con lo establecido en el PLIEGO.
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ARTÍCULO 13°: APERTURA DE SOBRES
Finalizada la recepción de las OFERTAS se procederá a la apertura de los SOBRES N° 1 —conforme al orden de recepción de OFERTAS establecido en el ACTA DE RECEPCIÓN, por medio de la autoridad que se designe, de los funcionarios de las dependencias designados y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.
Los SOBRES N° 2 no serán abiertos en dicho acto, manteniéndose bajo custodia y reserva de la Escribanía General de Gobierno de la PROVINCIA. Asimismo, se constatará su efectivo cierre y se estampará el sello y firma xxx xxxxxxxxx público para su posterior y eventual consideración.
El ACTA DE APERTURA DE LOS SOBRES Nº 1 será firmada por el escribano interviniente, funcionarios designados al efecto y por los OFERENTES presentes que desearan hacerlo.
En el acto de apertura de los SOBRES no se permitirán interrupciones. Cualquier observación deberá ser efectuada al finalizar el mismo, debiendo constar en el ACTA DE APERTURA DE LOS SOBRES Nº 1.
Ninguna OFERTA presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis.
ARTÍCULO 14°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los OFERENTES deberán mantener las OFERTAS sin posibilidad de modificar las mismas por el término de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura y recepción de las OFERTAS establecido en la CONVOCATORIA. A su vencimiento, el plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial, salvo que el OFERENTE manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el mantenimiento de su OFERTA con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del plazo.
ARTÍCULO 15: VISTA DE LAS OFERTAS
Los originales del contenido de los SOBRES N° 1 serán exhibidos a los OFERENTES por el término mínimo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, contados a partir del DÍA HÁBIL inmediato siguiente al del acto de apertura de los mismos.
Los OFERENTES podrán solicitar copia a su costo de las OFERTAS presentadas por los restantes OFERENTES.
ARTÍCULO 16: COMISIÓN EVALUADORA. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
16.1. COMISIÓN EVALUADORA. FUNCIONES
Sin perjuicio de las demás funciones atribuidas por las leyes vigentes, la COMISIÓN EVALUADORA tendrá a su cargo:
(i) Verificar que las OFERTAS cumplan con los requisitos legales y técnicos y las exigencias establecidas en el PLIEGO del presente CONCURSO PÚBLICO para la presentación de las OFERTAS.
(ii) Recomendar a la PROVINCIA, a través del DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE PRECALIFICACIÓN y del DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS, el rechazo de las OFERTAS que presenten errores esenciales y no subsanables, falta de documentación, o que de cualquier otra forma no presenten consistencia con el PLIEGO del presente CONCURSO PÚBLICO.
(iii) Emitir el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE PRECALIFICACIÓN.
(iv) Emitir el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS.
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Los dictámenes de la COMISIÓN EVALUADORA versarán sobre el cumplimiento de los requisitos xxx XXXXXX, la admisibilidad de las OFERTAS y podrán contener las recomendaciones que, en su caso, estime conveniente formular. Los dictámenes no tendrán carácter vinculante y no serán impugnables.
La evaluación del contenido de las OFERTAS estará a cargo de la COMISIÓN EVALUADORA, la que deberá requerir, en forma previa a la emisión del DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE PRECALIFICACIÓN, la intervención de uno o más ASESORES TÉCNICOS para la evaluación de los SOBRES N° 1.
16.2. SERIEDAD DE OFERTA. SUBSANACIÓN DE ERRORES
La COMISIÓN EVALUADORA podrá solicitar a los OFERENTES informes técnicos cuando de los informes emitidos por los ASESORES TÉCNICOS surja que la OFERTA no podría ser cumplida en la forma debida.
Asimismo, la COMISIÓN EVALUADORA, al constatar la existencia de errores u omisiones no esenciales, deberá intimar al OFERENTE a que subsane dichos errores u omisiones dentro del término de TRES (3) DÍAS HÁBILES.
Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones no esenciales contenidos en las OFERTAS se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la PROVINCIA la posibilidad de contar con la mayor cantidad de OFERTAS válidas posibles.
La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, así como también respecto de errores en documentos u omisiones de presentación de documentos, que no tengan incidencia en el análisis comparativo de las OFERTAS.
La corrección de errores u omisiones no esenciales también podrá ser presentada en forma espontánea por el OFERENTE y no podrá ser utilizada para alterar la sustancia de la OFERTA o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás OFERENTES.
ARTÍCULO 17: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA
La evaluación de la OFERTA TÉCNICA se realizará con la documentación entregada por el OFERENTE en el SOBRE N°1 mediante la utilización de las DOS (2) matrices de evaluación que se listan a continuación:
● MATRIZ 1: EVALUACIÓN DEL PERFIL TÉCNICO DEL OFERENTE;
● MATRIZ 2: EVALUACIÓN DEL PROYECTO
La COMISIÓN EVALUADORA evaluará el contenido del SOBRE Nº 1 mediante la determinación del cumplimiento de la presentación de documentación antecedentes y los requerimientos técnicos bajo el presente y sus respectivos anexos, o la ausencia de dichos cumplimientos y no mediante la asignación de puntajes a un determinado concepto o ítem.
En este estudio, se valorarán los antecedentes de los oferentes en proyectos similares, las características técnicas del proyecto propuesto, y las mejores prácticas en materia de sustentabilidad, con énfasis en el aspecto ambiental y la responsabilidad social empresaria, tales como: - La utilización de energías renovables - La conservación y preservación de los recursos naturales, especialmente las áreas forestadas
- El aprovechamiento y la conservación del paisaje natural y cultural. - La conservación y mejoramiento del ambiente natural abarcando los aspectos paisajísticos, históricos, turísticos, mediante una adecuada organización de las actividades en el espacio urbano y natural, y una apropiada materialización de los edificios que las contengan. - La diversificación de los usos en las diferentes áreas, en tanto sean compatibles, estimulen la vida en comunidad y optimicen los desplazamientos de la población.
17.1. MATRIZ 1: EVALUACIÓN DEL PERFIL TECNICO DEL OFERENTE
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La MATRIZ 1 será el instrumento de evaluación del perfil técnico del OFERENTE. Para la admisibilidad de la misma, se requiere que un satisfactorio nivel de cumplimiento de todos los recaudos previstos para esta MATRIZ 1. Aquellas OFERTAS que no cumplan con los estándares requeridos para el presente CONCURSO PÚBLICO, serán declaradas inadmisibles.
17.2. MATRIZ 2: EVALUACIÓN DEL PROYECTO
La MATRIZ 2 será el instrumento de evaluación del PROYECTO propuesto por el OFERENTE. Para la admisibilidad de la misma, se requiere que un satisfactorio nivel de cumplimiento de todos los recaudos previstos para esta MATRIZ 1. Aquellas OFERTAS que no cumplan con los estándares requeridos para el presente CONCURSO PÚBLICO, serán declaradas inadmisibles.
17.3 GRILLA DE PUNTAJE
La evaluación de las OFERTAS se llevará a cabo sobre la base del análisis del cumplimiento de los recaudos exigidos en estas Bases, la ausencia de causales de exclusión, previa verificación del cumplimiento de las capacidades legal, técnica y económica. Los criterios de evaluación y puntaje máximo que se asignará para la evaluación son los siguientes:
1. Conceptualización y Fundamentos de la Propuesta. De 0 a 10 puntos.
2. Antecedentes en Diseño, Construcción y Experiencia y Antigüedad comprobable en la operatividad del PROYECTO objeto de Concurso Público. De 0 a 10 puntos
3. Características y Sustentabilidad en la Propuesta Arquitectónica e Infraestructura. Se valorará la obtención del mejor equilibrio entre la zona de intervención y los servicios a prestar. De 0 a 10 puntos.
4. Plazo de ejecución de la Inversión –naturalmente en el menor plazo posible- acorde a la inversión y estructura de las propuestas: De 0 a 10 puntos.
5. Ampliación y diversificación de la oferta turística y deportiva en época invernal y estival. De 0 a 10 puntos.
6. Propuesta de integración y asociación de empresas locales al PROYECTO. De 0 a 20 puntos.
7. Inversión Comprometida y estructuración financiera: De 0 a 10 puntos.
ARTÍCULO 18: ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La etapa de evaluación de las OFERTAS es confidencial, por lo cual durante esa etapa no se concederá vista de las actuaciones.
18.1.- EVALUACIÓN DE LOS SOBRES N° 1 – INTERVENCIÓN DE LOS ASESORES TÉCNICOS - PLAZO PARA EMITIR EL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE PRECALIFICACIÓN
Transcurridos los plazos de vista, la COMISIÓN EVALUADORA analizará el contenido de dichos SOBRES N° 1 a fin de evaluar la coincidencia y cumplimiento, exclusivamente en cuanto a sus aspectos formales, entre la documentación acompañada a dichos SOBRES N° 1 y lo previsto en este PLIEGO, a fin de verificar si alguna de las OFERTAS debiera ser desestimada con causa en la omisión de documentación esencial en el marco del presente.
Finalizado dicho plazo, los SOBRES Nº 1 de las OFERTAS que cumplieren con los requisitos formales serán remitidos a los ASESORES TÉCNICOS para su evaluación.
Los ASESORES TÉCNICOS que fueren requeridos por la COMISIÓN EVALUADORA deberán expedirse necesariamente sobre el contenido relativo al SOBRE N° 1 y la adecuación de cada uno de los PROYECTOS a las especificaciones y contenidos detallados en: (i) el presente PLIEGO, (ii) lo dispuesto
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en relación con ellos en las MATRICES N°1 y 2; y (iii) a los méritos técnicos, de integración social y ambiental y otros que fueren de su propia competencia en relación con el PROYECTO, a través de la emisión de un informe de evaluación de los mismos, pudiendo contener además las recomendaciones que se estime conveniente formular.
El informe deberá ser comunicado a la COMISIÓN EVALUADORA dentro de los TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS días corridos de recibida la respectiva solicitud de intervención y la documentación cuyo análisis fuera requerido.
Dentro de los QUINCE (15) DÍAS CORRIDOS días corridos de recibidos los respectivos informes de los ASESORES TÉCNICOS, la COMISIÓN EVALUADORA emitirá el DICTAMEN DE EVALUACIÓN
DE PRECALIFICACIÓN expidiéndose fundadamente sobre la calidad de las OFERTAS, en donde se hará constar los siguientes datos: (i) OFERENTES admitidos y (ii) OFERENTES rechazados. Los OFERENTES admitidos serán considerados OFERENTES PRECALIFICADOS.
El mencionado plazo solo podrá ser excedido por causas excepcionales, las que deberán ser debidamente fundadas por la COMISIÓN EVALUADORA en su DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE
PRECALIFICACIÓN. A dichos efectos, se entenderá como causal excepcional el pedido razonable de precisiones o información adicional realizado por la COMISIÓN EVALUADORA a un OFERENTE a los efectos de analizar correctamente su OFERTA cuando dichas precisiones o información fuera necesaria para analizar la OFERTA.
El DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE PRECALIFICACIÓN se publicará en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
18.2. RESOLUCIÓN DE INADMISIBILIDAD DE OFERTAS
Para el caso de existir una o más OFERTAS que deban ser desestimadas por no dar cumplimiento a lo previsto en este PLIEGO, la AUTORIDAD CONVOCANTE, dentro de los DIEZ (10) DÍAS CORRIDOS [COMPLETAR] ([COMPLETAR]) de recibido el dictamen de la COMISIÓN EVALUADORA previsto en el Artículo 18.1 anterior, deberá emitir una resolución fundada en dicho sentido, estableciendo claramente cuál o cuáles OFERTAS serán desestimadas por no haber dado cumplimiento a lo previsto en este PLIEGO.
18.3. APERTURA DE LOS SOBRES N° 2
Una vez completada la evaluación de los SOBRES N° 1, se procederá a la apertura de los SOBRES N° 2.
La apertura se efectuará en acto público cuya fecha, hora y lugar serán informados por circular y difundidos en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
Se procederá a la apertura de los SOBRES N° 2 de los OFERENTES PRECALIFICADOS en presencia xxx xxxxxxxxx que fuese designado depositario de los mismos en el ACTA DE RECEPCIÓN DE APERTURA.
Los OFERENTES podrán tomar vista de las OFERTAS económicas en el mismo acto de apertura del SOBRE N° 2, debiéndose dejar constancia de dicha circunstancia. Una vez tomadas las vistas por los OFERENTES que así lo requieran, la PROVINCIA, entregará en el mismo acto las OFERTAS económicas a la COMISIÓN EVALUADORA.
La OFERTAS económicas contenidas en el SOBRE N° 2 son irrevocables e inmodificables. En ningún caso, bajo ninguna circunstancia, la AUTORIDAD CONVOCANTE admitirá modificación alguna de la OFERTA económica presentada por los OFERENTES en el SOBRE Nº 2, salvo lo previsto en el Artículo 18.4.
18.4. EVALUACIÓN DE LOS SOBRES N° 2 – OFERTA ECONÓMICA
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La COMISIÓN EVALUADORA procederá al análisis de las OFERTAS determinando cuáles cumplen con los requisitos exigidos en el PLIEGO del presente CONCURSO PÚBLICO.
La COMISIÓN EVALUADORA se expedirá sobre las OFERTAS a través del DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS, en el que se hará constar la recomendación sobre el orden de mérito propuesto a los efectos de la ADJUDICACIÓN por parte de la PROVINCIA.
El DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS deberá emitirse dentro del término xx XXXX (10) días corridos, contados a partir del DÍA HÁBIL inmediato siguiente a la fecha en la cual se hubiera procedido a la apertura de los SOBRES N° 2. Dicho DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS no será impugnable.
Dicho plazo solo podrá ser excedido por causas excepcionales, las que deberán ser debidamente fundadas por la COMISIÓN EVALUADORA en su DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS.
El DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS se comunicará a todos los OFERENTES dentro de los DOS (2) DÍAS HÁBILES de emitido, mediante su difusión en los sitios web xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx
18.5. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
La selección de la OFERTA económica más conveniente se realizará tomando en consideración su seriedad y factibilidad de cumplimiento. El mero hecho de proponerse mayores beneficios de contenido económico a favor de la PROVINCIA no implicará por sí el reconocimiento de una mejor valoración de conveniencia.
En este orden, la COMISIÓN EVALUADORA merituará la oferta económica de cada uno de los oferentes, asignando a las mismas un puntaje entre 0 a 20 puntos.
ARTÍCULO 19: ADJUDICACIÓN
19.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La ADJUDICACIÓN recaerá en la OFERTA que sea considerada la más conveniente para el interés público, para lo cual se valorará principalmente el puntaje que el proponente haya obtenido en la calificación del PROYECTO, y en su OFERTA económica.
La PROVINCIA podrá adjudicar, en los términos xxx XXXXXX aun en el caso de que existiera un único OFERENTE. Dentro de los 10 (DIEZ) días corridos de recibido el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS la PROVINCIA podrá resolver la ADJUDICACIÓN del CONCURSO
PÚBLICO o resolver la inconveniencia de la ADJUDICACIÓN en virtud del contenido de las OFERTAS presentadas, considerando para ello tanto las consideraciones esgrimidas por la COMISIÓN EVALUADORA como así también cualquier otro elemento que resulte de relevancia para el interés público comprometido en la contratación objeto del CONCURSO PÚBLICO.
19.2. AUTORIDAD COMPETENTE - NOTIFICACIÓN
La ADJUDICACIÓN deberá ser notificada al ADJUDICATARIO y al resto de los OFERENTES dentro de los TRES (3) días corridos de su dictado.
19.3. IMPUGNACIÓN
El acto de ADJUDICACIÓN podrá ser impugnado por los OFERENTES que se encuentren legitimados para ello por las vías y en los términos previstos en la LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
19.4. DESISTIMIENTO DEL ADJUDICATARIO
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El ADJUDICATARIO que hubiera desistido de su OFERTA luego del acto de ADJUDICACIÓN y dentro del plazo de mantenimiento de la OFERTA, será sancionado con la pérdida de la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
En dicho supuesto, la PROVINCIA podrá —de considerarlo conveniente para el interés público— adjudicar el CONCURSO PÚBLICO a favor de la siguiente OFERTA más conveniente, y así sucesivamente hasta adjudicar.
ARTÍCULO 20: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO PPP
20.1. PLAZO
El ENTE CONTRATANTE y el ADJUDICATARIO deberán suscribir el CONTRATO PPP dentro del plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha en la que el acto administrativo de ADJUDICACIÓN quede firme y consentido. Dicho plazo podrá ser ampliado por la AUTORIDAD CONVOCANTE, previa notificación fehaciente al ADJUDICATARIO.
20.2. REQUISITOS PREVIOS A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO PPP
En el acto de suscripción del CONTRATO PPP, el ADJUDICATARIO deberá:
(i) Acreditar la constitución a satisfacción de la PROVINCIA de las GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO en la forma, modalidad y de conformidad con lo previsto en el CONTRATO PPP.
(ii) Acreditar la implementación del Programa de Integridad exigido por los artículos 22 y 23 de la Ley Nº
27.401 y el cumplimiento de los “Requisitos de Integridad para la Contratación” conforme lo establece el MARCO DE INTEGRIDAD del CONTRATO PPP.
20.3 REQUISITOS DE INTEGRIDAD PARA LA CONTRATACIÓN
A fin de asumir la condición de CONTRATISTA PPP, el ADJUDICATARIO deberá entregar al ENTE CONTRATANTE:
a) Una evaluación de un Auditor Independiente Calificado o de un Consultor Independiente Calificado sobre la adecuación del Programa de Integridad del CONTRATISTA PPP.
b) Una Declaración Jurada de Integridad y un certificado de un Auditor Independiente calificado o de un consultor independiente calificado certificando, según su xxxx saber y entender y luego de un análisis razonable, que dicha declaración jurada del CONTRATISTA PPP es verdadera y correcta.
c) Un certificado reconociendo y aceptando la supervisión del proyecto por parte del SUPERVISOR DE INTEGRIDAD designado por la PROVINCIA, durante toda la vigencia del CONTRATO PPP.
d) Un certificado que identifique a todos los accionistas o el fiduciario CONTRATISTA PPP.
e) Un certificado del ADJUDICATARIO que identifique el nombre del empleado, directivo o gerente del CONTRATISTA PPP responsable de implementar el Programa de Integridad, y que certifique que tiene capacidad y recursos suficientes dentro de la organización para implementar el Programa de Integridad.
20.4. INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE PRESENTACIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA PPP
En caso de no presentarse la documentación detallada precedentemente, la PROVINCIA (i) dejará sin efecto la ADJUDICACIÓN, (ii) ejecutará la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA y
(iii) podrá –de considerarlo conveniente para el interés público, adjudicar el CONCURSO PÚBLICO a favor de la siguiente OFERTA más conveniente.
20.5. NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DEL ENTE CONTRATANTE
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Si el ENTE CONTRATANTE no se encontrare en condiciones de firmar el CONTRATO PPP dentro de los NOVENTA (90) días corridos de notificada la ADJUDICACIÓN, el ADJUDICATARIO podrá solicitar que ésta se deje sin efecto, con devolución de la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA, pero sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna a favor del ADJUDICATARIO.
20.6. ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO PPP
El CONTRATO PPP entrará en vigencia y surtirá plenos efectos jurídicos desde la FECHA DE SUSCRIPCIÓN del mismo, conforme a los términos que allí se establezcan.
ARTÍCULO 21: MULTAS Y SANCIONES
El CONTRATISTA PPP será pasible de la imposición de MULTAS y/o SANCIONES en caso de incumplimientos, según se disponga en el CONTRATO PPP, siendo supletoriamente aplicable el régimen previsto por el art. 154 de la Ley 8706.
ARTÍCULO 22: GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO
El CONTRATISTA PPP deberá elaborar y presentar el ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL de conformidad con lo previsto en el CONTRATO PPP.
El CONTRATISTA PPP se obliga, además, a cumplir la LEGISLACIÓN APLICABLE en materia ambiental y social, y las obligaciones establecidas en el PLIEGO, en el CONTRATO PPP y en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en materia ambiental y social, y a dar cumplimiento a la Ley de Medio Ambiente N° 5.961 y reglamentación.
El CONTRATISTA PPP asumirá también la responsabilidad de la gestión ambiental y social de la OBRA y deberá obtener toda otra licencia, permiso o autorización que pudiere ser necesaria para la ejecución de la OBRA y para la prestación de los SERVICIOS DE OPERACIÓN.
Además de lo expuesto anteriormente, será obligación del CONTRATISTA PPP la adopción de todos los recaudos que se detallan a continuación:
1. El CONTRATISTA PPP deberá contratar un seguro ambiental con una compañía de seguros satisfactoria para la PROVINCIA que se encuentre habilitada para la comercialización de pólizas de seguro de caución por daño ambiental de incidencia colectiva.
2. Implementar buenas prácticas ambientales en el diseño del Proyecto a fin de prevenir y mitigar los potenciales impactos ambientales.
3. Considerar los principios de la Nueva Agenda Urbana de las Naciones Unidas a los fines del diseño y desarrollo del Proyecto.
4. Considerar la perspectiva bioclimática/bioambiental, propiciando la utilización de recursos pasivos de diseño, haciendo uso de estrategias y sistemas desde y a favor del clima local.
5. Desarrollar estrategias relacionadas con la radiación solar, como por ej. aprovechar la iluminación natural cubriendo el máximo espectro horario diario, propender la captación solar pasiva en invierno como apoyo a sistemas de calefacción, y el control solar durante el verano para reducir ganancias térmicas no deseadas en el edificio y situaciones de deslumbramiento sobre áreas y superficies de trabajo.
6. En la implementación de luminarias verificar que se cumplan los niveles permitidos de luz para ambiente laboral (considerar encandilamientos y luz azul que generan ciertas luminarias).
7. Considerar la incorporación de arbolado y vegetación que se ajuste a las características naturales del entorno como modo de regulación natural de temperatura y humedad (sombra, filtro de polvo etc.) y ruidos. Implementar áreas verdes con vegetación nativa para recreación y esparcimiento, en caso de ser posible.
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8. Implementar estrategias de racionalización y economizadores del uso del agua.
9. Favorecer el uso xx xxxxxxx de energías renovables para el edificio en cumplimiento de la normativa aplicable, a saber: fotovoltaica en el marco de la reglamentación de “generación distribuida”, termo-solar para sistemas de agua sanitaria, y otras que sean asequibles al área de implantación.
10. Considerar el uso de insumos “embodied energy” producidos con bajo consumo de energía, y de bajo consumo en la fase operativa del Proyecto, para asegurar el desempeño energético final del edificio, de acuerdo al sitio de emplazamiento.
11. En materia de eficiencia energética, considerar también el establecimiento de niveles de aislación térmica de la envolvente de acuerdo al clima, para lograr niveles aceptables de confort higrotérmico interior, con respaldo en alguna norma nacional, por ej. IRAM 11605, en un todo de acuerdo con la normativa local; o la implementación de sistemas activos con etiquetados de
eficiencia clase A.
12. Cumplir con las normas de aislación térmica de acuerdo a la normativa local aplicable.
13. Propiciar un sistema de gestión de uso y consumo de energía en el edificio en fase operativa, con la designación de personal responsable del sistema.
14. Mantener, al máximo posible, la integridad de la cobertura, estratificación y composición de la vegetación nativa en la zona de obra. Deberá realizar las tareas de limpieza y remoción de la vegetación reduciendo el ancho de trabajo al mínimo compatible con los requerimientos constructivos.
15. Colocar, en tanto lo habilite la autoridad de aplicación, especies vegetales (preferentemente nativas) en las veredas.
16. Durante la etapa de construcción, contar con vías de drenaje a lugares habilitados para la contención de los efluentes potencialmente contaminados con hidrocarburos, tanto en actividades de rutina como en eventos accidentales.
17. Asegurar el vertido y tratamiento de efluentes cloacales en sistemas de tratamiento propios o en servicios sanitarios, habilitados en el marco de la normativa de aplicación.
18. Disponer de lugares estratégicamente asignados para el almacenamiento de sustancias peligrosas, combustibles, alimentos, equipos eléctricos y a combustión, Aparatos Sometidos a Presión; y almacenamiento transitorio de residuos comunes orgánicos húmedos, compostables, residuos reciclables secos, residuos peligrosos.
19. Facilitar el flujo de residuos desde cada punto de generación, almacenamiento transitorio y retiro, evitando la contaminación de residuos de diferente tipo, así como también el mantenimiento de la higiene de los sectores.
20. Incluir las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad física y circulación de personas con movilidad reducida, conforme lo indica la normativa local vigente. Considerar también estos accesos y movilidad en las vías de escape en caso de emergencia.
21. Incluir en el diseño el período estimado de vida del edificio.
22. El Proyecto se vincula con las siguientes medidas de mitigación propuestas en la Contribución Nacional al Cambio Climático (NDC), conforme a lo también señalado en el Informe: (i) M105a Iluminación residencial: reemplazo de lámparas convencionales en el sector residencial por iluminación LED; (ii) M114b Generación eléctrica distribuida: generación de electricidad a nivel residencial conectada a red empleando fuentes renovables de energía (eólica y solar); (iii) M402 Mejora en gestión integral de residuos sólidos urbanos: plantas de tratamiento mecánico biológico, compostaje, aumento del reciclado, plantas de incineración, rellenos controlados con captación de biogás, con o sin generación de energía.
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23. Considerar que el diseño del proyecto de infraestructura sea resiliente al cambio climático y contribuya a mejorar la adaptación. Para esto, se recomienda considerar los efectos climáticos futuros proyectados del cambio climático sobre la infraestructura en cuestión y sus zonas de influencia, y no sólo las variables climáticas históricas. Las proyecciones climáticas estimadas a mediano y largo plazo pueden consultarse en el sitio web del SIMARCC.
24. Incorporar de qué manera el Proyecto contribuye a reducir la vulnerabilidad al cambio climático o evita introducir nuevos riesgos que pongan en peligro la capacidad de adaptación al cambio climático.
25. Considerar que el diseño del Proyecto garantice que no aumenten los riesgos asociados al cambio climático en zonas de influencia.
26. Considerar la adaptación al cambio climático incluyendo los conceptos de riesgos, resiliencia, adaptación y vulnerabilidad a futuro como factores determinantes en los procesos de licitación y el desempeño de las concesiones.
La propuesta en cuestión, que implica la construcción de un edificio, debe introducir la adaptación al cambio climático y la resiliencia a futuro dentro de los pre-requisitos, pliegos de condiciones y parámetros que aplicarán en el sector.
Para esto, el análisis de riesgo debe incluir el riesgo asociado a la variabilidad climática actual y proyectada. El diseño, construcción y mantenimiento del Proyecto debe considerar la variabilidad climática y el cambio climático proyectado, apuntando al aumento de la resiliencia futura del edificio.
ARTÍCULO 23: JURISDICCIÓN
Los OFERENTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxx para todos los conflictos que pudieren suscitarse como consecuencia xxx XXXXXX y demás cuestiones vinculadas con el CONCURSO PÚBLICO, hasta la ADJUDICACIÓN y suscripción del CONTRATO PPP, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles.
A partir de la suscripción del CONTRATO PPP, las controversias entre el CONTRATISTA PPP y el ENTE CONTRATANTE serán exclusivamente resueltas de conformidad con el mecanismo de solución de controversias previsto en el CONTRATO PPP.
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ANEXO I DECLARACIÓN JURADA GENERAL
A efecto de observar los diferentes recaudos previstos por el Pliego de Bases y Condiciones General y
Particular Declaro/amos:
✓ Conocer y aceptar los pliegos y sus anexos que rigen el procedimiento de selección del presente Concurso Público y la consecuente Contratación de PPP que derivará del mismo.
✓ No estar comprendido en ninguna de las causales de prohibición e incompatibilidad aplicables al presente Concurso Público.
✓ Nuestro compromiso indeclinable de cumplir y hacer cumplir las obligaciones de ética, transparencia y anticorrupción previstas por los Artículos 7º y 8º xxx Xxxxxx.
✓ Haber visitado y evaluado diligentemente el lugar donde se desarrollará el PROYECTO.
✓ Declaro que mi/nuestra oferta satisface el recaudo de “COMPONENTE LOCAL” previsto por el Artículo 6.4 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
✓ Expreso que para cualquier cuestión judicial que se suscite con motivo del procedimiento de selección del presente Concurso Público, incluyendo su adjudicación, me/nos sometemos a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia xx Xxxxxxx, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal. Previo a la interposición de la demanda judicial, el concesionario está obligado a formular reclamación administrativa previa.
✓ Que a los efectos de las notificaciones que deban cursarse a mi parte como consecuencia del procedimiento de contratación del Convenio Marco y, en su caso, de las compras que se perfeccionaren ulteriormente, fijo el siguiente domicilio postal sito en xxxxx
…………………………………., Xxxxxx, Xxxxxxx; y domicilio electrónico en el mail:
…………………………………………., aceptando que las comunicaciones que se cursen indistintamente a los mismos serán no requieren carácter recepticio y surten sus efectos con la sóla constancia de su expedición por parte de la Provincia a nuestra parte.
............................ ........................ ........... ...................
FIRMA ACLARACION NRO. DOCUMENTO
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XXXXX XX – PLANIMETRÍA VILLA LOS PENITENTES
(Ver archivo pdf adjunto)
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ANEXO III
CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA
El Contrato de Participación Público Privada se conformará con los siguientes elementos mínimos, los que serán definidos y completados de acuerdo al contenido de la propuesta para el PROYECTO que será parte de su objeto:
a) El plazo de vigencia del contrato y la posibilidad de su prórroga.
b) El equitativo y eficiente reparto de aportes y riesgos entre las partes del contrato, contemplando al efecto las mejores condiciones para prevenirlos, asumirlos o mitigarlos.
c) Las obligaciones del contratante y del contratista en función de las características del proyecto, los riesgos y aportes asumidos y las necesidades de financiamiento.
d) Los mecanismos de control de cumplimiento de las obligaciones asumidas y las sanciones por incumplimiento contractual, sus procedimientos de aplicación y formas de ejecución, y el destino de las sanciones de índole pecuniaria.
e) Los requerimientos técnicos mínimos aplicables a la infraestructura a desarrollar, los estándares objetivos de calidad y eficiencia en el cumplimiento de las obligaciones asumidas, así como sus respectivos mecanismos y procedimientos de medición, evaluación y control.
f) La forma, modalidad y oportunidades de pago de la remuneración que podrá ser percibida, según los casos, de los usuarios, de la contratante o de terceros, así como también, los procedimientos de revisión del precio del contrato a los fines de preservar la ecuación económico-financiera del contrato.
g) En su caso, los aportes que la contratante se comprometa a efectuar durante la vigencia del contrato.
h) Los instrumentos que permitan adaptar las modalidades de ejecución a los avances tecnológicos y a las necesidades y exigencias de financiamiento que se produzcan a lo largo de su vigencia.
i) La facultad de la administración pública contratante para establecer unilateralmente variaciones al contrato sólo en lo referente a la ejecución del proyecto, y ello por hasta un límite máximo, en más o en menos, del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, compensando adecuadamente la alteración, preservando el equilibrio económico-financiero original del contrato y las posibilidades y condiciones de financiamiento.
j) Regulación de la revisión del contrato en caso de que las partes invoquen la existencia de desequilibrio económico-financiero.
k) Las garantías de cumplimiento del contrato que deberán constituirse a favor de la contratante y las demás que se propongan o resulten necesarias para le ejecución del PROYECTO.
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l) La facultad de la contratante de prestar su cooperación para la obtención del financiamiento que resulte necesario para la ejecución del PROYECTO.
ll) La titularidad y el régimen de explotación, afectación y destino, luego de la terminación del contrato, de los bienes, muebles e inmuebles, que se utilicen y/o que se construyan durante su vigencia.
o) Las causales de extinción del contrato y sus efectos.
p) La posibilidad de ceder, en los términos previstos por los artículos 1.614 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, o de dar en garantía los derechos de crédito emergentes del contrato, incluyendo el derecho a percibir los aportes comprometidos por la contratante, la remuneración y las indemnizaciones pertinentes, así como la titularización de los flujos de fondos pertinentes.
q) Los requisitos y condiciones según los cuáles la contratante autorizará la transferencia del control accionario de la sociedad de propósito específico, y del control de los certificados de participación en el caso de fideicomisos, a favor de terceros, así como a favor de quienes financien el proyecto o de una sociedad controlada por ellos, en caso en que la sociedad o fiduciario de propósito específico incumplan las condiciones de los acuerdos de financiamiento, con el objeto de facilitar su reestructuración y de asegurar la continuidad de las prestaciones emergentes del contrato.
r) La facultad de las partes de suspender temporariamente la ejecución de sus prestaciones en caso de incumplimiento de las obligaciones de la otra parte, delimitándose los supuestos para su procedencia.
s) La facultad de ceder, total o parcialmente, el contrato a un tercero siempre que éste reúna similares requisitos que el cedente y haya transcurrido, al menos, el veinte por ciento (20%) del plazo original del contrato o de la inversión comprometida, lo que antes ocurra.
s) La facultad de subcontratación previa comunicación a la contratante y con su aprobación y consentimiento, respetando la previsión establecida en el Artículo 6.5 xxx xxxxxx.
t) Los procedimientos y métodos que resultarán de aplicación para dirimir las controversias de índole jurídica, técnica, interpretativa o patrimonial que puedan suscitarse durante la ejecución y terminación del contrato.
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Gobierno de la Provincia xx Xxxxxxx
República Argentina
Nota
Número:
XX-0000-00000000-XXXXXX-XXXXXX
Xxxxxxx,
Martes 2 de Julio de 2019
Referencia: Borrador Proyecto Pliego de Bases y Condiciones
A: Xxxxxxxx Xxxxx (EMETUR),
Con Copia A:
De mi mayor consideración:
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 32 pagina/s.
Sin otro particular saluda atte.
Digitally signed by GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA
DN: cn=GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Dirección General de Informática y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638
Date: 2019.07.02 09:33:44 -03'00'
Xxxxxxxx Xxxxx Presidente
Ente Autárquico de Turismo Mendoza Gestión Documental Electrónica
Digitally signed by GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA
DN: cn=GDE - GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA, c=AR,
o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Dirección General de Informática y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638
Date: 2019.07.02 09:52:17 -03'00'