EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC BASES
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
“Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura”
BASES
Entidad que Convoca
Instituto Nacional de Cultura – INC.
Objeto del Proceso
Servicios en General
Descripción Básica del Objeto del Proceso
Seleccionar y contratar los servicios, de naturaleza estrictamente complementaria, de una empresa especializada en mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores, de acuerdo al detalle y a las especificaciones técnicas requeridas y señaladas el anexo Nº 07 de las presentes bases.
Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios – Recursos Directamente Recaudados
Base Legal
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 26850 Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.
Resolución Directoral Nacional Nº 1043-2006/INC de fecha 06-07-2006
Valor Referencial
Ochenta y Dos Mil Ciento Veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 82 124,00), incluidos los impuestos xx xxx y todos los conceptos que inciden en el costo del servicio.
ITEM |
DESCRIPCION |
VALOR REFERENCIAL |
1 |
ASCENSORES SEDE NACIONAL |
73 004,00 |
2 |
MUSEO TUMBAS XXXXXX XX XXXXX |
9 120,00 |
|
TOTAL |
82 124,00 |
El valor referencial se ha establecido sobre los precios xx xxxxxxx, con una antigüedad no mayor de los dos (2) meses a la fecha de esta convocatoria, incluyendo todos los costos que inciden en el servicio a contratar.
Plazo
La prestación del servicio, materia del presente proceso de selección, es por un período de doce (12) meses desde el día siguiente de la suscripción del contrato.
Sistema de Adjudicación
Precios Unitarios.
Calendario del proceso de selección
Los plazos para cada etapa del presente proceso de selección son los siguientes:
Convocatoria.- El 11 de julio de 2006. ( * )
Presentación y recepción de propuestas.- el 12 de julio de 2006, hasta las 10 horas. ( **)
Otorgamiento de la Buena Pro .- 12 xx xxxx de 2006. (***)
( * ) La convocatoria se efectuará por invitación a una persona jurídica. Será publicada en el SEACE de conformidad con el Art. 106 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 084-2004-PCM), en adelante Reglamento.
(**) El acto de presentación de propuestas será privado, dirigidos a la Unidad de Logística – Adquisici0ones del Instituto Nacional de Cultura y presentadas en original ( Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xx 0000 – San Xxxxx, Tercer Piso del Museo de la Nación). Las propuestas presentadas en otras oficinas no serán consideradas.
(***) La Notificación será a través de su publicación en el SEACE, en la sede de la Entidad y los correos electrónicos de los postores, de ser el caso, conforme lo señalado en el Art. 87º de El Reglamento.
Convocatoria.
Se realizará a través de su publicación en el SEACE (Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado).
Presentación de propuestas.
Las propuestas serán presentadas en dos (02) sobres cerrados, en original, de los cuales el sobre Nº 01 contendrá la Propuesta Técnica y el sobre Nº 02 contendrá la Propuesta Económica, en idioma castellano, sin enmendaduras, raspaduras, entrelíneas, ni añadiduras de ninguna clase y expresadas en nuevos soles (S/.).
El postor será responsable de la exactitud y veracidad de los documentos presentados.
Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo total de los servicios materia del presente proceso.
La documentación presentada sea en original o fotocopia tiene carácter de declaración jurada, conforme a lo estipulado en la Ley Nº 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General.
Cada sobre deberá tener la inscripción correspondiente:
-
SOBRE Nº 01 - PROPUESTA TÉCNICA
EXONERACION Nº 005-2006-INC-ADQUISICIONES
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura
-
SOBRE Nº 02 - PROPUESTA ECONÓMICA
EXONERACION Nº 005-2006-INC-ADQUISICIONES
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura
Contenido del Sobre Nº 01
Declaración Jurada del postor de acuerdo al ANEXO N° 01
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el Artículo 76º del Reglamento de la Ley Nº 26850 “Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado” según modelo del ANEXO Nº 02.
Pacto de Integridad, según modelo del ANEXO Nº 03. (Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CE).
Especificaciones Técnicas para prestar el servicio ANEXO Nº 04.
Carta de Autorización para el deposito en Cuenta Interbancaria.
Contenido del Sobre Nº2 (Propuesta Económica)
Monto total ofertado incluyendo los impuestos xx Xxx y todos los conceptos que inciden en el costo del servicio a contratar.
ITEM |
DESCRIPCION |
VALOR REFERENCIAL |
70% |
110% |
1 |
ASCENSORES SEDE NACIONAL |
73 004,00 |
51 102,80 |
80 304,40 |
2 |
ASCENSORES D.R.C. LAMBAYEQUE |
9 120,00 |
6 384,00 |
10 032,00 |
|
TOTAL |
82 124,00 |
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NOTA: LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS QUE EXCEDAN DEL VALOR REFERENCIAL EN MÁS XX XXXX POR CIENTO O SEAN INFERIORES AL SETENTA POR CIENTO DEL VALOR REFERENCIAL SERÁN DEVUELTAS POR EL COMITÉ ESPECIAL TENIÉNDOLAS COMO NO PRESENTADAS.
Obligatoriedad de presentación de documentación y acto de presentación de propuestas, apertura de sobres y evaluación.
Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos en las presentes Bases, la Ley N° 26850 y su Reglamento y modificatorias.
Evaluación de propuestas.
De acuerdo al Artículo 127º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se determinará favorablemente la propuesta que cumpla satisfactoriamente con las exigencias mínimas establecidas en las especificaciones técnicas descritas en el ANEXO Nº 05. El factor de evaluación de la propuesta económica será el monto total de la oferta del servicio a contratar.
Suscripción del Contrato.
Consentida la Buena Pro, el postor ganador, o su representante debidamente autorizado con poder suficiente, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro de un plazo xx xxxx (10) días hábiles.
Para dicho efecto, deberá presentar los siguientes documentos:
- Copia simple del Registro Único del Contribuyente (RUC)
- Copia simple de la Escritura Pública de constitución de la empresa y de los poderes otorgados al representante legal que le autorice representar y suscribir contratos en nombre del postor ganador de la Buena Pro, para el caso de personas jurídicas.
- Copia simple del documento de identidad de su representante legal.
- Constancia Vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por CONSUCODE.
- Carta Fianza o Póliza de Caución como Garantía de Fiel Cumplimiento con las siguientes características: incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al sólo requerimiento del INC, bajo responsabilidad de las empresas que las emitan las mismas que deberán estar dentro del ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva; equivalente al 10% del monto del contrato y tener vigencia hasta la aprobación de la liquidación final.
- Carta Fianza o Póliza de Caución como garantía adicional por el monto diferencial de propuesta, En caso de que la propuesta económica fuese inferior al Valor Referencial en más xxx xxxx por ciento (10%), junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al 25% por la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica.
Partes Integrantes del Contrato
El Contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases integradas y la propuesta ganadora. Los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señaladas, también forman parte de éste.
De las Normas que regulan el presente proceso de Selección.
Todo aquello no contemplado por las presentes bases, se regulará por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y Modificatorias.
ANEXO Nº 01
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
“Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura”
El que suscribe, Representante Legal de ......................................................, identificado con DNI. N° ........................................., con poder inscrito en la localidad de ................... en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad :
Nombre o Razón Social |
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Domicilio Legal |
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Correo electrónico |
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RUC |
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Teléfono |
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Fax |
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Registro de Personas Jurídicas
Localidad |
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Asiento |
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Fecha de inscripción |
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Ficha |
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Fecha de inicio de actividades económicas |
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Representante Legal
Nombre(s) y Apellidos |
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Domicilio |
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DNI / CE |
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Fecha de Inscripción de poder |
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Asiento |
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Ficha |
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Participa en consorcio
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que participan en consorcio |
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Empresa Nº 1 |
Empresa Nº 2 |
Empresa Nº 3 |
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Lima, ....... de ........................... de 2006
....................................................................................................................
Firma y Sello del Representante Legal
.ANEXO Nº 02
DECLARACIÓN XXXXXX XX XXXXXXX XX XXX. 00x XXX XXXXXXXXXX XX XX
XXX Xx 00000
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
“Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura”
El que suscribe, don......................................................................... identificado con DNI. N° ……………………………………........................ Representante Legal de ................................................................... DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente respecto a mi representada al postular al presente proceso de selección:
a) Que no tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
b) Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;
c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso;
d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecida con la Buena Pro; y
e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Lima, ............ de ................................ de 2006
..............................................................................................................
Firma y Sello del Representante Legal
ANEXO Nº 03
PACTO DE INTEGRIDAD DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 123-2000-CG
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
“Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura”
El Comité Especial del presente proceso de selección y el representante legal de .............................................., suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
1. El postor confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso;
2. El postor declara no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos, entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia;
3. El INC se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios;
4. El incumplimiento del Pacto de Integridad generará :
a) Para los postores; inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes,
b) Para los funcionarios de las entidades; las sanciones derivadas de su régimen laboral.
..................................................... .....................................................
Firma Firma y Sello
Oficina de Logística y Producción de Bienes y servicios Representante Legal
ANEXO Nº 04
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
“Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx del Instituto Nacional de Cultura”
Mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y la Dirección Regional Lambayeque, de acuerdo a las siguientes condiciones:
ITEM Nº01
MANTENIMIENTO XX XXXX ASCENSORES.
1.- Ascensor - 67EO264 B xxxxx XXXX – Sede Nacional
2.- Ascensor - 67NEO272 xxxxx XXXX– Sede Nacional
3.- Ascensor - 67EO263 A xxxxx XXXX– Sede Nacional
4.- Ascensor - 67NEO275 xxxxx XXXX– Sede Nacional
5.- Ascensor - 67NEO259 xxxxx XXXX– Sede Nacional
6.- Ascensor - 67NEO262 xxxxx XXXX– Sede Nacional
7.- Ascensor - 67NEO269 xxxxx XXXX– Sede Nacional
8.- Ascensor - 67NEO270 xxxxx XXXX– Sede Nacional
9.- Ascensor - 67NEO260 xxxxx XXXX– Sede Nacional
10.-Ascensor - 67NEO261 xxxxx XXXX– Sede Nacional
ITEM Nº 02
MANTENIMIENTO DE UN ASCENSOR
1.-Ascensor - 67NE1919 xxxxx XXXX– D.R.C. Lambayeque
1.- DETALLE DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
Mantenimiento preventivo y correctivo a todo costo mediante el sistema de visitas periódicas mensuales que incluye revisión, lubricación, regulación, ajuste y control del correcto funcionamiento de los equipos, considerando:
a) Controlar, regular y ajustar el funcionamiento de los elementos de mando de cabina, de piso y elementos de seguridad.
b)Proporcionar sin costo todos los repuestos y piezas de los ascensores, así como las reparaciones realizadas dentro y fuera del horario normal.
c) Suministrar sin costo alguno las grasas, lubricantes y materiales necesarios para el perfecto mantenimiento, el cual comprende el cambio de aceite, empaquetaduras, retenes, rodajes, en las máquinas de los ascensores, así como de ser necesario, reparar o renovar todos los accesorios de los equipos.
d)Examinar el alambrado eléctrico y viajero ajustando las conexiones flojas terminales y reemplazando aquellas que se encuentran en mal estado.
e) Mantener un servicio permanente para atender llamadas de emergencia tan pronto sea posible. La utilización de este servicio fuera del horario normal no implicará gasto alguno por el Instituto Nacional de Cultura.
f) Realizar el repintado de las puertas de los ascensores de color negro.
g)Contar con existencia de un stock de repuestos adecuados.
h) Mantener una póliza abierta de seguros en caso de accidentes y/o daños contra terceras personas por causas directamente imputables a Ascensores S.A.
1.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
1.1.1. MENSUAL:
- Revisión de recorrido.
- Revisión del timbre de emergencia.
- Revisión y/o reemplazo de lámparas y zumbadores.
- Revisión y/o reemplazo de los botones de cabina.
- Revisión de freno y limpieza de polea.
- Revisión de ajuste de los relay de arrancador y control.
- Revisión de motor de tracción, motor generador y alza de temperatura de los cojines.
- Revisión de interruptores de puerta, botones de emergencia de cabina y cierre combinado de puertas.
- Revisión de nivelación.
- Revisión de lubricación en la Sala de Máquinas.
- Lubricación de graseras.
- Revisión de escobillas y colector.
- Revisión de operador de puertas.
- Limpieza de techo de cabinas y pozo.
- Lubricación y ajuste del cierre de puertas.
- Revisión de la tensión de los cables.
- Lubricación del gobernador y de las poleas.
- Revisión, limpieza y lubricación del selector e interruptores de nivelación.
1.1.2. BIMENSUAL
- Limpieza y revisión del soporte de la puerta, cojinetes y cables.
- Revisión de xxxxxxx y puertas.
- Revisión y ajuste de zapatas, guías de cabinas y contra peso.
- Revisión interior de guía de cierres combinado de interruptores de puerta de cabina y puerta de piso.
- Revisión y ajuste en el recorrido de los cables aéreos (viajeros).
- Revisión y lubricación de interruptores en el pozo.
- Revisión y limpieza de botoneras de cabina y piso.
- Revisión y ajuste de freno.
1.1.3. TRIMESTRAL
- Revisión de interruptores en pozo y techo de cabina y ajuste de posiciones.
- Cuidado de escobillas, conmutador del motor de puertas.
- Eliminación del polvo en la Sala de Máquinas y paneles interiores.
- Limpieza y lubricación de dispositivos de seguridad.
- Revisión y ajuste del voltaje de control.
- Revisión de interruptores de nivelación.
1.1.4 SEMESTRAL
- Prueba de aislamiento a tierra.
- Revisión del desgaste del gobernador y la xxxxxx xx xxxx.
- Engrase de cojinetes de máquinas de rotación y revisión de goteo de aceite.
- Revisión de ruptura, desgaste, estiramiento y oxidación de los cables de tracción.
1.1.5 ANUAL
- Revisión y limpieza interior de botoneras de piso e indicadores.
- Revisión y ajuste de terminales en pozo y cajas de unión.
- Revisión de desgaste y precisión de motor de tracción y engranajes, cojinetes de empuje y ejes.
- Revisión y ajuste de terminales de cables en la Sala de Máquinas.
- Revisión y ajuste de dispositivo de seguridad.
- Examen general de freno y su ajuste.
- Examen general y revisión de control.
- Revisión de paracaídas y regulador de velocidad.
- Revisión de ranuras de poleas de máquina de tracción.
- Cambio de aceite de engranaje.
1.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
En forma mensual examinará, controlará, limpiará, regulará, lubricará o ajustará, según se requiera, y si fuera necesario reparará o repondrá repuestos eléctricos, electrónicos y/o mecánicos, sin costo alguno para El INSTITUTO, los cuales serán originales y podrán consistir en:
a) Bobinas para el magneto de freno o motores de freno, zapatas de freno, escobillas, resistencias para los circuitos de operación, armazones de magnetos, relay, condensadores, , rectificadores, transformadores, alambrado eléctrico y otras partes mecánicas.
b)Renovación de los botones de cabina y xxxx, timbres de alarma, censor fotoeléctrico de puertas, cables de aceros de reguladores, xxxxxx xx xxxxx de los selectores, zapatas de seguridad de puertas, según sea necesario.
c) Renovación de fibras de zapatas de guías de la cabina y del contrapeso, garruchas para puertas de cabina y xxxx, guías inferiores de puertas de cabinas.
d)Revisión de todos los cables xx xxxxx para mantener un factor adecuado de seguridad, igualando la tensión en todos los cables de tracción.
e) Examen periódico de todos los dispositivos de seguridad y reguladores de velocidad y hacer pruebas anuales de paracaídas.
f)Examen del alambrado eléctrico viajero ajustando las conexiones flojas y terminales.
g)Cambio de lámparas, indicadores de pisos y señalización xx xxxx y cabina.
h)Examen de poleas de desvío y/o reenvío, regulador de velocidad, selector de pisos, sus contactos y poleas, frenos electromecánicos, contactores y relay principales de control de operaciones, articulaciones de xxxxxxx xx xxxxx, máquinas reductoras.
i)Cambio de fusibles de protección de mando, contactores electromagnéticos, minirelay, relay de inversión y falta de fase J, leds, diodos, contactos FH, tarjetas de selector, bobinas en el tablero de mando.
j)Lubricación y realineamiento de los rieles de cabina y contrapeso y cambio de contactos de carbón para motores de tracción y motores generadores, contactos de metal para relay en el tablero.
k) Pintado de las puertas de los cuatro (04) ascensores de color negro.
l) Cualquier otra pieza o partes mecánicas, eléctricas y/o electrónicos.
2. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Deberán contratar un Seguro de Responsabilidad Civil hacia Terceros derivados de la función del(los) equipos(s), a condición de que se encuentren bajo su control y mantenimiento.
3. SERVICIO PERMANENTE DE EMERGENCIA
Pondrán a disposición sin costo adicional un servicio permanente de emergencia y reparaciones las 24 horas del día, de lunes x xxxxxxx, incluyendo feriados.
4. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL AUTORIZADO PARA REALIZAR EL SERVICIO
Uniformar e identificar debidamente a su personal, para el libre acceso a las instalaciones del INC donde se encuentren las maquinarias y equipos.
Pro forma de Contrato preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y D.R.C. Lambayeque del Instituto Nacional de Cultura
EXONERACIÓN Nº 005-2006-INC
Conste por el presente documento el contrato de locación de Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y D.R.C. Lambayeque del Instituto Nacional de Cultura , con RUC Nº 20131370483, señalando domicilio legal en la Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xx 0000 – Xxx Xxxxx, debidamente representado por su Gerente General: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, identificado con DNI N°00000000, facultado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 421-2003/INC, a quien en adelante se denominará EL INSTITUTO; y de otra parte, la Empresa .............. con RUC N°..............., debidamente representada por el señor ......................, según poderes inscritos en la Partida Nº ..........del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, identificado con D.N.I. Nº ........., con domicilio legal ..................., a quien en adelante se denominará LA EMPRESA; bajo los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
EL INSTITUTO es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; con autonomía técnica, administrativa económica y financiera; y, es el responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED.
LA EMPRESA es una persona jurídica, debidamente acreditada con escritura de constitución de sociedad y estatutos, registrada en la ficha N° ....... del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, cuyo objeto social es dedicarse a la prestación de servicios de actividades de investigación y seguridad.
En tal sentido, para contar con la debida seguridad en el desarrollo de las actividades que ejecuta EL INSTITUTO, ha convocado a la Exoneración Nº 005-2006-INC con el objeto de contratar los servicios de una empresa especializada que ejecute las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y D.R.C. Lambayeque del Instituto Nacional de Cultura, conforme a las Especificaciones Técnicas señaladas en las Bases.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
LA EMPRESA en virtud al presente contrato, declara que los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y D.R.C. Lambayeque del Instituto Nacional de Cultura que prestará, son de naturaleza estrictamente complementaria y se encuentran debidamente justificados en el carácter accesorio de los mismos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11º de la Ley Nº 27626 que regula la actividad de las Empresas Especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores. Estas actividades complementarias no se encuentran relacionadas con el giro de EL INSTITUTO.
LA EMPRESA, prestará los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores de la Sede Nacional y D.R.C. Lambayeque del Instituto Nacional de Cultura EL INSTITUTO, de acuerdo a las condiciones indicadas en las Bases de la Exoneración Nº005-2006-INC y en la propuesta de LA EMPRESA que forma parte del presente contrato.
ITEM Nº01
MANTENIMIENTO XX XXXX ASCENSORES.
1.- Ascensor - 67EO264 B xxxxx XXXX – Sede Nacional
2.- Ascensor - 67NEO272 xxxxx XXXX– Sede Nacional
3.- Ascensor - 67EO263 A xxxxx XXXX– Sede Nacional
4.- Ascensor - 67NEO275 xxxxx XXXX– Sede Nacional
5.- Ascensor - 67NEO259 xxxxx XXXX– Sede Nacional
6.- Ascensor - 67NEO262 xxxxx XXXX– Sede Nacional
7.- Ascensor - 67NEO269 xxxxx XXXX– Sede Nacional
8.- Ascensor - 67NEO270 xxxxx XXXX– Sede Nacional
9.- Ascensor - 67NEO260 xxxxx XXXX– Sede Nacional
10.-Ascensor - 67NEO261 xxxxx XXXX– Sede Nacional
ITEM Nº 02
MANTENIMIENTO DE UN ASCENSOR
1.-Ascensor - 67NE1919 xxxxx XXXX– D.R.C. Lambayeque
CLÁUSULA TERCERA: COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO.
EL INSTITUTO tiene el derecho de supervisar la realización del servicio en tal forma que considere mas conveniente a fin de verificar que su ejecución se realice conforme a lo acordado en este contrato. para tal fin EL INSTITUTO , designa al encargado de Operaciones de la Oficina de Logística y Producción de Bienes y Servicios, para que realice la supervisión quien verificara la prestación del servicio por parte de EL CONTRATISTA y dará a conformidad correspondiente.
CLÁUSULA CUARTA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
EL supervisor designado por EL INSTITUTO, realizará la supervisión permanente del trabajo realizado por LA EMPRESA, emitiendo informes sobre las deficiencias encontradas haciéndolas de conocimiento de LA EMPRESA para su inmediata subsanación. Luego de la subsanación EL INSTITUTO emitirá la conformidad de la recepción del servicio, requisito necesario para el pago del servicio prestado.
CLÁUSULA SÉPTIMA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El monto del Contrato asciende a la suma total de Ochenta y dos mil ciento veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 82 124,00), suma que incluye los tributos previstos por la legislación vigente. Distribuidos de la siguiente manera:
Sede Nacional: S/.73 004,00 (Setenta y tres mil cuatro y 00/100 Nuevos soles)
El pago se efectuará mensualmente, luego de la prestación del servicio y previa conformidad del mismo, emitida por la Oficina de Logística y Producción de Bienes y Servicios - Área de Operaciones, conforme a lo establecido por el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Museo Tumbas Xxxxxx xx Xxxxx: S/.9 120,00 (Nueve Mil Ciento Veinte y 00/10 Nuevos Soles)
El pago se efectuará mensualmente en la Dirección Regional de Cultura lambayeque, luego de la prestación del servicio y previa conformidad del mismo, emitida por la Dirección Regional Lambayeque, conforme a lo establecido por el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
LA EMPRESA presentará la factura a nombre del Instituto Nacional de Cultura - INC, cinco (05) días posteriores al mes en que prestó los servicios.
CLÁUSULA OCTAVA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente Contrato tiene una vigencia de doce meses desde el dia siguiente de suscrito el contrato.
Sin embargo, en caso que EL INSTITUTO lo considere necesario, observando lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, podrá ampliar la vigencia a que se refiere el párrafo precedente, bajo las mismas condiciones establecidas en este Contrato.
CLÁUSULA NOVENA: COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO
EL INSTITUTO tiene el derecho de supervisar la realización del servicio en tal forma que considere mas conveniente a fin de verificar que su ejecución se realice conforme a lo acordado en este contrato . Para tal fin EL INSITUTO designa al encargado de Operaciones de la oficina de Logística y producción de Bienes y Servicios.
CLÁUSULA DECIMA: DE LAS PENALIDADES
En el supuesto que LA EMPRESA incurriera en retraso injustificado en la ejecución de la prestación del servicio objeto del Contrato, EL INSTITUTO le aplicará una penalidad por cada día de atraso, calculada de acuerdo a la fórmula establecida en el Artículo 222º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado vigente, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, o de ser el caso, del puesto de vigilancia, del tramo o etapa que debió efectuarse. La suma que resulte de la aplicación de esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o en su defecto, de la garantía respectiva.
En este caso EL INSTITUTO podrá resolver el Contrato, siendo de aplicación el Artículo 1342º del Código Civil.
En caso de que EL INSTITUTO se viera obligado a resolver el Contrato, LA EMPRESA deberá pagar la indemnización por concepto de daños y perjuicios establecida en la norma. Es de aplicación en este caso, lo establecido en el Artículo 1343º de Código Civil.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
LA EMPRESA, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y a los Artículos 215° y 216° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, al suscribir el presente Contrato entrega a EL INSTITUTO el Certificado de Caución y la Póliza de Seguro de Caución Nº ........, incondicional, solidaria, irrevocable, de realización inmediata por el importe de ............... equivalente al diez por ciento (10%) del monto del Contrato con vigencia hasta el ..........
La garantía de fiel cumplimiento será ejecutada para cubrir las penalidades establecidas en el contrato, cuando el incumplimiento de LA EMPRESA haya quedado determinado mediante decisión o resolución administrativa ó laudo arbitral, consentidos y luego de descontar los adeudos que pudiera tener con EL INSTITUTO.
LA EMPRESA mantendrá vigentes sus pólizas señaladas en el numeral 3.10 de la Cláusula Tercera, con las que responderá ante hechos que le permitan cubrir los riesgos relacionados con la actuación del personal de LA EMPRESA en cumplimiento del objeto del contrato; reposición de la pérdida de dinero, objetos, bienes del EL INSTITUTO y de su
personal debidamente registrados o que se encuentren en los locales señalados en la cláusula segunda; y cubrir la indemnización total de los daños y perjuicios causados a personas o bienes de EL INSTITUTO o de terceros.
En caso que el monto asegurado con las pólizas no cubra el daño causado, la diferencia será asumida directamente por LA EMPRESA.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA: RESOLUCION DE CONTRATO
Unilateralmente EL INSTITUTO en cualquier momento durante el segundo mes de vigencia del presente contrato podrá resolverlo, mediante comunicación escrita dirigida a LA EMPRESA, remitida por conducto notarial, con siete días de anticipación, toda vez que el mismo se ha efectuado al haberse configurado una situación de desabastecimiento inminente, estando facultado EL INSTITUTO a adquirir el servicio contratado sólo por el tiempo o cantidad necesario para concluir el Proceso de Selección correspondiente
Asimismo, podrá ser resuelto por las causales y mediante procedimientos establecidos en el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en los Artículos 224º, 225º y 226º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las partes podrán resolver el Contrato de mutuo acuerdo por causas no atribuidas a éstas, o por casos fortuitos o de fuerza mayor estableciendo los términos de la resolución, liquidándose en forma exclusiva la parte efectivamente ejecutada.
La resolución del Contrato deberá contar con la aprobación de la máxima autoridad de EL INSTITUTO, bajo responsabilidad.
En caso que la resolución se debiese al incumplimiento de las obligaciones contraídas por LA EMPRESA, EL INSTITUTO comunicará este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la aplicación de las sanciones a que hubiese lugar, sin perjuicio de aplicar la penalidad contractual correspondiente y de la obligación de LA EMPRESA de resarcir a EL INSTITUTO por los daños y perjuicios ocasionados.
Las partes contratantes han señalado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato, los cuales sólo podrán ser modificados previo aviso.
CLÁUSULA DECIMA TERCERA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
10.1 Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución o interpretación de este Contrato, deberá solucionarse mediante el Proceso de Conciliación Extrajudicial, ante un Centro de Conciliación, dentro de los plazos previstos en los artículos 272° y 273° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. En caso que la conciliación solucione la controversia en forma total, el Acta que contiene el acuerdo es título de ejecución para todos los efectos. Si concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes necesariamente deben someterse obligatoriamente a un Proceso de Arbitraje, dentro del plazo de los quince (15) días siguientes a la suscripción del Acta respectiva.
10.2 El Arbitraje será resuelto con la intervención de una institución arbitral, según lo dispuesto por el Artículo 273º del Reglamento del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. A falta de acuerdo en la designación del mismo, ésta será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes.
10.3 El Laudo Arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: INEFICACIA DE LA CESIÓN
LA EMPRESA no podrá ceder total o parcialmente la realización del servicio adjudicado; teniendo responsabilidad total sobre su ejecución y cumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DISPOSICIONES GENERALES
12.1 Todo lo no estipulado en el presente contrato, se regirá por lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
12.2 Forman parte del presente contrato las Bases de la ........ así como la Propuesta Técnica y Económica presentadas por LA EMPRESA , las cuales tienen carácter de intangibles.
12.3 Las partes ratifican como sus domicilios los señalados en la parte introductoria del presente contrato, lugar donde surtirán plenos efectos legales todas las comunicaciones y/o notificaciones que se cursen con ocasión del presente contrato.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente Contrato en tres ejemplares iguales, en la ciudad de Lima, a los .... días del mes de ........ del año dos mil seis.
EL INSTITUTO EL CONTRATISTA
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Exoneración Nº05-2006-INC
MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO DE ASCENSORES SEDE NACIONAL Y MUSEO TUMBAS XXXXXX XX XXXXX