PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE EMERGENCIA MÓVIL
LICITACION ABREVIADA Nº 20/22
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE EMERGENCIA MÓVIL
1. OBJETO
Contratación de servicios médicos, de emergencia, urgencia y traslados para los funcionarios en el desempeño de sus funciones y para el público contribuyente que se encuentre dentro de los locales y dependencias de la Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx (IDR), en adelante Área Protegida.
Las empresas deberán cotizar el servicio para las siguientes dependencias (sin perjuicio que se amplíen las mismas conforme lo autoriza el art 74 del TOCAF): Edificio Central de la IDR, Teatro, Museos, Cantera, Corralón, Comedores.
1.1. DE LA ESPECIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS LICITADOS
Condiciones del Servicio: dentro del área de funcionamiento de la IDR se pueden producir emergencias o urgencias médicas y traslado que afecten al funcionario, así como a las personas que concurren a sus locales por diferentes motivos.
El servicio deberá prestar atención a las mismas y realizar el traslado si la situación lo requiere (el mismo será determinado por el médico que asista al llamado).
Mediante esta modalidad de asistencia, la primera atención médica la recibirá toda persona situada dentro del área protegida que la requiera, así como otra dependencia que durante el período del contrato pudiera surgir, dentro del Departamento, sin importar si es afiliado o no a la emergencia adjudicataria.
En cuanto a estos aspectos la cobertura se brinda por 24 horas, y los equipos, fármacos y recursos humanos deben ser los determinados por el MSP para la habilitación de este tipo de servicios, y las empresas que se postulen deben tenerla.
Las empresas prestatarias deberían contar con la autorización del MSP para los servicios de urgencia, emergencia y traslado quedando descalificadas las que no lo cumplan. El personal técnico deberá contar con una capacitación mínima en situaciones de emergencia, de acuerdo a lo que establezcan las pautas del MSP.
La empresa oferente deberá tener experiencia en accidentes laborales como puede ser caídas desde altura, electrocuciones y atropellamientos entre otros, y contar con DEA.
Deberá tener la posibilidad de brindar capacitaciones en primeros auxilios a los funcionarios sin costo adicional (anualmente).
Tiempos de respuesta: la salida del móvil deberá realizarse con la máxima inmediatez de clasificado el llamado, y su llegada al lugar de asistencia deberá concretarse en plazos mínimos de acuerdo a la prudencia y a la distancia del lugar que se trate.
1.2.- CONDICIONES GENERALES
Las empresas proponentes deberán emplear la cantidad de puestos de trabajo suficientes que permitan que las tareas detalladas en el artículo precedente se cumplan a satisfacción y en un todo de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente pliego y las órdenes de servicio que emanen de la dirección correspondiente y a lo que al respecto exige el MSP .
1.3.- RESPONSABILIDAD
La empresa adjudicataria será totalmente responsable frente a Intendencia por los perjuicios que puedan causar al Organismo los actos cumplidos por el personal destinado a efectuar los servicios licitados.
El personal que cumplirá las tareas motivo de esta contratación deberá estar asegurado en el Banco de Seguros del Estado, debiendo presentar la constancia respectiva, no menos de 5 días hábiles antes de comenzar la ejecución del contrato, debiendo presentar mensualmente la nómina de funcionarios asignados (con el comprobante de afiliación correspondiente).
Las empresas adjudicatarias deberán acreditar cuando la Intendencia lo requiera encontrarse al día en el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social (Ministerio de Trabajo y Banco de Previsión Social) y en el pago de los salarios a aquellos dependientes de la misma que hayan desempeñado tareas en la Intendencia.
La documentación que se les exigirá será la siguiente: nómina de empleados declarados en Historia Laboral, recibo de pago de BPS, recibos de sueldos y Planilla de Trabajo.
De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, la Intendencia tiene la potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los salarios a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
De acuerdo a lo especificado en la normativa vigente, se establece que cuando la Intendencia considere que la empresa contratada ha incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes denunciará esta situación a la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social a efectos de que se realicen las inspecciones correspondientes.
2- EQUIPOS, UTILES, MAQUINAS Y MATERIALES
En la oferta se deberá especificar el tipo y la calidad de los vehículos, aparatos etc. a utilizar de acuerdo a los servicios licitados, lo que podrá ser tenido en cuenta para la adjudicación.
Los materiales a utilizarse en la urgencia o emergencia serán proporcionados en su totalidad por la empresa adjudicataria.
3.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS
Las consultas y/o aclaraciones sobre el pliego deberán presentarse por e-mail a la Unidad de Licitaciones (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx) hasta 3 días hábiles antes de la fecha de apertura de ofertas.
4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
No corresponde para el presente llamado.
5.- PROPUESTA
Las ofertas deberán presentarse por escrito, redactadas en forma clara y precisa y firmada por el oferente o sus representantes y deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
1) Nota identificación del oferente. Nombre o razón social, dirección constituída en la ciudad xx Xxxxxx, teléfono, una dirección de correo electrónico y oferta
2) Antecedentes en el rubro
3) Infraestructura y personal
4) Habilitación del MSP para emergencias con unidades móviles (decreto 309/2008 conc. y modificativos) o demostrar que está en trámite correspondiente para obtenerlo.
Para participar del llamado el oferente deberá haber adquirido el pliego y estar inscripto en XXXX.
6.- DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en la Unidad de Licitaciones de la IDR, Agraciada Nº 570 hasta el día 05 xx xxxx de 2022 hasta la hora 12:00. La apertura se realizará a partir de la hora 12.30.
Las ofertas podrán ser enviadas por sobre cerrado o vía fax al 462/31900 interno 138, no aceptándose otro medio de presentación de ofertas (ej. no por vía email, ni en línea a través de los sitios web u otros medios remotos de comunicación electrónica).
Las ofertas económicas deberán estar firmadas.
Excepcionalmente para el caso de que próximo a la hora 12.00 el fax de la Intendencia presente problemas de funcionamiento, se aceptará que la oferta sea enviada por mail a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, escaneada en un archivo tipo PDF, debiendo la empresa verificar su recepción por la Unidad de Licitaciones antes de la hora 12.00 bajo su responsabilidad.
La compra del presente Pliego de Condiciones Particulares podrá realizarse en: a) en División Tributos de la Dirección General de Hacienda de la Intendencia Departamental xx Xxxxxx (Agraciada 570 Xxxxxx) en horario de oficina, b) en la Oficina de la IDR en Montevideo (Río Negro 1093 esquina Durazno), c) depósito en la cuenta corriente BROU 1536201-00008 o para deposito en redes de cobranza Cuenta Corriente BROU 041-0004667.)
El costo de dicho Pliego será la suma $ 500 (quinientos) valorado incluido.
El pliego estará disponible en la página web de la IDR xxx.xxxxxx.xxx.xx, en la página de compras estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en la Unidad de Licitaciones.
Todas las comunicaciones que deban realizar las firmas oferentes podrán ser canalizadas a través del fax de la Intendencia Departamental 462/31900 int.138 o al email: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
7.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD
Es de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo o responsabilidad derivados del incumplimiento del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Intendencia, a sus funcionarios o a los bienes de unos y otros tanto en los casos que sufriere o causare daño.
8.- La presente licitación estará sometida a la condición de su aprobación por el Tribunal de Cuentas de la República.
9.- DE LOS ANTECEDENTES
Los oferentes presentarán en su propuesta antecedentes documentados de acuerdo a lo exigido en este pliego.
Los mismos deben corresponder en un todo con la empresa oferente, es decir estar referidos a la razón social de la empresa que se presenta al llamado.
La Intendencia se reserva el derecho de hacer todas las averiguaciones que considera conveniente para juzgar sobre los antecedentes presentados.
10.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta,
tendrán carácter de compromiso.
Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase alguna.
11.- PRECIO Y COTIZACIÓN
Forma de cotización: un precio fijo mensual por los servicios licitados.
Los precios deberán ser cotizados en pesos uruguayos discriminando el IVA.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.
Laudos de los Consejos de Salarios
Las cotizaciones de los servicios licitados deberán respetar los laudos vigentes de los Consejos de Salarios para la categoría que se trate o en su defecto, no deberán ser nunca menores al salario mínimo nacional.
Se deberán respetar los laudos correspondientes a cada categoría aplicando los consejos de salarios en cumplimiento de la Ley 18.098 Art. 1°.concordantes y modificativos.
Las empresas oferentes deberán dejar establecido el Grupo y Subgrupo por cada categoría del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) al que pertenecen.
Cargas Sociales
El aporte de cargas sociales estará a cargo del contratista y se considerará incluido en los precios unitarios, por lo que el oferente deberá tenerlo en cuenta al momento de cotizar.
Actualización de Precios
Los precios se ajustarán en forma semestral por IPC, tomando como índice base el vigente al momento de la apertura de ofertas.
12- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente a mantener la oferta y el precio por el término de 120 días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios.
13 - FORMA Y PLAZO DE PAGO
El pago del servicio se realizará en forma mensual, previa conformación de la factura por la División correspondiente de la IDR.
En relación a los intereses o ajustes por xxxx, la Administración se ajustará a la reglamentación vigente.
14- EVALUACION DE LAS OFERTAS
Los principales factores que se tendrán en cuenta para evaluar y comparar ofertas serán:
1) Aptitud de la Empresa: para la cual evaluará en forma conjunta los antecedentes en contratos similares, capacidad operativa demostrada por los recursos humanos y técnicos de cada propuesta, asignando los siguientes puntos: Buena: 50 puntos, Regular: 25 puntos, e Insuficiente: 0 punto.
Para la correcta asignación de puntajes, la Comisión de Adjudicaciones podrá ponderar los méritos de todas las empresas en conjunto, de cuya comparación determinará las diferencias entre las mismas.
2) El precio: se evaluará asignando 200 puntos a la propuesta de menor precio, restándole a los demás un punto por cada unidad porcentual de sobreprecio respecto de la mejor calificada.
De la suma de todos los puntajes, surgirá la oferta mejor calificada.
La Administración podrá utilizar los mecanismos de Mejora de Ofertas o Negociación, de acuerdo a lo previsto por el TOCAF.
15.- ADJUDICACION
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la oferta que considere más conveniente para sus intereses, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas, así como realizar adjudicaciones parciales.
La Administración podrá aumentar o reducir la cantidad a adjudicar en los mismos términos previstos por el art. 74 del TOCAF.
La Administración está facultada para:
- Adjudicar la totalidad del servicio.
- No adjudicar alguna categoría
- No adjudicar.
- Dividir la adjudicación en más de un oferente.-
16.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo de 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 64 del TOCAF.
17.- PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
El adjudicatario deberá presentarse en un plazo no mayor a los 5 días hábiles contados desde que se lo cite a firmar el contrato respectivo.
Los servicios que se pactan deberán ser prestados dentro del plazo de 5 días de firmado el contrato, en las condiciones establecidas en el objeto del presente.
18.- DEL PLAZO DEL CONTRATO
Será por un año contado desde la firma del contrato, prorrogable por un año más si al culminar este no hubiere informe en contrario de la IDR.
19.- DE LA CONTRATACION
En caso de interrupción de las actividades por cualquier causa ajena a la Administración, ésta se reserva el derecho de suspender las actividades contratadas hasta que desaparezcan las causas, sin que esto dé derecho al adjudicatario a compensación o indemnización alguna, abonándose solo los servicios realizados efectivamente.
Los proponentes detallarán en sus ofertas todas las características completas de la forma de realización del trabajo propuesto y número de operarios a emplear, agregándose toda la información que se estime útil para una mayor ilustración de las ofertas. Todos los datos referentes a las características del trabajo ofrecido tendrán el carácter de compromiso, vale
decir que la Intendencia exigirá al adjudicatario que ellos correspondan estrictamente a los antecedentes y particularidades contenidas en la propuesta.
20.- DE LAS SANCIONES Y RESCISIÓN
- INCUMPLIMIENTOS
Se considerará incumplimiento a las condiciones del contrato, la contravención total o parcial a las cláusulas del presente pliego. Sin perjuicio de ello, se considerará incumplimiento, a consideración de la Intendencia, la obtención de resultados insatisfactorios respecto del objeto de la contratación, la falta de materiales, vehículos inadecuados, tiempos de respuesta que exceden de los prudentes etc. Los incumplimientos serán comunicados a la empresa adjudicataria por medio de Actas de Observación.
El adjudicatario dispondrá de 24 horas hábiles contados a partir de la recepción del Acta de Observación, para la presentación de descargos. La Intendencia evaluará los descargos, pudiendo aceptar o rechazar los mismos, procediendo a notificar al adjudicatario en un plazo similar, lo resuelto al respecto.
La Administración podrá aplicar penalidades de acuerdo a la siguiente escala que a continuación se detalla:
1er. Incumplimiento- 5% de la facturación mensual 2do. Incumplimiento- 10% de la facturación mensual 3er. Incumplimiento- 15% de la facturación mensual 4to. Incumplimiento- Preaviso de rescisión de contrato 5to. Incumplimiento- Rescisión de contrato.
Las sanciones no serán acumulativas, salvo que a criterio de la Administración la empresa adjudicataria actúe con negligencia o mala fe. En dicho caso se considerarán como acumulativa y la multa máxima estará limitada el 15 % de la facturación mensual.
A modo de ejemplo se considerará notoria negligencia las faltas reiteradas que afecten el servicio que se contrata en el transcurso de la negociación y que no sean subsanadas por el adjudicatario; en ese caso se impondrá una primer multa del 5% (cinco por ciento), una segunda multa del 10% (diez por ciento), una tercer multa del 15%, y de ahí en más, si la Administración no desea hacer uso de lo dispuesto para el 4to. y 5to. incumplimiento (preaviso y posterior rescisión del contrato), la multa a aplicar será del 15%.
Además se consideran como incumplimiento las siguientes irregularidades:
*Si la calidad del trabajo realizado no asegura un nivel adecuado para el buen funcionamiento del servicio.
*Si la empresa no cumple con el servicio diario por 3 o más llamados en 1 mes, no subsecuentes, o por 2 o más días consecutivos.
- SANCIONES
La Intendencia podrá sancionar al adjudicatario por incumplimiento, sanciones que se graduarán en atención a la gravedad de los incumplimientos constatados y a la reincidencia de los mismos. Las multas a aplicar oscilarán entre un mínimo de un 5% y un máximo de un 15% sobre el valor total del servicio.
Las mismas, se descontarán de las facturas pendientes de pago si las hubiere, o en su defecto con la consiguiente pérdida de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
- RESCISIÓN
Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones a que dieren lugar los incumplimientos con las cláusulas del presente Xxxxxx, la Intendencia podrá rescindir el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificar al mismo la decisión. No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en la Ley.
Serán además causales de rescisión cuando:
a) El contratista no iniciara los trabajos en la fecha fijada o no diera a los mismos el desarrollo previsto en el Contrato.
b) Los servicios no se encontrasen ejecutados con arreglo al contrato y se hubiera otorgado plazo al contratista para subsanar los defectos, sin que lo haya hecho.
c) El contratista resulte culpable de fraude, grave negligencia o contravención a las obligaciones estipuladas en el contrato.
d) El contratista solicitara concordato, concurso civil, quiebra o liquidación judicial.
La IDR se reserva el derecho de rescindir esta contratación en cualquier momento, debido a necesidades del servicio, con un preaviso de 15 días, en cuyo caso solo se pagarán al adjudicatario los trabajos realizados, sin otra compensación ni indemnización de especie alguna. En caso de rescisión del contrato por parte de la IDR, ésta podrá entablar todas las acciones que correspondan, así como efectuar las comunicaciones que correspondan.
21.- NOTIFICACIONES
Toda notificación que realice la IDR se llevará a cabo personalmente, por fax o por el correo electrónico declarado en la oferta.
22.- NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo pertinente, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) El T.O.C.A.F.
b) El art. 8º de la Ley 16.134 de 24/09/990
c) El Decreto 131/2014
d) De la responsabilidad derivada de las obligaciones referidas en las Leyes N° 18099 y 18251
En cumplimiento de lo establecido por las leyes Nº 18.099 y 18.251, se establece que, ante cualquier reclamación por las obligaciones que establecen dichas Leyes, formuladas por los trabajadores del Adjudicatario, o por parte de subcontratistas de este, intermediarios o suministradores de mano de obra, el Adjudicatario será el único, exclusivo y definitivo responsable, en todos los casos y por el total de los adeudos que correspondan.
En caso que dicho reclamo no sea satisfecho, y el mismo haya sido efectuado, o abonado por la IDR, esta repetirá contra el Adjudicatario mediante la retención de sus créditos, ya sean provenientes de la contratación que originó dicha reclamación, de otros que pueda tener ante la XXXX, de eventuales garantías, o de cualquier otro crédito, o patrimonio, pudiendo imputarse tales sumas para el pago de los respectivos adeudos, sin perjuicio de las posibles acciones judiciales que decida plantear.
e) Acorde a lo dispuesto por el Art.1º de la Ley Nº 18.098 de 12 de enero de 2007, se establece que la retribución de los trabajadores de la empresa adjudicataria, asignados al cumplimiento de las tareas inherentes al objeto de la Licitación, deberá respetar los laudos salariales establecidos por los Consejos de Salarios
f) Leyes, Decretos y Resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la Licitación
g) El adjudicatario deberá cumplir con lo dispuesto por las leyes 17.897, art. 4 ley 18.251.
23.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
Edicto de Publicación
XXXXXXXXXXX XX XXXXXX
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
Unidad de Licitaciones
Licitación Abreviada 20/22
Expediente 0000-0000
OBJETO: LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AREAS PROTEGIDAS
RECEPCIÓN DE OFERTAS: Hasta el día 05 xx xxxx de 2022 hora 12.00 en Unidad de Licitaciones xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 (XX) Xxxxxx, en sobre cerrado, o vía fax al Tel. 00000000 interno 138.- No se admitirán otras formas de presentación de las ofertas (ni cotización en línea, e-mail ni similar), salvo la causal de excepción establecida en el pliego.
Toda la documentación deberá ser recibida antes de dicha hora, debidamente firmada por quien corresponda.
APERTURA: El día 05 xx xxxx de 2022 a partir de la hora 12:30 en Unidad Licitaciones.
PLIEGO: costo $ 500 (quinientos) valorado incluido (puede abonarse en IDR; u Oficina de la IDR en Montevideo o depósito en la cuenta corriente BROU 1536201-00008 o para deposito en redes de cobranza Cuenta Corriente BROU 041-0004667.)
Disponible para su consulta en página web de la IDR, ó en página de compras estatales o en Div. Adquisiciones.
Atento a la situación sanitaria se procurará evitar la aglomeración de personas para la apertura por lo cual se instrumentarán mecanismos para que las empresas puedan participar mediante zoom o sistema similar, siendo esto totalmente opcional pudiendo comparecer en forma personal. Para ello, deben remitir antes de la hora de apertura un mail a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx manifestando que se van a presentar para enviarles la invitación respectiva.