CONTRATO DE OPCION DE COMPRAVENTA--------
--------CONTRATO DE OPCION DE COMPRAVENTA--------
DE LA PRIMERA PARTE: , y
, en adelante denominado “VENDEDOR”.------------------------------------------------ DE LA SEGUNDA PARTE: _ _, y
, en adelante denominado “COMPRADOR”.---------------------------------------------
---Con capacidad legal necesaria para este otorgamiento, libre y voluntariamente:
EXPONEN
PRIMERO: Que el Vendedor es dueño en pleno dominio de la propiedad ubicada en , Puerto Rico.
---Incluye el siguiente mobiliario y/o equipo:_
SEGUNDO: Que las partes en este contrato, habiendo acordado la compraventa de la propiedad antes descrita otorgan el mismo conforme a los siguientes:
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. PRECIO: Que el precio de venta de la propiedad será de $ o el valor de tasación, el que sea menor.
2. TERMINO: Que la presente opción es válida por el término de días a partir de la fecha de firma del presente contrato.
3. OPCION: El Comprador entrega como opción la cantidad de $ como depósito de buena fe. Dicha opción se le entregará al Corredor de Bienes Raíces, , hasta tanto se realice la transacción de la referida propiedad y la misma será depositada en su cuenta plica (“escrow”).
4. INCUMPLIMIENTO: Si la compraventa no se lleva a cabo por causas atribuibles al Comprador, perderá el depósito de buena fe (opción) en su totalidad
sin derecho alguno de exigirla, y el depósito será la comisión total xxx Xxxxxxxx de bienes raíces.
a) Todas las partes acuerdan que lo siguiente no será considerado justa causa:
(1) dejar de proveer información necesaria, (2) retrasos voluntarios en la entrega de documentos, (3) no tener fondos disponibles para el cierre, (4) no poderse verificar los ingresos, (5) voluntariamente no cumplir con los términos pactados, (6) cambio de empleo u otras razones personales.
5. PAGO: El Comprador realizará el pago del precio de compraventa de la propiedad mediante ( ) el trámite de un préstamo hipotecario o ( ) pagando al contado (“cash”).
a) Si la compra de la propiedad fuera mediante un préstamo hipotecario, el Comprador se compromete a que dentro de
días a partir de la firma de este contrato, proveer al Vendedor y/o al Corredor de Bienes Raíces una carta donde acredite que el Comprador ha originado el financiamiento necesario para la compra de la propiedad.
b) Si la compra de la propiedad fuera mediante un préstamo hipotecario, tanto el Vendedor como el Comprador deben hacer todo lo que este a su alcance para agilizar el préstamo y no mediar de forma negligente.
6. GASTOS: Los gastos legales relacionados a la transacción de compraventa será pagados de la siguiente manera:
( ) Cada uno pagará los gastos según establecido por ley ( ) Todos los gastos serán pagados por el Vendedor
( ) Todos los gastos serán pagados por el Comprador
7. CONTRIBUCIONES: El Vendedor será responsable del pago de las contribuciones sobre la propiedad inmueble hasta la fecha de la firma de las escrituras de compraventa, y de ahí en adelante serán por cargo del Comprador.
8. ENAJENACION: Durante la vigencia de esta opción, el vendedor se compromete a no vender, hipotecar o gravar la propiedad en forma alguna. De así hacerlo pagará la totalidad de la comisión pactada al Corredor de Bienes Raíces.
9. INSPECCION: Que el Corredor de Bienes Raíces orientó a las partes sobre la necesidad y conveniencia de realizar una inspección física de la propiedad por un profesional debidamente licenciado por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según dispone la ley, para saber las condiciones de la propiedad objeto de este contrato y las ventajas del mismo.
10. ESTADO DE LA PROPIEDAD: Una vez realizada la inspección de la propiedad por el Comprador o por su representante, la misma se acepta tal y como se encuentra (“as is”); y con todos sus derechos, usos y servidumbres según la inscripción en el Registro de la Propiedad.
11. COMISION: El Vendedor acepta pagar el % de comisión del precio total de venta al Corredor de Bienes Raíces pagaderos en el acto del cierre de la compraventa.
12. RESPONSABILIDAD: Todas las partes reconocen y aceptan que el Corredor de Bienes Raíces, presta servicios solamente como Corredor de Propiedades en esta transacción y no será responsable por incumplimiento alguno de las partes.
13. DIVULGACION SOBRE PLOMO: Que el Corredor de Bienes Raíces a las partes sobre los peligros de la pintura a base de Plomo de aquellas propiedades construidas antes del 1978 y sus consecuencias, según dispone la ley. También se aclara que el comprador recibió, por parte xxx XXXXXXXX, el folleto titulado: Proteja a su familia del Plomo en su casa, para mayor información sobre los peligros del plomo.
ACEPTACIÓN
---Los partes expresan su conformidad con todas las cláusulas y condiciones consignadas en este Contrato, aceptándolo en todas sus partes en el mismo día de
su otorgamiento.
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LECTURA
---Leído este Contrato por cada una de las partes, se ratifican en su contenido y encontrándolo conforme lo firman espontáneamente, poniendo además sus iniciales en el margen izquierdo de cada hoja de este Contrato.------------------------
En , Puerto Rico, hoy de de 20 _.
_ _ Vendedor Comprador