BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PROVIAS NACIONAL
ADS N° 0011-2014-MTC/20.UZA
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL:
“SERVICIO XX XXXXXXXX XX XXXXX XXXX XX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX”
XXXXXXXX – XXXX 0000
0
XXXXXXX NACIONAL
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
• No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
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1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo
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harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS1
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, deberá tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
• En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que
1 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
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contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—,, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deberá tenerse en consideración lo siguiente:
Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
• En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos .
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la
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presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
• Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2
1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas
2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente:
Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
IMPORTANTE:
• En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
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En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.
1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE IMPORTANTE: | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
• En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
• Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, se deberá tener en consideración lo siguiente:
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
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La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
• En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deberá tener en consideración lo siguiente:
El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
• En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 4.
3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso.
El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
▪ Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
▪ Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
▪ Código de cuenta interbancario (CCI).
3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3. DE LAS GARANTÍAS
3.3.1. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de
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Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
3.8. PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
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En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Nacional - PROVIAS NACIONAL |
RUC Nº | : | 20503503639 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxx Xxxxxxxx XX. “X” XX. 00 Xxx. Xxxxxx - Xxxxxxxx |
Teléfono/Fax: | : | 000-000000 |
Correo electrónico: | : | xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE ALQUILER DE LOCAL PARA LA OFICINA ZONAL AYACUCHO.
1.3. VALOR REFERENCIAL5
El valor referencial asciende a S/. 42 000.00 (Cuarenta y Dos Mil con 60/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado el mes de Noviembre del 2014.
IMPORTANTE:
• De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
• Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Directoral N° 1302-2014- MTC/20 de fecha 05 de diciembre del 2014.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Directamente Recaudados
5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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IMPORTANTE:
• La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso de selección se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de Cinco (05) meses. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de reproducción de las Bases Administrativas será xx Xxxx con 00/100 Nuevos Soles (S/. 10.00).
1.10. BASE LEGAL
- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2014.
- D.L. N° 1017 – que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante La Ley
- D.S. N° 184-2008-EF – que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017 – Ley de Contrataciones del Estado, en adelante El Reglamento
- D.S. N° 021-2009-EF – Modificación de diversos Artículos de El Reglamento
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
- Ley N° 27806 – Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública
- Ley N° 28015 – Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña y Microempresa
- Ley N° 26162 – Ley del Sistema Nacional de Control
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | |
Registro de participantes | : | Del: Al: |
Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases | : | Del: Al: |
Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases | : | |
Integración de las Bases | : | |
Presentación de Propuestas | : | |
* En acto privado | : | |
Calificación y Evaluación de Propuestas | : | |
Otorgamiento de la Buena Pro | : | |
* En acto privado (a través del SEACE) | : |
IMPORTANTE:
• Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez
(10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en las Oficinas de PROVIAS NACIONAL - Zonal Ayacucho, sito en Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx “X” Xx. 00 Xxx. Xxxxxx Ayacucho, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
IMPORTANTE:
• Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
• Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
6 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
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2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Av. Las Mercedes Mz “M” Lt. 18 Urb. Jardín Ayacucho , en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0011-2014-MTC/20.UZA, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
IMPORTANTE:
• Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS7
Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx. “X” Xx. “18” Urb. Jardín Huamanga Ayacucho, en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial.
IMPORTANTE:
• Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
En ambos supuestos, las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0011-2014- MTC/20.UZA, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
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Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx. “X” Xx. 00 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0011-2014-MTC/20.UZA
Denominación de la convocatoria: Servicio de Alquiler de Local Para la Oficina Zonal Ayacucho
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
7 De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
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SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
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Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx. “X” Xx. 00 Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 0011-2014-MTC/20.UZA
Denominación de la convocatoria: Servicio de Alquiler de Local Para la Oficina Zonal Ayacucho
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y dos (02) copias8.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 9 , la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección, adicionalmente deberá presentar la relación de equipos indicados en los Términos de Referencia ítem
5.1 Requisitos del Proveedor10 (Anexo Nº 2).
c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos
8 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
9 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
10 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
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al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5) 11
IMPORTANTE:
• La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
f) Copia de la ficha o partida registral del inmueble propuesto donde conste la titularidad del inmueble o en su defecto el Certificado Registral Inmobiliario- CRI.
En caso de existir copropiedad, presentar además documento legalizado notarialmente donde los copropietarios, expresen su voluntad de arrendar el inmueble a la institución, así como la autorización a la persona que hará la propuesta.
g) Anexo Nº 06 deberá ser llenado conforme a lo que se indique en la ficha o partida registral del Inmueble.
h) Anexo Nº 07 deberá ser llenado de acuerdo al Autoevalúo, asimismo deberá adjuntar copia de dicho autoevalúo del presente año.
MPORTANTE:
1. La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
2. En caso que se presente un documento que contenga información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación, y éste se encuentre en idioma distinto al castellano se presentaran acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor publico juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 62° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
3. Para efectos de la Traducción Certificada considerar el Manual de Procedimientos de la Traducción Certificada 12 , y para el caso de la Traducción Oficial, el Manual de Procedimientos del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados13, concordado con el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE.
4. La documentación que se presente para el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos no podrá ser considerada para acreditar los factores de evaluación.
11 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de entrega, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor de evaluación.
12 Publicado en el portal web del Colegio de Traductores del Perú xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
13 Dicho Manual pueden ubicarlo en la siguiente dirección: xxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.xxx
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Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso14.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad15.
c) Factor Mejoras a las condiciones previstas en las bases:
- Mejora 01: Mediante Declaración Jurada referida al área total del inmueble ofertado. (Anexo Nº 08)
- Mejora 02: Presentación de una declaración jurada
d) Determinación del Centro Institucional de Arbitraje. Anexo N°. 09
La solución de las controversias del contrato que derive de este proceso de selección se resolverá según lo indicado en la Cláusula Décimo Sexta de la Proforma del Contrato.
De conformidad con dicha cláusula, en caso deba recurrirse al arbitraje, se tratará del tipo institucional. En tal sentido, las normatividades posibles de aplicación son:
1. Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima y reglas complementarias.
2. Reglamento de Arbitraje del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontifica Universidad Católica del Perú y reglas complementarias.
3. Texto Único Ordenado del Reglamento del Sistema Nacional de conciliación y Arbitraje (SNCA-CONSUCODE), aprobado mediante la Resolución N° 016-2004/CONSUCODE/PRE y reglas complementarias, a cargo de la Dirección de Arbitraje Administrativo del OSCE.
Por reglas complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Códigos de Ética, Reglamento de Aranceles y Pagos y demás aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.
Se precisa que el sometimiento al Reglamento y reglas complementarias alcanza también a la organización, administración y decisión del Centro Institucional respectivo.
Para efectos de la escogencia del Centro Institucional, los postores deberán adjuntar el Anexo N° 09. En caso los postores no adjunten el referido Anexo o no indiquen el nombre de uno de los Centros antes referidos, la solución de las controversias se someterá a la organización, administración y reglas del Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontifica Universidad Católica del Perú.
14 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
15 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
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IMPORTANTE:
• En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
• En caso que se presente un documento que contenga información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación, y éste se encuentre en idioma distinto al castellano se presentaran acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor publico juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 62° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
• Para efectos de la Traducción Certificada considerar el Manual de Procedimientos de la Traducción Certificada 16 , y para el caso de la Traducción Oficial, el Manual de Procedimientos del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados17, concordado con el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-2003-RE.
2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA18
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 10).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresados con dos decimales.
IMPORTANTE:
• La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
• En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Dónde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
16 Publicado en el portal web del Colegio de Traductores del Peru xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
17 Dicho manual pueden ubicarlo en la siguiente dirección: xxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.xxx
18 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.30
Dónde: c1 + c2 = 1.00
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscripción del Contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
c) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancario (CCI) (Formato 2).
e) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución contractual19.
f) Correo electrónico para notificar la orden de servicio, de ser el caso.
g) Copia de DNI del Representante Legal o del postor ganador, de ser el caso.
h) Copia Literal de la partida registral y/o escritura pública de compra – venta del inmueble ubicado en Ayacucho, en la que se acredite la propiedad del postor o de poderdante, en caso se haya otorgado poder especial para arrendar el inmueble, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de presentación de propuestas.
i) Copia de RUC de la empresa o del postor ganador de ser el caso.
j) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. k) Determinación del Centro Institucional de Arbitraje, Anexo N° 09.
l) Copia simple del DNI vigente del propietario; en caso de apoderado se deberá presentar adicionalmente copias simples de DNI vigente del apoderado y el poder especial para arrendar el inmueble.
m) Copia simple del último reporte de arbitrios emitido por la municipalidad correspondiente, en el cual no debe figurar deuda pendiente.
n) En caso del arrendatario con facultad para subarrendar, el contrato de arrendamiento donde se halle la cláusula expresa donde se faculta al arrendatario a subarrendar el inmueble.
IMPORTANTE:
• En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio .
IMPORTANTE:
• La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
19 Este domicilio debe ser consignado en el documento a través del cual se perfeccione el contrato, sea orden de servicio, o contrato, según corresponda.
.
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2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, dentro de los doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, deberá suscribir el contrato .Dentro del referido Plazo: a) El postor ganador de la Buena Pro debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicitara la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador de la Buena Pro subsana las observaciones formuladas por la Entidad
La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Administración sito en Xx. Xxx Xxxxxxx Xx. “X” Xx. “00” Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
2.9. FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en los términos y condiciones señalados en el numeral 6, capítulo III de la sección específica de las bases.
De acuerdo con el artículo 176° del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad de la Administracion con Visto Bueno del Jefe Zonal de Unidad Zonal Ayacucho.
- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
2.10. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
2.11. REAJUSTES DE LOS PAGOS
No se ha considerado reajustes en los pagos.
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CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. DENOMINACION DE LA CONTRATACION
Servicio de Alquiler de Local Para la Oficina Zonal Ayacucho
2. FINALIDAD PUBLICA
La finalidad pública es el servicio de alquiler de local para la oficina zonal Ayacucho.
3. OFICINA O AREA QUE REQUIERE EL SERVICIO
Unidad Zonal XIII-Ayacucho – PROVIAS NACIONAL
4. OBJETO DEL SERVICIO
Servicio de Alquiler de Local Para la Oficina Zonal Ayacucho
5. CARACTERISTICAS TECNICAS DEL SERICIO A EJECUTAR
Seleccionar a una persona natural o jurídica, para el alquiler de un inmueble destinado al funcionamiento de Oficina para la Unidad Zonal XIII AYACUCHO xx XXXXXXX NACIONAL, en adelante “LA ZONAL”. Dicho servicio se encuentra comprendido en el PAC con la denominación de: “SERVICIO DE ALQUILER DE LOCAL PARA LA OFICINA ZONAL AYACUCHO “
6. PRODUCTO A OBTENER
Alquiler de Inmueble para uso de la Xxxxxxx xx xx Xxxxx XXXX - Xxxxxxxx
0. REQUISITOS MINIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL CONTRATISTA
• CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO
7.1 Ubicación y Distrito:
El local debe estar ubicado en el radio urbano del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga Departamento de Ayacucho.
7.2 Condiciones Generales del Inmueble (Local).
Construcción de material noble. El local debe contar de preferencia con ambientes acondicionados para oficinas; con acceso y salida independiente a la calle, debiendo cumplir además las siguientes condiciones:
• El proveedor garantizara que el inmueble cedido en arrendamiento se encuentra en buenas condiciones, cuenta con buena iluminación en todos los ambientes, con ventanas amplias.
• Pisos de baldosas. Losetas vinílico o parquet.
• Las paredes y techos deberán presentar las mejores condiciones estructurales, que protejan ante los sismos. Así mismo estar completamente pintadas y limpias.
• Las puertas y ventanas deberán estar acondicionadas para que se garantizara la seguridad debida, contando con todos los vidrios, chapas y seguros necesarios para tal fin.
• Todos los ambientes deben contar con adecuada iluminación natural y ventilación.
• Servicios higiénicos operativos al 100% sin ningún tipo de fugas.
• Instalaciones eléctricas debidamente aisladas, sin ningún tipo de fugas.
• Garantizar el abastecimiento continuo de agua potable.
• Instalaciones eléctricas y sanitarias.
Deberá contar con placas de interruptores, tomacorrientes, centros de luz, medidor de energía eléctrica independiente, medidor de agua independiente, las instalaciones sanitarias deben encontrarse en buen estado y funcionamiento.
Fluido eléctrico en buen estado y funcionamiento con iluminación interna y externa totalmente operativa en todo el local.
• Deberá contar con su respectivo pozo a tierra.
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• Deberá contar con un tanque de agua elevado.
7.3 Área construida en el local:
Debe tener como mínimo un área de 180 m2
7.4 Ambientes:
Mínimo: Siete (07) ambientes independientes, con un área de 6 m2 como mínimo.
7.5 Garaje:
Incluye cochera con una capacidad de internamiento mínimo para dos (02) camionetas como mínimo.
7.6 Servicios Higiénicos:
Para efectos del presente proceso un servicio higiénico (comprende: 1 inodoro más 1 lavatorio) Mínimo cuatro (03) servicios higiénicos completos.
7.7 Disponibilidad del local:
Inmediata (a la firma del contrato)
7.8 Aspecto legal:
El local, no deberá tener inconvenientes de índole legal y deberá estar totalmente saneado, para lo cual deberá adjuntar, al momento de la presentación de propuestas la siguiente documentación:
• Adjuntar la ficha de inscripción en registros públicos, donde se certifique el asiento del dominio del inmueble, con una antigüedad no mayor de 90 días calendarios. Deberá presentar copia simple de la ficha registral o tomo en que se encuentre inscrito el local ofertado. De ser el caso, se deberán adjuntar copias de los testimonios, escrituras públicas, resoluciones, etc. Que acrediten la condición.
• Documentos que acrediten estar al día en el pago de servicios de luz y agua
• Documentos que acrediten estar al día en los pagos de tributos municipales.
• Fotocopia de los documentos de identidad del (los) propietario (s) del inmueble de ser el caso.
• Copia expedida de los Registros Públicos de poder otorgado al Representante Legal de la empresa (si fuera persona jurídica).
• En caso del arrendatario con facultad para subarrendar, el Contrato de Arrendamiento donde se halle la cláusula expresa donde se faculta al arrendatario a subarrendar el inmueble.
7.9 Otros aspectos:
La Zonal se encargara de instalar su propia línea telefónica y servicio de internet, luego de firmar el contrato con el postor ganador.
Los gastos de conservación y mantenimiento ordinario Sera asumido por LA ZONAL, así como limpieza, pintado del local y restantes (según corresponda) durante la ejecución del contrato. La ZONAL se compromete a no introducir modificaciones en la estructura del inmueble en materia del presente contrato, sin previa autorización del arrendador.
• El contratista garantiza que el inmueble cedido en arrendamiento se encuentra en buenas condiciones y cumple con los términos de referencia descritos anteriormente.
• El costo de las reparaciones y/o reposiciones a realizarse en el inmueble, que sean originados por el desgaste del uso normal del mismo, serán asumidas por LA ZONAL.
• El contratista asumirá la reparación del inmueble por deterioros que se produzcan por caso fortuito o fuerza mayor. En caso de incumplimiento de parte del contratista, LA ZONAL podrá efectuar las reparaciones correspondientes, descontando lo pagado de las futuras cuotas de la renta, hasta su total cancelación.
• En lo no contemplado en las Bases del proceso rige lo establecido en el Código Civil.
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❖ NOTAS IMPORTANTES
• A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones del numeral 1, se deberá adjuntar en la propuesta técnica un croquis o plano de la ubicación del local ofrecido.
• A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones del numeral 2, se deberá adjuntar en la propuesta técnica un croquis o plano de la distribución del local ofrecido, que incluya las medidas del mismo.
• Para los efectos del presente proceso de selección ni el croquis de ubicación ni el de distribución, requieren firma de ingeniero o arquitecto.
• A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones del numeral 4, se deberá adjuntar en la propuesta técnica una declaración jurada de que el local no se encuentra ocupado o de que se compromete a desocuparlo hasta la fecha señalada para la firma del contrato.
8. PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO
Doce Meses (12).
9. LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO
En el radio urbano de la ciudad de Ayacucho – Huamanga.
10. GARANTIA
No aplica
11. MODALIDAD DE SELECCION
Procedimiento Clásico.
12. SISTEMA DE CONTRATACION
Suma Alzada
13. MODALIDAD DE EJECUCION CONTRAACTUAL
No corresponde
14. FORMULA DE REAJUSTE
No corresponde
15. FORMA DE PAGO
Según lo Normado en los Artículos 180º y 181º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado. El pago se realizará dentro de los 10 días del siguiente mes al que corresponde el servicio, previa conformidad.
16. CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad estará a cargo del Administrador Zonal al término del mes, de acuerdo al artículo 176° y 177° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
17. ADELANTOS
Sin Adelantos
18. OTRAS CONDICIONES ADICIONALES
El Contratista está obligado a brindar todo tipo de facilidades para que la Zonal, cuantas veces lo considere necesario, por si o por terceros, efectué inspecciones físicas o documentarias para verificar el cumplimiento de los Términos de Referencia.
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19. PENALIDADES
Se aplicaran las penalidades por incumplimiento de lo descrito en los párrafos precedentes según el artículo 165° y 166° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LAS BASES Mejora 01: | Área mayor a 180m2: 50.00 puntos 50.00 puntos |
Criterio: Se evaluará en función al área construida del inmueble propuesto. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada. Mejora 02: Criterio: Se otorgara puntaje a aquel postor que declare su compromiso de entregar el local de forma inmediata Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada. | ||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
IMPORTANTE:
• Atendiendo a la naturaleza y características del objeto del proceso, el Comité Especial podrá consignar el factor EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD. En dicho caso, el Comité Especial deberá observar para su formulación lo señalado en el párrafo precedente para el factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD, debiendo precisar los servicios que califican como similares para acreditar tal experiencia.
• Cuando se incluya el factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD y el factor EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD, el servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad.
• El factor referido a la experiencia del postor será facultativo en el caso de la contratación de servicios de arrendamiento de inmuebles.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
ALQUILER DE LOCAL PARA OFICINA ZONAL
Conste por el presente documento, la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN]
para la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. 20
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO21
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE ÚNICO PAGO, PAGOS PARCIALES O
PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
20 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10) en su propuesta técnica.
21 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].
El plazo de ejecución del presente Contrato se extenderá desde el día siguiente de la suscripción del presente Documento y rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de EL SERVICIO a cargo de EL CONTRATISTA y se efectúe el pago, de conformidad con lo establecido en el artículo 149° de EL REGLAMENTO.
Durante la vigencia del presente Contrato, los plazos se computarán en días calendario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 151° de EL REGLAMENTO.
IMPORTANTE:
• De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente:
“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS
TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
La relación jurídica contractual está subordinada a las disposiciones contenidas en la ley y el reglamento y demás normas ampliatorias y modificaciones.
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora22 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
El orden de prelación de los documentos que conforman el presente contrato para efectos de su interpretación o integración en caso de cualquier contradicción es el siguiente:
1- Términos de Referencia 2- Bases Integradas
3- La propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA 4- El presente Documento Contractual
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
• Garantía por el monto diferencial de la propuesta23: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
22 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
23 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA : CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años.
CLÁUSULA DUODÉCIMA TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago
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final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
• De preverse en los Términos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por xxxx, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA : RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
PROVIAS NACIONAL podrá resolver este contrato por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible a las partes continuar con el servicio y prestaciones pactadas y en los casos de abandono y/o desempeño insuficiente o negligente, debidamente comprobados, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar.
Si cualesquiera de las partes incumpliera sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante Carta Notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
En caso de resolución del Contrato, La CONTRATISTA entregará a PROVIAS NACIONAL, Bajo responsabilidad toda la información relacionada con el Servicio.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
Prestar EL SERVICIO de conformidad con lo establecido en el Capítulo III: Términos de Referencia y Requerimientos Técnicos Mínimos, Sección Específica de las Bases Integradas de la Adjudicación Directa Selectiva, que forman parte integrante de este Contrato y supletoriamente con los dispositivos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia.
Prestar directamente EL SERVICIO, no estando permitida la cesión de obligaciones
Se compromete a mantener en reserva la información relacionada con la ejecución de EL SERVICIO, la cual es de propiedad exclusiva xx XXXXXXX NACIONAL, a no utilizar la información obtenida como producto o resultado de este Contrato para fines distintos, ni durante su ejecución ni después del término del mismo, sin que medie autorización escrita otorgada por PROVIAS NACIONAL. Al finalizar EL SERVICIO, se obliga a entregar la documentación generada como consecuencia de la ejecución de EL SERVICIO, al Administrador del Contrato xx XXXXXXX NACIONAL.
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias
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aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS24
Las partes acuerdan que las controversias que surjan, sobre la ejecución interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785, y sus modificatorias, así como las demás que por su naturaleza sean excluidas por Xxx.
Sin perjuicio de lo anterior, el enriquecimiento sin causa, así como las materias que xxxx xx xxxxxxx de obligaciones distintas del presente Contrato no serán materia arbitrable.
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170°, 175°, 176°, 177°, 179°, 181°, 184°, 199°, 201°, 209°, 210°, 211° y 212° del Reglamento en concordancia a lo dispuesto en el numeral 52.2 del artículo 52° de la Ley.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a Conciliación las referidas controversias, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según los plazos y procedimientos señalados en el artículo 214° del Reglamento.
Si la Conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes podrán someter a la competencia arbitral la solución definitiva de las controversias. Para tal efecto, cualquiera de las partes deberá iniciar el arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes de concluida la Conciliación. El vencimiento del plazo antes indicado, sin que se haya iniciado el arbitraje, implicará la renuncia a las pretensiones fijadas en la solicitud de Conciliación.
Las reglas aplicables al proceso arbitral serán las vigentes al momento de la suscripción del presente Contrato.
Las partes acuerdan que el proceso arbitral será de tipo institucional, el mismo que se realizará bajo la organización, administración, Reglamento y normas complementarias…………; sin perjuicio de lo establecido en el presente Convenio Arbitral.
Por normas complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Códigos de Ética, Reglamento de Aranceles y Pagos y demás aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.
En caso que el monto de la cuantía de la (s) controversia (s), señalada (s) en la solicitud de arbitraje, sea(n) mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado.
Si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en la solicitud de arbitraje es igual o menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único.
En caso que la (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje, verse (n) sobre materia de cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por un Tribunal Arbitral Colegiado.
24 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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Las partes contarán con un plazo no menor de veinte (20) días hábiles para presentar su escrito de demanda, contestación de demanda, reconvención o contestación a la reconvención, según corresponda. El mismo plazo regirá para la presentación de medios de defensa, cuestiones previas, cuestionamientos probatorios o excepciones.
En caso se ofrezca una pericia de parte o se actúe una pericia de oficio, dicha labor debe ser encomendada por el Tribunal Arbitral o Arbitro Único a persona natural o jurídica de reconocida especialidad en la materia. Una vez presentado el dictamen o Informe Pericial correspondiente, la(s) parte(s) deberán absolverlo o formular sus observaciones en un plazo no menor de veinte
(20) días hábiles.
En caso que cualquiera de las partes o ambas soliciten al Tribunal Arbitral o Arbitro Único una pericia o cuando el Tribunal Arbitral o Arbitro Único solicite de oficio una Pericia, se dispondrá la ejecución de la misma, debiendo asumir proporcionalmente cada parte el costo final de dicha actuación probatoria o en iguales proporciones, respectivamente, según corresponda. Para estos efectos, el Tribunal Arbitral o Arbitro Único tendrá en cuenta la propuesta de puntos a analizar que las partes proporcionen.
En el caso de Árbitro Único y del Presidente del Tribunal Arbitral Colegiado, la designación la realizará el Centro Institucional determinado. En el caso de designación de los otros dos árbitros del Tribunal Arbitral Colegiado, se realizará por cada una de las partes, en los plazos establecidos en el Centro Institucional.
Cuando exista un proceso arbitral en curso y surja una nueva controversia relativa al mismo Contrato, sólo procederá la acumulación de procesos y/o pretensiones siempre que exista común acuerdo entre las partes formalizado por escrito.
Las partes no le confieren al Tribunal Arbitral Colegiado o al Árbitro Único la posibilidad de ejecutar el Laudo.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
En caso que por falta de los pagos correspondientes, el Árbitro Único o el Tribunal Arbitral Colegiado, según corresponda, determine el archivo o la terminación de las actuaciones arbitrales, según la denominación del Reglamento aplicable, ello implicará la culminación del proceso arbitral y, en consecuencia, el consentimiento de los actos que fueron materia del referido proceso.
Respecto de la interposición del Recurso de Anulación xxx Xxxxx Arbitral, las partes deberán ponerse de acuerdo antes de la firma del presente contrato, conforme al Pronunciamiento N° 371- 2011/DTN, sobre si constituirá o no requisito de admisibilidad de dicho recurso la presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario, fianza solidaria por el monto laudado o cualquier otro tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse. En caso de no existir acuerdo entre las partes, la presentación de los documentos referidos no constituirá requisito de admisibilidad para el referido recurso, no obstante lo indicado en el Reglamento del Centro Institucional.
La presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto laudado o cualquier tipo de carga o derecho a favor de la parte vencedora, creado o por crearse, no será necesaria para requerir la suspensión de los efectos xxx Xxxxx Arbitral ante el Poder Judicial, no obstante lo indicado en el Reglamento del Centro Institucional.
CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
18.1 Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente Contrato, donde se les entregará los avisos y notificaciones a que hubiera lugar y no podrá ser variado, salvo aviso notarial que deberá ser comunicado con tres días de anticipación a su vigencia. En caso de incumplimiento continuará surtiendo todo efecto legal cualquier notificación que se curse y dirija al domicilio legal señalado en la introducción de este contrato.
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18.2 Para los fines del presente Contrato, constituyen formas validas de comunicación las que PROVIAS NACIONAL efectué a través de los medios electrónicos como son Correo electrónico teléfono, para lo cual se utilizarán los números telefónicos y correos electrónicos indicados por EL CONTRATISTA en la introducción del presente contrato.
18.3 Para este fin la Cédula de Notificación que figura como Anexo N° … con sus antecedentes, transmitida por cualquiera de los medios señalados precedentemente deberá consignar obligatoriamente la fecha cierta en que está remitida, oportunidad a partir de la cual surtirá efectos legales.
18.4 Una vez efectuada la transmisión por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico de EL CONTRATISTA no será obligatoria; computándose los plazos a partir de la primera de las notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.
18.5 Es responsabilidad de EL CONTRATISTA mantener activos y en funcionamiento el teléfono y dirección electrónica consignada en la introducción del presente Contrato; asimismo de conformidad con el Artículo 40° del Código Civil, el cambio de domicilio físico y para efectos del presente Contrato, teléfono y dirección electrónica, sólo será oponible por PROVIAS NACIONAL, si ha sido puesto en conocimiento xx XXXXXXX NACIONAL en forma indubitable.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: PAGO DE SERVICIOS BASICOS(LUZ, AGUA, TELEFONO E INTERNET)
De acuerdo a los Términos de Referencia el pago de los servicios de Agua, Luz, Teléfono e Internet serán cancelados íntegramente por LA ENTIDAD.
CLAUSULA DUO DECIMA.- VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al
[CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
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FORMATOS Y ANEXOS
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FORMATO N° 1 25
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN
CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN
CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº [… ], tenemos
el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Selectiva N° 0011-2014-MTC/20 a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito26.
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
25 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
26 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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FORMATO Nº 02
CARTA DE AUTORIZACIÓN
(Modelo: Anexo N° 1 de la Directiva de Tesorería)
Lima,…………………..………
Señor:
GERENTE DE LA UNIDAD GERENCIAL DE ADMINISTRACIÓN PROVIAS NACIONAL
Presente.-
Asunto: Autorización de abono directo en cuenta CCI que se detalla
Por medio de la presente, comunico a usted, que la Entidad Bancaria, número de cuenta y el respectivo Código de Cuenta Interbancario (CCI) de la Empresa que represento es la siguiente:
• Empresa:
• RUC:
• Entidad Bancaria:
• Número de Cuenta:
• Código CCI:
Dejo constancia que el número de cuenta bancaria que se comunica ESTA ASOCIADO al RUC consignado, tal como ha sido abierta en el sistema bancario nacional.
Así mismo dejo constancia que la factura o Recibo por Honorario o Boleta de Venta a ser emitida por el suscrito (o mi representada) una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Servicios y/o Orden de Servicio con las prestaciones de bienes y/ o servicios materia del Contrato pertinente, quedara cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del abono en la Entidad a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Atentamente,
………………………….……………………….. Firma, Nombre / Razón social del postor
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ADS N° 0011-2014-MTC/20.UZA
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o Razón | Social | : | ||
Domicilio | Legal | : | |||
RUC | : | Teléfono : | Fax : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Mantenimiento de la Carretera Ayacucho – Andahuaylas – Pte. Sahuinto Tramo I (50.000 Km), de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
• Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
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ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio el Servicio de Alquiler de Local Para la Oficina Zonal Ayacucho en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA 0017-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO ser el único propietario del inmueble ubicado en [CONSIGNAR DIRECCION DEL INMUEBLE] y que la siguiente información se sujeta a la verdad:
1. TÍTULO | ||
Propietario único | Persona Natural | |
Persona Jurídica | ||
Sociedad Conyugal | ||
Copropietario | En este caso precisar si cuenta con la autorización de los demás copropietarios (firma legalizada notarialmente) | |
2. TÍTULO | ||
Inscrito en Registros Públicos | En este caso precisar datos de inscripción de Registro | |
Tomo: Fojas: | ||
Ficha Nº | ||
Partida Electrónica | ||
Consta de escritura pública | ||
Consta de documento privado | Precise cual |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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ANEXO 07
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA 0011-2014-MTC/0.UZA
Presente.-
DATOS DEL INMUEBLE | |||||||||||
1. DATOS GENERALES | |||||||||||
DIRECCION: | |||||||||||
TIPO DE VIA | DEPARTAMENTO | ||||||||||
(JR., CALLE, AV, PSJE) | |||||||||||
PROVINCIA | |||||||||||
DISTRITO | |||||||||||
NUMERO | MANZANA | LOTE | |||||||||
UBICADO EN EL PISO | |||||||||||
TIPO DE HABILITACION | Ejem (Asentamiento Humano, Agrupacion de Vivienda | ||||||||||
Agrupamiento, Centro Poblado, Cooperativa, Fundo | |||||||||||
Pueblo Joven, Pueblo Tradicional, Proyecto Integral | |||||||||||
Urbanización) | |||||||||||
CODIGO DE PREDIO | AREA CONSTRUIDA | M2 | |||||||||
AREA DEL TERRENO | M2 | ||||||||||
AREA DE LA OFICINA A ALQUILAR | M2 | ||||||||||
NUMERO DE PISOS | |||||||||||
Considerar el total de M2 que ocupa el arrendatario | |||||||||||
ESTADO DE CONSERVACION | Ejem (Bueno, Regular, Malo) | (OSINERGMIN). | |||||||||
ANTIGÜEDAD DE CONSTRUCCION | |||||||||||
VALOR DE LA CONSTRUCCION | (S/. | ||||||||||
Nota: La información que se consignara en el presente anexo, será según el Autovalúo del presente año.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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ADS N° 0011-2014-MTC/20.UZA
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA SOBRE EL AREA DEL LOCAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración,
El que suscribe, don identificado con D.N.I. N° , Representante Legal de , con RUC Nº , DECLARO BAJO JURAMENTO que mi local ubicado en , cuenta con una área de……mts. y la cual cumple con las especificaciones mínimas del punto 3 del capítulo III sección específica de las bases.
Lima,……………………………………
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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XXXXXXX XXXXXXXX
XXX Xx 0000-0000-XXX/00.XXX
XXXXX Xx 0
XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX INSTITUCIONAL DE ARBITRAJE
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0010-2014-MTC/20
Presente.- Estimados Señores:
Los suscritos declaramos expresamente que manifestamos nuestra conformidad con que las controversias contractuales se sometan a la organización, administración, Reglamento y demás disposiciones complementarias27 de la siguiente Institución Arbitral:
…………………………….. (Colocar nombre del Centro)
La selección del Centro Institucional de Arbitraje es sin perjuicio de las demás condiciones dispuestas en la “Cláusula Décimo Sexta: Solución de Controversias” de la Proforma del Contrato.
Lima,……………………………………
……………………………….…………………..
Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor
1 Por disposiciones complementarias se entiende, enunciativamente, a los Estatutos, Códigos de Ética, Reglamento de Aranceles y Pagos y demás aplicables por el Centro Institucional para el desarrollo del proceso arbitral.
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ADS N° 0011-2014-MTC/20.UZA
ANEXO Nº 10
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0011-2014-MTC/20.UZA
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
• Únicamente la propuesta económica contendrá el monto total de la oferta.
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