PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS POR EL QUE SE HABRÁ DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN DEL BAR-RESTAURANTE, OFICINA DE TURISMO Y LA CASA DEL GUARDA SITUADO EN LAGRAN
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS POR EL QUE SE HABRÁ DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN DEL BAR-RESTAURANTE, OFICINA DE TURISMO Y LA CASA DEL GUARDA SITUADO EN LAGRAN
Objeto del Contrato
La presente licitación tiene como finalidad facilitar la atención del centro de interpretación y degustación “La Traviesa” del municipio de Lagrán, constituido por un Bar-restaurante con punto de venta de productos típicos con Label Vasco de calidad; y una oficina de turismo-centro de interpretación, garantizando el funcionamiento regular y continuado de todas las instalaciones.
Constituye objeto xxx xxxxxx la adjudicación del contrato de la gestión y mantenimiento de las instalaciones y los servicios anteriormente referidos, integrados dentro del complejo del Centro de Interpretación y degustación “La Traviesa”, junto con la vivienda denominada Casa del Guarda.
El contrato objeto del presente pliego es de carácter administrativo especial, tal y como establece el artículo 19.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRCSP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo especial.
En ningún caso ni circunstancia, este tipo de contrato supondrá la existencia de relación laboral entre el Ayuntamiento de Lagrán y la contrata, por lo que en ningún modo le serán aplicables las disposiciones de derecho laboral.
Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de gestión y mantenimiento del bien patrimonial será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo
150.1 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
TIPO DE LICITACIÓN
El tipo de licitación (canon anual/renta) será de 2.000 € (DOS MIL EUROS) anuales, para el Bar restaurante la Traviesa y susceptible de mejora por los licitadores. Cada interesado podrá realizar la oferta que considere oportuna. Si fuera preciso que el licitador necesita la Vivienda denominada en Casa Guarda el canon será incrementado en otros 2.000 € (DOS MIL EUROS), que podrá ser mejorado por los licitadores, siendo requisito necesario para ello el empadronamiento en la Vivienda.
No se establece revisión de precios durante la duración del contrato.
El abono de la renta se realizará de la siguiente forma:
➢ El primer año, el 50% de la misma a la firma del Contrato, el 50% restante durante el mes de SEPTIEMBRE 2018.
➢ Respecto a anualidades posteriores, el 50% el mes de ENERO y el 50% restante el mes xx XXXXX DE CADA AÑO.
En caso de que por causas imputables al adjudicatario, el contrato expirara antes de su vencimiento, se deberá abonar totalmente la parte de precio que quedara pendiente de abono a fecha de expiración del contrato. Si el contrato finalizara por causas imputables a la Administración o por causa de fuerza mayor, se devengaría la parte proporcional xx xxxxx correspondiente al número de días transcurridos desde el inicio del mismo hasta su expiración.
En todo caso si el contrato por la gestión del Bar Restaurante finalizase se terminará el derecho del adjudicatario a vivir en la Casa del Guarda.
La extinción por transcurso del término convencional, no generará derecho a indemnización alguna a cargo del adjudicatario.
Órgano de Contratación
EL órgano de contratación será el pleno de este Ayuntamiento
Duración del Contrato
La duración del contrato será de DOS AÑOS desde el día de la firma del mismo, se establece un periodo de prueba con una duración de 1 AÑO, que coincidirán con el primer año del contrato, se prorrogará de manera tácita por periodos anuales, hasta un máximo acumulado de CUATRO AÑOS.
No obstante cualquiera de las partes podrá denunciar el contrato con al menos dos meses de antelación al vencimiento del contrato o de las sucesivas prórrogas del mismo, mostrando expresamente por escrito su voluntad de no continuar en el mismo.
Transcurrido el plazo de duración del contrato, el adjudicatario deberá dejar a disposición del Ayuntamiento todas las instalaciones del centro “La Traviesa” y la Casa del Guarda, sin necesidad de ningún requerimiento expreso de aquélla.
Capacidad
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
Presentación de Proposiciones
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, c/ Herrería nº 1 de Lagrán, en horario de atención al público, dentro del plazo de QUINCE días siguientes al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx. Si el día de vencimiento del plazo de presentación coincidiera en sábado o festivo, el plazo de presentación de proposiciones se prorrogará hasta el siguiente día hábil.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día que se envió por correo.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición [sin perjuicio de los establecido en los artículos 147 y 148 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.] Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
««Proposición para licitar a la contratación del servicio de explotación del Bar- Restaurante La Traviesa ». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
Sobre «B»: Criterios Cuantificables automáticamente.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
d) Para los licitadores personas físicas será obligatoria la presentación del
D.N.I. (Fotocopia compulsada o autenticada).
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
La solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en el ámbito de la hostelería y restauración en los últimos tres años. En caso de que estos servicios se hubieran prestado a terceros, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal, integrado o no en la empresa, participante en el contrato.
c) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de la empresa y, en particular, del personal adscrito a la ejecución del contrato.
d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
g) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 120 euros.
h) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Véase Anexo II Y III al final xxx xxxxxx), sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
- Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
i) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
h) Dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones
SOBRE «B» CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE
Se adjuntaran los modelos que constan al final de este Pliego P1, P2, P3 Y P4 (En su caso)
Garantía Provisional
Deberá depositarse como garantía provisional la cantidad de 120 euros. La garantía provisional se depositará:
— En la cuenta de este Ayuntamiento en lKutxabank IBAN: ES63 nº 2095- 3210-70-1095224910,
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación:
Labores de conservación y mantenimiento: 40 puntos: Por xxxxxxxx por el licitador del coste de las labores ordinarias de conservación, reparación, mantenimiento (albañilería, fontanería, electricidad, …) y plan de control de la limpieza de las instalaciones y su entorno
El plan de control de la limpieza se valorará con 20 puntos, valorando la limpieza tanto del bar, restaurante como del entorno, escaleras y demás accesos, siendo necesario en lugar visible el registro de actividades de limpieza y persona que lo ha realizado.
La xxxxxxxx xxx xxxxx de las labores ordinarias de conservación, reparación y mantenimiento en 20 puntos
Horario y Servicio de restauración y comidas: 40 puntos: Se otorgará la puntuación, según el siguiente desglose:
• Se valorará con 10 puntos la mejor oferta sobre el incremento de los día mínimos que deberá permanecer abierto, valorando el resto de las ofertas de manera directamente proporcional en relación a los días que permanecerá abierto a la semana, se sumará los días totales anuales abiertos que se oferten (como mínimo deberá cerrarse un día a la semana, día de descanso).
• Se valorará con 10 puntos la mejor oferta sobre el incremento del horario mínimo valorando el resto de las ofertas de manera directamente proporcional.
• Pinchos o tapas variadas (3 o mas) durante los fines de semana y festivos (5 puntos)
• Menú especial fin de semana y festivos (De presentación y nivel superior a la carta de menú normal) con mínimo 2 entrantes, 2 segundos y 2 postres a elegir (10 puntos)
• Platos combinados, hamburguesas, sándwiches y bocadillos durante todos los días y horas de apertura (5 puntos)
Propuesta económica: 20 puntos
La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
1. Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor, en función al incremento presentado sobre el tipo indicado en el pliego.
2. Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas, se asignará a la mejor oferta (más alta) el máximo de los puntos correspondientes (20).
3. A las ofertas siguientes se les aplicará la puntuación de manera directamente proporcional.
Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx. estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
✓ Conforman la Mesa de Contratación los miembros de la corporación.
— El Secretario de la corporación, que actuará como Secretario de la Mesa
Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el segundo día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 10 horas, y procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, el quinto día hábil siguiente procederá en acto público a las 10:00 horas en el salón de plenos del Ayuntamiento a la apertura y examen del Sobre B. Si el día de vencimiento fuera sábado, se prorrogará al primer día hábil siguiente.
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Garantía Definitiva
Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía del 10% (5% garantía ordinaria más 5% de garantía complementaria) de la Renta anual ofertada calculada para un periodo de 2 años.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
• En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
• Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
• En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
• En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al adjudicatario el órgano de contratación.
Además son obligaciones específicas del adjudicatario las siguientes:
— El adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
— Xxxxxx exigibles al adjudicatario: Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
➢ También será cuenta del adjudicatario, los tributos o canon/es público/s relacionados con el abono anual del precio de adjudicación
GASTOS
Serán de cuenta del adjudicatario el abono de todos los gastos generales necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble y todas sus instalaciones y equipamientos del Bar-Restaurante y punto de venta, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización, y los gastos de conservación y mantenimiento ordinario; así como los importes originados por el abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y teléfono, así como las TASAS de basuras y otros GASTOS que pudieran devengarse.
Las averías que se produzcan en las diversas maquinarias existentes en las instalaciones del bar-restaurante-punto de venta debidas al desgaste por el uso normal de las mismas serán abonadas de la forma siguiente: el 50% lo abonará el Ayuntamiento y el 50% por el adjudicatario. Cada vez que se produzca una avería se pondrá en conocimiento del Ayuntamiento para que dé su visto bueno a la reparación que se proponga.
CONDICIONES ESPECIALES
El adjudicatario deberá mantener abierto el bar-restaurante-punto de venta, según condiciones de apertura que se indica en anexo I a este pliego.
El adjudicatario deberá presentar y cumplir un plan de control de limpieza general, siendo el mínimo del plan limpieza general semanal.
Solo podrán cerrarse algunas o la totalidad de las instalaciones objeto de cesión en caso de concurrencia de circunstancias extraordinarias de fuerza mayor, previa autorización del Ayuntamiento.
Así mismo el adjudicatario deberá dar comidas si es requerido por los clientes, desde las 13:00 horas a 15:30 horas, con el siguiente menú diario mínimo: 2 entrantes, 2 segundos y 2 postres.
El Ayuntamiento de Lagrán tendrá un derecho preferente de reserva y uso del bar y/o restaurante respecto a cualquier otro usuario del mismo, con motivo de compromisos sociales (fiestas, recepciones...) debidamente justificados, lo que deberá comunicarse al adjudicatario con un mínimo de 15 días de antelación. El incumplimiento por parte de las Instituciones Locales del citado preaviso no obligará al adjudicatario a realizar dicha reserva. Efectuado por el Ayuntamiento el referido preaviso sin ser atendido por el adjudicatario, dicho incumplimiento será causa de resolución del contrato.
El adjudicatario estará obligado a atender la explotación del bar-restaurante de la forma más adecuada al servicio, manteniendo en condiciones de seguridad e higiene y limpieza tanto las instalaciones como los productos que se expendan.
El adjudicatario deberá atender el punto de venta de productos típicos durante el horario de apertura del bar-restaurante, ocupándose de que esté convenientemente abastecido y que el género ofertado cumpla las condiciones higiénicas, sanitarias y de normativa de consumo establecidas para estas instalaciones.
El adjudicatario estará obligado a atender la oficina de turismo dentro del horario establecido en el anexo, y facilitar el acceso a las personas que deseen entrar al mismo. Asimismo, deberá mantener las instalaciones en debidas condiciones de limpieza, seguridad e higiene, y atender el sistema de videovigilancia que se instale en dicha oficina, comunicando al Ayuntamiento cualquier anomalía de funcionamiento del mismo, e informando inmediatamente al Ayuntamiento sobre posibles actuaciones inapropiadas, ilegales o delicitivas en el ámbito de dichas instalaciones.
El adjudicatario deberá tratar con respeto y cortesía a la clientela, pudiendo llegarse a la resolución del contrato, en caso de incumplimiento grave y reiterado de esta obligación. A tal efecto, el adjudicatario deberá llevar y poner a disposición del público un Libro de Reclamaciones, que deberá ser entregado al Ayuntamiento cada seis meses, al objeto de que éste tenga conocimiento puntual de las incidencias que se puedan suscitar.
La Ayuntamiento podrá inspeccionar las instalaciones objeto del contrato, así como ordenar la corrección de cualquier anomalía o desperfecto que se observe.
EL adjudicatario gestionará el servicio (bar, restaurante, punto de venta de productos típicos y oficina de turismo) a su riesgo y xxxxxxx, estando obligado a indemnizar a terceros de los daños que puedan causarse a personas o a cosas y que sean derivados de las instalaciones con las que cuente el inmueble, o de los actos u omisiones del adjudicatario, del personal a su servicio o de los usuarios como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo de la explotación. Se exceptúan los perjuicios que hayan sido ocasionados como consecuencia de una orden directa de la administración.
INVENTARIO
Antes de comenzar la explotación de los servicios, se extenderá un Acta en la que se hará constar el estado de las instalaciones, así como del material y efectos que se pongan a disposición del adjudicatario y una vez finalizado el contrato se levantará Acta en la que se especificarán las condiciones en que se devuelven dichas instalaciones y equipamiento, vinculando la garantía definitiva, entre otros extremos, a compensar los vicios o defectos que se pudieran observar.
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES LEGALES Y SOCIALES
El adjudicatario se obliga a tener al día cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen para el desarrollo de la actividad reseñada de bar-restaurante y punto de venta de productos, especialmente el cumplimiento de la normativa vigente referida a contratos, sanidad, consumo, salarios mínimos, Seguridad Social y legislación fiscal.
El Ayuntamiento quedará exento de cualquier tipo de litigio que se pudiera suscitar entre el adjudicatario y sus trabajadores, o entre éstos y terceros.
El Ayuntamiento de Lagrán estará también exento de cualquier responsabilidad en el caso de que el adjudicatario no obtenga las autorizaciones oportunas o la actividad se prohibiera una vez autorizada.
OBRAS Y USO DE LAS INSTALACIONES
El adjudicatario no podrá realizar, sin consentimiento de la administración expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración del inmueble o sus accesorios, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad del mismo. Sin perjuicio de la facultad de resolución del contrato, la administración que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir que el adjudicatario repongan las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna. Asimismo, podrá ejercitar x xxxxx del adjudicatario estas obras de reposición.
Serán de cuenta del adjudicatario todas las obras, instalaciones o mejoras que lleve a cabo por considerarlas imprescindibles o que contribuyan al funcionamiento del servicio del bar-restaurante-punto de degustación, quedando condicionada su ejecución a la autorización previa y expresa de la Ayuntamiento. Estas obras e instalaciones devendrán de propiedad municipal al término del contrato. Se exceptúa de esta regla el mobiliario u objetos aportados que pudieran ser retirados al concluir el arrendamiento, y siempre que no se produzca detrimento o daño en las instalaciones fijas del bar-restaurante-punto de venta.
Respecto a la oficina de turismo, El adjudicatario no podrá modificar en ningún caso la configuración de su lonja y de todas las instalaciones y equipamientos que se hallan dentro de la oficina de turismo, ni destinarlos a otros usos o fines que no sean propios y complementarios de dicha infraestructura. En todo caso, facilitará el acceso al Ayuntamiento a dichas instalaciones para efectuar las modificaciones o reparaciones que estime oportunas para el funcionamiento de la oficina de turismo.
Cuando la ejecución de una obra necesaria para el funcionamiento del servicio en cualquiera de las infraestructuras objeto del contrato, no pueda diferirse hasta la conclusión del contrato, el adjudicatario estará obligado a soportarla, sin que pueda invocar derecho a indemnización alguna.
El adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de uso y limpieza todas las instalaciones objeto del contrato, incluidas las zonas no cubiertas.
El adjudicatario no podrá destinar en ningún caso las instalaciones entregadas a otros usos o fines que no sean propios y complementarios de la naturaleza del objeto del contrato.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y DAÑOS
Este Ayuntamiento no se responsabilizará de los posibles desperfectos o sustracciones que se puedan originar en los géneros que posea el adjudicatario en las instalaciones objeto de cesión; así como de todos los equipamientos-mobiliario que se hallan en todas las mismas.
El adjudicatario se obliga a disponer durante todo el periodo de vigencia del contrato, de una póliza de responsabilidad civil y/o multirriesgo (robo, incendio...) que cubra de forma suficiente, frente a la Administración y frente a terceros, los riesgos derivados de la actividad que se va a ejercer en las instalaciones, así como los posibles riesgos por daños en los inmuebles, infraestructuras, mobiliario, etc... objeto del contrato. Dicha póliza deberá ser supervisada por el Ayuntamiento previamente a su firma, a fin de verificar la suficiencia de las cuantías y riesgos objeto de cobertura. Estas pólizas, junto con los justificantes de pago de las primas, deberán presentarse al Ayuntamiento cuando se le requiera para ello. El incumplimiento de estas condiciones será causa de resolución.
SANCIONES A LA PERSONA ADJUDICATARIA.
Sin perjuicio de los casos en que proceda la rescisión del contrato o de cualquier otro acuerdo resolutorio del mismo, la prestación incorrecta o inadecuada del objeto del contrato podrá dar lugar, previa audiencia de la persona interesada y las debidas garantías, a sanciones consistentes en multas de hasta el 25% de la cantidad que resulte de la licitación.
Los incumplimientos del contrato, a efectos de infracciones que cometa la persona adjudicataria en ejecución de los servicios se clasificarán en graves y leves.
a) Se considerarán INFRACCIONES GRAVES.
- La demora en el comienzo de la prestación de los servicios superior a un día sobre la fecha prevista, salvo causa de fuerza mayor.
- Paralizaciones o interrupciones de la prestación de los servicios por más de doce horas, a no ser que concurra la misma causa que en el inciso anterior.
- Retraso sistemático comprobado (en cinco días) en los horarios, fraudes en la forma de la prestación, no utilización de los medios mecánicos exigidos o mal estado de conservación o decoro de los mismos.
- Cesión, subarriendo o traslado, total o parcial de los servicios sin autorización expresa del Ayuntamiento.
- La desobediencia reiterada por más de dos veces respecto a la misma cuestión, de las órdenes escritas del Ayuntamiento de Lagrán, relativas al orden, forma y régimen de los servicios, según el contrato o a la reposición de materiales inservibles.
- El cobro por la contrata o empresa adjudicataria de cualquier canon o merced por parte de las personas usuarias del servicio que no estén debidamente autorizadas.
- El retraso reiterado en la prestación de los servicios en las instalaciones, así como las anomalías reiteradas en la limpieza.
- La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las órdenes del Ayuntamiento para evitar situaciones insalubres, peligrosidad o molestas al público.
- Incumplimiento de acuerdos o decisiones municipales de detalle de los servicios que no impliquen gastos para la persona adjudicataria.
- Irregularidades inadmisibles en la prestación del servicio, con arreglo a las condiciones fijadas en el presente pliego.
- El incumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social con el personal adscrito al servicio.
- La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
- Uso de las Instalaciones para otros usos que los expresamente autorizados.
- Aquellas otras que por su trascendencia social deban ser así consideradas.
b) Se consideran INFRACCIONES LEVES todas las demás no previstas anteriormente y que conculquen de algún modo las condiciones establecidas en el presente Pliego, en perjuicio de los servicios.
- Los incumplimientos leves darán lugar a una sanción económica ente 60 y
300 €. Para la imposición de esta sanción será precisa la incoación del oportuno expediente en el que deberá ser oído la persona adjudicataria.
Prohibición de subcontratación o cesión
La explotación se llevará a cabo directa y personalmente por el adjudicatario, quedando prohibido terminantemente cualquier fórmula de traspaso o de cesión contractual, parcial o total, directa o indirecta, que se realice sin el consentimiento expreso y escrito del Pleno; siendo causa de resolución el incumplimiento de lo dispuesto en este párrafo.
Formalización del Contrato
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego y en la oferta realizada por el adjudicatario. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar a Escritura pública el contrato siendo en ese caso de su cuenta los gastos que se originen.
Modificación del Contrato
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato.
Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 156 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos de incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las condiciones que constan en este pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Además, el órgano de contratación está facultado para proceder a la resolución del contrato en caso de que el contratista incumpliera cualesquiera obligaciones que le son impuestas en este Pliego de Condiciones, o incumpliera las condiciones obrantes en la oferta presentada (personal, mejoras, etc...).
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Lagrán, 19 de febrero de 2018 El Alcalde,
(Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx)
ANEXO I
HORARIO Y DIAS DE APERTURA DEL BAR-RESTAURANTE
Horas y periodos de apertura
➢ Horario mínimo de apertura :
Se deberá abrir todos los viernes sábados y festivos y aquellos días laborables entre dos días festivos (puentes)
15 xx Xxxxx al 15 de septiembre todos los días. 24 diciembre a 6 de enero, ambos inclusive
Jueves Santo a Lunes xx Xxxxxx, ambos inclusive Apertura de 10 a 17 horas y de 18:30 a 23 horas
HORARIO Y DIAS DE APERTURA DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN/OFICINA DE TURISMO
Días de apertura y derecho de cierre: Los mismos que el Bar-restaurante
ANEXO II
D en nombre propio/en representación de la firma ... , con domicilio en ... , Calle , y
D.N.I. núm. ....
DECLARA, bajo su responsabilidad hallarse al corriente de todas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
, de de 20 .
Fdo .
ANEXO III
D. | '" | en | nombre | propio/en |
representación de la firma | ... , con domicilio en | ... , Calle |
... , y D.N.I. núm.
DECLARA, bajo su responsabilidad no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad para contratar con las Administraciones Públicas previstas en la legislación vigente.
, de de 20 .
Fdo .
P1
MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de explotación de las instalaciones sitas en el edificio La Traviesa, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx n.º , de fecha , hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por una renta/canon anual (Impuestos no incluidos) de
euros (Describir en letra y en número).
, de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
P2
SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y COMIDAS
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º _ , en representación de la Entidad , con CIF n.º _ , enterado del expediente para la contratación del servicio de explotación de las instalaciones sitas en el edificio La Traviesa, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx n.º , de fecha _ , hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y me comprometo a OFRECER LOS SIGUIENTES SERVICIOS DE RESTAURACIÓN Y COMIDAS: Marquese con una X lo
que proceda
O Pinchos o tapas variadas (5 o más) durante los fines de semana y festivos
O Menú especial fin de semana y festivos (Con presentación y nivel superior a la carta de menú normal) con mínimo 3 entrantes, 3 segundos y 3 postres a elegir
O Platos combinados, hamburguesas, sandwiches y bocadillos durante todos los días de apertura
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
P3
LABORES DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º _ , en representación de la Entidad , con CIF n.º _ , enterado del expediente para la contratación del servicio de explotación de las instalaciones sitas en el edificio La Traviesa, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx n.º , de fecha _ , hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y :
Marquese En su caso con una xxxx el circulo
O Me comprometo a asumir el coste y/o ejecución de las labores ordinarias de conservación, reparación y mantenimiento de las instalaciones (Albañilería, fontanería, electricidad...)
, de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».