PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
Expediente N° 0096/955/JS – 2019
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES - ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1°: Las normas contenidas en el presente articulado constituyen el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Provincial, aplicables a contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas que celebren las reparticiones y organismos de la Administración Pública Provincial.
Las licitaciones públicas y privadas se regirán por las disposiciones de la Ley de Administración Financiera N° 6970, del Reglamento para compras y contrataciones del Estado Provincial vigente, del presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, que incluirá las especificaciones técnicas que correspondan, y cualquier otra norma sobre esta materia o disposición que se dicte en cada caso particular, con posterioridad y que estuviera vigente a la fecha de apertura de la licitación.
CÓMPUTOS DE LOS PLAZOS
Artículo 2°: Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y demás normas generales o complementarias, se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
CONSULTAS
Artículo 3º: En caso que el pliego de bases y condiciones particulares no contenga previsiones y/o instrucciones respecto a las consultas y aclaraciones que los oferentes deseen formular, éstas podrán efectuarse ante el organismo que gestiona la contratación, por escrito, hasta 72 hs. antes de la fecha establecida para la apertura de ofertas. Las respuestas serán notificadas, junto con las consultas, a todas las personas físicas y/o Jurídicas que hayan retirado los pliegos, hasta el día anterior al de la apertura, y pasarán a formar parte de dichos pliegos.
EXIGENCIAS A CUMPLIR POR LOS OFERENTES
Artículo 4°: Podrán ser oferentes todas las Personas Físicas o Jurídicas con capacidad legal para obligarse, que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el Art. 108 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial, que constituyan Domicilio Especial en la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, que hagan expresa renuncia al Fuero Federal y que manifiesten su voluntad de someterse a los Tribunales Ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán. Las Personas Jurídicas deberán acreditar su existencia mediante instrumento suficiente, conforme la Ley de Procedimientos Administrativos N° 4537 y modificatorias.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS, FORMALIDADES Y REQUISITOS
Artículo 5°: Las propuestas se presentarán en sobre cerrado, con o sin identificación del proponente indistintamente, hasta la hora fijada para la realización del acto de apertura. Cuando la documentación que integre la propuesta sea voluminosa, podrá sustituirse el sobre por caja o paquete debidamente cerrado. En el sobre, caja o paquete que contenga la propuesta deberá indicarse el número de la licitación y el nombre de la repartición licitante.
Artículo 6°: Las propuestas se integrarán con:
1. La oferta económica.
2. Los instrumentos de garantía respectivos.
3. La descripción o catálogo, si resultare pertinente.
4. El sellado de actuación que correspondiere, según la Ley Impositiva vigente.
5. El recibo de la muestra, cuando la presentación de la misma hubiera sido exigida.
6. Tratándose de artefactos, maquinarias y demás bienes que, de acuerdo a las normas comerciales tengan servicios y garantías postventas, deberá indicarse las características y plazos de duración de los mismos, así como identificar al prestador del servicio, cuando se tratare de una persona física o jurídica distinta del oferente.
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7. El certificado de Cumplimiento Fiscal (libre deuda) de impuestos provinciales expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán.
8. Demás documentación exigida en el pliego de bases y condiciones particulares.
Artículo 7°: Las ofertas deberán estar escritas en forma clara y legible, sin raspaduras, interlineas, testaciones ni enmiendas, las que, de existir, deberán estar debidamente salvadas. Los proponentes o sus representantes legales rubricarán cada una de las hojas que compongan la oferta económica. Cuando se actúe en representación de una persona física o jurídica, deberá acompañarse el instrumento que lo acredite.
Artículo 8°: Si el Pliego de Bases y Condiciones Particulares no indica la forma en que se formulará la oferta, el proponente podrá hacerlo por renglón, y aún por parte de cada renglón. Asimismo podrá realizar otra oferta por todo lo licitado sobre la base de su adjudicación íntegra.
Además de la oferta básica u obligatoria, ajustada a los pliegos de bases y condiciones particulares, el oferente podrá presentar ofertas alternativas, en cuyo caso deberá agregar su propio proyecto, condiciones y documentación técnica pertinente, únicamente cuando tal posibilidad esté expresamente prevista en dichos pliegos de bases y condiciones.
GARANTIAS
Artículo 9°: a) Garantía de mantenimiento de la oferta: Será del 4% sobre el valor total de la oferta, calculado sobre el importe resultante de considerar el mayor valor cotizado por el proponente. Deberá acompañarse con la propuesta.
b) Garantía de ejecución del contrato: Será equivalente al 10% del valor total adjudicado y deberá ser entregada a la repartición licitante, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. Esta garantía se integra con el importe correspondiente a la garantía constituida para el mantenimiento de la oferta.
Cuando el adjudicatario no presente la garantía de ejecución del contrato en el plazo establecido, deberá ser notificado para su cumplimiento en el plazo de 72 horas. En caso de persistir en el incumplimiento, quedará sin efecto la adjudicación, aplicándose las penalidades establecidas. En ese caso, podrá adjudicarse el contrato a la propuesta que siguiera en el orden de mérito que haya formulado la Comisión de Preadjudicación, ó a la que resultara más conveniente de entre las restantes ofertas admisibles que se hubieran mantenido, sin necesidad de realizar una nueva licitación.
Artículo 10°: Las garantías podrán constituirse de las siguientes formas:
a) Mediante depósito en la institución bancaria que actúa como agente financiero de la Provincia, haciendo referencia a la licitación privada a la que corresponde, lo que se acreditará mediante presentación de la boleta respectiva
b) En títulos de la deuda pública, emitidos por el Estado Nacional o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en la institución bancaria que actúa como agente financiero de la Provincia, identificándose la licitación de que se trate. Deberá acreditarse con el comprobante emitido por dicha entidad bancaria, el que constituirá prueba fehaciente del depósito efectuado. Los títulos se tomarán a valor de cotización.
c) Con aval o fianza bancaria debidamente intervenida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador, renunciando expresamente a los beneficios de división y excusión, en los términos del artículo Nº 2.013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
d) Con seguro de caución debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, o por él organismo nacional que lo reemplace.
e) Mediante pagaré a la vista suscripto por el proponente o quienes tuvieren la representación de la razón social o actuaren con poderes suficientes, debidamente intervenido por la Dirección General de
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Rentas de la Provincia, cuando el monto de la garantía no supere el cuádruple de la suma actualizada prevista en el art. 59 inc. 1º xx Xxx 6970.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, quien se responsabilizará por la plena ejecutabilidad del instrumento ofrecido. Las garantías deben ser ejecutables en la provincia, y sus emisores deberán fijar domicilio en San Xxxxxx de Tucumán, y renunciar al fuero federal, sometiéndose a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital.
Por razones debidamente fundadas en el expediente, el organismo contratante podrá restringir las formas de constitución de las garantías, en cuyo caso, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberá indicar las formas admitidas.
Las garantías deben constituirse en forma independiente para cada contratación, no admitiéndose como tales, los créditos que el oferente tuviera contra el Estado Provincial ni las garantías de otras licitaciones.
Las garantías correspondientes a licitaciones que realicen las reparticiones pertenecientes a la Administración Central, se constituirán a favor del Superior Gobierno de la Provincia. En las licitaciones que efectúen los Organismos Descentralizados o Autárquicos, las garantías se constituirán a favor del organismo licitante.
MUESTRAS
Artículo 11°: Las muestras podrán ser exigidas en los pliegos de bases y condiciones particulares, o por la Comisión de Preadjudicación y deberán presentarse en el plazo, lugar y en la forma que se indique, y serán restituidas dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones.
VISTA DE LAS ACTUACIONES – IMPUGNABILIDAD DE LAS OFERTAS
Artículo 12°: Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas.
Las ofertas serán exhibidas a los oferentes por el término de tres (3) días hábiles, contados a partir de la apertura, quienes podrán solicitar copias a su xxxxx. Durante este plazo los proponentes podrán realizar observaciones e impugnaciones, las que serán evaluadas por la Comisión de Preadjudicación. La negativa a dar vista de las actuaciones se considerará falta grave del funcionario o agente al que corresponda otorgarla.
Los terceros no oferentes, deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba. En estos supuestos la toma de vista en ningún caso dará derecho a dichos particulares a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.
INADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS.
Artículo 13°: Serán causa insubsanable de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
a. – La existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no de forma, quedando esta interpretación a cargo de la Comisión de Preadjudicación.
b. – La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de la garantía constituida. Sólo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completarla en el plazo de 72 horas a partir de su notificación.
c. – La falta total del sellado y/o estampillado fiscal que fija la ley impositiva o insuficiencia del mismo. Sólo será subsanable cuando el pago parcial cubra por lo menos el 70% del monto que correspondiera, en cuyo caso el oferente deberá completarlo en el plazo de 72 horas a partir de su notificación.
d. - La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
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La Comisión de Preadjudicación evaluará las demás observaciones que consten en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que subsanen las deficiencias en el plazo de 72 horas. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
ADJUDICACIÓN
Artículo 14°: La adjudicación será resuelta, mediante acto administrativo, por la autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al adjudicatario. Los servicios administrativos del área licitante deberán enviar a la Dirección de Compras y Contrataciones la información correspondiente a los efectos de su difusión en el sitio Web oficial de la Provincia.
Artículo 15°: La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas presupuestarias correspondientes.
CONTRATO
Artículo 16°: El contrato, que se perfecciona con la notificación del acto administrativo de adjudicación o con la recepción por parte del adjudicatario de la orden de compra que emita la repartición licitante, no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.
ORDEN DE PRELACIÓN
Artículo 17°; Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
a) Ley de Administración Financiera N° 6970.
b) Las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial.
c) El presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
d) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
e) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.
f) El acto administrativo de adjudicación.
g) La orden de compra.
COMPETENCIA JUDICIAL
Artículo 18°: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, las partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Artículo 19°: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) Hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
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5°.-//// Pliego de Bases y Condiciones Generales – Continuación
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
DE LAS SANCIONES
Artículo 20°: Los proponentes o los adjudicatarios que incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en los pliegos de bases y condiciones, serán pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 117 y 118 del Reglamento de Compras y Contrataciones, las que se graduarán en función de la gravedad de la falta o de su reincidencia.
AFECTACIÓN DE CRÉDITOS
Artículo 21°: Los derechos y créditos a favor de la adjudicataria se afectarán al cobro de las multas, en el orden siguiente:
a) Las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.
b) Las garantías constituidas.
c) Los créditos del contratante resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicios no personales, aún de otras entidades o jurisdicciones, quedando establecido que el contratista presta su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas.
REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Artículo 22°: En los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán indicarse los siguientes requisitos esenciales:
I) Nombre del Organismo contratante.
II) Objeto de la contratación.
III) Número de expediente, y número de licitación.
IV) Valor xxx xxxxxx si correspondiere.
V) Plazo de mantenimiento de la propuesta.
VI) Plazo, lugar, y forma de entrega de los bienes o de la prestación de los servicios.
VII) Especificaciones técnicas, las que deberán consignar en forma clara e inconfundible:
.a) Las características y especies de la prestación.
.b) La calidad exigida, cuando se considere pertinente y, en su caso, las normas de calidad que deben cumplir los bienes o servicios, determinando si los elementos deben ser nuevos, usados o reacondicionados.
.c) Si se aceptarán tolerancias, cuando la característica de la contratación lo requiera.
No se deberán formular especificaciones cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinadas empresas o productos.
Para la reparación de aparatos, máquinas o motores podrán solicitarse repuestos denominados legítimos.
VIII) Fijar la moneda de cotización, en los casos en que se disponga que se cotice en moneda extranjera.
IX) Indicar la forma y el plazo de pago.
X) Indicar si se exigirá la presentación de muestras.
XI) Determinar la forma de constitución de garantía, cuando por razones fundadas se establezca alguna/s en especial o se excluya/n alguna/s de las previstas en el Reglamento.
XII) Cuando se requiera más de un ejemplar de la propuesta, fijar la cantidad de copias que los oferentes deben presentar.
XIII) Cuando se admita formular ofertas alternativas, deberá consignarse expresamente.
XIV) Señalar la información adicional y exigencias que deberán cumplimentar los oferentes.
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
- ORGANISMO LICITANTE: DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE TUCUMÁN.
- OBJETO: Adquisición de 45 (cuarenta y cinco) PC, 7 (siete) Impresoras y 2 (dos)
Escáner.
- EXPEDIENTE: N° 0096/955/JS - 2019.
- PRESUPUESTO OFICIAL: TOTAL DE $ 1.470.000,00 (PESOS: UN MILLON
CUATROCIENTOS SETENTA MIL).
- LICITACIÓN PÚBLICA: Nº 01 / 2019 BAJO LA MODALIDAD “CON PRECIO MÁXIMO”.
Rfte.: La Defensoría del Pueblo de Tucumán, llama a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/2019 bajo la modalidad “CON PRECIO MAXIMO”, con el objeto de: ADQUISICIÓN DE 45 (CUARENTA Y CINCO) PC, 7 (SIETE) IMPRESORAS
y 2 (DOS) ESCÁNER, que cuenta con un Presupuesto Oficial total de $ 1.470.000,00 (Pesos: Un Millón Cuatrocientos Setenta Mil con 00/100). Expediente N° 0096/955/JS-2019.
DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Art. 1º: Las propuestas se presentaran en sobre cerrado con la leyenda que indique:
- Organismo Licitante: Defensoría del Pueblo de Tucumán
- Domicilio: Balcarce Nº 64, San Xxxxxx de Tucumán
- Licitación Pública Nº 01/19
- Fecha de Apertura: 12/03/19 a horas 10:00.
La oferta deberá presentarse en dos sobres.
El sobre Nº 1, deberá contener como condición sine qua non para la admisibilidad de la oferta económica propiamente dicha, los siguientes requisitos:
1)- Contrato Social o Acta de Directorio, o Poder cuando corresponda, que acredite que el o los firmantes de la propuesta están facultados para representar a la Sociedad en el Acto Licitatorio, o en su defecto copia debidamente autenticada.
2)- Sellado de actuación por cada folio que integre la propuesta, como así también toda documentación adjunta; fijada actualmente en $ 1 (uno) por fs.
3)- La garantía de oferta: la que deberá constituirse mediante:
. Depósito Bancario en la cuenta corriente N° 20000528/9- Gastos Defensoría del Pueblo, del Banco de Tucumán - Grupo Macro – sucursal Tribunales; o
. Aval o Fianza Bancaria debidamente intervenida por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán; o
. Con Seguro de Caución debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros dependientes del Ministerio de Economía de la Nación, o por el organismo nacional que lo reemplace; o
. Mediante pagaré a la vista suscripto por el proponente o quienes tuvieran la representación legal de la razón social o actuaren con poderes suficientes, debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia.
Cualquiera fuere el tipo de garantía de oferta que se presente se consignará como beneficiario de la misma a la Defensoría del Pueblo de Tucumán.
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2°)- //// Pliego de Bases y Condiciones Particulares – Continuación.
4)- Certificado de cumplimiento fiscal (libre deuda) actualizado a la fecha de presentación y adjudicación, en original expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán.
5)- Constancia de inscripción en AFIP-DGI.
6)- En caso de tratarse de Personas Jurídicas deberán acreditar su existencia mediante instrumento suficiente conforme a la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 4537 y sus modificatorias.
7).- Número de Cuenta Proveedores del Estado abierta en Banco del Tucumán S.A.
El sobre Nº 2 deberá contener la Oferta Económica propiamente dicha.
La oferta deberá presentarse por duplicado. No se aceptará ninguna propuesta que no fuera presentada hasta la hora fijada para la apertura con cargo de recepción xx xxxx de entradas de la Defensoría del Pueblo de Tucumán.
La presentación en el Acto Licitatorio implica aceptación xxxx y xxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Particulares, como así también la reglamentación que impera al efecto en el Estado Provincial.
La apertura de las propuestas se efectuará el 12 xx Xxxxx del año 2019, a hs. 10:00 en la oficina de la Secretaría Administrativa y Financiera de la Defensoría del Pueblo de Tucumán – Balcarce Nº 64 3° Piso, San Xxxxxx de Tucumán, y en presencia de las siguientes personas: Secretario Administrativo y Financiero, Jefe del Servicio Administrativo y Financiero o Tesorero, Directora de Despacho, proponentes y demás invitados que asistieren al Acto.
PROPUESTA
Art. 2: La propuesta comprenderá la provisión de los elementos mencionados en el pedido de cotización, con su respectiva certificación en garantía de uso y funcionamiento. Al momento de la entrega el adjudicatario deberá detallar en la documentación correspondiente, el código de identificación de cada unidad o número de serie, y el término de garantía respectiva a los efectos.
DE LA OFERTA ECONOMICA
Art. 3: La oferta económica deberá estar expresada en moneda nacional de curso legal en precios unitarios y totales, en números y letras.
La oferta se realizará por Xxxx o Renglón íntegro. La garantía deberá constituirse sobre los Lotes o Renglones ofertados, entendiéndose que la propuesta se realiza por la cantidad consignada en la solicitud de compra.
PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
Art. 4: El plazo para la provisión de los elementos será de 7 (siete) días a partir de la notificación del acto administrativo de adjudicación. La entrega de los mismos tendrá lugar en la Defensoría del Pueblo de Tucumán sita en xxxxx Xxxxxxxx Xx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx. La falta de entrega de la provisión adjudicada en el plazo estipulado en el presente artículo, dará lugar a la xxxx automática sin necesidad de emplazamiento judicial o extrajudicial alguno.
OPORTUNIDAD Y FORMA DE PAGO
Art. 5: La Defensoría del Pueblo de Tucumán abonará lo adjudicado dentro de los 15 (quince) días de recibida la totalidad de la mercadería por cada adjudicatario, si correspondiere, / / /
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incluidos en la Orden de Compra, a su entera conformidad, libre de todo gasto. El pago será mediante “orden de pago”. El adjudicatario deberá, al momento de presentar su factura, indicar el número de cuenta corriente del Banco de Tucumán - Grupo Macro - como proveedor del Estado. El pago recién podrá hacerse efectivo una vez que se haya cumplido con la totalidad de la entrega y se haya otorgado la conformidad por parte de la Defensoría del Pueblo de Tucumán.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Art. 6: Las ofertas deberán mantenerse por el término de 30 (treinta) días hábiles a partir de la fecha de apertura, a fin de posibilitar los estudios analíticos y evaluatorios de las propuestas, prorrogándose automáticamente por períodos de 30 (treinta) días hábiles, salvo que el proponente notifique por escrito a la Secretaría Administrativa, la caducidad de la oferta con no menos de 10 (diez) días de anticipación a su vencimiento. El incumplimiento de mantener la oferta durante el plazo inicial y sus prorrogas consentidas, es causal de la perdida de la garantía.
CONSULTA Y ENTREGA XXX XXXXXX
Art. 7: La entrega de los Pliegos de condiciones generales y particulares se realizará a partir del día posterior a la primera publicación en el Boletín Oficial, en la Secretaría Administrativa de la Defensoría del Pueblo de Tucumán sito en calle Balcarce Nº 64 tercer piso, San Xxxxxx de Tucumán, en el Horario de 09 a 12 Horas bajo cargo de entrega del respectivo pliego, consignando los datos personales del interesado. Las Consultas se podrán realizar en la misma oficina. Las aclaraciones deberán ser realizadas por escrito, hasta 72 horas antes de la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Las respuestas serán notificadas, junto con las consultas, a todas las personas físicas y/o jurídicas que hayan retirado los pliegos, hasta el día anterior a la apertura y pasarán a formar parte de dichos pliegos.
DOMICILIO
Art. 8: El oferente deberá constituir domicilio en la Provincia de Tucumán donde serán válidas todas las notificaciones producto de esta Licitación.
RENUNCIA AL FUERO FEDERAL
Art. 9: Se deberá presentar nota sometiéndose a la Justicia Ordinaria de la Provincia de Tucumán y con renuncia expresa al Fuero Federal.
APERTURA
Art. 10: La apertura se realizará el día 12/03/19 a horas 10,00 o al día siguiente hábil a la misma hora si fuera Decretado feriado.
SANCIONES
Art. 11: En caso de incumplimiento de sus obligaciones, los proponentes o adjudicatarios sufrirán las penalidades establecidas para dichos casos en el Decreto Acuerdo Nº 22/1 de 23/04/09.
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Decreto Acuerdo Nº 22/1 – 2009.
“Art. 97º: Contrataciones con precio máximo
Las contrataciones con precio máximo son aquellas en las que se consigna en los pliegos el precio más alto que puede pagarse por los bienes o servicios requeridos. Para la determinación del precio tope se utilizarán valores xx xxxxxxx y/u otros parámetros objetivos de valoración.”
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/2019
Presupuesto Oficial Total $ 1.470.000,00 AUTORIZADA POR RESOLUCIÓN Nº 107/955-DP-19 (SAF) del 19/02/19
SOLICITUD DE COMPRA | ||||
Fecha de apertura de las propuestas: 12/03/19 Hora de Apertura: 10:00 Horas Valor xxx Xxxxxx: Sin Cargo Lugar de Apertura: Defensoría del Pueblo Secretaría Administrativa y Financiera 3º piso Domicilio: Balcarce Nº 64 – San Xxxxxx de Tucumán | ||||
Renglón o Lote | Descripción | Cant. | Precio Unitario $ | TOTAL $ |
1 | Computadora: Procesador Intel Pentium G4400 x 2 Núcleos 3.3 GHz. Almacenaje 1 TB. Memoria RAM 4GB DDR4. Video HD Graphics (Integrada). Puerto USB frontal. Monitor Led de 18.5”. Sistema Operativo Windows 10 pro. | 12 | 26.700,00 | 320.400,00 |
2 | Computadora: Procesador Intel Pentium core I3 – 7 generación. Almacenaje 1 TB. Memoria RAM 4GB DDR4. Video HD Graphics (Integrada). Puerto USB frontal. Monitor Led de 18.5”. Sistema Operativo Windows 10 pro. | 30 | 31.250,00 | 937.500,00 |
3 | Computadora: Procesador Intel Pentium core I5 – 7 generación. Almacenaje 1 TB. Memoria RAM 4GB DDR4. Video HD Graphics (Integrada). Puerto USB frontal. Monitor Led de 18.5”. Sistema Operativo Windows 10 pro. | 3 | 35.100,00 | 105.300,00 |
4 | Impresora Laser Hewlett-Packard. Velocidad de Impresión 19 ppm. Ciclo de trabajo mensual 8.000 páginas. Tamaños de papel A4, oficio, legal. Conectividad estándar Puerto USB 2.0. | 4 | 5.350,00 | 21.400,00 |
5 | Impresora Laser Hewlett-Packard. Velocidad de Impresión en negro 40 ppm. Ciclo de trabajo mensual 80.000 páginas. Tamaños de papel X0, X0, X0, X0, oficio, legal. Conectividad estándar Puerto USB 2.0, red Gigabit Ethernet. | 2 | 14.500,00 | 29.000,00 |
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6 | Impresora Tinta sistema continuo Epson. Velocidad de Impresión Negro 33 ppm y color 15 ppm. Normal Negro 10.5 ISO ppm y color 5 ISO ppm. Impresión desde 7.500 páginas a color o 4.500 páginas en negro. Tamaños de papel Legal (216 x 356 mm). Conectividad estándar Puerto USB 2.0. | 1 | 8.800,00 | 8.800,00 |
7 | Escáner profesional de documentos. Conectividad USB. Velocidad de escaneado 16 ppm (monocromo/color). Escaneo ambos lados en un solo paso (dúplex). Alimentador automático de documentos de 20 páginas. Resolución óptica 600 x 600 dpi. | 2 | 23.800,00 | 47.600,00 |
TOTAL | 1.470.000,00 | |||
La Defensoría del Pueblo de Tucumán | ||||
Balcarce Nº 64, S. M. de Tucumán | ||||
Tel./Fax: (0000) 0000000/62 | ||||