Contract
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO DE CHAQUETONES Y CUBRE PANTALONES DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEL CONSORCIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DEL PONIENTE ALMERIENSE.
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Guerrero, con D.N.I. nº ***6487** en su calidad de Presidente del Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense.
De otra parte, D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx con DNI n.º ***9891**, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Xxxxxxxxxx número 112, en nombre y representación de “EL CORTE INGLES, S.A.” con N.I.F. A28017895, como Apoderado.
Interviene, asimismo, el Secretario General del Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense, D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, que actúa como fedatario de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, apartado 2, letra i) del Real Decreto 128/2018, de 16 xx xxxxx.
Reconociéndose las partes mutuamente capacidad para obligarse DICEN:
ANTECEDENTES
1. Autorización de la celebración del contrato, fiscalización y aprobación del gasto.
Mediante Decreto de la Presidencia nº 53/2019, de fecha 12 xx xxxxx de 2019, se aprueba el expediente de contratación del suministro de chaquetones y cubre pantalones de intervención para el personal del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense, mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación y se acuerda proceder a la apertura del procedimiento de adjudicación.
2. Adjudicación.
Mediante Decreto de esta Presidencia nº 204 de 21 xx xxxxxx de 2019, se adjudica el contrato del suministro de chaquetones y cubre pantalones de intervención para el personal del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense, por el gasto máximo autorizado de doscientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta euros (246.840,00 €), 21% IVA incluido, para un periodo de cuatro (4) años, a la empresa EL CORTE INGLÉS, S.A. con NIF A28017895, de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas que rigen la contratación y con la oferta presentada, según los precios unitarios ofertados:
DENOMINACION | PRECIO UNITARIO (sin IVA) | IVA desglosado (21%) | TOTAL(con IVA) |
CHAQUETON | 615,20 € | 129,19 € | 744,39 € |
CUBREPANTALON | 475,00 € | 99,75 € | 574,75 € |
CONJUNTO | 1.090, 20 € | 228,94 € | 1.319,14 € |
3. Garantía.
En fecha 26/07/2019, se constituye garantía definitiva, en la modalidad de retención de parte del precio por importe de 10.200 €, el cual corresponde al 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. El licitador propuesto como adjudicatario autoriza al Consorcio a retener la parte del precio en concepto de garantía, del pago de la primera/s factura/s que deba abonar el Consorcio derivada de la ejecución del contrato.
Esta garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía (2 años desde la fecha de recepción o conformidad del suministro) y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del contratista.
Y conviniendo a ambas partes celebrar el presente contrato de suministro, lo formalizan en este documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx con DNI n.º ***9891**, en nombre y representación de EL CORTE INGLES, S.A, como Apoderado, se compromete a la ejecución de contrato del suministro de chaquetones y cubre pantalones de intervención para el personal del Consorcio con arreglo a su oferta, al pliego de prescripciones técnicas y al pliego de cláusulas administrativas particulares, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna.
Además del presente documento, tienen carácter contractual los siguientes documentos anexos al presente contrato, prevaleciendo el primero de los documentos en caso de discrepancia con el resto de documentos contractuales:
- el pliego de cláusulas administrativas particulares: Url de verificación xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx0/xxxx/xx0xxxXxxx0XXXxx00x/XXxx
- el pliego de prescripciones técnicas: Url de verificación xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx0/xxxx/XXxxx000XXxXXx0xXxXxxxxx
- el decreto de aprobación del expediente de contratación: Url de verificación: xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx0/xxxx/XXxXXX0X/xXXx0XX0xXxXxxx
- la oferta del adjudicatario.
- el decreto de adjudicación: Url de verificación:
xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx/0X0X/XXxXx0/XxxXXx00xxxx
SEGUNDA. – El gasto máximo del contrato asciende a doscientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta euros (246.840,00 €), 21% IVA incluido.
Con cargo a dicho gasto máximo autorizado, se abonarán los suministros efectivamente realizados durante el tiempo de duración del contrato, con subordinación a las necesidades que surjan y a petición del responsable del contrato.
Por tanto, con cargo al gasto máximo referido sólo se abonará a la empresa adjudicataria el importe de los suministros efectivamente realizados.
TERCERA. - El precio total unitario de las prendas es el que se indica a continuación, conforme a la oferta económica presentada por la citada empresa:
DENOMINACION | PRECIO UNITARIO (sin IVA) | IVA desglosado (21%) | TOTAL(con IVA) |
CHAQUETON | 615,20 € | 129,19 € | 744,39 € |
CUBREPANTALON | 475,00 € | 99,75 € | 574,75 € |
CONJUNTO | 1.090, 20 € | 228,94 € | 1.319,14 € |
El precio incluye todos los gastos que conlleve el suministro y puesta en funcionamiento hasta el lugar que indique el Consorcio, así como todos aquellos gastos que al adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato.
De acuerdo con lo señalado en el PCAP, en este contrato no se revisará el precio, es decir, los precios ofertados deberán respetarse hasta la finalización del contrato.
CUARTA. - El Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense tendrá la obligación de pagar el precio convenido por la entrega del suministro recibido a satisfacción del mismo.
El pago será único, una vez que se extienda el acta de recepción, acta que se realizará por parte del Jefe del Parque de Bomberos del Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Poniente Almeriense o persona que le sustituya, tras la entrega, instalación y puesta en funcionamiento del suministro.
Una vez extendida el acta de recepción, el contratista podrá emitir la factura electrónica, en la plataforma FACe: https/xxxx.xxx.xx/xx, teniendo el Consorcio la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de aprobación de las facturas, de conformidad con lo establecido en los arts. 198.4 y
210.4 de la LCSP.
QUINTO. – El contratista deberá entregar el suministro en el plazo máximo de ciento veinte días (120) días naturales desde la fecha de petición por parte del Consorcio, entregándolos en el Parque de Bomberos de El Ejido y se presentarán en bolsas cerradas individuales por prenda, con una etiqueta adherida a la misma (a la bolsa) que indique claramente el usuario de la prenda, prenda entregada y talla, entre otros posibles aspectos, sin que sea necesario abrir la bolsa para ver la información. En el interior de la bolsa, las prendas deberán ir acompañadas de folleto informativo en castellano para el usuario.
SEXTO. – El contratista llevará a cabo las pruebas del chaquetón y/o cubre pantalón al personal operativo del Consorcio que precise el suministro en su horario laboral. Dispondrá de un tallaje completo para la correcta adaptación del equipo a cada usuario. Una vez determinada la talla que corresponde al usuario o usuarios, se precederá a la producción de las prendas necesarias, previa conformidad del Consorcio.
Tanto para el chaquetón como para el cubre pantalón, existirán disponibles un mínimo de 18 tallas, con el objeto de que los equipos se adapten las diferentes medidas de ancho y alto de los usuarios.
Toda la información con datos personales que el Servicios de Bomberos deba facilitar a la empresa adjudicataria, o que esta consiga estará sometida a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos.
SÉPTIMA. - Las condiciones especiales de ejecución, el régimen de penalidades y las causas de resolución del contrato se regirán por el pliego de cláusulas administrativas particulares.
OCTAVA. – El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación.
En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad, de acuerdo con lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Además de por cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 211 y 306 LCSP, dando lugar a los efectos previstos en los artículos 213 y 307.1 y 3 LCSP.
NOVENA. – El contratista estará obligado a guardar confidencialidad de los datos que conozca como consecuencia de la ejecución del contrato por un plazo de 5 años, de acuerdo con lo señalado en el art. 133 LCSP 2017.
DÉCIMA. - En todo lo no establecido en el presente contrato o en el pliego de cláusulas administrativas particulares, ambas partes se someten a los preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público y, en cuanto no resulte derogado por ésta, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
ÚNDECIMA. - Cualquier modificación de las condiciones del presente contrato deberá ser objeto de aprobación por el órgano competente y, posteriormente, formalizarse en documento contractual.
El presente contrato se firma entre las partes por medios electrónicos, produciéndose los efectos de la formalización del mismo en la fecha de la firma del Secretario del Consorcio.
EL PRESIDENTE EL CONTRATISTA
D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Guerrero D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
EL SECRETARIO
D. Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx