VISTOS:
Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
Departamento Jurídico
VISTOS:
Aprueba de Contrato de Prestación de Servicios de " Man ten ción y Reparación S istema Calefacción Central y Otros" a través de Modalidad Convenio de Suministro de la Delegación Presidencial xx Xxxxxxxxxx y de la Antártica Chilena.
RESOLUCIÓN EXENTA N° 336
PUNTA ARENAS, 30 xx Xxxx de 2022
1. Los artículos 110 y siguientes de la Constitución Política de la República;
2. El D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. El D.F.L. N° 1/19.175 de 2005 (I), que fijó texto, refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional;
4. La Ley N° 20.502, que Crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública
5. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda;
6. La Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República;
7. La Ley N° 21.395, de 15.12.2021, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2022;
8. La Resolución Exenta N° 278, de fecha 28.04.2022, que Aprueba las Bases para llamado a Licitación Pública “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros” a través de Modalidad Convenio de Suministro, de esta Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y de la Antártica Chilena;
9 La Resolución Exenta N° 314, de fecha 23.05.2022, que autoriza proceso de adjudicación ID 7645LE22 “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros” a través de Modalidad Convenio de Suministro de la Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y de la Antártica Chilena;
10. El Contrato de Prestación de Servicios de “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros” a través de Modalidad Convenio de Suministro suscrito entre la Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y de la Antártica Chilena y xxx XXXXXX XXXXXX XXXXX, el 25 xx Xxxx de 2022; y
11. Los antecedentes tenidos a la Vista,
RESUELVO:
1. APRUÉBASE el Contrato Prestación de Servicios de “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros” a través de Modalidad Convenio de Suministro, el 25 xx Xxxx de 2022, entre la Delegación Presidencial Regional y xxx XXXXXX XXXXXX XXXXX, Rut. N° 14.072.365-7.
2. El Contrato de Prestación de Servicios de “Mantención Reparación Sistema Calefacción Central y Otros” a través de Modalidad Convenio de Suministro de 25 xx Xxxx de 2022, se aprueba con el siguiente tenor:
CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN SISTEMA CALEFACCIÓN CENTRAL Y OTROS
A TRAVÉS DE MODALIDAD CONVENIO DE SUMINISTRO
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL XX XXXXXXXXXX Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA
En Punta Arenas, a 25 xx Xxxx de 2022, entre la Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y de la Antártica Chilena, RUT N° 00.000.000-0, en adelante la “DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL”, representada por la Delegada Presidencial Regional, xxxx XXX XXXXXXXX XXXXXXXX, cédula de identidad Nº 00.000.000-0, ambas domiciliadas en esta ciudad, xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 y Plaza Xxxxx Xxxxxx N° 1072, por una parte; y por la otra, la Empresa XXXXXX ASOCIADOS SPA , Rut. N° 00.000.000-0, representada legalmente por xxx XXXXXX XXXXXX XXXXX, Rut. N° 00.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, en adelante “el prestador”, se ha realizado el siguiente convenio de suministro, después de haber realizado la adjudicación de la licitación pública ID 764-5-LE22 en el portal Mercado Público, se suscribe el presente Contrato de Prestación de Servicio de “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros", a través de modalidad convenio de suministro, de acuerdo a las siguientes cláusulas que se nombran a continuación: INTRODUCCIÓN. El presente contrato se celebra entre las partes más arriba individualizadas en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 314 de fecha 23 xx Xxxx de 2022 de esta Delegación Presidencial Regional, que autorizó el proceso de adjudicación de la licitación ID 764- 5-LE22, “Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros”, en dependencias del Edificio Xxxxxxxxxx ubicado en Xxxxxx 901 de la ciudad de Punta Arenas, estas instalaciones requieren mantención permanente, que considera un servicio a requerimiento ante eventuales fallas, a través de modalidad convenio de suministro, por lo que vienen en celebrar el respectivo contrato, que se regirá por las estipulaciones que siguen: PRIMERA: DEL SERVICIO A PRESTAR. Por el presente instrumento, la Empresa se compromete a efectuar el Servicio de Mantención y Reparación Sistema Calefacción Central y Otros, para lo cual ejecutará las labores que expresa la cláusula segunda, que sigue.
SEGUNDA: DE LAS OBLIGACIONES DEL PRESTADOR
El prestador se obliga a:
a.) Ejecutar el servicio requerido y cumplir estrictamente con las exigencias señaladas en las
bases administrativas generales, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones (si las
hubieren) y en su propia oferta.
b.) Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas vigentes y a toda norma técnica relativa a la provisión del servicio requerido por estas bases administrativas y a los demás aspectos que digan relación con el servicio de cuya contratación se trata, que le son plenamente conocidos.
c.) Cumplir todas las obligaciones legales vigentes en la República de Chile durante la vigencia del contrato, en lo que se refiere a impuestos, tasas y contribuciones fiscales, municipales y de cualquiera otra índole.
d.) Cumplir la totalidad de los compromisos contraídos en el contrato y a no cederlo ni transferirlo, total o parcialmente, a persona natural o jurídica alguna
TERCERA: CONDICIONES DEL CONTRATO CONVENIO DE SUMINISTRO
a) Todos los materiales a emplear deben ser de primera calidad dentro de su especie, deberán respetar como mínimo las indicaciones de la Normas y de los fabricantes, para garantizar la buena ejecución de los trabajos.
b) Será responsabilidad del prestador el adecuado uso y calidad de los materiales que deba
suministrar.
c) El prestador debe contar con teléfono celular para ubicarlo en cualquier momento que se
presente una urgencia.
d) El prestador deberá estar disponible de lunes a viernes, de 08:30 a 18:00 horas. También deberá atender urgencias los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos siempre que la situación lo amerite.
e) Los trabajos normales deben ejecutarse en un plazo máximo de 48 horas, contados de la hora en que envió la solicitud respectiva.
f) Los trabajos deben ejecutarse en plena coordinación con la Encargada de Administración y
Finanzas o Coordinadora de la Unidad de Adquisiciones.
g) Los trabajos no especificados y necesarios de realizar deben ser autorizados previamente por la Encargada de Administración y Finanzas. El prestador presentará un presupuesto por el trabajo a realizar, se le solicitará la cotización vía email para su posterior visto bueno y emisión de la OC.
h) Xxxxxxxxx daño ocasionado con motivo de la ejecución de los trabajos serán de exclusiva responsabilidad del prestador, debiendo ser reparados de inmediato sin costo para esta Delegación Presidencial Regional.
i) El prestador deberá disponer todas las medidas y precauciones necesarias para que la circulación de las personas se realice con el máximo de seguridad durante la mantención. El prestador deberá tomar todas las medidas de protección contra incendios. No se almacenarán materiales, maquinarias ni herramientas en los pasillos de circulación ni en zonas donde haya flujo de funcionarios y usuarios del establecimiento.
j) El prestador debe proporcionar todas las maquinarias, equipos y herramientas que se requieran para una ejecución eficiente, de acuerdo con las necesidades de los trabajos solicitados, las que deberán ser retiradas del terreno una vez desocupadas.
k) El prestador deberá retirar y hacerse cargo de todos los materiales o insumos que fueron cambiados y ya no sirven, no deberá dejar nada en las instalaciones de esta Delegación Presidencial Regional.
l) Para cualquier efecto, toda indicación que se omita en el presente contrato, deberá consultarse a la coordinación.
m) Los trabajos realizados deberán contar con una garantía mínima de 6 meses.
Visitas de Emergencia
En caso de presentarse algún desperfecto en el funcionamiento del sistema de calefacción, la Delegación Presidencial Regional informará sobre el desperfecto al proveedor, quien tendrá 24 Horas como máximo para entregar un informe, donde debe detallar la falla y repuestos que fuesen necesarios para su solución.
El prestador deberá indicar un valor por visita de emergencia el cual estará dentro de valor total de la oferta. Los repuestos que se necesiten para las reparaciones detectados, deberán ser suministrados por el prestador y presentados a la Jefa del Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial Regional, quien podrá autorizarlo o solicitará otras cotizaciones.
CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO.
El pago será de acuerdo a lo especificado en las órdenes de compra generadas en su oportunidad de acuerdo a los requerimientos, previa recepción conforme del trabajo por esta Delegación Presidencial Regional.
El pago se efectuará sobre la base de la siguiente documentación:
- Factura comercial, o
- Boleta de honorarios por prestación de servicios
La factura o boleta de honorarios electrónica será a nombre de:
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL XX XXXXXXXXXX Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA
RUT : 00.000.000-0 CIUDAD : PUNTA ARENAS DIRECCIÓN : XXXXXX N° 901
GIRO : FISCAL
Para el presente contrato no habrá anticipos, los pagos se realizarán a través de transferencia bancaria, con un plazo máximo de 30 días.
El prestador podrá facturar una vez recibida la notificación de recepción conforme de parte del administrador del contrato. La factura en formato XML deberá ser enviada a la casilla de correos xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.
Posteriormente, para gestionar el pago de la factura, el documento deberá estar aceptado en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. Será responsabilidad del proveedor emitir correcta y oportunamente la factura por el servicio prestado. No se pagará ningún servicio que no haya sido efectivamente prestado. En tal caso, además del descuento por la falta de prestación de servicios, se cursarán las multas establecidas en las presentes Bases de Licitación. QUINTA: LAS MULTAS. La Delegación Presidencial Regional podrá aplicar administrativa y unilateralmente, una multa por atraso del adjudicatario en la prestación del servicio. Si existiera demora en la ejecución de los trabajos y no se cumpliera en los plazos estipulados en el presupuesto entregado, se aplicará a éste, por cada día de atraso, una multa ascendente a la suma de 1 UF, hasta que la entrega sea efectuada.
Procedimiento para aplicación de las multas Según los siguientes pasos:
1. La Coordinadora de la Unidad de Adquisiciones de la Delegación Presidencial Regional deberá informar vía email del incumplimiento a la Encargada de Administración y Finanzas, la cual comunicará al proveedor la aplicación de la multa otorgando un plazo de 5 días hábiles para que este efectúe sus descargos. Presentados los descargos por el oferente o transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que ello se realice, La Encargada del Departamento de Administración y Finanzas deberá realizar un análisis de los antecedentes presentados, si el examen de estos justifica el incumplimiento por parte del proveedor, se archivarán los descargos, junto con los demás antecedentes del caso.
2. En caso contrario, es decir, si los antecedentes presentados por el oferente no son suficientes para justificar el incumplimiento del servicio, la Encargada de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial, determinará que el adjudicatario ha incurrido en un incumplimiento y procederá a aplicar la multa que corresponda, acompañando los antecedentes del caso.
3. La Encargada de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial, aplicará la multa mediante resolución fundada que establecerá la causal del incumplimiento. Dicha resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada.
4. La multa respectiva, se deducirá de la respectiva factura, toda vez que se haya constatado el incumplimiento por parte del proveedor. Posteriormente, se emitirá la Resolución Exenta que aplica la multa por la Delegación Presidencial, según corresponda, la que se pronunciará sobre los descargos presentados por el proveedor, si existieran y se publicará en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
SEXTA: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo de ejecución de los servicios contratados tendrá una duración de 24 meses a contar del 25 xx Xxxx de 2022 hasta el 25 xx Xxxx de 2024. El contrato podrá ser prorrogado automáticamente hasta por un año más, siempre que el desempeño y servicio entregado haya sido óptimo, esto será comunicado por medio de carta certificada 30 días antes del término de este.
SÉPTIMA: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
La Delegación Presidencial podrá dar término anticipado al contrato, en los siguientes casos:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
3. Ceder, transferir, total o parcialmente, el contrato a persona natural o jurídica.
4. Muerte del proveedor contratado
5. Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad xxx xxxxxxx
6. El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
9. Incumplimiento reiterado de las obligaciones que impone el vínculo contractual y siempre que
haya motivos fundados, los cuales se manifiestan por escrito, por el administrador del contrato. 10.Incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y siempre que hay motivos
fundados, manifestados al menos en dos oportunidades por escrito por el encargado de supervisar el contrato.
00.Xx a criterio del encargado del contrato existen causas graves imputables al Prestador que
impidan una correcta ejecución de los servicios contratados.
Cualquiera sea la causa del término del contrato, el proveedor no tendrá derecho a indemnización alguna, teniéndose presente lo dispuesto en el artículo 79° ter del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La Contraparte Técnica quien estará a cargo del cumplimiento del Contrato será la Encargada de
Administración y Xxxxxxxx o a quien él designe el cual calificará la concurrencia de alguna de las
causales mencionadas anteriormente.
OCTAVA: MODIFICACIÓN DE CONTRATO.
El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, en cualquiera de los siguientes casos:
1. Mutuo acuerdo de las partes.
2. Cuando las necesidades de la Delegación así lo requieran.
3. Por causa de interés público.
4. Por exigirlo la seguridad nacional.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. NOVENA: SUBCONTRATACIÓ N. No se permite la subcontratación, se requiere que la prestación sea el titular del servicio contratado. DÉCIMA: OBJETIVOS DEL CONVENIO DE SUMINISTRO.
Los trabajos se realizarán en el Edificio Xxxxxxxxxx ubicado en Xxxxxx 000, edificación de 11 pisos, y xxxx xx xxxxxxxx ubicada en el subterráneo.
Los objetivos principales de este convenio de suministro son:
a) Efectuar mantenimiento preventivo a los equipos y componentes del sistema de calefacción
central, aire acondicionado y losa radiante.
b) Valorizar la mano de obra en los eventuales trabajos a requerimiento, que pudieran presentarse durante la vigencia del convenio.
c) Emitir un informe de los trabajos realizados y el estado de los sistemas intervenidos.
d) Confección de carta Xxxxx indicando las mantenciones preventivas anual a realizar.
e) Garantía de los servicios a realizar.
D É C I M A P R I M E R A : M A N TE N I M IE N TO PREVENTIVO SISTEMAS DE CALEFACCIÓN Y OTROS
La ubicación de los artefactos a gas natural, la cantidad de radiadores y un resumen de los trabajos solicitados, para la mantención preventiva, se presentan en la tabla siguiente:
N° PISO | EQUIPOS / SISTEMAS | CANTIDAD | PREVENTIVOS |
SUBTERRANEO | CALDERA BLOWTHERM-090258 | 2 | Mantención de ambas calderas, y componentes del sistema. |
CALDERA BLOWTHERM-090259 | |||
UMA INTERCAL MA03-31-0-27-0-H | 1 | Mantención Unidad Manejadora de Aire | |
BOMBA EVACUACION DE AGUA (SENTINA) | 1 | Inspección de bomba e informe de estado eléctrico y mecánico. | |
# 1 | SUBSISTEMA | LOSA RADIANTE | Mantención subsistema xx xxxx radiante |
# 2 | RADIADORES | 14 | Inspección de válvulas, lavado de 113 radiadores e inspección de bombas circulación de piso. |
# 3 | RADIADORES | 10 | |
# 4 | RADIADORES | 13 | |
# 5 | RADIADORES | 14 | |
# 6 | RADIADORES | 16 | |
# 7 | RADIADORES | 11 | |
# 8 | RADIADORES | 14 | |
# 9 | RADIADORES | 16 | |
# 10 | RADIADORES | 11 | |
# 11 | RADIADORES | 8 |
DÉCIMA SEGUNDA: TERMINO DE MANTENCIÓN
Al concluir los trabajos de mantención, el prestador deberá generar un informe con:
· Trabajos realizados, con fotografías incluidas
· Discrepancias detectadas y que no fueron posibles de solucionar
· Repuestos o trabajos necesarios para subsanar discrepancias
DÉCIMA TERCERA: NORMAS APLICABLES.
Este contrato se rige por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de hacienda, las condiciones de uso del Sistema de Chile Compras y por los siguientes documentos que se consideran parte integrante del mismo y que en caso de discrepancias, se interpretarán con el siguiente orden de precedencia:
a. Las Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y Anexos (si los hubiere) de la licitación pública ID 764-5-LE22;
b. Las Aclaraciones y Modificaciones a las bases generadas en el proceso concursal;
c. La Oferta administrativa, técnica y económica presentada por el adjudicatario;
d. La Resolución Exenta que adjudica el referido proceso.
DÉCIMA CUARTA: DOMICILIO Y JURISDICCION. Las partes fijan domicilio para todos los efectos legales en la ciudad de Punta Arenas y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. DÉCIMO QUINTA: PERSONERÍA. La Personería de la Señora Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx y su capacidad de representar a la Delegación Presidencial Regional, consta en D.S. N° 90, de 11 xx Xxxxx de 2022, (en trámite) del Ministerio de Interior y Seguridad Pública. El presente Contrato se firma en (03) tres ejemplares de igual tenor y fecha, quedando (01) uno en poder del Prestador de Servicios y (02) dos en poder de la Delegación Presidencial Regional. (Hay firmas).
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE. (Fdo.).
Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Delegada Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y
de la Antártica Chilena
02/06/2022
RBR/eps
Distribución:
Para verificar documento ingresar en la siguiente url: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/
Código Verificación: ltD8r9ldSLfWOI5sHwCbRQ==
ID DOC : 19560964
1. Xxxxxx del Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx (Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena/Departamento Administración y Finanzas)
2. XX. XXXXXX XXXXXX XXXXX
3. Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena/Departamento Administración y Finanzas/Unidad de Administración y Servicios/Oficina de Partes, Archivos y OIRS
4. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena/Departamento Administración y Finanzas)
5. Xxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Sierpe (Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena/Departamento Jurídico)
6. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx (Delegación Presidencial Regional xx Xxxxxxxxxx y la Antártica Chilena/Departamento Administración y Finanzas)