CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, DE PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO, POR TIEMPO INDETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA POR CONDUCTO DE __________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA UNIVERSIDAD”, Y POR LA OTRA PARTE, C._______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PROFESOR”, EL CONJUNTO DE LAS PARTES EN LO SUCESIVO SERÁN DESIGNADAS COMO “LAS PARTES”, CONTRATO QUE SE REALIZA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. - De “LA UNIVERSIDAD”:
A) Que fue creada mediante decreto numero 496/00 II P.O. del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 43 del día 27 xx xxxx del año 2000, de conformidad con el artículo 64 fracción XLI de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, decreto por medio del cual se expidió la Ley de la Universidad Tecnológica de Chihuahua………
B) Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Paraestatal del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, de conformidad con el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; con personalidad jurídica, competencia y patrimonio propio, de conformidad a lo establecido en los artículos 3 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado………
C) Que tiene por objeto principal impartir Educación Técnica Superior, para formar profesionistas a los que se les denominara Técnico Superior Universitario, así como Profesional Asociado, en programas de continuidad de estudios para sus egresados y para los de otras instituciones de educación superior que impartan el mismo tipo educativo, que permitan a los estudiantes alcanzar el nivel académico de licenciatura, con aptitudes y conocimientos científicos y tecnológicos que coadyuven en la solución creativa de problemas, con un sentido de innovación y la aplicación de avances científicos y tecnológicos………
D) Que el/la ______________________________, fue designado (a) _________________ de la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA por el C. Gobernador Constitucional del Estado __________________________, mediante nombramiento otorgado el ______________________; quien cuenta con las facultades para la celebración del presente contrato de acuerdo a lo establecido en la fracción X del Artículo 13º de la Ley de la Universidad Tecnológica de Chihuahua.………
E) Que para los efectos de este contrato señala como domicilio legal, el ubicado en Ave. Xxxxxx Xxxxxxxxxx # 0000, Xxxxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxx.
F) Que para el cumplimiento de sus fines, “LA UNIVERSIDAD” requiere otorgar diversas plazas de Profesor de Tiempo Completo dentro de “LA UNIVERSIDAD”, razón por la cual el Rector instruye la realización del presente contrato.
II.- De “EL PROFESOR”:
A) POR SUS GENERALES.- Dice llamarse como quedo asentado en el proemio del presente contrato, señalando como sus generales las siguientes:
PROFESIÓN: _____________________.
GRADO MÁXIMO DE ESTUDIOS: ____________________________.
CURP:___________________________.
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: ________________.
DOMICILIO: ___________________.
CIUDAD: ________________________.
TELÉFONO: ________________.
B) CAPACIDAD JURÍDICA Y PROFESIONAL.- Además de su calidad profesional, manifiesta “EL PROFESOR” bajo protesta de decir verdad que cuenta con la experiencia, los conocimientos y la capacidad requeridos para el cabal cumplimiento de los servicios profesionales que se obliga a prestar a “LA UNIVERSIDAD”. Así como, que tiene capacidad jurídica plena para obligarse y suscribir el presente instrumento, en los términos pactados en el presente contrato…………
C) TITULO Y CEDULA PROFESIONAL.- Tener acreditadas las asignaturas que cubren íntegramente el plan de estudios de la carrera profesión que cursó y que le permite dominar el programa académico de _________________________, programa educativo al cual prestará principalmente sus servicios en “LA UNIVERSIDAD” y en consecuencia se entiende adscrito al mismo, además de manifestar “EL PROFESOR” que son de su conocimiento los objetivos y normas que rigen a “LA UNIVERSIDAD”, por lo cual manifiesta estar dispuesto a prestar sus servicios con estricto apego a las disposiciones que se encuentran vigentes y con la calidad e intensidad académica que se requiere por parte de “LA UNIVERSIDAD………
D) Que se ha venido desempeñando como Profesor de Asignatura en “LA UNIVERSIDAD”, contratado por tiempo determinado, para impartir las materias que se requirieran de conformidad con la matricula que se presentara en el cuatrimestre anteriormente contratado..
III.- De “LAS PARTES”:
A) Que para el cumplimiento de sus fines “LA UNIVERSIDAD” requiere de profesionistas con los conocimientos y la experiencia necesaria, y que es voluntad de las partes, el celebrar el presente CONTRATO LABORAL DE TIEMPO INDETERMINADO, mismo que sujetan a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo………
B) Que es voluntad de las partes celebrar el presente CONTRATO LABORAL DE TIEMPO INDETERMINADO, señalando que al efecto no existe dolo o error, así como coacción por alguna de las partes, por tanto las mismas se sujetan a las disposiciones de la Ley Orgánica y Reglamento Interior así como el de Condiciones Generales de Trabajo de la Universidad Tecnológica de Chihuahua y la Ley Federal del Trabajo………
C) Que ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen así como su capacidad contractual, y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL PROFESOR” se obliga a prestar sus servicios profesionales a “LA UNIVERSIDAD” como PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO, subordinándose a ella jurídicamente, desarrollando las funciones inherentes al cargo, las cuales son las siguientes:
A) Aportar sus conocimientos y habilidades de conformidad a las necesidades de “LA UNIVERSIDAD”.
B) Impartir dentro del horario determinado por la Secretaría Académica o por el Director de la Carrera a la cual está adscrito, las asignaturas que estas le señalen cada cuatrimestre y que se anexan al presente documento.
C) Proporcionar cada cuatrimestre, las asesorías y tutorías a los alumnos del grupo señalado por la Secretaría Académica o el Director de la Carrera a la cual está adscrito.
D) Asistir a reuniones de academia a las que sea convocado.
E) Realizar visitas guiadas con los alumnos.
F) Participar activamente en los programas institucionales de extensión de Difusión y Vinculación así como de apoyo a la docencia………..
SEGUNDA.- HORARIO DE TRABAJO.- Se establece una jornada de trabajo de 40 horas semanales, mismas que deberán distribuirse entre las diferentes actividades que debe realizar “EL PROFESOR” de conformidad con lo que disponga la Secretaría Académica o el Director xx Xxxxxxx a la cual está adscrito y a la normatividad vigente dentro del horario que se le señale cada cuatrimestre de acuerdo a las necesidades de “LA UNIVERSIDAD”…………
“EL PROFESOR” Esta obligado a registrar su asistencia diaria mediante el sistema establecido para tal efecto por “LA UNIVERSIDAD” tanto a la hora de entrada como a la de salida de sus labores para que de esa manera se haga el pago xxx xxxxxxx correspondiente. El incumplimiento por parte de “EL PROFESOR” de esta obligación traerá como consecuencia que se considere como falta injustificada a sus labores……….
TERCERA.- LUGAR DE TRABAJO.- “LAS PARTES” convienen que “EL PROFESOR” preste sus servicios principalmente en el domicilio de “LA UNIVERSIDAD” o en el que disponga la Secretaría Académica o el Director xx Xxxxxxx a la cual está adscrito de acuerdo a sus conocimientos y capacidades y atendiendo a las necesidades de “LA UNIVERSIDAD”………
CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO (VIGENCIA).- “LAS PARTES” manifiestan que la Relación Laboral que se contrae derivada del presente contrato es por tiempo indeterminado e inicia a partir del _____________________..........
QUINTA.- MONTO DE LAS PERCEPCIONES.- “LA UNIVERSIDAD” se obliga a pagar a “EL PROFESOR” por los servicios a que este contrato se refiere en la cláusula PRIMERA, la cantidad de $_____________________ de acuerdo al catalogo de puestos y tabulador de sueldos mensuales autorizado por la Coordinación General de Universidades Tecnológicas para el personal académico. Al salario señalado se le sumarán las prestaciones que el Gobierno Federal establezca. La percepción deberá dividirse para ser liquidada en forma proporcional por quincenas vencidas los días quince y último de cada mes efectuándose las retenciones xx Xxx; para lo cual “EL PROFESOR” por su parte, contra entrega de su salario firmará los recibos respectivos de pago, para el caso omiso “LA UNIVERSIDAD” podrá retener el salario hasta en tanto no sea firmado el mismo…………
SEXTA.- OBLIGACIONES DE “EL PROFESOR”.- Se obliga a desarrollar puntualmente el servicio que se establece en la cláusula PRIMERA a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”; aportando su experiencia y capacidad, dedicándole todo el tiempo que sea necesario para el cumplimiento de sus labores. Así como, comunicar todos los elementos y circunstancias que permitan mejorar el servicio.
De igual manera se obliga a cumplir y hacer cumplir, dentro de su esfera de dominio y competencia todas las normas, leyes, reglamentos, circulares o cualquier otro tipo de disposiciones que normen las relaciones al interior de “LA UNIVERSIDAD”. En especial se obliga a cumplir con las disposiciones del Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico de la Universidad en cuanto a la clasificación docente implica.
“EL PROFESOR” deberá avisar, cuando menos con 15 días de anticipación, en caso de que no pueda continuar prestando los servicios para los que fuera contratado. ………
SEPTIMA.- SECRETO PROFESIONAL.- Se somete voluntariamente “EL PROFESOR” al secreto profesional que debe guardar en todos los actos y gestiones en los que intervenga, y en caso de incumplir con esta prevención se estará en lo dispuesto por el código punitivo estatal en vigor, en materia de revelación de secretos y normas aplicables. Así como las disposiciones aplicables a la materia por concepto de daños civiles causados por su actuar………..
“LAS PARTES” convienen en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo de este contrato, excepto aquella que deba considerarse pública según lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por lo anterior, “LAS PARTES” se obligan a adoptar las medidas necesarias y procedentes a efectos de exigir a su personal y alumnos respectivamente, la máxima discreción y secreto profesional con respecto a cualquier información propia de “LA UNIVERSIDAD” sobre la que lleguen a tener acceso con motivo del presente instrumento. Así mismo, se comprometen a no publicar ni divulgar ningún dato que se considere confidencial o reservado de acuerdo a la Ley de Transparencia sin contravenir lo dispuesto por la Ley anteriormente citada, se exceptuarán los casos en los que medie autorización expresa de la contraparte………
OCTAVA.- TITULARIDAD DE OBRAS Y DERECHOS.- Convienen las partes que, si con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, se generan obras de interés cultural en el amplio sentido de la palabra, será “LA UNIVERSIDAD” el titular de todos los derechos sobre la obra, comprometiéndose únicamente a colocar el nombre de “EL PROFESOR” en la portada de la obra……….
NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- “LAS PARTES” acuerdan que este Contrato no otorga a “EL PROFESOR” licencia alguna o cualquier otro tipo de derecho respecto de la propiedad intelectual de “LA UNIVERSIDAD”. “EL PROFESOR” se obliga a no comercializar, revelar a terceros, distribuir, regalar o de cualquier otro modo disponer de cualquier desarrollo de “LA UNIVERSIDAD” ni de cualquier materia o material excedente que sea resultado de la propiedad intelectual de “LA UNIVERSIDAD”.
“LAS PARTES” acuerdan que cualquier material objeto de este contrato, o cualquier otro que se llegue a desarrollar o a realizar en el cumplimiento del mismo, o como resultado directo o indirecto del mismo, será propiedad única y exclusiva de “LA UNIVERSIDAD” y desde este momento, “EL PROFESOR” reconoce que no tendrá derecho alguno sobre dichos materiales o desarrollos, ni intentará obtener algún tipo de título o registro de propiedad sobre los mismos ni en México ni en el extranjero. “EL PROFESOR” acepta y se obliga a cooperar con “LA UNIVERSIDAD” en todo lo que se requiera, suministrar a “LA UNIVERSIDAD” documentación satisfactoria con respecto a los materiales y desarrollos y a firmar todos los documentos y convenios necesarios o convenientes para obtener las patentes o registros de tales materiales o desarrollos en favor de “LA UNIVERSIDAD”.
Queda estrictamente prohibido para “EL PROFESOR”, reproducir sin permiso cualquier tipo de material que se le hubiese proporcionado al amparo del presente Contrato, bajo pena de incurrir en alguna sanción establecida en las leyes y tratados internacionales en materia de derechos de autor, además de la rescisión del presente contrato.
DECIMA.- INFORMES Y EVALUACIONES.- “EL PROFESOR” se obliga a informar a “LA UNIVERSIDAD” sobre el estado que guarde el servicio desempeñando cuantas veces sea requerido para ello, así como a rendir el informe general de labores al termino de cada cuatrimestre.
“LAS PARTES” son conformes en que “EL PROFESOR” se someterá a las evaluaciones que considere “LA UNIVERSIDAD” necesarias para medir el grado de satisfacción de los alumnos durante el proceso y al final de la impartición del curso de capacitación.
DECIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES DE “LA UNIVERSIDAD”.- Se compromete a proporcionar todos los medios y apoyos humanos, materiales y financieros mínimos necesarios a “EL PROFESOR” para el adecuado cumplimiento de las actividades a que este se obliga mediante el presente contrato.
DECIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- “LAS PARTES” convienen que el presente contrato terminará:
A).- Por mutuo consentimiento de las partes contratantes;
B).- Por muerte o incapacidad física o mental definitiva de “EL PROFESOR”;
C).- Por Cualquier hecho o acto doloso que derive en faltas contra la moral y las buenas costumbres, o sea considerado como un hecho sancionado por la ley como delito y que sea realizado en perjuicio de la comunidad en general, los integrantes de la comunidad estudiantil y/o del personal de “LA UNIVERSIDAD”.
DECIMA TERCERA.- CAUSALES DE RESCISIÓN.- Son causas especiales de rescisión del presente contrato sin responsabilidad para “LA UNIVERSIDAD”, además de las señaladas en la Ley Federal del Trabajo:
A) La falta de probidad y honradez de “EL PROFESOR”.
B) Proporcionar “EL PROFESOR” información personal y académica falsa a “LA UNIVERSIDAD”.
C) Si dentro de un periodo de vigencia del contrato, “LA UNIVERSIDAD” determinase que los servicios prestados por “EL PROFESOR” no cumplen los requisitos mínimos de profesionalismo, ética, experiencia, o su conducta fuera en detrimento de la labor educativa y calidad de la enseñanza que pretende la Institución;
D) La propaganda religiosa y política hecha por “EL PROFESOR” como venta de bienes y servicios a los educandos o al personal de la institución dentro de las instalaciones sin previa autorización por escrito de la Institución;
E) El incumplimiento injustificado por parte de “EL PROFESOR” de alguna o algunas de las cláusulas plasmadas en este documento;
F) El no cumplir de forma regular con su asistencia al desempeño de sus funciones y actividades;
G) Las demás que estén contempladas en la normatividad Universitaria;
DECIMA CUARTA.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.- Las modificaciones a los términos de este Contrato o los asuntos no previstos en el mismo, serán resueltas de común acuerdo entre “LAS PARTES”, debiendo constar por escrito sus decisiones y anexarlas al presente Contrato una vez firmadas, para que formen parte integrante del mismo.
DECIMA QUINTA.- VOLUNTAD.- Ambas partes manifiestan expresamente que en el presente contrato no existen ni reconocen vicios, error, dolo, lesión o mala fe, capaz de anularlo y convienen su firma libre de presión alguna.
DECIMA SEXTA.- AVISO DE PRIVACIDAD.- “LA UNIVERSIDAD” es la responsable del tratamiento de los datos personales y/o sensibles de “EL PROFESOR”, conforme a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que al momento de firmar el presente instrumento jurídico, “EL PROFESOR” está de acuerdo en que sus datos personales y/o sensibles sean tratados de acuerdo con lo previsto en el Aviso de Privacidad de “LA UNIVERSIDAD”, al cual puede acceder a través de la siguiente página web: xxx.xxxx.xxx.xx, o bien podrá revisarlo en las diversas áreas de la misma donde se encuentre publicado.
DECIMA SÉPTIMA.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN APLICABLE.- Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, los contratantes convienen estar a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo en vigor.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LOS QUE EN EL INTERVINIERON, CONSTANTE DE __________FOJAS ESCRITAS ______________, Y HABIÉNDOSE MANIFESTADO LAS PARTES ENTENDIDAS Y CONFORMES CON EL CONTENIDO DEL MISMO, DECLARAN QUE ASÍ LO OTORGAN, RATIFICAN Y FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MARGEN Y AL CALCE EN UN MISMO EFECTO, EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, CHIH., A LOS ______ DÍAS DEL MES DE _____________ DE _____________.
“LA UNIVERSIDAD”
|
“EL PROFESOR”
|
___________________________________, |
C. __________________________. |
___________________________. |
|
T E S T I G O S |
_________________________________, ___________________________. |
, . |
|
|
Esta hoja de firmas “_” corresponde al Contrato para Profesor de Tiempo Completo celebrado entre “LA UNVIERSIDAD” por conducto de __________________________ en su carácter de ____________ y el (la) C. __________________ con fecha _____________ de ___________________ del año _________.
F- AG-10 |
REVISIÓN 02 |
Fecha última revisión 01/01/2017 |