RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA – RTVC- S.A.S.
RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA – RTVC- S.A.S.
RESOLUCIÓN No.0296
(01 de septiembre de 2023)
“Por la cual se ordena la terminación anticipada, se establece el balance general, se dispone la liquidación, el pago y
la liberación de los saldos del Contrato No.915 de 2023”
EL SUBGERENTE DE SOPORTE CORPORATIVO
DE RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC- S.A.S.
Nombrado mediante Resolución No. 0194 de fecha 16 xx xxxxx de 2023, debidamente posesionado según consta en el Acta No. 001 del 16 xx xxxxx de 2023, en ejercicio de sus facultades legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) e i) del artículo 19 de los Estatutos de Radio Televisión Nacional de Colombia
-RTVC-S.A.S., el artículo 3 del Decreto 3912 de 2004, artículo 60 de la Ley 80 de 1993, quién actúa como Ordenador del Gasto de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 0207 del 30 xx xxxxx de 2023, expedida por -RTVC-
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3 del Decreto 3912 de 2004, en concordancia de con lo previsto en el literal a) del artículo 19 de los estatutos de la Entidad, atribuyen al Gerente entre otras, las siguientes funciones:
“(…) Dirigir la administración de la sociedad RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC, para lo cual atenderá la gestión diaria de los negocios y actividades de la misma, de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias y ejecutar las decisiones que al respecto adoptan la Junta de Socios y la Junta Directiva; (…)”.
Que, el Gerente de Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-S.A.S., mediante Resolución No. 0207 del 16 xx xxxxx de 2023 “Por medio de la cual se delega la ordenación del gasto en la Subgerencia de Soporte Corporativo, se emiten directrices para el ejercicio de la actividad contractual y se dictan otras disposiciones” y en su numeral 1° contempló la siguiente función: “Suscribir contratos y convenios, sus modificaciones, acuerdos, cesiones, actas de suspensión y de reinicio de la ejecución de los contratos, ordenes de emisión, liquidación bilateral de común acuerdo o unilateral, terminación anticipada y, en general, todos los actos necesarios para el funcionamiento de la entidad y el cumplimiento de su objeto social”
Que RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC- S.A.S. y XXXXXXXXX XXXXXX XXXX (Q.E.P.D.),
identificada con cédula de ciudadanía No. 1.020.762.715, el 01 xx xxxxx de 2023 firmaron el contrato de prestación de servicios No.915-2023, cuyo objeto fue “El CONTRATISTA se obliga con -RTVC- a prestar sus servicios como operador de contribuciones para el sistema informativo de RTVC.”.
Que, de acuerdo con la cláusula segunda, el término de ejecución del contrato se fijó en “cuatro (04) meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato" lo cual ocurrió el 01 xx xxxxx de 2023, por lo tanto, el contrato se ejecutaría hasta el 30 xx xxxxx de 2023.
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Que, conforme lo establece la cláusula cuarta, el valor del contrato es de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($15.200.000), según Registro Presupuestal No.1848 de fecha 01/03/2023, pagaderos en mensualidades vencidas, cada una por valor de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($3.800.000).
Que, de acuerdo con lo expuesto en el acta de finalización expedida y firmada por la Supervisión del contrato de fecha 10 de julio de 2023, EL CONTRATISTA prestó sus servicios desde el 01 xx xxxxx de 2023 hasta el 19 xx xxxxx de 2023, fecha su fallecimiento, tal como consta en el Registro Civil de Defunción No.10359515 inscrito el 22 xx xxxxx de 2023.
Que, de acuerdo con el acta de finalización y el estado de la situación financiera, el contrato presenta el siguiente balance financiero:
VALOR TOTAL DEL CONTRATO | $15.200.000 |
VALOR TOTAL PAGADO A LA FECHA | $11.400.000 |
SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA | $2.406.667 |
SALDO A LIBERAR | $1.393.333 |
Que, de conformidad con lo manifestado por la Supervisión, el contratista prestó sus servicios hasta el día 19 xx xxxxx de 2023, por lo cual se torna necesario efectuar el pago de los honorarios causados en el periodo comprendido entre el primero (1°) xx xxxxx de 2023 y el diecinueve (19) xx xxxxx de 2023, cuyo valor corresponde a la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.406.667).
Que, según el certificado de pagos expedido el 11 de julio de 2023 emitido por la Coordinación del Área de Tesorería de -RTVC, a la fecha se han efectuado los siguientes pagos:
Comprobante de Pago | Valor Pago | Fecha |
146203 | $3.800.000 | 13/04/2023 |
147405 | $3.800.000 | 09/05/2023 |
149256 | $3.800.000 | 13/06/2023 |
TOTAL | $11.400.000 |
Que, el numeral 1 del literal “B” de la Cláusula Quinta del Contrato No. 915-2023 estipula como obligaciones de - RTVC-, entre otras, “Pagar el valor del presente contrato en la forma y con la oportunidad pactada, siempre que el trámite de pago se encuentre completo y con el lleno de los requisitos requeridos para el efecto.”
Que, mediante formato de aprobación para la terminación anticipada del 10 de julio de 2023, el Supervisor y el Ordenador del Gasto aprobaron la terminación anticipada del contrato, manifestando que el contrato se ejecutó a satisfacción y que el contratista cumplió a cabalidad con las obligaciones generales y específicas establecidas en este y que en razón al fallecimiento del contratista ocurrido el 19 xx xxxxx de 2023, consideran procedente y ajustada a lo dispuesto en el literal “b” de la cláusula décima sexta del contrato No.915 de 2023 denominada “TERMINACIÓN ANTICIPADA”, la cual señala que podrá darse por terminado antes del plazo inicialmente pactado “Por imposibilidad jurídica o de hecho ajena a la voluntad de las partes que impida o deje inocua la ejecución del presente contrato”.
Que, como consecuencia de lo anterior, RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC-S.A.S., debe terminar de manera anticipada el Contrato de prestación de servicios No. 915 de 2023, y proceder con su liquidación,
según lo dispuesto en el Parágrafo Tercero de la Cláusula Cuarta del mismo a fin de establecer el balance general, ordenar el pago de las sumas a favor del Contratista y efectuar la liberación de los saldos no ejecutados a favor de - RTVC-.
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Que, en mérito de lo previamente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Terminar de manera anticipada el contrato de prestación de servicios No. 915 de 2023, suscrito entre -RTVC- y la Señora XXXXXXXXX XXXXXX XXXX (Q.E.P.D.),, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía No. 1.020.762.715, a partir del diecinueve (19) xx xxxxx de 2023, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la liquidación del contrato de prestación de servicios No.915 de 2023, suscrito entre RTVC y la señora XXXXXXXXX XXXXXX VEG (Q.E.P.D.), teniendo en cuenta la información reportada por el Supervisor del contrato y el Certificado de Pagos de fecha 11 de julio de 2023. Así las cosas, el balance financiero del contrato de conformidad con lo certificado por la Coordinación de Tesorería de -RTVC- es el siguiente:
ESTADO FINNANCIERO | |
VALOR TOTAL PAGADO A LA FECHA | $11.400.000 |
SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA | $2.406.667 |
SALDO A LIBERAR | $1.393.333 |
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar el pago de la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.406.667), correspondiente al periodo entre el primero (01) y el diecinueve (19) xx xxxxx de 2023, mediante consignación en la cuenta que fue reportada por la contratista dentro de la etapa precontractual conforme certificación bancaria allegada y la cual corresponde a la Cuenta de Ahorros No. 67481161824 de Bancolombia, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin.
ARTÍCULO CUARTO: Liberar del Registro Presupuestal No. 1848 del 01 xx xxxxx de 2023 correspondiente al contrato de prestación de servicios profesionales No. 915 de 2023, la suma de UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE. ($1.393.333), correspondiente a once
(11) días del periodo comprendido entre el 20 xx xxxxx y el 30 xx xxxxx de 2023, por lo cual el supervisor del contrato remitirá copia de la presente resolución a la Coordinación de Presupuesto, para que se lleve a cabo la liberación del saldo a favor de la Entidad, de conformidad con el estado financiero del contrato.
ARTÍCULO QUINTO: Declarar que, una vez efectuado el pago mediante la consignación ordenada en el artículo tercero de la presente Resolución, quedarán extinguidas todas las obligaciones surgidas entre -RTVC- y la señora XXXXXXXXX XXXXXX XXXX (Q.E.P.D.) y las partes x xxx y salvo por todo concepto respecto del contrato de prestación de servicios No. 915 de 2023 de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
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ARTÍCULO SEXTO: Publicar el contenido de la presente Resolución por el término de cinco (5) días, en la página electrónica de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el SECOP conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual deberá presentarse ante la Subgerencia de Soporte Corporativo de -RTVC-, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, en los términos de los Artículos 74, 76 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO OCTAVO: La presente resolución rige en sus efectos jurídicos vinculantes a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá D.C., al primer (01) día del mes de septiembre de 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX
Firmado digitalmente por: XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX
Serial del certificado: 9fecb50237ec23 Entidad: RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA RTVC S.A.S
Unidad Organizacional: SUBGERENCIA SOPORTE CORPORATIVO RTVC Cargo: SUBGERENTE DE SOPORTE CORPORATIVO DE RTVC
Localizacion: BOGOTA
Fecha y hora: 2023-09-01T17:14:22.330-05:00
XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX
Subgerente de Soporte Corporativo de -RTVC
Vo. Bo: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx – Coordinador Gestión Emisión de Televisión de RTVC. – Supervisor.
Revisó: Lady Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx - Profesional Universitario en Asignación Temporal de Funciones de la Coordinación Procesos de Selección y Contratación.
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx – Abogada Contratista - Subgerencia de Soporte Corporativo Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx – Abogada Contratista
Proyectó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx – Abogado Contratista
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