QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN MATERIA DE GESTIÓN CULTURAL Y PROGRAMACIÓN Y COORDINACIÓN
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN MATERIA DE GESTIÓN CULTURAL Y PROGRAMACIÓN Y COORDINACIÓN
DEL TEATRO VICO
1º.- OBJETO DEL CONTRATO Y MEDIOS PERSONALES NECESARIOS
Es objeto de este contrato cubrir los servicios de programación del Teatro Vico y asesoramiento a la Concejalía de Cultura, Turismo y Teatro de este Excmo. Ayuntamiento de Jumilla en materia de Gestión Cultural, Programación y Coordinación del Teatro Vico, todo ello realizado siempre bajo la supervisión y el control de dicha Concejalía.
TAREAS A DESARROLLAR
Dentro de las tareas de asistencia técnica, coordinación, programación y gestión que corresponden a la empresa adjudicataria se encuentran:
- Diseño, gestión y planificación de programas culturales dentro del ámbito y la realidad territorial de Jumilla.
- Control del adecuado funcionamiento del material técnico y operativo, así como del estado de uso público de las instalaciones culturales de titularidad municipal.
- Mediación en la contratación de artistas y/o empresas de espectáculos y actos culturales, con las exigencias convenidas entre las partes en las “Fichas artísticas”.
- Asistencia técnica a colectivos culturales y/o sociales para el desarrollo de sus actividades en colaboración con la Concejalía, dentro de los espacios culturales municipales.
- Desarrollo, interpretación y aplicación efectivo-práctica de las “Fichas técnicas”, concernientes a la normal realización y exigencias de la producción y puesta en escena de actividades culturales de pequeño, mediano y/o gran formato.
- Mediación en el alquiler y/o compra de los equipos técnicos de asistencia logística, así como en la contratación de todo tipo de servicios profesionales necesarios para el desarrollo de actos programados por la Concejalía.
- Composición, diseño, edición de cartelería, programas, revistas o cualquier otro tipo de publicación impresa, película, web u otro sistema, realizados con el fin de difundir y divulgar entre el público y los medios de comunicación las actividades culturales elaboradas desde la Concejalía.
- Coordinación de las relaciones de la Concejalía con los medios informativos y de comunicación, estableciendo las prioridades comunicativas y divulgadoras de las correspondientes campañas de la Programación de la Concejalía, así como con el protocolo en los actos culturales que así lo requieran.
- Asistencia personal y apoyo directo a los artistas, cantantes, compañías de teatro o danza, asociaciones, grupos orquestales, músicos, personalidades del mundo de la cultura y representantes artísticos que participen en la programación del Teatro Vico.
- Guía, control y supervisión del normal desarrollo de las actividades culturales programadas desde la Concejalía.
Corresponde al contratista aportar los medios personales necesarios para la correcta ejecución del contrato, garantizando la asistencia presencial de, al menos, a uno de sus técnicos durante un mínimo de 30 horas semanales.
El Personal designado por la adjudicataria como responsables de la ejecución del contrato deberá estar en posesión del Título Superior de Arte Dramático y tener conocimientos y experiencia acreditables en producción escénica y coordinación técnica en espectáculos de teatro, música, danza, etc.
2º.- PRESUPUESTO Y DURACIÓN
Se establece como presupuesto base de licitación 20.300 euros, más 4.263,00 euros correspondientes al IVA (21%), resultando un importe total de 24.563,00 euros anuales. La duración del contrato será de once meses.
3º.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
3.1.- Aspectos objeto de valoración: Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios de negociación:
a) Menor precio de ejecución, hasta 40 puntos. Este criterio de adjudicación se valorará asignando 40 puntos a la oferta máxima posible que resulte de aplicar lo previsto en los artículos 152 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y 85 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, y aplicando a las ofertas realizadas la siguiente fórmula:
Puntuación = | Oferta realizada x 40 |
Oferta máxima posible |
A estos efectos, se tendrá por oferta la baja realizada sobre el presupuesto base de licitación.
b) Ampliación de la prestación del servicio, hasta 60 puntos. Esta mejora se valorará mediante la aplicación de la siguiente escala:
Recibirá 60 puntos el licitador que amplíe la prestación del servicio a todos los actos que le fueren comunicados desde la Concejalía de Cultura y Teatro, sin limitación horaria.
En Jumilla, a 26 de noviembre de 2014.
Vº Bº LA CONCEJAL DELEGADA EL JEFE DEL SERVICIO DE CULTURA Y TEATRO VICO DE CULTURA
Fdo. Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx.