Deposito General de Armas Municiones y Tiro
Deposito General xx Xxxxx Municiones y Tiro
CONTRATO DE COMODATO NÚM. SSP/DJ/30/14, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. L.A.E. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL COMODANTE", Y POR LA OTRA EL H. AYUNTAMIENTO DE CARRILLO PUERTO, VER., REPRESENTADO POR LOS CC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y XXXXX XXXX XXXXXX, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL Y SÍNDICO RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "EL COMODATARIO" Y COMO TESTIGO DE ASISTENCIA AL C.P. XXXXX XXXXXXX XXXX, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO CON LA SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN SU ARTÍCULOS 21 PÁRRAFOS IX Y X, DETERMINA QUE LA SEGURIDAD PÚBLICA ES UNA FUNCIÓN A CARGO DE LA FEDERACIÓN, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, QUE COMPRENDEN LA PREVENCIÓN DE LOS DELITOS, LA INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN PARA HACERLA EFECTIVA, ASÍ COMO LA SANCIÓN DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY, EN LAS RESPECTIVAS COMPETENCIAS QUE ESTA CONSTITUCIÓN SEÑALA. LA ACTUACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA SE REGIRÁ POR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, OBJETIVIDAD, EFICIENCIA, PROFESIONALISMO, HONRADEZ Y RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA CONSTITUCIÓN.
II. LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN SU ARTÍCULO 9 FRACCIONES II,III Y VI, SEÑALA QUE LAS DISTINTAS INSTANCIAS DE GOBIERNO SE COORDINARAN PARA DETERMINAR LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PARA DESARROLLAR LOS LINEAMIENTOS QUE CONTRIBUYAN A UNA MEJOR ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA, ASÍ COMO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES Y OPERATIVOS CONJUNTOS.
XXX.XX LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE, EN SU ARTÍCULO 2, ESTABLECE LA SEGURIDAD PUBLICA ES UNA FUNCIÓN A CARGO DE LA FEDERACIÓN, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, QUE TIENEN COMO FINES SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD Y DERECHOS DE LAS PERSONAS, ASÍ COMO PRESERVAR LAS LIBERTADES, EL ORDEN Y LA PAZ PÚBLICOS Y COMPRENDE LA PREVENCIÓN ESPECIAL Y GENERAL DE LOS DELITOS, LA INVESTIGACIÓN PARA HACERLA EFECTIVA, LA SANCIÓN DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, ASÍ COMO LA INVESTIGACIÓN Y LA PERSECUCIÓN DE LOS DELITOS Y LA REINSERCIÓN SOCIAL DEL INDIVIDUO, EN TÉRMINOS DE ESTA LEY, EN LAS RESPECTIVAS COMPETENCIAS ESTABLECIDAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. EL ESTADO DESARROLLARÁ POLÍTICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO CON CARÁCTER INTEGRAL, SOBRE LAS CAUSAS QUE GENERAN LA COMISIÓN DE DELITOS Y CONDUCTAS ANTISOCIALES, ASÍ COMO PROGRAMAS Y ACCIONES PARA FOMENTAR EN LA SOCIEDAD VALORES CULTURALES Y CÍVICOS, QUE INDUZCAN EL RESPETO A LA LEGALIDAD Y A LA PROTECCIÓN DE LAS VICTIMAS.
XX.XX LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE, EN EL ARTÍCULO 35 FRACCIÓN XXV INCISO H), CONTEMPLA QUE LOS H. AYUNTAMIENTOS TIENEN A SU CARGO LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL Y PROTECCIÓN, CIVIL Y TRANSITO
D E C L A R A C I O N E S:
DE "EL COMODANTE":
LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA ES LA DEPENDENCIA ENCARGADA DE COORDINAR, DIRIGIR Y VIGILAR LA POLÍTICA ESTATAL EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PRIVADA, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES DE MATERIA, DE CONFORMIDAD POR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 18 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO.
QUE EL C. L.A.E. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, COMPARECE EN ESTE ACTO CON EL CARÁCTER DE JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, COMO LO ACREDITA CON EL NOMBRAMIENTO QUE LE FUE EXPEDIDO Y NO LE HA SIDO REVOCADO POR EL C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 12 FRACCIÓN XI DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ.
QUE EL C. L.A.E. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, ESTÁ FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 186 FRACCIONES XXXIV, XLI Y 213 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE VERACRUZ Y 29 FRACCIÓN XIX DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO.
QUE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO FUERON ADQUIRIDOS POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1°, 2° Y 3° Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY 539 DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ.
QUE LA DELEGACIÓN ADMINISTRATIVA CON LA SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A, ES LA ENCARGADA DE ORGANIZAR, PLANEAR, PROGRAMAR, ADMINISTRAR Y CONTROLAR LOS RECURSOS FINANCIEROS, HUMANOS Y MATERIALES ASIGNADOS AL ÓRGANO AL CUAL FUE NOMBRADO, COORDINANDO SUS ACTIVIDADES Y SUPERVISANDO QUE LOS ESFUERZOS DE LOS RECURSOS A SU ALCANCE, ESTÉN DIRIGIDOS AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL MANUAL ESPECIFICO DE ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA MISMA SECRETARÍA Y EN SU ARTÍCULO 13 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO.
QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN LA XXXXX XXXXXXX XXXXX XXX. XXXXXXX XXXXXXXX X/X, X.X. 00000, XXXX XXXXXX, EN LA CIUDAD DE XALAPA, VERACRUZ.
DE "EL COMODATARIO":
QUE ES UNA PERSONA MORAL DE CARÁCTER OFICIAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS DE CONFORMIDAD POR LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: 68 Y 71 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
QUE DE ACUERDO CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 36 FRACCIÓN VI Y 37 FRACCIÓN II, DE LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE VERACRUZ, EL PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SÍNDICO, TIENEN FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, ACREDITÁNDOLO CON EL ACTA DE SESIÓN XX XXXXXXX DE FECHA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
QUE LOS CC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y XXXXX XXXX XXXXXX, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL Y SINDICO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CARRILLO PUERTO, VER., ACREDITAN SU REPRESENTACIÓN CON LAS CONSTANCIAS DE MAYORÍA ABSOLUTA EXPEDIDAS POR EL INSTITUTO ELECTORAL VERACRUZANO, CON FECHA NUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE.
QUE SEÑALAN COMO DOMICILIO PARA LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN EL XXXXXXX MUNICIPAL, ZONA CENTRO DE LA CIUDAD XX XXXXXXXX PUERTO, VER.
DE AMBAS PARTES:
QUE SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON LA QUE COMPARECEN, OBLIGÁNDOSE EN LOS TÉRMINOS DE LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA.-“EL COMODANTE” CONCEDE A “EL COMODATARIO” EL USO Y DISFRUTE GRATUITO DE 13 (TRECE) ARMAS DE FUEGO Y 12 (DOCE) PARES DE ESPOSAS CON UNA LLAVE CADA UNA, PROPIEDAD DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
No. |
TIPO |
MARCA |
CALIBRE |
MODELO |
MATRICULA |
FOLIOS |
OBSERV |
|
1 |
CARABINA AR15 |
COLT |
0.223" |
R6520 |
LGC001157 |
C2236 |
D10352 |
EDO. |
2 |
CARABINA AR15 |
COLT |
0.223" |
AR-15A2 |
LGC004646 |
C1104 |
D05278 |
EDO. |
3 |
RIFLE |
COLT |
0.223" |
TARGET |
ST008077 |
C2478 |
D08230 |
EDO. |
4 |
REVOLVER |
RUGER |
0.357" |
GP 100 |
172-86891 |
C1088 |
D11113 |
EDO. |
5 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.357" |
686 |
BAB8102 |
C1088 |
D11116 |
EDO. |
6 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.38" SPL. |
00-0 |
XXX0000 |
X0000 |
X00000 |
EDO. |
7 |
REVOLVER |
KORA BRNO. |
0.38" SPL. |
6411 |
405436 |
C4813 |
D15471 |
EDO. |
8 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.38" SPL. |
10-8 |
AUF0224 |
C1616 |
D06150 |
EDO. |
9 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.38" SPL. |
10-8 |
AUH2322 |
C1616 |
D06160 |
EDO. |
10 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.38" SPL. |
10 |
AYH9735 |
C1504 |
D06779 |
EDO. |
11 |
REVOLVER |
XXXXX & XXXXXX |
0.38" SPL. |
10 |
AYH9794 |
C1504 |
D06779 |
EDO. |
12 |
REVOLVER |
KORA BRNO |
0.38"SPL. |
6411 |
405479 |
C3149 |
D15770 |
EDO. |
13 |
PISTOLA |
COLT |
9 mm |
MK IV |
FG-42170 |
C0479 |
D04011 |
EDO. |
RESUMEN DE ARMAMENTO |
RESUMEN DE MUNICIONES |
||||||||
ARMAS |
|
CANT. |
CARGS. POR ARMA |
CAL. |
XXXXX XXXXXX BALA NORMAL SIN AÑO DE FABRICACION |
CANT. POR ARMA |
CANT. |
||
CARABINA AR-15 |
|
2 |
1(UNO) |
0.223” |
50 |
100 |
|||
RIFLE |
|
1 |
1(UNO)| |
50 |
|||||
REVOLVER |
|
2 |
|
0.357 |
18 |
36 |
|||
REVOLVER |
|
7 |
|
0.38”SPL |
126 |
||||
PISTOLA |
|
1 |
1(UNO)| |
9mm |
50 |
50 |
|||
LARGAS 3 |
CORTAS 10 |
TOTAL |
13 |
TOTAL 4 |
|
TOTAL 362 |
EQUIPO ANTIMOTIN
No. |
TIPO |
MARCA |
SERIE |
MODELO |
1 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
551022 |
M100 |
2 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
798871 |
M100 |
3 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
550135 |
M100 |
4 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
55946 |
M100 |
5 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
H76626 |
M100 |
6 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
B81412 |
M100 |
7 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
076523 |
M100 |
8 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
742456 |
M100 |
9 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
B20113 |
M100 |
10 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
036899 |
M100 |
11 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
039091 |
M100 |
12 |
ESPOSAS |
XXXXX & XXXXXX |
J42285 |
M100 |
SEGUNDA.- "EL COMODATARIO" RECIBE EN COMODATO 13 (TRECE) ARMAS DE FUEGO Y 12 (DOCE) PARES DE ESPOSAS CON UNA LLAVE CADA UNA, A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA PRIMERA DEL PRESENTE CONTRATO EN BUENAS CONDICIONES LOS CUALES SERÁN UTILIZADOS EXCLUSIVAMENTE PARA CUMPLIR CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.
TERCERA.- "EL COMODATARIO", SE COMPROMETE A CUIDAR, CONSERVAR Y REPONER LOS BIENES QUE RECIBE AÚN EN CASO DE PÉRDIDA Y SE COMPROMETE A DEVOLVERLOS EN BUEN ESTADO CUANDO SEA REQUERIDO POR "EL COMODANTE", POR TODO POR CUANTO DE HECHO Y POR DERECHO LE CORRESPONDE Y EN EL ESTADO EN QUE LOS RECIBE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO CON LOS ARTÍCULOS 2435,2437 Y 2445 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE VERACRUZ.
CUARTA.- POR CONDUCTO DE LA DELEGACIÓN ADMINISTRATIVA CON LA SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A, REALIZARÁ LAS ACCIONES RELATIVAS AL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS BIENES Y COMPROMISOS OBJETOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL.
QUINTA.- LAS PARTES SE COMPROMETEN A QUE AL MOMENTO DE LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE LEVANTARA UN RESGUARDO E INVENTARIO DE LOS BIENES Y SUS ACCESORIOS.
SEXTA.- "EL COMODATARIO" SE COMPROMETE Y OBLIGA A UTILIZAR LOS RECURSOS DEL ERARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, PARA MANTENER EN BUEN ESTADO Y CONSERVACIÓN EL ARMAMENTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
SÉPTIMA.- "EL COMODATARIO" SE COMPROMETE A INSTALAR UN DEPOSITO DE ARMAMENTO Y MUNICIONES DENTRO DE SUS PROPIAS INSTALACIONES, DEBIENDO CONSERVAR EN BUEN ESTADO DE USO Y REUNIR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y CONTROL PARA EVITAR EXTRAVÍOS, ROBOS O ACCIDENTES; ADEMÁS NOMBRARÁ UN ENCARGADO COMO RESPONSABLE DEL DEPÓSITO.
OCTAVA.- ES RESPONSABILIDAD DE "EL COMODATARIO" QUE LOS ELEMENTOS OPERATIVOS QUE SE ENCUENTRAN BAJO MANDO Y SEAN PORTADORES DEL ARMAMENTO, UTILICEN LAS ARMAS EXCLUSIVAMENTE DURANTE EL TIEMPO DEL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O PARA UN HORARIO, MISIÓN O COMISIÓN DETERMINADO DE ACUERDO AL ORDENAMIENTO DE ESA INSTITUCIÓN.
NOVENA.- "EL COMODATARIO", NO PODRÁ CONCEDER A UNA TERCERA PERSONA, SEA PERSONA FÍSICA, MORAL, EL USO DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO TAMPOCO VARIAR EL USO PARA EL QUE SE LE FUE OTORGADO SALVO CON AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE "EL COMODANTE", DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2433 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE VERACRUZ.
DECIMA.- "EL COMODATARIO" SE OBLIGA EN CASO DE PÉRDIDA O ROBO DE LOS BIENES DADOS EN COMODATO A LO SIGUIENTE:
PONER EN CONOCIMIENTO POR ESCRITO A ÉL "EL COMODANTE" DE LA PÉRDIDA O ROBO, EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE VEINTICUATRO HORAS.
PARA EL CASO DE PÉRDIDA O ROBO "EL COMODATARIO", DEBERÁ DAR INICIO AL PROCEDIMIENTO LEGAL DENUNCIANDO LOS HECHOS ANTE LA AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO COMPETENTE.
LEVANTAR ACTA ADMINISTRATIVA EN CASO DE PÉRDIDA DEL BIEN A FIN DE DETERMINAR LA RESPONSABILIDAD DE LA PERSONA QUE TENGA EL RESGUARDO DEL BIEN.
EN CUALQUIERA DE LOS CASOS MENCIONADOS EN LOS PUNTOS 2 Y 3 HACER LLEGAR EL ORIGINAL O COPIAR CERTIFICADA DE LA MISMA A "EL COMODANTE", EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE VEINTICUATRO HORAS A PARTIR DE LA FECHA DE QUE SE TENGA CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS, PARA EL TRÁMITE LEGAL DE BAJA ANTE LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.
A CUBRIR EL PAGO TOTAL DEL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO Y A REINTEGRAR DOS TANTOS MAS DEL LUCRO OBTENIDO Y DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS DE LOS BIENES ENTREGADOS.
DECIMA PRIMERA.- "EL COMODATARIO", SE RESPONSABILIZA A CUBRIR LAS MULTAS QUE IMPONGA LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, POR CONCEPTO DEL EXTRAVÍO, ROBO Y PERDIDA DE LAS ARMAS OTORGADAS EN ESTE INSTRUMENTO.
DECIMA SEGUNDA.- EL PRESENTE CONTRATO TENDRÁ UNA VIGENCIA A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA HASTA EL 00 XX XXXXX XX 0000; DE CONFORMIDAD A LA REVALIDACIÓN DE LA LICENCIA OFICIAL COLECTIVA No. 63 SEGÚN OFICIO No. S.L./03993 DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000, PARA EL BIENIO 2013-2015 CON VIGENCIA DEL 16 XX XXXXX DE 2013 AL 00 XX XXXXX XX 0000, XXXXXX POR LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL (DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO FEDERAL XX XXXXX DE FUEGO Y CONTROL DE EXPLOSIVOS).
DECIMA TERCERA.- LAS PARTES SE COMPROMETEN A QUE CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SE DERIVE DE LA INTERPRETACIÓN O CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO, SE RESOLVERÁ DE COMÚN ACUERDO ENTRE ELLAS, PREVALECIENDO EN TODO MOMENTO EL INTERÉS PÚBLICO DEL ESTADO, Y EN CASO CONTRARIO SE SUJETARA A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD DE XALAPA-XXXXXXXX, VER.
DECIMA CUARTA.- LAS PARTES MANIFIESTAN DE FORMA EXPRESA QUE EN EL PRESENTE ACTO JURÍDICO, NO EXISTE DOLO, MALA FE, LESIÓN, ERROR, VIOLENCIA O CUALQUIER OTRA CAUSA QUE PUDIERA VICIAR EL CONSENTIMIENTO AQUÍ EXPRESADO.
LAS PARTES ENTERADAS DEL VALOR Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO FIRMAN EN SEIS EJEMPLARES, AL MARGEN Y AL CALCE EN LA CIUDAD DE XALAPA XX XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX Y DE LA LEGISLACION VIGENTE EN LA ENTIDAD, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES XX XXXX DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
"EL COMODANTE" |
TESTIGO DE ASISTENCIA |
|
|
L.A.E. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX |
C. P. XXXXX XXXXXXX XXXX |
JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA |
DELEGADO ADMINISTRATIVO CON LA SUBSECRETARÍA DE SEG. PÚBLICA A |
|
|
“EL COMODATARIO” |
|
|
|
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CARRILLO PUERTO, VER.
C. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Y |
SÍNDICO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CARRILLO PUERTO, VER.
X. XXXXX XXXX XXXXXX |
|
|
AUTORIZO |
ENTREGO |
EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA |
EL JEFE DEL DEPOSITO GENERAL DE ARMAMENTO, MUNICIONES Y TIRO |
|
|
|
|
TTE.INF. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX |
TTE. XXXXXXX DE XXXXX XXXXXXX |
CONTRATO DE COMODATO DEL H. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX PUERTO, VER.
-
Cuartel General de Policía “Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx”
Xxxxx Xxxxxx xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx x/x, X.X. 00000 Xxxxxx, Xxxxxxxx.
Conmutador (228) 141 1500/ext. 3008
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