PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA SEGUNDA FASE DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO...
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA SEGUNDA FASE DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
CÓDIGO DE EXPEDIENTE: OA/13-002
1. JUSTIFICACIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN
La Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada (PTS. Granada, en lo sucesivo) tienen como objetivo primordial impulsar la puesta en marcha del Parque Tecnológico del mismo nombre.
La financiación del funcionamiento, actividades y proyectos del PTS. Granada, proviene de las administraciones públicas de manera estable, por lo que a efectos del grado de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011 (TRLCSP, en lo sucesivo) tiene la consideración de poder adjudicador sin tener el carácter de Administración Pública, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 191, sus procedimientos de contratación se rigen por las Instrucciones de Contratación, que se encuentran a disposición de los interesados en el perfil de contratante de la entidad.
Las licitaciones de cuantía superior a 50.000 € que realice el PTS. Granada, deberán publicarse en el perfil de contratante de la entidad, siendo obligatorio en estos casos la elaboración de un pliego de cláusulas o condiciones particulares. El artículo 18 de las instrucciones de contratación establece que en función del tipo de contrato y de su cuantía, a esta licitación corresponde el procedimiento abierto, regulado en el artículo 21 y siguientes.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato que se derive de la presente licitación y al que se refiere el presente pliego es de naturaleza privada, y se regirá por las cláusulas en él contenidas y por la legislación civil y mercantil que le sea de aplicación.
Como tal contrato privado se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación por el TRLCSP, por sus disposiciones de desarrollo. El artículo 191 del TRLCSP establece que la adjudicación de los contratos de los poderes adjudicadores que no tienen el carácter de administración pública se realizará conforme a lo dispuesto en las Instrucciones Internas de contratación que hayan aprobado, (las instrucciones de contratación fueron aprobadas por el Patronato y se encuentran a disposición de los interesados en el perfil de contratante de la entidad). En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el derecho privado. Asimismo, el contrato estará sujeto a lo establecido por las normas del Derecho Comunitario que le sean de aplicación.
El presente Pliego de condiciones particulares y Prescripciones Técnicas, presupuestos, plan de trabajo y condiciones presentadas y aceptadas, así como el resto de documentos relativos a la licitación, revisten carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera de los documentos contractuales citados, prevalecerá el primero sobre los segundos.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por el PTS. Granada, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
3. OBJETO
La adjudicación, que mediante el presente procedimiento se acuerde, tendrá por objeto la ejecución de la SEGUNDA FASE DE LAS OBRAS DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA. EXPTE: PEP-010000-2010-2”, sito en la
parcela ID-1.2 del Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, según Proyecto de Ejecución redactado por los Arquitectos X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx.
Clasificación CPV: 45200000-9 Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil.
Se trata de una obra que tiene carácter complementario de la FASE 1, y que no cumple las premisas establecidas en el artículo 171 apartado b del TRLCSP, para tramitarse por procedimiento negociado, por lo que la licitación se realiza por procedimiento abierto.
Caso de existir discordancia entre el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, prevalecerá este Pliego de Cláusulas.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El procedimiento de adjudicación de este contrato será el procedimiento abierto y se realiza de conformidad con lo establecido en las Instrucciones de Contratación de la Fundación PTS Granada.
La oferta lo será por la ejecución de la totalidad de la obra anteriormente señalada, que comprenda, siendo la correspondiente a la de Seguridad y Salud invariable en precio, y por tanto se ofertará obligatoriamente al tipo de licitación, al entender esta Fundación que dicho concepto no puede estar afecto por baja alguna.
El valor estimado del contrato es de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Euros, (3.250.000,00 Euros), cuantía que se verá incrementada con el Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A), que legalmente le sea de aplicación. Se considera como cantidad máxima el presupuesto tipo de licitación señalado en la cláusula anterior. Por consiguiente los licitadores deberán ajustarse al mismo, o bien, rebajarlo en su cuantía. Por la Mesa de Contratación será rechazada cualquier oferta que supere el tipo de licitación fijado en este Pliego.
El Presupuesto de SEGURIDAD Y SALUD QUE ASCIENDE A LA CANTIDAD DE TREINTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS VEINTE Y OCHO Euros. (38.528,00 Euros), que se verá incrementada con el Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A), que legalmente le sea de aplicación. Este presupuesto será ofertado al tipo, al entender la Fundación que la seguridad y salud no puede ser objeto de baja.
Se deducirá por parte de la Fundación para Control de Calidad de la obra el 1,0% sobre el importe de adjudicación que haya ofertado la adjudicataria. Esta deducción obedece a que la Fundación contratará y abonará directamente, y sin intervención del adjudicatario, a la empresa especializada que se encargue del Control de Calidad de las obras en cuestión. No obstante se pone de manifiesto que en los precios descompuestos del contrato se encuentra incluida la parte proporcional de los ensayos y controles obligatorios.
5. EXISTENCIA DE CRÉDITO
La presente licitación se realiza al amparo de la ORDEN de 11 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el periodo 2008-2013, convocatoria 2011 y según las condiciones establecidas en la Resolución provisional de concesión de incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del conocimiento para proyectos de implantación yo mejoras de infraestructuras y equipamiento científico tecnológicas, en sus fases de definición y ejecución, convocatoria 2011.
La presente actuación ha sido cofinanciada por el fondo europeo de desarrollo regional (feder) y la consejería de economía, innovación, ciencia y empleo de la Junta de Andalucía, con código de expediente: infraestructuras 0000 XX / 11-57146
6. PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS.
El plazo máximo para la total ejecución de las obras de la presente contratación se fija en QUINCE MESES y MEDIO.
El plazo contractual será el de la oferta que resulte adjudicataria, comenzando su cómputo desde el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo e inicio de obra, la cual deberá efectuarse en el Plazo de 15 días naturales a partir de que se suscriba el contrato.
Después de la firma del contrato, podrán establecerse nuevos hitos, a criterio de la Fundación, sobre la planificación de detalle realizada por el Contratista que resulte adjudicatario, teniendo tales nuevos hitos carácter contractual.
7. FORMA DE PAGO.
Atendiendo al sistema previsto para la financiación de esta obra, se prevé en este Pliego un modelo de pago diferido de la misma.
El pago total y único se efectuará después de la presentación de una única factura por el total de la obra. La citada factura se presentará un vez haya concluido el primer año de garantía de la obra. El plazo de garantía de la obra, que se establece en dos años, comenzará a contar desde la fecha de firma del Acta de recepción provisional de la Obra.
Mensualmente la Dirección facultativa de acuerdo con la empresa adjudicataria expedirá certificaciones ordinarias de obra, siendo necesaria la conformidad y aprobación de todas y cada una de ellas por los Directores de Obra y los Servicios Técnicos de la Fundación, para formalizar el pago final ya descrito.
La certificación de obra se redactará mensualmente y se entregará por la Empresa adjudicataria el 25 del mes en curso, debiendo ser aprobada en un plazo no superior a 15 días naturales desde su presentación.
La Empresa adjudicataria estará obligada a presentar con cada certificación los oportunos documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de los salarios y del cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social correspondientes a los trabajadores que tenga empleados en la obra que se contrata, bien directamente o a través de subcontratas. La fundación podrá retener el importe total de aquellas certificaciones que se presenten al cobro sin los documentos anteriores en tanto no se acredite el pago de las referidas obligaciones.
8. GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA.
En virtud de la adjudicación el contratista quedará obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, incluso, en su caso, los honorarios xxx xxxxxxx autorizante, pago de impuestos, así como cualquier otro que se produzca, con un límite de Cinco mil euros (5.000,00 €).
Independientemente de lo anterior, y en su caso, serán así mismo por cuenta del adjudicatario los gastos originados por la Licencia Municipal de Obras y/o el Impuesto de Construcciones (ICIO), así como la tasa por ocupación de vía pública y cualquier otro tributo y legalización de todas las instalaciones que forman parte del proyecto, que se acreditarán documentalmente.
Asimismo será por cuenta del contratista la ejecución y colocación de los carteles de obra cuyo diseño será indicado a la adjudicataria por la entidad promotora, atendiendo a las exigencias derivadas del organismo que concede la subvención, y la publicación de un tríptico a color explicativo del proyecto para el acto institucional de presentación del edificio.
9. RIESGO Y XXXXXXX.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, salvo en los casos de fuerza mayor admitidos por la legislación aplicable.
10. GARANTÍA PROVISIONAL.
Los licitadores no están obligados a constituir una garantía provisional para poder licitar. Ahora bien si se exigirán las garantías recogidas en cláusula 31 de este Pliego.
11. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
En el perfil de contratante de Fundación PTS GRANADA se publicará toda la información pública referente a esta licitación. El acceso al perfil de contratante se efectuará a través de la web de la entidad:
Ni los licitadores ni ningún otro interesado en la presente licitación podrán alegar desconocimiento respecto de la información que haya sido publicada en el perfil de contratante, que una vez publicada se entiende suficientemente difundida y conocida por todos.
12. REQUISITOS DEL LICITADOR. APTITUD PARA CONTRATAR.
Podrán optar a la presente contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación, y que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el TRLCSP como prohibitivas para contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los establecido en el presente pliego.
Así mismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
La presentación de la documentación con los requisitos exigidos, representa para el Contratista el reconocimiento de conocer y aceptar toda la reglamentación por la que se rige la contratación de las obras.
El licitador podrá examinar los planos del proyecto de las obras objeto de contratación en las oficinas de La Fundación o en el lugar que se indique. Los gastos de reproducción de planos y documentación corren a cargo del concursante.
13. CLASIFICACIÓN
Los licitadores deberán acreditar contar con la clasificación exigida encontrándose debidamente inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificada en los siguientes grupos y categorías:
Grupo C. Edificaciones, (todos los subgrupos).Categoría “F”. Grupo I. Instalaciones eléctricas. Subgrupo 9. Categoría “E”. Grupo J. Instalaciones mecánicas. Subgrupo 2. Categoría “E”.
Cuando dos o más empresas presenten una oferta conjunta constituyendo agrupación temporal, cada uno acreditará su capacidad, personalidad y representación, debiendo indicar los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la entidad promotora.
14. PLAZO DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE ADMISIÓN DE OFERTAS
La documentación técnica de la licitación, podrán ser examinado en la sede de la Fundación, desde las 10'00 hasta las 14'00 horas, en el plazo máximo de VEINTE DÍAS naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el Perfil del Contratante de la Fundación PTS Granada. La documentación del proyecto base de licitación se podrá descargar en la web del mencionado Perfil de Contratante o solicitar en formato magnético CD a la Oficina Técnica de la Fundación, Teléfono: 000 00 00 00.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio, de lunes a viernes en horario de 9’00 a 13’00 horas en las oficinas de la Fundación, sitas en:
FUNDACION PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA
Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx x/x. 00000 Xxxxxxx.
No será admitida la proposición, si es recibida por la Fundación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en la citada publicación.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por parte del Licitador del contenido de las cláusulas del presente pliego, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y del resto de documentos de la presente licitación sin salvedad alguna.
El plazo para la presentación de ofertas será de TREINTA DÍAS naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el perfil de contratante de la entidad.
No obstante lo dispuesto en el punto anterior, las ofertas podrán ser enviadas mediante servicio de mensajería o correo, siempre y cuando el envío de las mismas se produzca dentro de los plazos marcados en este pliego. El licitador que haga uso de este medio deberá enviar antes del fin de la fecha de finalización de presentación de ofertas, reflejada en el anuncio, escrito vía correo electrónico a la dirección xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx en el que se comunique el envío.
No será admitida ninguna oferta fuera del plazo indicado, no obstante, aquellas ofertas que hayan sido anunciadas y remitidas dentro del plazo, serán admitidas durante los 5 días naturales siguientes a la finalización del plazo.
15. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Dentro del plazo señalado en la cláusula anterior y en los lugares y horas que se indican, los licitadores deberán presentar en los sobres seguidamente relacionados, la solicitud de participación (conforme al anexo I) acompañada de la documentación que se especifica en el presente Xxxxxx, además del modelo de proposición que figura en el anexo 2.
En cada uno de ellos figurará el nombre del licitador y la inscripción "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA SEGUNDA FASE DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO “
Serán firmados por el presentador y contra entrega se sellará copia de la solicitud de participación.
16. DOCUMENTACION A PRESENTAR:
Todas las ofertas se presentarán redactadas en idioma español.
SOBRE “A”.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
En el sobre “A” figurarán los siguientes documentos o fotocopias de los mismos, debidamente legalizadas, de acuerdo con la legislación notarial vigente:
a) Documento acreditativo de la personalidad y capacidad del contratista, que será el DNI o pasaporte, si se trata de persona física, o, si la empresa fuera persona jurídica, las escrituras de constitución o de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le fuese aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional en la que constaren las normas por las que se regula la actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
b) En el caso de que se actúe por representación, o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia autorizada de la escritura de poder, suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurra el firmante de la proposición, debidamente inscrito en el Registro Mercantil o en su caso en el correspondiente registro oficial, que será bastanteado al efecto por la Asesoría Jurídica de la Empresa.
c) Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
d) Acreditación de estar inscritas en el Registro de Empresas acreditadas en los Términos establecidos en el artículo 6 de la Ley 32/2006 de la subcontratación, o bien declaración de responsable en los siguientes términos:
“De conformidad con lo señalado en la disposición transitoria 1ª del RD 1109/2007 de 24 xx xxxxxx, regulador del reglamento de la Ley de subcontratación DECLARO:
Que esta empresa cumple los requisitos señalados en el artículo 4.1 y 2a) de la Ley de Subcontratación 32/2006 de 18 de octubre.
Que acompaño a esta declaración la documentación acreditativa de que la empresa cuenta con una organización preventiva.
Que acompaño certificación acreditativa de que el personal de esta empresa dispone de la formación en materia de prevención de riesgos laborales.”
e) Certificado de clasificación suficiente y no caducado expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma., La clasificación de las uniones temporales será la resultante de la acumulación de las clasificaciones de las empresas agrupadas, así como en su reglamento de desarrollo, y demás normas reguladoras de la clasificación de contratistas de obras. En todo caso para proceder a la acumulación todas habrán de haber obtenido previamente la clasificación como contratista de obras, sin perjuicio de lo previsto para empresas comunitarias conforme al artículo 66 del TRLCSP. No obstante lo anterior, si en la licitación se exigiese uno o varios grupos de clasificación, deberán estar clasificadas individualmente al menos en uno de los grupos exigidos un número de empresas que representen más del 50 por ciento de participación en la unión temporal de empresarios.
SOBRE “B”.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
El licitador presentará la siguiente documentación:
a) Relación nominal del personal para la ejecución del contrato de obra, que intervendrá en los trabajos con indicación de titulación, experiencia, situación en la empresa, funciones a desarrollar en este contrato y dedicación a las mismas, incluyendo los correspondientes organigramas.
Ya que se trata de la licitación de una fase de obra en la que la ejecución del Capítulo de instalaciones tendrá una incidencia muy relevante, por su complejidad y entidad, se hará especial hincapié en la propuesta del técnico encargado de las mismas, tanto por su cualificación profesional como experiencia en obras similares.
b) Relación de trabajos similares a los que serán objeto del contrato de obra que el licitador haya finalizado en los últimos tres años o en ejecución, con indicación de la empresa, órgano o entidad contratante, lugar de ubicación, presupuesto de adjudicación, plazo de actuación y dirección facultativa de las obras.
c) Plan de autocontrol de la calidad.
d) Relación de medios y elementos de seguridad y salud laboral que el contratista pondrá a disposición de la obra.
e) Designación de la persona que será responsable de seguridad en la obra. Acreditación de que el personal a emplear en la obra ha recibido la formación en materia de seguridad laboral.
f) Memoria Técnica del proceso de ejecución a desarrollar que justifique, tanto el riguroso estudio de los capítulos de obra a licitar, como la adecuación entre la ejecución de los
mismos y el plazo ofertado. (Se refiere a lo recogido en apartado c) de la cláusula 15 de este Pliego).
g) Programación de las obras, según previsiones de tiempos mediante métodos de análisis adecuados a las obras y que pongan de manifiesto la posibilidad de ejecutarlas según plazos totales y parciales, previstos en el Cuadro de Características, y que deberá plasmarse en el calendario de obra y su diagrama de tiempos y actividades, con indicación del ritmo de ejecución mensual.
h) Presupuesto de Ejecución debidamente cumplimentado, con los precios de cada partida adoptados para la formalización de oferta económica, teniendo presente que los correspondientes al presupuesto de Seguridad y Salud, serán los mismos que los recogidos en el presupuesto base de licitación. (Se presentará en Excel atendiendo a las partidas del presupuesto de la separata a licitar). Así mismo para la justificación de los precios adoptados en cada partida se presentaran los correspondientes descompuestos, que permitan analizar el rigor de la oferta económica presentada. Los referentes a manejar para la estructura y desglose de precios y rendimientos será la “Base de Precios Centro” del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara.
SOBRE “C”.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Las proposiciones económicas superiores al presupuesto base de licitación IVA excluido, no serán tenidas en cuenta. En el sobre “C” figurará la siguiente documentación:
Proposición económica según el modelo incorporado como Anexo II.
17. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.
Se tendrán en cuenta los siguientes, valorándose xx xxxx (0) hasta la puntuación que se indica en cada uno de los apartados que se relacionarán a continuación:
CRITERIOS TÉCNICOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE.
a) Importe económico.
45 puntos
b) Plazo de ejecución de las Obras.
10 puntos
CRITERIOS TÉCNICOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
c) Calidad y valor técnico de la proposición. 45 puntos
a) Importe económico. 45 puntos
Oferta desproporcionada o anormal: Se considerará oferta desproporcionada o anormal, toda proposición cuyo porcentaje sea inferior en más de cinco unidades porcentuales, a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean
superiores a dicha media en más e 5 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. Atendiendo al sistema de pago diferido, en cualquier caso se considerará desproporcionada la baja superior a 8 (ocho) unidades porcentuales sobre el presupuesto de licitación.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentre en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo a tenor de lo dispuesto en el art. 86 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
Para el cálculo de la puntuación económica de las empresas se seguirá el siguiente procedimiento: Descartadas las Oferta desproporcionada o anormales, la máxima calificación cuarenta y cinco puntos (45), la obtendrá la oferta más barata.
La valoración de las demás ofertas será directamente proporcional a su diferencia respecto a la mejor oferta, anteriormente establecida, y se aplicará para el cálculo de la puntuación la siguiente fórmula:
Oferta Analizada - Oferta mejor valorada
Puntuación Económica = 45 x ( 1 - 4 x )
Oferta mejor valorada
b) Plazo de Ejecución de las Obras. 10 puntos
Se otorgarán 10,00 puntos a plazos de ejecución comprendidos entre 11,50 y 12,50 meses. Se otorgarán 5,00 puntos a plazos de ejecución comprendidos entre 12,51 y 13,50 meses. Se otorgarán 2,50 puntos a plazos de ejecución comprendidos entre 13,51 y 14,50 meses. Se otorgarán 0,00 puntos a plazos de ejecución comprendidos entre 14,51 y 15,50 meses.
c) Calidad y valor técnico de la proposición. 45 puntos
a) Memoria técnica y constructiva del proceso de ejecución a desarrollar que justifique, tanto el riguroso estudio de las partidas y los capítulos de obra a licitar, como la adecuación entre la ejecución de los mismos y el precio ofertado. La extensión de esta memoria se establece en un máximo de treinta (30) páginas, formato A-4, con interlineado “sencillo o simple” y tamaño de fuente mínimo 10.
Se analizará y considerará así mismo por la mesa la presentación de compromisos firmados de incorporación de subcontratas especializadas en:
Climatización. Electricidad.
Telecomunicaciones. Carpintería metálica.
Elementos Prefabricados de fachada.
Los 45 puntos se distribuirán atendiendo a los siguientes parámetros:
c.1. Estudio y conocimiento del proyecto, descripción y análisis de los materiales equipos y sistemas de instalaciones con aceptación expresa de los mismos, o en su caso propuesta de similares de idéntica calidad y características técnicas y medioambientales.
Sistema de actuación con la obra ejecutada…. 20,00 puntos
c.2. Adecuación de los Precios descompuestos al precio real xx xxxxxxx.
La no presentación de los precios descompuestos se calificará con cero puntos (0 puntos) en este apartado. 15,00 puntos
c.3. Justificación técnica de la viabilidad del Plazo ofertado. 10,00 puntos
Análisis de las actividades de obra incluidas y adecuación y alcance de los medios para realizarlas en el plazo ofertado.
Organización prevista y aportación de medios propios para la ejecución de la obra.
Se realizará mediante un diagrama xx xxxxxx que ponga de manifiesto la posibilidad real de ejecutar la obra en el plazo ofertado, con los importes de las diferentes partidas y los diferentes capítulos expresados en ejecución material, así como las cantidades de cada de uno de ellos que se pretendan ejecutar mensualmente y los totales de cada mes. Así mismo se documentará (justificación mensual) el plan de recursos humanos y materiales que correspondan a cada capítulo de obra.
Se cuidará al máximo la ponderación y rigor de este apartado, pues acortamientos de plazos parciales y plazo total, indebidamente justificados podrán ser considerados temerarios o desproporcionados.
18. APERTURA DE OFERTAS
Los Pliegos presentados serán abiertos por la Mesa constituida al efecto.
La Mesa de Contratación calificará los documentos contenidos en el “SOBRE A”, pudiendo conceder un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de los defectos materiales que se observen en la documentación presentada; de no concederse el referido plazo, se procederá de la forma siguiente:
En la sede de la Fundación, en la fecha y hora que determine la Mesa de Contratación y una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos materiales se constituirá de nuevo, la Mesa en acto público, para efectuar la apertura del “SOBRE C” Proposición de los licitadores admitidos.
De dicho acto se levantará el acta oportuna, en la que se recogerán las posibles reclamaciones que pudieran formularse y demás particulares que en el transcurso de la apertura se puedan producir.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
• Xx. Xxxxxx Xxxx, Directora de la Oficina Técnica de la Fundación del Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, que actúa como presidenta de la Mesa.
• X. Xxxxxx Xxxx Xxxx, asesor jurídico de PTS. Granada, secretario.
• X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Arquitecto, Redactor del Proyecto y Director de las Obras del Centro de Empresas, vocal técnico.
• X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Arquitecto Técnico, redactor de la medición y presupuesto, vocal técnico.
17. RESOLUCIÓN DE LA LICITACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La Mesa de Contratación elevará al Organo de contratación de la Fundación las plicas admitidas junto con el acta y una relación de ofertas por orden decreciente de la puntuación obtenida, basada en todo caso en los criterios indicados en el presente Xxxxxx.
El Órgano de contratación requerirá al licitador cuya oferta resulte económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días, presente la siguiente documentación:
a) Obligaciones Tributarias:
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, justificativa de la inexistencia con la Administración Autonómica de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo, si procede.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación positiva expedida, por la Tesorería de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Las circunstancias establecidas en las letras a) y b) anteriores podrán también acreditarse mediante la aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores que acredite los anteriores extremos.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Acreditación de haber constituido la garantía definitiva, en alguna de las formas indicadas en este pliego.
e) Documentos originales de la documentación administrativa exigida en el punto 10.1.
Si el licitador requerido no presentara la documentación exigida en el plazo marcado, se procederá a una nueva adjudicación a favor de la oferta que haya obtenido la segunda mejor puntuación y se actuará de acuerdo a lo dispuesto en los apartados precedentes.
A la vista de la documentación aportada el órgano de contratación procederá a la adjudicación del contrato, procediendo a su publicación en el perfil de contratante y a notificarlo a todos los licitadores.
Dentro del plazo de 10 días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el contratista deberá personarse ante la Fundación, a fin de formalizar el oportuno contrato. La obligación de pago de gastos, por parte del adjudicatario, comprende todos los que se ocasionen con motivo de los trámites de iniciación, preparación y formalización del contrato.
La adjudicación será notificada a los participantes en la licitación.
18. REVISIÓN DE PRECIOS
No procederá revisión de precios en el contrato que en su día se celebre.
19.- REQUISITOS BÁSICOS DE LA EDIFICACIÓN
La edificación deberá construirse de tal forma que se satisfagan los requisitos básicos siguientes:
a) Relativos a la funcionalidad:
a.1) Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.
a.2) Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.
a.3) Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.
b) Relativos a la seguridad:
b. 1) Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
b.2) Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.
b.3) Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.
c) Relativos a la habitabilidad:
c. 1) Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.
c.2) Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.
c.3) Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.
c.4) Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.
20.- OBRAS MAL EJECUTADAS.
El CONTRATISTA tiene la obligación de ejecutar esmeradamente todas las obras de este Contrato y cumplir estrictamente todas las condiciones estipuladas y cuantas órdenes le sean dadas, verbales o escritas por la Dirección Facultativa, entendiéndose que debe entregar completamente terminadas cuantas obras afectan a este compromiso.
Si a juicio de la Dirección Facultativa hubiese alguna parte de la obra mal ejecutada, tendrá el CONTRATISTA la obligación de demolerla y volverla a ejecutar cuantas veces sean necesario, hasta que quede a satisfacción de la Dirección Facultativa y en el plazo que ésta fije no dándole estos aumentos de trabajo derecho a pedir cantidad alguna por este concepto, aunque las malas condiciones de aquella se hubiese notado después de la Recepción de cualquiera de las obras señaladas.
El CONTRATISTA es el único responsable de la ejecución de las obras que ha contratado, no teniendo derecho a indemnización alguna por el mayor precio a que pudiera costarle, ni por las erradas maniobras que cometiese durante su construcción, siendo de su cuenta y riesgo e independientemente de la inspección de la Dirección Facultativa.
21.- OMISIONES.
Si surgiese alguna duda o se hubiese omitido alguna circunstancia en cualquiera de los documentos y partes del Proyecto, el CONTRATISTA se compromete a seguir en todo las instrucciones de la Dirección Facultativa, para que la obra se haga con arreglo a las buenas prácticas de la construcción, siempre que no se oponga a lo determinado en este Contrato, cuyo
cambio o modificaciones requiere, como ya se ha dicho, inexcusablemente la previa aprobación y autorización por escrito de la Fundación.
22.- PRUEBAS TÉCNICAS.
La Fundación retendrá al CONTRATISTA el 1,00 % (ver pág. 1 xxx Xxxxxx) del Presupuesto de Adjudicación ofertado por el adjudicatario, mediante la detracción de la cantidad correspondiente en las certificaciones de obra, a fin de contratar y pagar el Control de Calidad de la Obra con un laboratorio homologado.
Si se produjeran incidencias o anomalías que requiriesen ensayos tales que dicha cifra retenida fuera insuficiente para abonar la diferencia que resulte, la Fundación la detraerá de las certificaciones de obra, sin límite en su cuantía, siendo devueltas estas diferencias en el caso de que los resultados demuestren que la obra puede ser recibida.
23.- ACCESO E INSPECCIÓN.
El CONTRATISTA se obliga a facilitar por su cuenta los accesos a todas las partes de las obras.
La Fundación y sus representantes tendrán del CONTRATISTA toda clase de facilidades para efectuar reconocimientos, mediciones, comprobaciones, pruebas de los materiales que desee así como para la inspección de los trabajos en cualquiera de sus tajos y fases permitiendo el acceso a todas las partes de la obra como talleres, almacenes, etc. de la misma y en todo momento.
24- PERMISOS, LEYES Y REGLAMENTOS, SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Será de aplicación la Ley 31/1.995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras.
En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, y de la Normativa vigente en Seguridad y Salud, los contratistas y subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en su empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias.
El Estudio de Seguridad y Salud será el correspondiente al Proyecto entregado por la Fundación. El Adjudicatario habrá de realizar, en cualquier caso, el correspondiente Plan de Seguridad y Salud laboral. Por tanto, las empresas que se presenten a la licitación de este proyecto, deberán tener en cuenta en su oferta, y dentro de los gastos generales de su empresa, los costes necesarios en Seguridad y Salud para la correcta ejecución profesional de los trabajos.
El Plan de Seguridad habrá de estar permanentemente actualizado por el Contratista. Asimismo deberá estar permanentemente en obra a disposición del Coordinador de Seguridad, de la Dirección Facultativa, así como de los que intervengan en la ejecución de la obra, de las
personas con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, de los representantes de los trabajadores y de los representantes de la Fundación.
El CONTRATISTA cumplirá con todas las leyes y reglamentos que sean aplicables al ramo de la construcción, debiendo obtener, todos los permisos o licencias que en su caso le sean exigidas y observando una atención especial a lo dispuesto por el Ayuntamiento de Granada respecto a la entrada y salida de vehículos a los terrenos o solares, vertederos y locales de acopios para materiales y su preparación, siendo responsable de estos incumplimientos y de los daños que pudieran causar sus operarios en paseos, aceras y conducciones subterráneas.
El CONTRATISTA cumplirá las disposiciones impuestas por el Estado, Comunidad Autónoma y autoridades Provinciales y Locales sobre seguridad, salud e Higiene en el Trabajo siendo responsable de la estricta observancia de las mismas.
El CONTRATISTA asume, como obligación cumplir las funciones de planificación de la acción preventiva así como adoptar las medidas preventivas necesarias y cumplir y a exigir a subcontratas y autónomos la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud Laboral.
En concreto como empresario titular del centro el contratista se compromete a: 1º/ Efectuar la comunicación de apertura de dicho centro de trabajo.
2º/ Adoptar las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.
3º/ Vigilar, respecto de las empresas y/o trabajadores autónomos que contraten o subcontraten con el contratista la realización de obras o servicios en el centro de trabajo, el cumplimiento por dichos contratistas, subcontratistas y autónomos de la normativa de prevención de riesgos laborales.
4º/ Elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, y modificarlo si el proceso de ejecución de la obra, la posible evolución de los trabajos, o las posibles incidencias en materia de seguridad, así lo demandarán.
5º/ Dar cumplimiento cabal y puntual de las prescripciones contenidas en el citado Plan de Seguridad y Salud Laboral, responsabilizándose de las obligaciones y medidas preventivas que allí se contengan, así como de las que incumban a subcontratistas y trabajadores autónomos.
6º/ Dar estricto cumplimiento a las obligaciones empresariales, respecto de los trabajadores de información, formación teórica y práctica adecuada y suficiente, consulta y participación etc. contenidos en la Ley de Prevención de Riesgos laborales 31/95 de 8 de noviembre y Real Decreto 1627/97 de 24 de octubre y disposiciones concordantes.
7º/ Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad durante la ejecución de la obra, y en su caso, de la dirección facultativa.
8º/ El contratista se hace responsable de cualquier incumplimiento de los señalados en la presente cláusula, sin perjuicio de las obligaciones que directamente se establezcan en la Ley para la Promotora como la formación de un Estudio de Seguridad y Salud a través de técnico
competente, la designación de Coordinador de Seguridad en fase de obra y la cumplimentación y remisión a la Autoridad Laboral del Aviso Previo.
25.- OBRAS PROVISIONALES
1.- El CONTRATISTA, a su cargo, coste y riesgo exclusivo, se proveerá de las acometidas e instalaciones provisionales suficientes de agua, energía, así como de todos los medios que necesitase para desarrollar el presente contrato incluyendo las obras provisionales de cerramiento, oficinas, almacenes, etc. y abonará los consumos correspondientes.
2.- El CONTRATISTA se obliga a ejecutar toda construcción provisional de cualquier clase que sea con la suficiente estabilidad de estructura y adecuada estética para cumplir la finalidad prevista y será mantenida en condiciones totales de seguridad hasta que la Dirección Facultativa ordene la demolición o supresión.
26.- SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y DEL EDIFICIO.
1. El contratista vendrá obligado a realizar las siguientes actuaciones de señalización:
a) De la Obra:
a.1.) Adquisición, colocación y conservación durante el período de ejecución de los carteles de obras, en lugares que sean determinados por la FUNDACIÓN.
Las dimensiones, texto y número de carteles serán determinados en cada caso concreto por La Fundación, en función de las características y emplazamiento de la obra.
Dichos carteles deberán ajustarse exactamente a los modelos, dimensiones, materiales y demás características normalizados por la Fundación.
Cualquier otro cartel que se coloque por el contratista durante la ejecución de las obras deberá contar con la autorización previa de la Administración, y ser de menores dimensiones y estar colocado en posición inferior respecto de los carteles de obras, pudiendo la Fundación reclamar en cualquier momento la retirada o reubicación de cualquier cartel que no se ajuste a los mencionados requisitos.
Para el abono de la primera certificación será necesaria la presentación de la documentación acreditativa de la colocación de los mencionados carteles de obra.
a.2.) Adquirir e instalar las señalizaciones de obras, establecidas en el Proyecto y en el Plan de Seguridad y Salud, así como las exigidas por las disposiciones vigentes, que sean necesarias para la correcta ejecución de las mismas.
b) Del Edificio:
b.1.) Adquisición y colocación de la señalización exterior del edificio, la cual deberá así mismo ajustarse a los modelos, dimensiones, materiales y demás características establecidos por La Fundación.
En caso de no encontrarse definido en el proyecto, el modelo de monolito, banda o placa a colocar, sus dimensiones, texto y número de elementos de señalización serán determinados en cada caso concreto por La Fundación, en función de las características y emplazamiento del edificio.
b2) Adquisición y colocación de la señalización interior del edificio, conforme a los mismos criterios establecidos en el apartado anterior, solo cuando la misma esté contemplada en el proyecto.
Asimismo, montará cualquier otra señalización de carácter informativo que suministre la Administración a fin de mejorar las condiciones de seguridad e información.
2. Tanto los carteles de obras como cualquier otro que se hubiese colocado, así como la señalización que no forme parte definitiva del propio edificio, deberá ser retirada una vez finalizadas las obras y con anterioridad a la recepción de las mismas, debiendo contar a estos efectos con la autorización previa de la Dirección Facultativa. En los supuestos de actuaciones con financiación europea por fondos de cohesión, deberá procederse a la retirada a los dos años a partir de la finalización de las obras, coincidiendo con la finalización del período de garantía de las mismas.
3. Los costes de las actuaciones de señalización contemplados en esta cláusula, se consideran incluidos en los gastos generales del proyecto de obra licitado y por consiguiente en la oferta económica presentada. Así mismo se consideran incluidos los costes de las obras que sean necesarias para la correcta colocación de dicha señalización.
27.- MAL TIEMPO Y FUERZA MAYOR.
El mal tiempo no se podrá alegar como justificación de los retrasos en la realización de los trabajos.
No supondrá incumplimiento de las obligaciones aquí previstas, los retrasos provocados por CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, entendiéndose por tales los sucesos imprevisibles o que, previstos, fueran inevitables.
Las medidas para la ejecutabilidad de las obras en épocas de lluvias, a realizar por el Licitador, que presentará con la oferta y se compromete a llevar a cabo, incluirá las actuaciones para asegurar el desarrollo de las actividades previstas en la planificación para la época invernal (accesibilidad a los tajos de trabajo, agotamientos, drenajes definitivos y provisionales, terminaciones dentro de época no lluviosa de obras susceptibles a la lluvia, protecciones de determinados tajos, desvío de aguas de escorrentía, etc).
La repercusión económica de estas medidas se considerará incluida en los precios de la obra y consecuentemente en el precio cerrado de la misma. Tales actuaciones habrán de ser ejecutadas cuando lo ordene la Dirección facultativa.
28.- LIMPIEZA DE LA OBRA
1.- El CONTRATISTA no permitirá que se acumulen desperdicios o basuras en el emplazamiento de la obra y sus correspondientes solares, comprometiéndose a mantenerlos permanentemente limpios y hacerlo cuando lo ordene la Dirección Facultativa o la Fundación.
2.- A la terminación de la obra o cada una de sus fases, si las hubiera, el CONTRATISTA retirará del lugar de la misma todas sus instalaciones, etc. Eliminará también todas las estructuras y obras provisionales superfluas y los desperdicios y escombros de cualquier clase en la obra y sus alrededores. Si no lo hiciese en un plazo máximo de siete (7) días naturales contados a partir de la comunicación de terminación de obra, la Fundación o la Dirección Facultativa podrán adoptar medidas en este sentido y retirarlos con cargo al CONTRATISTA.
3.- El Constructor deberá proteger todos los materiales y la propia obra contra todo deterioro y daño durante el periodo de construcción y deberá almacenar y proteger contra incendios los materiales inflamables. En especial se subraya la importancia del cumplimiento por parte del Constructor de los reglamentos vigentes para el almacenamiento de explosivos y carburantes.
Salvo que se indique expresamente lo contrario, deberá construir y conservar a su xxxxx todos los pasos o caminos provisionales, alcantarillas, señales de tráfico y todos los recursos necesarios para proporcionar seguridad y facilitar el tránsito dentro de las obras.
El constructor queda obligado a dejar libres las vías públicas debiendo realizar las obras necesarias para dejar tránsito de peatones y carruajes durante le ejecución de las obras.
4.- La totalidad de las obras, tanto de urbanización como de edificación, se entregarán limpias al final de las mismas. El CONTRATISTA eliminará todas las manchas, rastros de pintura, escombros, suciedad, etc. fregando enérgicamente los suelos y polvo existente en las áreas de su actividad, ello incluirá la limpieza de equipos, herrajes, puertas, ventanas, cristales y vidrio, cubiertas, alféizares, calzadas, aceras, pisos, escaleras, paredes y todas las superficies susceptibles de este aseo general.
29.- SEGUROS.
Para cubrir los riesgos a su cargo, el Contratista contratará y mantendrá a su xxxxx los siguientes contratos de seguros:
1.- De accidentes de trabajo y seguros sociales de su personal, conforme a la legislación en vigor.
2.- Seguro obligatorio de automóviles, cualquier otra maquinaria y su carga, propios o contratados por el Contratista, que intervengan en los trabajos de construcción, que cubra el riesgo de responsabilidad civil ilimitada.
3.- De daños que puedan sufrir las obras realizadas y en curso de realización, durante el período de construcción y de garantía, por medio de la contratación de Póliza Todo Riesgo de Construcción, incluyéndose las coberturas siguientes:
3.1.- Daños derivados de riesgos de incendio, rayo, explosión, robo, expoliación, impacto, impericia, negligencia, actos vandálicos y malintencionados, riesgos de la naturaleza, y cualquier otro riesgo no mencionado.
3.2.- Garantías adicionales derivadas de:
Error de diseño, riesgo del fabricante.
Gastos por descombrado, demolición, medidas adoptadas por la Autoridad, etc. Daños a bienes preexistentes.
Opcionalmente, el Contratista podrá asegurar su propia maquinaria y equipo ante daños externos, en cuyo caso exigirá igual cobertura a todos sus subcontratistas, así como la renuncia expresa de la Aseguradora a la reclamación contra otros intervinientes en la obra objeto de este contrato.
3.3.- Garantía de Responsabilidad Civil en sus vertientes de General, Patronal y Cruzada, incluyendo como asegurado a los Contratistas, Subcontratistas, la Fundación, responsables del seguimiento de Obra de la Fundación, Equipo de Dirección Facultativa y Control de Calidad, y toda persona que intervenga en la ejecución de las obras, renunciando las Compañías Aseguradoras a los derechos de subrogación o acción que pudieran ejercitar contra cualquiera de los mencionados anteriormente a causa de cualquier accidente cubierto por la póliza que haya dado lugar a una reclamación.
3.4.- Período de mantenimiento de la póliza: Quedará asegurado toda pérdida o daño que resulte de una causa cuyo origen se encuentre en el período de construcción, así como la que se ocasione en esta etapa o en posterior como consecuencia de la ejecución de trabajos llevados a cabo con el fin de dar correcto cumplimiento a las obligaciones estipuladas en el contrato de obra.
El período de mantenimiento abarcará hasta la conclusión del plazo de garantía citado en el Cuadro Resumen de características del contrato. Quedará también cubierta la responsabilidad civil del asegurado en este período, pero limitados sus efectos a aquellos cuyo origen esté en los servicios de mantenimiento o conservación de la obra.
3.5.- Los límites de los valores para las pólizas anteriores serán los que se recogen a continuación: Todo Riesgo Construcción: presupuesto de adjudicación.
Gastos de desescombro: 10% del presupuesto de adjudicación.
Daños a bienes preexistentes: 20% del presupuesto de adjudicación. Responsabilidad Civil (General + Patronal + Cruzada): 3.005.060,52 €
Responsabilidad Civil daños corporales (sublímite: 180.303,63 € por víctima): 1.803.036,31 €
En los indicados contratos de seguros se establecerá una cláusula de exención de responsabilidad y no repetición de la entidad que asuma el riesgo contra la Fundación, ni ninguna de las personas intervinientes en las obras en su representación.
El Contratista enviará a la Fundación copia de las pólizas y los recibos justificativos del pago de las primas en vigor dentro de los treinta días a partir de la fecha de los mismos y, sin demora, copia de las declaraciones de siniestros o accidentes que se produzcan. En la fase de pre-adjudicación el adjudicatario deberá aportar propuesta de seguro y su póliza definitiva en el plazo de 15 días a partir de la fecha del contrato.
La Fundación podrá proceder a la suspensión del pago de facturas y, en el caso de la recepción, a la suspensión del cómputo del plazo de garantía, hasta tanto el Contratista no acredite el cumplimiento de estas obligaciones, sin que dicho período de suspensión sea computable a efectos de indemnización por demora en el pago de las certificaciones o liquidación.
30.- DAÑOS A TERCEROS Y RECLAMACIONES
1.- Independientemente de lo dicho en las Estipulaciones del Contrato, el CONTRATISTA, o subcontratista responderá solidariamente frente a terceros de los daños que pueda ocasionar a éstos durante la ejecución de las obras por acción u omisión del mismo o de sus operarios y empleados.
2.- Si en cualquier momento se probara la existencia de alguna reclamación de terceros, directa o indirectamente relacionados con las obras, imputable al CONTRATISTA y por la que LA FUNDACIÓN puede ser hecha responsable, ésta tendrá derecho a descontar de cualquier pago debido según este Contrato, la cantidad suficiente para resarcirse de esta reclamación.
31.- GARANTÍAS
Sin perjuicio de los supuestos de ruina, el contratista garantiza los daños materiales por vicios o defectos en la construcción que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras objeto del Contrato por un periodo de dos (2) años contados a partir de la fecha de la Recepción de la obra, por el mismo periodo garantizará contra fallos de funcionamiento y de calidad.
La garantía de buena ejecución de control y construcción de las obras y responsabilidad frente a terceros es de un 4% sobre el importe el importe del presupuesto de adjudicación de la obra.
La citada garantía se formalizará por alguno de los siguientes medios: 1.- Mediante depósito en efectivo,
2.- Mediante aval bancario solidario a primer requerimiento y con renuncia a los beneficios de excusión, división y orden constituido con anterioridad a este contrato y estará a efecto al cumplimiento del mismo y al pago de las obligaciones del contratista frente a terceros o proveedores, como consecuencia de la ejecución de la obra, quedando LA FUNDACIÓN expresamente facultada para si lo estima oportuno efectuar dicho pago por cuenta de lo que deba cobrar el contratista.
3.- Mediante contrato de seguro de caución, celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo
La garantía definitiva se devolverá una vez concluido el plazo total de garantía de la obra establecido en este Pliego.
32- PENALIZACIONES.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado de duración del contrato.
La demora en la penalización de los trabajos dentro de los plazos convenidos llevará consigo una penalización según importes fijados en el TRLCSP, por cada día natural de retraso en todos y cada uno de los "hitos de comprobación", de este contrato, deducidos por LA FUNDACIÓN de cada uno de los pagos inmediatos que tenga que efectuar al CONTRATISTA. Si estas demoras son
recuperadas por el CONTRATISTA, LA FUNDACIÓN reintegrará las cantidades correspondientes a los retrasos absorbidos.
Si se llega al final de la obra con retraso y no se hubiese ejercitado la resolución del Contrato, se hará efectiva la penalización cuya cuantía sería 0,20 por mil del Presupuesto de Adjudicación y por día natural de demora, pactándose expresamente que LA FUNDACIÓN podrá exigir conjuntamente el cumplimiento de la obligación principal y la satisfacción de la penalización.
33.- LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS.
El CONTRATISTA comunicará a la FUNDACIÓN y Dirección Facultativa la terminación de las distintas obras para proceder a su Recepción que será como más adelante se determina.
Una vez finalizada la obra, tanto de la urbanización afectada como de la edificación, con la incorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas, el proyecto final de obra será facilitado al promotor por el director de obra para la formalización de los correspondientes trámites administrativos adjuntándose, al menos, el certificado final de la obra, el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, así como la relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, así como toda la documentación que compone el Libro del Edificio, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación.
La liquidación o Certificación final, cuyo número y fecha han de identificarse con carácter de recibo de finiquito, da por satisfecho con ella todas las cantidades a las que el CONTRATISTA pueda tener derecho por los trabajos realizados para la ejecución de las obras, dejando siempre a salvo el importe del 9% a que hace referencia la cláusula 31.
34.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
1.- Ultimada la obra, y dentro de los diez días siguientes, el CONTRATISTA hará entrega de la misma, documentándose la Recepción mediante la correspondiente acta y podrá realizarse con o sin reservas y deberá abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de la misma, cuando así se acuerde por las partes. No podrá realizarse la recepción con anterioridad a la total disposición por LA FUNDACIÓN de todos cuantos permisos sean necesarios para la puesta en funcionamiento de todas y cada una de las partes de las obras.
Es gestión del CONTRATISTA la obtención de todos los permisos de funcionamiento que requieran las instalaciones del edificio y/o la urbanización, incluyendo los necesarios para que el o los usuarios finalistas del mismo, puedan tomar posesión y usar el edificio.
El acta será extendida por la Dirección Facultativa y firmado por ésta, al CONTRATISTA y LA FUNDACIÓN e indicará:
- Fecha del certificado final de la totalidad de la obra o de la fase completa y terminada de la misma (se adjuntará el certificado final de obra suscrito por el director de obra y el director de la ejecución de la obra)
- Coste final de la ejecución material de la obra.
- La declaración de la recepción de la obra con o sin reservas, especificando, en su caso, éstas de manera objetiva, y el plazo en que deberán quedar subsanados los defectos observados. Una vez subsanados los mismos, se hará constar en un acta aparte, suscrita por los firmantes de la recepción.
- Garantías que, en su caso, se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades.
La recepción de la obra tendrá lugar dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación, acreditada en el certificado final de obra, plazo que se contará a partir de la notificación efectuada por escrito al promotor. El promotor podrá rechazar la recepción de la obra por considerar que la misma no está terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales. En todo caso, el rechazo deberá ser motivado por escrito en el acta, en la que se fijará el nuevo plazo para efectuar la recepción. La recepción se entenderá tácitamente producida si transcurridos treinta días desde la fecha indicada el promotor no hubiera puesto de manifiesto reservas o rechazo motivado por escrito.
2.- Transcurrido el plazo de garantía, el CONTRATISTA queda relevado de toda responsabilidad salvo en lo que se refiere a vicios ocultos según disposiciones legales vigentes y la FUNDACIÓN acordará la cancelación de la fianza definitiva y pagará el saldo resultante, si lo hubiere.
3.- No obstante el contratista responderá durante el plazo de 15 años, contados desde la fecha de la misma, de los daños y perjuicios que pudieran sobrevenir derivados de la ruina o relevante quebrantamiento de la obra, determinados por vicios ocultos de la construcción o incumplimiento doloso del contrato a él imputables.
35.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
1.- Son causas de resolución del contrato:
a) Xxxxxx, incapacidad sobrevenida del contratista o extinción de la personalidad jurídica de la Sociedad Contratista, salvo compromiso de los herederos o de los representantes legales de aceptación de la subrogación en el contrato.
b) La quiebra o suspensión de pagos del CONTRATISTA.
c) El no dar comienzo a los trabajos de obra en el plazo señalado en el Contrato.
d) El que se evite repetidamente, a juicio de la D.T. la contratación de personal con el grado de especialización necesaria.
e) El rechazo continuo, a juicio de la D.T. de material por falta de calidad requerida.
f) El incumplimiento de la Legislación vigente.
g) El incumplimiento de las instrucciones de la Dirección Facultativa.
h) El abandono de la obra sin causa justificada.
i) La negligencia en la ejecución de los trabajos.
j) El incumplimiento reiterado de las obligaciones frente a terceros, (trabajadores, proveedores, subcontratistas, etc)
k) El incumplimiento del Contrato en todo o en parte en perjuicio de los intereses de la obra o de los plazos parciales fijados en el planning o del plazo final de ejecución.
l) El incumplimiento de la cláusula 27.3 sobre obligaciones del contratista y subcontratistas y autónomos con quien haya contratado sobre seguridad y salud laboral.
2.- LA FUNDACIÓN comunicará por escrito y fehacientemente al CONTRATISTA y a su domicilio oficial referenciado en el Contrato, las anteriores anomalías y si no se tomarán las medidas oportunas para subsanarlas en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días naturales, LA FUNDACIÓN podrá exigir la paralización de los trabajos en el estado en que se encuentren, sin perjuicio de las responsabilidades consiguientes.
Una vez advertido al CONTRATISTA de esa decisión de paralización de los trabajos, éste procederá inmediatamente a:
a) Detener cualquier actividad relacionada con el trabajo de y en la obra.
b) Permitir a LA FUNDACIÓN entrar en posesión y ocupar inmediatamente la parte de obra realizada, abonándose la parte pendiente de certificar, LA FUNDACIÓN podrá ordenar retirar en plazo no superior a diez (10) días naturales los materiales y utillaje que se encuentren en la obra.
c) Transferir a LA FUNDACIÓN, todos los derechos relacionados con el trabajo de que el CONTRATISTA fuese titular frente a terceros, siempre y cuando le interesasen aquellos.
3.- En caso de resolución de Contrato por causas imputables al CONTRATISTA, LA FUNDACIÓN exigirá además la penalidad establecida por día de demora o retraso en el planning, una indemnización equivalente al quince por ciento (15%) del valor de la obra aún no ejecutada o bien la pérdida del importe de la retención que hasta ese momento se haya ejecutado.
4.- La resolución del Contrato producirá los siguientes efectos:
a) De modo fehaciente y con la asistencia y conocimiento de ambas partes se levantará acta de la situación de los trabajos realizados, de los materiales acopiados en el momento de suspenderse su ejecución.
b) Se procederá a levantar acta de recepción de los trabajos ejecutados, dejando constancia de la conformidad o de las diferencias observadas por la Propiedad en las prestaciones realizadas hasta aquel momento.
c) Se efectuará por ambas partes una valoración de los daños y perjuicios ocasionados a la contraparte por aquel que solicita la rescisión del contrato. Efectuada dicha valoración se hará balance de las cantidades a cobrar por el CONTRATISTA y de los que la propiedad le adeuda.
d) La Propiedad se resarcirá de los daños y perjuicios con las cantidades pendientes de pago, con las retenciones que haya efectuado. Si la suma de tales cantidades no fuera suficiente para cubrir la indemnización, el CONTRATISTA abonará a la Propiedad el 15% del importe de la obra que quede por realizar.
36.- SUBCONTRATACIONES
1. EL CONTRATISTA podrá subcontratar parcialmente las obras, de acuerdo con lo establecido en la ley de la subcontratación en el sector de la Construcción 32/2006 de 18 de octubre y por el Reglamento de desarrollo RD 1109/2007 de 24 xx xxxxxx, respondiendo de los subcontratistas ante la Dirección Facultativa y LA FUNDACIÓN. Los subcontratistas deberán estar al corriente de sus obligaciones especialmente las de carácter fiscal y laboral/Seguridad Social debiendo disponer de plena capacidad de contratación.
2. El contratista pondrá en conocimiento por escrito a LA FUNDACIÓN de los subcontratos que pretenda concertar con indicación de las partes del contrato a realizar por el contratista entendiéndose aceptados por LA FUNDACIÓN si transcurrido diez días de la recepción de la comunicación fehaciente no se le hubiese puesto tacha alguna en cuyo caso. En caso de ser rechazada la subcontratista, deberá presentar nuevas ofertas. En ningún supuesto las prestaciones subcontratadas podrán exceder del 50% del presupuesto del contrato.
3. En la recepción de las obras, el contratista aportará relación con dirección y teléfono de los subcontratistas que hayan intervenido en la misma y certificación de estar al corriente en la Seguridad Social y finiquitos de los trabajadores.
4. existirá en la obra el Libro de Subcontratación debidamente habilitado por la autoridad laboral.
5. El contratista habrá de cumplir cuantas obligaciones se deriven de la ley de Subcontratación 32/2006 de 18 de octubre y del RD 1109/2007 de 24 xx xxxxxx que la desarrolla.
37.- PROTECCIÓN DE DATOS
La empresa adjudicataria en relación con ficheros que contengan datos de carácter personal a los que pudiere tener acceso, se compromete en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal a:
- No aplicar o utilizar los datos personales obtenidos, para fines distintos a los que figuren en el contrato, ni cederlos ni siquiera para su conservación a otras personas.
- Guardar secreto profesional respecto de los mismos, aun después de finalizar sus relaciones con la Fundación.
- Adoptar las medidas de seguridad de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, tratamiento o acceso no autorizado.
Los datos personales de empleados o colaboradores de las empresas licitadoras que sean facilitados a la Fundación con motivo de la presente licitación serán incluidos en un fichero de la empresa con la finalidad de gestionar el procedimiento de licitación. Las empresas licitadoras no podrán facilitar a la Fundación dichos datos sin haber obtenido previamente el consentimiento de sus titulares y haberles informado de la presente cláusula. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo su solicitud por escrito a las oficinas centrales de la Fundación con la referencia "Protección de Datos Personales".
38.- CONFIDENCIALIDAD
La empresa adjudicataria deberá observar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo del contrato. No podrá transferir a personas o entidades información alguna recibida con ocasión de los trabajos o con relación a los mismos, sin el consentimiento previo y por escrito de la Fundación. Asimismo, y antes de la aceptación de los trabajos, devolverá todas las informaciones que le hayan sido suministradas en sus soportes originales. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
40.- INTERPRETACIONES.-
1. Si durante la ejecución de la obra existiera alguna diferencia de criterio en la forma de realizar los trabajos o de interpretación del proyecto o cualquier parte técnica o económica o de calidades, el CONTRATISTA se somete a la decisión de LA FUNDACIÓN.
2. No serán válidas las órdenes de la Dirección Facultativa que representando variación del presupuesto o plazo aceptado carezcan de la conformidad escrita de LA FUNDACIÓN. Asimismo no será realizado ningún cambio de calidad de materiales que no sea aprobado por escrito por LA FUNDACIÓN.
3. Se considerarán complementarios recíprocamente los planos, especificaciones, memorias y oferta del CONTRATISTA y cualquier trabajo que aparezca o se disponga en los planos y no se mencione en las especificaciones y memorias o viceversa, será realizado como si apareciese en estos documentos.
En cada caso concreto deberá cumplirse la finalidad y significado evidentes de los planos, especificaciones y memorias o cualquier discrepancia entre estos documentos o entre ellos y las condiciones reales de la obra, lo comunicará el CONTRATISTA a la Dirección Facultativa a la mayor brevedad posible antes de adoptar decisión alguna y posteriormente el CONTRATISTA se ajustará a la decisión de aquella.
4. El CONTRATISTA deberá confrontar inmediatamente después de recibidos, todos los planos y documentos que se le hayan facilitado, de acuerdo a lo establecido en este Contrato e informar prontamente en su caso, a la Dirección Facultativa sobre cualquier contradicción que hubiese hallado, siendo responsable si por esta falta de confrontación antes de aparejar la obra, se produjese algún error que hubiese podido evitarse sucedido en este modo.
5. El hecho de que no entiendan los planos y especificaciones o se omita pedir información respecto a las condiciones de un trabajo propuesto, que hubiera podido aclararse con un reconocimiento del emplazamiento o aclaración de la Dirección Facultativa, no justificará en ningún caso reclamación alguna por el CONTRATISTA ni dará derecho a ninguna compensación especial.
41.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.-
El contrato a que dé lugar la adjudicación tendrá carácter civil. Será de aplicación el Real Decreto 1627/97 de 24 de octubre sobre disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción; Ley de la Subcontratación en el Sector de la Construcción 32/2006 de 18 de octubre y el Reglamento de desarrollo RD 1109/2007 de 24 xx xxxxxx y demás normas reglamentarias en vigor y en su defecto, los preceptos pertinentes del Derecho Privado.
Las discrepancias de carácter técnico que puedan surgir entre las partes durante el transcurso de las obras, y mientras el contrato no se haya resuelto a instancia de cualquiera de las partes, se someterán al juicio exclusivo de la dirección facultativa. Para cualquier litigio que pudiera derivarse como consecuencia del contrato que se celebre en su momento, serán competentes los Juzgados y Tribunales con jurisdicción en Granada.
El Director Gerente de la Fundación PTS Granada Granada, diciembre de 2013
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A.- OBJETO DEL CONTRATO: ejecución de OBRAS DE LA SEGUNDA FASE DE LA CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE LA SALUD DE GRANADA.
B.- CLASIFICACIÓN CPV: 45200000-9 Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil
C.- PODER ADJUDICADOR: Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada
D.- IDIOMA EN QUE HAN DEPRESENTARSE LAS OFERTAS: Castellano
E.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 3.250.000,00 € + IVA F.- PRESUPUESTO DE SEGURIDAD Y SALUD: 38.528,00 € + IVA G.- PLAZO DE EJECUCIÓN: 15,5 meses
H.- CLASIFICACIÓN EXIGIDA:
Grupo C. Edificaciones, (todos los subgrupos).Categoría F. Grupo I. Instalaciones eléctricas. Subgrupo 9. Categoría E. Grupo J. Instalaciones mecánicas. Subgrupo 2. Categoría E.
I.- GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige
J.- GARANTÍA DEFINITIVA: 4 % del importe de adjudicación.
K.- PLAZO DE GARANTÍA: dos años contados a partir de la fecha de Recepción de la Obra.
L.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Procedimiento Abierto.
M.- FORMA DE PAGO: El pago total y único se efectuará después de la presentación de una única factura por el total de la obra. La citada factura se presentará un vez haya concluido el primer año de garantía de la obra. El plazo de garantía de la obra, que se establece en dos años, comenzará a contar desde la fecha de firma del Acta de recepción provisional de la Obra.
N.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación del anuncio
Ñ.- PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA: El licitador queda obligado en su oferta durante seis meses contados a partir del acta de apertura.
ANEXO 1. MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIACIÓN.
D/Xx......................................…………………………..en nombre y representación de la
empresa /UTE …………………………… con sede social en calle….........................................
número ......................., ciudad …………. con CIF número ,
enterado de la convocatoria de la licitación OBRAS DE SEGUNDA FASE DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA.
M A N I F I E S T A
No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el TRLCSP.
Que cuenta con la clasificación exigida y con la necesaria solvencia económica, financiera y técnica, que tiene plena capacidad de obrar y se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Que ha tenido en cuenta en la elaboración de su oferta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
Que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, que acepta las condiciones de la licitación, y que desea participar en la misma, para lo cual presenta solicitud de participación acompañada de la documentación expresada en el pliego de condiciones particulares.
En………….., a …….. de ………………….. de 2……
Fdo. El Apoderado
ANEXO 2. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Las propuestas deberán ser redactadas en español, conforme al modelo siguiente: D................................................., con D.N.I./N.I.F , xxxxxxxx en (su propio nombre o
en representación de ...........................................), domiciliado en , enterado
de los Pliegos de Condiciones, que han de regir en la LICITACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA SEGUNDA FASE DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EMPRESAS DEL PARQUE TECNOLÓGICO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE GRANADA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO los acepta
en su integridad y se compromete a su ejecución con arreglo a los mismos, por un importe de
....................................................... Euros, (en letra y número), cantidad que incluye el costo de la ejecución de las obras en sí, mas los gastos generales, el beneficio industrial, tasas de Licencia Municipal de Obras e ICIO, que se verá incrementada con el tanto por ciento que legalmente le corresponda en concepto del Impuesto sobre el valor añadido, IVA, y que representa una baja de .......................... Euros, respecto al tipo de licitación aprobado, y un plazo de ejecución
de meses, (teniendo en cuenta que el plazo máximo de ejecución recogido en el
pliego es de QUINCE meses).
Se acepta expresamente el importe relativo a Seguridad y Salud en la ejecución de las citadas obras, expresado en este pliego, comprometiéndose a invertirlo en su totalidad en esta materia. Esta cantidad no se incluye en el importe ofertado.
Se hace constar de modo expreso la aceptación de las condiciones que rigen en esta licitación, manifestando conocerlas y asimismo se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria.
Xxxxx, fecha y firma del proponente