COAGROBRISAS LIMITADA. OBJETO:
TÉRMINOS DE REFERENCIA No. [001]
COAGROBRISAS LIMITADA.
OBJETO:
“CONTRATAR LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA – PROFESIONAL AGROPECUARIO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DE SECADO DE CAFÉ, DE LOS PRODUCTORES DE CUATRO ORGANIZACIONES DEL MUNICIPIO DE EL PITAL, HUILA”
Julio de 2023
TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
1.1. Información general
1.2. Resumen del proyecto
1.3. Necesidad de Contratación
1.4. Glosario general
CAPÍTULO II. GENERALIDADES DEL PROCESO
2.1. Objeto
2.2. Alcance general
2.3. Entregables
2.3.1. Entregables en la Oferta
2.3.2. Entregables del Contrato de Prestación de Servicios
2.4. Personal mínimo
2.5. Requisitos de disponibilidad del equipo
2.6. Partes
2.7. Obligaciones del futuro contratista
2.8. Constitución de garantías
2.9. Oferta económica
2.10. Valor del Contrato y Forma de pago
2.10.1. Requisitos mínimos de las facturas
2.11. Duración del contrato
2.12. Alcance de los términos de referencia
2.13. Interpretación, aclaración y modificación de los términos de referencia
2.14. Sujeción a otros contratos
CAPÍTULO III. TÉRMINOS GENERALES DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
3.1. Reglas generales de adjudicación
3.2. Criterios de calificación
3.2.1. Requisitos habilitantes (no susceptibles de ponderación)
3.2.2. Experiencia del Proponente (susceptibles de ponderación)
3.2.3. Aspectos económicos (susceptible de ponderación)
3.3. Requisitos habilitantes
3.3.1. Capacidad jurídica
3.3.1.1. Carta de presentación de la Oferta Vinculante
3.3.1.2. Registro Único Tributario (RUT)
3.3.1.3. Proponentes
3.3.1.4. Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales
3.3.1.5. Certificado del sistema de información y registro de sanciones y causas de inhabilidad -SIRI- de la Procuraduría General de la Nación
3.3.1.6. Antecedentes fiscales y judiciales
3.3.2. Descripción de la metodología a implementar para realizar los estudios
3.4. Requisitos puntuables
3.4.1. Experiencia del proponente
3.4.2. Propuesta económica
3.5. Causales de Rechazo de la Oferta
3.6. Declaratoria de Desierto del Proceso
3.7. Informe evaluativo
CAPÍTULO IV. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
4.1. Comunicaciones
4.2. Fecha y lugar de presentación de la Oferta
4.3. Costos de participación
4.4. Idioma y documentos expedidos en el extranjero
4.5. Reserva en documentos
4.6. Documentos que se deben anexar a la propuesta
4.7. Impuestos, tasas y contribuciones
4.8. Información inexacta
4.9. Retiro o modificación de la Oferta
4.10. Cesión del Contrato
4.11. Cronograma
CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES
1.1. Información General
COAGROBRISAS LIMITADA. (en adelante el “Convocante” o “Coagrobrisas”) da a conocer la invitación a presentar ofertas para la selección de una empresa especializada (en adelante el “Contratista” o el “Proponente”) para la realización de las actividades de asistencia técnica con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila (en adelante el “Proyecto”). Estas cuatro organizaciones son las siguientes: (i) COAGROBRISAS LIMITADA, con NIT 813.011.456-1; (ii) AMIGOS DEL PITAL, con NIT 901.317.943-0; (iii) GRUPO ASOCIATIVO INTERCAFE DEL PITAL HUILA, con NIT 901.053.167-7, y (iv) ASOCIACIÓN DE MUJERES CAFETERAS SERRANÍA DE LAS MINAS DEL MUNICIPIO DEL
XXXXX XXXXX, con NIT 900.596.297-2 (en adelante referidos conjuntamente como la “Organización”). El Proyecto se desarrolla en el marco de la cofinanciación del Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial radicado con el No. 20206000081201, identificado con BP No. 3274 denominado “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”, de tipo Asociativo, con el cual se benefician de forma directa a ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores, de los cuales nueve (9) ostentan la calidad de víctimas, de acuerdo con el Certificado UARIV, ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, pertenecientes a la Organización (el “Proyecto Integral”).
La asistencia técnica deberá considerar el desarrollo de estudios y opiniones particulares con sustento técnico y científico sobre: (i) el desarrollo de proyectos sociales, rurales y productivos, (ii) asesoría o asistencia técnica del cultivo de café, y (iii) el proceso de secado de café.
Adicionalmente, el Proponente deberá precisar en los informes que presente y que le sean solicitados, que se puedan ejecutar las obras del secador solar y de las demás obras y actividades objeto del Proyecto Integral. En este sentido, el Proponente deberá determinar si existen situaciones subyacentes en la zona de influencia del Proyecto que no fueron identificados en la estructuración del Proyecto Integral.
El presente documento no constituye una oferta de contrato, como quiera que sólo tiene por objeto seleccionar al Proponente que presente la propuesta más favorable para la realización de la asistencia técnica requerida.
El Proponente deberá informarse y conocer con la debida antelación, el lugar y condiciones en las cuales se desarrollarán los servicios de esta solicitud, así como informarse sobre los trámites y obtener los permisos y autorizaciones que sean requeridos, dentro de los tiempos necesarios, con el fin de dar cumplimiento a sus obligaciones en los tiempos previstos para las mismas.
El Proponente deberá darle trato confidencial tanto a esta invitación como a las labores que se le encomendarán realizar en caso de ser seleccionado y a la información que le sea suministrada por el Convocante en desarrollo del presente proceso precontractual y del proceso contractual. La información contenida en este documento sustituye cualquier otra clase de información que el Convocante pudiera haber suministrado a los Proponentes o Interesados en el presente Proceso de Contratación.
En caso de presentarse comunicaciones a través de correos electrónicos, estas solo tendrán el carácter de informativos y no se entenderá que son modificatorias de los Términos de Referencia, salvo que en dicha comunicación se manifieste expresamente dicho alcance modificatorio de los Términos de Referencia.
Así mismo, el Proponente deberá conocer las Obligaciones a cargo del Convocante derivadas de la suscripción del Proyecto Integral con la Agencia de Desarrollo Rural (en adelante la “ADR”), las cuales se constituyen en un referente necesario para la elaboración de la asistencia técnica a contratar en virtud del presente Proceso de Contratación.
El Proponente en su propuesta no podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en estos Términos de Referencia y en todo caso no podrá contravenir el Proyecto Integral. No obstante, en caso de que se incluyeran, se entenderán siempre en favor del Convocante como valores agregados sin que las mismas impliquen costos adicionales a cargo de la Convocante.
Si ninguna de las Ofertas presentadas, satisface el interés contractual del Convocante, éste podrá continuar el proceso en los términos que, para tales efectos, autorice expresamente la ADR, de acuerdo con lo establecido en las condiciones y términos del Proyecto Integral.
El Convocante se reserva el derecho de adjudicar o no, total o parcialmente el Contrato sin necesidad de ofrecer explicaciones por tal determinación. El Convocante se reserva también el derecho de rechazar aquellas propuestas que a su juicio no cumplan con las necesidades del Convocante.
Las propuestas u ofertas deberán presentarse escritas por computador, paginadas en su totalidad y con un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta. El Proponente deberá mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada.
1.2. Resumen del Proyecto Integral
Que, en aras de promover el desarrollo rural con enfoque territorial, la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 – Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, establece que el Plan Nacional de Desarrollo está compuesto por objetivos de política pública denominados pactos, concepto que refleja la importancia del aporte de todas las facetas de la sociedad en la construcción de una Colombia equitativa, fundada en el crecimiento y desarrollo del sector agropecuario y rural.
Que, mediante el Acuerdo No. 004 del 12 xx xxxxx de 2019, se adoptaron los criterios para la asignación y distribución de recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (los “PIDAR”) para el periodo 2019-2022.
Que el Consejo Directivo de la ADR expidió el Acuerdo No. 010 del 19 de diciembre de 2019 “Por el cual se adopta el reglamento para los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (PIDAR) y se dictan otras disposiciones”, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por
el Acuerdo No. 008 de 2022.
Que, según lo definido en el numeral 4.3 del mencionado Reglamento, los PIDAR se categorizan como Proyectos Estratégicos Nacionales, Proyectos de Iniciativa Territorial y Proyectos de Iniciativa Asociativa.
Que en el numeral 4.3.3 del Reglamento, se definen los Proyectos de Iniciativa Asociativa, así:
“Son aquellos presentados por Organizaciones Sociales, Comunitarias y Productivas Rurales, que permiten fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales que conforman dichas organizaciones.
Estos proyectos deben estar articulados con los lineamientos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y estar enmarcados en uno o varios de los instrumentos de planificación y política pública territorial tales como: los Planes Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial -PIDARET-, Planes Departamentales de Ordenamiento Productivo y Social de la Propiedad, Planes de Extensión Agropecuaria -PDEA-, Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET-, Plan Nacional Integral de Sustitución (PNIS) cuando exista, el Plan de Ordenamiento Territorial, el Esquema de Ordenamiento Territorial, el Plan de Vida o Etnodesarrollo, cuando exista o haya lugar, y con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Estratégico Metropolitano de Ordenamiento Territorial, entre otros.”
Que el Consejo Directivo de la ADR, expidió el Acuerdo No. 002 del 14 de febrero de 2022 “Por el cual se aprueba la asignación y distribución anual de los recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial para la vigencia 2022”, por medio del cual se asignó el 50% de los recursos de la vigencia presupuestal a la Bolsa Territorial y Asociativa, a través de la que se cofinancian los PIDAR de Iniciativa Territoriales y Asociativos.
Que el Consejo Directivo de la ADR, expidió el Acuerdo No. 005 del 11 xx xxxxx de 2022 “Por el cual se definen los criterios de calificación y priorización de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR para la vigencia 2022”, en el que se definieron los criterios de calificación y priorización para los proyectos, otorgando mayor puntuación a aquellas propuestas que hagan esfuerzos por lograr elementos diferenciadores.
Que la vicepresidencia de Integración Productiva expidió el “Procedimiento: Estructuración de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural” – PR-EFP-001, el cual define la ruta para la estructuración de los PIDAR estratégicos nacionales, de iniciativa territorial y asociativa, que hayan superado la etapa de diagnóstico en el marco de lo señalado en el Reglamento para la estructuración, aprobación y ejecución de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial, adoptado mediante el Acuerdo No. 010 de 2019, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por
el Acuerdo No. 008 de 2022.
Que mediante radicado No. 20206000081201 de fecha 23 de julio de 2020, la Asociación Coagrobrisas presentó ante la ADR una iniciativa, la cual fue registrada por parte de la Vicepresidencia de Integración Productiva en el Banco de Proyectos – “Información Iniciativa o Proyecto”, identificado con No. 3274 denominado: “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”.
Que la Vicepresidencia de la Integración Productiva, tipificó el PIDAR de manera asociativa, teniendo en cuenta que, con la consolidación del proyecto en la zona y el fortalecimiento tanto de los beneficiarios y sus familias, como de su organización, se promueve el trabajo asociativo, de tal forma que se garantice el mejoramiento de las condiciones de vida de los beneficiarios, el fortalecimiento organizacional y la promoción del trabajo asociativo.
Que la Vicepresidencia de Integración Productiva estructuró el Proyecto, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el “Reglamento para estructuración y aprobación y ejecución de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial” adoptado mediante el Acuerdo No. 010 de 2019, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por el Acuerdo No. 008 de 2022, y en observancia del procedimiento establecido para el efecto por la ADR.
Que a través de la cofinanciación del Proyecto se beneficiará de manera directa a 121 productores ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, así:
Beneficiarios Directos | Mujeres Rurales | Jóvenes Rurales | Víctimas | Beneficiarios Indirectos | Hectáreas Intervenidas |
121 | 38 | 4 | 9 | 269 | 181,5 |
Que los beneficiarios directivos de este proyecto son ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores rurales; tal como se establece en el cruce emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, información soportada en el formato F-EFP-001 certificación y autorización de potenciales beneficiarios y el formato F-EFP-002 caracterización de población beneficiaria disponible en el expediente del Proyecto.
Que la Vicepresidencia de Integración Productiva teniendo en cuenta las características estructurales del Proyecto, precisó que se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos generales definidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para la asignación y distribución anual de los recursos de la ADR, contenidos en el Acuerdo No. 004 de 2019, bajo el lineamiento Asistencia Técnica y Extensión.
Que el 24 xx xxxx de 2022, el Proyecto ingresó a la Dirección de Calificación y Financiación de la Vicepresidencia de Proyectos, para su correspondiente evaluación y calificación.
Que, con base en el mencionado procedimiento, la Dirección de Calificación y Financiación emitió el Concepto de Evaluación del PIDAR de fecha 27 xx xxxx de 2022, indicando que es viable.
Que, en cumplimiento de lo señalado en el numeral 7.5 del “Reglamento para estructuración, aprobación y ejecución de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial” adoptado mediante Acuerdo No. 10 de 2019 y en la Resolución No. 271 de 2020 “Por la cual se adopta el reglamento del Comité de Verificación Previo a la Cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR y se dictan otras disposiciones”, el Comité de Verificación previo a la cofinanciación, en sesión del 28 xx xxxx de 2022, tal como consta en el acta respectiva, recomendó a la Presidencia de la ADR la aprobación del Proyecto Integral objeto de Cofinanciación.
En virtud de lo anterior, la ADR expidió la Resolución No. 242 del 31 xx xxxx de 2022, mediante la cual aprobó la cofinanciación del Proyecto Integral.
El Proyecto Integral está conformado por:
(i) la entrega de un (1) Secador Solar de 6 metros por 10 metros, de acuerdo con el siguiente diseño:
(ii) mejorar el proceso de secado de café de los 121 pequeños productores de la Organización;
(iii) mejorar el proceso de beneficio del café de los 121 pequeños productores de la Organización, y
(iv) brindar acompañamiento técnico integral y socio empresarial a los 121 pequeños productores de café de la Organización.
Este último aspecto es objeto del presente Proyecto, para lo cual hay un rubro total de $60.528.214, el cual tiene un término de ejecución de cinco (5) meses, aproximadamente.
1.3. Necesidad de Contratación
El convocante está interesado en recibir propuestas con el objeto de desarrollar las actividades de asistencia técnica que contribuyan con el mejoramiento y el fortalecimiento del proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila, de acuerdo con los siguientes documentos y anexos:
(i) Acuerdo No. 004 del 12 xx xxxxx de 2019, mediante el cual la ADR adoptó los criterios para la asignación y distribución de recursos para la cofinanciación de los PIDAR para el periodo 2019-2022.
(ii) Acuerdo No. 010 del 19 de diciembre de 2019 “Por el cual se adopta el reglamento para los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (PIDAR) y se dictan otras disposiciones”, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por el Acuerdo No. 008 de 2022.
(iii) Acuerdo No. 002 del 14 de febrero de 2022 “Por el cual se aprueba la asignación y distribución anual de los recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial para la vigencia 2022”, por medio del cual se asignó el 50% de los recursos de la vigencia presupuestal a la Bolsa Territorial y Asociativa, a través de la que se cofinancian los PIDAR de Iniciativa Territoriales y Asociativos.
(iv) Acuerdo No. 005 del 11 xx xxxxx de 2022 “Por el cual se definen los criterios de calificación y priorización de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR para la vigencia 2022”, en el que se definieron los criterios de calificación y priorización para los proyectos, otorgando mayor puntuación a aquellas propuestas que hagan esfuerzos por lograr elementos diferenciadores.
(v) El “Procedimiento: Estructuración de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural”
– PR-EFP-001, el cual define la ruta para la estructuración de los PIDAR estratégicos nacionales, de iniciativa territorial y asociativa, que hayan superado la etapa de diagnóstico en el marco de lo señalado en el Reglamento para la estructuración, aprobación y ejecución de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial.
(vi) El Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial radicado con el No. 20206000081201, identificado con BP No. 3274 denominado “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”, de tipo Asociativo, con el cual se benefician de forma directa a ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores, de los cuales nueve (9) ostentan la calidad de víctimas, de acuerdo con el Certificado UARIV, ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, pertenecientes a la Organización.
(vii) La Resolución No. 242 del 31 xx xxxx de 2022, mediante la cual la ADR aprobó la cofinanciación del Proyecto Integral.
La asistencia técnica debe considerar el desarrollo de estudios y opiniones particulares con sustento técnico y científico sobre: (a) el desarrollo de proyectos sociales, rurales y productivos, (b) asesoría o asistencia técnica del cultivo de café, y (c) el proceso de secado de café.
1.4. Glosario general
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en
plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Proyecto Integral. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
A continuación, se relacionan de forma enunciativa algunas definiciones aplicables al Proceso de Contratación:
Anexos: Es el conjunto de formatos y documentos, de cualquier índole, que se adjuntan a los Términos de Referencia y que hacen parte integral del mismo.
ADR: Agencia de Desarrollo Rural.
Convocante: Es COAGROBRISAS LIMITADA, con NIT 813.011.456-1.
Contratante: Es COAGROBRISAS LIMITADA, con NIT 813.011.456-1
Contratista o Futuro Contratista: Será el Proponente cuya Oferta Vinculante resulte seleccionada o quien, como fruto de las negociaciones con el Convocante, resulte adjudicatario del Contrato.
Contrato: Negocio jurídico que se celebra entre el Contratante y el Futuro Contratista, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación. El objeto del Contrato será el determinado en el presente documento y en la minuta del Contrato, la cual es un documento referencial con el mínimo de condiciones a suscribirse, y contendrá las obligaciones, derechos y deberes que la Ley, los Decretos reglamentarios y este documento, con sus diferentes anexos, establezcan.
Día(s) Calendario: Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No Hábil.
Día(s) Hábil(es): Cualquier día comprendido entre los lunes y viernes (ambos inclusive) de cada semana, excluyendo de éstos los feriados determinados por la ley en la República de Colombia.
Interesado(s): Todo aquel que actúa en el proceso previo a la presentación de ofertas.
Pesos Colombianos, Pesos, COP, $: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.
Oferta, Oferta Vinculante o Propuesta: Se entiende por tal la oferta de negocio jurídico presentada por un Proponente dentro del Proceso de Contratación.
Organización: Son conjuntamente: (i) COAGROBRISAS LIMITADA, con NIT 813.011.456-1; (ii) AMIGOS DEL PITAL, con NIT 901.317.943-0; (iii) GRUPO ASOCIATIVO INTERCAFE DEL PITAL HUILA, con NIT 901.053.167-7, y (iv) ASOCIACIÓN DE MUJERES CAFETERAS SERRANÍA DE LAS MINAS DEL MUNICIPIO DEL PITAL HUILA, con NIT 900.596.297-2.
Proceso de Contratación: Es el presente proceso que se adelanta para la selección del Futuro Contratista, en las condiciones previstas en estos Términos de Referencia y en la ley de la República de Colombia.
Proponente: Son las personas naturales que participen en el Proceso de Contratación, allegando una Oferta Vinculante y los documentos requeridos al Convocante, con el fin de postularse para eventualmente celebrar el Contrato una vez sea seleccionado por el Contratante.
Proyecto: Cuando en los Términos de Referencia se hable de Proyecto, se hace referencia al proyecto resumido en el numeral 1.3 del presente documento, el cual se deberá ejecutar en un todo de acuerdo con lo establecido en el Proyecto Integral.
Proyecto Integral: Es el Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial radicado con el No. 20206000081201, identificado con BP No. 3274 denominado “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”, de tipo Asociativo, con el cual se benefician de forma directa a ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores, de los cuales nueve (9) ostentan la calidad de víctimas, de acuerdo al Certificado UARIV, ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, pertenecientes a la Organización, y que fuera aprobado mediante Resolución No. 242 del 31 xx xxxx de 2022.
Para efectos del presente documento y del Contrato que se suscribirá será parte integrante del Proyecto Integral cualquier permiso, autorización o disposición que se encuentre relacionada con la ejecución del Proyecto Integral. Esos permisos, autorizaciones o disposiciones serán de obligatorio cumplimiento por parte del Futuro Contratista.
Requisitos Habilitantes: Se refiere a los parámetros establecidos en los Términos de Referencia que serán verificados con el fin de acreditar que los Proponentes cumplan las condiciones necesarias para que se evalúen las condiciones técnicas y económicas de las Ofertas por parte del Convocante.
SMMLV: Es el salario mínimo mensual legal vigente en la República de Colombia.
Términos de Referencia o TR: Conjunto de normas y documentos que rigen estos tratos preliminares y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta Vinculante para participar en el Proceso de Contratación y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del Proceso de Contratación.
CAPÍTULO II. GENERALIDADES DEL PROCESO
2.1. Objeto
El objeto del presente Proceso de Contratación es la selección, para la contratación, bajo la modalidad de precio global fijo sin formula de reajuste, de la asistencia técnica – Profesional Agropecuario con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila, de acuerdo con los documentos y anexos del Proyecto Integral.
Los servicios deberán considerar la presentación de informes y opiniones técnicas particulares respecto de la ejecución del Proyecto en la zona de influencia directa del mismo, y que analice las condiciones previas y posteriores a la realización de las obras objeto del Proyecto Integral.
Lo anterior deberá realizarse por cuenta y riesgo del Proponente seleccionado, sin que exista subordinación, utilizando sus propios medios y obrando con plena autonomía operativa, administrativa, técnica, directiva y financiera.
Del presente Proceso de Contratación surgirá con el Proponente escogido un contrato de precio global fijo cerrado sin fórmula de reajustes, ni siquiera por inflación, que deberá cumplir con todos los preceptos técnicos del Proyecto Integral, cuya minuta tipo se adjunta al presente documento, y deberá ser aceptada por el Proponente seleccionado.
2.2. Alcance general
El propósito de la presente invitación es contar con el soporte técnico integral adecuado para el desarrollo completo y efectivo del Proyecto Integral.
El Proponente seleccionado deberá tener en cuenta los documentos de estructuración de la ADR y los preparados por el Convocante, así como los cambios de diseño generados en los temas pertinentes con el alcance de esta invitación durante la etapa de construcción correspondiente del Proyecto Integral.
Adicional a lo anterior, el Futuro Contratista podrá considerar la inclusión de las metodologías de análisis con amplios soportes técnicos y científicos, que a su juicio permita que el Proyecto Integral se desarrolle íntegramente.
En caso de que alguno de los insumos requeridos para llevar a cabo la asistencia técnica y la implementación de los informes desarrollados por el Contratista no se encuentren dentro de la información suministrada por el Convocante, el Proponente deberá anunciarlos y considerarlos en su propuesta económica.
También se debe tener en cuenta el área de influencia para el desarrollo del Proyecto Integral, incluyendo las modificaciones que se han realizado hasta la fecha, licencias, permisos ambientales y límites de dichos permisos.
El objeto del Contrato debe incluir el respectivo sustento y acompañamiento técnico – científico de las metodologías empleadas para desarrollar el objeto de los presentes Términos de Referencia y
sus respectivas conclusiones, para la presentación del respectivo asesoramiento técnico durante la ejecución y desarrollo del Proyecto Integral.
2.3. Entregables
2.3.1. Entregables en la Oferta
• Cronograma de ejecución de los trabajos.
• Organigrama, hojas de vida del personal propuesto para el Proyecto.
• Relación de personal profesional, especialista y técnico.
• Metodologías de trabajo para el desarrollo de las actividades requeridas para el alcance de la invitación. Esto de acuerdo a lo dispuesto en el proyecto así:
PROFESIONAL AGROPECUARIO I |
✓ 61 visitas, (1) Visita a cada productor para elaborar Diagnóstico productivo por predio del estado actual del cultivo de café, infraestructura instalada (Cosecha y Post Cosecha). (Elaborar formato de Diagnóstico Productivo) ✓ 61 visitas, (1) Visita a cada productor para fortalecer el componente técnico en manejo integral del cultivo de café, Cosecha, Postcosecha, BPA, MIPE. (Elaborar formato de seguimiento de indicadores productivos) ✓ 61 Visitas, (1) Visita a cada productor para medición y reconocimiento de indicadores productivos de cierre e indicaciones del manejo de infraestructura de secado. ✓ Elaboración y desarrollo de ficha ambiental para la revisión de cumplimiento de requisitos frente al uso, manejo y conservación del recurso hídrico en el beneficio del café ✓ Apoyo al monitoreo de actividades para el cumplimiento de metas e indicadores productivos del proyecto. ✓ (3) Capacitaciones en BPA del café, tipos de secaderos, % de humedad del grano, BPA en fase sostenimiento, beneficio, secado y trazabilidad e inocuidad del producto, Transferencia de tecnología en manejo y disposición final de subproductos del café y Transferencia de tecnología en manejo y conservación de la infraestructura de secado. (Grupos de 20 personas) Total 61 Productores ✓ (2) Talleres ambientales con temáticas Uso racional del agua y manejo integrado de residuos sólidos y líquidos durante el proceso de beneficio del café y Mantenimiento del sistema de tratamiento de aguas miel. (Grupos de 20 personas) Total 61 productores. |
• Informes periódicos y del Final a entregar en desarrollo del Proyecto.
2.3.2. Entregables del Contrato de Prestación de Servicios
• Informes de avance mensual de acuerdo con el programa de trabajo.
• Informe final que incluya: Antecedentes de la contratación, metodologías empleadas en desarrollo de los servicios, equipo de trabajo vinculado durante toda la ejecución del proyecto, diagnostico general de la asistencia técnica, diagnóstico específico de cada uno de los informes de avance mensual, cumplimiento del programa de trabajo, resultados de los trabajos realizados, recomendaciones de aspectos a tener en cuenta, y conclusiones generales y específicas de los trabajos realizados.
2.4. Personal mínimo
Dentro del recurso humano que el Proponente incluya para el desarrollo del objeto del presente estudio, se deberá contar como mínimo con:
• Un (1) profesional xx xxxxxxxx agropecuarias con experiencia general contada a partir de la obtención del título de 3 años, y con experiencia específica de 2 años en asesoría o asistencia técnica del cultivo de café.
2.5. Requisitos de disponibilidad del equipo y personal
Todos los equipos que el Proponente considere y anuncie en su oferta para la elaboración de la asistencia técnica acá pretendida, deberán estar disponibles para la realización de dichos análisis técnicos y científicos en el tiempo propuesto por el Proponente. Durante la ejecución de la asistencia técnica, los equipos del Contratista deben ser suficientes y adecuados para cumplir con las especificaciones y los requisitos del Contrato.
El personal del Contratista deberá mantenerse durante toda la ejecución del proyecto, en la disponibilidad establecida en estos Términos de Referencia, sin que sea posible la cesión del Contrato a un tercero, a menos que se cuente con la autorización previa y por escrito del Contratante, el cual sólo podrá otorgarla cuando así lo permita la ADR expresamente y por escrito. Si el Contratista deja de prestar sus servicios durante la ejecución del proyecto, el Contratante estará facultado para terminar unilateralmente el Contrato y hacer efectivas las sanciones y garantías establecidas en el Contrato.
2.6. Partes
Intervienen en la relación contractual Coagrobrisas Ltda. Como Contratante, y el Proponente que resulte favorecido con el Proceso de Contratación como Contratista.
2.7. Obligaciones del futuro contratista
Además de la prestación del servicio con las calidades y especificaciones descritas en los numerales 2.1., 2.2. y 2.3 de los Términos de Referencia, serán obligaciones del Contratista:
• Colaborar en el control de medidas tendientes a mitigar la emergencia sanitaria COVID- 19, de acuerdo con los lineamientos descritos por el Contratante en sus protocolos de Bioseguridad, dando cumplimiento a la legislación vigente que sobre este tema aplique.
• Dar cumplimiento a las disposiciones normativas legales vigentes en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo para todo el territorio colombiano (Decreto 1072-2015 y Resolución 0312-2019).
• Suministrar los materiales, elementos y equipos necesarios para la ejecución de las actividades objeto del contrato, con la calidad, oportunidad, especificaciones y alcance.
• Responder ante el Convocante y ante terceros por todos los daños y perjuicios que en la ejecución del Contrato se causen contra el Convocante o cualquier tercero, incluyendo sus bienes o propiedades y en especial, cuando obedezcan a su culpa, negligencia, descuido o al incumplimiento de las normas de seguridad, incluso cuando sean ocasionados por personas que tenga bajo su dependencia y cuidado.
• Ejecutar su trabajo cumpliendo con las especificaciones técnicas exigidas en el Proyecto Integral.
• Dar estricto cumplimiento a los requerimientos técnicos del Proyecto Integral.
• Realizar el suministro de todos los materiales e insumos necesarios para llevar a cabo las actividades objeto de su Oferta Vinculante y del Contrato que se celebre.
• Responder oportunamente los requerimientos del Contratante en relación con la ejecución de los trabajos objeto del Contrato.
• Realizar la entrega final de los servicios y obtener la aceptación por parte del Contratante.
• Constituir todas las pólizas de seguros requeridas por el Contratante de manera oportuna y presentar los comprobantes de pago de las primas respectivas.
• Disponer de un medio de comunicación permanente como celular o radioteléfono.
• Asumir cualquier multa o suma que deba cancelar el Convocante por Incumplimiento del objeto del contrato a suscribir que sea imputable al Futuro Contratista.
• El Futuro Contratista mantendrá indemne al Convocante y a la ADR, respecto de cualquier controversia que se pueda suscitar entre aquel y sus trabajadores, contratistas y/o terceros, con ocasión de la ejecución del contrato a suscribir.
• Apoyar al Convocante en la absolución de cualquier pregunta puntual que tenga la ADR o la interventoría del Proyecto Integral sobre cualquier materia relacionada con el futuro Contrato y los estudios a realizar.
• La información del Convocante o del personal vinculado a éste, que sea catalogada, anunciada o marcada como confidencial y que el Futuro Contratista llegue a conocer en virtud de este documento y/o el futuro contrato tendrá el carácter de confidencial, por tanto, el Proponente y/o Futuro Contratista se compromete a que ni él ni sus colaboradores revelarán, difundirán, comentarán, analizarán, evaluarán, copiarán o harán uso diferente del previsto en este documento y/o el futuro contrato, ni utilizarán dicha información para el ejercicio de su propia actividad, ni la duplicarán o compartirán con terceras personas. El Proponente y/o El Futuro Contratista se obliga a adoptar todas las medidas necesarias o convenientes para garantizar la reserva de la información a la que tenga acceso con ocasión de esta invitación y del Contrato, y que sea catalogada, anunciada o marcada como confidencial, comprometiéndose a que tales medidas o precauciones no serán, en ningún caso, menores a las que deba adquirir un profesional en el manejo de información
confidencial. La información confidencial que cualquiera de las partes llegue a conocer de la otra en virtud de este documento y/o el futuro Contrato se utilizará exclusivamente para los fines de este. Dicha información no será divulgada a terceros sin el consentimiento escrito de la otra parte, aún con posterioridad al cierre del proceso y/o la terminación del contrato futuro. Cualquier violación a esta disposición facultará a la parte afectada para ejercer las acciones a que haya lugar.
• Cumplir con la política de tratamiento de datos personales, el código de conducta y Manual del Sistema de Administración y Gestión del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) descritas en el Contrato, y el cumplimiento de la normatividad vigente y aplicable y demás políticas antifraude y anticorrupción establecidos por el estado colombiano y el Convocante, pudiéndose verificar su cumplimiento en cualquier momento.
• Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en este documento y en el futuro Contrato y sus anexos, y aquellas que por la naturaleza del acuerdo sean propias del presente negocio jurídico.
• Soportar ante el Convocante y ante las personas por este referidas e invitadas a las sesiones, con una periodicidad no mayor a mensual, los avances de los estudios y atender oportunamente sus inquietudes.
2.8. Constitución de garantías
Además de las obligaciones descritas en el numeral anterior, el Futuro Contratista deberá constituir una garantía con los amparos que se exponen a continuación:
x.
Xxxxxx de Cumplimiento: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y una vigencia igual a la del plazo del contrato y seis (6) meses más.
Disposiciones Generales en relación con las Garantías:
• El Contratista se obliga a constituir a su cargo exclusivo, por su cuenta y riesgo, con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y que sea aprobada por el Contratante, que se encuentre autorizada para operar el respectivo ramo, y a entregar al Contratante dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del Contrato, las pólizas de garantía y seguros que se indicaron anteriormente, junto con los recibos de pago de la prima de las mismas.
• El Contratante debe figurar como asegurado y beneficiario, y el tomador será el Contratista.
• Estas pólizas deberán ser otorgadas por entidades legalmente establecidas en Colombia y autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, reservándose el Contratante el derecho a calificar y aceptar la compañía emisora de la póliza y los términos de estas.
• El Contratista debe mantener en todo momento de duración del presente contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas y, en consecuencia, en el evento que se modifique el
Contrato, el Contratista deberá proceder a la actualización de estas como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.
• El Contratista se compromete a cancelar las primas y a ajustar a su costo la cuantía y/o vigencia de las garantías, cada vez que se produzca una modificación en el plazo del Contrato, o una suspensión temporal, o una disminución en el monto asegurado, debido a la aplicación de multas o al cobro de indemnizaciones, con el fin de mantener las cuantías porcentuales y las vigencias estipuladas.
• Cuando el Contratista se negare a constituir las garantías exigidas o a modificarlas en los términos que se señalen, el Contratante podrá dar por terminado el Contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna.
• El hecho de la constitución de las pólizas y garantías no exonera al Contratista de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
2.9. Oferta económica
El Proponente deberá presentar en su Oferta Vinculante la oferta económica para la ejecución de los trabajos indicados en el Objeto y Alcance del presente Proceso de Contratación.
Dicha Oferta Vinculante deberá presentarse con base en lo establecido en el Proyecto Integral, como precio global fijo, y deberá incluir todos los conceptos asociados a las tareas a contratar, los costos directos e indirectos en que incurrirá el Contratista por la ejecución de los trabajos, así como la utilidad, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y demás costos necesarios para el normal desarrollo de su Contrato. Es decir, todos los costos administrativos y tributarios necesarios para cumplir con la labor encomendada.
2.10. Valor del Contrato y Forma de Pago
Para efectos fiscales, el valor del presente contrato en pesos colombianos es de:
(i) UN (1) PROFESIONAL AGROPECUARIO I
VEINTE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SETENTA Y UN PESOS CON TREINTA
Y TRES CENTAVOS ($20.176.071,33) M/CTE, el cual se pagará de la siguiente forma: pago a mes vencido, a partir de la firma del acta de inicio, con pagos mensuales por valor de CUATRO MILLONES TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS CON
VEINTISEIS CENTAVOS ($4.035.214,26) M/CTE, una vez recibidos a satisfacción por Coagrobrisas los respectivos informes de cumplimiento del objeto contratado y sus soportes (Registros fotográficos, listados de asistencia y/o récord de visitas firmados por los beneficiarios).
Para hacer efectivos los pagos se debe presentar los siguientes documentos: cuenta de cobro o factura, pago de seguridad social (salud, pensión y ARL).
NOTA: La organización ejecutora realizará a cada pago las retenciones y descuentos tributarios xx xxx.
2.10.1. Requisitos mínimos de las facturas
El Futuro Contratista deberá presentar sus facturas cumpliendo con la normatividad colombiana aplicable según las disposiciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. Igualmente, deberá acompañar la factura con copia de pagos de la seguridad social del mes correspondiente a la factura presentada, además deberá acompañar la misma con un certificado que incluya el visto bueno del Contratante indicando que está al día en todas sus obligaciones.
2.11. Duración del contrato
El Futuro Contratista presentará en su oferta un cronograma de trabajo y de entrega del Informe Final el cual determinará el plazo de ejecución del Contrato, tiempo que se contará a partir de la firma del acta de inicio respectiva. El Futuro Contratista deberá tener en cuenta que el plazo para realizar los estudios objeto de esta invitación no puede superar los cinco (5) meses a partir de la suscripción del Acta de Inicio y previo cumplimiento de los requisitos legales, por lo que si se presenta un cronograma de trabajo que supere este plazo, la oferta será rechazada.
2.12. Alcance de los términos de referencia
La información contenida en este documento y sus anexos, sustituyen cualquier otra clase de información que el Convocante pudiera haber suministrado a los Proponentes o Interesados en el presente Proceso de Contratación.
El Proponente deberá examinar todas las instrucciones, condiciones específicas y toda clase de información suministrada por el Convocante para participar en el Proceso de Contratación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la Oferta Vinculante.
Los Términos de Referencia conservarán plena validez mientras no sea modificado expresamente por el Convocante.
En la Oferta Vinculante no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este documento so pena de rechazo de su oferta.
Si los Proponentes encontraren discrepancias u omisiones en los documentos del presente Proceso de Contratación o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer al Convocante dentro de los plazos establecidos en el cronograma del Proceso de Contratación adjunto al presente documento, de no presentarlas no podrán efectuar posteriormente reclamaciones con base en presuntos conceptos ambiguos o falta de claridad del Términos de Referencia.
2.13. Interpretación, aclaración y modificación de los términos de referencia
Este documento de Términos de Referencia debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general.
Con la presentación de la Oferta Vinculante, el Proponente manifiesta que estudió los Términos de Referencia y todos los documentos del presente Proceso de Contratación, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de las actividades, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su Oferta Vinculante de manera libre, seria, precisa y coherente.
Declara asimismo el Proponente que conoce y ha estudiado el Proyecto Integral y que presentó su Oferta Vinculante teniendo en cuenta el contenido y obligaciones que dichos contratos imponen.
Todos los documentos del Proceso de Contratación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el Proponente haga de lo establecido en estos Términos de Referencia serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Convocante no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el Proponente y que puedan incidir en la elaboración de su Oferta Vinculante.
Ninguna aclaración o respuesta verbal podrá afectar los términos y condiciones del presente documento y sus efectos serán meramente interpretativos.
El hecho de que el Proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto del presente Proceso de Contratación, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.
Cualquier modificación que se realice al presente documento, se realizará por escrito y será notificada por el Convocante a los Proponentes y/o Interesados en el presente Proceso de Contratación.
Los Términos de Referencia y las modificaciones se complementan entre sí. Cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para las condiciones del proceso. La información presentada en las aclaraciones y/o observaciones de los Términos de Referencia debe entenderse como la explicación y/o interpretación de los mismos por parte del Convocante, salvo en aquellos casos en los cuales la información presentada sobre las aclaraciones y/u observaciones anuncie modificaciones a los Términos de Referencia, circunstancia que será vinculante para el Futuro contratista. Con la expedición de las modificaciones se entienden modificadas todas las disposiciones que le sean contrarias.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido de los Términos de Referencia y su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Ofertas Vinculantes.
2.14. Sujeción a otros contratos
El Proponente deberá cumplir con todas las disposiciones del Proyecto Integral y los documentos que lo integran y deberá garantizar en la Propuesta y en la ejecución del Contrato que no se incumplan. Cualquier acción o actividad del Futuro Contratista que conlleve un incumplimiento del Convocante (o de otro contratista del Convocante) se considerará un incumplimiento del Contrato. En ese orden de ideas, la Propuesta que xxxxxxx el Proponente deberá tener en cuenta las disposiciones aplicables al Proyecto Integral y garantizar su cumplimiento.
La ejecución del Contrato estará sujeta a la efectiva ejecución del Proyecto Integral. Por lo tanto, los actos que dispongan u ordenen la modificación, suspensión, terminación o liquidación del Proyecto Integral implicarán que el Contrato sea modificado, suspendido, terminado o liquidado, mediante el o los actos correspondientes. El Proponente acepta que algunas condiciones de la Propuesta pueden ser modificadas en la medida que se modifique el Proyecto Integral. Durante todo el término de ejecución del Contrato sus disposiciones se deberán acoger a lo dispuesto en el Proyecto Integral. El Proponente deberá atender las observaciones de la Interventoría del Proyecto Integral que tengan relación con sus obligaciones y actividades.
CAPÍTULO III.
TÉRMINOS GENERALES DE LA SELECCIÓN DE LA OFERTA
3.1. Reglas generales de la selección
El Convocante calificará únicamente los Proponentes que hayan resultado HÁBILES en todos los Requisitos Habilitantes establecidos en los numerales siguientes de los presentes Términos de Referencia. Posteriormente, las propuestas HÁBILES se calificarán con los puntajes obtenidos por cada Proponente de acuerdo con las reglas establecidas en estos Términos de Referencia. Finalmente, el Convocante decidirá a cuál Proponente adjudicará el Contrato, teniendo en cuenta la propuesta HÁBIL que más puntos obtenga.
La adjudicación del Contrato se hará al Proponente con mayor puntaje por cada cargo objeto de la asistencia técnica, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.3 subsiguiente de los presentes Términos de Referencia, pudiendo este durante el término de vigencia de las Ofertas recibidas, declarar desierto el proceso, sin que para ello tenga que dar explicación ni efectuar reconocimiento alguno a los Proponentes.
La adjudicación será comunicada por escrito al o los participantes(s) cuya(s) oferta(s) satisfaga(n) mejor las exigencias del Convocante. Junto con la mencionada carta de adjudicación se le hará entrega del Contrato y del instructivo de legalización. A partir de esa fecha, el Proponente adjudicatario contará con cinco (5) días hábiles para la legalización del Contrato y la presentación de las respectivas garantías.
Cumplido el plazo de los cinco (5) días hábiles sin que haya tenido lugar la legalización del Contrato, el Convocante entenderá que no existe interés en celebrar el contrato, razón por la cual procederá a adjudicar dentro de los diez (10) días calendario siguientes al Proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando la Oferta se ajuste íntegramente a los Términos de Referencia y sea favorable para el Convocante.
Si el Proponente seleccionado no suscribiere el contrato correspondiente dentro del plazo fijado, el Contratante podrá iniciar las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados.
El Convocante, a su discreción, podrá suspender el Proceso de Contratación y continuar la búsqueda de un Proponente, si ninguna de las ofertas presentadas satisface la necesidad con la que se cuenta. De igual forma podrá dar por terminado el Proceso de Contratación para lo cual dará aviso a los Interesados y Proponentes.
3.2. Criterios Habilitantes y de Calificación
Cada uno de los componentes de la Oferta Vinculante será evaluados de acuerdo con los siguientes criterios: (i) requisitos habilitantes, que otorgarán una calificación de admisión o rechazo, y (ii) los criterios de calificación, los cuales otorgarán un puntaje máximo de seiscientos (600) puntos. Conforme al puntaje de cada uno de los Proponentes que hayan resultado admisibles en los requisitos habilitantes se establecerá el orden de elegibilidad.
ASPECTO | CALIFICACIÓN |
Requisitos habilitantes | Admisión / Rechazo |
Experiencia del Proponente | 400 puntos |
Oferta Económica | 200 puntos |
TOTAL OFERTA | 600 PUNTOS |
3.2.1. Requisitos Habilitantes (No susceptibles de ponderación)
Esta evaluación tiene por objeto el estudio de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley y por el Convocante para la validez y existencia de la Oferta Vinculante y demás requisitos habilitantes.
La evaluación de estos aspectos no tiene ningún puntaje, pero determina la admisión o rechazo de la Oferta Vinculante.
3.2.2. Experiencia del Proponente (Susceptibles de ponderación)
Esta evaluación tiene por objeto el estudio de la documentación técnica para verificar el cumplimiento de los requisitos de experiencia del Proponente, y tendrá una asignación máxima de 400 puntos, conforme se detalla en el numeral 3.4.1 siguiente de estos Términos de Referencia.
3.2.3. Aspectos económicos (Susceptible de ponderación)
Esta evaluación tiene por objeto verificar el valor de la oferta económica, la cual deberá incluir todos los costos directos e indirectos del proceso junto con los riesgos y administración de los mismos y tendrá una asignación de 200 puntos.
3.3. Requisitos habilitantes
El Proponente que no cumpla estos requisitos, no será objeto de puntuación en el Proceso de Contratación.
REQUISITO | CONDICIÓN DE HABILIDAD |
Capacidad jurídica. | Hábil / No hábil |
Declaración de no encontrarse en listas restrictivas.1 | Hábil / No hábil |
Descripción de la metodología a utilizar en el desarrollo de los estudios solicitados.2 | Hábil / No hábil |
Lo anterior sin perjuicio de la libertad que tiene el Convocante de continuar la búsqueda de un Futuro Contratista, si ninguna de las ofertas presentadas le satisfacen.
3.3.1. Capacidad jurídica
1 Lista OFAC, Lista de personas designadas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Lista del Consejo de Seguridad Nacional de Colombia, Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de Colombia.
2 Indispensable su inclusión en la oferta. De ser necesario se solicitarán mayores detalles durante la evaluación y el Proponente deberá estar disponible para atender las inquietudes y dar las explicaciones técnicas solicitadas
El proponente deberá acreditar los requisitos de capacidad jurídica que se relacionarán en adelante, que se refieren a la capacidad para la presentación de la Oferta, así como para la celebración y ejecución del Contrato. Podrán presentar Oferta y ejecutar el Contrato personas naturales.
Bajo ninguna circunstancia se le puede otorgar el Contrato a un Proponente si se presenta alguna de las siguientes circunstancias:
(a) El Proponente ha sido incluido como organización terrorista por las Naciones Unidas u otras organizaciones internacionales públicas;
(b) El Proponente ha sido incluido en una lista negra o en una lista excluida de una Organización Internacional Pública o de una Organización de Gobierno local.
(c) El Proponente no coopera con el Convocante si este considera necesario realizar una revisión de ética y de cumplimiento.
3.3.1.1. Carta de presentación de la Oferta Vinculante.
Se elaborará a partir del modelo suministrado en el Formato No. 1, modelo de carta de presentación, la cual deberá ser suscrita por el Proponente.
En el formato de carta de presentación de la Oferta Vinculante es indispensable incluir el número de teléfono, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que el Convocante surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
Con la carta de presentación de la Oferta Vinculante se entiende presentada la declaración juramentada por parte del Proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del Contrato, así como el origen licito de los recursos destinados a la ejecución del Contrato.
3.3.1.2. Registro Único Tributario (RUT).
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, actualizado (Fecha de impresión no mayor a 30 días calendario) y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento, o el RUT de la respectiva forma asociativa.
3.3.1.3. Proponentes.
Para la formalización de una relación comercial con el Contratante, el Proponente se compromete y se obliga a acreditar en todo momento:
• La capacidad jurídica para la presentación de la Oferta Vinculante.
• La capacidad jurídica para la celebración y ejecución del Contrato.
• No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, las Leyes 1150 de 2007, 1474 de 2011, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 y demás disposiciones legales vigentes que establezcan inhabilidades e incompatibilidades para contratar con entidades estatales o con el Convocante.
• Aportar copia del documento de identidad de quien suscribe la Oferta Vinculante o de su representante.
3.3.1.4. Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales
Se debe certificar el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), de manera mensual.
Dicha certificación debe constar en un documento que debe indicar que a la fecha de presentación de su Oferta Vinculante ha realizado el pago de los aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos).
3.3.1.5. Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad -SIRI- de la Procuraduría General de la Nación.
El Proponente y su Representante Legal no pueden estar inhabilitados para contratar con el Estado, según el certificado xxx XXXX expedido por la Procuraduría General de la Nación o su equivalente, el cual será aportado por el Proponente y corroborado por el Convocante.
3.3.1.6. Antecedentes fiscales y judiciales.
El Proponente y su Representante Legal no podrán estar reportados al momento del cierre del Proceso de Contratación y para la suscripción del Contrato en el Boletín de Responsables Fiscales y/o antecedentes judiciales de la Policía Nacional o sus equivalentes. El Proponente debe aportar los respectivos certificados y el Convocante verificará esta circunstancia.
El Proponente deberá certificar que no se encuentra en listas restrictivas, como la Lista OFAC, Lista de personas designadas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Lista del Consejo de Seguridad Nacional de Colombia, Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de Colombia.
3.3.2. Descripción de la metodología a implementar para realizar los estudios
La descripción de la metodología para desarrollar los estudios será factor de evaluación más no de asignación de puntos.
Esta metodología debe explicar los siguientes aspectos, como mínimo, sin perjuicio de las solicitudes y aclaraciones que sobre el particular realiza el Convocante, luego de presentada la Oferta Vinculante:
• Experiencia profesional del Proponente, indicando títulos profesionales y trayectoria como profesional o técnico independiente o contratado por terceros.
• Descripción de las zonas y áreas donde ha desempeñado su trayectoria profesional, enfocada primordialmente en el área del Huila.
• Lugar de residencia en los últimos cinco (5) años.
• Proyectos de investigación relacionados con el cultivo de café y la implementación de nuevas tecnologías.
3.4. Requisitos puntuables
Esta evaluación tiene por objeto el estudio de la documentación técnica para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Experiencia del Proponente y la Oferta Económica, la cual tendrá una asignación máxima de 600 puntos, cuyo desglose se relaciona en el punto 3.2. Criterios de Calificación.
3.4.1. Experiencia del Proponente
Los proponentes deberán acreditar mínimo (2) dos años de experiencia Específica. En este criterio se asignará un máximo de cuatrocientos (400) puntos, de acuerdo con las siguientes reglas:
(i) Se presentará una Propuesta por cada cargo establecido en el numeral 2.4 de estos Términos de Referencia.
(ii) El cargo a adjudicar, de acuerdo con el personal establecido en el numeral 2.4 de estos Términos de Referencia, tendrá un puntaje de cuatrocientos (400) puntos, de acuerdo con las tablas que se determinan a continuación:
(a) UN (1) PROFESIONAL AGROPECUARIO I
PROFESIONAL AGROPECUARIO I | ||
CRITERIOS | CALIFICACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO |
FORMACIÓN | ||
Profesional en carreras agropecuarias | Estudios adicionales o complementarios en ciencias agronómicas o agropecuarias y afines (Postgrado): 100 puntos. | 100 |
EXPERIENCIA GENERAL | ||
Experiencia General contada a partir de la obtención del Título de Pregrado. | De más de 3 años a 5 años | 50 |
De 5 años en adelante | 100 | |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA | ||
Experiencia específica adicional en asesoría o asistencia técnica del cultivo de café.3 | De más de dos años a 3 años | 100 |
Más de 3 años | 200 | |
TOTALES | 400 |
3 La experiencia específica debe ser adicional a la presentada como experiencia específica habilitante.
La experiencia que debe presentar el Proponente debe corresponder al alcance de la presente invitación, es decir, asistencia técnica para la realización de procesos de Cosecha y Post-Cosecha de Café.
No se podrán acreditar contratos en los que se hubiere hecho efectivo cualquiera de los amparos de la garantía de cumplimiento (o equivalente) que garantice la ejecución de las obligaciones del Futuro Contratista.
Para la acreditación de cada uno de los contratos exigidos para la experiencia específica, el Proponente deberá demostrar, por medio de la presentación de la siguiente información:
• Número del contrato, cuando aplique.
• Nombre del Contratista.
• Objeto del contrato.
• Plazo de ejecución del contrato.
• Fecha de inicio del contrato (indicando, día, mes y año).
• Fecha de terminación del contrato (indicando, día, mes y año).
• Fechas de suspensión si a ello hubo lugar.
• Soporte de liquidación del contrato si aplica.
Se podrán presentar mínimo dos (2) contratos y máximo cinco (5) contratos para acreditar experiencia específica. En el caso de que el Anexo 3 establezca más de cinco (5) contratos, sólo se tendrán en cuenta los primeros cinco (5) presentados.
La experiencia a la que se refiere este numeral deberá ser acreditada mediante la presentación del Anexo 3 Experiencia especifica del Proponente y la entrega de los siguientes documentos: la certificación emitida por el contratante que indique constancia de ejecución (terminado o si está en proceso porción de avance) y cumplimiento del mismo en la que conste que el mismo ha sido ejecutado a satisfacción, para lo cual se deberá aportar (cuando aplique) copia del Acta Final de Recibo de los trabajos o Acta de Liquidación del/los Contratos.
3.4.2. Propuesta económica
El valor de la oferta económica deberá incluir todos los costos directos e indirectos del presente proceso y los riesgos y administración de los mismos.
El puntaje para para la Propuesta Económica será de doscientos (200) puntos, en virtud de lo cual cada Proponente deberá presentar el Anexo No. 4 debidamente diligenciado y firmado.
La forma en que se asignará este puntaje será la siguiente:
(i) Si la Oferta Económica se presenta por un valor menor al establecido en el numeral 2.10 de estos Términos de Referencia, la Propuesta será rechazada.
(ii) Si la Oferta Económica se presenta por un valor igual al establecido en el numeral 2.10 de estos Términos de Referencia, la calificación de la Propuesta Económica será de doscientos
(200) puntos.
(iii) Si la Oferta Económica se presenta por un valor superior al establecido en el numeral 2.10 de estos Términos de Referencia, la Propuesta será rechazada.
3.5. Causales de Rechazo de la Oferta
En adición a otras causas previstas por la ley, Coagrobrisas rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que:
• Presenten propuestas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el Cronograma;
• Cuando se verifique que los documentos contenidos en las propuestas o la información que en ella reposa no se ajustan a la realidad;
• Cuando la propuesta omita un documento esencial, exigido en esta invitación;
• Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes.
• Cuando no se incluya la propuesta económica para el proceso, este documento no se encuentre firmado o se presente por un valor superior al establecido en el numeral 2.10 de estos Términos de Referencia.
• Que cualquiera de los oferentes reciba o haya recibido alguna subvención directa o indirecta de los demás oferentes.
• Que el Oferente tenga una relación entre sí, directa o a través de terceros comunes con la Entidad Contratante que le coloque en una posición de acceso a información relativa a la Oferta de otro proponente o de influencia sobre dicha Oferta de otro proponente, en el marco de este mismo proceso
• Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso, o
3.4. DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
Coagrobrisas declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros, de experiencia, de idoneidad, etc. previstos en la invitación e identificados como requisitos habilitantes; (c) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) Si las ofertas superan el valor presupuestado en el proyecto para esta contratación; e) Se presenten los demás casos enunciados en esta invitación.
Si una vez realizado el cierre del proceso y/o evaluación, no se advierte el recibo de ninguna propuesta o que no cumplan con los requisitos establecidos en los TDR al día siguiente se ampliará
la convocatoria por cinco (5) días adicionales, en caso de persistir la situación el proceso deberá declararse desierto.
3.5. Informe Evaluativo:
Las ofertas serán evaluadas por El Comité Técnico de Gestión Local CTGL, quien decidirá sobre su aceptación, rechazo y calificación de las propuestas y podrá incluso declarar desierta la invitación, conforme a lo previsto en esta invitación.
Las ofertas evaluadas serán únicamente aquellas que cumplan los requisitos mínimos habilitantes.
El CTGL establecerá el orden de elegibilidad de los proponentes, según la asignación de puntajes de acuerdo con los factores de selección.
Coagrobrisas comunicara a los oferentes el resultado final del proceso de evaluación.
CAPÍTULO IV. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
4.1. Comunicaciones
Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, a cualquiera de las siguientes direcciones:
Dirección: | Km. 1 Vía La Plata, Barrio Vereda Chorritos, El Pital – Huila. |
Correo Electrónico: |
Todas las comunicaciones deberán contener: (i) la referencia al presente Proceso de Contratación;
(ii) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (iii) identificación de los anexos presentados con la comunicación.
Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Convocante solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda y dentro de los plazos establecidos en el cronograma del Proceso de Contratación adjunto al presente pliego. El Convocante debe responder las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde, siempre que lo considere pertinente. Al silencio del Convocante no podrá dársele ningún efecto jurídico.
4.2. Fecha y lugar de presentación de la Oferta
Las Propuestas deberán ser entregadas en medio digital o medio físico con un archivo descriptivo que enumere la información enviada, con el mismo se debe poder corroborar el recibido del total de la información.
FECHA Y HORA MÁXIMA DE ENTREGA DE LAS OFERTAS: Desde el 4 xx xxxxxx de 2023 a las 9:00 hasta el 11 xx xxxxxx de 2023 a las 17:00
La presentación de ofertas por medio digital deberá enviarse a los siguientes correos electrónicos:
La presentación de la oferta en medio físico deberá realizarse en la siguiente dirección:
• Km. 1 Vía La Plata, Barrio Vereda Chorritos, El Pital – Huila
La Propuesta que se haga llegar en un lugar distinto y que no sea entregada en las condiciones solicitadas y hora señalada para el cierre, se entenderá por no presentada para el presente proceso por ser extemporánea y la misma será rechazada.
4.3. Costos de participación
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del Proceso de Contratación, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de la
Oferta Vinculante, la presentación de observaciones a las mismas, así como cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los Interesados y Proponentes. Ni el Convocante ni la ADR, serán responsables en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del Proceso de Contratación.
4.4. Idioma y documentos expedidos en el extranjero
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en idioma castellano. La Oferta Vinculante y sus anexos deben ser presentados en idioma castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes deben ser presentados en idioma castellano. Los documentos soporte del desarrollo de las labores o documentos entregables deben ser presentados en idioma castellano.
Si el documento aportado requiere de convalidación u homologación de acuerdo con las normas colombianas se deberá cumplir este requisito.
4.5. Reserva en documentos
Si en la Oferta Vinculante se incluyen documentos que conforme a la ley colombiana tienen el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las Ofertas Vinculantes, el Convocante se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, el Convocante, sus empleados, contratistas y asesores estarán obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el Proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, el Convocante no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de las mismas.
Se deberá adjuntar una carta que indique si en la Oferta Vinculante se incluyen documentos sujetos a reserva, así como la normatividad en la que se sustenta la misma.
4.6. Documentos que se deben anexar a la propuesta
• Documento 1. Carta de presentación de la propuesta en el Anexo No. 1.
• Documento 2. Anexo No. 3 Formato Relación Formación Y Experiencia y soportes (Certificados de experiencia en un solo archivo tipo .pdf organizados en orden cronológico)
• Documento 3. Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad -SIRI- de la Procuraduría General de la Nación del Proponente y Representante Legal.
• Documento 4. Certificado de antecedentes judiciales del Representante Legal, emitido por Policía Nacional de Colombia.
• Documento 5. Certificado de antecedentes fiscales del Proponente y Representante Legal, emitido por la Contraloría General de la República.
• Documento 6. Certificado de Medidas Correctivas
• Documento 7. Certificado Compromiso Anticorrupción Anexo 2.
• Documento 8. Anexar cronograma detallado, con las fechas y descripción de la metodología a utilizar en el desarrollo de los estudios solicitados.
• Documento 9. Propuesta económica en pesos colombianos COP Anexo 4.
• Documento 10. Fotocopia de la identificación del representante legal, cuando aplique.
• Documento 11. Registro Único Tributario.
• Documento 12. Libreta Militar (Si Aplica)
• Documento 13. Certificado de Vigencia de Tarjeta Profesional
• Documento 14. Copia de la Tarjeta Profesional (Si aplica)
• Documento 15. Certificados de afiliación a salud, y pensión
La oferta deberá entregarse en el orden mencionado, en archivos por separado y debidamente nombrados.
4.7. Impuestos, tasas y contribuciones
Al formular la Oferta Vinculante, el Proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el Contrato y las actividades que de él se deriven.
Para efectos de la retención en la fuente a título xx xxxxx, el Contratante procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente y en caso de que no haya lugar a ello, el Proponente deberá indicar la norma que lo excluye o le otorga la exención.
4.8. Información inexacta
El Convocante se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, veracidad, exactitud y coherencia de la información aportada por los Proponentes, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades de donde proviene la información.
Cuando exista inconsistencia relevante a juicio del Convocante, entre la información suministrada por los Proponentes y la efectivamente obtenida o suministrada al Convocante por la fuente de donde proviene la información, la misma no se tendrá en cuenta, sin perjuicio de las acciones que adelante el Convocante para poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes.
4.9. Retiro o modificación de la Oferta
Después de la fecha de entrega de la Propuesta al Convocante esta no podrá ser retirada por parte del Proponente.
Con la presentación de la Oferta, el Proponente acepta todas las condiciones establecidas en estos Términos de Referencia y entiende que este hace parte integral del Contrato que se suscriba.
4.10. Cesión del Contrato
El Contrato que resulte de la adjudicación de este proceso de selección es Intuito Personae, por lo tanto, el Futuro Contratista no podrá ceder el contrato a persona natural o jurídica, nacional o extranjera, sin la aprobación previa y expresa del Convocante, el cual puede negarla en cualquier momento sin necesidad de justificarla.
El Futuro Contratista no podrá subcontratar la ejecución del presente contrato o parte de él, sin la aprobación previa y escrita del Convocante. En los subcontratos se hará constar que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de este contrato y bajo la exclusiva responsabilidad del Futuro Contratita.
4.11. Cronograma
El cronograma correspondiente a la presente Convocatoria Privada está conformado por las siguientes actividades y fechas:
⮚ Publicación de la invitación: 31 de julio de 2023 a las 00:00
⮚ Ciclo de preguntas 1 xx xxxxxx de 2023 a 2 xx xxxxxx de 2023
⮚ y Respuestas: 3 xx xxxxxx de 2023
⮚ Presentación de la oferta: Desde el 4 xx xxxxxx de 2023 a las 9:00 hasta el 11 xx xxxxxx de 2023 a las 17:00
⮚ Evaluación de las ofertas: 18 xx xxxxxx de 2023
⮚ Adjudicación: 25 xx xxxxxx de 2023
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX
Gerente General COAGROBRISAS LIMITADA NIT 813.011.456-1
ANEXOS
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha
Señores
COAGROBRISAS
xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx Pital - Huila
Asunto: Proceso de selección de una Oferta Vinculante para la contratación, bajo la modalidad de precio global fijo sin formula de reajuste, de la asistencia técnica con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila, de acuerdo con los documentos y anexos del Proyecto Integral. – Cargo al que aplico [Diligenciar el cargo al cual aplica INGENIERO AGROPECUARIO I / INGENIERO AGROPECUARIO II / PROFESIONAL SOCIOEMPRESARIAL]
Estimados señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente], presento Oferta para el Proceso de la referencia y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí de COAGROBRISAS respuesta oportuna a cada una de las solicitudes o no presente las mismas.
2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el CONTRATO si la oferta resulta aceptada.
3. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas de la invitación respectiva
4. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
5. Que la oferta económica adjunta (Anexo 4) fue elaborada teniendo en cuenta todas las variables del presupuesto y demás gastos, costos, derechos, impuestos, tasas, y contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del CONTRATO y que, en consecuencia, de ser aceptada mi propuesta no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
6. Que en caso de que se acepte mi oferta, suscribiré el CONTRATO en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
7. Que en caso de sea aceptada mi oferta, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
8. Para la ejecución del contrato ofreceré el personal mínimo requerido con el perfil y la experiencia prevista en los presentes pliegos.
9. Que manifiesto que el Proponente está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
10. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
11. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección:
Persona de contacto | (nombre) |
Dirección | |
Teléfono Fijo | |
Celular numero | |
Correo electrónico |
Firma del representante legal del proponente Nombre de quien firma
Identificación de quien firma Nombre del proponente
NIT del proponente
ANEXO 2. FORMATO COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Pital, de de 2022
Señores
COAGROBRISAS
E. S. D.
Ref.: Proceso de selección de una Oferta Vinculante para la contratación, bajo la modalidad de precio global fijo sin formula de reajuste, de la asistencia técnica con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila, de acuerdo con los documentos y anexos del Proyecto Integral.
[Nombre del representante legal], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en micalidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de COAGROBRISAS para fortalecer la transparencia y la lucha contra la corrupción.
2. No estamos en causal de inhabilidad, incompatibilidad ni conflicto de interés alguno para celebrar el CONTRATO objeto del Proceso de Contratación de la referencia
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación de la referencia.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación referido nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
En constancia de lo anterior firmo este documento a los días del mes de de 2022.
Firma del representante legal del proponente
Nombre de quien firma Identificación de quien firma Cargo: [Insertar información] Nombre proponente
NIT proponente
ANEXO 3. FORMATO RELACIÓN FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
No . | CARGO AL QUE APLICA | NOMBRE | DOCUMENTO IDENTIFICACI ON | FORMACIÓN ACADEMICA | OBJETO DEL CONTRATO | NOMBRE DE LA ENTIDAD | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZACIÓN | ALCANCE DE ACTIVIDAD ES |
1 | |||||||||
2 | |||||||||
3 |
Notas:
1. Deben anexarse los soportes de formación educativa y experiencia específica de cada una de las personas relacionadas en este formato.
ANEXO 4. PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
Ciudad y fecha Señores COAGROBRISAS
xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx Pital – Huila
Asunto: Proceso de selección de una Oferta Vinculante para la contratación, bajo la modalidad de precio global fijo sin formula de reajuste, de la asistencia técnica con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila, de acuerdo con los documentos y anexos del Proyecto Integral.
Estimados señores:
El Proponente manifiesta
que el valor de la Propuesta Económica incluye todos y cada uno de los Ítems con las Especificaciones Mínimas Técnicas Requeridas en los Términos de Referencia para la Contratación del Servicio de Extensión Agropecuaria bajo los métodos de extensión allí descritos, en el marco de la ejecución del proyecto “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”.
ITEM | BIEN O SERVICIO | UNIDAD | CANTIDAD | CARACTERISTICAS DE LA OFERTA | VALOR UNIDAD ANTES DE IVA | IVA (%) | VALOR UNIDAD IVA INCLUIDO | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
VALOR TOTAL SIN VIA | - | |||||||
VALOR IVA | ||||||||
VALOR TOTAL | - |
Firma del Representante del Proponente Nombre: [Insertar información]
Documento de Identidad: [Insertar información] Proponente:
NIT proponente
CONTRATO PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA INTEGRAL CON EL FIN DE FORTALECER EL PROCESO DE SECADO DE CAFÉ DE LOS PRODUCTORES DE CUATRO ORGANIZACIONES DEL MUNICIPIO DE EL PITAL, HUILA
PARTES | |||
CONTRATANTE | CONTRATISTA | ||
Nombre: | COAGROBRISAS LIMITADA | Nombre: | [●] |
NIT: | 813.011.456-1 | [NIT]: | [●] |
R. Legal: | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | R. Legal: | [●] |
Cédula: | 12.199.572 xx Xxxxxx | Cédula: | [●] |
RESPONSABLES DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO | |||
CONTRATANTE: | CONTRATISTA | ||
Nombre: | [●] | Nombre: | [●] |
Teléfono: | [●] | Teléfono: | [●] |
E - Mail: | [●] | E - Mail: | [●] |
Dirección: | [●] | Dirección: | [●] |
Objeto: | Llevar a cabo la Asistencia Técnica Integral con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila, y que son: Coagrobrisas Limitada, Amigos del Pital, Grupo Asociativo Intercafe del Pital Huila, y Asociación de Mujeres Cafeteras Serranía de las Minas del Municipio del Pital Huila, y de acuerdo con la cofinanciación del Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial radicado con el No. 20206000081201, identificado con BP No. 3274 denominado “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”, de tipo Asociativo, con el cual se benefician de forma directa a ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores, de los cuales nueve (9) ostentan la calidad de víctimas, de acuerdo al Certificado UARIV, ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, pertenecientes a la Organización. | ||
Plazo para Ejecución: | Cinco (5) meses | Fecha de Suscripción: | [●] |
CONSIDERACIONES:
Precio del Contrato | [●] PESOS M/CTE ($[●]), IVA INCLUIDO. |
1. Que, en aras de promover el desarrollo rural con enfoque territorial, la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 – Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, establece que el Plan Nacional de Desarrollo está compuesto por objetivos de política pública denominados pactos, concepto que refleja la importancia del aporte de todas las facetas de la sociedad en la construcción de una Colombia equitativa, fundada en el crecimiento y desarrollo del sector agropecuario y rural.
2. Que, mediante el Acuerdo No. 004 del 12 xx xxxxx de 2019, se adoptaron los criterios para la asignación y distribución de recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (los “PIDAR”) para el periodo 2019- 2022.
3. Que el Consejo Directivo de la ADR expidió el Acuerdo No. 010 del 19 de diciembre de 2019 “Por el cual se adopta el reglamento para los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (PIDAR) y se dictan otras disposiciones”, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por el Acuerdo No. 008 de 2022.
4. Que, según lo definido en el numeral 4.3 del mencionado Reglamento, los PIDAR se categorizan como Proyectos Estratégicos Nacionales, Proyectos de Iniciativa Territorial y Proyectos de Iniciativa Asociativa.
5. Que en el numeral 4.3.3 del Reglamento, se definen los Proyectos de Iniciativa Asociativa, así:
“Son aquellos presentados por Organizaciones Sociales, Comunitarias y Productivas Rurales, que permiten fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales que conforman dichas organizaciones.
Estos proyectos deben estar articulados con los lineamientos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y estar enmarcados en uno o varios de los instrumentos de planificación y política pública territorial tales como: los Planes Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial -PIDARET-, Planes Departamentales de Ordenamiento Productivo y Social de la Propiedad, Planes de Extensión Agropecuaria -PDEA-, Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET-, Plan Nacional Integral de Sustitución (PNIS) cuando exista, el Plan de Ordenamiento Territorial, el Esquema de Ordenamiento Territorial, el Plan de Vida o Etnodesarrollo, cuando exista o haya lugar, y con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Estratégico Metropolitano de Ordenamiento Territorial, entre otros.”
6. Que el Consejo Directivo de la ADR, expidió el Acuerdo No. 002 del 14 de febrero de 2022 “Por el cual se aprueba la asignación y distribución anual de los recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial para la vigencia 2022”, por medio del cual se asignó el 50% de los recursos de la vigencia presupuestal a la Bolsa Territorial y Asociativa, a través de la que se cofinancian los PIDAR de Iniciativa Territoriales y Asociativos.
7. Que el Consejo Directivo de la ADR, expidió el Acuerdo No. 005 del 11 xx xxxxx de 2022 “Por el cual se definen los criterios de calificación y priorización de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR para la vigencia 2022”, en el que se definieron los criterios de calificación y priorización para los proyectos, otorgando mayor puntuación a aquellas propuestas que hagan esfuerzos por lograr elementos diferenciadores.
8. Que la vicepresidencia de Integración Productiva expidió el “Procedimiento: Estructuración de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural” – PR-EFP- 001, el cual define la ruta para la estructuración de los PIDAR estratégicos nacionales, de iniciativa territorial y asociativa, que hayan superado la etapa de diagnóstico en el marco de lo señalado en el Reglamento para la estructuración, aprobación y ejecución de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial, adoptado mediante el Acuerdo No. 010 de 2019, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por el Acuerdo No. 008 de 2022.
9. Que mediante radicado No. 20206000081201 de fecha 23 de julio de 2020, la Asociación Coagrobrisas presentó ante la ADR una iniciativa, la cual fue registrada por parte de la Vicepresidencia de Integración Productiva en el Banco de Proyectos – “Información Iniciativa o Proyecto”, identificado con No. 3274 denominado: “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”.
10. Que la Vicepresidencia de la Integración Productiva, tipificó el PIDAR de manera asociativa, teniendo en cuenta que, con la consolidación del proyecto en la zona y el fortalecimiento tanto de los beneficiarios y sus familias, como de su organización, se promueve el trabajo asociativo, de tal forma que se garantice el mejoramiento de las condiciones de vida de los beneficiarios, el fortalecimiento organizacional y la promoción del trabajo asociativo.
11. Que la Vicepresidencia de Integración Productiva estructuró el Proyecto, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el “Reglamento para estructuración y aprobación y ejecución de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial” adoptado mediante el Acuerdo No. 010 de 2019, el cual fue modificado mediante los Acuerdos No. 004 de 2020, No. 011 de 2020, No. 009 de 2021 y No. 011 de 2021 y adicionado por el Acuerdo No. 008 de 2022, y en observancia del procedimiento establecido para el efecto por la ADR.
12. Que a través de la cofinanciación del Proyecto se beneficiará de manera directa a 121 productores ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, así:
Beneficiarios Directos | Mujeres Rurales | Jóvenes Rurales | Víctimas | Beneficiarios Indirectos | Hectáreas Intervenidas |
121 | 38 | 4 | 9 | 269 | 181,5 |
13. Que los beneficiarios directivos de este proyecto son ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores rurales; tal como se establece en el cruce emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, información soportada en el formato F-EFP-
001 certificación y autorización de potenciales beneficiarios y el formato F-EFP-002 caracterización de población beneficiaria disponible en el expediente del Proyecto.
14. Que la Vicepresidencia de Integración Productiva teniendo en cuenta las características estructurales del Proyecto, precisó que se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos generales definidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para la asignación y distribución anual de los recursos de la ADR, contenidos en el Acuerdo No. 004 de 2019, bajo el lineamiento Asistencia Técnica y Extensión.
15. Que el 24 xx xxxx de 2022, el Proyecto ingresó a la Dirección de Calificación y Financiación de la Vicepresidencia de Proyectos, para su correspondiente evaluación y calificación.
16. Que, con base en el mencionado procedimiento, la Dirección de Calificación y Financiación emitió el Concepto de Evaluación del PIDAR de fecha 27 xx xxxx de 2022, indicando que es viable.
17. Que, en cumplimiento de lo señalado en el numeral 7.5 del “Reglamento para estructuración, aprobación y ejecución de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial” adoptado mediante Acuerdo No. 10 de 2019 y en la Resolución No. 271 de 2020 “Por la cual se adopta el reglamento del Comité de Verificación Previo a la Cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial – PIDAR y se dictan otras disposiciones”, el Comité de Verificación previo a la cofinanciación, en sesión del 28 xx xxxx de 2022, tal como consta en el acta respectiva, recomendó a la Presidencia de la ADR la aprobación del Proyecto Integral objeto de Cofinanciación.
18. En virtud de lo anterior, la ADR expidió la Resolución No. 242 del 31 xx xxxx de 2022, mediante la cual aprobó la cofinanciación del Proyecto Integral.
19. El Proyecto Integral está conformado por:
(v) la entrega de un Secador Solar de 6 metros por 10 metros, de acuerdo con el siguiente diseño:
(vi) mejorar el proceso de secado de café de los 121 pequeños productores de la Organización;
(vii) mejorar el proceso de beneficio del café de los 121 pequeños productores de la Organización, y
(viii) brindar acompañamiento técnico integral y socio empresarial a los 121 pequeños productores de café de la Organización.
20. Este último aspecto es objeto del presente Proyecto, para lo cual hay un rubro total de
$60.528.214, el cual tiene un término de ejecución de cinco (5) meses, aproximadamente.
21. Que en el mes de [●] de 2022, EL CONTRATANTE estructuró y notificó la invitación No. [●] con la finalidad de contratar “… la realización de las actividades de asistencia técnica con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los productores de cuatro organizaciones del municipio de El Pital, Huila” (la “INVITACIÓN”).
22. Que luego de analizar, estudiar y comprender en su totalidad los términos y condiciones bajo los cuales se regiría la contratación requerida, EL CONTRATISTA elaboró y estructuró desde el punto de vista técnico, financiero, administrativo y jurídico, la oferta irrevocable que presentó el día [●] de [●] de 2022, en el marco de la INVITACIÓN.
23. Que la oferta del CONTRATISTA fue seleccionada por EL CONTRATANTE para la celebración y ejecución de este CONTRATO.
24. Que la Interventoría del Proyecto Integral está a cargo del personal que delegue EL CONTRATANTE, quien podrá supervisar, vigilar, ejercer el control y verificar el cumplimiento de las actividades relacionadas con el objeto del presente CONTRATO (en adelante la “Interventoría”).
25. Que el proceso de invitación a presentar ofertas y la suscripción del contrato están aprobados por la ADR, según acta del [●] de [●] de 2022.
26. Que el presente Contrato se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y, en lo no previsto en estas, por el Proyecto Integral, las normas del Código Civil o de Comercio y demás normas que le sean aplicables.
En consecuencia y teniendo en cuenta las anteriores consideraciones y declaraciones vinculantes, así como pactos mutuos, declaraciones, garantías y acuerdos contenidos en el presente Contrato, las Partes han decidido suscribir el presente Contrato, el cual se regirá por las siguientes Cláusulas.
CLÁUSULA I. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
1.01- Declaración Especial.
Para efectos de la ejecución del presente Contrato, el CONTRATISTA reconoce y acepta que el CONTRATANTE ha proporcionado al CONTRATISTA copias fieles, correctas y completas del Proyecto Integral. El CONTRATISTA garantiza que ha leído y entendido el contenido y alcance del Proyecto Integral y que tiene pleno conocimiento de las obligaciones, riesgos y responsabilidades asumidas por el CONTRATANTE bajo el Proyecto Integral, relacionados con el objeto del presente Contrato, ya sea de manera expresa o de acuerdo con la ley, asumiendo como propias las obligaciones adquiridas por el CONTRATANTE en virtud de la suscripción del Proyecto Integral en todo aquello que se encuentre relacionado.
El CONTRATISTA acepta que sus obligaciones son de resultado y, por lo tanto, el Contrato se ejecutará satisfactoriamente en la medida en que se obtengan los resultados a los que el CONTRATANTE está obligado frente a la ADR y dentro de los términos y plazos previstos para ello en el Proyecto Integral. En todo caso, el CONTRATISTA se compromete a dar cumplimiento a sus obligaciones de tal manera que no se origine ningún incumplimiento por parte del CONTRATANTE dentro del Proyecto Integral en aquello estrictamente relacionado con el objeto del presente Contrato.
No se entenderá cumplido el objeto del presente Contrato ni de ninguna de las actividades contratadas, hasta tanto la ADR manifieste su aprobación.
1.02- Prioridad de Documentos.
Se deberá considerar que los documentos que constituyen el presente Contrato (que se enumeran de la siguiente manera) se explican mutuamente entre sí. Para efectos de interpretación, y salvo disposición expresa en contrario en el presente Contrato, en caso de contradicción entre uno y otro, la prioridad de los documentos será de conformidad con el siguiente orden:
(i) El Proyecto Integral.
(ii) Las Cláusulas del presente Contrato.
(iii) Los Anexos que se mencionan a continuación:
1) Anexo No. 1 – Presupuesto y Oferta del CONTRATISTA;
2) Anexo No. 2 – Plan de Trabajo del CONTRATISTA;
3) Anexo No. 3 – Invitación No. [●]
Si alguna de las Partes descubre cualquier error, ambigüedad o discrepancia en cualquier documento elaborado con el fin de ejecutar el objeto, actividades y/o aquello estrictamente relacionado bajo el contexto del presente Contrato, deberá notificar inmediatamente a la otra Parte del error, ambigüedad o discrepancia. En todo caso, las Partes aplicarán, según corresponda, el orden de precedencia que se especifica en esta Sección para efectos de solucionar las controversias que se llegasen a presentar durante la ejecución y liquidación del Contrato.
CLÁUSULA II. DECLARACIONES Y GARANTÍAS
2.01- Declaraciones y garantías del CONTRATISTA:
(i) El CONTRATISTA declara que:
1) El presente Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante del CONTRATISTA, exigible en contra del CONTRATISTA de conformidad con sus términos.
2) Está debidamente autorizado, y ha tomado todas las acciones corporativas necesarias para suscribir el Contrato.
3) La suscripción y la ejecución del presente Contrato y las operaciones contempladas por el presente no entran en conflicto con ninguna Ley Aplicable ni con ningún contrato o documento del que sea parte el CONTRATISTA o que sea vinculante para el CONTRATISTA.
4) Reconoce que el Precio del Contrato es una compensación justa y completa para la elaboración de los trabajos para la asistencia técnica y todas las demás actividades derivadas del objeto del Contrato. Por lo tanto, el CONTRATISTA no radicará ninguna Reclamación relacionada con la suficiencia del Precio del Contrato.
5) Cumple plenamente la Ley Aplicable a éste y a la operación de sus negocios o la propiedad o uso de cualquiera de sus activos.
6) Tiene, o tendrá todos los derechos necesarios para utilizar toda la Propiedad Intelectual necesaria para la ejecución de objeto convenido, y por lo tanto, a la fecha el CONTRATISTA no infringe los derechos de Propiedad Intelectual de ningún tercero.
7) No existen procedimientos, investigaciones ni reclamaciones pendientes por el momento o, según su xxxx saber y entender, inminentes, ante cualquier tribunal o árbitro o ante cualquier Autoridad Gubernamental que, individualmente o en conjunto, si se determinan de manera adversa a los intereses del CONTRATISTA, podrían afectar su capacidad jurídica, comercial o financiera para cumplir con sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
8) Posee los conocimientos técnicos y la capacidad jurídica, operativa y financiera necesaria para la ejecución de los trabajos requeridos por EL CONTRATANTE, situación que se encuentra debidamente certificada y soportada en la documentación presentada con la Propuesta.
9) Xxxxxx y estudió detenidamente las condiciones técnicas indicadas en la INVITACIÓN hecha, sus anexos y adendas, y se encuentra en capacidad de adaptarlas a las condiciones de las actividades.
10) Los errores u omisiones en el estudio e interpretación de todas las condiciones que puedan afectar el valor del proyecto serán a su propio riesgo y no podrá solicitar reajuste o modificación por dicho concepto.
11) Se ha informado por sus propios medios sobre la ubicación, las condiciones y particularidades de los sitios objeto de los estudios y trabajos de asistencia técnica, identificando aquellos aspectos que de alguna manera puedan afectar la ejecución y sus costos. Asimismo, ha visitado y examinado los sitios y los alrededores y conoce las especificaciones del terreno, la forma y características del lugar donde serán ejecutadas las actividades, sus especificaciones, así como los insumos necesarios para su ejecución, sus medios y vías de transporte, servicios públicos, y ha calculado entre otros aspectos y a su exclusivo riesgo, el valor de las actividades a ejecutar, previendo cualquier diferencia sobre éstas.
12) Se ha informado de todas las condiciones que de alguna manera pueden afectar el costo y ejecución de los trabajos, tales como permisos y licencias que deben ser obtenidos por éste, así como actividades que deben ser ejecutadas en virtud de lo dispuesto en los permisos y licencias previamente obtenidas por EL CONTRATANTE.
13) Conoce las leyes y reglamentos en materia laboral y de impuestos sobre el ejercicio de actividades relacionadas con la ejecución de los trabajos y todas las leyes o reglamentos que puedan ser aplicables al CONTRATO, a la ejecución de las labores derivadas de su ejecución y a la terminación de la relación jurídica surgida del mismo.
14) Conoce los requisitos de calidad que deben cumplirse durante la ejecución de las actividades objeto del presente CONTRATO.
15) Todos los costos y gastos asociados con el desarrollo del presente CONTRATO estarán a cargo del CONTRATISTA, por lo que EL CONTRATANTE en ningún caso será responsable de los mismos.
16) Se encuentra al día en las afiliaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y Riesgos Profesionales del personal a emplear para la ejecución del objeto contractual, así mismo, en caso de vincular nuevo personal para el desarrollo del CONTRATO, realizará las gestiones necesarias para que estos se encuentren afiliados conforme a las exigencias previstas en el ordenamiento jurídico colombiano.
17) Se compromete a tomar las medidas de seguridad idóneas, tendientes a evitar la ocurrencia de hechos que pongan en peligro la integridad del personal por él asignado, así como de sus equipos, herramientas y materiales, en caso de llegar a ser utilizados.
18) Se compromete a dar estricto cumplimiento a las medidas de bioseguridad respectivas, dando cumplimiento al Protocolo General de Bioseguridad de EL CONTRATANTE y a lo establecido en las Resoluciones aplicables proferidas por el Ministerio de Salud.
19) Las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA en virtud del presente CONTRATO son de resultado e incluyen todas aquellas directamente relacionadas y conexas con objeto del presente CONTRATO, contenidas en el Proyecto Integral.
20) Ha evaluado y acepta los riesgos y las obligaciones relacionadas con el presente Contrato y tiene la capacidad para asumirlas.
21) Ha obtenido toda la información necesaria y correspondiente para llevar a cabo los trabajos de asistencia técnica, en cumplimiento de lo establecido en el presente Contrato.
22) Para efectos de la ejecución del presente CONTRATO, se entiende que la totalidad de las obligaciones y deberes a que se encuentra sujeto EL CONTRATISTA, emanan de lo dispuesto en el Proyecto Integral, así como sus anexos y demás documentos que durante la ejecución sean vinculantes.
(ii) El CONTRATISTA reconoce y acepta que las Declaraciones y Garantías del CONTRATISTA son incentivos materiales con los cuales cuenta el CONTRATANTE al adjudicar el presente Contrato al CONTRATISTA.
(iii) Cada una de las Declaraciones y Garantías del CONTRATISTA es interpretada como una declaración o garantía individual e independiente y no está limitada ni restringida por referencia a o inferencia de los demás términos del presente Contrato ni por ninguna otra declaración o garantía.
(iv) El CONTRATISTA se compromete a que las Declaraciones y Garantías del CONTRATISTA se mantengan a través de la ejecución del Contrato. En caso de que en cualquier momento, después de la suscripción del presente Contrato, cualquiera de las Declaraciones y Garantías del CONTRATISTA ya no sea cierta, entonces el CONTRATISTA deberá notificar inmediatamente al CONTRATANTE acerca de esta circunstancia, sin perjuicio de los efectos que se deriven en aplicación de la Sección 9.01 del presente Contrato.
2.01- Declaraciones y garantías del CONTRATANTE:
El CONTRATANTE declara y garantiza al CONTRATISTA que:
(i) Es una organización conformada de acuerdo con lo dispuesto en la legislación colombiana.
(ii) Está debidamente autorizado, y ha tomado todas las acciones corporativas necesarias para suscribir el Contrato.
(iii) El presente Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante del CONTRATANTE, exigible por el CONTRATISTA de conformidad con sus términos.
CLÁUSULA III. OBJETO Y ALCANCE
3.01- Objeto.
En virtud del presente Contrato, EL CONTRATISTA de manera independiente, sin que exista subordinación técnica, administrativa o financiera alguna con el CONTRATANTE, se obliga a llevar a cabo la Asistencia Técnica Integral con el fin de fortalecer el proceso de secado de café de los
productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila, y que son: Coagrobrisas Limitada, Amigos del Pital, Grupo Asociativo Intercafe del Pital Huila, y Asociación de Mujeres Cafeteras Serranía de las Minas del Municipio del Pital Huila, y de acuerdo con la cofinanciación del Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial radicado con el No. 20206000081201, identificado con BP No. 3274 denominado “Fortalecer el proceso de secado de café, de los productores de cuatro organizaciones del municipio del Pital, Huila”, de tipo Asociativo, con el cual se benefician de forma directa a ciento veintiún (121) pequeños y medianos productores, de los cuales nueve (9) ostentan la calidad de víctimas, de acuerdo al Certificado UARIV, ubicados en el departamento de Huila, municipio de Pital, pertenecientes a la Organización.
Para la ejecución del objeto contractual, EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta las condiciones establecidas en los términos de la Invitación No. [●] y la oferta presentada por EL CONTRATISTA.
3.02- Alcance General.
La ejecución de este Contrato comprende todos los trabajos, trámites, gestiones y actividades necesarias para cumplir con el objeto, de conformidad con el alcance establecido en la INVITACIÓN, sus adendas y sus anexos.
El alcance del objeto del CONTRATO comprende principalmente las siguientes actividades:
1. La ejecución de las actividades, de acuerdo con los términos de este Contrato y sus anexos.
2. La ejecución de todas y cada una de las actividades y elaboración de productos que lleguen a ser requeridos para la ejecución completa y oportuna del objeto convenido, en los términos previstos en el presente Contrato.
3. La reparación y/o atención de todas las anomalías que presenten las actividades ejecutadas, de manera que estas cumplan de forma satisfactoria con las especificaciones técnicas.
4. El suministro de todos los bienes (materiales, insumos y equipos, entre otros) y el personal requerido para la ejecución de las actividades en los términos exigidos en este Contrato.
3.03- Plazo de Ejecución del Contrato.
El plazo para la ejecución de las labores contratadas será de cinco (5) meses, contados a partir de la notificación del Acta de Inicio emitida por EL CONTRATANTE. Cuando el último día del plazo pactado coincida con un xxxxxx, xxxxxxx, día feriado o descanso obligatorio, el plazo se vencerá hasta el final del primer día hábil siguiente.
Para la notificación del Acta de Inicio, el CONTRATISTA deberá presentar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del presente Contrato, las Garantías y documentos mencionados en el Contrato. Una vez hayan sido aprobadas la Garantías, el CONTRATANTE enviará la notificación del Acta de Inicio a cualquiera de las direcciones indicadas por el CONTRATISTA en el presente Contrato.
Parágrafo Primero: El plazo podrá ser prorrogado unilateralmente por EL CONTRATANTE previo aviso escrito al CONTRATISTA, con una antelación no menor de cinco (5) días calendario, sin que ello implique novación o deber alguno de modificar los demás términos y condiciones del presente CONTRATO y sus Anexos.
Parágrafo Segundo: El CONTRATANTE podrá dar por terminado este Contrato en cualquier momento antes del vencimiento del plazo, mediante notificación escrita enviada por lo menos treinta
(30) días calendario antes de la terminación. En dicho evento el CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA la labor concluida por el CONTRATISTA y recibida a satisfacción por el CONTRATANTE hasta la fecha efectiva de terminación del Contrato, sin que haya lugar al pago de indemnización o penalidad alguna a favor del CONTRATISTA.
3.04- Plan de Trabajo.
El Plan de Trabajo se describe en el Anexo No. 2 del presente Contrato. El Plan de Trabajo muestra la secuencia y el cronograma de las actividades a través del cual el CONTRATISTA propone llevar a cabo la elaboración y presentación de las actividades de asistencia técnica dentro del Plazo de Ejecución del Contrato y deberá ser entregado por el CONTRATISTA dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la suscripción del presente Contrato, como requisito previo para la notificación del Acta de Inicio.
CLÁUSULA IV. EL CONTRATISTA
4.01- Aspectos Generales.
El CONTRATISTA elaborará y presentará las actividades de asistencia técnica en cumplimiento de las Especificaciones Técnicas establecidas en este Contrato y en el Proyecto Integral y remediará y/o atenderá cualquier observación o requerimiento presentado por el CONTRATANTE y/o la Interventoría del Proyecto Integral y/o cualquier autoridad gubernamental, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato.
4.02- Obligaciones Generales del CONTRATISTA.
Además de las obligaciones que emanan de la naturaleza y de la esencia del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga con EL CONTRATANTE, entre otras, a:
1. Elaborar las actividades de asistencia técnica, de conformidad con el alcance y las especificaciones técnicas indicadas en este CONTRATO, la INVITACIÓN, el Proyecto Integral, la Oferta y los demás documentos aplicables.
2. Garantizar que los trabajos ejecutados cumplan con las características y/o requerimientos establecidos en cada uno de los actos administrativos otorgados por la ADR y los actos administrativos que los modifiquen o sustituyan.
3. Atender y solucionar las anomalías presentadas sobre las actividades de asistencia técnica bajo su exclusiva y propia responsabilidad, cuenta y riesgo, en los términos y plazos fijados por EL CONTRATANTE o la Interventoría del Proyecto Integral, hasta su recibo a satisfacción por parte del CONTRATANTE. EL CONTRATISTA debe contar con un registro de los incidentes y requerimientos que en materia de atención y corrección de las anomalías le sean presentados por EL CONTRATANTE o la Interventoría.
4. Atender a su costo las observaciones, comentarios y solicitudes que realice la Interventoría, la ADR, o cualquier Autoridad competente sobre los productos objeto del Contrato, hasta lograr la aprobación de los mismos.
5. Asumir directa y personalmente, bajo su exclusiva responsabilidad, la ejecución del Contrato, atendiendo oportunamente las solicitudes del CONTRATANTE cuando este lo requiera y observe que la ejecución no se ajusta a lo pactado.
6. Obrar en los asuntos encargados con el nivel de diligencia propio y exigible a un profesional experto en la ejecución del Contrato.
7. Presentar para ser calificado por parte del CONTRATANTE un Plan de Trabajo para la ejecución del presente Contrato. El Plan de Trabajo contendrá una descripción general de los métodos que EL CONTRATISTA adoptará para ejecutar el presente Contrato e indicará el orden en que se propone realizar las actividades contratadas. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá adecuar su Plan de Trabajo a las indicaciones que le imparta EL CONTRATANTE.
8. Cumplir con el cronograma pactado y los tiempos de entrega establecidos, y atender los requerimientos del CONTRATANTE en el término indicado por este.
9. Apropiarse de los informes, estudios y demás información suministrada por EL CONTRATANTE a fin de dar cumplimento al objeto contractual.
10. Presentar al CONTRATANTE dentro de los tiempos que este razonablemente determine, los conceptos técnicos que le sean requeridos, siempre y cuando éstos se enmarquen dentro del alcance del presente Contrato.
11. Asistir a las reuniones y/o mesas de trabajo que sean programadas por EL CONTRATANTE o por la Interventoría; así como acompañar las visitas convocadas para verificar el cumplimiento de las obligaciones objeto de este Contrato.
12. Ejecutar el presente Contrato a su costo y bajo su propio riesgo, con sus propios medios tales como, pero sin limitarse a materiales, equipos, costos indirectos, control de calidad y personal. Asimismo, deberá ejecutar el Contrato con plena autonomía técnico-administrativa, de conformidad con las obligaciones a su cargo, el valor y el plazo indicado en el presente Contrato, hasta su total terminación y aceptación final.
13. Constituir, entregar y mantener vigentes las garantías expedidas a favor del CONTRATANTE por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato.
14. Cumplir con la totalidad de las normas vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo para todo el personal que trabaje para él, y garantizar que las mismas sean cumplidas para el personal de sus subcontratistas, de acuerdo también con lo previsto en el reglamento HSE dado a conocer al CONTRATISTA.
15. Adoptar a su exclusivo cargo todas las medidas de seguridad durante la ejecución de sus actividades, las cuales serán por cuenta y riesgo del CONTRATISTA.
16. Cumplir con el código de Conducta, Manual de SAGRLAFT: Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo (LA/FT), pudiéndose verificar su cumplimiento en cualquier momento.
17. Cumplir la legislación tributaria y conforme a ello realizar los pagos de impuestos, tasas, contribuciones o cualquier otro concepto dentro de los plazos y porcentajes que defina la ley
que crea el respectivo tributo. EL CONTRATISTA permitirá y facilitará la información que le sea solicitada por EL CONTRATANTE para la verificación del cumplimiento de esta obligación.
18. Contar con un medio de comunicación permanente como celular o radioteléfono y tener disponibilidad de comunicación permanente con EL CONTRATANTE y sus delegados.
19. Cumplir con los demás aspectos y obligaciones que se deriven de la naturaleza del presente Contrato y de las obras a realizar.
Parágrafo Primero: El CONTRATANTE podrá en cualquier momento solicitar cambios dentro del alcance general del Contrato, y el CONTRATISTA se obliga a ejecutarlos, siempre y cuando dichos cambios no afecten los costos y valores pactados en este Contrato. En el evento en que el cambio solicitado por el CONTRATANTE implique erogaciones adicionales para el CONTRATISTA, y así lo convengan las partes, acordarán previamente su precio y forma de pago.
CLÁUSULA V. EL CONTRATANTE
5.01- Obligaciones del CONTRATANTE:
Sin perjuicio de las demás obligaciones pactadas en el presente Contrato, EL CONTRATANTE se obliga a:
1. Pagar a EL CONTRATISTA la contraprestación, en los términos establecidos en este Contrato, previa aplicación de las reglas previstas para el efecto.
2. Colaborar con el CONTRATISTA en la ejecución del presente Contrato.
3. Suministrar toda la información que el CONTRATISTA solicite para el buen desempeño de sus actividades.
4. Informar al CONTRATISTA sobre cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar su labor.
5. Cumplir con los demás aspectos y obligaciones que se deriven presente documento y de la naturaleza del objeto contractual.
CLÁUSULA VI.
PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
6.01- Precio del Contrato.
El Precio del Contrato corresponde a una suma global fija sin formula de reajuste, que asciende a [●] PESOS M/CTE ($[●]), IVA incluido.
Parágrafo Primero: El presente CONTRATO y las actividades que se deriven de su suscripción tienen el precio total mencionado, con los alcances aquí definidos y los necesarios para que las actividades ejecutadas cumplan la finalidad y/o presten los servicios para los que están destinadas en forma idónea, completa, funcional y a satisfacción del CONTRATANTE. En consecuencia, el CONTRATISTA manifiesta que el valor de este Contrato cubre y cubrirá todos los costos directos e indirectos requeridos para la celebración, ejecución y liquidación del CONTRATO, por lo tanto, el CONTRATISTA asume todas las variaciones en la rentabilidad del negocio y obtención de utilidades
o acaecimiento de pérdidas, pues mediante el valor pactado se entienden enteramente remuneradas todas las obligaciones y riesgos asumidos por el CONTRATISTA.
Parágrafo Segundo: El CONTRATISTA se obliga a pagar todos los impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos y tarifas establecidos por las diferentes autoridades que afecten el Contrato y las actividades que de él se deriven.
EL CONTRATISTA declara que está enteramente de acuerdo con la exactitud y suficiencia del Precio del Contrato y que este remunera todas las obligaciones de EL CONTRATISTA con relación al Objeto y el Alcance encomendado.
Parágrafo Tercero: El valor pactado es a precio global fijo sin formula de reajuste, en consecuencia, incluye todos los costos directos e indirectos derivados de la celebración, ejecución y liquidación del Contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo mínimo; desplazamiento, transporte y almacenamiento de toda clase de equipos necesarios; almacenamiento o bodegaje de materiales; campamento u oficinas; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución de las actividades, incluyendo computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del Contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para EL CONTRATISTA; los imprevistos y, en general, todos los costos en los que deba incurrir EL CONTRATISTA.
6.02- Forma de Pago.
El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA el Precio del Contrato de la siguiente forma:
El cien por ciento (100%) del precio global fijo sin ajustes y sin anticipo, mediante actas de avance mensual aprobadas por el Convocante, de acuerdo con lo establecido en el programa detallado de trabajo y la Oferta Económica presentada por el CONTRATISTA.
Los informes se deben presentar en medio físico y magnético, donde se debe incluir el avance de los estudios. El CONTRATISTA deberá socializar los informes en reuniones presenciales o virtuales según se le solicite.
Para el pago de las facturas correspondientes se seguirá el siguiente procedimiento:
• Para la presentación de la factura y/o cuenta de cobro, EL CONTRATISTA deberá contar con certificación del CONTRATANTE sobre el cumplimiento a conformidad de las obligaciones ejecutadas hasta el momento.
• El pago de la factura se hará dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su aceptación, con el lleno de todos los requisitos legales y contractuales señalados. En caso de que la factura y/o cuenta de cobro deba ser corregida, el término para su pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que vuelva a ser radicada con el lleno de los requisitos aquí establecidos. Todas las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensaciones de ninguna naturaleza.
• Las facturas y/o cuentas de cobro que sean generadas después del día veinticinco (25) de cada mes, deberán ser diligenciadas con fecha del siguiente mes.
• La factura y/o cuenta de cobro deberá estar debidamente numerada y dirigirse a nombre de COAGROBRISAS LIMITADA, con NIT 813.011.456-1. Estas facturas o cuentas de cobro deberán ser radicadas en la [●], o en el domicilio vigente del CONTRATANTE.
• Adicional a lo anterior, a la factura se le debe anexar certificación de pago de los pagos de todas las obligaciones laborales (EPS, PENSION, ARL, etc.).
• Para la radicación de la factura, EL CONTRATISTA deberá remitir copia simple de su Registro Único Tributario (RUT) y Certificación Bancaria. Esta información deberá ser radicada nuevamente cada año o cuando existan cambios en la información contenida en dichos documentos.
• EL CONTRATANTE no aceptará, bajo ninguna circunstancia, facturas generadas a nombres diferentes al indicado anteriormente ni entregadas después de la fecha establecida para tal fin.
En el evento en que los servicios objeto del presente Contrato, no hayan sido ejecutados a plena satisfacción del CONTRATANTE, no habrá lugar a realizar ningún tipo de pago hasta tanto se realicen las correcciones o ajustes que garanticen el adecuado cumplimiento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA bajo los términos del presente Contrato.
Parágrafo Primero: Cuando se presenten facturas que contengan conceptos que total o parcialmente no hayan sido recibidas a satisfacción por el CONTRATANTE, no habrá lugar a reconocimiento económico alguno por parte del CONTRATANTE, toda vez que ésta factura se considerará como no aceptada, y por lo tanto carecerá de exigibilidad.
Los errores aritméticos y pagos en exceso en los pagos parciales facturados o radicados por el CONTRATISTA, serán susceptibles de corrección por parte del CONTRATANTE en cualquier tiempo hasta la liquidación final del Contrato. Los reconocimientos y descuentos a que haya lugar se realizarán en el acta de liquidación final o por medio de actas de aclaración o notas crédito.
Los pagos solo se realizarán cuando el CONTRATANTE realice la verificación de los documentos y actividades, estos se encuentren completos y cumplan con los demás requisitos establecidos en la presente cláusula y en el Contrato.
Todas las demoras por concepto de falta de los soportes de las facturas serán responsabilidad del CONTRATISTA, quien por ello no tendrá derecho al pago de ningún tipo de interés o compensación de ninguna naturaleza.
Parágrafo Segundo: El CONTRATISTA deberá presentar al CONTRATANTE facturas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, y con los particulares que indique el CONTRATANTE.
El pago de las anteriores sumas de dinero queda sujeto a una condición suspensiva positiva, consistente en acreditar el efectivo pago realizado al Sistema General de Seguridad Social, de los Parafiscales y de los salarios del CONTRATISTA.
CLÁUSULA VII. SEGUROS Y GARANTÍAS
7.01- Póliza de Seguro.
El CONTRATISTA se obliga a constituir a su cargo exclusivo, por su cuenta y riesgo, con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y que sea aprobada por el CONTRATANTE, que se encuentre autorizada para operar el respectivo ramo, y a entregar a EL CONTRATANTE dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato, las pólizas de garantía y seguros que se relacionan a continuación, junto con los recibos de pago de la prima de las mismas:
(i) Seguro de cumplimiento del Contrato: El CONTRATISTA deberá contratar un seguro de cumplimiento en el que EL CONTRATANTE figure como asegurado y beneficiario y el cual incluirá los amparos, valores asegurados y vigencias que se indican a continuación:
a. Cumplimiento del Contrato: Este amparo debe dar cobertura al CONTRATANTE por los perjuicios derivados del (i) incumplimiento total o parcial de todas y cada una de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA emanadas de este Contrato, (ii) cumplimiento tardío o defectuoso de este Contrato, cuando el incumplimiento sea imputable al CONTRATISTA y (iii) los daños imputables al CONTRATISTA por ejecuciones parciales, cuando el Contrato no prevé ejecuciones de esta naturaleza. El valor asegurado debe corresponder al veinte por ciento (20%) del valor del CONTRATO. El amparo deberá estar vigente por el término de duración del Contrato y seis (6) meses más.
7.02- Disposiciones generales.
(i) Estas pólizas deberán ser otorgadas por entidades legalmente establecidas en Colombia y autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, reservándose EL CONTRATANTE el derecho a calificar y aceptar la compañía emisora de la póliza y los términos de estas.
(ii) El CONTRATISTA debe mantener en todo momento de duración del presente contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas y, en consecuencia, en el evento que se modifique el presente Contrato, El CONTRATISTA deberá proceder a la actualización de estas como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.
(iii) El CONTRATISTA se compromete a cancelar las primas y a ajustar a su costo la cuantía y/o vigencia de las garantías, cada vez que se produzca una modificación en el plazo del presente Contrato, o una suspensión temporal, o una disminución en el monto asegurado, debido a la aplicación de multas o al cobro de indemnizaciones, con el fin de mantener las cuantías porcentuales y las vigencias estipuladas. Cuando el CONTRATISTA se negare a constituir las garantías exigidas o a modificarlas en los términos que se señalen, el CONTRATANTE podrá dar por terminado el Contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna.
(iv) El hecho de la constitución de las pólizas y garantías no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
CLÁUSULA VIII. RIESGO Y RESPONSABILIDAD
8.01- Multas.
El CONTRATANTE podrá imponer multas al CONTRATISTA en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, incluyendo el retraso en las fechas de entrega de los productos y actividades objeto del Contrato, la mala calidad de estos o las demás inconformidades en relación con las labores ejecutadas en virtud del presente Contrato. Lo anterior, de conformidad con las siguientes reglas:
(i) Si EL CONTRATANTE verifica por cualquier medio el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA en virtud del Contrato y demás documentos aplicables, se causará automáticamente una multa diaria del uno por ciento (1%) del valor estimado del CONTRATO por cada evento.
(ii) Las multas que se establecen en esta cláusula se aplicarán mediante documento escrito expedido por el CONTRATANTE, en el cual consten los motivos que dieron origen a su imposición. El CONTRATANTE notificará por escrito a EL CONTRATISTA el incumplimiento de que trate y éste tendrá un plazo máximo de tres (3) días calendario para dar las explicaciones, ratificar o implementar las acciones necesarias para corregir su incumplimiento y demostrarlo ante el CONTRATANTE. Pasado dicho plazo sin que el CONTRATISTA haya dado respuesta alguna sobre el particular o ésta sea insatisfactoria para el CONTRATANTE, se causará la respectiva multa, hasta el tope xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del valor del presente Contrato, momento en el cual el CONTRATANTE podrá dar por terminado el negocio jurídico, lo que se considerará como una terminación por causas imputables al CONTRATISTA y por ende éste deberá indemnizar los perjuicios que cause al CONTRATANTE.
(iii) El CONTRATISTA autoriza al CONTRATANTE a descontar el valor de dichas multas de las sumas que se le adeuden en caso de no hacer el pago directo de las mismas en el término indicado por el CONTRATANTE, cuando no corrija el incumplimiento o cuando las explicaciones ofrecidas no sean de recibo por parte del CONTRATANTE.
(iv) Las multas previstas en la presente cláusula no se consideran una tasación anticipada de perjuicios y no liberan al CONTRATISTA de cumplir con la totalidad de obligaciones a su cargo previstas en el presente Contrato, dentro de los términos previstos para ello. Teniendo en cuenta lo anterior, el CONTRATANTE podrá en todo caso exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, así como solicitar la indemnización de perjuicios causados.
8.02- Cláusula Penal Pecuniaria.
Sin perjuicio de las multas establecidas en el presente Contrato, en caso de incumplimiento parcial o total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA que faculte al CONTRATANTE a terminar anticipadamente la relación jurídica surgida con la suscripción del presente Contrato, el CONTRATANTE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del presente Contrato, suma que se estipula como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se le causen, sin perjuicio del derecho del CONTRATANTE a obtener del CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado.
El CONTRATISTA autoriza al CONTRATANTE a descontarle de las sumas que le adeuden y/o de los recursos retenidos en garantía, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, el CONTRATANTE enviará una comunicación al CONTRATISTA en que así lo indique, de manera que la referida comunicación, con la indicación del saldo de la cláusula penal adeudado, junto con el
presente CONTRATO, prestará mérito ejecutivo. De esta manera, LAS PARTES, acuerdan, entienden y aceptan que la referida comunicación, una vez entregada a EL CONTRATISTA, será prueba suficiente de que existe una obligación clara, expresa y exigible a cargo de este último, y por tanto, junto a este Contrato, prestará mérito ejecutivo.
8.03- Indemnidad.
El CONTRATISTA defenderá, indemnizará y mantendrá indemne al CONTRATANTE, sus integrantes, la ADR, a sus representantes, directores, subordinados, empleados, afiliadas, sucesores y cesionarios de cualquier responsabilidad, reclamación, daño, pérdida, demanda, pleito, acción legal, embargo, pago, gasto (incluyendo pero sin limitarse a honorarios de abogados y demás costas legales), derivados de cualquier acción u omisión del CONTRATISTA, sus agentes, subordinados, empleados, subcontratistas o personas que se encuentren empleadas o bajo la responsabilidad de las antes mencionadas, cuando dichas acciones u omisiones correspondan a incumplimientos de las obligaciones contenidas en el presente Contrato y demás disposiciones aplicables.
En este sentido, en el evento en que las reclamaciones y/o demandas judiciales y/o extrajudiciales contra el CONTRATANTE, sus integrantes y/o la ADR se originen, en todo o en parte, en supuestos incumplimientos a lo pactado en el presente Contrato por parte del CONTRATISTA, sus agentes, subordinados, empleados, Subcontratistas o personas que se encuentren empleadas o bajo la responsabilidad de las antes mencionadas, el CONTRATISTA se obliga a atender oportunamente los reclamos y/o demandas y a pagar la indemnización de daños que el CONTRATISTA haya causado con ocasión o como consecuencia de la ejecución de sus actividades.
Parágrafo Primero: En caso de que el CONTRATANTE, sus integrantes y/o la ADR se vean obligados a pagar indemnización de perjuicios a favor de terceros por hechos imputables al CONTRATISTA, sus agentes, subordinados, empleados o Subcontratistas, el CONTRATANTE, sus integrantes y/o la ADR repetirán contra el CONTRATISTA por lo pagado en la proporción que corresponda.
Parágrafo Segundo: En el evento en que el CONTRATISTA haya rehusado atender la defensa en los términos contenidos en la presente cláusula, los costos en que hubiese incurrido el CONTRATANTE o sus integrantes en la atención del proceso judicial o el trámite extrajudicial, incluyendo los honorarios de abogado, deben ser sufragados por el CONTRATISTA. Para efectos del reembolso, el CONTRATANTE presentará la factura de honorarios al CONTRATISTA.
Parágrafo Tercero: El presente CONTRATO prestará mérito ejecutivo para cobrar judicialmente las sumas de dinero de que trata esta cláusula.
Parágrafo Cuarto: Todo arreglo, conciliación y acuerdo de transacción que celebre el CONTRATISTA para dar por terminada cualquier reclamación de las que trata la presente cláusula, incluirá una cláusula expresa de renuncia de los terceros y del CONTRATISTA a reclamar judicial o extrajudicialmente al CONTRATANTE, sus integrantes y/o la ADR por cualquier causa derivada o relacionada con la reclamación.
Parágrafo Quinto: Las obligaciones de indemnidad previstas en la presente Cláusula sobrevivirán a la terminación del Contrato y estarán vigentes hasta tanto prescriban las acciones a que den lugar las reclamaciones en contra del CONTRATANTE, sus integrantes, representantes, directores, subordinados, empleados, afiliadas, sucesores y cesionarios a las que hace referencia la presente cláusula.
Parágrafo Sexto: Así mismo, el CONTRATANTE, sus integrantes y/o la ADR no serán responsables ante el CONTRATISTA por los daños y perjuicios que el CONTRATISTA, el personal del CONTRATISTA o terceros, pudieren sufrir por actos u omisiones: (i) Del propio CONTRATISTA; (ii) Del personal del CONTRATISTA; (iii) De terceros, (iv) De otros Contratistas del CONTRATANTE y (v) Por accidentes que les sobrevengan en la ejecución del CONTRATO, ni por destrucción, pérdida o daño de los elementos o bienes que el CONTRATISTA pudiere utilizar en la realización de las actividades, todos los cuales serán asumidos por el CONTRATISTA.
CLÁUSULA IX.
TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
9.01- Terminación anticipada y reducción del alcance del Contrato.
El presente CONTRATO podrá darse por terminado de común acuerdo entre LAS PARTES, o unilateral y anticipadamente por parte de EL CONTRATANTE cuando ocurra uno cualquiera de los siguientes eventos:
(i) Cuando EL CONTRATANTE en forma unilateral y a su discreción, estime dar por terminado el presente CONTRATO. Para lo anterior deberá dar previo aviso al CONTRATISTA con una antelación de treinta (30) días calendario, pagando únicamente el valor de las actividades ejecutadas, pendientes de pago, autorizadas y aceptadas previamente por el CONTRATANTE. La terminación bajo esta causal se entenderá con justa causa y no generará obligación de indemnización alguna.
(ii) En caso de que se presente cualquiera de los eventos de incumplimiento que facultan al CONTRATANTE a la imposición de multas al CONTRATISTA, y estas superen el diez por ciento (10%) del valor del CONTRATO, sin que el CONTRATISTA haya remediado el incumplimiento respectivo.
(iii) En caso de que se presente cualquiera de los eventos de incumplimiento que faculten al CONTRATANTE a la imposición de multas, aun cuando no se haya dado curso al procedimiento de imposición de las mismas, cuando la gravedad del incumplimiento haga necesaria a juicio del CONTRATISTA la terminación anticipada del CONTRATO.
(iv) Por incumplimiento comprobado, a juicio del CONTRATANTE, de las declaraciones y garantías otorgadas por EL CONTRATISTA en los términos de este CONTRATO, y en caso de comprobarse que el CONTRATISTA ha suministrado cualquier información falsa al CONTRATANTE.
(v) En caso de: (a) sospecha, debidamente fundada, de que el CONTRATISTA, sus representantes legales, sus trabajadores y/o subcontratistas han participado en conductas que sean consideradas fraudulentas o corruptas, tales como, pero sin limitarse a, el pago de sobornos, estafas, entre otros; y/o (b) incumplimiento de lo establecido en el presente CONTRATO sobre lavado de activos y financiación del terrorismo o estar incurso en dichas actividades, bien sea que se trate de sus representantes legales, administradores y/o trabajadores y/o subcontratistas.
(vi) La cesión total o parcial de este CONTRATO por parte de CONTRATISTA sin el consentimiento previo, expreso y escrito del CONTRATANTE o sin que dicha operación haya sido subsanada por el CONTRATISTA dentro del término de cinco (5) días contados desde la suscripción del documento que materializa dicho negocio jurídico.
(vii) Si el CONTRATISTA no inicia las actividades en el plazo acordado o no da cumplimiento a los plazos acordados.
(viii) Por incapacidad financiera del CONTRATISTA, la cual se presumirá cuando se abra concurso de acreedores o sea intervenido por autoridad competente.
(ix) Acaecimiento de circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que no puedan ser superadas en un plazo máximo de treinta (30) días calendario.
(x) Por cualquier razón que el CONTRATANTE considere lesiva a sus intereses y que sea atribuible al CONTRATISTA.
(xi) La desatención injustificada a los requerimientos y lineamientos dados por el CONTRATANTE.
(xii) Por terminación anticipada del Proyecto Integral, bien sea por terminación unilateral por parte de la ADR o el CONTRATANTE, respectivamente, o por mutuo acuerdo entre estos. En este caso, EL CONTRATANTE deberá notificar la ocurrencia de este hecho al CONTRATISTA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su ocurrencia. La terminación bajo esta causal se entenderá por justa causa y no generará obligación de indemnización alguna a cargo del CONTRATANTE.
Ante el acaecimiento de los eventos aquí descritos, el CONTRATANTE podrá optar por terminar unilateralmente el CONTRATO o reducir su alcance, sin que el CONTRATISTA tenga derecho a reclamar perjuicio alguno y sin que se genere la obligación de indemnizar por parte del CONTRATANTE.
Parágrafo Primero: El CONTRATISTA acepta que EL CONTRATANTE no estará obligado a pagarle compensación adicional o indemnización alguna por la terminación del CONTRATO por la ocurrencia de alguno de las circunstancias descritas en esta Cláusula. No obstante, en el evento en que la terminación o la suspensión del presente CONTRATO sean causadas por el incumplimiento del CONTRATISTA, éste deberá indemnizar a EL CONTRATANTE por los perjuicios que le llegare a causar.
En caso de que el CONTRATO termine por la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otra causa que no sea imputable a EL CONTRATISTA, éste tendrá derecho exclusivamente a que se le pague el valor correspondiente a las actividades realmente ejecutadas, aprobadas y pendientes de cobrar.
Parágrafo Segundo: Para la terminación unilateral del CONTRATO, EL CONTRATANTE remitirá al CONTRATISTA documento escrito en el cual se relacionen los motivos por los cuales se considera la existencia de un incumplimiento que faculta a la terminación unilateral. EL CONTRATISTA tendrá un plazo máximo de cinco (5) días calendario para dar las explicaciones, ratificar o implementar las acciones necesarias para corregir su incumplimiento y demostrarlo ante EL CONTRATANTE. Pasado dicho plazo sin que EL CONTRATISTA haya dado respuesta alguna sobre el particular o ésta sea insatisfactoria para EL CONTRATANTE, se procederá a terminar unilateralmente el CONTRATO de pleno derecho y sin requerimiento judicial, y a practicar las deducciones a que haya lugar o afectar los amparos respectivos, lo que se considerará como una terminación por causas imputables al CONTRATISTA y por ende éste deberá indemnizar los perjuicios que cause a EL CONTRATANTE. Para el efecto, el CONTRATANTE podrá hacer efectiva la cláusula penal y/o la garantía de cumplimiento, como indemnización por los perjuicios causados.
9.02- Acta de Liquidación.
Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la entrega de todos los trabajos de asistencia técnica debidamente aceptados por el CONTRATANTE, las PARTES procederán a la liquidación final de mutuo acuerdo del presente Contrato. Para ello el CONTRATISTA deberá allegar los siguientes documentos:
(i) Certificado de pago de aportes al sistema de seguridad social (salud y pensiones) y parafiscales, incluyendo una certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal del CONTRATISTA en la que conste que durante la vigencia del Contrato (desde la iniciación hasta la fecha de suscripción del Acta de Entrega) se dio cumplimiento a la obligación de pago de estos aportes.
(ii) Constancia de pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales, si hubiere lugar al pago de tales tributos en virtud de la ejecución del presente Contrato.
(iii) Certificación sobre inexistencia de reclamaciones laborales instauradas contra el CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del presente Contrato, expedidas por las Oficinas de Trabajo y Seguridad Social que tenga jurisdicción en los lugares donde se ejecuten las actividades. En el caso de Xxxxxxxxx, este requisito lo deberá acreditar cada uno de sus integrantes.
(iv) Certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal, según sea el caso en el que conste el cumplimiento de las obligaciones laborales a cargo del CONTRATISTA.
(v) Los demás que puedan ser solicitados por el CONTRATANTE.
Si el CONTRATISTA no se presenta a la liquidación dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la fecha de aceptación de todos los trabajos, o en caso de que transcurran quince (15) días calendario a partir de la fecha en que el CONTRATANTE remita el Acta de Liquidación para su estudio y el CONTRATISTA se abstenga de suscribirla por cualquier motivo, el CONTRATANTE podrá liquidar el Contrato directamente según sus cuentas y criterio, mediante el envío de una comunicación de liquidación.
Parágrafo Primero: Los errores aritméticos y pagos en exceso en las liquidaciones parciales presentadas por el CONTRATISTA serán susceptibles de corrección en cualquier tiempo, hasta la liquidación final del Contrato, los reconocimientos y descuentos a que haya lugar se realizarán en el acta de liquidación final o por medio de actas de aclaración.
Los pagos solo se realizarán cuando el CONTRATANTE realice la verificación de los documentos y se encuentren conforme a lo indicado por el CONTRATANTE. Se debe tener en cuenta que se realizarán siempre y cuando la documentación se encuentre completa.
Todas las demoras por concepto de falta de los soportes serán responsabilidad del CONTRATISTA, quien por ello no tendrá derecho al pago del ningún tipo de interés o compensación de ninguna naturaleza.
Parágrafo Segundo: Los pagos parciales no implican el recibo o aprobación definitiva por parte del CONTRATANTE, de las actividades realizadas y por consiguiente no eximen de responsabilidad al CONTRATISTA en cuanto a la calidad de su trabajo o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil.
CLÁUSULA X.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
10.01- Arreglo Directo.
Todas las diferencias o disputas que surjan entre las Partes con ocasión de la suscripción, interpretación, ejecución y liquidación del presente Contrato serán sometidas a los mecanismos de Arreglo Directo en procura de su solución. Para tal efecto, las Partes disponen de un término de treinta
(30) Días, prorrogables por una sola vez de común acuerdo, contados a partir del día siguiente a la notificación de la controversia que realice cualquiera de ellas.
10.02- Controversias y solución de conflictos.
Las diferencias que surjan entre las Partes con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del presente Contrato, y que no puedan ser resueltas mediante mecanismos de arreglo directo, se someterán a la Justicia Ordinaria.
CLÁUSULA XI. DISPOSICIONES VARIAS
11.01- Propiedad Intelectual y Confidencialidad.
Las producciones intelectuales que surjan o se produzcan debido a la ejecución del presente CONTRATO se entenderán transferidas en su contenido patrimonial por parte del CONTRATISTA al CONTRATANTE. En consecuencia, dentro de la remuneración pactada en este documento se entiende incorporado el pago de esta transferencia por parte del CONTRATANTE al CONTRATISTA.
Cualquiera de los derechos de propiedad intelectual que se encuentren en cabeza de, o se hayan transferido en virtud de este CONTRATO al CONTRATANTE o sobre las cuales éste tenga algún tipo de derecho, permanecerán de forma exclusiva en propiedad del CONTRATANTE. En consecuencia, el CONTRATISTA no obtiene bajo ningún título, incluyendo, pero sin limitarse a concesión, uso, usufructo, licencia, depósito, préstamo, alquiler ni propiedad alguna sobre los derechos de propiedad intelectual de EL CONTRATANTE y en particular los transferidos por virtud de lo indicado en esta cláusula. Igualmente, como consecuencia del presente CONTRATO, el CONTRATISTA no podrá ejercer los derechos de propiedad intelectual del CONTRATANTE y, en particular, los transferidos por virtud de lo indicado en esta cláusula, en ningún caso, en beneficio propio o de terceros, sin la autorización expresa, previa y por escrito del CONTRATANTE.
La información contenida en el presente CONTRATO es propiedad del CONTRATANTE, razón por la cual debe ser tratada como confidencial por el CONTRATISTA, sus subcontratistas, proveedores, empleados y agentes. La información contenida en el CONTRATO y/o que resulte del CONTRATISTA, no puede ser revelada directa ni indirectamente a terceros, sin el previo consentimiento del CONTRATANTE. Así mismo, cualquier información del CONTRATANTE o de sus operaciones que obtenga el CONTRATISTA en virtud del CONTRATO, deberá ser tratada en forma confidencial y bajo estricta reserva por parte del CONTRATISTA (toda la anterior información en adelante será denominada la “Información Confidencial”).
El CONTRATISTA no podrá fotocopiar, microfilmar o de otra manera reproducir y conservar por cualquier medio la Información Confidencial recibida por parte del CONTRATANTE. La violación de esta prohibición implica incumplimiento de la obligación de confidencialidad y reserva que asumen en virtud del presente CONTRATO.
El CONTRATISTA únicamente podrá revelar al personal que esté directamente involucrado en la ejecución del CONTRATO, la información que este requiera conocer con el fin de cumplir con las obligaciones que surjan a su cargo en virtud del CONTRATO, garantizando en todo momento la confidencialidad de la información entregada. En vigencia del CONTRATO y con posterioridad a su terminación, el CONTRATISTA se obliga a no revelar a ninguna persona -con las excepciones contenidas en este Cláusula- en ninguna forma -escrita, verbal o electrónica- sin el consentimiento previo por escrito del representante legal del CONTRATANTE, la información entregada por el CONTRATANTE o adquirida por el CONTRATISTA en virtud de la ejecución del CONTRATO o en cualquier otra forma.
A la terminación del CONTRATO, el CONTRATISTA se obliga a entregar al CONTRATANTE y/o destruir toda la Información Confidencial entregada por este. EL CONTRATISTA se obliga también a entregar la información en los archivos magnéticos, ópticos y físicos que para el efecto le solicite el CONTRATANTE y a no conservar bases de datos ni información que proporcione el CONTRATANTE y a los cuales ha tenido acceso en virtud de este CONTRATO. Los derechos de propiedad intelectual que por este solo hecho adquiere para sí EL CONTRATANTE, se refieren no solo a formato o soporte material, sino que se extiende a toda forma de utilización en medios magnéticos, ópticos, electrónicos y similares, en forma de mensaje de datos (Internet, EDI, Correo electrónico etc.), y en general a cualquier medio conocido o por conocer. Los derechos xxxxxxx de autor pertenecerán y serán reconocidos en favor de todas y cada una de las personas que los ostenten en virtud de la ley.
La obligación de confidencialidad aquí consagrada estará vigente por un término igual a la vigencia del Contrato y diez (10) años más.
11.02- Suspensiones.
Por circunstancias de fuerza mayor o de caso fortuito; cuando se suspenda la ejecución del Proyecto Integral; o cuando sea necesario de acuerdo con las necesidades del CONTRATANTE, el Contratante podrá suspender la ejecución del Contrato, sin que para la contabilización del plazo extintivo se compute el término de suspensión.
Durante el período de suspensión, no se harán exigibles las obligaciones derivadas del presente Contrato. Una vez terminada la suspensión, el CONTRATISTA se obliga a reiniciar los trabajos suspendidos de forma inmediata.
Parágrafo Primero: El CONTRATISTA declara conocer esta situación y acepta desde ahora, y durante el término de duración de este Contrato, que si llegare a suspenderse el Contrato, no realizará reclamaciones de ningún tipo al CONTRATANTE.
En el evento en que encontrándose suspendidas las actividades no se puedan reanudar definitivamente por causas no imputables al CONTRATISTA, el CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA todos los costos en que haya incurrido por las actividades ejecutadas y aceptadas por el CONTRATANTE hasta la fecha de suspensión, si es aplicable.
Parágrafo Segundo: Durante el término de la suspensión total o parcial de este Contrato, como consecuencia de las circunstancias referidas en esta Cláusula, el CONTRATANTE no reconocerá mayores costos o costos stand-by incurridos por el CONTRATISTA, ni otras pretendidas afectaciones económicas que este pudiere sufrir con ocasión de la configuración de las causas que dieren lugar a la aludida suspensión.
11.03- Inexistencia de Vínculo Laboral.
El presente Contrato no genera entre las Partes ningún tipo de relación laboral, ni entre el CONTRATANTE y el personal del CONTRATISTA, quien ejecutará sus obligaciones en calidad de Contratista Independiente y, en consecuencia, desarrollará todos los trabajos del alcance del presente Contrato asumiendo todos los riesgos y con libertad y autonomía técnica, financiera y administrativa.
El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de todas las normas legales vigentes para la contratación del personal y al pago de todos los salarios, recargos, horas extras, cesantías, vacaciones, primas, bonificaciones, etc. y demás prestaciones sociales de todos los trabajadores vinculados por él o por sus proveedores para la ejecución del objeto del presente Contrato, así como estará a su cargo toda responsabilidad por concepto de pasivos laborales. Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas aplicables en materia de salud ocupacional, protocolos de bioseguridad expedidos por el gobierno nacional y local para la prevención del COVID-19, higiene industrial, protección al medio ambiente y seguridad industrial. Ninguna obligación de tal naturaleza corresponde al CONTRATANTE, y éste no asume responsabilidad alguna por el incumplimiento del CONTRATISTA de dichas obligaciones.
EL CONTRATISTA no será agente ni mandatario o representante del CONTRATANTE, sus integrantes, o la ADR, ni les obligará frente a terceros. Por lo tanto, no habrá relación contractual de ninguna índole entre el CONTRATISTA, sus proveedores, subcontratistas o el personal contratado por este y el CONRATANTE o la ADR. En consecuencia, el CONTRATISTA carece de todo derecho en contra del CONTRATANTE o la ADR. Igualmente, el CONTRATISTA permitirá y facilitará la información que le sea solicitada por el CONTRATANTE para la verificación del cumplimiento de esta obligación.
11.04- Cesión y Subcontratación:
El CONTRATISTA, salvo autorización expresa del CONTRATANTE, no podrá ceder el presente Contrato, ni los derechos u obligaciones emanadas del mismo, a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, así como tampoco podrá subcontratar los trabajos objeto de la presente Contrato. Por consiguiente, el CONTRATISTA estará obligado a cumplir directamente el Contrato en su totalidad.
La subcontratación o cesión no autorizada de manera previa por el CONTRATANTE, expresa y por escrito, además de conllevar un incumplimiento contractual por parte del CONTRATISTA, no será oponible para ningún efecto al CONTRATANTE, ni por el CONTRATISTA ni por el subcontratista o cesionario. En caso de que el CONTRATANTE autorice la cesión o la subcontratación, el CONTRATISTA será solidariamente responsable con el subcontratista o cesionario por el cumplimiento del Contrato y por cualquier reclamo de terceros que surja de su ejecución.
11.05- Impuestos, Derechos y Gravámenes.
El CONTRATISTA se compromete a pagar todo impuesto, derecho, tasa o contribución, directo o indirecto de orden nacional, departamental o municipal que se cause por razón de la celebración, otorgamiento, legalización, desarrollo, ejecución, terminación o liquidación de este Contrato, incluidos pero sin limitarse a los correspondientes a Industria y Comercio, IVA sobre insumos y servicios, Impuesto a la Renta y Gravamen a los Movimientos Financieros, los cuales serán a cargo exclusivo del CONTRATISTA, quien a su vez declara conocer las normas tributarias vigentes y en especial las relacionadas con la retención en la fuente, en cuanto son aplicables al presente Contrato, así como las referentes a los demás impuestos.
11.06- Acuerdo total.
El CONTRATISTA y el CONTRATANTE expresamente acuerdan que los términos del presente Contrato y sus anexos regulan íntegramente las relaciones entre ellos y por tanto, deja sin valor y efecto cualquier otro acuerdo anterior, escrito o verbal, sobre las materias aquí reguladas.
11.07- Protección de Datos Personales.
Los datos personales que en virtud del presente Contrato el CONTRATISTA comparte con el CONTRATANTE, serán conservados con especial cuidado, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y los Decretos 1377 de 2013 y 1074 de 2015 (Capítulo 25), y lo contemplado en la Política de Tratamiento de Datos Personales. El CONTRATISTA declara haber sido informado de manera previa, clara y expresa por parte del CONTRATANTE sobre (i) los datos que serán sometidos a tratamiento; (ii) el responsable del tratamiento con sus datos de contacto; (iii) las actividades de tratamiento; (iv) las finalidades perseguidas con la ejecución de dichas actividades; (v) los derechos que le asisten al usuario en su calidad de titular; y (vi) los mecanismos dispuestos por el CONTRATANTE para efectos de consultar sus Políticas de Tratamiento de Información Personal.
11.08- Habeas Data.
El CONTRATISTA autoriza expresamente al CONTRATANTE para que en virtud de este Contrato verifique antecedentes, consulte y reporte directamente o por interpuesta persona su comportamiento financiero y hábitos de pago ante los operadores de información financiero. La presente autorización se otorga al amparo del artículo 15 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Estatutaria 1266 de 31 de diciembre de 2008.
11.09- Compromiso contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
El CONTRATISTA certifica con la firma del presente Contrato que sus recursos no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita o de actividades xx xxxxxx de dinero, provenientes de estas o de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas, particularmente xxx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo. En todo caso, si durante la vigencia del Contrato EL CONTRATISTA, alguno de sus administradores o sus socios llegaren a resultar involucrados en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, o fuesen incluidos en listas de control como de la ONU, OFAC, etc., EL CONTRATANTE podrá terminar unilateralmente el Contrato sin que por este hecho esté obligado a indemnizar ningún tipo de perjuicio a EL CONTRATISTA.
EL CONTRATISTA, o su representante legal o alguno de sus socios en el caso de ser éste una persona jurídica, con la suscripción del presente Contrato, se sujeta a las normas vigentes y aplicables sobre prevención y control xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo, particularmente, las previstas en los artículos 323 y siguientes del Código Penal y/u otras disposiciones legales o reglamentarias.
11.10- Anticorrupción.
El CONTRATISTA garantiza que no ha (i) pagado, recibido, ni prometido pagar o aceptado un promesa de recibir, un soborno o cualquier otro tipo de pago indebido o (ii) hecho o prometido algún pago en violación de las leyes internacionales contra el soborno (incluyendo, sin limitación, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos (Foreign Corrupt Practices Act “FCPA”) y la Ley Contra el Soborno xxx Xxxxx Unido de 2010 (“UK Bribery ACT 2010”), así como las leyes locales
aplicables por adopción de la Convención de la OCDE para Combatir el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales y demás leyes anticorrupción que resulten aplicables.
Adicionalmente, el CONTRATISTA se obliga a no hacer, prometer u ofrecer y a garantizar que sus afiliados y sus empleados no hagan, prometan u ofrezcan, en relación con este Contrato cualquier pago indebido, préstamo, donación o transferencia de cualquier cosa de valor, directa o indirectamente a favor o para uso o beneficio de: (i) cualquier funcionario público o empleado de gobierno (incluyendo a los empleados de las entidades o empresas bajo control o propiedad del gobierno); (ii) cualquier partido político, dirigente de un partido político, o candidato a puesto público;
(iii) cualquier organización internacional pública; (iv) cualquier otro tercero que se relacione con una relación comercial con el CONTRATANTE o, (v) un intermediario para canalizarlo a cualquiera de las personas o entidades mencionadas en los numerales (i) a (iii) anteriores con el fin de obtener o retener un negocio u obtener alguna ventaja.
No obstante, cualquier declaración falsa o incumplimiento de esta Cláusula constituirá un incumplimiento grave del Contrato, dando derecho al CONTRATANTE a terminarlo unilateralmente e iniciar las acciones civiles y/o penales que correspondan. Esta disposición será en adición y no es sustitución de cualquier otro derecho o recurso derivado del presente Contrato.
11.11- Ausencia de Exclusividad.
Con la suscripción del presente Contrato, el CONTRATANTE no adquiere obligación de exclusividad respecto al CONTRATISTA, es decir que podrá contratar a terceros la ejecución de obras de la naturaleza de las referidas en el objeto contractual y los Anexos del Contrato.
11.12- Modificaciones.
Este Contrato solamente podrá ser modificado por medio de un documento escrito firmado por las Partes.
11.13- No Renuncia.
La demora u omisión de cualquiera de las Partes en ejercer o reclamar sus derechos o privilegios bajo el presente Contrato, no afectará dichos derechos o privilegios ni podrá ser interpretado como una renuncia al ejercicio de un derecho o tolerancia de su incumplimiento.
11.14- Documentos del Contrato.
Para determinar con claridad el objeto contratado y las obligaciones de las Partes, se detallan a continuación los documentos que se llamarán “Documentos del Contrato” a cuyo tenor literal se ceñirá el CONTRATISTA, en desarrollo y ejecución del mismo, en la medida en que no contradigan lo dispuesto en el presente Contrato:
1. Proyecto Integral.
2. Documentos de información comercial y financiera aportados por el CONTRATISTA.
3. Términos de referencia de la INVITACIÓN y los demás documentos que la integran.
4. Oferta y documentos de la oferta presentada por EL CONTRATISTA.
5. Todos los demás que en virtud del presente CONTRATO lleguen a suscribirse, incluyendo los otrosíes, aclaraciones, notificaciones, pólizas, informes y formatos que lleguen a diligenciarse.
11.15- Notificaciones y Domicilio.
Se considera que el CONTRATISTA ha sido notificado, cuando la comunicación escrita ha sido entregada a su representante autorizado, o enviado por correo a la dirección anotada en la de domicilio y notificaciones, o enviada por correo electrónico.
Las partes acuerdan que las notificaciones que entre ellas deban cursarse por razón del presente Contrato se realizaran de acuerdo con la información establecida en el mismo, salvo que cualquiera de ellas notifique por escrito a la otra parte el cambio de los datos necesarios para su ubicación.
Las Partes deberán informar por escrito cualquier cambio de domicilio con la debida anticipación. Cualquier comunicación entre las Partes se dirigirá al respectivo representante legal y será entregada personalmente en sus oficinas. En aras de agilizar las comunicaciones, éstas podrán ser enviadas a los correos electrónicos comerciales o autorizados antes mencionados; en este caso la respectiva comunicación se considerará recibida luego de ser confirmada tal recepción.
Las notificaciones de tipo legal, relacionadas con el presente CONTRATO, deberán ser enviadas a los representantes legales de cada una de las Partes, relacionadas en la parte considerativa del presente documento.
Se considerará que se han cumplido con la comunicación cuando haya sido puesta al correo o en las direcciones antes estipuladas o en cualquier otra dirección que posteriormente sea comunicada en reemplazo o sustitución de aquellas. Además, serán también válidas las comunicaciones enviadas por telefax, con posterior confirmación escrita y las enviadas por correo electrónico, siempre con constancia de recibo a través de correo electrónico.
Para que conste la validez del presente contrato, se firma en la ciudad de [●] a los [●] días del mes de [●] de 2023.
EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx [●]
C.C. No. 12.199.572 xx Xxxxxx
C.C. No. [●] de [●]