PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS VERDES Y ARBOLADO URBANO, PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS VERDES Y ARBOLADO URBANO, PROCEDIMIENTO ABIERTO.
DIVIDIDO EN DOS LOTES: Lote 1 y Lote 2 (reservado este último a Centros Especiales de Empleo, según D.A. Quinta del TRLCSP).
Artículo 1.- OBJETO
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones que habrán de seguirse para la contratación del servicio de CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LOS ESPACIOS VERDES Y ARBOLADO URBANO.
La prestación objeto del expediente se efectuará con arreglo a los requerimientos y condiciones que se estipulan en este Pliego, así como el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares relativas a este contrato, del que se derivarán los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
Artículo 2.- JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD DEL CONTRATO
La ciudad xx Xxxxxxx posee dentro de su término municipal una gran cantidad de zonas verdes, las cuales es necesario mantener y conservar en óptimas condiciones para el uso y disfrute por parte de los ciudadanos.
Como quiera que, actualmente, la empresa municipal Limancar S.L.U. no cuenta con los medios suficientes para mantener todos los jardines y zonas verdes municipales, se considera necesario proceder a contratar el servicio.
Artículo 3.- LEGISLACION APLICABLE
Tanto el contrato como cualquier documentación vinculada al mismo se regirán por las siguientes normas y disposiciones legales:
• Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
• Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
• Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo RGCAP), en todo lo que no se oponga al TRLCSP.
• Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
• Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
• Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Ordenanzas Municipales.
• Cualquier norma, ordenanza, reglamento o disposición legal omitida en esta lista pero de aplicación al objeto y/o posterior desarrollo del contrato.
Artículo 4.- OBJETIVOS
Con el presente Pliego de Prescripciones Técnicas se persigue mantener en perfecto estado de mantenimiento las zonas verdes que serán definidas en el mismo y por tanto objeto del contrato.
Artículo 5.- PROCEDIMIENTO, FORMA DE ADJUDICACION Y CLASE DE CONTRATO
• Procedimiento de adjudicación: Abierto.
• Duración del contrato: 3 años (prorrogable hasta 2 veces con carácter anual)
Artículo 6.- PRESUPUESTO DE LA OFERTA
Este Pliego fija una cantidad tipo para el Contrato en CIENTO CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS anuales
(141.377,86 Euros / Año), incluido el IVA, siendo el importe base de licitación (sin IVA) de 118.593,60 euros / año.
Los importes quedan desglosados de la siguiente manera:
Lote 1 (General)
CONCEPTO | % | IMP. TOTAL | BASE IMP. | IVA |
Jardinería | 100 | 110.177,76 € | 91.056,00 € | (21%) 19.121,76 € |
Lote 2 (Centros especiales de empleo)
CONCEPTO | % | IMP. TOTAL | BASE IMP. | IVA |
Jardinería | 30 | 9.996,19 € | 8.261,32 € | (21%) 1.734,87 € |
Limpieza | 70% | 21.203,95 € | 19.276,32 € | (10%) 1.927,63 € |
Las ofertas deberán justificar debidamente el presupuesto presentado, que incluirá todos los gastos, beneficio industrial e IVA correspondiente, convenientemente desglosado, así como una memoria justificada de las alternativas que, a juicio de la empresa mejoren el servicio en los términos planteados en este Pliego y otras mejoras o prestaciones que puedan ser de interés para Limancar S.L.U.
Artículo 7.- CLASIFICACION DEL CONTRATISTA
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público (artículo 65 de la Ley), se exige la siguiente clasificación:
GRUPO O) (Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles) Subgrupo 6 (Conservación y mantenimiento xx xxxxxx y jardines)
Categoría A) (Anualidad hasta 150.000 €)
Artículo 8.- DEFINICION DE LAS ZONAS VERDES A MANTENER
LOTE 1: Se hará cargo de la jardinería de zonas verdes y viales conforme al listado siguiente con los matices que se hacen en la misma.
LOTE 2: Se ocupará del mantenimiento de los accesos x Xxxxxxx según la relación siguiente y los matices que se hacen en la misma.
Comprende el acondicionamiento, mantenimiento y limpieza de zonas verdes municipales, arbolado de alineación, arbolado diseminado, jardineras y paseos de los jardines y otras zonas que a continuación se relacionan:
Accesos x Xxxxxxx
Consistirá en el mantenimiento de la jardinería de todo tipo y redes xx xxxxx, así como en aquellos casos en los que se estime la reposición de elementos dañados o deteriorados por cualquier razón. Se considera asimismo dentro de este mantenimiento la poda de la xxxxxxxx, así como la limpieza de todos los restos generados por las operaciones anteriores y la limpieza periódica de las cunetas existentes.
Estos trabajos, excepto las podas y tratamientos fitosanitarios se incluyen dentro del Lote 2, reservado a centros especiales de empleo
Se incluyen dentro de este grupo las siguientes zonas:
NOTA PREVIA: LOS TRABAJOS DE PODAS EN ALTURA EN LOS ACCESO A LA CIUDAD SERAN ASUMIDOS POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEL LOTE 1
Acceso desde El Viso del Alcor: Comprendiendo este tramo desde el extremo más exterior del Pol. Ind. Brenes hasta le glorieta que conforma el cruce entre la A-398 y Avda. Doctor Xxxxx Xxxx (junto a Xxxxxxxxxx Xxxxxx), incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx a ambos lados de la carretera.
• Xxxxxxxx y alcorques en acceso a instalaciones deportivas Xxxx Xxxxx (campo de fútbol)
• Setos a ambos lados de la carretera.
• Jardines ubicados en el entorno de las viviendas de c/ Xxxxxxxxx IV.
• Xxxxxxxx xx xxxxx xxxxx X-000 x Xxx. Xxx. Xxxxxx (xxxxxxxx)
• Glorieta en cruce entre A-398 y Avda. Doctor Xxxxx Xxxx. (incluso mantenimiento de fuente)
• Tramos de cuneta existentes.
Accesos desde Sevilla por antigua N-IV: Comprendiendo el tramo que comienza en la incorporación x Xxxxxxx desde la Autovía (salida 511) hasta el cruce entre c/ Sevilla y c/ Xxxxx Xxxxxx (Glorieta Xxxxx), incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx a ambos lados de la carretera.
• Setos a ambos lados de la carretera.
• Xxxxxxxx y setos en carril bici entre gasolinera El Molino y Bar Miro.
• Cunetas a ambos lados de la carretera.
• Glorieta en cruce entre Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx y travesía N-IV
• Glorieta entre acceso a Ctra. Vieja y Travesía N-IV (bar Miro)
• Glorieta Xxxxx.
Acceso desde Sevilla por c/ Carretera Vieja: Comprendiendo el tramo entre cruce de Ctra. Vieja con Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Glorieta) y el cruce entre Carretera Vieja y c/ Xxxxx Xxxxxx, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx existente.
• Mediana ajardinada en c/ Carretera Vieja.
• Desbroces necesarios en zonas sin acerado.
• Glorieta en intersección entre c/ Carretera Vieja y c/ Xxxxx Xxxxxx.
Acceso desde Brenes: Comprendiendo el tramo entre la entrada x Xxxxxxx desde la Autovía designada como 508 hasta la Glorieta de la Alcantarilla, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx existente a ambos lados de la carretera.
• Setos existentes a ambos lados de la carretera.
• Alameda ubicada a la derecha (sentido de entrada hacia Carmona).
• Cunetas existentes.
• Glorieta de acceso al Pol. Ind. El Pilero (junto a Gasolinera Pol. Ind. Pilero)
• Glorieta de la Alcantarilla.
Acceso desde Guadajoz: Comprendiendo el tramo entre la parte posterior del cementerio xx Xxxxxxx hasta la intersección con la Glorieta de la Alcantarilla, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx a ambos lados de la carretera. (incluidos los exteriores a las cunetas)
• Setos a ambos lados de la carretera. (incluidos los exteriores a las cunetas)
• Cunetas a ambos lados de la carretera.
• Ajardinamientos en la zona de aparcamiento del cementerio.
• Glorieta del Carmonilla.
• Camino peatonal de acceso al cementerio municipal.
NOTA IMPORTANTE: EN ESTE SECTOR SE PRESTARA ESPECIAL ATENCION EN LAS FECHAS ENTORNO AL DIA DE LOS DIFUNTOS (1 DE NOVIEMBRE) SIN PERJUICIO DE QUE SE LE COMUNIQUE A LA EMPRESA ADJUDICATARIA DESDE LIMANCAR S.L.U DE FORMA EXPRESA.
Acceso desde Ermita Xxxxxx xx Xxxxxx: Comprendiendo el tramo entre el cruce de la travesía N-IV con la carretera de la Ermita (recinto de la Romería) y la Xxxxxx xx Xxxxxxx, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx en isletas xxx xxxxx con carretera N-IV
• Xxxxxxxx y cunetas del camino de acceso a Xxxxxx xx Xxxxxxx.
• Xxxxxxxx y desbroce del Xxxxxx Xxxxx xxxxx Xxxxxx xx Xxx Xxxxx.
• Xxxxxx xx Xxx Xxxxx.
• Camino xxx Xxxxxx Xxxxxx (Calzada Romana).
• Exterior e interior de la Xxxxxx xx Xxxxxxx (xxxxxxxx, setos, desbroce, etc…)
NOTA IMPORTANTE: EN ESTE SECTOR SE PRESTARA ESPECIAL ATENCION EN LAS FECHAS QUE PRECEDEN A LA ROMERIA DE LA XXXXXX XX XXXXXX (PRIMER DOMINGO DE SEPTIEMBRE) Y DE SAN XXXXX (21 DE SEPTIEMBRE X XXXXXXX MAS CERCANO)
Acceso desde Marchena: Comprendiendo el tramo entre el antiguo puesto de la Xxxx Xxxx y la Xxxxxx xx Xxxxxxx, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx y cunetas a ambos lados de la carretera.
• Xxxx xxx xxxxxxxx (tramo final donde se ubica la xxxxxxxx)
• Aparcamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx.
• Glorieta de Xxxxxx xx Xxxxxxx. (incluso mantenimiento de fuente)
• Isletas ajardinadas en el entorno de Xxxxxx xx Xxxxxxx.
Acceso desde El Arahal: Comprendiendo el tramo entre la parte inferior xx Xxxxxx de la Garrapata y el cruce con Glorieta de Xxxxxx xx Xxxxxxx, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx y desbroce exterior a ambos lados xx Xxxxxxx Xxxxxxx XXXX
• Cunetas a ambos lados de la carretera.
• Isletas inferiores xx Xxxxxx de la Garrapata.
• Setos y xxxxxxxx en c/ Arco de la Carne.
• Setos, xxxxxxxx y desbroce en zona del antiguo Matadero.
Acceso por Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx: Comprendiendo el tramo que discurre por el trazado del vial entre el punto limpio y el cruce con Travesía N-IV y Carretera Vieja, incluyéndose lo siguiente:
• Xxxxxxxx a ambos lados del vial.
• Cunetas a ambos lados del vial.
• Desbroce a ambos lados del vial.
Acceso desde Xxxx del Río: Comprendiendo el tramo entre la parte posterior del cementerio xx Xxxxxxx hasta la Iglesia de Santa Xxx, incluyéndose lo siguiente:
• Desbroce y limpieza de cunetas a ambos lados de la carretera.
Camino peatonal de acceso al cementerio municipal: Este tramo se solapa con el acceso desde Guadajoz, si bien dadas sus características peatonales, su limpieza y mantenimiento se habrán de realizar con una mayor frecuencia, entendiéndose que los trabajos a realizar serán:
• Desbroce y limpieza de los laterales del camino, a ambos lados del mismo, con una frecuencia tal que en ningún momento las hierbas ocupen el interior del camino, delimitado este por la plataforma que conforma el mismo.
Parques y jardines
Estas zonas quedan incluidas dentro del Lote 1
Se incluyen en este grupo todos los parques y jardines que se relacionan seguidamente:
• Plaza xx Xxxxxxx.
• Xxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxx.
• Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
• Plaza de San Xxxxx (incuso glorieta)
• Plazas interiores y exteriores en barriada conocida como “La Aspirina”
• Plazas interiores y exteriores en barriada conocida como “Los Pitufos”
• Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (Frente a CEIP Almendral)
• Xxxx Xxxxxxxxx (c/ Xxxxxx xx Xxxxx)
• Parque en c/ Xxxxxxx xx Xxxxxx (parte posterior pabellón Xxxxxx Xxxxxxx)
• Plaza de España.
• Plaza de Xxxxxxx Xxxxxx.
• Plaza Losad Xxxxxxxxxx.
• Parque c/ Xxxxx (incluso arriates de las inmediaciones)
• Parque c/ Xxxxxxxxx Xxxxxx.
• Parque de la Xxxx (Xxxxxxxxx)
• Arriate central c/ Urbano X.
• Glorieta Xxxxxxxxx (frente a lavados y engrases)
• Plaza c/ Cibeles.
• Plaza c/ Xxxxx Xxxxxxxx.
• Plaza c/ Afrodita.
• Plaza c/ Rondeña.
• Plaza c/ Limpiadores.
• Plaza San Xxxxxx.
• Plaza c/ Sevillana.
• Plaza c/ Albahaca.
• Plaza de Roma.
• Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxxx.
• Xxxxx xxx Xxxxxxx.
• Plaza c/ Gardenia.
• Plaza c/ Xxxxxx.
• Plaza Pasaje San Xxxxxxxxx (I): Entorno juegos infantiles.
• Plaza Pasaje San Xxxxxxxxx (II).
• Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
• Xxxxx xxx Xxxxxxxx (x/ Xxxx)
• Plaza Santa Xxxx de Lima.
• Parque pisos de la Alcantarilla (incluso xxxxxxxx perimetral bloques de pisos)
• Plaza 8 xx Xxxxx.
• Parques en el entorno de las viviendas Olivarera (incluso arriates y taludes)
• Plaza de Miliki.
• Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx.
• Xxxxx xx Xxx Xxxxx.
• Plazas interiores y arriates perimetrales en pisos xx Xxxxxxx Xxxxxx.
• Paseo del Estatuto (Paseo, xxxxxxxx acerados exteriores, arriates superior e inferior, isleta frente a teatro Xxxxxx)
• Alameda c/ Xxxx.
• Parque de Xxxxxx Xxxxxxx (incluso mantenimiento de fuente)
• Parque c/ Xxxxxxx.
• Alameda la Lonja (Pol. Ind. El Pilero)
• Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (Xxx. Xxx. Xx Xxxxxx)
• Glorieta entre calles Caleros, Canteros y Albardoneros.
• Zona ajardinada entrada Pol. Ind. El Pilero por Brenes.
• Paseo de la Feria y Avda. Xxxx xxx Xxxxxx. (Con especial atención en las semanas previas a la celebración de la Xxxxx xx Xxxxxxx o eventos bianuales como Agroporc)
• Plaza de San Xxxxxxxx
• Xxxxxxx Xxxxxxx XXXX (*)
• Parque Almendral (*)
(*) Reservado para Centros Especiales de Empleo a efectos de limpieza. Las labores de jardinería son asumidas directamente por Limancar S.L.
Vía pública
Estas zonas quedan incluidas dentro del lote 1
Se incluyen en este apartado aquellas cales, avenidas o cualquier otro elemento del viario público no incluido en los anteriores y que requiere de labores de jardinería previo aviso. Son las siguientes:
• Av. Ronda Norte. En el tramo comprendido entre x/ Xxxxxxxxx Xxxxx x x/ Xxxx xx Xxx Xxxxxxxxx.
• x/ Xxxxxx xx xx Xxxxx.
• x/ Xxxx xx Xxxxx Xxx.
• c/ Xxxxxxxx Xxxxx.
• c/ Carretera xx Xxxxxx.
• Bda. Almendral.
• Bda. La Paz.
• Bda. Hytasa.
• Av. De la Estación.
• c/ Xxxxx de la X Xxxxxxx.
• Bda. Giraldilla.
• Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxx.
• x/ Xxxxxxx xx Xxxxxx.
• Exteriores Plaza de San Xxxxx
• c/ Xxxxxxxx Xxxxx.
• Xx. Xxxxx xx Xxxxx.
• Xxxxx xx Xxx Xxxxx.
• c/ Santa Xxxxx.
• c/ Andalucía.
• c/ Xxxx Xxxxxx.
• c/ Sevilla.
• c/ León de San Xxxxxxxxx.
• c/ San Xxxxx.
Artículo 9.- MECANICA GENERAL DE LOS TRABAJOS
El adjudicatario elaborará un Plan anual de operaciones de acondicionamiento, mantenimiento, limpieza y conservación, en el plazo máximo de 1 mes desde la adjudicación definitiva del contrato, donde se definan los rendimientos, mediciones de las zonas a mantener y frecuencias y cualquier otro dato de interés que la jefatura de servicio estime necesario.
Para su puesta en marcha deberá ser supervisado y aprobado por la jefatura de servicio.
El servicio que se ha de prestar por el adjudicatario alcanza a la realización en la totalidad de las zonas verdes de los siguientes grupos de labores:
1. Conservación.
2. Reposición.
3. Plantaciones.
4. Podas.
5. Tratamientos fitosanitarios.
6. Tratamiento de residuos.
7. Limpieza (solo en parques, jardines y demás zonas verdes)
El adjudicatario, con el personal idóneo en número y competencia profesional que estará a su cargo a todos los efectos, así como los equipos de maquinaria, herramientas y sistemas idóneos y eficaces, atenderá debidamente en tiempo y forma la realización de las expresadas labores, las cuales se precisan a continuación.
El nivel de prestación de los servicios descritos posteriormente deberá ser tal, que el estado actual de las zonas verdes se incremente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen, a buen criterio de los técnicos municipales.
1.- Labores de conservación
El conjunto de labores que ha de realizarse para conservar las zonas verdes en perfecto estado, se descompone como sigue:
a) Riegos.
b) Siega de los xxxxxxxx.
c) Abonados.
d) Aireación y perfilado xx xxxxxxxx.
e) Entrecavado.
f) Rastrillado.
g) Limpieza de los restos generados por los trabajos de jardinería.
h) Conservación de la estructura de los elementos vegetales existentes.
i) Conservación del arbolado.
j) Mantenimiento de la red xx xxxxx.
Las anteriores labores se realizarán ajustándose a las condiciones particulares que para cada una de ellas se detallan a continuación:
Riegos
Los elementos vegetales se regarán con la frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafo-climatológicas y de las especies de plantas existentes, de forma que todos los elementos vegetales encuentren el suelo con el porcentaje de agua útil necesario para su norma crecimiento y desarrollo.
Los riegos se realizarán mediante el uso de mangueras, aspersores, difusores o cualquier otro método xx xxxxx, según la naturaleza de las plantaciones a regar, de la textura del suelo y de las indicaciones de la jefatura de servicio. Los riegos en los jardines se realizarán, con carácter general, mediante riego por goteo.
El agua consumida en esta atención será de cuenta del Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario no utilizar más agua de la estrictamente necesaria para el riego, cuidando que no se produzcan pérdidas por bocas xx xxxxx mal cerradas o cualquier otro motivo y avisando inmediatamente a los servicios municipales cuando se detectase cualquier avería.
Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo o de la realización de los riesgos, se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario restablecerá por su cuenta la situación primitiva de toda la zona dañada y se le podrá requerir el abono de los volúmenes de agua perdidos por tal motivo, así como el devengo igualmente, por los daños ocasionados a las propiedades o bienes municipales o de terceros.
Previa autorización de la empresa Limancar S.L.U. o del Ayuntamiento, el adjudicatario podrá realizar a su cargo mejoras en la red xx xxxxx y quedarán de propiedad municipal, sin derecho a indemnización alguna. En todos los casos, cualquier reforma o nueva instalación se ajustará
a la normativa de aplicación al respecto y aportará a los servicios municipales competentes la documentación oportuna que defina en su totalidad de la actuación realizada.
Siega de los xxxxxxxx
Se realizará con la frecuencia precisa para que la hierba no alcance una altura tal que, estética y fisiológicamente, suponga un perjuicio para el césped, estando fijada esta altura en menor o igual a 10 cm. Los técnicos del servicio municipal podrán fijar alturas máximas admisibles para cada tipo de césped.
Para la consecución de esa altura xx xxxxx, se fija un calendario estimativo de siegas a realizar según la época del año y siempre a criterio de los técnicos del servicio municipal.
En la memoria de prestación del servicio, el licitador establecerá las frecuencias de siega previstas para el contrato. Igualmente deberá procederse a la retirada de la hierba cortada y traslado a un centro de tratamiento legalmente autorizado, siendo el coste de retirada y eliminación por cuenta del adjudicatario, debiendo ser acreditadas las entregas mediante los correspondientes justificantes a la jefatura de servicio.
En los límites de la zona de césped, y con objeto de que estas no invadan las zonas de caminos, parterres xx xxxxxx, alcorques, arquetas, etc., se realizará periódicamente un recorte de bordes, arrancando la parte sobrante.
La escarda o eliminación de malas hierbas deberá efectuarse en cuanto desmerezca su aspecto. La eliminación podrá hacerse de forma manual, o bien utilizando herbicidas. En este segundo caso será la jefatura del servicio quien autorice la aplicación del herbicida propuesto que garantice la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y demás plantas que componen el jardín, cumpliendo la normativa de seguridad vigente y las recomendaciones de la normativa y del fabricante del producto.
Abonados
El abonado de los xxxxxxxx se efectuará dos veces al año durante los meses de enero o febrero a base de un recebado con mantillo orgánico fermentado y a razón de 0.5 m³/área; en primavera se incorporará el abono químico de lenta liberación, que sea establecido por el servicio de parques y jardines o los técnicos municipales competentes y que dependerá de las condiciones físico - químicas del suelo y del estado vegetativo del césped.
Al realizar las plantaciones anuales xx xxxx, arbustos y árboles, o cuando se aprecie una carencia de abono en alguna zona, planta o árbol a mantener, se abonará el terreno con abono orgánico o inorgánico.
Se utilizará estiércol fermentado para el abonado de macizos, rocallas, alcorques de árboles y plantaciones anuales.
En el arbolado, deberá realizarse anualmente un aporte en la hoya de 2 kg de abono orgánico.
En las plantaciones de bulbosas no se utilizará estiércol, para evitar la aportación de podredumbres, sino abono mineral de fondo.
Aireación del césped
Para facilitar la aireación del terreno, se pasará por las praderas, al menos una vez al año, con escarificadora, quedando el contratista obligado a pasar la misma tantas veces como los estime la jefatura de servicio.
Para la aireación en profundidad se utilizará un rulo de púas.
Entrecavado
Las partes de las zonas verdes dedicadas a plantaciones se entrecavarán de forma continuada, de manera que no existan malas hierbas y que se mantenga la buena estructura del suelo.
A los arbustos y árboles plantados en xxxx xxxxxxx se les dará dos entrecavados, uno en primavera y otro en otoño, de una profundidad del orden de 12 - 15 cm y 40 cm de radio, sin que afecte en ningún caso al sistema raticular.
Para los árboles de alineación en calles y plazas, el entrecavado afectará a toda la superficie del alcorque o del espacio terrizo donde se ubique la plantación.
Rastrillado
Para evitar la compactación del suelo, todos los terrenos de cualesquiera de las zonas serán rastrilladas de forma continuada y, en particular después de cada labor de entrecavado.
Durante estas labores se procederá igualmente a la eliminación tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (malas hierbas, malezas, etc), hojas caídas, restos de labores de siega, recortes y podas, como de cualquier resto o basura que lleguen a dichas zonas.
La escarda tendrá como finalidad la eliminación de malas hierbas y deberá realizarse en cuanto desmerezca el aspecto del terreno y el servicio de parques y jardines así lo indique, pudiendo ser manual, mecánica o química. En el caso xx xxxxxxx química esta se realizará mediante la aplicación de herbicidas, para cuya utilización, aparte de la autorización para su uso, se deberá garantizar la supervivencia de las especies utilizadas en la siembra y las demás plantas ornamentales que existan en la zona tratada.
Limpieza
El personal dependiente del adjudicatario dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de las plazas y zonas verdes, incluidos paseos, mobiliario urbano, juegos infantiles y papeleras.
Esta labor consistirá en la eliminación tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo, hojas caídas, restos de labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto de este contrato. También se encargarán de mantener fuentes y estanques limpios y con fácil acceso, sin encharcamientos alrededor, sin papeles y otros objetos flotantes o en el fondo.
Cualquier deficiencia que se detecte en los elementos de mobiliario urbano o en las instalaciones habrá de ser comunicada de inmediato a la jefatura de servicio.
Conservación de la estructura de los elementos vegetales existentes
El adjudicatario mantendrá el actual trazado, setos y perfiles de praderas en las diferentes zonas, así como cualquier otra estructura de elementos vegetales existentes. Cualquier modificación deberá ser previamente aprobada por los servicios técnicos municipales.
Correrán a su cargo los desperfectos o alteraciones que se originen en aquellos por la incorrecta realización de las labores.
Conservación de arbolado
Las labores de conservación de arbolado se refieren a la preparación y riego de alcorques con la periodicidad que sea necesaria para garantizar la supervivencia de aquellos (como mínimo dos veces al mes en los meses xx xxxx a octubre), así como la aireación de las tierras anexas, el arranque de los troncos de los árboles apeados a partir de le fecha de adjudicación y la detección y tratamiento de plagas y enfermedades. Deberá asimismo eliminarse el peligro de caída mediante las actuaciones preventivas correspondientes tales como eliminación de elementos muertos, podas y tratamientos fitosanitarios.
Correrán a su cargo los desperfectos y reposiciones xx xxxxxx que se originen en el arbolado por la incorrecta realización de estas labores.
Mantenimiento de la red xx xxxxx
Serán por cuenta del adjudicatario todas las pequeñas reparaciones que afecten a los elementos xx xxxxx de la instalación para un eficaz funcionamiento de estas (llaves, aspersores, difusores, goteros, conducciones, etc...) quedando únicamente excluidas las roturas en las conducciones principales anteriores a la red xx xxxxx, de cualquier zona verde contratada, en cuyo caso actuarán los servicios municipales.
Previa autorización, el adjudicatario podrá efectuar mejoras en la red xx xxxxx, a su cargo, que quedarán de propiedad municipal sin derecho a indemnización alguna. En todos los casos, cualquier reforma o nueva instalación se ajustará a las normas y/o disposiciones de aplicación, aportándose la documentación oportuna que defina en su totalidad la obra ejecutada.
El adjudicatario estará obligado a conservar tanto los sistemas xx xxxxx existentes en el momento de la adjudicación, como los que el propio ayuntamiento realice posteriormente o asuma ya ejecutados, siempre que se encuentren en alguna de las zonas objeto del presente Pliego.
Los elementos a conservar serán los que integran la infraestructura xx xxxxx de las diversas zonas verdes y que son los siguientes:
• Cabezales xx xxxxx y distribución de agua a zonas verdes, así como las piezas especiales y de unión.
• Aspersores, difusores, goteros, etc., y la parte correspondiente de sus acometidas.
2.- Labores de reposición
Estas labores consistirán en la sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o de temporada, arbustos, árboles y zonas de césped, que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien que, su precario estado vegetativo haga prever tal situación para un futuro próximo. Tales labores serán a cargo del adjudicatario en su totalidad cuando la muerte o el precario estado de las plantas sea por causa de:
• Anomalías en los riegos por carencia, deficiencia, retrasos, dotación inadecuada o aplicación incorrecta o cuando por roturas en la instalación no se ponga a disposición del servicio otros sistemas xx xxxxx alternativos.
• Anomalías en los tratamientos fitosanitarios por carencia, deficiencia, retrasos o aplicaciones inadecuadas e incorrectas.
• Excesiva vejez por carencia de reposiciones.
• Defectos en las plantaciones efectuadas por el adjudicatario y/o plantas suministradas por el mismo.
En el caso de árboles de alineación, se cortarán aquellos que estén secos, se extraerán los tocones y se repondrán las marras.
En todas las reposiciones que se efectúen se utilizarán tepes, semillas, plantas, arbustos y árboles idénticos en características botánicas, edad, tamaño, conformación, etc, a las que en el momento de sus sustitución reunía el conjunto del que formaban parte.
En el caso de grandes ejemplares arbóreos, podrá proponerse a la jefatura de servicio respecto a la sustitución prevista.
En el caso de actos vandálicos, accidentes, etc, es decir, daños no imputables al adjudicatario, todos los trabajos, materiales y maquinaria irán incluidos, excepto la planta o árbol a reponer, que será abonado aparte o suministrado por los servicios municipales.
En el caso de que los árboles plantados no tengan el tamaño suficiente para su mantenimiento correcto, se deberán proteger con las medidas adecuadas, proporcionando sujecciones o tutores adecuados, cuyo cambio y/o mantenimiento será por cuenta del adjudicatario hasta que la planta pueda prescindir de estos elementos.
3.- Plantaciones
La época de plantación depende de si la planta se suministra a raíz desnuda, cepellón o contenedor, del tipo de árbol, caduco o perenne, de la especie, del clima y del tipo de mantenimiento que está previsto llevar a cabo.
Normalmente la plantación debe llevarse a cabo preferentemente en las épocas de poca actividad fisiológica del árbol, evitando sobre todo el periodo crítico de la brotación.
Tampoco se deberá plantar en situaciones meteorológicas desfavorables, como pueden ser heladas, lluvias copiosas, nevadas, vientos fuertes, tierras embarradas o con días de temperaturas elevadas.
Se utilizarán árboles de buena calidad, dándose las cualidades que a continuación se especifican, ya que en caso contrario serán rechazados por el servicio municipal.
• Diámetro mínimo 10/12.
• Bola de raíces de tamaño adecuado. Siempre que sea posible habrá que asegurarse de que existen suficientes raíces sanas para mantener un crecimiento saludable.
• Tronco libre de heridas traumáticas por una poda incorrecta.
• formación fuerte, con ramas bien dispuestas y firmemente unidas.
Serán rechazados los árboles de mala calidad o que presenten:
• Raíces aplastadas y espirilizadas en una pequeña bola de raíces o un contenedor pequeño.
• Tronco con heridas traumáticas por poda incorrecta.
• Forma débil, con múltiples troncos que se aplastan unos contra otros, o con ramas que se aplastan contra el tronco.
• Desmoche en el que no se aprecie la formación del árbol.
• Ejemplares en los que se aprecien ataques de plagas o enfermedades.
• Que no cumplan el diámetro mínimo exigido.
• Que no tengan certificado de garantía sanitaria.
Cualquier de estos problemas por si solos o en combinación con otros reducirán notablemente las posibilidades del árbol de tener una vida larga, sana y práctica.
Recomendaciones para plantación de arbustos y árboles
Para la plantación de arbustos y árboles se deberán observar las siguientes recomendaciones:
• Las raíces desnudas no deberán estar aplastadas o desgraciadas. Los extremos de las raíces deberán presentar cortes limpios, las que estén dañadas habrá que recortarlas.
• Utilizar herramientas afiladas, realizar cortes rectos. No aplicar pinturas cicatrizantes en los cortes, estos se realizarán justo antes de la plantación e irrigación.
• Los árboles que lleven cepellón deberán tener visible el ensanchamiento basal, es decir, la prolongación del tronco que conecta con las raíces.
• Los cepellones deben ser planos en su parte superior.
• Los árboles que tienen las raíces contenidas en bolsas redondas, presentarán las raíces principales son cortes ni desgarramientos.
• El diámetro del cepellón deberá ser como mínimo de 10 a 12 veces el diámetro del tronco a 15 cm del ensanchamiento basal del mismo.
• El corte de cuerdas y la retirada de la arpillera del cepellón se realizará cuidadosamente y en el lugar de plantación.
• Se examinará cualquier raíz que sobresalga del suelo, cortando la que se observe desgarrada o aplastada.
• El cepellón que vaya atado con alambre se colocará en el sitio de plantación, y una vez dentro xxx xxxx, se cortarán los dos primeros alambres y se eliminará cualquier atadura o elemento del cuello del árbol.
• Al extraer la bala de raíces del contenedor se revisará que estas no giren en círculo o espiral.
• Los árboles en contenedor o tejido deberán presentar enterramiento hasta el ensanchamiento basal del tronco.
• Los árboles que presenten muñones, cortes, golpes, heridas, etc...se desecharán.
• Presentarán buena arquitectura, con ramas espaciadas a lo largo del tronco y uniones firmes y fuertes.
• Se rechazarán los árboles que presenten dos o más troncos aplastándolos.
• La plantación de árboles y arbustos se realizará en otoño, después de la caída de la hoja o al principio de la primavera con antelación a la apertura de las yemas. Si son árboles bien cuidados y en contenedor se podrán plantar en pleno crecimiento.
• La hoya de plantación deberá ser lo bastante grande para que quepa el cepellón holgadamente en anchura y quede justo en profundidad. Si es necesario se aportará tierra vegetal y estiércol o humus si la tierra existente no fuera adecuada.
• La hoya se rellenará hasta un tercio de la misma con cuidado de no dañar las raíces, comprimiendo con fuerza el suelo alrededor de la bola de raíces, entonces se eliminarán las cuerdas, alambre o arpillera que rodeen al tronco. El resto xxx xxxx se rellenará asegurándose de que no quedan bolsas de aire que puedan causar la desecación de las raíces.
• Después de toda plantación se realizará un riego bastante abundante.
• Se colocarán tutores si es necesario usando ataduras de plástico extensible para no dañar al árbol.
• Después de toda plantación, los alrededores deberán quedar limpios de restos y tierras de los trabajos efectuados.
Plantación de árboles en alineación
Cuando se lleve a cabo una plantación de árboles en calles o plazas, así como en espacios reducidos, la empresa adjudicataria deberá consultar a los servicios municipales sobre las especies a plantar, para definir las características especiales de adaptabilidad dependiente del lugar. No obstante, habrá que cumplir unas condiciones generales tales como:
• Las especies a plantar no serán de desarrollo rápido ni de gran porte, para evitar podas drásticas y problemas en viviendas y fachadas. Asimismo el crecimiento de raíces no será agresivo para los pavimentos ni las conducciones de servicios.
• Las especies a colocar serán lo menos tóxicas y productoras de alergias posible, además de ser resistentes a las temperaturas extremas y la sequía y a los ataques de plagas y enfermedades.
• Todas las especies a reponer serán las mismas o similares a las ya existentes salvo que los servicios municipales sugieran cambios. No obstante se intentará que en plantaciones en alineación sean de varias especies para evitar que ante una plaga o enfermedad no se vean todos ellos afectados.
Ornamentación en plazas y jardines
Estas labores consistirán en la sustitución o renovación de las plantas de temporada, que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales, o bien, que precario estado botánico haga prever tal situación para un futuro próximo.
4.- Labores de poda
Podas, recortes y pinzados
Esta labor quedará supeditada a la que marquen, en cada caso, los técnicos municipales para cada especie, lugar y circunstancia, de acuerdo con el plan anual aprobado.
Características generales
La empresa adjudicataria, para mantener la salud y el buen aspecto del árbol, podará en primer lugar las ramas enfermas, dañadas o muertas, con el fin de impedir la infección del árbol por hongos xilófagos, que podrían penetrar por esta vía. La eliminación de las ramas vivas y sanas solo se justificará para aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando sea muy densa, para compensar la pérdida de raíces, para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos. Se evitarán las podas drásticas, ya que reducen seriamente la superficie foliar potencial, pudiendo debilitar al árbol y hacerlo más susceptible a las infecciones.
La empresa adjudicataria efectuará correctamente los cortes y tratará debidamente las heridas resultantes.
Intensidad de la poda
Se adoptará como norma general el eliminar todas las ramas pequeñas que estén mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del árbol.
Terciado
Se denomina terciado a la poda drástica de las ramas grandes del árbol. Se practicará cuando la copa del árbol esté fuertemente atacada por insectos u hongos, con muchas ramas muertas, cuando se hayan cortado raíces o cuando la copa interfiera con cables, así como por medida de seguridad en los casos en que existan cavidades en las bases de las ramas.
Para terciar las ramas grandes, se dará un corte diagonal, que se iniciará indistintamente por encima de una yema vigorosa o un brote sano, y descenderá atravesando la rama en ángulo de 45º. La yema o brote debe quedar en el xxxxxxx xxx xxxxx y debe estar orientado en la dirección que se desee crezca de nuevo la rama.
La infección por hongos de los muñones tiene como resultado la formación de yemas latentes por debajo xxx xxxxx, comprometiendo la estabilidad de estas ramas y facilitando su caída.
Si el xxxxxx xx xxxxx es demasiado agudo, la rama se debilita y puede astillarse o romperse cuando las ramas nuevas crezcan y aumenten de peso.
Poda de las ramas grandes
Cuando la empresa adjudicataria deba eliminar ramas grandes, extremará las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella. Para ello realizará un primer corte bajo la rama, a una distancia de la horquilla aproximadamente igual al diámetro de la rama, profundizando hasta que la sierra empiece a agarrarse.
Darán entonces el corte definitivo de arriba abajo, a una distancia de la horquilla igual al doble del diámetro de la rama. Una vez cortada la rama es necesario eliminar el muñón con tercer corte a ras de tronco.
Para las operaciones de poda se adoptarán todas las medidas necesarias de seguridad y salud, balizando, señalando y acotando la zona de trabajo e impidiendo que cualquier rama u objeto dañe a cualquier persona y elemento ajeno a los trabajos.
Frecuencia de las podas
En las zonas verdes donde los árboles tengan espacio suficiente para su desarrollo, los árboles y arbustos se podarán con la frecuencia necesaria para mantener un buen estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los arbustos xx xxxx.
En el caso de los arbustos no siempre será necesaria la realización de algún tipo de poda, sobre todo en especie perenifolia.
Cuando sea preciso se efectuarán en la forma y época adecuada según lo especificado a continuación: Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos o formados, los que sean portadores de plagas y/o enfermedades, los que presenten muy precario estado vegetativo y los que nazcan por debajo del injerto.
En los arbustos caducifolios xx xxxx se efectuará la poda cada temporada. Los de floración invernal o primavera, donde los desarrollos florares se forman al final de cada periodo vegetativo que precede a la floración, se podarán moderadamente después de dicho periodo. Las especies de floración estival, donde los desarrollos florales se forman a lo largo del periodo
vegetativo, deben sufrir una poda más corta durante el invierno. Estas reglas generales tienen sus excepciones que se precisarán para cada especie y variedad.
Las flores marchitas, por razones estéticas y fisiológicas, deben ser eliminadas, salvo en los casos de arbustos xx xxxxxx ornamentales.
En general, con la realización de las podas se deberá conseguir el máximo nivel estético posible, mantener la estructura habitual de la especie y estimular la emisión de ramas nuevas controlando su potencial vegetativo. Se procurarán cortes oblícuos en la realización de la poda para así favorecer la cicatrización, usando herramientas bien afiladas.
El licitador establecerá en su memoria de prestación del servicio la frecuencia y periodicidad de las podas.
Otras podas
En las podas de trasplante se equilibrarán parte aérea y radicular en la época de reposo vegetativo.
En las podas de reordenación de la vegetación se mantendrá la forma clásica de la especie. A las herbáceas xx xxxx no ornamentales por su fruto, se les suprimirá la flor seca.
La retirada de los restos se efectuará el mismo día que se realice esta labor ha vertedero autorizado.
Maquinaria
La señalización, maquinaria y medios auxiliares, necesarios para la realización de las labores será por cuenta del adjudicatario, que deberá disponer de todos los elementos necesarios tales como vallas de obra, señales de tráfico, equipos elevadores, etc., en número suficiente para la correcta realización del trabajo.
En cualquier caso, el tipo de señales o vallas de obra serán del modelo normalizado y su colocación se realizará de acuerdo con lo marcado en las normativas vigentes de señalización y balizamiento.
Para las podas se empleará la maquinaria específica que en cada caso se requiera. Para las podas de altura se utilizarán plataformas elevadoras, camión pluma con cesta antivuelco o cualquier otro tipo de maquinaria que asegure la integridad física del personal que realiza la labor.
5.- Tratamientos fitosanitarios
El adjudicatario quedará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas oportunas los tratamientos preventivos necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer en cualquier de las zonas verdes, así como aquellos encaminados a combatir en su totalidad la enfermedad o plaga una vez desarrollada.
Dentro de estos tratamientos se incluyen las labores de mantenimiento en palmeras frente al picudo rojo y los tratamientos frente a la procesionaria xxx xxxx, incluyendo en cada caso los productos necesarios así como su aplicación.
Asimismo se incluyen los tratamientos para evitar la aparición xx xxxxxx en las moreas, incluyéndose en este caso todas las que se inidiquen desde Limancar S.L.U. con independencia de la ubicación de las mismas.
En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos eficaces y no tóxicos ni molestos para las personas, debiendo comunicar previamente y por escrito al Servicio, la fórmula, método y dosificación del producto a emplear en cada caso, cumpliendo la normativa de seguridad vigente y las recomendaciones de la norma UNE-EN- ISO 14.001. Las horas de tratamiento deberán ser tales que no causen perjuicios al vecindario y en cualquier caso deben contar con la autorización de la jefatura de servicio.
Todos los productos que se apliquen deberán estar incluidos en el REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS DEL MARM y autorizado para su empleo en parques y jardines.
Todos los productos y su aplicación serán por cuenta del adjudicatario.
En aquellas zonas asignadas a los centros especiales de empleo, en especial los accesos a la ciudad, los tratamientos fitosanitarios serán aplicados por Limancar S.L.U.
6.- Tratamiento de los residuos generados
Es obligación del adjudicatario el tratamiento de los residuos generados, incluyendo la recogida de los mismos, la retirada inmediata de los mismos con medios propios, el transporte a un centro de tratamiento legalmente autorizado para que en cumplimiento de la legislación vigente sean valorizados, siendo los costes de recogida, transporte, vertido y eliminación por cuenta del adjudicatario.
Bajo ningún concepto, el adjudicatario podrá hacer acopios provisionales de restos en ningún lugar, salvo por autorización expresa, por escrito y debidamente justificada de los servicios técnicos municipales. En estas situaciones el acopio no podrá permanecer más de 48 horas, debiendo ser retirado forzosamente pasado ese plazo.
Se prohibe el traslado de restos de poda a la planta de transferencia de RSU. La gestión habrá de ser asumida por los adjudicatarios.
Artículo 10.- OBRA NUEVA
Dentro de las zonas, el Ayuntamiento., tendrá absoluta libertad para realizar, tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes que figuran en el presente Xxxxxx. A tal efecto podrán crearse nuevos macizos de plantas xx xxxx, nuevos xxxxxxxx, plantar árboles, trasplantarlos y cuantas actuaciones se juzguen oportunas.
El adjudicatario no podrá realizar obras nuevas que alteren o modifiquen el trazado o características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa de los técnicos municipales.
En el primer caso, obras realizadas por el Ayuntamiento, el adjudicatario deberá mantener las nuevas plantaciones o acondicionamientos y no habrá lugar a incremento de canon alguno por las mismas.
Artículo 11.- FORMA DE ACTUACION
11.1.- Mecánica operativa inicial
El adjudicatario, antes de finalizar el primer trimestre desde la firma del contrato, presentará a los técnicos municipales un informe exhaustivo escrito y fotográfico sobre el estado de conservación de los diferentes elementos, tanto vegetales como de obra civil de los parques y zonas verdes objeto del concurso, conteniendo medición exacta de la masa vegetal a mantener, fichas de zonas verdes objeto del contrato y un plan anual de mantenimiento, con mediciones, rendimientos, etc., para a continuación poder establecer los correspondientes planes mensuales. Además este informe contará con una Memoria Valorada de aquellas obras que se consideren necesarias para la reposición de los elementos deteriorados.
En el informe se suscribirán detalladamente las plagas o afecciones que pudieran sufrir las plantaciones de las zonas verdes objeto del contrato.
El informe, una vez aceptado con las modificaciones a que haya lugar, será considerado como acta de reconocimiento por ambas partes del estado en que se reciben las zonas verdes, al objeto de aplicar la mecánica operativa normal.
11.2.- Responsabilidad técnica y control del servicio de conservación
11.2.1.- Por parte del Servicio Municipal
El personal de los servicios técnicos municipales vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego y dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él.
Las funciones de los técnicos y resto de personal de la administración designados para desempeñar el Servicio de Inspección serán las siguientes:
• Revisar periódicamente la plantilla de personal laboral dispuesta por el contratista para la ejecución del contrato, así como las circunstancias contractuales y laborales de los mismos.
• Comprobar el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. A tal fin, la Dirección del Servicio podrá solicitar del contratista la presentación de cuantos documentos se precisen para clarificar los extremos anteriores, viniendo este obligado a efectuar dicha presentación en el plazo máximo de 48 horas desde que le sean requeridos.
• Comprobar en todo momento la plena legalidad jurídica y mercantil de la empresa, así como el debido cumplimiento de sus obligaciones en materia de tributación.
• Comprobar la adecuada dotación de materiales, maquinaria y medios auxiliares precisos para la realización de las actividades contratadas.
• Revisar periódicamente las instalaciones utilizadas por el contratista para la realización de las actividades contratadas.
• Dictar las instrucciones oportunas en relación a cualquier aspecto relacionado con el objeto del presente contrato.
• Fiscalizar el consumo de agua para que sea el mínimo compatible con la realización de los riegos adecuados.
• Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en las formas correctas.
11.2.2.- Por parte del adjudicatario
La empresa intervendrá directamente, sin necesidad de los técnicos municipales, en aquellas operaciones de inspección y de reparación que requieren actuación, pues es su obligación la detección de todos los desperfectos o averías que se originen en el parque o zona verde.
Intervendrá asimismo, a requerimiento de los técnicos municipales en actuaciones que por su urgencia sean necesarias, fuera del horario normal establecido.
El contratista y todo el personal a su cargo pondrán el mayor esmero en la realización de las tareas objeto de contrato, de modo que el servicio sea prestado con la máxima calidad.
El personal afecto al servicio observará en todo momento un trato correcto para con los usuarios de las zonas verdes que son objeto de la actuación.
11.3.- Organización técnica de la empresa adjudicataria
La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución e las labores de conservación, para lo que habrá de contar con los medios adecuados a tal fin. El personal y medios descritos en las ofertas de las empresas tendrán carácter de mínimos, no pudiendo, por tanto, considerarse como tope máximo cuando las necesidades de mantenimiento requieran más efectivos.
El adjudicatario repondrá a su cargo, inmediatamente cualquier baja de personal (vacaciones, enfermedad, etc) que se produzca en el servicio, manteniendo el número y categorías el personal y medios ofertados para el contrato.
Al frente de la plantilla, en ambos Lotes, deberá figurar un Ingeniero o Ingeniero Técnico Agrícola, de acreditada experiencia o formación en materia de conservación de parques y jardines que, en ningún caso, podrá tener el carácter de mero asesor, sino que ha de encontrarse afecto a la dirección y organización de los trabajos.
El personal mínimo establecido para el presente Contrato, será el que garantice el óptimo mantenimiento de las zonas incluidas en el presente pliego, siendo responsabilidad exclusiva de los adjudicatarios asignar el personal necesario para lograr dicho objetivo.
El horario de la jornada de trabajo será propuesto por el adjudicatario a la Dirección Técnica del contrato para su aprobación.
Se notificará a las concejalías correspondientes, los nombres, categorías y demás circunstancias personales de los operaros que vayan a cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente Xxxxxx.
El personal de la empresa adjudicataria antes descrito, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto de la empresa municipal Limancar S.L.U., debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo.
Todos los operarios irán provistos de uniforme y de documento identificativo que lo acredite como personal de la empresa. Asimismo, todo el personal de la empresa dispondrá de todo el equipo de seguridad personal (EPI) fijado por las normas y reglamentos correspondientes.
La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y a cumplir todas las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante la empresa Limancar SL.U., siendo causa de la resolución del contrato estar al descubierto en la cuotas de la Seguridad Social.
El incumplimiento de las condiciones anteriores dará lugar a las sanciones especificadas en el presente Pliego.
11.4.- Maquinaria y medios auxiliares
El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el desarrollo de su misión.
La adquisición de todo tipo de material y maquinaria necesarios para la prestación del servicio será por cuenta y cargo del adjudicatario (abonos, tratamientos de cualquier tipo, semillas, bolsas para residuos, etc) así como los gastos de entretenimiento y conservación para su perfecto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato.
Por parte de Limancar S.L.U se entenderá que el material ofertado en la propuesta ha sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio y de no resultar así
el adjudicatario deberá adquirir, a su riego y xxxxxxx el preciso para su correcta prestación. Estará igualmente obligado a la reposición del material y la maquinaria cuando así sea requerido por los servicios municipales.
El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisen para una buena realización del servicio concursado y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento.
Para la prestación del servicio la empresa deberá contar, como mínimo, con la maquinaria que a continuación se relaciona:
Empresas que optan al Lote 1:
• Vehículo tipo Piaggio Xxxxxx o similar.
• Vehículo tipo furgón para transporte del personal y herramientas.
• Camión cuba con capacidad adecuada para tratamentos fitosanitarios.
• Camión cuba sistema multilift, mínimo 300 kg de carga y 3 xxxxx.
• Miniretro.
• Camión canasta o plataforma elevadora.
• Desbrozadoras.
• Astilladora.
• Cortasetos.
• Cortacésped.
• Motosierras.
• Mochilas para usos varios.
Así como todas las herramientas manuales y elementos accesorios necesarios para una adecuada prestación del servicio contratado.
Se admite en lo relativo a vehículos o maquinarías especiales la justificación de alquiler de las mismas para el desarrollo de los trabajos, siempre que esta opción no provoque retrasos ni mermas de ningún tipo en el servicio. El coste de los arrendamientos será en todo momento con cargo al adjudicatario.
Empresas que opten al lote 2:
• Vehículo tipo furgón para transporte del personal y herramientas.
• Desbrozadoras.
• Astilladora.
• Cortasetos.
• Cortacésped.
• Motosierras.
• Mochilas para usos varios.
11.5.- Vehículos
Además de lo dispuesto en los puntos anteriores, los licitadores deberán hacer constar de forma expresa y detalladamente el material móvil que decidan adscribir al servicio. Deberán prever los suficientes vehículos de reserva para que bajo ningún concepto se entorpezca la marcha normal.
Los vehículos deberán ser adecuados a las funciones que deban realizar debiendo tener un buen aspecto exterior y de fácil lavado tanto interior como exteriormente.
Todo el material, vehículos y maquinaria que oferten las empresas licitadoras se encontrará en perfecto estado de conservación y uso, pudiendo ser desechados por los técnicos municipales cuando estimen que no reúne las condiciones adecuadas, debiendo el adjudicatario sustituirlo por otro adecuado.
Queda prohibido al adjudicatario introducir vehículos de tracción mecánica en las zonas verdes salvo en los casos necesarios para las labores propias de conservación de las mismas.
El parque de vehículo y maquinaria dispuesto por el contratista para la prestación del servicio contará en todo momento con la documentación que sea preceptiva en regla y dispondrá de la suficiente cobertura ante posibles accidentes o daños causados a terceros.
Se admite en lo relativo a vehículos o maquinarías especiales la justificación de alquiler de las mismas para el desarrollo de los trabajos, siempre que esta opción no provoque retrasos ni mermas de ningún tipo en el servicio. El coste de los arrendamientos será en todo momento con cargo al adjudicatario.
El uso / préstamo / cesión de medios públicos solo se admitirá en situaciones puntuales o de urgencia, debidamente justificadas y, en ningún caso dicho préstamos de medios públicos podrá superar 24 horas, al entenderse que con la debida planificación se pueden concertar por parte de los adjudicatarios las compras o alquileres de los medios / vehículos necesarios.
11.6.- Instalaciones
Los concursantes, en sus ofertas, deberán comprometerse a disponer de los locales y almacenes necesarios para el servicio a prestar.
El adjudicatario se compromete, durante la duración del contrato y sus posibles prórrogas, a disponer de las instalaciones precisas para atender todo el personal y l maquinaria que pueda ser objeto de ampliación.
La puesta en servicio de las instalaciones para personal deberá coincidir con el comienzo del servicio.
1.7.- Ampliación del servicio
El contratista estará obligado a atender aquellas ampliaciones del servicio derivadas de los supuestos incrementos de zonas verdes que, como consecuencia del proceso urbanizador, sean asumidas por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
A tal fin, el contratista atenderá la ampliación del servicio en el plazo máximo de 15 días naturales desde el momento en que le sea notificado por la • Dirección el Servicio.
En el mismo plazo anterior, el contratista presentará ante la Dirección del Servicio un estudio que contemple la forma de optimizar la prestación del servicio tras la ampliación producida con objeto de atender la totalidad de las actuaciones en las condiciones de calidad fijados por el Ayuntamiento, o bien la nueva dotación de persona y medios necesarios para la debida prestación del servicio.
En este último supuesto, acompañará informe detallado de la nueva valoración del precio del contrato, para su aprobación, si procede, por Limancar S.L.U.
11.8.- Otros mantenimientos
El contratista estará obligado a realizar revisiones visuales de las zonas verdes con una periodicidad mínima quincenal, comprobando el estado de conservación de todos los elementos que conforman la zona verde y procediendo como sigue:
• Reparando aquellos daños que queden incluidos dentro del objeto del presente pliego.
• Notificando las deficiencias observadas en las restantes infraestructuras del parque (mobiliario urbano, alumbrado, juegos infantiles, etc) que no sean objeto del presente pliego.
Artículo 12.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
12.1
El adjudicatario deberá realizar directamente la explotación del servicio, no pudiendo subrogar o subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente, la explotación, ni hacer uso de sus relaciones comerciales, laborales, o de cualquier otro tipo, sin autorización de la empresa Limancar S.L.U.
12.2
El adjudicatario ejercerá la dirección y vigilancia por sí o por medio de representante o mandatario debidamente autorizado y con poder suficiente, con los conocimientos técnicos precisos del sistema para desarrollar y poner en práctica en todo momento los planes de la prestación de los servicios objeto del concurso, velando para que los trabajos sean llevados a cabo perfectamente.
La actuación de la persona o personas que realicen estos cometidos deberá ser conocida y autorizada por la empresa Limancar S.L.U.
12.3
Limancar S.L.U. no reconocerá ningún trabajo ejecutado fuera de las condiciones estipuladas en el contrato a suscribir por el adjudicatario que no cuente con el conforme previo de la Dirección Técnica, aún cuando haya sido solicitado por cualquier persona con vinculación a Limancar S.L.U. o el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, no haciéndose cargo por tanto de los gastos que se pudiesen generar.
12.4
El Adjudicatario cumplirá con lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio Sectorial de aplicación.
Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal, serán por cuenta del adjudicatario. Para proceder a la tramitación de las facturas emitidas por el adjudicatario, este presentará junto a ellas los modelos TC1 y TC2 de la Seguridad Social,
mensuales, original y cargo del banco, estadística mensual de accidentes de trabajo y partes de alta y baja del personal.
Limancar S.L.U. se reserva el derecho de exigir al adjudicatario, en cualquier momento, los documentos que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones y de actuar en consecuencia a la vista del resultado de la comprobación, siempre de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Claúsulas Económico - Administrativas.
12.5
El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión.
En ningún caso la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido.
12.6
El adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con el mismo toda la legislación vigente sobre protección y prevención de riesgos laborales. En esta materia y en caso de interpretaciones diferentes, se tendrá en cuenta el criterio de la empresa Limancar S.L.U. sobre el de la empresa contratada. Igualmente es competencia del adjudicatario la formación de su personal y la vigilancia de la salud. En cualquier caso, el adjudicatario viene obligado a cumplir con todo lo establecido por la reglamentación en materia de seguridad y salud.
Antes del comienzo de los trabajos el adjudicatario del contrato entregará la siguiente documentación en materia de seguridad y salud:
• Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
• Alta en el registro de empresas acreditadas.
• Escrituras de constitución de la empresa.
• NIF en vigor del representante.
• Seguro de responsabilidad civil.
• Póliza del seguro de accidentes.
• Certificado actual de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
• TC1 y TC2 del último mes.
• Autorizaciones para el uso de la maquinaria a aquellos trabajadores designados, de los que se indicará certificado de haber recibido la formación pertinente.
• Certificado CE de la maquinaria a utilizar.
Los vehículos que se vayan a emplear durante los trabajos deberán aportar y disponer constantemente la siguiente documentación:
• Póliza de seguro.
• ITV.
• Permiso de circulación.
Asimismo, se habrá de aportar lo siguiente:
• Contrato en vigor con servicio de prevención ajeno o propio, con justificantes de pago en su caso.
• Evaluación de riesgos por puesto de trabajo, incluyendo el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores.
• Planificación de la actividad preventiva.
• Plan de prevención de riesgos laborales.
• Relación de personal a emplear en la ejecución de los trabajos, que aportarán lo siguiente:
o NIF o NIE en vigor.
o Certificado actualizado de aptitud médica. Con antigüedad inferior a 6 meses y firmado por médico colegiado.
o Certificados de formación e información a nombre de la empresa, en materia de prevención de riesgos laborales, impartida por la empresa al trabajador.
o Justificantes de entrega de EPIs a los trabajadores firmados por las partes.
12.7
El cumplimiento de la reglamentación laboral, convenio sectorial, bajas, vacaciones, fiestas locales o patronales, etc. no afectarán al servicio previsto en este pliego, debiendo por tanto la empresa tener previsto el personal necesario para suplencias de forma que la intensidad y calidad del servicio no se vea afectada por estas contingencias.
En cualquier caso no se desatenderá el servicio por un plazo mayor de 48 horas.
12.8
El Adjudicatario será responsable frente a la empresa Limancar S.L.U. y frente a terceros de todas las faltas y daños producidos por culpa, negligencia, o dolo, o por la defectuosa prestación de los servicios. Deberá abonar directamente las indemnizaciones civiles procedentes por daños ocasionados por faltas o accidentes motivados por la prestación del servicio, sin perjuicio de los derechos que pueda ejercitar frente a los autores de los hechos o a las compañías aseguradoras. Para ello dispondrá de un Seguro de Responsabilidad civil hasta una cuantía mínima de 300.000 euros.
El Adjudicatario queda obligado a poner en conocimiento de la empresa Limancar S.L.U. a través de su encargado o responsable del servicio, los desperfectos y roturas que causen en los bienes e instalaciones municipales de cualquier tipo, comunicando tal circunstancia a la Policía Local o a cualquier otra persona que Limancar S.L.U. designe como parte integrante de la Dirección Técnica.
En caso de que no se efectuara esta comunicación, el hecho además de las responsabilidades patrimoniales correspondientes, será considerado como falta grave en la prestación de los servicios.
12.9
Dentro de la relación de personal ofertado por la concesionaria, deberá figurar, como personal fijo a tiempo parcial:
Al frente de la plantilla deberá figurar un Ingeniero o Ingeniero Técnico agrícola de acreditada experiencia en conservación de parques y jardines.
Como personal mínimo con dedicación exclusiva al contrato se establece:
- 4 jardineros con experiencia en trabajos similares.
Artículo 13.- CONTROLES DE CALIDAD
El adjudicatario realizará controles que garanticen el parámetro de calidad del servicio a prestar, contemplando:
• Control de la limpieza y del mantenimiento por el encargado o jefe de servicio al finalizar el turno de trabajo.
• Repaso diario de los turnos por el encargado general.
• Planteamiento y análisis de nuevos estudios, métodos de trabajo y plantaciones para su posterior aplicación, siempre que sean autorizados por el Ayuntamiento.
• Control de vehículos y maquinaria.
Asimismo, se reflejará en un parte de control la conformidad o reparos del responsable de la empresa.
Todos y cada uno de estos controles deberán ser presentados, con la frecuencia que así lo estime, al jefe de servicio de Limancar S.L.U
La Dirección de Limancar S.L.U determinará la forma, periodicidad y métodos para concretarlo. Asimismo, Limancar S.L.U se reservará en todo momento cualquier otro tipo de control no fijado expresamente y que permita tener un conocimiento detallado y amplio de cualquier aspecto.
Artículo 14.- FACULTAD DE INSPECCIÓN.
La Dirección de Limancar S.L.U mediante su Jefe de Servicio o encargado, podrá inspeccionar el personal y su trabajo en todo lo establecido en el presente Xxxxxx y comprobar el servicio realizado cuando lo considere oportuno, así como adoptar cualquier otra medida necesaria para el buen funcionamiento del servicio.
En caso de infracción o incumplimiento de las estipulaciones establecidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas, o de las que se incluyan en el Contrato, la Dirección de Limancar S.L.U las comunicará al adjudicatario, a través de su representante, mediante la correspondiente ACTA DE INCIDENCIAS, en la que se hará constar la anomalía detectada, y que en cualquier caso deberá ser recibida y firmada por el mismo.
La empresa adjudicataria se verá obligada de forma inmediata a la corrección de irregularidades o alteraciones que se produjesen en el Servicio.
El incumplimiento de estas Actas darán lugar a las correspondientes sanciones.
Artículo 15.- INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de este Pliego, así como de la oferta de la empresa adjudicataria, será considerado como falta, pudiendo Limancar S.L.U imponer al adjudicatario las sanciones que correspondan en cada caso, incluida la resolución del contrato, conforme al procedimiento legalmente establecido y, en todo caso, previa audiencia del interesado.
A tales efectos, el adjudicatario se hace responsable ante Limancar S.L.U. de todas las faltas que puedan ser cometidas por sus empleados, así como las repercusiones a que dieran lugar.
El adjudicatario, igualmente, será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en las zonas verdes, arbolado y demás elementos de propiedad municipal, por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Xxxxxx.
Para los trabajos a realizar mediante la percepción de un canon, la cuantía de las sanciones será de hasta 200 euros, en el caso de infracciones leves, de 201 euros hasta 2.000 euros., para infracciones graves y de 2.001 euros hasta 30.000 euros, en el caso de infracciones muy graves.
Se consideran faltas muy graves:
a) No dar comienzo la prestación del servicio contratado dentro del plazo establecido.
b) Paralización o no prestación del servicio contratado.
c) Xxxxxxxx a fines ajenos el servicio contratado, los medios humanos o materiales ofertados durante el horario a cumplir por la contrata.
d) Ceder, subarrendar o traspasar en todo, en parte, el servicio contratado, sin previa autorización del Ayuntamiento.
e) Incumplimiento de las obligaciones laborales o de Seguridad Social con el personal de la contrata.
f) El incumplimiento y/o demora de las órdenes de trabajo dadas por el Servicio de Parques y Jardines con el carácter de urgentes.
g) La acumulación de tres faltas graves en un trimestre.
Se consideran faltas graves:
a) Prestación defectuosa o irregular del servicio contratado.
b) La negativa por parte del adjudicatario a cumplimentar las órdenes singulares y requerimientos de carácter informativo del Servicio de Parques y Jardines.
c) El incumplimiento de cualquier otra de las condiciones de este Pliego o de la oferta adjudicataria.
d) No informar de los desperfectos y roturas que se causen en los bienes e instalaciones municipales(rotura de aceras, conducciones de agua, alumbrado público, etc.), como consecuencia del mantenimiento.
e) La acumulación de tres faltas leves en un trimestre.
Se consideran faltas leves todas las demás infracciones no previstas o mencionadas anteriormente.
El hecho de incurrir en una falta de las calificadas como muy graves, podrá ser objeto de rescisión del Contrato con pérdida de fianza, siendo competente en este caso Limancar S.L.U para acordar o no dicha resolución.
Artículo 16.- PLAZOS DE GARANTIA
Se considera que cualquier elemento (vivo o inanimado) repuesto o de nueva ejecución cuya reposición o colocación haya sido por cuenta del contratista tendrá una garantía de 1 año desde el momento en que sea notificada su reposición / colocación a Limancar S.L.U., siendo por tanto responsabilidad exclusiva de este su adecuada conservación, salvo indicación expresa de Limancar S.L.U. en sentido contrario.
Artículo 17.- MEJORAS VALORADAS
Las empresas ofertantes podrán optar a incluir una serie de mejoras valoradas de acuerdo con el listado que se incluye en el anexo I del presente pliego.
Estas mejoras no supondrán en ningún caso incremento en los importes del contrato final.
Artículo 18.- CRITERIOS DE VALORACION
Los criterios de valoración que se detallan en el presente artículo serán objetivos, no sujetos a discusión, en tanto que los mismos se resuelven mediante la aplicación de fórmulas matemáticas, no teniendo por tanto cabida juicios de valor de ningún tipo.
La puntuación máxima que se otorgará será de 100 puntos, repartidos como se detalla a continuación:
• Oferta económica: Máximo 60 puntos
◦ Fórmula: 60 x (Oferta Mejor Precio / Oferta a valorar)
• Mejoras a precio cerrado: Máximo 40 puntos
◦ La fórmula que se detalla se aplicará a la suma de los importes en euros que el licitador haya reflejado en el Anexo I de este Pliego
◦ Fórmula: 40 x (Oferta a valorar / Oferta mayor importe mejoras)
A efectos de valoración se considerarán “bajas temerarias” aquellas ofertas presentadas por un importe inferior al 80% del importe total xx xxxxxxx del presente contrato. En estos casos quedará a criterio de la Mesa de Contratación la aceptación o no de estas ofertas previa justificación de los importes de la misma, estableciéndose un plazo de 48 horas hábiles para que el ofertante justifique debidamente la oferta mediante la presentación de la documentación que se le requiera y aquella otra que el propio ofertante considere adecuada para dicha justificación.
En Carmona, septiembre de 2012 Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx
Ingeniero Técnico Industrial Jefe de Servicios de LIMANCAR S.L.U
ANEXO I
MODELO DE OFERTA DE MEJORAS CUANTIFICADAS A PRECIO CERRADO
OFERTA DE MEJORAS CUANTUIFICADAS A PRECIO CERRADO | MEDICION | PRECIO | IMPORTE | |
UD | Flores de temporada en navidad (xxxxxx xx xxxxxx) a suministrar y colocar en Paseo del Estatuto, calle San Xxxxx, Glorieta de Xxxx Xxxxxxxx y Glorieta de San Xxxxx. Incluso suministro de plantas | 20 € | ||
UD | Flores de temporada difuntos (crisantemos y pensamientos) en acceso a cementerio municipal y calles interiores del mismo. Incluso suministro de plantas | 18 € (ramo) | ||
UD | Ajardinamiento y mantenimiento continuado de maceteros ubicados en el Casco Histórico de la ciudad y recinto ferial con flores de temporada. Incluso suministro de plantas | 75 € | ||
UD | Reposición de alcorques (sin suministro de planta) en parques públicos y calles de la ciudad, incluso medios auxiliares necesarios | 15 € |