CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CAFETERIA DE LA PISCINA MUNICIPAL DE VAREA
CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CAFETERIA DE LA PISCINA MUNICIPAL XX XXXXX
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1ª. Objeto del contrato
1. El presente pliego establece las condiciones para la contratación de la prestación al público del servicio de cafetería de las Piscinas Municipales xx Xxxxx.
2. La empresa adjudicataria deberá prestar los servicios descritos en el apartado anterior con el personal suficiente para cubrir los horarios que se establecen y en las condiciones que se señalan en el presente pliego.
3. El Anexo IX en el que se aportan planos de la instalación, forma parte integrante del presente Pliego de condiciones generales.
Cláusula 2ª. Régimen Jurídico
1. El contrato se regirá:
A) En virtud de lo establecido en el artículo 20.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, el procedimiento de contratación se regirá en cuanto a la preparación y adjudicación, por lo dispuesto en las prescripciones administrativas y técnicas y por lo dispuesto en la citada Ley.
B) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de derecho privado. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes una vez suscritos los contratos.
C) Por el presente Pliego de condiciones.
Cláusula 3ª. Condiciones para tomar parte en el concurso
Pueden concurrir a la oferta personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido del la Ley de Contratos del Sector Público y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de acuerdo con los criterios de selección. Este último requisito será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en que la empresa licitadora este clasificada.
Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de presentar la oferta:
• Ser persona física o jurídica con plena capacidad para obrar, solvencia económica financiera y técnica y no estar incursa en las prohibiciones para contratar.
• La finalidad o actividad de la empresa deberá tener relación directa con el objeto del contrato y el ofertante deberá disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
• No tener deudas con Logroño Deporte, S.A. No se admitirán las ofertas de personas que las tengan, para lo cual antes de proceder a la apertura de los sobres con documentación personal se realizarán las oportunas comprobaciones.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de seguridad social, y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
• Si es persona jurídica, deberá estar inscrita en el Registro Mercantil en los casos en que sea obligada su inscripción de conformidad con la legislación aplicable.
• Si la oferta es de una unión temporal de empresas deberá figurar el compromiso escrito de su constitución e inscripción en el Registro Mercantil y las empresas que la formen deberán estar inscritas en el citado Registro. Asimismo deberán expresarse los nombres y circunstancias de los empresarios que constituyan la
U.T.E y la participación de cada uno de ellos. En el caso de resultar adjudicataria la formalización notarial e inscripción en el Registro Mercantil podrá realizarse con posterioridad al acuerdo de adjudicación y, salvo causa justificada, antes de la finalización del plazo para la firma del contrato.
CAPITULO II EJECUCION DEL CONTRATO
Cláusula 4ª Sujeción a documentos contractuales
1. El Servicio se prestará con estricta sujeción al presente Pliego de condiciones, a la legislación aplicable y a las instrucciones que dicte Logroño Deporte, S.A. a través de la Dirección técnica.
2. Las instrucciones que dicte la Dirección técnica de la empresa a cerca del servicio, serán de obligatoria observancia por la Empresa contratista siempre que consten por escrito.
Cláusula 5ª Responsabilidades del Contratista
1. El Contratista será responsable de los servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Logroño Deporte de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, con la consiguiente obligación de indemnizar.
2. Como consecuencia de lo anterior, el adjudicatario asume la obligación de indemnizar x Xxxxxxx Deporte, S.A por los daños y perjuicios que el incorrecto desarrollo del servicio o el incumplimiento contractual le ocasionen.
3. La empresa contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causasen a terceros como consecuencia del desarrollo de la prestación del
servicio, salvo cuando sean consecuencia inmediata y directa de una orden de la empresa.
4. Serán por cuenta de la empresa contratista cuantas responsabilidades de orden civil, penal y laboral pudiesen derivarse del desarrollo de las prestaciones objeto del contrato.
Cláusula 6ª Ejecución de las prestaciones
1. El Contrato tiene por objeto la prestación al público del servicio de cafetería de las Piscinas Municipales xx Xxxxx.
2. Todos los servicios que el adjudicatario quiera ofertar y que no estén regulados expresamente en el pliego, serán valorados por Logroño Deporte, previa solicitud por escrito y debidamente informada, por parte del adjudicatario. La valoración a cerca de su autorización o no, será determinada por Logroño Deporte en función de los criterios que se estimen oportunos en cada momento.
3. El servicio se prestará en Las Piscinas Municipales xx Xxxxx, que se entregarán sin equipar al adjudicatario, siendo por cuenta del mismo la realización de la inversión necesaria para la prestación de la actividad. El adjudicatario deberá equipar la instalación con un material mínimo que se describe en el Anexo VIII.
Logroño Deporte aportará únicamente el material que figura en el Anexo VIII del presente contrato.
Con anterioridad a la apertura al público del servicio de cafetería, se realizará un inventario de todo el material sito en la instalación, que será firmado por ambas partes.
A la finalización del contrato, todos los bienes muebles y elementos necesarios para la prestación del servicio que se describen en el Anexo VIII quedarán en beneficio de la instalación, sin que ello de lugar a indemnización alguna.
4. El servicio deberá prestarse de forma obligatoria durante la temporada xx xxxxxx en todos los años de vigencia del contrato. La temporada xx xxxxxx abarca con carácter general los periodos comprendidos entre el 15 xx xxxxx y 8 de septiembre, pudiendo variar de una temporada a otra la fecha de inicio y de fin.
El licitador podrá ofertar la prestación del servicio en periodos de tiempo superiores al establecido, debiendo indicar en su propuesta las fechas concretas en las que pretende ofrecer servicio y el canon que oferta para dicha ampliación.
El adjudicatario deberá prestar el servicio, ininterrumpidamente, como mínimo durante los horarios marcados en el Anexo VII, salvo los días en los que la instalación permanezca cerrada.
El horario de apertura y cierre de los distintos espacios de cafetería deberá coincidir siempre con el de apertura y cierre al público de la instalación, salvo que por necesidades del servicio Logroño Deporte, S.A. autorice otro horario diferente.
Los horarios marcados en el Anexo VII, indican el horario que ha de cumplir el prestatario del servicio, y podrán ser modificados por Logroño Deporte, S.A., en función de las necesidades que se generen, debiendo informar previamente al adjudicatario y sin que deriven por ello derechos de indemnización, o previa propuesta motivada de la empresa adjudicataria.
Cláusula 7ª Obligaciones del adjudicatario
1. El contratista queda obligado al desarrollo del servicio en las condiciones que resultan del presente Xxxxxx y de la oferta seleccionada. Tanto la empresa que resulte adjudicataria como los trabajadores de la misma, quedan vinculados por las presentes obligaciones y las descritas en los Anexos.
2. Los locales serán usados por el contratista a los exclusivos efectos de prestación del servicio al que están destinados, no pudiendo realizar ninguna otra actividad ajena al mismo, ni introducir o almacenar material que no sea el estrictamente necesario para la prestación del servicio.
3. La prestación del servicio se llevará a cabo aportando el adjudicatario los elementos necesarios en materia de personal, bienes e instalaciones y material.
El material aportado por el adjudicatario así como los elementos decorativos, deberán ser previamente aprobados por Logroño Deporte, con el fin de que guarden concordancia con el entorno. Logroño Deporte S.A., podrá rechazar los elementos materiales que por su calidad o diseño no estén en consonancia con el conjunto y ambientación del edificio.
El material aportado por el adjudicatario para la prestación del servicio deberá ser de primera calidad y con la adecuada aptitud para el servicio; al finalizar el contrato podrán ser retirados, sin perjuicio del acondicionamiento de los locales, obras e instalaciones, o con subsanación de las deficiencias causadas en los mismos.
Será imprescindible que el adjudicatario cuente en todo momento con un número suficiente de menaje de material desechable, para todas aquellas bebidas o alimentos que vayan a ser consumidas fuera del espacio destinado a cafetería, ya que no se permitirá el acceso al resto de espacios de la instalación con menaje no desechable, especialmente cristal o cualquier otro material que pueda suponer un riesgo para la integridad física de las personas.
4. En la prestación del servicio el contratista observará las prescripciones establecidas por la legislación vigente.
5. El adjudicatario deberá nombrar a un interlocutor válido para realizar la coordinación y comunicación entre la adjudicataria, los empleados de la misma y Logroño Deporte, S.A.
6. El contratista establecerá los precios de las consumiciones con sujeción a la vigente legislación y a su oferta, los cuales no podrán ser modificados con posterioridad sin autorización expresa de Logroño Deporte, S.A. (salvo incremento del IPC). Para el cumplimiento de este apartado el adjudicatario deberá presentar anualmente x Xxxxxxx Deporte, S.A. la propuesta de precios y revisión de los mismos.
7. Queda prohibida la instalación en el local objeto del contrato, de máquinas tragaperras y de anuncios o cualquier elemento de propaganda.
8. Logroño Deporte, S.A. se reserva la facultad de prohibir la venta de artículos que puedan afectar a la limpieza y ambientación del local o del entorno
9. Se podrá prohibir la instalación o funcionamiento de equipos de reproducción sonora o visual, máquinas recreativas o de venta mecánica y la realización de cualquier acto que afecte o pueda afectar a unas adecuadas condiciones de limpieza, ambientación o tranquilidad del entorno. En el caso de que se autorice por Logroño Deporte, S.A. la instalación de esos equipos, estos se colocaran donde la empresa indique y todos los gastos derivados de la instalación y mantenimiento así como los impuestos a que pudieran dar lugar (SGAE..etc.) serán por cuenta del adjudicatario.
10. El adjudicatario deberá cumplir con las disposiciones relativas a espectáculos deportivos previstas en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y demás disposiciones legales que sean de aplicación, vigentes en el momento de la suscripción del contrato o que puedan promulgarse con posterioridad.
11. Serán de cuenta del adjudicatario la totalidad de los gastos, cargas o cuotas que se deriven del presente contrato, así como el pago de cuantos impuestos y exacciones que graven la actividad objeto del presente contrato.
12. Los gastos de suministros energéticos derivados de la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario.
13. Corresponderá al adjudicatario la obtención de cuantos permisos, declaraciones de alta o autorizaciones sean necesarias para el desarrollo de la actividad objeto del servicio contratado.
14. En el supuesto de eventuales obras de adaptación, remodelación, renovación, actualización o reparación de las Piscinas xx Xxxxx, o cualquier otra actuación que sea necesaria, el adjudicatario asumirá las consecuencias que de las mismas pudieran derivarse, tanto en lo referente a las molestias causadas por las obras como al posible cierre temporal de la instalación, sin que ello de derecho al adjudicatario a reclamar ningún tipo de indemnización o reducción en los pagos.
15. El contratista únicamente contará con las llaves correspondientes a los espacios destinados a la prestación del servicio de cafetería y restauración, teniendo en cuenta que para modificar las cerraduras de las mismas deberá pedir permiso previamente x Xxxxxxx Deporte.
16. El contratista renuncia a toda reclamación por responsabilidad contra Logroño Deporte en los casos de:
- Xxxx, hurto y otro acto delictivo de que pudiera ser víctima
- Daños ocasionados en el local o en los objetos y mercaderías que allí se encontrasen causados por fugas, filtraciones, humedades u otras circunstancias
- Interrupción en los suministros de agua, electricidad, calefacción o refrigeración.
Cláusula 8ª Facultades de Logroño Deporte en el desarrollo del contrato.
1. Logroño Deporte se reserva la facultad de exigir una variedad mínima de existencias, ajena a cualquier marca comercial.
2. Para garantizar las condiciones expresadas en las cláusulas de este pliego, la empresa podrá adoptar las medidas que estime necesarias
3. En el supuesto de incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que le son propias y de las que se describen en el presente pliego, Logroño Deporte, S.A. podrá exigir al adjudicatario su correcto cumplimiento, pudiendo, en el caso de que el mismo no cumpla, proceder a la resolución del contrato o imponer penalizaciones económicas por cada día de retraso. Su importe diario será el que corresponda a un día y medio del precio del contrato, prorrateándose para su cálculo, el importe mensual que resulte de la adjudicación entre 30 días naturales.
4. Las instalaciones de las Piscinas xx Xxxxx podrán albergar eventos deportivos y de otra índole siempre que así lo estime oportuno Logroño Deporte, S.A. En determinados eventos, cabe la posibilidad de que Logroño Deporte o, en su caso, la empresa organizadora, se reserven el derecho a contratar el servicio de cafetería/restauración con la empresa que estimen conveniente o que mejor se adapte a las características del evento, sin que esto conlleve ningún tipo de indemnización para el adjudicatario.
5. De forma extraordinaria, durante la celebración de eventos puntuales, las fechas y horarios de apertura del servicio de cafetería objeto de este pliego que se establecen en el Anexo VI, se podrán ver alterados, sin que esto conlleve ningún tipo de indemnización para el adjudicatario.
6. Logroño Deporte se reserva el derecho a utilizar el espacio del Bar para la entrega de trofeos u otros actos de protocolo, sin que proceda el pago de ninguna cantidad
al adjudicatario. Estas reservas de uso serán siempre previo aviso, y comprometiéndose Logroño Deporte a alterar lo menos posible la actividad del local.
Durante estos actos Logroño Deporte, S.A. podrá instalar publicidad relativa a los patrocinadores de los eventos deportivos, debiendo retirarla una vez finalizado el acto.
7. Logroño Deporte S.A. tendrá la prerrogativa de interpretar el contrato, o resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
Cláusula 9ª : Medios personales
1. El contratista deberá disponer en todo momento de los medios personales necesarios para la prestación del servicio. El personal contratado deberá estar cualificado para la prestación del servicio a que se refiere el objeto del contrato y deberá procurar un trato correcto al público y al personal de la instalación.
El contratista deberá facilitar x Xxxxxxx Deporte, una relación de los empleados así como del puesto que ocupan, debiendo informar puntualmente de cualquier cambio que se produzca en su plantilla, ya que únicamente se permitirá la entrada en la instalación a las personas que se recojan en dicha relación.
2. El personal deberá prestar el servicio correctamente vestido y aseado, pudiendo exigirse por parte de Logroño Deporte, S.A. que sea uniformado.
3. El personal destinado a la realización del servicio tendrá la mayor permanencia posible para evitar continuas sustituciones que interfieran la buena atención al servicio y al público, y su sustitución, siempre por causas justificadas, deberá comunicase previamente a los técnicos de Logroño Deporte, S.A., y sin menoscabo de su derecho a vacaciones, bajas por enfermedad, etc. Asimismo, si durante la vigencia del contrato, alguno de los integrantes del equipo de “Personal” no cumpliese debidamente con sus obligaciones o con las expectativas previstas por Logroño Deporte, S.A., la empresa contratista deberá sustituirlo por otro trabajador que reúna los requisitos exigidos, en el transcurso del menor tiempo posible tras la solicitud fundamentada por parte de Logroño Deporte, S.A.
4. En cualquier momento de la ejecución del contrato Logroño Deporte, S.A podrá exigir la presentación de la documentación acreditativa de la relación contractual o de otra índole que vincule a los miembros del equipo de trabajo con la empresa adjudicataria. Siendo responsabilidad exclusiva de la empresa cualquier irregularidad existente.
5. La empresa adjudicataria, así como sus trabajadores, deberán colaborar en las tareas y mantenimiento del sistema de calidad, implantado en Logroño Deporte y en cuantas disposiciones puedan dictar los técnicos de Logroño Deporte, S.A.
Cláusula 10ª: Otras obligaciones del adjudicatario
El contratista queda obligado al desarrollo del servicio en las condiciones que resultan del presente Pliego de condiciones administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y, en concreto, de conformidad con lo establecido en su oferta. Tanto la empresa que resulte adjudicataria como los trabajadores de la misma, quedan vinculados por las obligaciones descritas.
El adjudicatario deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad y Salud y deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el cumplimiento de las anteriores obligaciones.
Cláusula 11ª Acondicionamiento, mantenimiento y limpieza
1. El adjudicatario deberá cumplir las condiciones higienco-sanitarias y de protección del Medio Ambiente para la eliminación o tratamiento de los residuos. A estos efectos, el adjudicatario asume expresamente la obligación de trasladar dichos residuos diariamente a los contenedores más próximos para su recogida por los vehículos del servicio de limpieza urbana.
2. El adjudicatario observará en la prestación del servicio una esmerada limpieza, patente en vajilla, vestuario, materiales, instalaciones y locales.
3. Será por cuenta del adjudicatario la limpieza de todos los espacios destinadas a cafetería (barra, espacio destinado a mesas, suelo de las terrazas, cocina, almacén, mesas, sillas, electrodomésticos, verjas de cierre del bar, cristaleras, etc.), que deberá mantenerlas en perfecto estado de orden y limpieza diarios. Las zonas de las terrazas y su mobiliario deberán estar limpias antes de las 10:30 horas de la mañana.
4. El mantenimiento correcto de las instalaciones, equipaciones y demás elementos relacionados con el servicio de restauración y cafetería serán responsabilidad del contratista, debiendo estar en todo momento en buen estado de limpieza, funcionamiento y seguridad, efectuando a su cargo las obras y acciones necesarias de conservación y reparación. El adjudicatario deberá informar x Xxxxxxx Deporte, S.A. de cuantas obras de reparación, mantenimiento, o de cualquier otra índole, vaya a llevar a cabo y deberá recibir autorización expresa para poderlas realizar. En este sentido, Logroño Deporte podrá exigir la realización de obras y tareas concretas de reparación o conservación que estime necesarias para la correcta realización del servicio, así como la eliminación de las ya efectuadas por el contratista sin la autorización de Logroño Deporte, S.A. Si el adjudicatario no cumpliese con esta obligación, Logroño Deporte, S.A., podrá llevarlas a cabo por cuenta del adjudicatario, quedando facultada para reclamarle el importe de las reparaciones.
5. Todas las obras e instalaciones quedarán en beneficio del complejo deportivo municipal al término del contrato, sin derecho a indemnización.
6. A la terminación del contrato el adjudicatario deberá dejar en buen estado el local, realizando las reparaciones que fuesen necesarias para ello. A tal efecto se redactará un acta del estado del local, con estimación del coste que pudieran suponer las reparaciones a efectuar. Dicha cantidad podrá ser cubierta con el importe consignado en concepto de fianza, debiendo el adjudicatario abonar las cantidades que pudieran exceder de la cobertura de la fianza.
7. El adjudicatario esta obligado a realizar las tareas de carga y descarga para cualquier tipo de suministros relacionados con el servicio, antes de las 10:00 horas de la mañana.
Cláusula 12ª: Vigencia
1. La vigencia del contrato se iniciará en el verano de 2014 desde la entrega de la obra y apertura al público de la instalación, y finalizará el 30 de septiembre de 2019.
El comienzo de la prestación del servicio en el año 2014, tendrá lugar tras la finalización de la construcción de las piscinas y la entrega de la obra. No obstante se confirmará la fecha exacta de inicio de la prestación del servicio una vez entregada la obra.
2. Si antes de la terminación del plazo el adjudicatario se propusiera desalojar el local, deberá notificarlo x Xxxxxxx Deporte por escrito, con tres meses de antelación.
CAPITULO III MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Cláusula 13ª Variaciones de detalle
Será obligatoria para la Empresa contratista la aceptación de variaciones de detalle establecidas por la Dirección técnica que no alteren sustancialmente las prestaciones establecidas.
Cláusula 14ª Modificaciones del contrato.
Cualquier modificación del contrato que altere lo establecido en el presente pliego de condiciones administrativas o en el pliego técnico, deberá ser autorizada expresamente y por escrito por Logroño Deporte, S.A.
Cláusula 15ª. Cesión y subarriendo.
Sin el previo permiso de Logroño Deporte, el adjudicatario no podrá ceder el presente contrato a ninguna persona, física o jurídica, ya sea a título gratuito u oneroso.
En el caso de que la adjudicataria sea una sociedad, se considera cesión a todos los efectos el cambio de titularidad, en uno o varios actos sucesivos, de las acciones,
participaciones o títulos representativos del capital de la sociedad adjudicataria, en porcentaje que sea superior al 50% de su composición en el momento de presentación de la oferta.
De igual modo, el adjudicatario no podrá subarrendar, total o parcialmente, el local en el que se desarrolla el objeto del presente contrato, ni tampoco alquilarlo puntualmente.
CAPITULO IV
PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
Cláusula 16ª Precio
El contratista abonará x Xxxxxxx Deporte la cantidad que resulte de su oferta económica y que se fija en un mínimo de QUINIENTOS EUROS (500 €) para todo el periodo de apertura estival.
En el caso de que el adjudicatario propusiese la apertura en otras fechas estas deberán de comunicarse como mínimo con una semana de antelación y conllevarían el siguiente coste:
-Apertura mensual: 150 euros.
-Apertura de fin de semana (sábado y domingo): 75 euros.
-Apertura para eventos especiales (por día): 100 euros.
Estos precios no incluyen IVA
El precio del contrato con base en la oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario, se actualizará anualmente, a partir del segundo año, conforme al 85% de la variación del IPC nacional, tal como establece el artículo 90.3 de l Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Serán por cuenta del adjudicatario cuantos gastos, cargas o impuestos que puedan derivarse de la prestación del servicio objeto del contrato.
Los gastos de suministro (agua, electricidad, gas etc.) derivados de la prestación del servicio, serán por cuenta del adjudicatario.
Cláusula 17ª Forma de Pago
El Pago del Precio se hará efectivo mediante factura girada en los cinco primeros días de cada mes, al número de cuenta que facilite el adjudicatario.
CAPITULO V EXTINCION DEL CONTRATO
Una vez finalizado el contrato, se procederá a una revisión del inventario existente y a la comprobación de su estado.
El adjudicatario deberá desalojar y dejar libre y en perfecto estado el local objeto del contrato, en el plazo máximo de quince días desde la finalización del contrato, procediendo a retirar todo aquel material que no quede en beneficio de la instalación. Si no retirase dicho material en el plazo de quince días indicado anteriormente, se entenderá que renuncia al mismo.
Asimismo, no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna por ningún concepto.
Cláusula 18ª Causas de resolución.
Serán causas de resolución del contrato:
• El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones a que está sujeto por el presente pliego.
• La incursión por parte del adjudicatario y con posterioridad a la adjudicación en alguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para contratar.
• La muerte o incapacidad sobrevenida al contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
• La declaración de concurso o declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
• La falta de pago tanto de la cantidad mensual fijada como precio del contrato como de cualesquiera de los gastos, impuestos o cartas que pudieran corresponderle a al adjudicatario.
• La demora en el pago de cualesquiera de los cargos que son por cuenta del adjudicatario
• El incumplimiento del plazo señalado para el inicio de la prestación del servicio.
• La prestación defectuosa del servicio cuando su irregularidad haya sido previamente advertida por Logroño Deporte, S.A. En este sentido, si se producen molestias derivadas de una mala gestión del servicio tales como exceso de ruido que afecte al resto de la instalación, olores, suciedad, mala imagen corporativa, desconsideración con los clientes, dejadez en el servicio o mal estado de la instalación, entre otras, Logroño Deporte podrá optar entre la resolución del contrato o la imposición de multas tal y como se describe en la cláusula 8.3.
• El mutuo acuerdo entre Logroño Xxxxxxx y el contratista
• La falta de presentación por el contratista de la garantía definitiva
• La no formalización del contrato en plazo
• El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales y legales esenciales.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista será incautada la fianza y, además, deberá indemnizar x Xxxxxxx Deporte, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan de la garantía incautada.
CAPITULO VI GARANTIAS DE LA CONTRATACION
Cláusula 19ª Fianza
Previo a la firma del contrato se deberá depositar una fianza por importe de
10.000 euros.
La fianza, cuyo objeto es asegurar el cumplimiento del contrato en las condiciones que establece el presente condicionado, podrá consignarse en efectivo o mediante aval bancario.
Si a la finalización del contrato el mismo se prorrogase, la fianza será actualizada. anualmente en el mismo modo y tiempo en que se realice la actualización del precio del contrato.
En los casos en los que proceda, la devolución de la fianza al adjudicatario será efectuada previa petición de este y no antes de dos meses desde la finalización del contrato.
Cláusula 20ª: Seguros
1. Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar una póliza de seguro que cubra los daños al inmueble y la responsabilidad civil por los daños causados en personas o cosas, póliza que podrá ser rechazada por la Logroño Deporte, S.A., por insuficiencia en sus coberturas o en el condicionado general o particular de la misma.
Las coberturas mínimas de la póliza de seguro serán las siguientes:
• Daños: Con respecto al continente y contenido, el adjudicatario deberá suscribir un seguro que garantice como mínimo lo siguiente:
- El valor de la decoración y reformas propias de su local
- El valor de la maquinaria, mobiliario e instalaciones propias
- Valor máximo de la mercancía o existencias propias.
• Responsabilidad Civil: El adjudicatario deberá suscribir una póliza de seguro de Responsabilidad Civil que garantice los daños materiales y/o corporales que pudieran causar a terceras personas con motivo del desempeño de su actividad comercial. El límite de indemnización mínimo por siniestro será de 1.202.024,21 Euros.
2. El contratista responderá civil, penal, laboral o administrativamente de los actos ejecutados en la prestación del servicio.
Cláusula 21ª. Riesgo y Xxxxxxx
La prestación del servicio se entenderá convenida a riesgo y xxxxxxx del contratista.
CAPITULO VII
SELECCION DE LA EMPRESA CONTRATISTA, ADJUDICACION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO
Cláusula 22ª Procedimiento y forma de adjudicación.
1. La selección de la Empresa contratista se efectuará por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria.
2. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por las Empresas concursantes del contenido del presente Pliego condiciones generales y de las prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
Cláusula 23ª Valoración de las ofertas y Criterios de adjudicación.
1. Informe técnico
Con base en las ofertas presentadas, los servicios técnicos de Logroño Deporte,
S.A. procederán a elaborar el informe técnico de las mismas con objeto de hacerlas comparables entre los distintos ofertantes.
2. Valoración económica
Las ofertas económicas se valorarán atendiendo a los siguientes criterios
Puntos
de la oferta X
= Alza en la licitación de la oferta X ⋅Y
∑ Alzas ofertadas
(3)
(1) + 5
Donde:
Número
de ofertas
( 2)
(1): Sumatorio de las alzas de las ofertas presentadas (2): Número total de ofertas presentadas
(3): Número variable y coincidente con la puntuación máxima asignada en la licitación.
2 Criterios de adjudicación
Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación del concurso son los siguientes:
1. Programa de gestión: Como mínimo deber contener aspectos relacionados con el mantenimiento, limpieza, calidad, medio ambiente (gestión de residuos),
personal y control del personal, oferta de servicio (menús, almuerzos, etc.) funcionamiento etc.: hasta 4 puntos
2. Oferta económica : hasta 6 puntos
Si la Mesa de contratación considera que las proposiciones no tienen interés suficiente o no coinciden con sus objetivos, podrá declarar desierto el concurso.
Cláusula 24ª Presentación de proposiciones.
1. El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de La Rioja.
2. Las proposiciones se presentarán única y exclusivamente en las oficinas de Logroño Deporte, SA, sitas en Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxx, 0 xx Xxxxxxx antes de las 14 horas del último día del plazo de presentación de solicitudes. No se admitirán proposiciones que sean recibidas con posterioridad al plazo indicado, ni aun cuando se hubiese anunciado su presentación antes de la finalización de dicho plazo
3. La apertura de las proposiciones tendrá lugar en las oficinas de Logroño Deporte, en acto público por la Mesa de contratación a las 12 horas del siguiente día hábil al de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a dos hábiles para que los licitadores afectados los corrijan o subsanen.
5. Si el último día del plazo de presentación de proposiciones es sábado, se ampliará hasta el primer día hábil siguiente; igualmente si el término para la apertura de proposiciones coincide en festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente.
Cláusula 25ª Documentación
1. Los licitadores presentarán tres sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, el título del concurso, y contendrán: el primero (A) la documentación exigida para tomar parte en el concurso, el segundo
(B) el programa de gestión del servicio y el tercero (C), la oferta económica.
SOBRE A:
1.1. Documento Nacional de Identidad, si el concursante es persona individual. Si es persona jurídica, copia de la escritura de constitución de la Sociedad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de
constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. Documento Nacional de Identidad de la persona que formula la proposición y documento justificativo y suficiente para actuar en nombre de la Sociedad y obligarla.
1.2. Declaración, bajo su responsabilidad, de que la Empresa no está incursa en alguna de las prohibiciones establecidas en el artº 60 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Anexo III)
1.3. Justificación de que se cumplen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 74 y siguientes. Esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios siguientes:
a) Solvencia económica y financiera (Por alguno de los siguientes medios)
- Informes de instituciones financieras, o en su caso justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad profesional.
- Cuentas anuales de la sociedad
- Declaración relativa a la cifra de negocio global y de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
b) Solvencia técnica o profesional:
- Relación de los trabajos realizados de características e importes similares.
1.4. Declaración responsable en la que el licitador o, en su caso su apoderado manifieste que la empresa se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y en el pago de las obligaciones de la seguridad social (Anexo IV)
1.5. Declaración de encontrarse al corriente de las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes (Anexo V)
1.6. En su caso, sistema de gestión de la calidad de la empresa debidamente acreditado. Se describirán las medidas que la Empresa se compromete a aplicar para garantizar la calidad general de las prestaciones y procesos especificados en el Pliego de prescripciones técnicas.
1.7. Si la oferta es de una Unión Temporal de Empresas, deberá aportarse la información y el compromiso de formalizar dicha constitución, tal y como recoge el artículo 48 de la ley 30/2007.
1.8. Solicitud de admisión de su oferta a la licitación (Anexo I)
1.9. Declaración de disponer de material necesario y personal cualificado suficiente para atender a la ejecución del contrato (Anexo VI)
1.10.Oferta de una o varias entidades aseguradoras para la suscripción de un seguro de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19ª.
SOBRE B:
1.11.Programa de gestión del servicio, con el contenido mínimo que se indica en las prescripciones técnicas.
SOBRE C:
Oferta económica (Anexo II)
2. El título del concurso que deberá figurar en los sobres será: PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CAFETERIA DE LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXX
Cláusula 26ª Formalización del contrato.
Una vez formulada la propuesta de adjudicación se requerirá al licitador para que en el plazo xx xxxx días hábiles presente justificante de haber constituido la fianza requerida, la documentación justificativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social y la póliza de seguro indicada en la cláusula 20ª. La póliza necesariamente deberá ser declarada suficiente por Logroño Deporte, S.A., con anterioridad al inicio del contrato
El contrato se formalizará no mas tarde de los quince días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la adjudicación. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
El documento de formalización podrá elevarse a escritura pública a solicitud del adjudicatario, siendo a su xxxxx los gastos derivados del otorgamiento.
Cláusula 27ª. Confidencialidad y protección de la información
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que todos los datos que sean facilitados, en el marco de la relación mantenida con Logroño Deporte, S.A. pasarán a formar parte de un fichero propiedad de la misma, domiciliada en Logroño, Plaza de las Chiribitas 1, cuya finalidad es la gestión y administración del proceso de contratación, así como cuantos tratamientos deriven del mismo. Los datos facilitados serán tratados con estricta confidencialidad, siendo adecuados, pertinentes y no
excesivos en el ámbito y finalidad descritos. Puede ejercer sus derechos en la dirección indicada.
El contratista se compromete a no dar información y datos proporcionados por Logroño Deporte, S.A. para cualquier uso no previsto en el presente Pliego. En particular, no proporcionará, sin autorización expresa de Logroño Deporte, S.A, copia de los documentos o datos a terceras personas.
Todos los datos manejados por el contratista a causa de la prestación del servicio, incluyendo los soportes utilizados (papel, fichas, disquetes, cintas, CD, etc) serán propiedad de Logroño Deporte, S.A., sin que el contratista pueda conservar copia o utilizarlos con fin distinto al que figura en el contrato.
El contratista declara expresamente que reconoce quedar obligado por lo dispuesto en la Ley Orgánica de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de carácter personal. Igualmente serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
El contratista se compromete explícitamente a formar e informar a su personal de las obligaciones que dimanan de lo establecido en esta cláusula y en las normas que en ella se citan.
Cláusula 28ª: Jurisdicción
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación y adjudicación de los contratos, según el presente condicionado, serán resueltas por los Tribunales Administrativos de la Rioja.
No obstante, las cuestiones relativas a la ejecución de los contratos otorgados en virtud de este pliego de condiciones, se someterán a la jurisdicción civil de los Tribunales xx Xxxxxxx.
Logroño, 17 xx xxxxx de 2014
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Presidente de Logroño Deporte, S.A.
ANEXO I. Modelo de solicitud
1. El modelo de solicitud y de oferta económica será el siguiente:
"Don/Xx , con Documento Nacional de Identidad nº , expedido en , el día de de
, con domicilio en , calle
, nº , c.p;-
- (En su caso) En nombre propio.
- (En su caso) En nombre de la Empresa
- (En su caso) En representación de
E X P O N E:
Que, enterado del "Pliego de condiciones generales para la contratación de la prestación del servicio de cafetería en las piscinas municipales de Vaera”, toma parte en la licitación convocada mediante Anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Rioja del día , a cuyo efecto:
a) Aporta los documentos establecidos en la Cláusula 25ª, en sus respectivos sobres.
b) Se compromete a la ejecución del contrato conforme a la oferta económica realizada
c) Manifiesta que ha tenido en cuenta en su oferta el cumplimiento de sus obligaciones de carácter laboral y de seguridad y salud según dispone la normativa vigente.
SOLICITA:
La admisión en la licitación de su oferta y si procede, la adjudicación del contrato con arreglo al Pliego de condiciones referenciado.
En , a de de 2014".
ANEXO II. Modelo de Oferta económica
1. El modelo de oferta económica será el siguiente:
"Don/Xx , con Documento Nacional de Identidad nº , expedido en , el día de de
1.9
, con domicilio en
, calle
, nº , c.p;-
- (En su caso) En nombre propio.
- (En su caso) En nombre de la Empresa
- (En su caso) En representación de
E X P O N E:
Que enterado xxx Xxxxxx de condiciones generales para la contratación del servicio de las Piscinas Municipales xx Xxxxx, presenta oferta económica y se compromete a la realización de las prestaciones en el precio establecido de:
……………………………….………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………. euros, IVA aparte,
Lo que representa una baja de % sobre el presupuesto base de
licitación .
En , a de de 2014".
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Para la licitación en el contrato de SERVICIO DE CAFETERIA EN LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXX
Xxx………………………………………………………………………………………………
…., mayor de edad, con D.N.I. ………………………………………y domicilio en
…………………………………………………………………………………………………en representación de con
C.I.F…………………………………y domicilio social en ………………………………….
DECLARA
Que tanto él como la empresa a que representa están facultados para contratar con Logroño Deporte, S.A. ya que teniendo capacidad de obrar, no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En Logroño, a ………..de de 2014.
(Firma)
ANEXO IV. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y SEGURIDAD SOCIAL
Para la licitación en el contrato de SERVICIO DE CAFETERIA EN LAS PISCINAS MUNCIPALES XX XXXXX.
Xxx………………………………………………………………………………………………
…., mayor de edad, con D.N.I. ………………………………………y domicilio en
…………………………………………………………………………………………………en representación de con
C.I.F…………………………………y domicilio social en ………………………………….
DECLARA
Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito en caso de resultar adjudicatario la presentará tras la notificación de la adjudicación.
En Logroño, a ………..de de 2014.
(Firma)
ANEXO V. DECLARACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES IMPUESTAS POR LAS DISPOSICIONES VIGENTES.
Para la licitación en el contrato de SERVICIO DE CAFETERIA EN LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXX.
Xxx………………………………………………………………………………………………
…., mayor de edad, con D.N.I. ………………………………………y domicilio en
…………………………………………………………………………………………………en representación de con
C.I.F…………………………………y domicilio social en ………………………………….
DECLARA
Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
En Logroño, a ………..de de 2014.
(Firma)
ANEXO VI. DECLARACIÓN DE DISPONER DE MATERIAL Y PERSONAL SUFICIENTE PARA EL SERVICIO
Para la licitación en el contrato de SERVICIO DE CAFETERIA EN LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXX.
Xxx………………………………………………………………………………………………
…., mayor de edad, con D.N.I. ………………………………………y domicilio en
…………………………………………………………………………………………………en representación de con
C.I.F…………………………………y domicilio social en ………………………………….
DECLARA
Que dispone de material necesario y personal cualificado, suficiente para atender a la prestación del servicio.
Asimismo declara que se compromete a asumir la responsabilidad que se derive de la relación laboral que establezca con los trabajadores.
En Logroño, a ………..de de 2014.
ANEXOS TECNICOS
ANEXO VII. HORARIOS
A) HORARIO DE INVIERNO
Con carácter general del 9 de septiembre al 14 xx xxxxx, pudiendo ser modificado dichas fechas previa comunicación al adjudicatario.
Durante estas fechas las piscinas permanecerán cerradas al público.
Bajo ningún concepto, durante este periodo, podrá ningún cliente de la cafetería entrar dentro xxx xxxxxxx de las piscinas.
Por lo tanto, el adjudicatario no podrá dar servicio en el interior de los espacios xxx xxxxxxx destinados a las piscinas ni hacer uso de los mismos. El adjudicatario NO podrá abrir ninguna puerta de la cafetería que dé acceso al interior de las piscinas y que por consiguiente los clientes puedan entrar.
B) HORARIO XX XXXXXX
Con carácter general las piscinas abren al público del 15 xx xxxxx al 8 de septiembre, pudiendo ser modificado dichas fechas previa comunicación al adjudicatario.
Bajo ningún concepto, durante este periodo, se podrá dar servicio a posibles clientes que NO se encuentren en el interior de la piscina.
Por lo tanto, el adjudicatario no podrá dar servicio a personas que no estén en la piscina. El adjudicatario NO podrá abrir ninguna puerta de la cafetería que comunique con el exterior de la instalación.
ANEXO VIII. MATERIALES
Será por cuenta del adjudicatario la realización de la inversión necesaria para la prestación de la actividad.
En la actualidad los locales destinados a la cafetería se encuentran vacios. La instalación, cuenta solamente con una barra de bar de obra.
La instalación NO dispone de gas, ni hay opción para ponerlo. Está todo previsto para que funcione con electricidad, por lo que está dotada con suficientes tomas de corriente para instalar los distintos elementos que el adjudicatario estime oportuno para prestar el servicio.
Dispone de un acumulador eléctrico de 50 litros para suministro de agua caliente.
La instalación dispone de climatizador.
El adjudicatario deberá equipar como mínimo la instalación con los siguientes elementos para la prestación del servicio:
- Cámara frigorífica
- Horno
- Plancha
- Freidora
- Lavavajillas
- Cocina eléctrica
- Campana extractora
- Fregadero
A la finalización del contrato todos los elementos mencionados anteriormente quedarán en beneficio de la instalación en perfecto estado de uso, sin que ello de lugar a indemnización alguna. El mantenimiento de todos los elementos correrá por cuenta del adjudicatario.
ANEXO IX. PLANOS
Los planos se facilitarán en las Oficinas de Logroño Deporte, sita en la Plaza de las Chiribitas,1.
DESCRIPCIÓN
La zona destinada al uso de bar tiene un total de 60,63 m² y está distribuida en:
Barra …………. 13,80 m² Superficie útil Zona Público…. 31,10 m² Superficie útil Oficio…………. 5,94 m² Superficie útil. Almacén……… 5,13 m² Superficie útil.
El acceso de los usuarios al bar durante el funcionamiento de las piscinas en horario estival se realiza desde el interior xxx xxxxxxx recreativo. Asimismo, se dispone de una entrada peatonal independiente para el bar situado en la fachada sur del edificio, con la finalidad de que el establecimiento pueda realizar su actividad cuando las piscinas se encuentren cerradas al público.
Se describen a continuación las instalaciones del local, y en los planos adjuntos se señalan las instalaciones de fontanería y electricidad:
- Saneamiento: tanto en cocina como en barra existen acometidas para el futuro equipamiento. La red del edificio es registrable mediante arquetas de tapa estanca, ubicándose una en la barra y otras dos con sumidero sifónico en el oficio.
- Fontanería: la distribución se ha realizado con polietileno y polipropileno, con tomas de agua fría y caliente tanto en la barra como en el oficio. El suministro del agua caliente se produce mediante un termo eléctrico de 80 litros de capacidad.
- Salida de humos: en el techo del oficio estará ubicada la chimenea para conectar cualquier elemento con salida por encima de la cumbrera.
- Alumbrado: luminarias suspendidas en techo del bar y fluorescentes estancas de superficie en el oficio y el almacén. Las luminarias de emergencia se encuentran ubicadas según el plano adjunto.
- Fuerza: las canalizaciones van vistas bajo tubo por paredes y techos contando con distintas tomas de corriente e interruptores según plano adjunto. Existe un cuadro general del bar que está ubicado en el almacén al lado de la puerta de acceso desde el porche del vestíbulo.
- Climatización: Sistema de aire con bomba de calor en la zona del bar, es decir, cuenta con aire caliente y frío.
- Telecomunicaciones: tomas de telefonía y televisión.