MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE DESEMPEÑO
MODIFICACIÓN DE ACUERDO DE DESEMPEÑO
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DEL SECTOR RURAL
En Santiago, entre el Servicio de Cooperación Técnica, Corporación de Derecho Privado, RUT N° 00.000.000-X, en adelante e indistintamente Sercotec, representado por su Gerenta General, xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula de identidad N° 00.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxx 0, xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx; y la Corporación de Desarrollo Social de Sector Rural, Codesser, RUT N° 00.000.000-0, en adelante e indistintamente el Operador de Centro, representado por xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Lay, cédula de identidad N° 00.000.000-0, ambos domiciliados en Moneda N° 1.160, Piso 11°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, se ha convenido la siguiente modificación de acuerdo de desempeño:
ANTECEDENTES
● Que, en virtud de lo establecido en la Resolución N° 10.085, de 23 xx xxxxx de 2021, del Gerente General de Sercotec, que sancionó el Reglamento de Operadores de Centros de Negocios de Sercotec, éstos deben celebrar periódicamente un Acuerdo de Desempeño, que establece las condiciones que deben cumplir para operar un Centro, definiendo un conjunto organizado de objetivos, con sus correspondientes metas, indicadores y medios de verificación, que ayuden al Centro en la realización de su misión y objetivos.
● Que, con fecha 01 xx xxxxx de 2022, las partes suscribieron el Acuerdo de Desempeño para operar el Centro de Negocios de La Xxxxxx de la Región de Coquimbo, de conformidad a las Bases de Convocatoria aprobadas a través de Resolución N° 9.844, de fecha 26 de noviembre de 2019, y al Convenio de Agenciamiento celebrado el día 16 xx xxxxx de 2020.
● Que, el mencionado Acuerdo de Desempeño, estableció en su cláusula segunda, que la vigencia se extendería hasta el último día del mes xx xxxxx de 2023, ampliándose luego hasta el último día del mes de diciembre de 2023, producto del rediseño del programa.
● Que, asimismo, se estableció en su cláusula decimocuarta, que Sercotec podría requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, modificarlas y/o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas; o bien, aumentar los plazos de ejecución del acuerdo, debiendo complementarse y/o entregarse nuevas garantías, si correspondiere.
● Que, en este contexto, el Servicio de Cooperación Técnica se encuentra en un proceso de concurso público para la selección de Operadores de Centros de Desarrollo de Negocios, cuyas Bases fueron aprobadas mediante la Resolución N° 10.417, de 2023, debiendo velar por la continuidad de operación durante el tiempo en que se desarrolla este proceso.
● Que, en mérito de lo expuesto, se advirtió la necesidad de aumentar el plazo de ejecución del Acuerdo de Desempeño y requerir prestaciones adicionales, por el tiempo en que se extienda el proceso concursal pendiente, y ambas partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: Objeto.
Por el presente instrumento, las partes acuerdan modificar el acuerdo celebrado entre Sercotec y la Corporación de Desarrollo Social de Sector Rural, el día 01 xx xxxxx de 2022, en el sentido de extender su vigencia hasta el último día del mes xx xxxxx de 2024.
SEGUNDO: Financiamiento.
De conformidad a la prórroga del plazo de vigencia descrita en la cláusula precedente, se hace necesario el incremento de los recursos que sustentan la operación durante los 3 (tres) meses de extensión adicional del mismo.
En consecuencia, las partes acuerdan un incremento del presupuesto total del Centro en la suma de
$109.228.399.- (ciento nueve millones doscientos veintiocho mil trecientos noventa y nueve pesos), el cual se desagrega de la siguiente forma:
1.- Valor de recursos humanos y operación, por una suma total de $100.408.441.- (cien millones cuatrocientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y un pesos), el cual será financiado de la siguiente forma:
a. Sercotec financia hasta la suma de $80.181.441.- (ochenta millones ciento ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta y un pesos), por concepto de recursos humanos y operación.
b. El Operador de Centro financia hasta la suma de $20.227.000.- (veinte millones doscientos veintisiete mil pesos), por concepto de recursos humanos y operación.
2.- Valor de administración, por una suma total de $8.819.958.-, (ocho ochocientos diecinueve mil novecientos cincuenta y ocho pesos), el cual será financiado de la siguiente forma:
a. Sercotec financia para garantías (prima y comisiones, vinculadas a la formalización con Sercotec) hasta una suma de $801.814.-, (ochocientos un mil ochocientos catorce pesos).
b. Sercotec financia para la comisión de administración hasta una suma de $8.018.144.- (ocho millones dieciocho mil ciento cuarenta y cuatro pesos).
TERCERO: Garantía de fiel cumplimiento.
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Convenio de Agenciamiento de Centros y de las obligaciones laborales y sociales del Operador de Centro con sus trabajadores, el Operador de Centro hace entrega a Sercotec de la Póliza de Seguro de Garantía N° 223104224 y su Endoso N° 223152016, de la Compañía de Seguros de Crédito Continental S.A., equivalente al 10% del presupuesto total de operación, con vigencia al 08 xx xxxxxx de 2024, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en cualquiera de los casos de incumplimiento previstos en este instrumento o en cualquier otro en que pueda incurrir el Operador de Centro.
Dicha garantía será devuelta una vez finalizada la vigencia del Acuerdo de Desempeño, y sólo una vez vencido el plazo de vigencia de la misma, salvo que el Operador de Centro no cumpla con las obligaciones que disponen las Bases, la oferta correspondiente, acta de reunión de ajuste, el Convenio de Agenciamiento y/o Acuerdo de Desempeño, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
CUARTO: Garantía de anticipo.
En el caso que el Operador del Centro requiera anticipo, deberá garantizar el correcto uso de los fondos transferidos en dicha calidad, para la operación del Centro. Para el presente Acuerdo, el Operador de Centro hace entrega a Sercotec de la siguiente garantía:
Póliza de Seguro de Garantía N° 223104223 y su Endoso N° 223152017, fecha 18 de diciembre 2023, de la Compañía de Seguros de Crédito Continental S.A,, equivalente al 100% del valor anticipado de operación, con vigencia hasta 08 xx xxxxxx de 2024, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en el caso que el Operador de Centro destine los recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de acciones que en derecho correspondan.
QUINTO: Constancia.
En todo lo no modificado por el presente instrumento, siguen plenamente vigentes las cláusulas del acuerdo de desempeño original que se viene a extender.
SEXTO: Personerías y ejemplares.
La personería de xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, para actuar en representación del Servicio de Cooperación Técnica, consta en el Acuerdo N° 1619, adoptado por su Directorio, en Sesión Extraordinaria N° 674, de fecha 27 xx xxxxx de 2022, reducida a escritura pública con fecha 28 xx xxxxx de 2022, en Notaría de Santiago de don Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, bajo Repertorio N° 2.480- 2022.
La personería de xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Lay, para actuar en representación de la Corporación de Desarrollo Social del Sector Rural, consta en el poder especial otorgado por escritura pública, de fecha 02 xx xxxxx de 2022, ante Notario Público Suplente de la Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, xxxx Xxxxxx Amigo Xxxxxxxxx, bajo Repertorio N° 4.998-2022.
La presente modificación se extiende en 4 (cuatro) ejemplares del mismo tenor, quedando dos en poder de cada parte.
XXXXXX XXXXXXXXX LAY REPRESENTANTE CODESSER | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX GERENTA GENERAL XXXXXXXX |
FR
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la Ley Nº 19.799