ESTUDIOS PREVIOS
ESTUDIOS PREVIOS
ORDEN DE COMPRA ACUERDO MARCO COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
A. DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN | ||
Plan Anual de Adquisiciones | No. Plan de Adquisiciones- Código UNSPSC | 81112001 |
Valor Estimado según Plan | $ 693.843.000,00 | |
Tipo de Presupuesto Asignado | Inversión | |
Identificación Proyecto o Necesidad incluida en el plan Anual de Adquisiciones | ID 925– Adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de equipos de cómputo, software e infraestructura de tecnología de información y comunicaciones para renovar y/o fortalecer la plataforma tecnológica | |
Código BMP – Banco Municipal de Proyectos de inversión Pública | 2020110010185 | |
Acta de Comité de Contratación | Acta No. 28 del 22 xx xxxx de 2024 | |
Resolución de Delegación Nro. | Resolución 204 del 23 xx xxxxx de 2020 modificada por las Resoluciones 136 del 26 xx xxxxx de 2021, 413 del 29 xx xxxxxx de 2022 y 054 del 14 de febrero de 2024 | |
Documentos soporte del Estudio previo | CDP Solicitud de contratación Constancia publicación evento RFI Formato RFI publicado | |
B. DATOS ESPECIFICOS DE LA CONTRATACIÓN | ||
Verificación Acuerdo comercial (TLC) | Teniendo en cuenta que se trata de una vinculación a un Acuerdo Marco de Precios el análisis de la aplicación de los Acuerdos Comerciales se encuentra en el proceso adelantado por Colombia Compra Eficiente. | |
El Decreto Ley 4170 de 2011, creó la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente a quien se le asignó la función de “Diseñar, organizar y celebrar los Acuerdo Marco de Precios y demás mecanismos de agregación de demanda” De acuerdo con lo anterior, fue expedido el Decreto 310 de 2021 “Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional" el cual, en su artículo 1 Modifico el artículo 2.2.1.2.1.2.7. de la Subsección 2, de la Sección 1, del Capítulo 2, del Título 1, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, el cual quedará así: "ARTÍCULO 2.2.1.2.1.2.7. Procedencia del Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes de Común Utilización a través de los Acuerdos Marco de Precios previamente justificados, diseñados, organizados y celebrados por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente- La implementación de nuevos Acuerdos Marco de Precios organizados y celebrados por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- de uso obligatorio por parte de las entidades territoriales, estará precedida de un estudio de agregación de demanda que realizará aquella, el cual tenga en cuenta las |
particularidades propias de los mercados regionales, la necesidad de promover el desarrollo empresarial en las entidades territoriales a través de las MYPIMES y evitar en lo posible, la concentración de proveedores en ciertas ciudades del país, salvo que exista la respectiva justificación técnica, económica y/o jurídica. PARÁGRAFO 1. Para los fines contemplados en el presente artículo, el uso obligatorio de los Acuerdos Marco de Precios organizados y celebrados por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública se hará de manera gradual, teniendo en cuenta las siguientes condiciones: (…) a. Para el año 2021 deberán ingresar a la Tienda Virtual del Estado Colombiano - TVEC: i) Las entidades del sector central y del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, que a la fecha de expedición del presente Decreto aún no hayan ingresado; ii) la Rama Judicial; iii) la Rama Legislativa; iv) las entidades del sector central y descentralizado del nivel departamental; v) las entidades del sector central y descentralizando de los municipios (o distritos) que sean capitales de departamento; vi) las entidades del sector central y del sector descentralizado del Distrito Capital; vii) los órganos de control nacionales, departamentales y de ciudades capitales de departamento; viii) la Organización Electoral; ix) los órganos autónomos e independientes de creación constitucional que estén sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública; x) las Corporaciones Autónomas de que trata la Ley 99 de 1993 y el Artículo 331 de la Constitución Política de Colombia; xi) las entidades del sector central y descentralizado de los municipios de categoría 1, 2 y 3; y xii) las Áreas Metropolitanas, las Asociaciones de Municipios y las Regiones Administrativas Especiales de que trata la ley 1454 de 2011. (…). En concordancia con lo antes descrito, la modalidad de selección correspondiente es la Selección Abreviada por medio de acuerdo marco para la compra de computadores y periféricos - ETP III | |
Secretaría | Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. |
Tipo de contrato | Orden de Compra |
C. REQUISITOS DEL ESTUDIO PREVIO (Articulo 2.2.1.1.2.1.1 Decreto Nacional 1082 de 2015) | |
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. | |
Uno de los propósitos del Plan de Desarrollo Distrital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI” adoptado mediante el Acuerdo Distrital 761 de 2020, es Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente, para esto una de las metas trazadoras establecidas tiene como finalidad aumentar la posición de Bogotá como territorio inteligente -Smart City-. El precitado propósito se ejecutará a través de siete programas estratégicos, dentro de los cuales se destaca “Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente”, el cual busca generar las capacidades necesarias para realizar la adecuada coordinación y articulación de los proyectos de transformación digital y gestión de TIC en el Distrito. En virtud de lo dispuesto en el Artículo 17 del Decreto 140 de 2021, modificado por la resolución 079 de del 27 de febrero de 2024 “Por medio del cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C.”, en su Artículo 17 establece las funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así: “Artículo |
17º.- Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de Tecnologías de la información, las comunicaciones las siguientes. 1. Dirigir la gestión estratégica con tecnologías de la información y comunicaciones mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI), que esté alineado a la estrategia y al modelo integrado de gestión de la entidad. 2. Gestionar la implementación y mantenimiento de la arquitectura empresarial de la entidad y del Sector de Desarrollo Administrativo de Gestión Pública. 3. Desarrollar los lineamientos en materia tecnológica, así como las estrategias y prácticas que habiliten la gestión de la entidad y del Sector de Desarrollo Administrativo de Gestión Pública. 4. Responder técnicamente por los procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología, mediante la definición de criterios de optimización y métodos que direccionen la toma de decisiones de inversión en tecnologías de la información. 5. Administrar las herramientas, las bases de datos, la plataforma tecnológica de información y comunicaciones de la entidad y el mantenimiento de los mismos. 6. Implementar las metodologías y procedimientos necesarios para el desarrollo, instalación, administración, seguridad y uso de la infraestructura tecnológica de la entidad. 7. Coordinar el soporte informático de los sistemas, aplicativos y página WEB de la entidad, según la política de comunicaciones de la entidad. 8. Administrar el mantenimiento de los equipos de computación, las aplicaciones y demás programas sistematizados. 9. Establecer los lineamientos técnicos para el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la entidad. 10. Desarrollar estrategias de gestión de información para garantizar la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio con el fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma de decisiones en la entidad. 11. Coordinar la implementación y sostenibilidad del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información de la entidad, en el marco del Sistema Integrado de Gestión. (…)”. Para el cumplimiento de las obligaciones asignadas a la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones OTIC, cuenta con el Proyecto de Inversión O23011605540000007872 “Transformación Digital y Gestión TIC”, en el mencionado proyecto se encuentran la meta: “Mantener una plataforma tecnológica y de redes de la Secretaria General actualizada”; siendo una de sus actividades “Actualizar y ampliar los servicios tecnológicos de la Secretaria General.”, por medio de las cuales se puede acceder a recursos que permiten mejorar las soluciones tecnológicas existentes. Teniendo en cuenta que la entidad tiene un 75% de obsolescencia en sus equipos de cómputo, y la última adquisición se realizó en el año 2021 en el cual se adquirieron 82 equipos entre portátiles y todo en uno, se ve la necesidad de contar con equipos acordes a las necesidades de los usuarios para dar cumplimiento al diario vivir de sus funciones, equipos que no presenten fallas más aún cuando existen en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C equipos que tienen más de 10 años en uso, ocasionando disminución en la eficiencia de desempeño de funciones, debido a fallas constantes presentadas (daño en fuentes, memorias disco y poco procesamiento). Así las cosas, la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por medio del radicado No 0-0000-00000 solicito a las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, indicaran sus necesidades de equipos de cómputo (computadores, portátiles impresoras de turnos, tabletas, scanner entre otros) con el fin de consolidar los requerimientos; se recibieron respuestas de las dependencias así: - 0-0000-00000 Subsecretaría Corporativa – Equipos de Escritorio y portátiles - 0-0000-00000 Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales – Monitor - 0-0000-00000 Dirección Distrital de Desarrollo Institucional – Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subdirección de Servicios Administrativos - Equipos de Escritorio y portátiles - 0-0000-00000 Subdirección de Seguimiento a la Gestión de Inspección y Vigilancia - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Despecho de la Secretaría General - Equipos de Escritorio y portátiles - 0-0000-00000 Oficina Jurídica - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subdirección de Gestión Documental - Equipos de Escritorio y portátiles - 0-0000-00000 Subdirección de Imprenta Distrital - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito - Equipos de Escritorio y portátiles - 0-0000-00000 Oficina de Protocolo - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subdirección Financiera - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Dirección Administrativa y Financiera - Equipos de Escritorio |
- 0-0000-00000 Oficina de Control Interno - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Oficina Consejería Distrital xx Xxx, Víctimas y Reconciliación - Equipos de Escritorio, portátiles y Pc para Diseño. - 0-0000-00000 Dirección xx Xxxxxxx Humano - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Dirección de Contratación - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Oficina Consejería Distrital de Comunicaciones - Equipos de Escritorio, portátiles, Pc para Diseño y monitor. - 0-0000-00000 Dirección Distrital de Archivo de Bogotá - Equipos de Escritorio - 0-0000-00000 Subdirección Del Sistema Distrital De Archivos - Equipos de Escritorio Las dependencias que suministraron respuesta respecto a las necesidades tecnológicas no cuentan con recursos asignados para la adquisición de componente tecnológico o para el mantenimiento de soluciones tecnológicas existentes. En tal sentido, corresponde a la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones evaluar conforme a los recursos asignados en la vigencia la adquisición del componente tecnológico solicitado de acuerdo con el presupuesto disponible en el Proyecto de Inversión O23011605540000007872 “Transformación Digital y Gestión TIC”, así las cosas, las adquisiciones se realizara gradualmente con el fin de dar cubrimiento a todas las necesidades presentadas por las diferentes dependencias. Así las cosas, la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de facilitar el desarrollo de las labores diarias de los funcionarios de las Dependencias relacionadas., requiere adquirir equipos de cómputo, con capacidad de procesamiento avanzado para realizar tareas de mayor desempeño, capacidad de memoria y almacenamiento para el manejo de volúmenes altos de información y aplicaciones gráficas o de productividad avanzada, entre otros. Es preciso indicar, que la adquisición de bienes y servicios de equipos tecnológicos puede darse por diferentes modalidades de contratación, no obstante, una vez verificado el acuerdo marco de precios para Compra y Alquiler de Computadores y Periféricos - ETP III CCE-280-AMP-2021, acuerdo vigente y dispuesto en la tienda virtual del estado colombiano – TVEC, del portal de Colombia Compra Eficiente, vigente desde 28 de febrero de 2022 hasta 28 de febrero de 2025 y cuyo objeto es establecer: (i) las condiciones para la compra o alquiler de computadores y periféricos (ETP) al amparo del Acuerdo Marco; (ii) las condiciones en las cuales las Entidades Compradoras se vinculan al Acuerdo Marco; y (iii) las condiciones para el pago de la compra o alquiler de computadores y periféricos (ETP) por parte de las Entidades Compradoras. Verificado el citado acuerdo marco de precios, se logró establecer que se cuenta con segmentos para la compra de equipos de escritorio, portátiles y Workstation, requeridos por la Secretará General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Así las cosas, la Entidad con el fin de dar claridad sobre especificaciones técnicas procedió a publicar formatos RFI en la Tienda Virtual del Estado Colombiano para los tres lotes, atendiendo a las plantillas destinadas para cada bien; los RFI publicados Evento 173777 - Lote 1 Equipos de Escritorio, Evento 173779 Lote 3 Workstation y Evento 173780 Lote 6 portátiles. Atendiendo a la cuantía del proceso el evento de cotización se realiza sobre Compraventa NACIONAL - ETP III, teniendo en cuenta el presupuesto oficial estimado. En este sentido, se considera pertinente técnicamente adelantar un proceso de contratación por la modalidad de acuerdo marco, con el fin de adquirir equipos tecnológicos. El cual nos permitirá modernizar parte del parque computacional de la Entidad. La adquisición se realiza a través del Acuerdo Marco de Precios No. CCE-280-AMP-2021, para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. |
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR Y PRESUPUESTO PARA LAS CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS |
OBJETO: Adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de equipos de cómputo, software e infraestructura de tecnología de información y comunicaciones para renovar y/o fortalecer la plataforma tecnológica |
CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS: Las especificaciones técnicas de los bienes, así como las garantías son las señaladas en el Acuerdo Marco de Precios No. CCE-280-AMP-2021. El cual una vez revisado, cumple con las necesidades de la Secretaría General. |
PRESUPUESTO DE LOS BIENES REQUERIDOS: Para efectos de estimar el presupuesto, se diligencia el borrador de simulación en el link1 dispuesto por Colombia Compra Eficiente para el Acuerdo Marco de Precios No. CCE-280-AMP-2021 con la TRM2 correspondiente, teniendo en cuenta lo descrito en el acuerdo xxxxx xxxxxxxx 8, y dada la naturaleza de los bienes a adquirir se determina como medida estadística el valor promedio de los valores registrados en el catálogo, quedando un valor de SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($ 692.325.000,00), valor que incluye IVA y demás gravámenes, discriminados de la siguiente forma: LOTE 1 EQUIPOS: |
PROVEEDOR | CANTIDAD | VALOR SIMULACIÓN |
000000000. RICOH COLOMBIA SA - IAD Software, ETP III | 118 | $ 446.240.511,87 |
undefined. CREAR DE COLOMBIA | 118 | $ 000.000.000,76 |
811000242. C&S TECNOLOGIA SAS - ETP III | 118 | $ 476.494.105,89 |
901551960. UT SC AM CCE 2021 - ETP III | 118 | $ 553.073.515,77 |
800188299. LINALCA INFORMATICA S.A.S - ETP III | 118 | $ 555.909.790,21 |
000000000. TECNOPHONE COLOMBIA SAS - Consumibles de Impresión II, SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 118 | $ 570.091.162,41 |
830110570. NEX COMPUTER S.A.S. - ETP III | 118 | $ 572.927.436,85 |
000000000. P&P SYSTEMS COLOMBIA SAS - ETP III | 118 | $ 597.035.769,59 |
000000000. XOREX DE COLOMBIA SAS - ETP III | 118 | $ 619.253.252,70 |
800015583. COLSOF SAS - IAD Software, ETP III, Nube Privada IV | 118 | $ 620.671.389,92 |
900708934. ALLBREAKER SAS - ETP III | 118 | $ 627.289.363,61 |
830049916. COMPUTEL SYSTEM SAS - SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 118 | $ 639.107.173,78 |
830123007. XXXXXXX XXXX Y CIA SAS - ETP III | 118 | $ 641.943.448,22 |
800230829. SISTETRONICS SAS - ETP III | 118 | $ 644.779.722,66 |
830007379. COMSISTELCO SAS - ETP III, Mesa de Servicio | 118 | $ 647.615.997,10 |
900148177. PEAR SOLUTIONS S.A.S. - ETP III | 118 | $ 662.270.081,70 |
830037278. NUEVA ERA SOLUCIONES SAS - SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 118 | $ 665.579.068,55 |
830001338. Sumimas S.A.S. - Xxxxxxxxx y Útiles de Oficina, ETP III, Primera Infancia | 118 | $ 666.051.780,95 |
830016004. REDCOMPUTO LTDA - ETP III, IAD Software | 118 | $ 676.451.453,90 |
900571849. XXXXX SERVICES AND SOLUTIONS SAS - ETP III, IAD Software | 118 | $ 681.651.290,37 |
811021363. UNIPLES SAS - SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 118 | $ 692.050.963,32 |
804000673. HARDWARE ASESORIAS SOFTWARE LTDA - Consumibles de Impresión II, SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 118 | $ 712.850.309,21 |
811005902. PORTATIL SAS - ETP III | 118 | $ 785.648.019,83 |
830073623. KEY MARKET SAS EN REORGANIZACION - Papelería y Útiles de Oficina, Consumibles de Impresión II, ETP III | 118 | $ 801.247.529,25 |
900019737. VENEPLAST LTDA - Derivados del papel, cartón y corrugado, Consumibles de Impresión II, Ayudas Humanitarias, ETP III, Grandes Almacenes | 118 | $ 821.574.162,74 |
VALOR TECHO LOTE 1 | $ 633.793.886,00 |
1 xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx
LOTE 6 PORTATILES Este presupuesto fue determinado, conforme al Link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx dispuesto por CCE. Conforme a lo indicado, el presupuesto del presente proceso de contratación corresponde a SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($ 692.325.000,00), IVA incluido y gravámenes a que haya lugar. Nota 1: Teniendo en cuenta que el presupuesto estimado se obtiene los valores registrados en el catálogo dispuesto por CCE el presupuesto se deja por encima del obtenido, teniendo en cuenta que en los ítems pueden presentar variaciones por decimales al momento de generar el evento/simulación. |
3. CONDICIONES CONTRACTUALES |
VALOR: El valor de la Orden de compra que sea emitida será por hasta SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($ 692.325.000,00), incluido IVA en los casos que aplique y gravámenes a que haya lugar. |
FORMA DE PAGO: Conforme los establecido en la Cláusula 10 “Facturación y pago” del Acuerdo Marco de Precios para la Compra o Alquiler de Computadores y Periféricos ETP - III, CCE-280-AMP-2021. |
IMPUESTOS DISTRITALES: Los impuestos distritales están representados en las siguientes estampillas: PROADULTO MAYOR 2% PROCULTURA 0.5% UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX 1.1% TOTAL 3,6% |
PLAZO: El plazo de ejecución de la orden de compra será de cinco (5) meses, contados a partir de la suscripción del acta de requerimiento de entrega y de aprobación de la(s) garantía(s) establecidas en el Acuerdo Marco de Precios para la Compra o Alquiler de Computadores y Periféricos ETP - III, CCE-280-AMP-2021. |
Proveedor | CANTIDAD | Valor |
830113886. ACONPIEXPRESS SAS - ETP III | 13 | $ 48.224.677,55 |
900183423. QUALITY GROUP SERVICES SAS - ETP III | 13 | $ 49.057.933,32 |
830040420. ITELCO TI SAS - ETP III | 13 | $ 51.505.622,14 |
860530386. PROVEEDORES PARA SISTEMAS Y CIA SAS - ETP III | 13 | $ 57.546.726,45 |
900032888. DISCOMPUCOL SAS - ETP III | 13 | $ 59.629.865,87 |
900442893. CLARYICON SAS - ETP III | 13 | $ 61.400.534,38 |
830023178. GRAN IMAGEN SAS - Consumibles de Impresión II, ETP III | 13 | $ 66.452.147,47 |
800089897. COMERCIALIZADORA XXXXX.XXX SAS - Consumibles de Impresión, Consumibles de Impresión II, SUMINISTRO MATERIAL PEDAGOGICO, ETP III | 13 | $ 74.420.155,75 |
VALOR TECHO LOTE 6 | $ 58.529.708,00 |
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN | |
GARANTÍAS: El contratista debe constituir las garantías a favor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., En cumplimiento a lo requerido en la Cláusula 18 Numeral 18.2 Garantía de Cumplimiento a Favor de las Entidades Compradoras. | |
SUPERVISIÓN: La supervisión y control en la ejecución de la Orden de Compra, la ejercerá el/la Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., quien podrá designar apoyo a la supervisión, y/o en su defecto, será ejercida por el servidor/a del nivel directivo y/o asesor que para tales efectos designe el Ordenador del Gasto, quien a su vez podrá designar un apoyo a la supervisión. Para estos efectos, la supervisión estará sujeta a lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que regulen la materia. | |
LIQUIDACIÓN: La orden de compra que se genere NO serán objeto de liquidación, salvo en los siguientes casos: 1. Terminación anticipada. 2. Cuando haya procedido la aplicación de la terminación unilateral. 3. Cuando se haya declarado el incumplimiento total del contrato. 4. Cuando por algún motivo existiere saldo a favor de la entidad, una vez recibidos a entera satisfacción los bienes a adquirir. 5. Demás factores que generen una terminación anómala de la ejecución del contrato. De proceder la liquidación por las causas indicadas, se procederá de conformidad a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización de este o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que la disponga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 217 del Decreto-Ley 019 de 2012.y demás normas que regulen la materia. De igual forma, deberá adelantarse el procedimiento de cierre y liquidación de orden de compra en la Tienda Virtual del Estado Colombiano. | |
Firma del Responsable | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
ELABORÓ: | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx – Contratista Oficina Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
REVISÓ: | Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx – Contratista Oficina Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
APROBÓ: | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx – Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No.1267 | |
RUBRO | O23011605540000007872 Transformación Digital y Gestión TIC |
FECHA | 23/05/2024 |
VALOR | $ 693.843.000 |
OBJETO | ID 925– Adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de equipos de cómputo, software e infraestructura de tecnología de información y comunicaciones para renovar y/o fortalecer la plataforma tecnológica. |
EXPEDIDO | Subdirección Financiera |