Nº 7354/18
Nº 7354/18
CONDICIONES GENERALES
Nº de Hoja: 2 de 2
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es el arrendamiento del vehículo elegido por el arrendatario y descrito en las condiciones particulares, que AUTORENT pone a su disposición no otorgando garantía alguna sobre dicho vehículo, y subrogando al arrendatario en todos los derechos y acciones que correspondan a AUTORENT frente a los fabricantes y/o proveedores a fin de exigir de los mismos la prestación de las correspondientes garantías técnicas de toda índole ofrecidas por éstos y el saneamiento de los bienes arrendados.
2.- PRECIO.
Los cargos de alquiler y de servicios de mantenimiento indicados en las condiciones particulares, permanecerán fijo durante la vigencia del contrato salvo lo dispuesto en la condición general nº 9 en cuanto a la regularización por kilometraje. Por el contrario, el seguro, los suplidos y los impuestos serán repercutidos al arrendatario en cada momento.
El retraso de los pagos derivados del presente contrato dará lugar a devengo de intereses de demora según lo previsto en la condición particular quinta.
El hecho de que el vehículo no pueda ser utilizado por cualquier razón no imputable a AUTORENT, incluidos supuestos de dolo y hurto, no podrá ser alegado por el arrendatario, como motivo para no cumplir sus obligaciones de pago.
3.- PLAZO.
El plazo señalado para la duración de este contrato, indicado en l0a condición particular tercera, será irrevocable. No obstante, en el caso de que el Arrendatario decidiera finalizar el contrato antes del plazo fijado vendrá obligado a la devolución inmediata del bien arrendado, en el estado establecido en la condición general 10ª, y a abonar al arrendador en concepto de indemnización una cuantía que las partes fijan libremente en el equivalente a doce (12) rentas, si la resolución se produce antes del último año y seis (6) rentas para el último año de contrato (excepto contratos de 2 año cuya penalización será de 12 cuotas).
4.- PROPIEDAD DEL VEHICULO.
La firma de este contrato no atribuye al arrendatario ningún derecho de propiedad sobre el vehículo arrendado que pertenece únicamente a AUTORENT.
En los supuestos de declaración de concurso, embargo o cualquier otro acto que provenga de autoridades, órganos judiciales o administrativos, e incluso de particulares, que perturben el dominio o posesión del bien arrendado, el arrendatario manifestará su condición de simple usuario y realizará a su xxxxx las actuaciones necesarias para levantar las cargas producidas sin perjuicio de que AUTORENT utilice los medios judiciales necesarios que correspondan.
El arrendatario se obliga a notificar a AUTORENT con la máxima urgencia y diligencia cualquier acto de perturbación sobre el vehículo arrendado realizado por un tercero.
El arrendatario, por no ostentar la propiedad del vehículo arrendado, no podrá venderlo, enajenarlo, hipotecarlo ni darlo en prenda, con o sin desplazamiento posesorio. Asimismo, el arrendatario no podrá sin previa autorización escrita de AUTORENT, ceder temporalmente, subarrendar el vehículo arrendado o subrogar a persona física o jurídica en los derechos u obligaciones que le corresponden.
5.- UTILIZACION DEL VEHICULO.
El arrendatario se obliga a utilizar con diligencia y cuidado el vehículo conforme al uso a que está destinado, obligándose a cumplir las especificaciones del fabricante en cuanto a su uso, mantenimiento y garantía, debiendo realizar las revisiones, que se indican en los manuales de mantenimiento. Queda expresamente prohibida, salvo autorización expresa, su utilización para transporte por cuenta ajena de personas, el transporte remunerado de viajeros o mercancías, así como para actividades de autoescuela. Queda igualmente prohibida su utilización en competiciones deportivas o pruebas de cualquier clase, así como enganchar al mismo remolques o efectuar en él o en cualesquiera de sus piezas o accesorios, modificaciones sin el acuerdo previo y escrito de AUTORENT.
Si el Arrendatario fuese requerido para pasar la Inspección Técnica del Vehículo (ITV), queda obligado a efectuarla en el plazo y la forma legalmente establecidos al efecto, siendo de su cuenta y cargo exclusivos todos los gastos y costes correspondientes a dicho trámite.
El Arrendatario se obliga a utilizar el vehículo respetando todas las previsiones de la póliza de seguros y a prohibir su utilización a personas, que no estén en posesión del permiso de conducir adecuado para su conducción.
El vehículo no podrá salir del territorio español sin la autorización previa y escrita de AUTORENT. El arrendatario se obliga a llevar en el vehículo la documentación pertinente, legalmente exigible para su circulación, y que le ha sido entregada por AUTORENT.
6.- MULTAS Y SANCIONES.
El arrendatario será responsable, en todo caso, de todas las infracciones, multas o reclamaciones que pudieran producirse por la comisión de alguna infracción de las disposiciones legales o por daños a terceros producidos en relación con el uso del vehículo. En caso de que AUTORENT fuese declarada responsable solidaria o subsidiaria de tales infracciones o reclamaciones y tuviera que hacer algún pago por dichos conceptos, su importe será repercutido al arrendatario.
El arrendatario se obliga a facilitar los datos de identificación del conductor del vehículo arrendado en el plazo improrrogable de 24 horas desde la fecha en que sea requerido para ello por AUTORENT, con el fin de que ésta pueda proceder a facilitar dicha información a instancias del órgano emisor de las multas, sanciones o reclamaciones que pudieran imputarse al vehículo arrendado.
7.- MANTENIMIENTO Y REPARACION DEL VEHICULO.
AUTORENT, será el responsable de gestionar, tramitar y abonar, por sí o por medios de terceros que aquella designe, todos los gastos derivados del mantenimiento y reparación del vehículo arrendado.
En cualquier caso el arrendatario será responsable de cumplir las normas siguientes:
- Todas las reparaciones mecánicas y mantenimiento del vehículo serán realizados en concesionarios oficiales de la marca del vehículo arrendado, o en los talleres designados por AUTORENT.
- Se cumplirá con el plan de mantenimiento y revisiones fijado por el fabricante siendo el arrendatario el responsable de que se cumplan estos plazos así como de vigilar todos los aspectos relativos al buen funcionamiento del vehículo, sobre todo los elementos relativos a la seguridad del mismo.
- El Arrendatario no podrá ordenar la ejecución de trabajos de reparación, reposición de piezas o revisiones del vehículo sin tener previamente una autorización de AUTORENT a favor del taller que las vaya a efectuar. AUTORENT deberá autorizar o denegar la solicitud en un plazo de 72 horas y de no hacerlo así, se entenderá a todos los efectos autorizada.
- No estarán incluidas en el programa de mantenimiento las siguientes operaciones:
a) Las revisiones y reparaciones que deban realizarse como consecuencia de daños y averías producidas intencionadamente o negligentemente por el arrendatario o usuario del vehículo.
b) Las reparaciones que deban realizarse como consecuencia de daños y averías producidos directamente por causa del incumplimiento del programa de revisión y mantenimiento del fabricante, descrito en el manual entregado con el vehículo.
c) Las operaciones no incluidas en el programa de revisión y mantenimiento referido en la letra anterior.
d) La instalación de accesorios en el vehículo y la realización de modificaciones en el mismo efectuadas con posterioridad a su entrega, así como las reparaciones derivadas de todo ello, aún en el caso de que dicha instalación o realización hubieran sido autorizadas por AUTORENT.
e) El lavado, encerado y limpieza interior del vehículo, reposición de moquetas, alfombras de suelo y el mantenimiento y reparación de navegadores (y sus actualizaciones) y equipos de música y telefónico aunque estos vinieran de serie en el vehículo.
Queda incluido en este servicio la sustitución de cada uno de los cuatro neumáticos en uso del vehículo, de acuerdo a lo establecido en las condiciones particulares. Los nuevos neumáticos deberán ser de características, calidades y prestaciones no inferiores a los originales del vehículo. Quedan incluidos en la sustitución los gastos del montaje, válvula, cámaras, equilibrado y alineación, en caso de que esta última fuera necesaria a juicio del instalador. La sustitución de los neumáticos debe de hacerse obligatoriamente en los talleres concertados.
Las piezas incorporadas al vehículo en concepto de sustitución de otras gastadas o averiadas serán así mismo propiedad de AUTORENT.
8.- SEGURO DEL VEHICULO.
Por el presente contrato, el arrendatario encarga de forma expresa a AUTORENT la contratación de una póliza de seguro, a todo riesgo sin franquicia sobre el vehículo arrendado, con las compañías y en las condiciones que el arrendatario declara conocer, en la que figurará AUTORENT como tomador, propietario, asegurado y beneficiario y el arrendatario como asegurado. Para lo que éste último deberá facilitar toda la información y/o documentación oportuna al efecto.
AUTORENT facturará el importe de la prima de seguro al arrendatario, en la forma establecida en las condiciones particulares. La cuantía de la prima podrá sufrir variaciones impuestas por la compañía aseguradora, por lo que AUTORENT repercutirá estas variaciones al arrendatario mediante la emisión de una cuota excepcional anual por el importe de dicha variación ó su prorrateo en el concepto de seguro de cada cuota mensual.
AUTORENT se reserva el derecho de elegir la compañía aseguradora en cada momento a lo largo del contrato, de todo lo cual informará al arrendatario.
El arrendatario asume todos los riesgos de daños y pérdidas, incluso el caso fortuito o fuerza mayor, que no estén cubiertos por la póliza suscrita. Quedan excluidos de la póliza todos aquellos accesorios que no estuvieran de serie en el vehículo, aún en el caso de que AUTORENT hubiera autorizado su instalación.
El arrendatario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la póliza de seguro y, en caso de siniestro, dar el parte correspondiente a la Compañía aseguradora e informar de ello inmediatamente a AUTORENT.
En caso de siniestro total, todos los derechos e indemnizaciones que correspondan serán a favor de AUTORENT como propietaria del vehículo excepto los que correspondan a los ocupantes y/o conductor del vehículo.
El contrato de arrendamiento se considerará cancelado en la fecha en que la compañía aseguradora comunique fehacientemente la declaración de siniestro total, debiendo el arrendatario hacer frente a las rentas hasta ese momento, sin que proceda liquidación alguna entre las partes por razón de diferencias en mantenimiento, impuestos, kilometraje pactado ni ninguna otra causa.
AUTORENT se reserva el derecho de resolver el contrato de arrendamiento (renting) en el caso de concurrencia de seis siniestros culpables anuales por parte del arrendatario que en todo caso será comunicado de forma fehaciente. De producirse la resolución del contrato por lo indicado en este apartado se estará a lo dispuesto en la condición 10.b).
9.- DEVOLUCION DEL VEHICULO.
Al finalizar el plazo contractual pactado, el arrendatario se obliga a devolver a AUTORENT, el vehículo junto con toda su documentación y accesorios, en correcto estado de funcionamiento y en las condiciones derivadas del buen uso normal durante su tiempo de utilización. La devolución del vehículo se efectuará en los locales de AUTORENT o en el lugar donde AUTORENT indique en su momento.
Para dar cumplimiento a dicha obligación, con dos meses de antelación a la fecha en que se vaya a producir la resolución del presente contrato, el arrendatario se obliga de forma expresa, a efectuar a la Compañía de Seguros los partes de reparación que resulten oportunos para entregar el vehículo arrendado, en dichas condiciones respondiendo en caso contrario. y de forma personal de las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de dicho incumplimiento.
Una vez efectuada la entrega del vehículo, las partes verificarán el estado del mismo y el de sus elementos, firmando el correspondiente documento de devolución, en el que se harán constar las deficiencias o anomalías que se hubieran detectado. En el mismo documento se indicará el kilometraje final del vehículo.
En caso de disconformidad, las partes, actuando por medio de sus representantes autorizados, efectuaran un examen contradictorio del mismo, con el fin de determinar su estado y las posibles responsabilidades derivadas del mismo. Si el arrendatario no asistiera a este acto, el examen se efectuará directamente por AUTORENT, reputándose contradictorio.
Las reparaciones que resulten necesarias efectuar en el vehículo así como cualquier gasto para eliminar inscripciones o pintar el vehículo en su color de origen, serán en su totalidad a cargo del arrendatario.
En el caso de que, en el momento de la entrega del vehículo, el kilometraje del mismo excediera del inicialmente pactado, la diferencia se facturará al arrendatario, y en el caso contrario, es decir, que no alcanzase el kilometraje inicialmente pactado, la diferencia se abonará al arrendatario, estableciéndose una franquicia total de +/- 200 Kms.
El cliente se compromete a vigilar el correcto funcionamiento del cuenta-kilómetros de su vehículo, informando a AUTORENT de cualquier desperfecto o avería que detecte. En caso de manipulación, defectuoso funcionamiento o inutilización del cuenta-kilómetros que imposibilite constatar el kilometraje real realizado por el vehículo, se considerará que EL CLIENTE ha efectuado con el mismo un recorrido diario, desde la última constancia que se tenga del kilometraje correcto, igual a la media verificada de los kilómetros realizados por el mismo.
Si por motivos no imputables a AUTORENT, el arrendatario no procediera a la devolución del vehículo, estará obligado a pagar a AUTORENT, en concepto de indemnización por la continuación de su uso y disfrute, una cantidad por cada día de retraso en la devolución, equivalente al resultado de prorratear por días el importe de una renta mensual, incrementada en un 25%, dejando AUTORENT de estar obligada a la prestación de los servicios correspondientes a partir de la fecha de devolución del vehículo.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en el caso de que el arrendatario no devuelva el vehículo cuando esté obligado a ello, AUTORENT, podrá proceder a la retirada del mismo donde se encuentre, para lo que queda irrevocable y expresamente autorizada.
10.- INCUMPLIMIENTO Y EFECTOS.
La falta de abono a su vencimiento de cualquiera de las rentas establecidas para el pago del precio, así como el incumplimiento de cualquier otra obligación contraída por el Arrendatario en virtud del presente contrato, facultará a AUTORENT para resolverlo de acuerdo con lo previsto en los párrafos siguientes. Dicha resolución afectará tanto a lo relativo al arrendamiento como a la prestación de los servicios contratados, incluido el seguro.
Si el incumplimiento consistiera en la falta de abono de cualquiera de las rentas convenidas para el pago del precio, AUTORENT podrá optar a su libre opción entre:
a) Exigir el pago de todas las rentas impagadas y pendientes de vencer, que se considerarán vencidas, anticipándose así su exigibilidad y sin que ello lleve consigo la extinción del arrendamiento, que se extinguirá en la fecha prevista en este contrato.
El importe de la suma de todas las rentas impagadas y pendientes de vencimiento, tomando como base el importe de la última renta vigente, tendrá el carácter de deuda vencida, liquida y exigible a todos los efectos legales y, en especial, a los previstos en el Art. 572 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
b) Resolver el contrato. En caso de resolución del contrato, el arrendatario se obliga a devolver a AUTORENT el vehículo cedido en el plazo de 48 horas desde la notificación fehaciente de dicha resolución, abonando simultáneamente a la entrega del vehículo y como penalización por daños y perjuicios el equivalente a doce (12) rentas si la resolución se produce antes del último año de contrato y seis (6) rentas para el último año de contrato (excepto contratos de 2 año cuya penalización será de 12 cuotas), así como las cantidades vencidas y no pagadas, con sus correspondientes intereses de demora.
11.- CESION DEL CONTRATO.
El arrendatario no podrá ceder a terceros el presente contrato, ni los derechos y obligaciones que del mismo se derivan, sin acuerdo previo y escrito de AUTORENT. En el caso de que AUTORENT autorice la cesión, el arrendatario responderá solidariamente con el cesionario de las obligaciones derivadas del presente contrato.
AUTORENT se reserva la posibilidad de ceder a terceros el presente contrato y en concreto los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin que resulte precisan la autorización del arrendatario, bastando a estos efectos la notificación al indicado arrendatario de la realización de la cesión.
El coste de esta cesión (subrogación) de contrato supone 90€ IVA no incluido.
12.- AFIANZAMIENTO.
Sin perjuicio de la responsabilidad personal e ilimitada del arrendatario o de cualquier otra garantía, propia o de terceros, el fiador o los fiadores intervinientes garantizan solidariamente entre sí y con igual carácter con el arrendatario, el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por éste en el presente contrato, renunciando expresamente a los beneficios de excusión, orden y división.
13.- DOMICILIOS DE LAS PARTES A EFECTOS DE REQUERIMIENTOS Y NOTIFICACIONES.
Para cualesquiera notificaciones y requerimientos que recíprocamente deban efectuarse entre sí los firmantes de este contrato, todos ellos señalan como sus domicilios respectivos los que figuran en la intervención del mismo.
Cualquier modificación de dichos domicilios deberá notificarse a los demás interesados en el contrato, no surtiendo, de lo contrario, ningún efecto.
14.- TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por medio de la presente cláusula le informamos de la política de protección de datos personales de Autorent Alquiler de Vehículos a Largo Plazo, S.L., responsable del tratamiento de sus datos personales.
Le comunicamos que Autorent realiza el tratamiento sobre los datos que usted nos facilita y que son necesarios para la ejecución del contrato que suscribe con nosotros, para los siguientes fines:
a) Establecimiento, gestión y operatividad de la relación contractual entre las partes.
b) Administración, estudio y mejora de los servicios prestados por Autorent.
c) Envío de información comercial de Autorent que pueda resultarle de interés.
Sobre los datos personales que usted nos facilita, usted tiene los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición, así como a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Asimismo, ponemos a su disposición esta información de manera más extensa en nuestra Política de Protección de Datos.
Para realizar estos tratamientos, necesitamos su consentimiento expreso, que deberá otorgarlo marcando la siguiente casilla, declarando igualmente que conoce nuestra Política de Protección de Datos:
15.- CLAUSULA FINAL.
El CLIENTE declara que todos los datos personales y de solvencia que le han sido requeridos para la formalización del presente contrato son exactos y se corresponden exactamente con la realidad, autorizando, no obstante, de forma expresa a AUTORENT, a realizar todas cuantas comprobaciones considere oportunas para verificar los autenticidad de los datos económicos y de solvencia que éste declara, a fin de conseguir la financiación del vehículo que se arrienda.
En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en 2 hojas y en tantos ejemplares como partes intervienen.
El/los Arrendatario/s El/los Fiador/es
Por AUTORENT S.L.
En BILBAO a 9 de OCTUBRE de 2018