ACUERDO DE LIBRANZA
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Entre los suscritos a saber, XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número 79.271.153 expedida en la ciudad de Bogotá D.C., quien actúa como representante legal de la Caja de Compensación Familiar de Fenalco Comfenalco Quindío, con Nit. 890.000.381-0, por una parte y quien en adelante se denominará COMFENALCO QUINDÍO, y , identificado con la cedula de ciudadanía No. , obrando en calidad de Representante Legal de
, con Nit. según consta en certificado de matrícula mercantil expedido por la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, el cual se adjunta y forma parte integral del presente acuerdo de libranza y quien en adelante se denominará LA EMPRESA, acordamos celebrar el presente regido por las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO: Mediante el presente acuerdo LAS PARTES acuerdan las condiciones y términos para realizar el recaudo por nómina de los créditos otorgados por parte de COMFENALCO QUINDIO a los trabajadores de la EMPRESA, utilizando para ello el sistema de pago por libranza. De tal manera que LA EMPRESA, mediante el presente acuerdo autoriza a COMFENALCO QUINDIO para que dentro de las políticas y procedimientos establecidos por COMFENALCO QUINDIO ofrezca y otorgue a los empleados de LA EMPRESA créditos cuya cancelación se haga mediante abonos mensuales que serán deducidos directamente por LA EMPRESA xxx xxxxxxx del respectivo empleado y trasladados posteriormente a COMFENALCO QUINDIO.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE COMFENALCO: Las siguientes son obligaciones especiales de
COMFENALCO QUINDIO:
1. Entregar a los solicitantes la papelería requerida para el trámite de las solicitudes de crédito, de acuerdo con los requisitos que tiene establecido COMFENALCO QUINDIO para tal efecto.
2. Estudiar las solicitudes de crédito que presenten los trabajadores de LA EMPRESA, de acuerdo a la documentación exigida por COMFENALCO QUINDIO. El hecho de la recepción de la documentación por parte de COMFENALCO QUINDIO no obliga a su aprobación, la cual estará condicionada al análisis que sobre las mismas realice COMFENALCO QUINDIO de acuerdo con políticas, reglamentaciones y disponibilidad de recursos.
3. Entregar a la EMPRESA la libranza debidamente firmada para descontar por nómina y/o compensación, el valor de las cuotas del crédito y la autorización para que de la liquidación que le corresponda de salarios, aportes voluntarios, prestaciones legales y extralegales, bonificaciones, indemnizaciones y en general cualquier valor a su favor, se descuenten los saldos a favor de COMFENALCO QUINDIO.
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4. Realizar los desembolsos de los créditos aprobados a los empleados de alguna de las siguientes formas: I) En la cuenta de ahorros del trabajador. II) Cheque expedido por COMFENALCO. III) Transferencia o giro electrónico al tercero, si es compra de cartera, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos y la constitución de garantía si a ello hubiere lugar.
5. Enviar a LA EMPRESA a través de correspondencia virtual o física, extractos detallados de los pagos que correspondan a las cuotas de amortización de los créditos aprobados de cada uno de los trabajadores de LA EMPRESA, en las fechas establecidas por COMFENALCO QUINDIO.
6. Aplicar mensualmente los pagos recibidos por parte de LA EMPRESA en las fechas establecidas por COMFENALCO QUINDIO.
7. COMFENALCO deberá mantener indemne a LA EMPRESA, por cualquier solicitud, reclamo y/o queja que presentare EL TRABAJADOR en contra de COMFENALCO, exclusivamente por circunstancia o razones atribuibles a COMFENALCO en la prestación del servicio de crédito social.
TERCERA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: Las siguientes son obligaciones especiales de LA EMPRESA:
1. Realizar la revisión de las solicitudes de crédito de los trabajadores de acuerdo a los requisitos exigidos por COMFENALCO QUINDIO, quien será esté el encargado del análisis, verificación y otorgamiento de los créditos.
2. Indicar mensualmente ante COMFENALCO QUINDIO y de acuerdo a la información suministrada por éste, los descuentos por nómina de cada uno de los trabajadores a quienes COMFENALCO QUINDIO les haya aprobado el crédito y así mismo en caso de retiro del trabajador, efectuar los trámites necesarios para que de la liquidación final se descuenten los saldos a favor de COMFENALCO.
3. Xxxxxx, sellar y autorizar la libranza por parte del jefe de Recursos Humanos o en su defecto por la persona autorizada y con firma registrada en el formato de registro de clientes.
4. Pagar a COMFENALCO QUINDIO el valor de las cuotas descontadas a los trabajadores, correspondiente a los créditos otorgados por parte de COMFENALCO dentro de los términos definidos previamente.
5. Velar por la autenticidad e idoneidad de las firmas correspondientes de las personas que aparecen en el registro de clientes, asegurándose de informar a COMFENALCO QUINDIO, los cambios en los funcionarios responsables de autorizar las libranzas.
6. Pagar en el banco que destine COMFENALCO QUINDIO y en la fecha acordada, el saldo insoluto de la obligación adquirida por los trabajadores que se retiran de LA EMPRESA, según la información de saldos enviada por COMFENALCO QUINDIO. En caso de que el monto de la liquidación del trabajador no alcanzare a cubrir la totalidad de la deuda pendiente, se entenderá
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que dicho valor pagado por concepto de liquidación se abona a la obligación; en todo caso, después que la empresa haya realizado los descuentos de la liquidación del trabajador y pagados a COMFENALCO el saldo de la deuda será responsabilidad del trabajador.
7. Informar a COMFENALCO QUINDIO los casos en que se llegaren a presentar embargos en contra de los trabajadores que tienen crédito de libranza, con el fin de que COMFENALCO QUINDIO pueda iniciar acciones acerca de aceleración de plazo y ejecución de la obligación.
CUARTA: FECHAS XX XXXXXXXXX: Para proceder al descuento respectivo, COMFENALCO podrá enviar si es requerido por la EMPRESA la confirmación y comprobante de pago realizado. Este comprobante registrará un valor total por concepto de crédito a través de libranza el cual será pagado por la EMPRESA, en la cuenta del banco indicada, siempre y cuando LA EMPRESA tenga la constancia de autorización del trabajador para realizar los descuentos.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los descuentos de las cuotas que haga LA EMPRESA a sus trabajadores, se realizarán en el día establecido por LA EMPRESA.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los créditos que se otorguen a los trabajadores de la EMPRESA, tendrán fecha de vencimiento los quince (15) o los treinta (30) de cada mes, para pago hasta los diez (10) primeros días del mes siguiente.
PARÁGRAFO TERCERO: Con la firma de este acuerdo, LA EMPRESA renuncia a la necesidad de ser constituida en xxxx, puesto que acepta que todas las obligaciones que pueda generarse de la ejecución del acuerdo, deben pagarse a COMFENALCO en la fecha acordada.
QUINTA: PAGO DE LAS CUOTAS: El total de las cuotas descontadas mensualmente a los trabajadores de la EMPRESA, serán pagadas a COMFENALCO QUINDIO, previa presentación de comprobante de consignación. Este pago se deberá realizar en la cuenta del banco asignado.
SEXTA: RETIRO DE LOS TRABAJADORES Y/O ASOCIADOS: En caso de que por cualquier motivo el trabajador terminare su contrato de trabajo, la EMPRESA, estará obligada a descontar el valor total del saldo que se encuentre pendiente por pagar, de sus salarios, prestaciones sociales y demás pagos que deba recibir el trabajador conforme a la autorización que este haya conferido. Al momento de la desvinculación, informará a COMFENALCO QUINDIO y solicitará el saldo insoluto de la deuda que tenga a la fecha.
SÉPTIMA: VACACIONES O DESCANSO DE LOS TRABAJADORES: Cuando se liquide el período de vacaciones o descanso remunerado a los trabajadores, LA EMPRESA deberá descontar de dicha liquidación el número de cuotas necesarias correspondientes a los meses en que el trabajador se encontrará de vacaciones o descanso, conforme a la autorización que el trabajador haya conferido. Las cuotas descontadas serán pagadas a COMFENALCO QUINDIO en los meses y períodos correspondientes.
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OCTAVA: INCUMPLIMIENTO Y SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE CRÉDITO SOCIAL: En caso de
incumplimiento por parte de LA EMPRESA de cualquiera de las obligaciones que para ella derivan del presente acuerdo, responderá ante COMFENALCO QUINDIO por su omisión. Se considera incumplimiento de la EMPRESA, además de lo estipulado en la cláusula de obligaciones, el hecho de retener al trabajador una suma inferior a la pactada y/o la omisión de efectuar el descuento. LA EMPRESA reconoce y acepta que, en caso de incumplimiento injustificado de sus obligaciones, generará que el trabajador pague los intereses a la tasa máxima legal, sin perjuicio de las sanciones a que pudiere verse sometida la EMPRESA por el incumplimiento o repetición por parte del trabajador, en razón de su omisión. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente acuerdo, COMFENALCO QUINDIO, procederá a suspender el servicio de Crédito Social. Se entenderá también como incumplimiento, la desafiliación o expulsión de la EMPRESA de COMFENALCO QUINDIO.
NOVENA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL ACUERDO: El presente acuerdo se dará por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causales:
1. Por mutuo acuerdo de las partes.
2. Por liquidación voluntaria, forzosa u obligatoria de LA EMPRESA
3. Por vencimiento del término de duración pactado, sin perjuicio de las operaciones que se encuentren en trámite.
4. Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por LA EMPRESA
5. Por decisión unilateral de alguna de las partes, previa notificación con treinta (30) días de anticipación.
No obstante, las obligaciones pendientes de ejecutar por cada una de las partes subsistirán hasta el momento en que sean ejecutadas, así como subsistirá la obligación de descuento por parte de la empresa hasta tanto los créditos no sean cancelados en su totalidad, es decir que la terminación solo opera hacia el futuro en cuanto a la concesión de nuevos créditos, pero las operaciones y créditos aprobados con anterioridad se desarrollaran conforme a lo pactado hasta su extinción.
DECIMO: TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES: LA EMPRESA quien transfiere los datos a COMFENALCO QUINDIO; certifica que tiene autorización previa, expresa, informada e inequívoca del titular del dato para tratar su información y transferirla a COMFENALCO QUINDIO, para las finalidades o actividades señaladas en este acuerdo, o que tratándose de datos recolectados antes del 27 xx xxxxx de 2013 realizó oportuna y correctamente las gestiones indicadas en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, quedando legitimado en virtud del mismo para continuar tratando los datos y transferirlos a COMFENALCO QUINDIO.
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LA EMPRESA deberá abstenerse de enviar a COMFENALCO QUINDIO, cualquier dato personal sobre el cual no esté debidamente autorizado o legitimado para tratar y transferir para los fines de este acuerdo.
LA EMPRESA responderá ilimitadamente frente al Titular del dato, las autoridades y COMFENALCO QUINDIO, por transferir datos a COMFENALCO QUINDIO, sin estar previamente autorizado por el titular del dato o legitimado para dicho efecto.
UNDECIMO. CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE LA INFORMACIÓN: Comfenalco se compromete
a guardar con el sigilo que corresponde a una información de estricta confidencialidad todos los documentos y conocimientos que en desarrollo del presente acuerdo adquiera o llegue a adquirir de empresa afiliada, sobre el entendido que la misma, forma parte de su secreto industrial y técnico y no puede darlos a conocer, manipularlos para beneficio propio o de terceros en ningún evento, sin la previa y escrita autorización que empresa afiliada le imparta frente a cada tema en particular. Comfenalco se compromete en forma directa, y asume la responsabilidad, que las personas que contrate o vincule para el desarrollo del objeto del presente contrato guarden igualmente el sigilo que exige dicha información confidencial.
DUODECIMO NOTIFICACIONES: Las partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de ARMENIA.
DECIMO TERCERO: VIGENCIA DEL ACUERDO: El presente acuerdo se suscribe por el término de un (1) año contado a partir de su firma, renovable automáticamente por el término inicialmente pactado.
El presente acuerdo se suscribe por ambas partes en la ciudad Armenia, Quindío los días del mes de del año .
POR COMFENALCO POR LA EMPRESA
FORMULARIO DE REGISTRO DE CLIENTES
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INFORMACION GENERAL
Nombre o Razón Social: | ||
NIT. | C.C. | DE: |
Representante Legal: | ||
Ciudad | Departamento | Tel: |
Dirección: | ||
Fax: | E-mail: | |
Persona Contacto y cargo: | Tel: |
PERSONAL AUTORIZADO PARA FIRMAR LIBRANZAS CREDITO SOCIAL
NOMBRES Y APELLIDOS | CARGO | FIRMAS | SELLO |
El diligenciamiento y la veracidad de la información que aquí se suministra es de absoluta responsabilidad del cliente y los cambios que en ella se hagan deben ser informados por escrito.
AUTORIZACION PARA CONSULTA Y REPORTE A CENTRALES DE INFORMACION
Para efectos de consolidar una política de conocimiento y velar por el efectivo cumplimiento de las garantías constitucionales establecidas, por la presente autorizamos de manera permanente e irrevocable, para que con fines estadísticos, de control, análisis de riesgo, supervisión y de formación comercial a otras entidades, COMFENALCO, a quien él delegue o a quien en futuro se hayan cedido sus derechos y ostente la misma posición contractual, reporte a la Central de información y/o a cualquier otra entidad que maneje bases de datos con los mismos fines, el nacimiento, modificación, extinción de obligaciones contraídas o que llegue(mos) a contraer, fruto de contratos con COMFENALCO o sus subordinados, o cualquier otro dato personal o económico que estime pertinente y en especial el manejo de los contratos por concepto de los servicios de recreación, educación, deportes o crédito social, existencias de deudas vencidas sin cancelar o cualquier otra información que se obtenga en virtud de la realización comercial establecida con COMFENALCO. La presente autorización faculta además a COMFENALCO para que pueda solicitar información sobre mis (nuestras) relaciones comerciales de cualquiera de las mencionadas entidades. Lo anterior implica que el cumplimiento de mis (nuestras) obligaciones reflejará en las mencionadas bases de datos en las cuales se consignarán de manera completa todos los datos referentes a mi (nuestro) actual y/o pasado comportamiento frente al sector comercial.
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Representante Legal
Documentos anexos:
Certificado xx Xxxxxx de Comercio en original no mayor a 30 días Fotocopia del RUT
Fotocopia de la cédula del Representante Legal