Contract
IV. Administración Local
AyuntAmIentos
xx xXxxxx
AnunCio. Aprobación de las bases generales y específicas para la provisión de plazas mediante contrato de relevo y, en su caso, constitución de bolsas de empleo para posibles contrataciones temporales.
Anuncio
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento xx xxxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día once de julio de 2018, adoptó, entre otros, el Acuerdo relativo a la aprobación de las Bases Generales y Específicas para la provisión de plazas mediante contrato de relevo y, en su caso, constitución de bolsas de empleo para posibles contrataciones temporales, así como su publicación en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la web municipal/sede electrónica (xxx.xxxxxx.xx).
BAses GenerALes PArA LA ProVIsIÓn de PLAZAs medIAnte ContrAto de reLeVo
Primera.—objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de personal laboral para la formalización de contratos de rele- vo, vinculados a la jubilación parcial del personal municipal que acceda a la misma.
La selección de las personas relevistas habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, en los términos previstos en el artículo 10.2 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público (en lo sucesivo treBeP).
el sistema de selección de los/as aspirantes será el de concurso-oposición libre.
Segunda.—naturaleza y características de las plazas.
Las plazas tendrán naturaleza laboral de carácter temporal. El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a municipal jubilado parcialmente.
El vínculo contractual estará regulado por:
— La normativa específica de los contratos de relevo.
— El resto de disposiciones aplicables a la relación laboral vigente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx y, expresamente, por el documento suscrito entre el Concejal Delegado de Personal y la representación legal de los trabajadores/ as en fecha 2 xx xxxx de 2018.
— Con carácter supletorio por el treBeP.
tercera.—Funciones.
Las personas relevistas realizarán, con responsabilidad e iniciativa, los cometidos profesionales propios de las plazas convocadas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo previsto en el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayunta- miento xx Xxxxxx 2008-2011 (Anexo I: Definición de Categorías por Grupos/Agrupaciones Profesionales).
Cuarta.—Titulación exigida y requisitos de los/as aspirantes.
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en el artículo 57 del
treBeP, en relación al acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas respectivas de las plazas convocadas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación prevista en la normativa de Seguridad Social.
d) Titulación exigida: estar en posesión de la titulación requerida en las Bases Específicas.
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e) Estar en situación de desempleo, figurando como tal en las Oficinas Públicas de Empleo, o vinculados/as al Ayuntamiento mediante contrato de trabajo de duración determinada; en ambos casos este requisito deberá cumplirse en la fecha de formalización del contrato de relevo.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
g) No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
Los citados requisitos de participación, así como los méritos alegados en su caso, deberán poseerse como fecha límite el día final del plazo de presentación de instancias previsto en las presentes Bases, y mantenerse durante todo el pro- ceso selectivo, excepto el requisito del apartado e) que deberá cumplirse en el momento de formalización del contrato de trabajo de relevo.
Los/as aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la instancia, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acreditar la condición de discapacitado/a junto con la solicitud.
Quinta.—Publicidad.
Las presentes Bases Generales y las Bases Específicas de cada plaza serán publicadas en el Boletín Oficial del Prin- cipado xx Xxxxxxxx, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la web municipal/sede electrónica del Ayunta- miento xx xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx).
Los sucesivos anuncios relativos al proceso selectivo se publicarán, exclusivamente, en el tablón de anuncios de la
Casa Consistorial y en la web municipal/sede electrónica del Ayuntamiento xx xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx).
Sexta.—instancias.
Las instancias solicitando formar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Cuarta, se dirigirán al Alcalde- Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxx y se presentarán en el Registro General del mismo en el modelo que se facilitará en dicha dependencia, durante el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca pu- blicada la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx.
La solicitud deberá presentarse en el modelo normalizado de instancia anexo a las presentes Bases Generales (Anexo I), siendo su cumplimentación obligatoria para que sea admitida. El modelo de instancia se publicará, junto con las Ba- ses, en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la web munici- pal/Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx), asimismo, será facilitado en el Registro Municipal.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de oc- tubre, del Procedimiento Administrativo Común.
documentación a presentar con la solicitud:
— Fotocopia del dnI.
— Fotocopia de la Titulación exigida en la convocatoria.
— Currículum Vítae detallado de los méritos que se aleguen, y fotocopia de los mismos.
En todo caso, cuando se trate de acreditar experiencia profesional, además de la documentación que el/la aspirante considere oportuna, deberá adjuntar copia de contratos de trabajo o Certificación de los Servicios Prestados en las Administraciones Públicas.
La formación se podrá acreditar mediante fotocopias de diplomas o certificados de asistencia debidamente cum- plimentados y firmados por los organismos competentes.
— Vida Laboral.
No será necesario compulsar la documentación acreditativa del perfil requerido. Únicamente quien resulte seleccionado/a presentará la documentación original para cotejarla con la documentación presentada en la instancia, en la fase de acreditación de los requisitos, previa a la formalización del contrato de trabajo de relevo.
Séptima.—Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará mediante Resolución la lista provisional de admitidos/as y, en su caso, excluidos/as, que se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y la web municipal/sede electrónica del Ayuntamiento xx xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx), con indicación, en su caso, del tipo de defecto por el que se excluye a cada aspirante, concediéndose un plazo xx xxxx días hábiles para la subsanación de los subsa- nables, con expresa advertencia de la caducidad de este derecho por el transcurso del plazo sin efectuar aquélla, siendo excluidos/as definitivamente de la lista.
Terminado el plazo de subsanación arriba citado, se publicará la lista definitiva de admitidos/as y, en su caso, exclui- dos/as, la designación nominal del Tribunal Calificador, la fecha, hora y lugar de comienzo de la/s prueba/s.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva mencionada en el punto anterior, incluso durante la celebración de las pruebas o en fase posterior, se advirtiera inexactitud o falsedad en la solicitud o documentación de los/as aspirantes que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y, pre- via audiencia de la persona interesada, se resolverá sobre su exclusión, sin perjuicio de los recursos que legalmente procedan.
octava.—Tribunales de selección.
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Los Tribunales calificadores serán designados por Resolución de Alcaldía y se ajustarán a lo previsto en el artículo 60 del TREBEP, así como a lo dispuesto en los apartados e) y f) del artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Los Tribunales calificadores estarán integrados por los/as siguientes miembros (titulares y suplentes):
— Presidente/a: un/a empleado/a municipal.
— Secretario/a (que actuará con voz pero sin voto): un/a empleado/a municipal.
— Cuatro vocales: en función de las plazas convocadas y grupos de titulación que se ajustarán estrictamente a lo previsto en el art.60 del TREBEP, que serán designados preferentemente entre personal municipal y, en caso de necesidad, se solicitará su propuesta a otras Administraciones Públicas.
— Los/as miembros del tribunal actuarán a título individual, no pudiendo ostentarse su pertenencia por cuenta o en representación de nadie.
— se atenderá, siempre que sea posible, a la paridad entre mujeres y hombres.
— Para constituirse y actuar habrán de estar presentes, al menos, la mitad más uno de los/as miembros del tri- bunal con derecho a voto, y siempre el/la Presidente/a y el/la secretario/a. Los/as suplentes podrán intervenir solamente en casos de ausencia justificada del/la titular, no pudiendo, por tanto, actuar indistinta o concurren- temente con los titulares.
— El Tribunal estará facultado para resolver cualquier incidencia no prevista en estas Bases o en la legislación aplicable, y para tomar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en ellas y en la normativa complementaria.
— el tribunal queda facultado para adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y buena mar- cha del proceso selectivo, incluida la descalificación de aquellos/as aspirantes que vulneren las leyes, las bases de la convocatoria o incurran en abuso o fraude xx xxx.
— Adoptará sus decisiones por mayoría de los/as miembros presentes, mediante votación nominal, y en caso de empate, se repetirá la votación, en la que si persiste el empate lo dirimirá la Presidencia con su voto de calidad. El/la Secretario/a no tendrá voto en los asuntos relativos a la calificación de las pruebas.
— El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, para todas o alguna de las fases del proceso selectivo. En todo caso, dichos técnicos/as se limitarán al asesoramiento en sus especiali- dades técnicas.
— El Tribunal deberá resolver cualquier reclamación que no tenga carácter de recurso, previa presentación en el Registro Municipal, dirigida al Presidente/a del mismo, antes de la calificación de la prueba correspondien- te, inmediatamente antes de comenzar la prueba siguiente o en el plazo de 4 días hábiles a contar desde la publicación de la calificación final del proceso selectivo, momento en que se entenderá que el Tribunal queda disuelto.
Asimismo, deberá facilitar a los/as opositores que lo soliciten con la suficiente antelación, la posibilidad de revisar sus exámenes escritos, revisión que habrá de tener lugar en presencia del/la Secretario/a antes de la celebración de la siguiente prueba y, por lo que al último ejercicio se refiere, en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la publicación de la calificación final.
— Los/as miembros designados/as deberán abstenerse de actuar si en ellos/as concurriera alguna de las circuns- tancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por esas mismas causas podrán ser recusados/as por los/as aspirantes, resolviéndose la recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 24 de la citada Ley.
novena.—Fases del proceso selectivo.
La selección se realizará en dos fases:
Fase de oposición: será previa a la de concurso, constará de dos pruebas, ambas de carácter eliminatorio:
• La primera prueba consistirá en la realización de un ejercicio escrito, de carácter teórico-práctico, relacionado con las funciones del puesto de trabajo que se va a cubrir y sobre el temario que se adjunta como anexo I en las Bases Específicas.
• La segunda prueba, que deberá medir los conocimientos prácticos de los/as aspirantes, versará sobre uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal relacionados con las tareas a realizar.
El Tribunal decidirá, inmediatamente antes del inicio de las pruebas, el tipo de ejercicio/s, número de preguntas y casos prácticos, el tiempo máximo de duración de los ejercicios, así como la valoración de los mismos.
En el supuesto de que las pruebas contuvieran texto escrito, el Tribunal podrá decidir la lectura de los ejercicios por los/as aspirantes en sesión pública, en cuyo caso, antes de la conclusión de la prueba lo comunicará de viva voz a los/as comparecientes, indicando lugar, día y hora de lectura, procediendo asimismo a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal/sede electrónica. Concluida la lectura el Tribunal podrá dialogar con el/la aspi- rante, exclusivamente sobre aspectos concretos relacionados con la/s prueba/s.
en los ejercicios que conlleven desarrollo se valorará la claridad de ideas en la redacción de los mismos, la capacidad de análisis, concreción y rigor en las respuestas dadas por el/la aspirante a las cuestiones planteadas, así como la apli- cación razonada de los conocimientos prácticos a las funciones inherentes de las plazas convocadas.
en los casos en que los tribunales optaran por ejercicios de cuestionarios de respuesta alternativa, se hará pública en
los medios previstos la plantilla de respuestas correctas, así como la puntuación asignada a cada una de ellas.
En los ejercicios prácticos se valorarán los conocimientos concretos sobre las plazas convocadas, así como la aptitud
para el desempeño de las mismas.
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Cada una de las dos pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio, se evaluará por el sistema de puntos entre 0 y 10 puntos, requiriéndose para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Quedando eliminados/as los/as opositores que no alcanzaran un mínimo de cinco puntos en cada ejercicio, en cuyo caso, el Tribunal podrá hacer pública la calificación con la simple mención de no apto/a.
Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal la calificación se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno/a de sus miembros; no obstante, cuando la calificación más alta y/o más baja difieran en más puntos de dos puntos de la media obtenida se eliminarán una o ambas, según el caso, obteniéndose la media de las restantes. debiendo quedar constancia de las puntuaciones dadas por los miembros del tribunal en las respectivas Actas.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios de carácter obligatorio superado.
Fase de concurso: no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la fase de oposición. el tribunal únicamente valorará la fase de concurso de los/as aspirantes que hayan superado previamente la fase de oposición. Los méritos alegados y no justificados no serán tenidos en cuenta por el Tribunal.
La valoración de méritos de los/as aspirantes no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso
selectivo.
El Tribunal queda facultado, a los efectos de agilizar el procedimiento, para valorar la fase de concurso únicamente a
los/as aspirantes presentados/as en el proceso selectivo que hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 5 puntos conforme al siguiente baremo:
1) Los servicios prestados en la Administración se valorarán con 0,02 puntos por mes completo, y los servicios prestados en otras empresas como trabajadores por cuenta ajena y/o autónomos/as se valorarán con 0,01 puntos por mes completo, con un máximo de 3 puntos.
en ambos casos no se computarán fracciones inferiores a un mes.
2) Los cursos recibidos impartidos por entidades o instituciones de carácter público, o por centros oficialmente homologados y reconocidos, se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora, hasta un máximo de 2 puntos.
La formación se acreditará mediante título, diploma o certificado en el que deberá constar la acción formativa reali- zada y su duración en horas, no pudiendo ser valorados los que no indiquen este requisito. Tampoco serán puntuables los cursos que, constando de varias materias, no recojan expresamente la duración en horas que dentro de los mismos tuvo la formación objeto de valoración; ni aquellos que indiquen la duración en créditos sin expresar su equivalencia en horas de formación.
La experiencia profesional deberá acreditarse mediante los contratos correspondientes o, en su caso, Certificado de
servicios Prestados en las Administraciones Públicas; siendo necesario en ambos casos aportar una Vida Laboral.
La suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y la de oposición dará la puntuación total, que será publi- cada por orden de mayor a menor en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la web municipal/sede electró- nica del Ayuntamiento xx xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx), con propuesta concreta de los aspirantes seleccionados/as para ser contratados/as.
Décima.—Desarrollo del proceso selectivo.
La fecha de comienzo del proceso selectivo, con indicación del lugar, día y hora de realización del primer ejercicio, serán determinados por el Sr. Alcalde-Presidente, simultáneamente a la aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y designación del Tribunal.
En cada prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único (en los de realización simultánea, todos al comienzo; en el caso de que se decidiera la lectura pública de los ejercicios, según el orden de actuación). Salvo causa o fuerza mayor, apreciada por el Tribunal, la no comparecencia o retraso de un/a aspirante en el momento de los llamamientos a cualquiera de los ejercicios del proceso selectivo, determinará automá- ticamente el decaimiento en su derecho a participar en el mismo. En caso de fuerza mayor, apreciada y motivada por el Tribunal, se podrá decidir un segundo llamamiento.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los/as opositores/as para que acrediten su identidad. A tal fin
deberán estar provistos/as de dnI u otro documento acreditativo de la misma.
El orden en que habrán de actuar los/as aspirantes, en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el/la opositor/a cuyo primer apellido comience por la letra que determi- ne el sorteo anual realizado por la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
En la realización de los ejercicios escritos el Tribunal adoptará las medidas que estime oportunas para garantizar, en
la medida de lo posible, el anonimato de los/as aspirantes.
decimoprimera.—Recursos y reclamaciones.
Las presentes Bases y cuantos actos y trámites administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los/as interesados/as, en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Decimosegunda.—Protección de datos de carácter personal.
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en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de protección de datos, los datos personales que sean facilitados por las personas participantes en el presente proceso de selección de personal serán tratados por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx según los siguientes términos y condiciones:
— responsable del tratamiento: Ayuntamiento xx xxxxxx.
— Finalidad del tratamiento: Los datos personales serán tratados por parte del Ayuntamiento para la gestión del
proceso de selección de personal.
— Legitimación: El tratamiento se basa en el consentimiento de las personas que voluntariamente participan en el
proceso selectivo.
— Destinatarios: Los datos identificativos (nombre y apellidos o DNI., posible causa de exclusión, puntuaciones del proceso selectivo) serán publicados en los medios de publicidad recogidos en las presentes Bases, y salvo este supuesto, no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal.
— Derechos: Los/as interesados/as podrán acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento xx Xxxxxx-Plaza de la Xxxxxxxxxxxx x/x 00000 Xxxxxx (Xxxxxxxx) indicando en el asunto: Ref. Protección de datos.
Los/as participantes en el proceso selectivo consienten el tratamiento de sus datos en los términos y condiciones
anteriormente indicadas.
decimotercera.—Proceso de formalización de contratos de relevo.
Las personas propuestas por los Tribunales presentarán en el Negociado de Personal del Ayuntamiento xx Xxxxxx, dentro del plazo de 10 días naturales a partir de la publicación de los resultados de los procesos selectivos, sin necesidad de mayor requerimiento, la siguiente documentación:
— Original del DNI para su cotejo.
— Vida Laboral.
— Informe de situación de desempleo expedido por el Servicio Público de Empleo (salvo personal vinculado al
Ayuntamiento mediante contrato temporal).
— Ficha de acreedores en el modelo normalizado del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
— Originales, para su cotejo, de la Titulación requerida en las Bases Generales y Específicas, y de la documenta- ción acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
— Certificado médico expedido por facultativo/a colegiado/a acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones de las plazas convocadas.
Si dentro del plazo los/as aspirantes propuestos/as no presentaran la documentación requerida o no reunieran los requisitos exigidos en las Bases, no podrán ser contratados/as por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial, pasando la contratación al/la siguiente aspirante con mayor puntuación.
Finalizado el plazo de presentación de documentación, los/as aspirantes propuestos/as serán contratados/as bajo la modalidad de contrato de relevo para desempeñar las funciones propias de las plazas convocadas.
Las personas relevistas no ostentarán derecho alguno a permanecer con carácter indefinido en el Ayuntamiento xx xxxxxx, estando vinculada la duración de su contrato a la jubilación total del/a trabajador/a relevado/a, sin perjuicio de su posible participación en los procesos selectivos que en su momento pudieran convocarse.
decimocuarta.—Bolsas de empleo temporal.
Las relaciones con las puntuaciones definitivas, elaboradas y publicadas por los Tribunales Calificadores en estos procedimientos selectivos, según riguroso orden de puntuación y clasificación en las mismas, podrán ser utilizadas en el marco de la legislación vigente, como bolsas de empleo para posibles contrataciones temporales del Ayuntamiento xx Xxxxxx; dejando sin efecto las bolsas de empleo vigentes hasta la fecha de la publicación de las presentes —de las respectivas plazas—.
La constitución de las Bolsas de Xxxxxx no crea derecho alguno a favor de sus integrantes, salvo el de su llamamien- to para la formalización del contrato temporal que en cada caso proceda, por el orden rigurosamente establecido en la misma, comenzando en todos los casos por el/la primer/a candidato/a que figure en ellas.
Serán causas de exclusión de las Bolsas las siguientes:
a) La no aportación de la documentación requerida en el plazo indicado en estas Bases.
b) No comparecer a la formalización del contrato dentro del plazo que se le indique.
c) Solicitar la baja voluntaria en la empresa, una vez formalizado el contrato.
d) dos renuncias a las propuestas de contratación ofertadas mediante llamamiento, presentadas por el/la interesado/a, debiendo enviarlas por cualquier medio que permita dejar constancia escrita de las mismas.
e) Tres intentos de llamamiento sin localizar al/a interesado/a, según datos obrantes (teléfono y correo electróni- co) en el Ayuntamiento.
f) Haber sido despedido/a por el Ayuntamiento xx xxxxxx por incumplimiento o sanción disciplinaria.
g) Solicitud expresa escrita presentada por el/la interesado/a de exclusión de la Bolsa.
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Los/as integrantes de las Bolsas deberán comunicar en la solicitud de participación en las pruebas selectivas un nú- mero de teléfono móvil y/o fijo, y un correo electrónico, que serán utilizados en caso de necesidad de contratación.
Las personas interesadas deberán tener sus datos personales y de contacto actualizados, debiendo comunicar cual- quier cambio por escrito al Ayuntamiento; en caso contrario, se asumirán los posibles perjuicios.
Los/as integrantes de las Bolsas que hubieran sido contratados/as volverán a ocupar la posición que les correspon- diera en ella una vez finalizada su contratación, siendo llamados/as para posteriores contrataciones por orden riguroso de llamamiento.
— Forma de realizar los llamamientos: Se realizarán tres llamadas telefónicas a distintas horas en el mismo día, en horario de 9:00 a 15:30 horas, y se enviará un correo electrónico con acuse de entrega ese mismo día.
En el expediente deberá constar diligencia con la fecha y horas de las llamadas realizadas, y copia del correo elec- trónico enviado.
Si no fuera posible el contacto con el/la interesado/a —por ninguno de los medios arriba citados— y no hubiera res- puesta alguna por su parte en el plazo de las 24 horas siguientes a la hora de la primera llamada telefónica, se pasará a llamar al/la siguiente aspirante, y el/la anterior pasará a ocupar el último lugar de la Bolsa. En el caso de que en dos ofertas de empleo sucesivas no se obtuviera respuesta del/la aspirante se le tendrá por excluido/a de la Bolsa.
Serán causas justificadas de renuncia a una oferta y, por tanto, no se penalizará al solicitante, cuando concurra al- guna de las siguientes circunstancias:
— Estar en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, acreditado mediante certi- ficado de nacimiento, Libro de Familia, o certificación oficial.
— Estar en situación de baja de Incapacidad Temporal, acreditado mediante el último parte de baja o confirmación expedido por el Servicio Público de Empleo.
— estar trabajando, acreditado mediante contrato de trabajo o nombramiento, e Informe de Xxxx Xxxxxxx.
— Estar colaborando en programas internacionales de cooperación y ayuda humanitaria, acreditado mediante informe o certificación.
— Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público temporal, acreditado mediante la certificación
oportuna.
— Estar realizando estudios oficiales o reglados, acreditado mediante certificación del Centro.
El plazo para presentar la renuncia justificada y la documentación que acredite la causa será de 24 horas, por cual- quier medio que permita dejar constancia en el expediente.
En el caso de renuncias por causas no incluidas en el apartado anterior, deberán presentarse de forma expresa y por cualquier medio que permita dejar constancia escrita en el expediente, en el plazo de 24 horas desde la llamada telefó- nica de oferta de la contratación, y la persona que renuncia pasará a ocupar el último lugar de la Bolsa.
dos renuncias sucesivas a las propuestas de contratación ofertadas mediante llamamiento, presentadas por el/la interesado/a, por cualquier medio que permita dejar constancia escrita de las mismas, se considerará causa de exclusión de la Bolsa.
En el supuesto de que no se presenten las renuncias por un medio que permita dejar constancia expresa en el expe- diente, y en el caso de que siendo justificadas no se acredite además documentalmente la causa, en el plazo señalado al efecto, se considerará causa de exclusión de la Bolsa. Deberá constar en el expediente fecha y hora de la llamada y respuesta del/la interesado comunicando su intención de renunciar y la causa; así como una diligencia haciendo constar que transcurrido el plazo de 24 horas el/la aspirante no ha enviado o presentado su renuncia y documentación complementaria.
Cód. 2018-07532
Mieres, a 16 de julio de 2018.—El Alcalde.—Cód. 2018-07532.
ANEXO I DE LAS BASES GENERALES
SOLICITUD PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS MEDIANTE CONTRATO DE RELEVO
DATOS PERSONALES
NOMBRE Y APELLIDOS | ||
DOMICILIO | CP | POBLACIÓN |
FECHA NACIMIENTO | D.N.I./o equivalente | TELÉFONO |
CORREO ELECTRÓNICO |
Quien suscribe EXPONE: Que reúne todos y cada uno de los requisitos comunes y específicos recogidos en las Bases de la presente Convocatoria y, declara que son ciertos los datos consignados en esta solicitud, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en ella. Por tanto, SOLICITA ser admitido/a al proceso selectivo de esta Convocatoria y a la plaza que a continuación se señala:
Nº de plazas | PLAZAS | |
1 | Técnico/a de Gestión Cultural | |
1 | Técnico/a de Relaciones Laborales | |
1 | Técnico/a de Medio Rural | |
1 | Profesor/a de Lenguaje Musical y Trombón | |
2 | Oficial Fontanero/a | |
1 | Oficial Conductor/a-Palista | |
1 | Oficial Soldador/a | |
2 | Oficiales Conductor/a | |
1 | Oficial Albañil | |
4 | Operario/a |
Marque con una X la plaza que solicita
(En el caso de presentarse a más de una plaza, deberá cumplimentar una solicitud por
plaza)
Cód. 2018-07532
Continúa al dorso
SOLICITUD, DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA
El/la abajo firmante SOLICITA tener por presentada esta solicitud dentro del plazo concedido al efecto y ser admitido/a en el proceso selectivo al que se refiere la presente instancia, DECLARANDO que son ciertos los datos consignados en la misma y que se reúnen los requisitos exigidos, aceptando expresamente las Bases de la Convocatoria.
En Mieres, a …….de de 2018
EL/LA SOLICITANTE
Fdo.: ……………………………..
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Finalidad: Gestionar y tramitar la presente solicitud en el proceso de selección de personal.
Legitimación: Consentimiento de las personas que voluntariamente participan en el proceso selectivo presentando la presente solicitud.
Destinatarios: Los datos identificativos serán publicados en los medios de publicidad según se establece en las Bases del proceso selectivo, salvo este supuesto, los datos no serán cedidos a terceros, salvo que sea necesario para tramitar su solicitud u obligación legal.
Derechos: Puede acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante Ayuntamiento xx Xxxxxx - Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, x/x 00000 Xxxxxx (Xxxxxxxx) indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos.
Cód. 2018-07532
Al firmar la presente solicitud consiente el tratamiento de sus datos en los términos y condiciones anteriormente expuestos (Base Décimosegunda de la Convovatoria).
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de dos PLAZAs de oFICIAL ConduCtor/A
(Grupo C, Subgrupo C2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación Exigida.
— Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
— Estar en posesión del permiso de conducir C y del Certificado de Aptitud Profesional para conductores (CAP).
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Oficial Conductor/a “es el/la trabajador/a que poseyendo la titulación de FP 1 en la especialidad propia de su oficio o, con la suficiente práctica en el mismo tiene los conocimientos necesarios de mecánica para reparar averías que no requieran elementos de taller, y está en posesión del carnet de conducir de primera clase y documentación complemen- taria precisa, atiende, cuida, limpia, engrasa, repara y conduce los vehículos de la empresa, ocupándose de la carga, estiba y descarga cuando realiza labores de reparto, será responsable de la custodia de la carga, documentación de la misma y de los cobros o pagos que se realicen, cuando la empresa así lo establezca. En los vehículos frigoríficos cuidará de la temperatura y del género transportado”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria de los/las jubilados/as parciales vinculados/as a las presentes plazas a proveer mediante contra- to de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo dos PLAZAs de oFICIAL ConduCtor/A
A) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
Tema 3.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Tema 1.—Los residuos sólidos: clasificación y características. Concepto y clases. Recogida selectiva de los residuos
sólidos urbanos.
Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de envases y residuos de envases.
Tema 2.—Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Bases generales y autorizaciones ad- ministrativas. Infracciones. Señalización. Tipos y significados de las señales de circulación y marcas viales y señales en los vehículos.
Tema 3.—Elementos mecánicos e hidráulicos específicos de una caja compactadora (traseras y laterales) para la recogida de residuos sólidos urbanos.
tema 4.—Procedimiento de mantenimiento básico y conservación de un camión compactador-recolector de residuos sólidos urbanos: control de desgastes habituales en este tipo de vehículos. Utillaje básico de control de presiones, niveles y tensiones.
Tema 5.—Barredoras: elementos que poseen. Equipos que se le pueden acoplar.
Tema 6.—El motor de explosión. Generalidades. El ciclo de cuatro tiempos. Funcionamiento básico. Elementos que
componen el motor.
Tema 7.—El motor diesel. Generalidades. El gasoil. El ciclo de trabajo. Características. Los órganos del motor. Siste- mas de combustión. entretenimiento del motor diesel.
Cód. 2018-07532
Tema 8.—El bastidor. La suspensión: muelles y amortiguadores. Averías de la suspensión.
Dirección. Generalidades. Con tren rígido. Con suspensión independiente. Dirección asistida. Cualidades de la direc- ción. Averías de la dirección.
Frenos. Introducción. tipos de freno. sistemas de mando. servofrenos. Averías de los frenos.
Tema 9.—El engrase. Generalidades. Sistemas de engrase. Temperaturas del aceite. La refrigeración. Sistemas de refrigeración. Regulación de la temperatura de motor.
Tema 10.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de oFICIAL ConduCtor/A PALIstA
(Grupo C, Subgrupo C2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación Exigida.
Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
— Estar en posesión del permiso de conducir C, del Certificado de Aptitud Profesional para conductores/as (CAP) y del carnet profesional de conducción de maquinaria de obra civil (retroexcavadora y pala cargadora, como mínimo).
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Oficial Conductor/a y el/la Oficial Palista son:
“Palista: Trabajador/a que poseyendo la titulación de F.P.1 en la especialidad propia de su oficio o, con la suficiente práctica en el mismo, conoce y realiza la conducción xx xxxxx de propulsión mecánica, ejecutando la labores encomen- dadas a la máquina de acuerdo con sus características, ocupándose de su engrase, limpieza y conservación y tiene su- ficientes conocimientos para reparar averías que no requieran elementos de taller, y debe estar en posesión del carnet de conducir de primera.
Oficial de Primera Conductor/a: Trabajador/a que poseyendo la titulación de FP 1 en la especialidad propia de su oficio o, con la suficiente práctica en el mismo tiene los conocimientos necesarios de mecánica para reparar averías que no requieran elementos de taller, y está en posesión del carnet de conducir de primera clase y documentación comple- mentaria precisa, atiende, cuida, limpia, engrasa, repara y conduce los vehículos de la empresa, ocupándose de la carga, estiba y descarga cuando realiza labores de reparto, será responsable de la custodia de la carga, documentación de la misma y de los cobros o pagos que se realicen, cuando la empresa así lo establezca. En los vehículos frigoríficos cuidará de la temperatura y del género transportado”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de oFICIAL ConduCtor/A PALIstA
A) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
Tema 3.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Tema 1.—Carreteras. Clasificación. Elementos que la componen. Movimientos de tierras. Drenaje y obras de paso. Tema 2.—Palas cargadoras. Esquema y funcionamiento. Mantenimiento.
Retroexcavadoras. Tipos. Funcionamiento y mantenimiento. retropalas. mantenimiento-equipos acoplables. motoniveladoras. esquema y funcionamiento. mantenimiento. Compactadores. tipos. mantenimiento.
Bulldozer y angledozer. Tipos, esquema y funcionamiento.
Cód. 2018-07532
Tema 3.—Señalización horizontal y vertical. Barreras de seguridad. Seguridad vial.
tema 4.—Vialidad invernal, maquinaria a emplear. sales fundentes.
Tema 5.—Rozadoras. Usos y donde instalarlos. Funcionamiento. Mantenimiento.
Tema 6.—El motor de explosión. Generalidades. El ciclo de cuatro tiempos. Funcionamiento básico. Elementos que
componen el motor.
El motor diesel. Generalidades. El gasoil. El ciclo de trabajo. Características. Los órganos del motor. Sistemas de
combustión. entretenimiento del motor diesel.
Tema 7.—El bastidor. La suspensión: muelles y amortiguadores. Averías de la suspensión.
Dirección. Generalidades. Con tren rígido. Con suspensión independiente. Dirección asistida. Cualidades de la direc- ción. Averías de la dirección.
Frenos. Introducción. tipos de freno. sistemas de mando. servofrenos. Averías de los frenos. ruedas y neumáticos.
Generalidades. neumáticos. Averías de los neumáticos.
Tema 8.—El engrase. Generalidades. Sistemas de engrase. Temperaturas del aceite. La refrigeración. Sistemas de refrigeración. Regulación de la temperatura de motor.
Tema 9.—Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Bases generales y autorizaciones ad- ministrativas. Infracciones y sanciones.
Tema 10.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de oFICIAL ALBAÑIL
(Grupo C, Subgrupo C2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación Exigida.
— Estar en posesión del Título de FP1 o FP de Primer Grado, o Módulos Profesionales Nivel II, o Módulos Experimen- tales de nivel II, o Ciclos Formativos de Grado medio, en todo caso relacionados con materias de Albañilería.
— estar en posesión del permiso de conducir B.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/ la Albañil “es el trabajador/a que poseyendo titulación de FP 1, en la especialidad propia de su oficio o, con la suficiente práctica en el mismo ejecuta toda clase xx xxxxx, tabiques, forjados, arcos, bóvedas y trabajos similares relacionados con la albañilería, así como también los referentes a cubiertas, enfoscados y maestrados, colocación de vigas, recibos de aceros, reparación de soladas y revocos; sabrá asimismo realizar fábricas de ladrillo a cara vista, hornacinas, corridos, así como trabajos decorativos de yeso, ladrillo y cemento con terrajas, estando facultados/as para construir andamios sencillos. Deberá conocer todos los trabajos de categoría inferior relacionados con su actividad”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de oFICIAL ALBAÑIL
C) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
Tema 3.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
D) Materias específicas.
tema 1.—Construcción xx xxxxxxx de ladrillos, diferentes tipos. revestimientos xx xxxxxxx.
Cód. 2018-07532
Tema 2.—Cementos: clases. Fraguado y endurecimiento. Resistencia. Morteros: definición. Su preparación con me- dios manuales y mecánicos. Utilidades de los morteros: tipos, dosificaciones y nomenclaturas. Aplicaciones de los dife- rentes tipos.
Tema 3.—Hormigón: clases. Agua de amasado. Calidad y cantidad de agua. Dosificaciones. Consistencia. Resistencia,
aditivos: tipos y propiedades.
Tema 4.—Ladrillos: tipos y medidas. Áridos empleados en albañilería. Áridos naturales y artificiales. Características que deben reunir. Tipo, tamaños y granulometrías.
Tema 5.—Materiales auxiliares empleados en albañilería: mallas, cantoneras, perfiles auxiliares, sellantes, imper- meabilizantes, etc.
Arquetas de servicios urbanos: agua, alcantarillado y alumbrado público.
Saneamiento. Materiales de las tuberías y diámetros más frecuentes. Arquetas y pozos de registro. Sumideros. Ele- mentos sanitarios y su colocación.
Tema 6.—Replanteos: cimientos, estructuras, muros y cerramientos. Trazados de alienaciones. Trazados de paralelas
y perpendiculares. Interpretación de planos: escalas y cotas. Aparatos y herramientas manuales de medida.
Tema 7.—Encofrados. Maderas: tipos comerciales. Metales. Hierro y perfiles laminados. Puntales y otros medios auxiliares.
Tema 8.—Pavimentos de acera, pavimentos continuos y discontinuos. Adoquines. Baldosas y terrazos. Piedra na- tural. Bordillos: materiales y dimensiones más frecuentes. Formas de colocación. Pavimentos en viviendas: solados. Alicatados.
Tema 9.—Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Nociones básicas sobre normas de seguridad en las obras de construcción. Prevención de accidentes. Elementos de seguridad.
Tema 10.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de dos PLAZAs de oFICIAL FontAnero/A
(Grupo C, Subgrupo C2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación Exigida.
— Estar en posesión del Título de FP1 o FP de Primer Grado, o Módulos Profesionales Nivel II, o Módulos Experimen- tales de nivel II, o Ciclos Formativos de Grado medio, en todo caso relacionados con materias de Fontanería.
— estar en posesión del permiso de conducir B.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/ la Fontanero/a “es el trabajador que poseyendo la titulación de FP1 o equivalente, en la especialidad propia de su oficio o, con la suficiente práctica en el mismo, conoce y realiza los trabajos generales de: leer e interpretar planos y croquis de instalaciones de producción o de la red de distribución de agua, así como de la construcción en plomo, cinc y hojalata, y de acuerdo con aquéllos, realizar con los útiles correspondientes las labores de trazar, curvar, cortar, remachar, soldar, engastar y entallar”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de dos PLAZAs de oFICIAL FontAnero/A
e) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
Tema 3.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
Cód. 2018-07532
F) Materias específicas.
Tema 1.—Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, rela- ción entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete. Instrumentos de medida.
Tema 2.—Soldaduras. Tipos, materiales a emplear y técnicas.
máquinas y herramientas. Clases, condiciones de trabajo.
Tema 3.—Tratamientos del agua. Composición del agua de consumo, descalcificación, desmineralización, PH, gene- ralidades sobre los equipos de tratamiento de agua.
Estaciones depuradores de aguas residuales. Generalidades. Estaciones de tratamiento de agua potable. Generalidades. Prevención de Legionella. Generalidades y medidas preventivas.
tema 4.—Corrosiones e incrustaciones. tipos de corrosión, medidas de prevención y protección. Inspecciones y pruebas de las instalaciones.
Tema 5.—Diseño y montaje de instalaciones, dimensionamiento y caudales mínimos en aparatos domésticos. Elementos de las instalaciones en edificación. Tuberías y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sani-
xxxxx, contadores, aljibles. reparaciones.
Instalaciones de fluxores. Dimensionado, características y funcionamiento.
Tema 6.—Instalaciones xx xxxxx y piscinas. Características y dimensionado de la red xx xxxxx, materiales en una red xx xxxxx. Instalaciones de piscinas.
Instalaciones de agua caliente sanitaria. Tipos, materiales y características. Instalaciones de calefacción. Radiadores, conductos, elementos. Calderas (gasoil, eléctricas, gas).
Normativa e interpretación de planos, simbología.
Tema 7.—Elementos de las instalaciones en redes municipales de agua. Tuberías y accesorios diferentes. Válvulas, dispositivos de control, desagües y ventosas. Vigilancia del servicio. Reparaciones.
Tema 8.—Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de
presión.
Red de evacuación y desagües. Instalación, dimensionamiento y materiales.
Tema 9.—Protección medioambiental. Nociones básicas sobre contaminación ambiental. Principales riesgos medio- ambientales ligados a las funciones de la categoría.
Tema 10.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de oFICIAL soLdAdor/A
(Grupo C, Subgrupo C2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación exigida.
— Estar en posesión del Título de FP1 o FP de Primer Grado, o Módulos Profesionales Nivel II, o Módulos Experi- mentales de nivel II, en la rama de construcciones metálicas; o Ciclos Formativos de Grado medio de soldadura y calderería.
— Estar en posesión del permiso de conducir C y del Certificado de Aptitud Profesional para conductores (CAP).
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Oficial de Oficio “es el/la Trabajador/a que poseyendo la titulación de FP 1 o equivalente, tiene un total dominio del oficio, con capacidad para interpretar planos de detalle, realizan los trabajos que requieren mayor esmero y delicadeza, no solo con rendimiento correcto sino con la máxima economía de material”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de oFICIAL soLdAdor/A
Cód. 2018-07532
G) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
Tema 3.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género;
Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
H) Materias específicas.
tema 1.—Constitución de la materia. metales: propiedades físicas y mecánicas. Conocimiento de materiales. metales
no férreos. Aleaciones. Tablas de pesos.
tema 2.—el banco de trabajo. el limado. el serrado o aserrado a mano.
Tema 3.—Cincelado. Burilado, forjado, estampado, la fragua.
tema 4.—Instrumentos de medida
Tema 5.—Las roscas. Roscado. Herramientas de roscar. Roscado a mano. Taladro, brocas y máquinas de taladrar. Tema 6.—Procesos de soldadura. Metalurgia de la soldadura. Corte y reseñado. El diseño de las uniones.
Tema 7.—Diferentes tipos de soldadura. Soldadura por arco eléctrico con electrodo revestido. Ejecución de la solda- dura por arco electrodo revestido.
Tema 8.—Soldadura oxiacetilénica y oxicorte.
Tema 9.—Inspección en las uniones soldadas. Trabajos de limpieza y puesta a punto de herramientas y utensilios de
uso.
Tema 10.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de CuAtro PLAZAs de oPerArIo/A
(Grupo Otras Agrupaciones Profesionales, según la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación exigida.
— Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios, de Escolaridad o equivalente.
— estar en posesión del permiso de conducir B.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Operario/a “es el/la trabajador/a que para el desempeño de sus funciones aporta su esfuerzo físico y que en deter- minadas ocasiones puedan exigir cierta práctica, especialidad o especialización”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria de los/las jubilados/as parciales vinculados/as a las presentes plazas a proveer mediante contra- to de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de CuAtro PLAZAs de oPerArIo/A
I) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 2.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
J) Materias específicas.
Tema 1.—Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas; uso y mantenimiento.
Principales obras de albañilería. Principales reparaciones de albañilería.
Cód. 2018-07532
Tema 2.—Fontanería: conceptos generales, elementos, materiales, uniones y soldaduras. Herramientas, equipos y útiles. Su mantenimiento. Averías y reparaciones. Abastecimiento de aguas y saneamiento.
Tema 3.—Conceptos básicos sobre electricidad. Circuitos eléctricos. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad. Tipos de xxxxxxx y sus reparaciones. Instalaciones de enlace. Instalaciones interiores. Magnitudes y apara- tos de medida. Materiales eléctricos. Herramientas y operaciones básicas.
Tema 4.—Limpieza. Conceptos generales. Herramientas y útiles, uso y mantenimiento. Limpieza viaria. Recogi- da de residuos urbanos. Limpieza de edificios (colegios, oficinas, polideportivos, naves industriales, etc). Agentes limpiadores.
Tema 5.—Jardinería. Nociones básicas de jardinería, el suelo y la tierra de cultivo; herbicidas, abonos y fertilizantes.
Sistemas xx xxxxx. Herramientas, útiles y maquinaria.
Tema 6.—Normas básicas de seguridad y salud laboral. Normativa vigente.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de ProFesor/A de músICA de LenGuAJe musICAL y tromBÓn
(Grupo A, Subgrupo A2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
Primera.—Titulación exigida.
estar en posesión del título de Profesor/a superior del instrumento de trombón, o título de Profesor/a de trombón
del Plan de 1.966.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Profesor/a del Conservatorio “es el trabajador que está en posesión de la titulación correspondiente, o que sin po- seerla, tiene reconocida esta categoría y realiza las tareas propias de la misma”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo el 74,29% de la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de ProFesor/A de músICA de LenGuAJe musICAL y tromBÓn
A) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978.
Tema 2.—La organización territorial del Estado español. Las comunidades autónomas: especial referencia a los esta- tutos de autonomía; estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 3.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
tema 4.—La relación jurídico-administrativa. el Administrado: capacidad y representación. derechos del administra- do. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 5.—El acto administrativo: concepto, clases y elementos, eficacia y validez, notificación y publicación. La revi- sión de los actos administrativos. Los recursos administrativos.
Tema 6.—El procedimiento administrativo: concepto, principios, términos y plazos. Fases del procedimiento. Tema 7.—Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
tema 8.—Los contratos de las Administraciones Públicas. normativa. Clases de contratos.
Tema 9.—El personal al servicio de las Administraciones Públicas: concepto y clases de empleados públicos. Norma- tiva aplicable.
Tema 10.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mu- jeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Tema 1.—El lenguaje musical: Métodos y sistemas actuales de pedagogía musical.
Cód. 2018-07532
Tema 2.—La lectura musical: lectura horizontal y vertical, la lectura interválica sin clave, lectura a primera vista y lectura articulada. Importancia de la escritura musical: escritura melódica y escritura armónica. Las grafías no conven- cionales en la lectura y escritura musical.
Tema 3.—Historia general de los instrumentos de viento metal: orígenes y antecesores del trombón moderno. Evolu- ción histórica de los instrumentos de metal. sistema de válvulas y pistones y su aplicación en los instrumentos de metal. el trombón de pistones.
tema 4.—el trombón xx xxxxx moderno: descripción de sus características constructivas. mantenimiento y conser- vación. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento. Instrucciones básicas sobre montaje y conservación.
Utilización de las boquillas en los diferentes tipos de trombón. Diferentes tipos de trombón: características constructivas y de sonoridad. La familia de los sax-horns o bugles: características y repertorio.
Tema 5.—Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los tubos sonoros.
Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Afinación. Posiciones.
Tema 6.—Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respira- ción, control y visualización mental, miedo escénico.
Tema 7.—Descripción y funcionamiento del aparato respiratorio. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más impor- tantes, en relación con la técnica del trombón. Colocación del cuerpo y del instrumento en posición sentada y erguida.
Tema 8.—La técnica del trombón: principios fundamentales. Formación de la columna de aire y su control en la téc- nica general del trombón. Formación de la embocadura. Emisión del sonido: utilización de los músculos faciales, de la lengua, de los labios y de otros elementos. Diferentes tipos de ataque. La articulación.
Tema 9.—La técnica moderna del trombón: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de los grandes instrumentistas y pedagogos.
Tema 10.—Evolución de las diferentes escuelas y sistemas pedagógicos específicos del instrumento. Estudio compa- rativo de las concepciones estéticas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.
Tema 11.—Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.
tema 12.—Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio para trom- bón del renacimiento, Barroco y el Clasicismo: obras para trombón solista, música xx xxxxxx y orquesta.
tema 13.—Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio para trom- bón del romanticismo, Posromanticismo e Impresionismo: obras para trombón solista, música xx xxxxxx y orquesta, conciertos.
tema 14.—Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio para trom- bón desde el inicio del siglo XX hasta nuestros días. Aproximación a la música contemporánea y a los nuevos recursos compositivos, formales y de notación.
Tema 15.—El trombón en la orquesta y en la banda. Características del repertorio para ambas formaciones. Evolución a lo largo de las diferentes épocas.
Tema 16.—El trombón en el jazz. Características del repertorio y de su interpretación. Los cifrados y la
improvisación.
Tema 17.—La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.
Tema 18.—La práctica de grupo en las enseñanzas profesionales. Programación de las actividades colectivas en este nivel: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.
Tema 19.—La música xx xxxxxx en las enseñanzas profesionales. Programación de esta asignatura: repertorio, xxx- lisis, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación, lectura a primera vista y otros. Criterios pedagógicos para la elección del repertorio.
Tema 20.—La transcripción: conceptos generales, antecedentes históricos y criterios sobre la interpretación de trans- cripciones. Transcripciones del repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales.
Tema 21.—Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instru- mento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.
Tema 22.—Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales y profesionales.
tema 23.—La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: técnica, capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo xxx xxxxxxxx em- prendedor: Cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.
Tema 24.—Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.
Tema 25.—Principios de improvisación en el instrumento: Recursos, materiales y procedimientos. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.
Cód. 2018-07532
Tema 26.—La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado y métodos. Criterios para la selección
del material adecuado a cada nivel.
tema 27.—La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento impres- cindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.
Tema 28.—Interdisciplinariedad en los estudios de trombón. La relación que conforman entre sí las diferentes asig- naturas del currículo.
Tema 29.—La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones.
Tema 30.—Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del ins- trumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de tÉCnICo/A de GestIÓn CuLturAL
(Grupo A, Subgrupo A2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación exigida.
estar en posesión del título universitario de Grado en Gestión Cultural o Grado en Humanidades (o titulación equivalente).
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Titulado/a Grado Medio “es el trabajador que está en posesión del correspondiente título profesional expedido por Centro Universitario legalmente facultado para ello, y fue contratado en virtud de su titulación para realizar las funciones propias de la misma en el puesto correspondiente”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de tÉCnICo/A de GestIÓn CuLturAL
A) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978.
Tema 2.—La organización territorial del Estado español. Las comunidades autónomas: especial referencia a los esta- tutos de autonomía; estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 3.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
tema 4.—La relación jurídico-administrativa. el Administrado: capacidad y representación. derechos del administra- do. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 5.—El acto administrativo: concepto, clases y elementos, eficacia y validez, notificación y publicación. La revi- sión de los actos administrativos. Los recursos administrativos.
Tema 6.—El procedimiento administrativo: concepto, principios, términos y plazos. Fases del procedimiento. Tema 7.—Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
tema 8.—Los contratos de las Administraciones Públicas. normativa. Clases de contratos.
Tema 9.—El personal al servicio de las Administraciones Públicas: concepto y clases de empleados públicos. Norma- tiva aplicable.
Tema 10.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mu- jeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Cód. 2018-07532
Bloque I: Gestión Cultural.
Tema 1.—La cultura y su teorización: consideraciones históricas y conceptuales del término cultura. Las dimensiones y expansión de la cultura en un mundo globalizado.
Tema 2.—Las políticas culturales municipales: origen y tipos. El diseño de políticas culturales municipales.
tema 3.—Las competencias municipales, provinciales y autonómicas en materia de cultura.
tema 4.—La interacción entre cultura, sociedad y administración pública. La relación entre cultura, entidades públicas y privadas.
Tema 5.—La cultura como factor de desarrollo. El papel de los servicios municipales culturales. La incardinación de la cultura en su territorio. La interrelación entre turismo y cultura. El turismo como agente dinamizador de la cultura.
Tema 6.—El gestor cultural como persona al servicio de la cultura: su perfil profesional y formativo. La gestión cul- tural y la animación sociocultural.
Tema 7.—Infraestructuras culturales y municipio. El papel de las infraestructuras en la gestión de la cultura.
Tema 8.—La planificación de proyectos culturales. La evaluación de proyectos culturales. El proceso de producción de los servicios culturales. Los servicios culturales y sus públicos: clases, técnicas de investigación y segmentación.
Tema 9.—Los hábitos de consumo cultural en España y, especialmente, en el Principado xx Xxxxxxxx. Tema 10.—La gestión de organizaciones culturales: estilos directivos y modelos organizativos.
Tema 11.—La calidad de los servicios culturales: concepto de calidad, elementos que la integran e indicadores. La
comunicación de los servicios culturales: fases, clases y plan de comunicación.
Tema 12.—La gestión del patrimonio cultural. Planificación y gestión del patrimonio cultural. La biblioteca y el archivo municipal como servicios para los ciudadanos. Las fiestas y las tradiciones como elementos culturales.
Tema 13.—La gestión del programa de música y artes escénicas. Tema 14.—La gestión del programa de las artes plásticas y cine.
Tema 15.—El programa de las tradiciones populares: su elaboración y gestión. Tema 16.—La gestión del patrimonio cultural.
Tema 17.—La gestión de programas de literatura.
Bloque II: La Cultura en Asturias.
Tema 1.—Las comarcas del Principado xx Xxxxxxxx: tipologías básicas de las del interior y las costeras en relación a
sus valores culturales autóctonos. diferencias y coincidencias. redes mancomunales de cultura.
tema 2.—Las competencias culturales del Principado xx Xxxxxxxx. Las Áreas de Cultura del Principado xx Xxxxxxxx: organigrama, servicios y entidades que lo componen. La Red de Museos del Principado xx Xxxxxxxx: finalidad, organigra- ma, museos y subsedes que la integran.
Tema 3.—La literatura asturiana. Las artes escénicas asturianas.
tema 4.—La música asturiana. el ciclo festivo asturiano.
Tema 5.—Las artes plásticas asturianas. Las artes visuales asturianas. Tema 6.—El xxxxxxx xx Xxxxxx. Historia. Geografía. Vida cultural.
Tema 7.—Las Cuencas Mineras. Historia. Geografía. Vida cultural.
Tema 8.—Programación cultural de la Casa de Cultura Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx. Actividades de difusión, formación y fomento de la creación. Infraestructura. Programación general cultural del Ayuntamiento xx Xxxxxx y el tejido asociativo. Infraestructuras y interrelaciones.
Tema 9.—La gestión de programas de cultura asturiana. La música, las artes escénicas, las artes plásticas, la litera- tura, el cine… en Asturias.
Tema 10.—La lengua asturiana, el xxxxxxx-asturiano y el castellano en Asturias. La gestión de programas relaciona- dos con la lengua y la cultura.
Tema 11.—La Ley de Uso y Promoción del Asturiano, de 1998. Ordenanzas municipales sobre el uso del asturiano.
tema 12.—normativa en materia de Patrimonio Cultural Asturiano. niveles de protección del Patrimonio Cultural en
Asturias. Bienes de Interés Cultura. Inventario de Patrimonio Cultural.
Tema 13.—Las minorías culturales. La emigración y la inmigración. La diversidad cultural en Asturias.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de tÉCnICo/A de medIo rurAL
(Grupo A, Subgrupo A2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación exigida.
Cód. 2018-07532
Estar en posesión del Título Universitario de Grado en Ingeniería Agrícola, Grado en Ingeniería Agraria y del Medio Rural, Grado en Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural, o equivalente.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Titulado/a Grado Medio “es el trabajador que está en posesión del correspondiente título profesional expedido por Centro Universitario legalmente facultado para ello, y fue contratado en virtud de su titulación para realizar las funciones propias de la misma en el puesto correspondiente”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de tÉCnICo/A de medIo rurAL
A) materias comunes.
Tema 1.—La Constitución Española de 1978.
Tema 2.—La organización territorial del Estado español. Las comunidades autónomas: especial referencia a los esta- tutos de autonomía; estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 3.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
tema 4.—La relación jurídico-administrativa. el Administrado: capacidad y representación. derechos del administra- do. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 5.—El acto administrativo: concepto, clases y elementos, eficacia y validez, notificación y publicación. La revi- sión de los actos administrativos. Los recursos administrativos.
Tema 6.—El procedimiento administrativo: concepto, principios, términos y plazos. Fases del procedimiento. Tema 7.—Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
tema 8.—Los contratos de las Administraciones Públicas. normativa. Clases de contratos.
Tema 9.—El personal al servicio de las Administraciones Públicas: concepto y clases de empleados públicos. Norma- tiva aplicable.
Tema 10.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mu- jeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Tema 1.—La Ley del Principado xx Xxxxxxxx 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.
Tema 2.—El medio rural y las políticas de desarrollo rural. El programa de desarrollo rural 2014-2020: estructura y
contenido.
Tema 3.—El medio rural en Asturias. La población activa, consideraciones sociológicas, socioeconómicas y
espaciales.
tema 4.—Los desequilibrios territoriales en el medio rural asturiano. Zonas desfavorecidas y red natura 2000: su
delimitación. Programas de ayuda y financiación de actuaciones.
Tema 5.—El sector primario en Asturias. Principales producciones. Su distribución territorial, especial referencia al
xxxxxxx xx xxxxxx Importancia económica y social de la producción primaria en mieres.
tema 6.—La producción de alimentos en Asturias: Alimentos de Calidad diferenciada. Información General y norma- tiva Aplicable.
Tema 7.—La Ganadería en Asturias. Características y tipos. Producciones y rendimientos. Razas autóctonas
asturianas
Tema 8.—La producción cárnica en Asturias, especial referencia al Xxxxxxx xx Xxxxxx. Comercialización de la carne
en Asturias. IGP ternera Asturiana.
Tema 9.—Agricultura y medio ambiente. Legislación aplicable en materia medioambiental a la actividad agraria.
Cód. 2018-07532
Buenas prácticas agrícolas.
Tema 10.—Los residuos ganaderos: normativa y problemática en Asturias. Aspectos técnicos relacionados con su gestión.
Tema 11.—La agricultura y la ganadería ecológica en Asturias. Sistemas de control y certificación.
Tema 12.—Subproductos animales no destinados al consumo humano. Regulación. Categorización. Aspectos técnicos de su gestión.
Tema 13.—La política agraria comunitaria. Historia de la PAC.
Tema 14.—Las ayudas directas a la actividad agraria, la modulación y la condicionalidad. Su aplicación en el Princi- xxxx xx Xxxxxxxx.
Tema 15.—La producción hortícola en Asturias, especial referencia al Xxxxxxx xx Xxxxxx. Especies y variedades, nivel de mecanización o industrialización. Producciones y rendimientos. Sistemas de comercialización de la producción
Tema 16.—La producción y conservación de pastos y forrajes en Asturias. Especies y variedades. Mecanización. Pro- ducción y rendimientos.
Tema 17.—La gestión de los recursos cinegéticos y piscícolas en el Principado xx Xxxxxxxx.
tema 18.—La Ley del Principado xx Xxxxxxxx 3/2004, de 23 de noviembre, xx xxxxxx y ordenación Forestal: dispo-
siciones Generales. El Plan Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx: finalidad y objetivos, estructura y líneas de ayuda.
Tema 19.—La prevención y lucha contra los incendios forestales en Asturias: líneas de acción, objetivos, prevención y extinción.
Tema 20.—El aprovechamiento maderero en Asturias. Adecuada gestión y control de sus efectos en el medio ambien- te y en las vías de comunicación, especial referencia al Xxxxxxx xx xxxxxx.
Tema 21.—La protección y conservación del paisaje en el Principado xx Xxxxxxxx. Parques y Espacios Protegidos. La conservación de las especies de fauna y flora.
Tema 22.—El paisaje protegido de las Cuencas Mineras. Regulación legal. Instrumentos de gestión. La Zona de es- pecial conservación, ZEC, de las Cuencas Mineras. Objeto y finalidad. Medidas de protección. Regulación de actividades. Medidas y actuaciones para la gestión.
Tema 23.—El uso público de los espacios naturales. Tipos y equipamientos: finalidad y gestión. Actividades, informa- ción, educación e interpretación medioambiental.
Tema 24.—Seguimiento y control de actividades recreativas en el medio rural y en la naturaleza.
Tema 25.—Restauración del medio natural. Restauración y recuperación ambiental y paisajística de espacios degra- dados. Principales actuaciones en el Xxxxxxx xx xxxxxx. Labores: unidades de obra.
Tema 26. El asociacionismo agrario: fórmulas asociativas. Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación. El sindicalismo agrario en España y en Asturias.
Tema 27.—Reglamentos de Uso, Disfrute y Gobierno del Puerto xx Xxxxx.
Tema 28.—La gestión de los xxxxxx de aprovechamiento en común en el Xxxxxxx xx Xxxxxx y en el Puerto xx Xxxxx
(este último ubicado en la provincia xx Xxxx e incluido en el espacio Parque natural xx Xxxxx y Luna).
Tema 29.—Reglamentos de Uso, Disfrute y Gobierno del Puerto xx Xxxxx.
Tema 30.—Organización y gestión de ferias ganaderas de ámbito comarcal, regional y nacional, especial referencia a
las que se celebran en el Xxxxxxx xx xxxxxx.
BAses esPeCÍFICAs PArA LA ProVIsIÓn de unA PLAZA de tÉCnICo/A de reLACIones LABorALes
(Grupo A, Subgrupo A2 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2010, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público)
Primera.—Titulación exigida.
estar en posesión del título universitario de Grado en relaciones Laborales y recursos Humanos, o equivalente.
A estos efectos se hace constar, que según el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx, el/la Titulado/a Grado Medio “es el trabajador que está en posesión del correspondiente título profesional expedido por Centro Universitario legalmente facultado para ello, y fue contratado en virtud de su titulación para realizar las funciones propias de la misma en el puesto correspondiente”.
Segunda.—Proceso selectivo.
El proceso selectivo se encuentra definido en las Bases Novena y Décima de las Bases Generales para la provisión de plazas mediante contrato de relevo.
tercera.—Jornada del contrato de relevo.
El contrato de relevo será a tiempo parcial, para cubrir el 75% de la jornada dejada vacante por el/la trabajador/a
municipal jubilado/a parcialmente.
La jornada ordinaria del/la jubilado/a parcial vinculado/a a la presente plaza a proveer mediante contrato de relevo, viene siendo la jornada completa con carácter general de los/as empleados/as públicos/as.
Anexo i
temArIo de unA PLAZA de tÉCnICo/A de reLACIones LABorALes
A) materias comunes.
Cód. 2018-07532
Tema 1.—La Constitución Española de 1978.
Tema 2.—La organización territorial del Estado español. Las comunidades autónomas: especial referencia a los esta- tutos de autonomía; estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx.
Tema 3.—El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento. Organización municipal. Compe- tencias. Órganos de Gobierno en las Entidades Locales. El Pleno, el Alcalde, los Tenientes xx Xxxxxxx, la Junta de Gobier- no Local, las Comisiones informativas: atribuciones.
tema 4.—La relación jurídico-administrativa. el Administrado: capacidad y representación. derechos del administra- do. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 5.—El acto administrativo: concepto, clases y elementos, eficacia y validez, notificación y publicación. La revi- sión de los actos administrativos. Los recursos administrativos.
Tema 6.—El procedimiento administrativo: concepto, principios, términos y plazos. Fases del procedimiento. Tema 7.—Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
tema 8.—Los contratos de las Administraciones Públicas. normativa. Clases de contratos.
Tema 9.—El personal al servicio de las Administraciones Públicas: concepto y clases de empleados públicos. Norma- tiva aplicable.
Tema 10.—Igualdad y Violencia de Género: Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mu- jeres y hombres; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género; Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2/2011, de 11 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
B) Materias específicas.
Tema 1.—Régimen jurídico aplicable a las distintas clases de empleados públicos.
Tema 2.—Acceso al empleo público: principios, requisitos, sistemas de selección, órganos de selección, ofertas de
empleo público, convocatorias y bases.
tema 3.—estructuración de los recursos humanos en las Administraciones Públicas. Cuerpos y escalas. Grupos de clasificación del personal. Ordenación, relación y valoración de los puestos de trabajo. Sistemas de provisión de puestos de trabajo. Clasificación del personal laboral.
tema 4.—derechos y deberes de los empleados públicos. Incompatibilidades.
Tema 5.—Carrera profesional de los empleados públicos.
tema 6.—sistema retributivo de los empleados públicos: personal funcionario, personal laboral y personal eventual. retribuciones de los Funcionarios de la Administración Local.
tema 7.—situaciones administrativas de los empleados públicos: servicio activo. servicios especiales. servicio en
otras Administraciones Públicas. Excedencia.
Tema 8.—Régimen disciplinario de los empleados públicos: normas de régimen disciplinario, fundamentos de la responsabilidad disciplinaria, infracciones, sanciones, procedimiento sancionador, extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Tema 9.—Jornada, descansos, festivos, horarios, control del tiempo de trabajo, horas extraordinarias, permi- sos, vacaciones, medidas de conciliación de la vida familiar y laboral y por violencia de género del personal laboral y funcionario.
Tema 10.—Contrato de trabajo: concepto, naturaleza jurídica, objeto y causa. Los sujetos del contrato de trabajo. La
forma en la contratación, efectos. duración. el período de prueba. tema 11.—modalidades del contrato de trabajo.
Tema 12.—Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Modificaciones sustanciales del contrato de
trabajo.
Tema 13.—Movilidad funcional. Promoción en el trabajo y clasificación profesional. Movilidad geográfica. Tema 14.—Los conflictos colectivos. Derecho de huelga.
Tema 15.—Derecho de los empleados públicos a la negociación colectiva, representación y participación institucional.
derecho de reunión.
Tema 16.—Órganos de representación. Procedimiento electoral.
Cód. 2018-07532
Tema 17.—Convenios Colectivos: concepto, naturaleza, contenido, efectos y vigencia. Unidades de negociación. Legitimación y Comisión negociadora. Tramitación, aplicación, validez e interpretación de los Convenios. Convenios Co- lectivos en el ámbito de las Administraciones Públicas.
Tema 18.—El salario: concepto, naturaleza, estructura, determinación de la cuantía, liquidación y pago, protección jurídica xxx xxxxxxx, retenciones a cuenta del IRPF. Percepciones sujetas y exentas de cotización. Salario mínimo inter- profesional. Igualdad de remuneración por razón del sexo.
Tema 19.—La nómina: confección, documentación y tramitación.
Tema 20.—La Seguridad Social en España: normativa. La estructura del sistema de la Seguridad Social. Su organi- zación en regímenes. Clasificación y numeración de los Regímenes Especiales. Obligaciones en materia de Seguridad social.
Tema 21.—Inscripción de empresas. Afiliación, altas y bajas de trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social. Situaciones asimiladas al alta. Efectos de los actos indebidos. Las altas de oficio.
Tema 22.—Bases de cotización, concepto y exclusiones. Determinación de las bases de cotización. Topes máximos y mínimos. Cotización en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, permanencia en alta sin percibo de retribución, desempleo, pluriactividad, contrato a tiempo parcial, jornada reducida por guarda legal.
Tema 23.—Cotización: la cuota: concepto y naturaleza jurídica. Sujetos obligados y sujetos responsables. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar. Prescripción. Prelación de créditos y devolución de ingresos indebidos.
Tema 24.—Cotización y Recaudación. Sistema RED.
Tema 25.—Acción Protectora de la Seguridad Social. Prestaciones.
Tema 26.—Incapacidad Temporal: concepto, beneficiarios y cuantía, nacimiento, duración y extinción. Accidentes de
trabajo y enfermedad Profesional.
tema 27.—Asistencia sanitaria. Prestaciones familiares. maternidad y Paternidad. Incapacidad permanente. Jubila- ción. desempleo.
Tema 28.—La colaboración en la gestión. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Cons- titución, organización y funcionamiento. Colaboración obligatoria y voluntaria de empresas.
Tema 29.—Prevención de Riesgos Laborales. Normativa. Principios básicos. Derechos y obligaciones en relación con la prevención de riesgos laborales. Modalidades de organización de la prevención en la empresa. Gestión de la actividad preventiva. Participación de los trabajadores.
tema 30.—Protección de datos de carácter personal. normativa. objeto. Ámbito de aplicación. Principios. datos es-
Cód. 2018-07532
pecialmente protegidos. Deber xx xxxxxxx.